ACUERDO POR EL QUE SE CANCELAN LOS PROYECTOS DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOM-021-FITO-1995, POR LA QUE SE ESTABLECE LA CAMPAÑA CONTRA LA ROYA BLANCA DEL CRISANTEMO; NOM-030-FITO-1995, POR LA QUE SE ESTABLECE LA CAMPAÑA CONTRA LA SIGATOKA NEGRA DEL PLATANO, Y NOM-047-FITO-1995, POR LA QUE SE ESTABLECE LA CAMPAÑA CONTRA LA ROYA DEL CAFETO

 

FICHA TECNICA NORLEX

 

Nombre corto:  ACAN2130.

Legislación:  Federal.

 

Fuente:  D.O.F.

Emite:  SAGAR.

Fecha de publicación:  27 de octubre de 1997.

Fecha de entrada en vigor:  27 de octubre de 1997.

 

CONSIDERANDO

 

Que el Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Fitosanitaria, dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, ordenó la publicación de los proyectos de normas oficiales mexicanas NOM-021-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la roya blanca del crisantemo; NOM-030-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la sigatoka negra del plátano, y NOM-047-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la roya del cafeto, mismos que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 y 20 de septiembre de 1995 y 1 de diciembre de 1995, respectivamente, a efecto de que los interesados presentaran sus comentarios dentro del plazo de 90 días.

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Que la roya blanca se encuentra ampliamente distribuida en las entidades productoras de crisantemo, por lo que no existe una justificación fitosanitaria para la regulación de la movilización de esquejes o flor; y además, existe la tecnología necesaria para el control de esta plaga.

 

Que la sigatoka negra se ha detectado en todas las zonas plataneras del país y que no existe una justificación fitosanitaria que regule la movilización de los productos y subproductos de plátano; y adicionalmente, se está generando la tecnología necesaria para bajar los niveles de infección de la plaga.

 

Que la roya del cafeto está ampliamente distribuida en las zonas cafetaleras de nuestro país y que las disposiciones fitosanitarias emitidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-002-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la broca del cafeto, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 1997, respecto al manejo de plantaciones de café, coadyuvan en el control de la enfermedad.

 

Que las plagas a las que se refieren los proyectos de normas oficiales mexicanas, roya blanca del crisantemo, sigatoka negra del plátano y roya del cafeto, han dejado de ser consideradas como plagas de importancia cuarentenaria.

 

Que se realizó un análisis exhaustivo desde el punto de vista técnico-operativo, así como de las observaciones presentadas por parte de los particulares interesados, mediante el cual se determina que no existe una justificación fitosanitaria para la implementación de una norma oficial mexicana que regule estas plagas.

 

Que conforme a lo anterior, se sometió a consideración del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Fitosanitaria, mismo que en la Primera Reunión Ordinaria celebrada el 13 de febrero del mismo año, por unanimidad de los asistentes acordó cancelar los referidos proyectos de normas oficiales mexicanas.

 

Que en virtud de todos los fundamentos y motivos que se han señalado y contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Fitosanitaria, por mi conducto se expide el siguiente:

 

ACUERDO

 

PRIMERO.- Se cancelan los proyectos de normas oficiales mexicanas NOM-021-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la roya blanca del crisantemo; NOM-030-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la sigatoka negra del plátano, y NOM-047-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la roya del cafeto, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 y 20 de septiembre de 1995 y 1 de diciembre de 1995, respectivamente.

 

SEGUNDO.- El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación para hacerlo del conocimiento de los particulares interesados y los sectores involucrados.