ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA REGIONALIZACION GANADERA DEL ESTADO DE VERACRUZ

 

FICHA TECNICA NORLEX

 

Nombre corto:  ACGANVER.

Legislación:  Federal.

 

Fuente:  D.O.F.

Emite:  SAGARPA.

Fecha de publicación:  21 de octubre de 2003.

Fecha de entrada en vigor:  22 de octubre de 2003.

 

CONSIDERANDO

 

Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural con el fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo;

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Que corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación determinar la división territorial de las regiones en las que se desarrolla la actividad ganadera en todo el territorio nacional;

 

Que en el Estado de Veracruz se desarrolla la actividad pecuaria, cuya ubicación geográfica se concentra en tres regiones ganaderas correspondientes a las zonas norte, centro y sur, mismas a que de manera expresa contemplan 154 municipios de los 210, en los que se encuentra dividida territorial y políticamente esa entidad federativa, y

 

Que habiéndose recabado los estudios técnicos correspondientes y tomado en consideración que el Poder Ejecutivo de esa entidad federativa, ha manifestado su conformidad con la división que comprende tres regiones ganaderas en el Estado de Veracruz, así como la inclusión de manera expresa de los 56 municipios omitidos en la distribución actual, con el objeto de que se declare que éstos llevan a cabo sus actividades pecuarias en las demarcaciones de las zonas geográficas regionalizadas, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO

 

ARTICULO PRIMERO.- Se determina la existencia de tres regiones ganaderas en el Estado de Veracruz, correspondientes a las zonas geográficas norte, centro y sur.

 

ARTICULO SEGUNDO.- La región ganadera de la zona norte en el Estado de Veracruz comprende los municipios de Alamo Temapache, Benito Juárez, Castillo de Teayo, Cazones de Herrera, Cerro Azul, Citlaltepec, Coahuitlán, Coatzintla, Coxquihui, Coyutla, Chalma, Chiconamel, Chicontepec, Chinampa de Gorostiza, Chontla, Chumatlán, Espinal, Filomeno Mata, Gutiérrez Zamora, El Higo, Huayacocotla, Ilamatlán, Ixcatepec, Ixhuatlán de Madero, Mecatlán, Naranjos-Amatlán, Ozuluama, Pánuco, Papantla, Platón Sánchez, Poza Rica de Hidalgo, Pueblo Viejo, Tamalín, Tamiahua, Tampico Alto, Tancoco, Tantima, Tantoyuca, Texcatepec, Tecolutla, Tempoal, Tepetzintla, Tihuatlán, Tlachichilco, Tuxpan, Zacualpan, Zontecomotlán y Zozocolco de Hidalgo.

 

ARTICULO TERCERO.- La región ganadera de la zona centro en el Estado de Veracruz comprende los municipios de Acajete, Acatlán, Actopan, Acula, Acultzingo, Alpatláhuac, Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Altotonga, Alvarado, Amatlán de los Reyes, Amatitlán, Angel R. Cabada, Apazapan, Aquila, Astacinga, Atlahuilco, Atoyac, Atzacan, Atzalan, Ayahualulco, Banderilla, Boca del Río, Calcahualco, Camarón de Tejeda, Camerino Z. Mendoza, Carlos A. Carrillo, Carrillo Puerto, Catemaco, Chacaltianguis, Chiconquiaco, Chocaman, Coacoatzintla, Coatepec, Coetzala, Colipa, Comapa, Córdoba, Cosamaloapan, Cosautlán de Carvajal, Coscomatepec, Cotaxtla, Cuichapa, Cuitláhuac, Emiliano Zapata, Fortín, Huatusco, Huiloapan de Cuauhtémoc, Ignacio de la Llave, Isla, Ixhuacán de los Reyes, Ixhuatlán del Café, Ixhuatlancillo, Ixmatlahuacán, Ixtaczoquitlán, Jalacingo, Jalcomulco, Jamapa, Jilotepec, José Azueta, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, La Antigua, Landero y Coss, La Perla, Las Minas, Las Vigas de Ramírez, Lerdo de Tejada, Los Reyes, Magdalena, Maltrata, Manlio Fabio Altamirano, Mariano Escobedo, Martínez de la Torre, Medellín de Bravo, Miahuatlán, Misantla, Mixtla de Altamirano, Naolinco, Naranjal, Nautla, Nogales, Omealca, Orizaba, Otatitlán, Paso de Ovejas, Paso del Macho, Perote, Playa Vicente, Puente Nacional, Rafael Delgado, Rafael Lucio, Río Blanco, Saltabarranca, San Andrés Tenejapan, San Andrés Tuxtla, Santiago Tuxtla, Sochiapa, Soledad Atzompa, Soledad de Doblado, Tatatila, Tehuipango, Tenampa, Tenochtitlán, Teocelo, Tepetlán, Tequila, Texhuacán, Tezonapa, Tierra Blanca, Tlacojalpan, Tlacolulan, Tlacotalpan, Tlacotepec de Mejía, Tlalixcoyan, Tlalnehuayocán, Tlaltetela, Tlapacoyan, Tlaquilpan, Tlilapan, Tomatlán, Tonayan, Totutla, Tres Valles, Tuxtilla, Ursulo Galván, Vega de Alatorre, Veracruz, Villa Aldama, Xalapa, Xico, Xoxocotla, Yanga, Yecuatla, Zentla y Zongolica.

 

ARTICULO CUARTO.- La región ganadera de la zona sur en el Estado de Veracruz comprende los municipios de Acayucan, Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Chinameca, Hidalgotitlán, Hueyapan de Ocampo, Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan de Morelos, Jesús Carranza, Las Choapas, Mecayapan, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oteapan, Oluta, Pajapan, San Juan Evangelista, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Uxpanapa y Zaragoza.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

SEGUNDO.- Para los efectos de las atribuciones conferidas al Registro Nacional Agropecuario, háganse las anotaciones que correspondan en los asientos registrales que obren en su poder.