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FICHA
TECNICA NORLEX
Nombre
corto: ACGANVER.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SAGARPA.
Fecha
de publicación:
21 de octubre de 2003.
Fecha
de entrada en vigor:
22 de octubre de 2003.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural con el fin
de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo;
Que corresponde a la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación determinar la división
territorial de las regiones en las que se desarrolla la actividad ganadera en
todo el territorio nacional;
Que en el Estado de Veracruz se
desarrolla la actividad pecuaria, cuya ubicación geográfica se concentra en
tres regiones ganaderas correspondientes a las zonas norte, centro y sur,
mismas a que de manera expresa contemplan 154 municipios de los 210, en los que
se encuentra dividida territorial y políticamente esa entidad federativa, y
Que habiéndose recabado los estudios
técnicos correspondientes y tomado en consideración que el Poder Ejecutivo de
esa entidad federativa, ha manifestado su conformidad con la división que
comprende tres regiones ganaderas en el Estado de Veracruz, así como la
inclusión de manera expresa de los 56 municipios omitidos en la distribución
actual, con el objeto de que se declare que éstos llevan a cabo sus actividades
pecuarias en las demarcaciones de las zonas geográficas regionalizadas, he
tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO
PRIMERO.- Se determina
la existencia de tres regiones ganaderas en el Estado de Veracruz,
correspondientes a las zonas geográficas norte, centro y sur.
ARTICULO
SEGUNDO.- La región
ganadera de la zona norte en el Estado de Veracruz comprende los municipios de
Alamo Temapache, Benito Juárez, Castillo de Teayo, Cazones de Herrera, Cerro
Azul, Citlaltepec, Coahuitlán, Coatzintla, Coxquihui, Coyutla, Chalma,
Chiconamel, Chicontepec, Chinampa de Gorostiza, Chontla, Chumatlán, Espinal,
Filomeno Mata, Gutiérrez Zamora, El Higo, Huayacocotla, Ilamatlán, Ixcatepec,
Ixhuatlán de Madero, Mecatlán, Naranjos-Amatlán, Ozuluama, Pánuco, Papantla,
Platón Sánchez, Poza Rica de Hidalgo, Pueblo Viejo, Tamalín, Tamiahua, Tampico
Alto, Tancoco, Tantima, Tantoyuca, Texcatepec, Tecolutla, Tempoal, Tepetzintla,
Tihuatlán, Tlachichilco, Tuxpan, Zacualpan, Zontecomotlán y Zozocolco de
Hidalgo.
ARTICULO
TERCERO.- La región
ganadera de la zona centro en el Estado de Veracruz comprende los municipios de
Acajete, Acatlán, Actopan, Acula, Acultzingo, Alpatláhuac, Alto Lucero de
Gutiérrez Barrios, Altotonga, Alvarado, Amatlán de los Reyes, Amatitlán, Angel
R. Cabada, Apazapan, Aquila, Astacinga, Atlahuilco, Atoyac, Atzacan, Atzalan,
Ayahualulco, Banderilla, Boca del Río, Calcahualco, Camarón de Tejeda, Camerino
Z. Mendoza, Carlos A. Carrillo, Carrillo Puerto, Catemaco, Chacaltianguis,
Chiconquiaco, Chocaman, Coacoatzintla, Coatepec, Coetzala, Colipa, Comapa,
Córdoba, Cosamaloapan, Cosautlán de Carvajal, Coscomatepec, Cotaxtla, Cuichapa,
Cuitláhuac, Emiliano Zapata, Fortín, Huatusco, Huiloapan de Cuauhtémoc, Ignacio
de la Llave, Isla, Ixhuacán de los Reyes, Ixhuatlán del Café, Ixhuatlancillo,
Ixmatlahuacán, Ixtaczoquitlán, Jalacingo, Jalcomulco, Jamapa, Jilotepec, José
Azueta, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, La Antigua, Landero y Coss,
La Perla, Las Minas, Las Vigas de Ramírez, Lerdo de Tejada, Los Reyes,
Magdalena, Maltrata, Manlio Fabio Altamirano, Mariano Escobedo, Martínez de la
Torre, Medellín de Bravo, Miahuatlán, Misantla, Mixtla de Altamirano, Naolinco,
Naranjal, Nautla, Nogales, Omealca, Orizaba, Otatitlán, Paso de Ovejas, Paso
del Macho, Perote, Playa Vicente, Puente Nacional, Rafael Delgado, Rafael
Lucio, Río Blanco, Saltabarranca, San Andrés Tenejapan, San Andrés Tuxtla,
Santiago Tuxtla, Sochiapa, Soledad Atzompa, Soledad de Doblado, Tatatila,
Tehuipango, Tenampa, Tenochtitlán, Teocelo, Tepetlán, Tequila, Texhuacán,
Tezonapa, Tierra Blanca, Tlacojalpan, Tlacolulan, Tlacotalpan, Tlacotepec de
Mejía, Tlalixcoyan, Tlalnehuayocán, Tlaltetela, Tlapacoyan, Tlaquilpan,
Tlilapan, Tomatlán, Tonayan, Totutla, Tres Valles, Tuxtilla, Ursulo Galván,
Vega de Alatorre, Veracruz, Villa Aldama, Xalapa, Xico, Xoxocotla, Yanga,
Yecuatla, Zentla y Zongolica.
ARTICULO
CUARTO.- La región
ganadera de la zona sur en el Estado de Veracruz comprende los municipios de
Acayucan, Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Chinameca, Hidalgotitlán,
Hueyapan de Ocampo, Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan de Morelos, Jesús Carranza,
Las Choapas, Mecayapan, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del
Río, Oteapan, Oluta, Pajapan, San Juan Evangelista, Sayula de Alemán,
Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Uxpanapa y Zaragoza.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-
El presente Acuerdo
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Para los efectos de las atribuciones
conferidas al Registro Nacional Agropecuario, háganse las anotaciones que
correspondan en los asientos registrales que obren en su poder.