ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE LOS
SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTES GENERAL E INTERVENCIONES
PREVENTIVAS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2013, QUE SUSCRIBEN LA
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EL ESTADO DE SONORA Y
LOS MUNICIPIOS DE AGUA PRIETA, CABORCA, CAJEME, EMPALME, GUAYMAS, HERMOSILLO,
HUATABAMPO, MAGDALENA, NAVOJOA, NOGALES, PUERTO PEÑASCO Y SAN LUIS RIO COLORADO
DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto: 11071314.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SEDATU.
Fecha de publicación: 11 de julio de 2013.
Fecha de entrada en vigor: 30 de abril de 2013.
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y
EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTES GENERAL E
INTERVENCIONES PREVENTIVAS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2013 Y AL
ESTADO DE SONORA, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE
LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO SUCESIVO “LA
SEDATU”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL OFICIAL MAYOR, MTRO. FIDEL ANTUÑA
BATISTA, ASISTIDO POR EL DELEGADO ESTATAL DE “LA SEDATU” EN LA ENTIDAD
FEDERATIVA, ING. JUAN ANGEL CASTILLO TARAZON; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL
ESTADO DE SONORA, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”, REPRESENTADOPOR EL SUBSECRETARIO
DE OBRAS PUBLICAS DE LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO, ARQ.
ENRIQUE TORRES DELGADO; Y LOS MUNICIPIOS DE AGUA PRIETA, CABORCA, CAJEME,
EMPALME, GUAYMAS, HERMOSILLO, HUATABAMPO, MAGDALENA, NAVOJOA, NOGALES, PUERTO
PEÑASCO Y SAN LUIS RIO COLORADO, EN LO SUCESIVO “LOS MUNICIPIOS”, REPRESENTADOS
POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS C.C. C. IRMA VILLALOBOS RASCON, ING.
FRANCISCO ALFONSO JIMENEZ RODRIGUEZ, ING. ROGELIO MANUEL DIAZ BROWN RAMSBURGH,
M.V.Z. HECTOR MOISES LAGUNA TORRES, LIC. OTTO GUILLERMO CLAUSSEN IBERRI, C.P.
ALEJANDRO ARTURO LOPEZ CABALLERO, M.V.Z. RAMON ANTONIO DIAZ NIEBLAS,DR. JESUS
RODOLFO MARTINEZ LEAL, LIC. ALBERTO NATANAEL GUERRERO LOPEZ, LIC. RAMON GUZMAN
MUÑOZ, PROFR. GERARDO FIGUEROA ZAZUETA Y LIC. LEONARDO ARTURO GUILLEN MEDINA,
AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
I.- El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan,la coordinación que se requiera a efecto de que esos gobiernos participen en la planeación nacionaldel desarrollo.
II.- Los artículos 3, fracción XIX y 31 y el Anexo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012, establecen que el Programa Hábitat es un programa de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social. Asimismo, el artículo 31 de este Decreto señala que los subsidios federales se destinarán en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
III.- Conforme a lo dispuesto en el Decreto por el que se
reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 2 de enero de 2013, corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario,
Territorial y Urbano impulsar en coordinación con las autoridades estatales y
municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su
máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el
desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y
crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además
de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura
de comunicaciones y de servicios, la planeación habitacional y el desarrollode
vivienda.
IV.- El segundo párrafo del artículo 5o. transitorio del
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, establece “Las menciones
contenidas en otras leyes y en general en cualquier otra disposición, respecto
de las Secretarías cuyas funciones se reforman por virtud de este Decreto, se
entenderán referidas a las dependencias que, respectivamente, adquieren tales
funciones”.
V.- El 28 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial
de la Federación el Acuerdo de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa
Hábitat para el Ejercicio Fiscal 2013.
VI.- El objetivo general del Programa Hábitat es contribuir al combate a la pobreza en las zonas urbanas con concentración de pobreza, mediante el mejoramiento del entorno urbano y las condiciones sociales en estas zonas.
VII.- Con base en lo dispuesto en los artículos 2, 7, 9, 13, 16, 35 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, publicado el 2 de abril de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, y en el numeral 3.7.2 de las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el Ejercicio Fiscal 2013, “LA SEDATU”, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Unidad de Programas de Apoyo a la Infraestructura y Servicios, en lo sucesivo “LA UPAIS”, y de la Delegación Estatal en la entidad federativa, en lo sucesivo “LA DELEGACION”, instrumenta el Programa Hábitat.
VIII.- El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, y con el propósito de contribuir al cumplimiento de sus objetivos, el Programa dará prioridad a las personas, familias, zonas y ciudades que para tales fines se determinen. Lo anterior, en observancia al numeral 3.1.1 de las Reglas de Operacióndel Programa.
IX.- El C. Oficial Mayor de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante el Oficio de Distribución de Subsidios del Programa Hábitat número IV-400-260698/2013, de fecha 15 de abril de 2013, comunicó a los delegados estatales de esta Secretaría la distribución de los subsidios federales del Programa Hábitat por vertiente y entidad federativa para el ejercicio fiscal 2013.
Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4 y 24 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 3 fracción XIX, 29, 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 7 fracción X, 9, 11, 13, 16, 35 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2013; así como en lo previsto por los artículos 35 y 36 de la Ley de Planeación del Estado de Sonora; 6 fracción II y V y 61 inciso H) e I) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; 7 y 9 fracción III y IV de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora; “LA SEDATU”,“EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”, en lo sucesivo “LAS PARTES”, han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
CAPITULO I. DEL OBJETO
PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto convenir entre “LAS PARTES” la identificación de las ciudades y las zonas de actuación del Programa Hábitat en el presente ejercicio fiscal, la distribución de los subsidios federales y los recursos financieros locales por municipio, así como las bases para la operación y el ejercicio de los recursos de este Programa, con el propósito de contribuir al combate a la pobreza en las zonas urbanas con concentración de pobreza, mediante el mejoramiento del entorno urbano y las condiciones sociales en estas zonas.
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que en la operación del Programa Hábitat y en el ejercicio de los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados, se sujetarán a lo que establece la normatividad federal y local aplicable, las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2013, en lo sucesivo “Reglas de Operación”, los Lineamientos de Operación del Programa Hábitat vigentes, en lo sucesivo “Lineamientos de Operación”, y el Anexo Técnico de cada proyecto (Formato PH-01).
CAPITULO II. DE LAS CIUDADES, ZONAS METROPOLITANAS Y ZONAS DE ACTUACION
DEL PROGRAMA HABITAT SELECCIONADOS
TERCERA. “LAS PARTES” acuerdan que los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados en el marco del Programa Hábitat se ejercerán en las ciudades y zonas de atención del Programa Hábitat seleccionados, que se señalan en el Anexo I de este Acuerdo de Coordinación, denominado “Ciudades y Zonas de Atención Seleccionadas”, el cual está suscrito por el Delegado Estatal de “LA SEDATU”,el Subsecretario de Obras Públicas de “EL ESTADO” y por los Presidentes de “LOS MUNICIPIOS”, y que forma parte integral del presente Acuerdo de Coordinación.
“LOS MUNICIPIOS” manifiestan que las zonas de actuación del Programa Hábitat, que se señalan en el Anexo I de este Acuerdo de Coordinación, cumplen con los criterios de elegibilidad y de selección establecidos en los numerales 3.3.1 y 3.4.1 de “Reglas de Operación”, respectivamente.
CUARTA. Se podrán realizar obras y acciones del Programa en municipios incluidos en la Cruzada Nacional Contra el Hambre, independientemente del número de habitantes de sus localidades. Lo anterior, en observancia al numeral 3.1.1 de las “Reglas de Operación” del Programa.
CAPITULO III. DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES
QUINTA. “LAS PARTES” acuerdan que los subsidios federales destinados a la entidad federativase distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II de este Acuerdo de Coordinación, denominado “Subsidios Federales Autorizados”, el cual está suscrito por el Delegado Estatal de“LA SEDATU”, el Subsecretario de Obras Públicas de “EL ESTADO” y por los Presidentes de “LOS MUNICIPIOS” y que forma parte integral del presente Acuerdo de Coordinación.
SEXTA. La ministración de los subsidios federales para el Programa Hábitat se efectuará considerando el calendario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SEPTIMA. De conformidad con lo establecido en las “Reglas de Operación”, “LOS MUNICIPIOS” serán los ejecutores de los proyectos del Programa Hábitat y, cuando así lo autorice “LA UPAIS” de “LA SEDATU”, podrán ser ejecutores la Delegación Estatal de “LA SEDATU”, otras dependencias o entidades federalesy “EL ESTADO”.
“LA DELEGACION” será la responsable del proceso operativo presupuestal de los subsidios federales en “EL ESTADO”. El Ejecutor será el responsable del ejercicio y comprobación de los subsidios federales y de los recursos financieros locales aportados al Programa.
CAPITULO IV. DE LOS RECURSOS FINANCIEROS APORTADOS POR “EL ESTADO” Y
POR “LOS MUNICIPIOS”
OCTAVA. “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” adoptarán el esquema de aportación señalado en las “REGLAS DE OPERACION”, según se establece en el numeral 3.5.3 de las “Reglas de Operación”.
NOVENA. “LAS PARTES” acuerdan que los recursos financieros que serán aportados por “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” se distribuyen de conformidad con lo señalado en el Anexo III de este Acuerdo de Coordinación, denominado “Aportaciones de Recursos Financieros Locales”, el cual está suscrito por el Delegado Estatal de “LA SEDATU”, el Subsecretario de Obras Públicas de “EL ESTADO” y por los Presidentes de “LOS MUNICIPIOS” y forma parte integral del presente Acuerdo de Coordinación.
“EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”, se comprometen a aportar oportunamente los recursos financieros señalados en el Anexo III de este Acuerdo de Coordinación, para las obras y acciones apoyadas por el Programa Hábitat, de conformidad con lo señalado en las “Reglas de Operación”, los “Lineamientos de Operación” y el Anexo Técnico de cada proyecto (Formato PH-01).
CAPITULO V. DE LAS RESPONSABILIDADES
DECIMA. “LA SEDATU” se compromete a:
a) Apoyar con subsidios federales la ejecución del Programa Hábitat, con la participación que corresponda a “EL ESTADO” y a “LOS MUNICIPIOS”.
b) Revisar, evaluar y aprobar las obras y acciones de manera oportuna y por conducto de“LA DELEGACION” en la entidad federativa.
c) Efectuar oportunamente, por conducto de “LA DELEGACION”, el seguimiento de avances y resultados físicos y financieros de los proyectos, con base en la información de los expedientes técnicos, la registrada en el Sistema de Información de “LA SEDATU” y la obtenida en las verificaciones que realice en campo, en los términos establecidos por el numeral 4.4.1 de las “Reglas de Operación”. Lo anterior para estar en aptitud de remitir los informes trimestrales a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública.
d) Apoyar al ejecutor en la integración y operación de instancias de contraloría social, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, su Reglamento, las “Reglas de Operación”, así como en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por la Secretaría de la Función Pública.
e) Aplicar los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados, cuando funja como ejecutor, conforme a lo señalado en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las “Reglas de Operación”, los “Lineamientos de Operación”, el Anexo Técnico del proyecto (Formato PH-01), así como a lo dispuesto en otras normas federales y locales aplicables.
f) Reintegrar a “EL ESTADO” y/o a “LOS MUNICIPIOS”, en caso de que funja como ejecutor, los recursos locales no ejercidos al cierre de ejercicio fiscal, los recursos no comprobados en la fecha límite establecida para este fin, así como los rendimientos financieros que, en su caso, se hubieran generado.
DECIMA PRIMERA. De conformidad con sus respectivas competencias, “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”, como instancias de gobierno, se comprometen a:
a) Apoyar el cumplimiento de los objetivos y las metas del Programa Hábitat.
b) Promover y verificar que los recursos financieros federales y locales aportados al Programa Hábitat se ejerzan de conformidad con lo dispuesto en la legislación federal aplicable, en las “Reglas de Operación” y en los “Lineamientos de Operación”.
c) En caso de que los bienes muebles financiados con recursos del Programa sean sustraídos indebidamente del lugar donde se ubicaban o habían sido instalados, efectuar lo conducente para restituirlos en la misma cantidad, calidad y especie; independientemente de realizar las gestiones jurídicas y administrativas que procedan.
DECIMA SEGUNDA. “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”, cuando funjan como ejecutores del Programa Hábitat, se comprometen a:
a) Aplicar los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados al Programa Hábitat, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Serviciosdel Sector Público, las “Reglas de Operación”, los “Lineamientos de Operación”, el Anexo Técnico del proyecto (Formato PH-01), así como en lo establecido en otras normas federales y locales aplicables.
b) Elaborar y mantener actualizado un registro de los subsidios federales y locales ejercidos y el avance de metas del Programa; abrir una cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos federales y locales del Programa; remitir mensualmente a “LA DELEGACION” copia del estado de cuenta correspondiente; enterar los rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación, así como informar de esto último a “LA DELEGACION”. Lo anterior, en observancia al numeral 3.7.1 de las “Reglas de Operación”.
c) Gestionar ante “LA DELEGACION” los pagos respectivos según la normatividad correspondiente hasta la terminación del proyecto autorizado y será responsable de presentar a “LA DELEGACION” la documentación que acredite y compruebe su conclusión. Lo anterior, en observancia al numeral 4.2.3 de las “Reglas de Operación”.
d) Supervisar las obras o acciones del proyecto autorizado, así como verificar que en su ejecución se cumpla con la normatividad aplicable.
e) Presentar a “LA DELEGACION” los documentos faltantes de los avances físicos y financieros delos proyectos apoyados por el Programa. Lo anterior, en observancia al numeral 4.4.1 de las “Reglas de Operación”.
f) Formular la correspondiente acta de entrega-recepción de cada una de las obras terminadas, y en el caso de acciones elaborar un informe de resultados. Deberá remitir una copia de la misma a“LA DELEGACION”, a “EL ESTADO” y al municipio correspondiente, según sea el caso, en un plazo que no exceda los treinta días naturales siguientes a la conclusión del proyecto.
g) Manifestar expresamente en el acta de entrega-recepción o en el informe de resultados, el compromiso de dar mantenimiento, conservar, vigilar y sufragar la continua y adecuada operación de inmuebles, obras y/o equipos financiados con recursos del Programa Hábitat.
h) Proporcionar oportunamente el mantenimiento de las obras o equipos apoyados con recursos del Programa. Los bienes muebles adquiridos con recursos del Programa, durante su vida útil, deberán utilizarlos para el cumplimiento de sus objetivos, debiendo incorporar al inventario correspondiente e informar a “LA DELEGACION” sobre el responsable de su uso y resguardo.
i) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en la normatividad federal aplicable, los subsidios federales no devengados al cierre del ejercicio fiscal, los recursos federales no comprobados en la fecha límite establecida para este fin, así como enterar los rendimientos y las cargas financieras que, en su caso, se hubieran generado. Lo anterior, en observancia al numeral 4.4.2. de las “Reglas de Operación”.
j) Proporcionar a las instancias de fiscalización, control y auditoría correspondientes, la información requerida, así como otorgarles las facilidades necesarias, para que lleven a cabo sus acciones en dichas materias.
k) Cumplir con las responsabilidades generales cuando actúen como instancia ejecutora contempladas en el numeral 3.7.1 de las “Reglas de Operación”.
CAPITULO VI. DE LA REASIGNACION DE SUBSIDIOS
DECIMA TERCERA. “LA SEDATU”, a través de “LA UPAIS” podrá realizar reasignaciones de los subsidios no comprometidos por “EL ESTADO” o “EL MUNICIPIO” después de la fecha límite para presentar propuestas, con el propósito de atender las solicitudes elegibles en otros municipios de la misma entidad federativa o de otras entidades, las cuales deberán cumplir con los requisitos del numeral 4.2.4 de las “Reglas de Operación”.
“LA SEDATU” a través de “LA UPAIS” podrá realizar evaluaciones relativas al avance de las obras y acciones, con base en el nivel de ejecución de cada entidad federativa y tomando en cuenta su desempeño en el transcurso del ejercicio en fechas aleatorias y simultáneas, con el objeto de canalizar los subsidios de entidades federativas y municipios que se prevé no ejercerán la totalidad de los mismos hacia entidades federativas y municipios con mayor avance en el ejercicio del gasto.
Dichas reasignaciones presupuestarias serán notificadas por la “LA DELEGACION” al Subsecretario de Obras Públicas de “EL ESTADO” y a los Presidentes de “LOS MUNICIPIOS” que correspondan.
CAPITULO VII. DEL SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACION DEL PROGRAMA
DECIMA CUARTA. “LAS PARTES” se comprometen que cuando funjan como instancias ejecutoras del Programa actualizarán durante los primeros cinco (5) días hábiles del mes la información registrada enel Sistema de información sobre los avances físicos y financieros de todos los proyectos apoyados por el Programa. En caso de que “LA DELEGACION” detecte información faltante, notificará por escrito a la(s) instancia(s) ejecutora(s) dentro de un plazo no mayor a veinte (20) días naturales; las instancias ejecutoras deberán presentar la información y documentación faltante en un plazo que no exceda de diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción del comunicado.
DECIMA QUINTA. “EL ESTADO” y LOS MUNICIPIOS”, cuando funjan como ejecutores del Programa Hábitat, se comprometen a otorgar las facilidades necesarias a “LA SEDATU” para que ésta realice visitas de seguimiento a las obras y acciones realizadas con subsidios federales, así como para tener acceso a equipos, materiales, información, registros y documentos que estime pertinente conocer y que estén relacionados con la ejecución de las mismas.
DECIMA SEXTA. “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”, cuando funjan como ejecutores del Programa Hábitat, se comprometen a atender lo señalado en los numerales 4.2.5 Actas de Entrega-Recepción, 4.4.1 Avances Físico-Financieros, 4.4.2 Recursos no devengados y 4.4.3 Cierre de Ejercicio de las “Reglas de Operación”, informando de manera oportuna a “LA DELEGACION” lo que corresponda.
DECIMA SEPTIMA. “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” se comprometen a apoyar a “LA SEDATU” en
las acciones que se lleven a cabo para la evaluación externa del Programa
Hábitat conforme lo establecen las “Reglas de Operación” y demás normatividad
aplicable.
CAPITULO VIII.
ESTIPULACIONES FINALES
DECIMA OCTAVA. “LA SEDATU” podrá efectuar la reducción, la retención o la suspensión parcial o definitiva de las radicaciones efectuadas a “EL ESTADO” o a “LOS MUNICIPIOS”, cuando detecte desviaciones, por incumplimiento de lo convenido, o por no entregar los informes periódicos previstos en las “Reglas de Operación”. De igual forma se procederá en el caso de no recibir oportunamente la aportación de recursos de “EL ESTADO” o “LOS MUNICIPIOS”, o cuando los subsidios no se destinen a los fines autorizados. Asimismo, “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” se comprometen a reintegrar, a la Tesorería de la Federación, las aportaciones federales en caso de incumplimiento a las “Reglas de Operación”, a sus Lineamientos de Operación del Programa y demás normativa aplicable.
DECIMA NOVENA. Una vez concluido el presente ejercicio fiscal y realizado el Cierre de Ejercicio correspondiente, el Delegado Estatal de “LA SEDATU” elaborará y suscribirá Acta de Hechos del Cierre del Ejercicio Fiscal, en la que se consignará la información definitiva de lo señalado en los Anexos I, II y III del presente Acuerdo de Coordinación. Copia de esta Acta será entregada a “EL ESTADO”, “LOS MUNICIPIOS” y a “LA UPAIS” de “LA SEDATU”.
Si en el transcurso del presente ejercicio fiscal “LA UPAIS” autoriza la incorporación al Programa Hábitat de una ciudad no incluida en el Anexo I del presente Acuerdo de Coordinación, previo a la asignación de los subsidios federales, se deberá elaborar la adenda correspondiente, que será suscrita por el Delegado Estatal de “LA SEDATU”, el Subsecretario de Obras Públicas de “EL ESTADO” y por el Presidente Municipal correspondiente, la cual formará parte integrante del presente acuerdo.
VIGESIMA. Para el transparente ejercicio de los recursos federales “LAS PARTES”, convienen que en todas las actividades de difusión y publicidad que lleven a cabo las instancias ejecutoras sobre la ejecución de obras y acciones materia del Programa aquí convenido, apoyadas parcial o totalmente con subsidios federales, deberán observar las directrices, lineamientos y normativa federal aplicable.
La publicidad, la información, la papelería y la documentación oficial relativa a las acciones realizadas deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, el artículo 17, fracción V y 29, fracción III, inciso a) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 e incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
VIGESIMA PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación se podrá dar por terminado de manera anticipada por cualquiera de “LAS PARTES” por alguna de las siguientes causas:
a) No cumplir en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Acuerdo de Coordinación y sus Anexos, y lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, las “Reglas de Operación”, los “Lineamientos de Operación”, el Anexo Técnico del proyecto (Formato PH-01), así como a lo dispuesto en otras normas federales y locales aplicables.
b) La aplicación de los subsidios federales y/o recursos financieros locales asignados por medio de este Acuerdo de Coordinación a “EL ESTADO” y a “LOS MUNICIPIOS” a fines distintos de los pactados.
c) Que “LA SEDATU” detecte condiciones inadecuadas de mantenimiento o de operación en obras apoyadas con recursos del Programa en el año en curso o en ejercicios anteriores.
d) La falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en las “Reglas de Operación”, los “Lineamientos de Operación” y en este Acuerdo de Coordinación.
VIGESIMA SEGUNDA. “LAS PARTES” realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en el presente Acuerdo de Coordinación. De presentarse casos fortuitos o de fuerza mayor, que motiven el incumplimiento, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar dichas circunstancias por escrito a la brevedad posible, a través de las instancias que suscriben el presente Acuerdo de Coordinación.
VIGESIMA TERCERA. “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para que, en el caso de que se susciten controversias, con motivo de la operación, la interpretación o el incumplimiento del presente Acuerdo de Coordinación, las conozcan los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.
VIGESIMA CUARTA. Este Acuerdo de Coordinación y sus Anexos I, II y III surten sus efectos a partir de la fecha de su firma y hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil trece. El presente Acuerdo de Coordinación deberá publicarse, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley de Planeación, en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano oficial de difusión del gobierno de la entidad federativa, con el propósito de que la población conozca las acciones coordinadas entre la Federación y el Estado de Sonora.
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto
de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Acuerdo de Coordinación en 4 ejemplares, en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los treinta días del mes de abril de dos mil trece.- Por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano: el Oficial Mayor, Fidel Antuña Batista.- Rúbrica.- El Delegado Estatal en el Estado de Sonora, Juan Angel Castillo Tarazon.- Rúbrica.- Por el Estado: el Subsecretario de Obras Públicas de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Enrique Torres Delgado.- Rúbrica.- Por los Municipios: la Presidenta Municipal de Agua Prieta, Irma Villalobos Rascón.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Caborca, Francisco Alfonso Jiménez Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Cajeme, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Empalme, Héctor Moisés Laguna Torres.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guaymas, Otto Guillermo Claussen Iberri.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Hermosillo, Alejandro Arturo López Caballero.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Huatabampo, Ramón Antonio Díaz Nieblas.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Magdalena, Jesús Rodolfo Martínez Leal.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Navojoa, Alberto Natanael Guerrero López.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Nogales, Ramón Guzmán Muñoz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Puerto Peñasco, Gerardo Figueroa Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de San Luis Río Colorado, Leonardo Arturo Guillén Medina.- Rúbrica.
Anexo
I
“Ciudades y Zonas de
Actuación Seleccionadas”
“LAS PARTES” acuerdan que los recursos federales y locales del Programa Hábitat, Vertiente General, se ejercerán en las siguientes ciudades o zonas metropolitanas y “Polígonos Hábitat”:
Ciudad o Zona Metropolitana |
Municipio |
Clave de los Polígonos |
AGUA PRIETA |
AGUA PRIETA |
26067, 26068, 26069, 26070 y 26071. |
HEROICA CABORCA |
CABORCA |
26072, 26073 y 26074. |
CIUDAD OBREGON |
CAJEME |
26020, 26021, 26022, 26023, 26024,
26025, 26026, 26027 y 50926001. |
ESPERANZA |
CAJEME |
26075,
26076, 26501 y 26502 |
Z.M. DE GUAYMAS |
EMPALME |
26028, 26029 y 26030. |
Z.M. DE GUAYMAS |
GUAYMAS |
26031, 26032, 26033, 26034, 26035,
26037, 26038 y 326701. |
HERMOSILLO |
HERMOSILLO |
26001, 26003, 26005, 26006, 26007 y
26011. |
MIGUEL ALEMAN (LA DOCE) |
HERMOSILLO |
26082. |
HUATABAMPO |
HUATABAMPO |
26079 y 26081. |
MAGDALENA DE KINO |
MAGDALENA |
326703. |
NAVOJOA |
NAVOJOA |
26058 y 26065. |
HEROICA NOGALES |
NOGALES |
26040, 26041, 26043, 26045, 26046,
26047, 26048 y 50926004. |
PUERTO PEÑASCO |
PUERTO PEÑASCO |
26077. |
SAN LUIS RIO COLORADO |
SAN LUIS RIO COLORADO |
26053, 26054 y 26057. |
“LAS PARTES” convienen que los recursos federales y locales del Programa Hábitat, Vertiente Intervenciones Preventivas, se ejercerán en las colonias o barrios que acuerden las mismas.
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintosa los establecidos en el
programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto
de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los treinta días del mes de abril de dos mil trece.- Por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano: el Delegado Estatal en el Estado de Sonora, Juan Angel Castillo Tarazon.- Rúbrica.- Por el Estado: el Subsecretario de Obras Públicas de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Enrique Torres Delgado.- Rúbrica.- Por los Municipios: la Presidenta Municipal de Agua Prieta, Irma Villalobos Rascón.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Caborca, Francisco Alfonso Jiménez Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Cajeme, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Empalme, Héctor Moisés Laguna Torres.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guaymas, Otto Guillermo Claussen Iberri.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Hermosillo, Alejandro Arturo López Caballero.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Huatabampo, Ramón Antonio Díaz Nieblas.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Magdalena, Jesús Rodolfo Martínez Leal.- Rúbrica.-El Presidente Municipal de Navojoa, Alberto Natanael Guerrero López.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Nogales, Ramón Guzmán Muñoz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Puerto Peñasco, Gerardo Figueroa Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de San Luis Río Colorado, Leonardo Arturo Guillén Medina.- Rúbrica.
Anexo
II
“Subsidios Federales
Autorizados”
“LAS PARTES” acuerdan que “LA SEDATU” destinará al Programa Hábitat, en el Estado de Sonora, subsidios federales por la cantidad de $102’599,412.00 (ciento dos millones quinientos noventa y nueve mil, cuatrocientos doce pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán como sigue:
Municipio |
Vertiente General |
Vertiente Intervenciones Preventivas |
Total |
AGUA PRIETA |
$5,301,883 |
$918,200 |
$6,220,083 |
CABORCA |
$3,126,821 |
$896,591 |
$4,023,412 |
CAJEME |
$22,780,971 |
$4,323,725 |
$27,104,696 |
EMPALME |
$3,354,166 |
$650,550 |
$4,004,716 |
GUAYMAS |
$5,754,366 |
$1,612,410 |
$7,366,776 |
HERMOSILLO |
$10,221,464 |
$6,510,047 |
$16,731,511 |
HUATABAMPO |
$4,062,212 |
$886,608 |
$4,948,820 |
MAGDALENA |
$2,159,507 |
$485,869 |
$2,645,376 |
NAVOJOA |
$6,256,861 |
$1,612,059 |
$7,868,920 |
NOGALES |
$8,206,980 |
$4,108,855 |
$12,315,835 |
PUERTO PEÑASCO |
$3,617,987 |
$446,330 |
$4,064,317 |
SAN LUIS RIO COLORADO |
$4,043,796 |
$1,261,154 |
$5,304,950 |
Total |
$78,887,014 |
$23,712,398 |
$102,599,412 |
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintosa los establecidos en el
programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto
de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo en la Ciudad de Hermosillo, Sonora, a los treinta días del mes de abril de dos mil trece.- Por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano: el Delegado Estatal en el Estado de Sonora, Juan Angel Castillo Tarazon.- Rúbrica.- Por el Estado: el Subsecretario de Obras Públicas de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Enrique Torres Delgado.- Rúbrica.- Por los Municipios: la Presidenta Municipal de Agua Prieta, Irma Villalobos Rascón.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Caborca, Francisco Alfonso Jiménez Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Cajeme, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Empalme, Héctor Moisés Laguna Torres.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guaymas, Otto Guillermo Claussen Iberri.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Hermosillo, Alejandro Arturo López Caballero.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Huatabampo, Ramón Antonio Díaz Nieblas.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Magdalena, Jesús Rodolfo Martínez Leal.- Rúbrica.-El Presidente Municipal de Navojoa, Alberto Natanael Guerrero López.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Nogales, Ramón Guzmán Muñoz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Puerto Peñasco, Gerardo Figueroa Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de San Luis Río Colorado, Leonardo Arturo Guillén Medina.- Rúbrica.
Anexo
III
“Aportaciones de
Recursos Financieros Locales”
“LAS PARTES” acuerdan que “LOS MUNICIPIOS” aportarán al Programa Hábitat recursos financieros por la cantidad de $62’753,811.00 (sesenta y dos millones, setecientos cincuenta y tres mil ochocientos once pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán como sigue:
Municipio |
Recursos aportados por “EL ESTADO” |
Recursos aportados por “LOS MUNICIPIOS” |
Total |
|||
Vertiente
General |
Vertiente
Intervenciones Preventivas |
Vertiente
General |
Vertiente
Intervenciones Preventivas |
Vertiente
General |
Vertiente
Intervenciones Preventivas |
|
AGUA PRIETA |
$0.00 |
$0.00 |
$3,534,589 |
$393,515 |
$3,534,589 |
$393,515 |
CABORCA |
$0.00 |
$0.00 |
$2,084,548 |
$384,254 |
$2,084,548 |
$384,254 |
CAJEME |
$0.00 |
$0.00 |
$15,187,315 |
$1,853,025 |
$15,187,315 |
$1,853,025 |
EMPALME |
$0.00 |
$0.00 |
$2,236,111 |
$278,808 |
$2,236,111 |
$278,808 |
GUAYMAS |
$0.00 |
$0.00 |
$3,836,244 |
$691,033 |
$3,836,244 |
$691,033 |
HERMOSILLO |
$0.00 |
$0.00 |
$6,814,310 |
$2,790,021 |
$6,814,310 |
$2,790,021 |
HUATABAMPO |
$0.00 |
$0.00 |
$2,708,142 |
$379,975 |
$2,708,142 |
$379,975 |
MAGDALENA |
$0.00 |
$0.00 |
$1,439,672 |
$208,230 |
$1,439,672 |
$208,230 |
NAVOJOA |
$0.00 |
$0.00 |
$4,171,241 |
$690,883 |
$4,171,241 |
$690,883 |
NOGALES |
$0.00 |
$0.00 |
$5,471,320 |
$1,760,939 |
$5,471,320 |
$1,760,939 |
PUERTO PEÑASCO |
$0.00 |
$0.00 |
$2,411,992 |
$191,285 |
$2,411,992 |
$191,285 |
SAN LUIS RIO COLORADO |
$0.00 |
$0.00 |
$2,695,864 |
$540,495 |
$2,695,864 |
$540,495 |
Totales |
$0.00 |
$0.00 |
$52,591,348 |
$10,162,463 |
$52,591,348 |
$10,162,463 |
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa”. Art. 29, fracción III, inciso a), Decreto
de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Anexo en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los treinta días del mes de abril de dos mil trece.- Por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano: el Delegado Estatal en el Estado de Sonora, Juan Angel Castillo Tarazon.- Rúbrica.- Por el Estado: el Subsecretario de Obras Públicas de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Enrique Torres Delgado.- Rúbrica.- Por los Municipios: la Presidenta Municipal de Agua Prieta, Irma Villalobos Rascón.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Caborca, Francisco Alfonso Jiménez Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Cajeme, Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Empalme, Héctor Moisés Laguna Torres.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guaymas, Otto Guillermo Claussen Iberri.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Hermosillo, Alejandro Arturo López Caballero.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Huatabampo, Ramón Antonio Díaz Nieblas.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Magdalena, Jesús Rodolfo Martínez Leal.- Rúbrica.-El Presidente Municipal de Navojoa, Alberto Natanael Guerrero López.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Nogales, Ramón Guzmán Muñoz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Puerto Peñasco, Gerardo Figueroa Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de San Luis Río Colorado, Leonardo Arturo Guillén Medina.- Rúbrica.