ACUERDO DE COORDINACION PARA LA
DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS,
QUE SUSCRIBEN LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EL
ESTADO DE NAYARIT Y LOS MUNICIPIOS DE ACAPONETA, COMPOSTELA, BAHIA DE BANDERAS, IXTLAN DEL RIO,
ROSAMORADA, SANTIAGO IXCUINTLA, TEPIC, TUXPAN Y XALISCO DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto: 15081305.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SEDATU.
Fecha de publicación: 15 de agosto de 2013.
Fecha de entrada en vigor: 15 de abril de 2013.
ACUERDO DE COORDINACION PARA
LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE
ESPACIOS PUBLICOS, EN LO SUCESIVO “EL PREP”, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL
EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL
Y URBANO, EN LO SUCESIVO “LA SEDATU”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL OFICIAL
MAYOR, C. FIDEL ANTUÑA BATISTA ASISTIDO POR LA DELEGADA ESTATAL DE “LA SEDATU”;
EN NAYARIT, C. FERNANDA ELVIRA VILLAFRANCA AGUIRRE; POR OTRA PARTE, EL
EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”, REPRESENTADO POR
EL SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, C.
GERARDO SILLER CARDENAS; EL SECRETARIO DE PLANEACION, PROGRAMACION Y
PRESUPUESTO Y COORDINADOR GENERAL DE COPLADENAY, C. JOSE VICENTE ROMERO RUIZ;
EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, C. ORLANDO ANTONIO JIMENEZ NIEVES; EL
SECRETARIO DE LA CONTRALORIA GENERAL, C. ROY RUBIO SALAZAR Y LOS MUNICIPIOS DE ACAPONETA, COMPOSTELA, BAHIA DE
BANDERAS, IXTLAN DEL RIO, ROSAMORADA, SANTIAGO IXCUINTLA, TEPIC, TUXPAN Y
XALISCO, EN LO SUCESIVO “LOS MUNICIPIOS”, REPRESENTADOS POR LOS C. EFRAIN
ARELLANO NUÑEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE ACAPONETA; C. FRANCISCO SALCIDO VARGAS,
SECRETARIO; Y C. MOISES CONTRERAS CANTABRANA, SINDICO DEL MISMO; C. PABLO
PIMIENTA MARQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE COMPOSTELA; C. RAMON MORAN GALAVIZ,
SECRETARIO; Y C. MAHUATZIN LEONEL DIAZ RODRIGUEZ, SINDICO DEL MISMO; C. RAFAEL
CERVANTES PADILLA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE BAHIA DE BANDERAS; C. JUAN FRANCISCO
O´CONNOR AGUIRRE, SECRETARIO; Y C. ARMANDO CAMPOS SALGADO, SINDICO DEL MISMO;
C. SALVADOR MUÑOZ HERNANDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE IXTLAN DEL RIO; C. MA.
ELENA JIMENEZ MENDOZA, SECRETARIA; Y C. RIGOBERTO ROBLES BOBADILLA, SINDICO DEL
MISMO; C. JOSE ANGEL CALVILLO LOPEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE ROSAMORADA; C.
JOEL GALVAN AYALA, SECRETARIO; Y C. GRISELDA SAHAGUN GONZALEZ, SINDICO DEL
MISMO; C. MIGUEL PAVEL JARERO VELAZQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE SANTIAGO
IXCUINTLA; C. EDUARDO LUGO LOPEZ, SECRETARIO; Y C. ENRIQUE MACEDO ORTA, SINDICO
DEL MISMO; C. HECTOR GONZALEZ CURIEL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE TEPIC; C. ROCIO
VICTORIA ALEJANDRA FLORES VELAZQUEZ, SECRETARIA; Y C. ROBERTO RUIZ CRUZ, SINDICO
DEL MISMO; C. ISAIAS HERNANDEZ SANCHEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE TUXPAN; C. ALVARO
HUMBERTO GRACIANO NARANJO, SECRETARIO; Y C. EDUARDO PONCE CRUZ, SINDICO DEL
MISMO; C. HERIBERTO CASTAÑEDA ULLOA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE XALISCO; C.
REYNALDO BRIONES ANDRADE, SECRETARIO; Y C. JAVIER AVALOS INDA, SINDICO DEL
MISMO; A QUIENES CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA “LAS PARTES”, AL
TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.- El artículo 33 de la Ley de Planeación
establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las
entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso
procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos
participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de
sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la
planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y
los estados se planeen de manera conjunta. En todos los casos se deberá
considerar la participación que corresponda a los municipios.
II.- El artículo 3, fracción XIX y el Anexo 24
del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de
2012, establecen que “EL PREP” es un programa sujeto a reglas de operación.
Asimismo, el artículo 31 de este Decreto señala que los subsidios federales se
destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones
aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de
vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios de
resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
III.- Conforme a lo dispuesto en el Decreto por el
que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 2 de enero de 2013, corresponde a “LA SEDATU” impulsar en
coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el
ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la
formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios
uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las
ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en
general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de
servicios, la planeación habitacional y el desarrollo de vivienda.
IV.- El 28 de febrero de 2013 se publicó en el
Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de “LA SEDATU” por el que se emiten
las Reglas de Operación de “EL PREP” para el ejercicio fiscal 2013.
V.- El objetivo general de “EL PREP” es
contribuir a mejorar la percepción de seguridad ciudadana, en las ciudades y
zonas metropolitanas, mediante el rescate de espacios públicos en condición de
deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la
población en situación de pobreza multidimensional.
VI.-
El Decreto por el que se establece
el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del
Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el
Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social. De igual
manera se observarán las directrices marcadas por la Comisión Intersecretarial
para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
VII.- La Subdirección de Presupuesto dependiente
de la Dirección General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor, comunicó
a la Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano
Marginadas, de “LA SEDATU” el monto de los subsidios autorizados a “EL PREP”
para el ejercicio fiscal 2013, mediante oficio número IV.-410-310.644, de fecha
14 de marzo de 2013.
VIII.-
El Oficial Mayor de “LA
SEDATU”, mediante el Oficio Circular de Distribución de Subsidios de “EL PREP” número 260626, de fecha 15 de marzo
de 2013, comunicó a los delegados estatales de “LA SEDATU” la distribución de los
subsidios federales de “EL PREP” por entidad federativa para el ejercicio
fiscal 2013.
Con base en lo expuesto, y con fundamento en
los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75, 77, 85
y 106 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85,
175, 176 y 178 de su Reglamento; 1, 4 y 24 de la Ley General de Desarrollo
Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 8, 9, 48, 49, 50
y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 3
fracción XIX, 29, 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 7, fracción X, 9, 13, 24, 34, 35 y 36
del Reglamento Interior de “LA SEDATU”; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas
de Operación de “EL PREP” para el ejercicio fiscal 2013; así como en lo
previsto por los artículos 1o., 2o., 4o., 26 y 30 fracción X, 31 fracciones II,
III, XVI, 32, 33, 34, 37 y 41 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado
de Nayarit; 1o., 2o., 3o., 4o., 12, 13 y 15 de la Ley de Planeación del Estado
de Nayarit; 1o., 2o. y 3o. de la Ley que crea el Comité de Planeación para el
Desarrollo del Estado de Nayarit; y 1o., y 64 fracciones VI y IX, 73 fracción
II, de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit; “LAS PARTES” han decidido
establecer sus compromisos al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
CAPITULO I. DEL OBJETO
PRIMERA.
El presente Acuerdo de
Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre “LAS PARTES”, para
la operación de “EL PREP” en las Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas
y para el ejercicio de los subsidios federales y los recursos locales
aportados, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida y la
seguridad ciudadana, mediante el rescate de espacios públicos en condición de
deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la
población en situación de pobreza de las Ciudades y Zonas Metropolitanas.
SEGUNDA.
“LAS PARTES”, acuerdan que
para la operación de “EL PREP” y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán
a lo que establece la normativa federal y de forma supletoria la legislación
local, las Reglas de Operación de “EL PREP”, en lo sucesivo las “Reglas de
Operación” y los Lineamientos Específicos para la Operación de “EL PREP”
vigentes, en lo sucesivo “Lineamientos de Operación” así como en los
instrumentos técnicos que se deriven de estos dos últimos.
CAPITULO II. DE LAS CIUDADES,
ZONAS METROPOLITANAS Y ZONAS DE ACTUACION SELECCIONADOS
TERCERA.
“LAS PARTES” acuerdan que los
subsidios federales y los recursos financieros locales aportados en el marco de
“EL PREP” se ejercerán en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas,
que se señalan en el Anexo I de este Acuerdo de Coordinación, denominado
“Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas”, el cual está suscrito por la
Delegada Estatal de “LA SEDATU”, el Secretario de Planeación, Programación y
Presupuesto y Coordinador General del COPLADENAY de “EL ESTADO” y por los
presidentes de “LOS MUNICIPIOS”, y que forma parte integral del presente
Acuerdo de Coordinación.
CUARTA.
Con el fin de apoyar la ejecución
de acciones interinstitucionales, “LA SEDATU” promoverá la concurrencia de
acciones de otras instituciones en los espacios públicos donde intervenga “EL
PREP”, tanto de instancias del propio sector como de otras dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal. “EL ESTADO” y “EL MUNICIPIO”
acuerdan apoyar a “LA SEDATU” en la ejecución de dichas acciones.
QUINTA.
Tendrán preferencia aquellos
municipios que se encuentren señalados en el Universo Potencial de “EL PREP”
y/o se encuentren identificados en la Cruzada Nacional contra el Hambre y en
las directrices marcadas por la Comisión Intersecretarial para la Prevención
Social de la Violencia y la Delincuencia, lo anterior en observancia al numeral
3.1.1 de las “Reglas de Operación”.
CAPITULO III. DE LOS SUBSIDIOS
FEDERALES
SEXTA.
“LAS PARTES” acuerdan que
los subsidios federales destinados a “EL ESTADO” se distribuyen por municipio,
de conformidad con lo señalado en el Anexo II “Aportación de Recursos
Federales, Estatales y Municipales” de este Acuerdo de Coordinación, el cual
está suscrito por la Delegada Estatal de “LA SEDATU”, el Secretario de
Planeación, Programación y Presupuesto y Coordinador General del COPLADENAY de “EL
ESTADO” y por los presidentes de “LOS MUNICIPIOS” y forma parte integral del
presente Acuerdo de Coordinación.
SEPTIMA.
Del total de los subsidios
federales distribuidos a “LOS MUNICIPIOS” señalados en el Anexo II “Aportación
de Recursos Federales, Estatales y Municipales” del presente instrumento legal,
al menos el veinte por ciento deberá ser destinado para realizar acciones de la
Modalidad Participación Social y Seguridad Comunitaria, en observancia al
diverso numeral 3.5.2 de las “Reglas de Operación”.
OCTAVA.
Lo relativo a los montos de
aportación federal máximos por tipo de intervención y modalidad de “EL PREP” se
ajustará a lo que establece el numeral 3.5.2 de las “Reglas de Operación”.
La Subsecretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda, por conducto de la Dirección General de Rescate de Espacios Públicos,
responsable de dirigir “EL PREP” a nivel nacional podrá autorizar que los
subsidios otorgados como ampliaciones se apliquen con porcentajes y/o montos
diferentes a los establecidos por tipo de intervención o modalidad que
establece el numeral 3.5.4 de las “Reglas de Operación”.
NOVENA. La ministración de los subsidios federales
para “EL PREP” se efectuará considerando el calendario autorizado por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO IV. DE LOS RECURSOS
FINANCIEROS APORTADOS POR “EL ESTADO” Y
POR “LOS MUNICIPIOS”
DECIMA.
“EL ESTADO” y “LOS
MUNICIPIOS”, se comprometen a aportar recursos financieros para las obras y
acciones apoyadas por “EL PREP”, de conformidad con lo señalado en las “Reglas
de Operación”. Estos recursos serán distribuidos conforme a lo señalado en el
Anexo II: “Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales”, el cual
está debidamente suscrito por la Delegada Estatal de “LA SEDATU”, el Secretario
de Planeación, Programación y Presupuesto y Coordinador General del COPLADENAY de
“EL ESTADO” y por los presidentes de “LOS MUNICIPIOS”.
DECIMA
PRIMERA. La aportación local
de “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” será cuando menos equivalente al cuarenta por
ciento del costo total del proyecto. La aportación de “EL ESTADO” y/o de “LOS
MUNICIPIOS” para impulsar las acciones de “EL PREP”, podrá hacerse a través de
recursos monetarios directos o mediante la realización de proyectos
complementarios o aportaciones en especie (incluida la provisión de materiales
y uso de maquinaria y equipo) previo acuerdo con la Delegación Estatal de “LA
SEDATU”, debiéndose observar lo estipulado por el numeral 3.5.4 de las “Reglas
de Operación”.
DECIMA
SEGUNDA. “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”
se comprometen a aportar recursos financieros por la cantidad de $5,777,694.00
(cinco millones setecientos setenta y siete mil seiscientos noventa y cuatro
pesos 00/100 M.N.) provenientes de su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio
Fiscal 2013 para la ejecución de los proyectos.
DECIMA
TERCERA. “EL ESTADO” y “LOS
MUNICIPIOS”, se comprometen a aportar oportunamente los recursos financieros
señalados en el Anexo II: “Aportación de Recursos Federales, Estatales y
Municipales” de este Acuerdo de Coordinación, para las obras y acciones
apoyadas por “EL PREP”, de conformidad con lo señalado en las “Reglas de
Operación”, los “Lineamientos de Operación” y el Anexo Técnico de cada
proyecto.
CAPITULO V. DE LAS
RESPONSABILIDADES
DECIMA
CUARTA. “LA SEDATU” a través
de su Delegación Estatal, “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”, podrán constituirse
como instancias ejecutoras de las dos modalidades de “EL PREP”, de acuerdo con
lo previsto en el numeral 3.7.1 de las “Reglas de Operación”. Los ejecutores
serán los responsables del ejercicio y comprobación de los subsidios federales
y de los recursos locales aportados para la operación de “EL PREP” en la entidad.
DECIMA
QUINTA. “LA SEDATU” se
compromete a:
a) Aportar de manera oportuna los subsidios comprometidos en el presente instrumento, para la ejecución de “EL PREP”, en las Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas de la entidad federativa, con la participación que corresponda a “EL ESTADO” y a “LOS MUNICIPIOS”.
b) Aprobar las obras y acciones de manera oportuna y por conducto de la Delegación Estatal de “LA SEDATU”.
c) Brindar capacitación y asistencia técnica para la correcta operación de “EL PREP”.
d) Realizar la difusión de “EL PREP”, por conducto de la Delegación Estatal de “LA SEDATU” y por la Dirección General de Rescate de Espacios Públicos, Unidad Responsable de dirigir el Programa a nivel nacional.
e) Realizar, a través de la Delegación Estatal de “LA SEDATU” el seguimiento de avances y resultados físicos y financieros de los proyectos, así como en campo los proyectos autorizados, la operación y ejercicio del gasto, lo anterior en cumplimiento al dispositivo 3.7.2.2 de las “Reglas de Operación”.
f) Verificar, a través de la Delegación Estatal de “LA SEDATU”, el cierre de obras y la conclusión de acciones previamente a la elaboración del acta entrega-recepción del espacio público por la instancia ejecutora según lo contempla el numeral 4.2.5 de las “Reglas de Operación”.
g) Dar acompañamiento y verificar el funcionamiento de las Contralorías Sociales, así como impulsar su creación y dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, su Reglamento y el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por la Secretaría de la Función Pública.
h) Aplicar los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados, cuando funja como ejecutor, conforme a lo señalado en la normativa federal aplicable a “EL PREP”.
i) Reintegrar a “EL ESTADO” y/o a “LOS MUNICIPIOS”, en caso de que funja como ejecutor, los recursos locales no ejercidos al cierre de ejercicio fiscal, los recursos no comprobados en la fecha límite establecida para este fin, así como los rendimientos financieros que, en su caso, se hubieran generado.
j) Apoyar la integración y operación de comités comunitarios con funciones de planeación, gestión, verificación y seguimiento de las obras y acciones financiadas con recursos de “EL PREP”, conforme a lo estipulado en el diverso numeral 9 de las “Reglas de Operación”.
DECIMA
SEXTA. “EL ESTADO” y “LOS
MUNICIPIOS”, se comprometen a:
a) Apoyar el cumplimiento de los objetivos y las metas de “EL PREP”.
b) Aplicar los recursos financieros federales y locales aportados a “EL PREP” se ejerzan de conformidad con lo dispuesto en la legislación federal aplicable y de manera supletoria la normativa local, lo anterior en observancia al numeral 4.2.2 de las “Reglas de Operación”.
c) En caso de que los bienes muebles financiados con recursos de “EL PREP” sean sustraídos indebidamente del lugar donde se ubicaban o habían sido instalados, efectuar lo conducente para restituirlos en la misma cantidad, calidad y especie; independientemente de realizar las gestiones jurídicas y administrativas que procedan.
DECIMA
SEPTIMA. “EL ESTADO” y “LOS
MUNICIPIOS”, cuando funjan como ejecutores de “EL PREP”, se comprometen a:
a) Apoyar la ejecución de “EL PREP” en las Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas, conforme a lo establecido en las “Reglas de Operación”, los “Lineamientos de Operación” y demás normativa federal aplicable.
b) Supervisar directamente las obras y acciones de “EL PREP”, así como aplicar los subsidios federales y los recursos locales aportados conforme a lo señalado en la normativa federal aplicable, las “Reglas de Operación”, los “Lineamientos de Operación” y de manera supletoria la legislación local.
c) Elaborar y mantener actualizado un registro de los recursos, de conformidad con la normativa aplicable al respecto.
d) Garantizar los derechos de los beneficiarios de “EL PREP” conforme a lo señalado en el numeral 3.6 de las “Reglas de Operación”.
e) Notificar de la conclusión de obras y acciones, así como de sus resultados físicos y financieros, dentro de los diez días naturales posteriores a la fecha de su conclusión.
f) Elaborar el Cierre de Ejercicio correspondiente.
g) Hacer explícito en el acta de entrega-recepción del espacio público a la comunidad y en el informe de resultados su compromiso de proporcionar el mantenimiento, conservación, vigilancia y sufragar la continua y adecuada operación de los espacios públicos apoyados con recursos de “EL PREP”, involucrando a los beneficiarios.
h) Aperturar una cuenta bancaria productiva para administrar los subsidios federales y gestionar la liberación de los respectivos subsidios ante la Delegación Estatal de “LA SEDATU”, lo anterior en cumplimiento al numeral 4.2.2 de las “Reglas de Operación”.
i) Entregar trimestralmente a la Secretaría de la Función Pública la información programático-presupuestal de los avances físicos y financieros y cierre de ejercicio, así como la información que en general la misma Secretaría requiera, de acuerdo con el artículo 41, fracción VIII, del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social.
j) Conformar un Comité de Contraloría Social para cada proyecto integral apoyado por “EL PREP”, así como contribuir en realizar la promoción, asignación de registro y capacitación, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, su Reglamento y en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por la Secretaría de la Función Pública.
k) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en la normativa federal aplicable, los subsidios federales no devengados al cierre del ejercicio fiscal, los recursos federales no comprobados en la fecha límite establecida para este fin, así como las cargas financieras que, en su caso, se hubieran generado.
l) Proporcionar a las instancias de fiscalización, control y auditorías correspondientes, la información requerida, así como otorgarles las facilidades necesarias, para que lleven a cabo sus acciones en dichas materias.
CAPITULO VI. DE LA REASIGNACION
DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES
DECIMA
OCTAVA. “LA SEDATU”, a
partir del 31 de mayo y en las fechas establecidas en el oficio de distribución
de subsidios, podrá realizar revisiones respecto al avance de las obras y acciones,
y del ejercicio y comprobación de los recursos de “EL ESTADO” y “LOS
MUNICIPIOS”. Los recursos que no hubieren sido ejercidos o comprometidos, o
cuyas acciones no tuvieren avance de acuerdo a lo programado, serán
redistribuidos por la Dirección General de Rescate de Espacios Públicos, con
fundamento en el último párrafo del numeral 4.1 de las “Reglas de Operación”.
En caso de que los compromisos establecidos
por los gobiernos locales no se cumplan, Dirección General de Rescate de
Espacios Públicos, en coordinación con la Delegación Estatal de “LA SEDATU”,
estará en posibilidad de redistribuir las asignaciones originales entre otros
municipios participantes en “EL PREP”, cumpliendo con el numeral 4.2.3 de las
“Reglas de Operación”.
Cuando la Dirección General de Rescate de
Espacios Públicos, detecte saldos disponibles con base en el calendario de
recursos, realizará el movimiento de afectación presupuestal a otra entidad
federativa con base en los criterios establecidos en el numeral 4.2.3 de las “Reglas
de Operación”, a efecto de evitar el subejercicio.
Dichas reasignaciones presupuestarias serán
notificadas por la Delegación Estatal de “LA SEDATU” al representante de “EL
ESTADO” y a los presidentes de “LOS MUNICIPIOS” que correspondan.
CAPITULO VII. DEL SEGUIMIENTO,
CONTROL Y EVALUACION DE “EL PREP”
DECIMA
NOVENA. “EL ESTADO” y “LOS
MUNICIPIOS” en su carácter de instancia ejecutora deberán reportar
trimestralmente los avances físicos y financieros de los proyectos autorizados
a la Delegación Estatal de “LA SEDATU” durante los primeros cinco días hábiles
del mes inmediato al trimestre que se reporta, y conforme al anexo
correspondiente del documento publicado en la página electrónica
www.sedatu.gob.mx. En caso de que “EL ESTADO” hubiera aportado recursos en el
marco de “EL PREP”, la instancia de planeación o equivalente de las entidades
federativas deberá validar la fracción correspondiente.
En el caso de que la Delegación Estatal de
“LA SEDATU”, detecte información faltante, informará a las instancias ejecutoras
detalladamente y por escrito dentro de un plazo no mayor a cinco días naturales
a partir de la fecha de recepción del reporte. En este caso, las instancias
ejecutoras deberán presentar la información y documentación faltante, en un
plazo que no exceda cinco días hábiles contados a partir de la recepción del
comunicado de la Delegación Estatal de “LA SEDATU”.
VIGESIMA.
“EL ESTADO” y “LOS
MUNICIPIOS”, como ejecutores de “EL PREP”, se comprometen a cumplir con las
responsabilidades señaladas en las “Reglas de Operación”, y los “Lineamientos
de Operación” otorgar las facilidades necesarias a “LA SEDATU”, para realizar
visitas de supervisión y seguimiento a las obras y acciones realizadas con
recursos de “EL PREP”, así como de la información, registros y documentos que
estime pertinente conocer y que estén relacionados con la ejecución de las
mismas.
VIGESIMA
PRIMERA. “LAS PARTES”
colaborarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de
un sistema de información administrado por “LA SEDATU”, el cual apoyará las
actividades de seguimiento, control y evaluación de “EL PREP”. “LA SEDATU”
proporcionará a “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” asistencia técnica y
capacitación para efectuar dichas actividades.
VIGESIMA
SEGUNDA. “EL ESTADO” y “LOS
MUNICIPIOS”, cuando funjan como ejecutores de “EL PREP”, se comprometen a
atender lo señalado en los numerales 4.2.5 Actas de Entrega-Recepción, 4.4.1
Avances Físico-Financieros, 4.4.2 Recursos no Devengados, 4.4.3 Cierre de
Ejercicio y 4.4.4 Operación y Mantenimiento, informando de manera oportuna a la
Delegación Estatal de “LA SEDATU”.
CAPITULO VIII. ESTIPULACIONES
FINALES
VIGESIMA
TERCERA. “LA SEDATU” podrá
efectuar la reducción, la retención o la suspensión parcial o definitiva de las
radicaciones efectuadas a “EL ESTADO” o a “LOS MUNICIPIOS”, cuando detecte
desviaciones, por incumplimiento de lo convenido, o por no entregar los
informes periódicos previstos en las “Reglas de Operación”. De igual forma se
procederá en el caso de no recibir oportunamente la aportación de recursos de
“EL ESTADO” o “LOS MUNICIPIOS”, o cuando los subsidios no se destinen a los
fines autorizados. Asimismo, “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” se comprometen a
reintegrar las aportaciones federales a la Tesorería de la Federación en caso
de incumplimiento a las “Reglas de Operación”, a sus “Lineamientos de
Operación” y demás normativa aplicable.
VIGESIMA
CUARTA. En caso de que se
realicen modificaciones al acuerdo de mérito, a fin de que surtan plenos
efectos, deberán ser suscritas por los que detentan los mismos cargos de
quienes formalizaron el presente Acuerdo de Coordinación
VIGESIMA
QUINTA. Las modificaciones al
Anexo II, Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales por
Municipio, serán registradas por los ejecutores en el Sistema de Información de
“LA SEDATU”, e informarán por escrito a la Dirección General de Rescate de
Espacios Públicos para su debida validación.
VIGESIMA
SEXTA. Con el propósito de
impedir que “EL PREP” sea utilizado con fines político electorales durante el
desarrollo de los procesos electorales federales o locales, “LAS PARTES”,
acuerdan que durante la ejecución de este Programa y en el ejercicio de los
recursos federales, llevarán a cabo las acciones necesarias para observar las
medidas que al respecto se emitan, en observancia al numeral 8.4 de las “Reglas
de Operación” vigentes. De igual manera observarán lo establecido en los
artículos 134 y 41 apartado C) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 2, párrafo segundo y 347, párrafo primero, inciso b) y e) del
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 17 del Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013; los
lineamientos que emita la Secretaría de Gobernación y “LA SEDATU” en la materia;
así como demás en la materia en el ámbito federal y local.
VIGESIMA
SEPTIMA. El presente Acuerdo
de Coordinación se podrá dar por terminado de manera anticipada por cualquiera
de las siguientes causas:
a) Incumplimiento en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Acuerdo de Coordinación y sus Anexos, con lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, en las “Reglas de Operación” y en la demás normativa aplicable.
b) La aplicación de los subsidios federales asignados por medio de este Acuerdo de Coordinación a “EL ESTADO” y a “LOS MUNICIPIOS” a fines distintos de los convenidos.
c) La falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en este Acuerdo de Coordinación y en los diversos instrumentos derivados del mismo.
VIGESIMA
OCTAVA. “LAS PARTES”,
realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en
el presente instrumento. En el evento de que se presenten casos fortuitos o de
fuerza mayor, que motiven el incumplimiento a lo pactado, la contraparte
quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas,
debiendo comunicar dichas circunstancias por escrito a la brevedad posible, a
través de las instancias que suscriben el presente Acuerdo de Coordinación.
VIGESIMA
NOVENA. Para el transparente
ejercicio de los recursos federales “LAS PARTES”, convienen que en todas las
actividades de difusión y publicidad que lleven a cabo las instancias
ejecutoras sobre la ejecución de obras y acciones materia de “EL PREP” aquí
convenido, apoyadas parcial o totalmente con subsidios federales, deberán
observar las directrices, lineamientos y normativa federal aplicable.
La publicidad y la información relativa a las
acciones realizadas deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos
que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales e
incluir de conformidad con el numeral 8.1 de las Reglas de Operación de “EL
PREP”, aplicar la leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”.
TRIGESIMA.
“LAS PARTES”, manifiestan su
conformidad para que en caso de controversia que se suscite en la operación,
interpretación y cumplimiento del presente Acuerdo de Coordinación, se
someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con sede en
la Ciudad de México, Distrito Federal.
TRIGESIMA
PRIMERA. El presente Acuerdo
de Coordinación y sus anexos surten sus efectos a partir del día de su firma y
hasta el treinta y uno de diciembre de 2013 y deberán publicarse en el Diario
Oficial de la Federación y en el órgano oficial de difusión del Gobierno de la
Entidad Federativa, de acuerdo con lo previsto por el artículo 36 de la Ley de
Planeación, con el propósito de que la población conozca las acciones
coordinadas entre Federación, entidad federativa y municipios.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, las partes firman el presente Acuerdo de Coordinación en cinco ejemplares, en la ciudad de Tepic, Estado de Nayarit, a los quince días del mes de abril de dos mil trece.- Por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano: el Oficial Mayor, Fidel Antuña Batista.- Rúbrica.- La Delegada Estatal en Nayarit, Fernanda Elvira Villafranca Aguirre.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Administración y Finanzas, Gerardo Siller Cárdenas.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación, Programación y Presupuesto y Coordinador General del COPLADENAY, José Vicente Romero Ruíz.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social, Orlando Antonio Jiménez Nieves.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría General, Roy Rubio Salazar.- Rúbrica.- Por el Municipio de Acaponeta: el Presidente Municipal, Efraín Arellano Núñez.- Rúbrica.- El Síndico, Moisés Contreras Cantabrana.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Francisco Salcido Vargas.- Rúbrica.- Por el Municipio de Bahía de Banderas: el Presidente Municipal, Rafael Cervantes Padilla.- Rúbrica.- El Síndico, Armando Campos Salgado.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Juan Francisco O´Connor Aguirre.- Rúbrica.- Por el Municipio de Compostela: el Presidente Municipal, Pablo Pimienta Márquez.- Rúbrica.- El Síndico, Mahuatzin Leonel Díaz Rodríguez.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Ramón Morán Galaviz.- Rúbrica.- Por el Municipio de Ixtlán del Río: el Presidente Municipal, Salvador Muñoz Hernández.- Rúbrica.- El Síndico, Rigoberto Robles Bobadilla.- Rúbrica.- La Secretaria del H. Ayuntamiento, Ma. Elena Jiménez Mendoza.- Rúbrica.- Por el Municipio de Rosamorada: el Presidente Municipal, José Angel Calvillo López.- Rúbrica.- La Síndico, Griselda Sahagún González.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Joel Galván Ayala.- Rúbrica.- Por el Municipio de Santiago Ixcuintla: el Presidente Municipal, Miguel Pavel Jarero Velázquez.- Rúbrica.- El Síndico, Enrique Macedo Orta.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Eduardo Lugo López.- Rúbrica.- Por el Municipio de Tepic: el Presidente Municipal, Héctor González Curiel.- Rúbrica.- El Síndico, Roberto Ruiz Cruz.- Rúbrica.- La Secretaria del H. Ayuntamiento, Rocío Victoria Alejandra Flores Velázquez.- Rúbrica.- Por el Municipio de Tuxpan: el Presidente Municipal, Isaías Hernández Sánchez.- Rúbrica.- El Síndico, Eduardo Ponce Cruz.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Alvaro Humberto Graciano Naranjo.- Rúbrica.- Por el Municipio de Xalisco: el Presidente Municipal, Heriberto Castañeda Ulloa.- Rúbrica.- El Síndico, Javier Avalos Inda.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Reynaldo Briones Andrade.- Rúbrica.
Anexo
I
Ciudades y Zonas Metropolitanas
Seleccionadas
Ciudad o Zona Metropolitana |
Municipio |
ACAPONETA |
ACAPONETA |
ZM PUERTO
VALLARTA |
BAHIA DE BANDERAS |
COMPOSTELA |
COMPOSTELA |
IXTLAN DEL RIO |
IXTLAN DEL RIO |
TUXPAN-SAN
VICENTE |
ROSAMORADA |
SANTIAGO
IXCUINTLA |
SANTIAGO
IXCUINTLA |
ZM TEPIC-TEPIC |
TEPIC |
TUXPAN |
TUXPAN |
ZM TEPIC-XALISCO |
XALISCO |
Leído que fue y debidamente enterados del
alcance y contenido legal, se firma el presente anexo en la ciudad de Tepic,
Estado de Nayarit, a los quince días del mes de abril de dos mil trece.- Por
la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano: la Delegada Estatal
en Nayarit, Fernanda Elvira Villafranca
Aguirre.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Administración y
Finanzas, Gerardo Siller Cárdenas.-
Rúbrica.- El Secretario de Planeación,
Programación y Presupuesto y Coordinador General del COPLADENAY, José Vicente Romero Ruíz.- Rúbrica.- El
Secretario de Desarrollo Social, Orlando
Antonio Jiménez Nieves.- Rúbrica.- Por el Municipio de Acaponeta: el Presidente
Municipal, Efraín Arellano Núñez.-
Rúbrica.- El Síndico, Moisés Contreras
Cantabrana.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Francisco
Salcido Vargas.- Rúbrica.- Por
el Municipio de Bahía de Banderas: el Presidente Municipal, Rafael Cervantes Padilla.- Rúbrica.- El
Síndico, Armando Campos Salgado.-
Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Juan Francisco O´Connor Aguirre.- Rúbrica.- Por el Municipio de
Compostela: el Presidente Municipal, Pablo
Pimienta Márquez.- Rúbrica.- El Síndico,
Mahuatzin
Leonel Díaz Rodríguez.-
Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Ramón Morán Galaviz.- Rúbrica.- Por el Municipio de Ixtlán del Río:
el Presidente Municipal, Salvador Muñoz
Hernández.- Rúbrica.- El Síndico, Rigoberto
Robles Bobadilla.- Rúbrica.- La Secretaria del H. Ayuntamiento, Ma. Elena Jiménez Mendoza.- Rúbrica.- Por
el Municipio de Rosamorada: el Presidente Municipal, José Angel Calvillo López.- Rúbrica.- La Síndico, Griselda Sahagún González.- Rúbrica.- El
Secretario del H. Ayuntamiento, Joel
Galván Ayala.- Rúbrica.- Por el Municipio de Santiago Ixcuintla: el
Presidente Municipal, Miguel Pavel
Jarero Velázquez.- Rúbrica.- El Síndico, Enrique Macedo Orta.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Eduardo Lugo López.- Rúbrica.- Por el
Municipio de Tepic: el Presidente Municipal, Héctor González Curiel.- Rúbrica.- El Síndico, Roberto Ruiz Cruz.- Rúbrica.- La Secretaria del H. Ayuntamiento, Rocío Victoria Alejandra Flores Velázquez.-
Rúbrica.- Por el Municipio de Tuxpan: el Presidente Municipal, Isaías Hernández Sánchez.- Rúbrica.- El
Síndico, Eduardo Ponce Cruz.-
Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Alvaro Humberto Graciano Naranjo.- Rúbrica.- Por el Municipio de
Xalisco: el Presidente Municipal, Heriberto Castañeda Ulloa.- Rúbrica.- El
Síndico, Javier Avalos Inda.-
Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Reynaldo Briones Andrade.- Rúbrica.
Anexo
II
Aportación de Recursos
Federales, Estatales y Municipales por Municipio
(Pesos)
Municipio |
Recursos aportados por “LA SEDATU” |
Recursos aportados por “EL ESTADO” |
Recursos aportados por “LOS MUNICIPIOS” |
Total de recursos |
Acaponeta |
800,118 |
0 |
533,412 |
1,333,530 |
Bahía de Banderas |
1,087,059 |
0 |
724,706 |
1,811,765 |
Compostela |
912,930 |
0 |
608,620 |
1,521,550 |
Ixtlán del Río |
582,616 |
0 |
388,411 |
971,027 |
Rosamorada |
922,735 |
0 |
615,157 |
1,537,892 |
Santiago Ixcuintla |
983,109 |
0 |
655,406 |
1,638,515 |
Tepic |
1,690,042 |
0 |
1,126,695 |
2,816,737 |
Tuxpan |
1,057,542 |
0 |
705,028 |
1,762,570 |
Xalisco |
630,388 |
0 |
420,259 |
1,050,647 |
TOTAL |
8,666,539 |
0 |
5,777,694 |
14,444,233 |
Leído que fue y debidamente enterados del
alcance y contenido legal, se firma el presente anexo en la Ciudad de Tepic,
Estado de Nayarit, a los quince días del mes de abril de dos mil trece.- Por
la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano: la Delegada Estatal
en Nayarit, Fernanda Elvira Villafranca
Aguirre.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Administración y
Finanzas, Gerardo Siller Cárdenas.-
Rúbrica.- El Secretario de Planeación,
Programación y Presupuesto y Coordinador General del COPLADENAY, José Vicente Romero Ruíz.- Rúbrica.- El
Secretario de Desarrollo Social, Orlando
Antonio Jiménez Nieves.- Rúbrica.- Por el Municipio de Acaponeta: el Presidente
Municipal, Efraín Arellano Núñez.-
Rúbrica.- El Síndico, Moisés Contreras
Cantabrana.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Francisco
Salcido Vargas.- Rúbrica.- Por
el Municipio de Bahía de Banderas: el Presidente Municipal, Rafael Cervantes Padilla.- Rúbrica.- El
Síndico, Armando Campos Salgado.-
Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Juan Francisco O´Connor Aguirre.- Rúbrica.- Por el Municipio de
Compostela: el Presidente Municipal, Pablo
Pimienta Márquez.- Rúbrica.- El Síndico,
Mahuatzin
Leonel Díaz Rodríguez.-
Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Ramón Morán Galaviz.- Rúbrica.- Por el Municipio de Ixtlán del Río:
el Presidente Municipal, Salvador Muñoz
Hernández.- Rúbrica.- El Síndico, Rigoberto
Robles Bobadilla.- Rúbrica.- La Secretaria del H. Ayuntamiento, Ma. Elena Jiménez Mendoza.- Rúbrica.- Por
el Municipio de Rosamorada: el Presidente Municipal, José Angel Calvillo López.- Rúbrica.- La Síndico, Griselda Sahagún González.- Rúbrica.- El
Secretario del H. Ayuntamiento, Joel
Galván Ayala.- Rúbrica.- Por el Municipio de Santiago Ixcuintla: el
Presidente Municipal, Miguel Pavel
Jarero Velázquez.- Rúbrica.- El Síndico, Enrique Macedo Orta.- Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Eduardo Lugo López.- Rúbrica.- Por el
Municipio de Tepic: el Presidente Municipal, Héctor González Curiel.- Rúbrica.- El Síndico, Roberto Ruiz Cruz.- Rúbrica.- La Secretaria del H. Ayuntamiento, Rocío Victoria Alejandra Flores Velázquez.-
Rúbrica.- Por el Municipio de Tuxpan: el Presidente Municipal, Isaías Hernández Sánchez.- Rúbrica.- El
Síndico, Eduardo Ponce Cruz.-
Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Alvaro Humberto Graciano Naranjo.- Rúbrica.- Por el Municipio de
Xalisco: el Presidente Municipal, Heriberto Castañeda Ulloa.- Rúbrica.- El
Síndico, Javier Avalos Inda.-
Rúbrica.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Reynaldo Briones Andrade.- Rúbrica.