DECRETO POR EL QUE SE EXPROPIA UNA SUPERFICIE DE 146,583.595 METROS CUADRADOS, PARA LA CONSTRUCCION DEL LIBRAMIENTO PONIENTE DE SAN LUIS POTOSI, TRAMO ENTRONQUE CARRETERA LIBRAMIENTO ORIENTE-ENTRONQUE CARRETERA SAN LUIS POTOSI-ZACATECAS

 

FICHA TECNICA NORLEX

 

Nombre corto:  17041301.

Legislación:  Federal.

 

Fuente:  D.O.F.

Emite:  SCT.

Fecha de publicación:  17 de abril de 2013. (2da. 23 de abril de 2013)

Fecha de entrada en vigor:  17 de abril de 2013. (2da. 23 de abril de 2013)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo, de la propia Constitución; 1o., fracción III Bis, 2o., 3o., 4o., 7o., 10, 19 y 20, de la Ley de Expropiación; 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 143, fracción VII, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus párrafos primero y tercero, establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación, la cual tiene el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público para atender las necesidades de interés general que deben ser satisfechas de manera prioritaria, en beneficio de la colectividad;

Que el artículo 1o., fracción III Bis, de la Ley de Expropiación, prevé como causa de utilidad pública la construcción de obras de infraestructura pública y la prestación de servicios públicos, que requieran de bienes inmuebles y sus mejoras, derivada de concesión, de contrato, o de cualquier acto jurídico celebrado en términos de las disposiciones legales aplicables;

Que el artículo 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, establece que es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes, por lo que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, promoverá la expropiación de los terrenos que se requieran para tal fin, la cual se llevará a cabo conforme a la legislación aplicable;

Que el Estado de San Luis Potosí presenta una fuerte dinámica de desarrollo económico, lo que incrementa la necesidad de dotar a dicha entidad con infraestructura adecuada para satisfacer la atención de servicios públicos, como es el caso de la construcción de un libramiento de altas especificaciones en la Ciudad de San Luis Potosí, que permita resolver el problema del tiempo y elevados costos de operación que actualmente experimentan los usuarios que circulan por la ruta Zacatecas - San Luis Potosí, la cual atraviesa vialidades urbanas de dicha ciudad, donde convergen calles y avenidas locales con la carretera federal San Luis Potosí - Zacatecas;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha definido un sistema de corredores carreteros, integrados por carreteras federales y autopistas de cuota de altas especificaciones en todas las regiones del país, incluyendo la construcción y modernización de libramientos que permitan satisfacer las necesidades de infraestructura carretera en los ámbitos local, regional y nacional, en el cual se contempla la construcción del Libramiento Poniente de San Luis Potosí;

Que para la construcción del Libramiento Poniente de San Luis Potosí, tramo Entronque Carretera Libramiento Oriente – Entronque Carretera San Luis Potosí - Zacatecas, ubicado en el Municipio de Mexquitic de Carmona, Estado de San Luis Potosí, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha llevado a cabo las acciones necesarias para la adquisición de los terrenos idóneos, de acuerdo con los dictámenes técnicos a que se refiere el considerando siguiente;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevó a cabo los estudios técnicos y proyectos conforme a los cuales se determinó que los terrenos que son objeto del presente Decreto, ubicados en el Municipio de Mexquitic de Carmona, Estado de San Luis Potosí, son los más apropiados para la construcción, conservación y mantenimiento de la obra a que se refiere el considerando que antecede, en virtud de que los mismos reúnen las características específicas que se requieren para este tipo de infraestructura;

Que el libramiento de referencia será una vía general de comunicación, considerada como punto intermedio de conexión de los siguientes corredores troncales: A) Manzanillo - Guadalajara - Lagos de Moreno – Tampico; B) México - Querétaro - San Luis Potosí - Saltillo - Monterrey - Nuevo Laredo, yC) México - Querétaro - San Luis Potosí - Zacatecas - Gómez Palacio - Chihuahua - Ciudad Juárez, con lo cual se calcula que tendrá un aforo diario de 6,382 de volumen vehicular, lo que a nivel nacional proporcionará una comunicación rápida, segura y económica entre puntos de desarrollo mercantil, siendo prioritarias las zonas transversales que unen a la cuenca del Golfo de México con las regiones que conforman la cuenca del Océano Pacífico; es decir, los principales puertos del Pacífico (Lázaro Cárdenas, Manzanillo y Mazatlán) con los del Golfo de México (Tampico y Altamira) que importan y exportan materia prima y productos terminados;

Que el Libramiento Poniente de San Luis Potosí proporcionará el tránsito rápido y seguro a los usuarios de la vía, disminuirá el deterioro y mantenimiento de las calles y avenidas de la Ciudad de San Luis Potosí, al evitar la circulación de vehículos de carga pesada sobre las mismas; favorecerá la seguridad de la población al disminuir el índice de accidentes; mejorará las condiciones ambientales de la zona urbana, y hará más fluido el recorrido del tránsito del turismo hacia las regiones de Charcas, Ciudad Valles, Matehuala, Moctezuma, Río Verde, Villa de Arriaga y Villa de Reyes en el Estado, fomentando el desarrollo social y económico de sus centros urbanos y rurales;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes integró el expediente de expropiación número 01/SLP/2012, en el cual constan los elementos técnicos y estudios realizados, como son, entre otros, la selección de la ruta, estudios fotogramétricos, anteproyecto y proyecto constructivo de terracerías realizados sobre los terrenos que por su ubicación son indispensables para integrar el derecho de vía del mencionado libramiento, conforme a los cuales determinó emitir la Declaratoria de Utilidad Pública de fecha 26 de noviembre de 2012, publicada en el Diario Oficial de la Federación los días 30 de noviembre y 7 de diciembre de 2012;

Que en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 2o., fracción III, de la Ley de Expropiación y tercero de la Declaratoria de Utilidad Pública, se otorgó a los interesados un plazo de quince días hábiles para que manifestaran lo que a su derecho conviniera y presentaran las pruebas que consideraran pertinentes;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes recibió el 28 de diciembre de 2012 escrito por el que once personas realizaron diversas manifestaciones y ofrecieron pruebas;

Que una vez admitidas y desahogadas las pruebas, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el 6 de marzo de 2013, emitió la resolución por la que se confirma la Declaratoria de Utilidad Pública de 26 de noviembre de 2012, por lo que procede continuar con la expropiación de una superficie de 146,583.595 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Mexquitic de Carmona, Estado de San Luis Potosí, para llevar a cabo la construcción del Libramiento Poniente de San Luis Potosí;

Que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales emitió los dictámenes valuatorios, de fechas 7 de agosto de 2012 y 9 de abril de 2013, en los que se determina el monto de la indemnización a pagar por la expropiación de las fracciones de terreno que integran la superficie a que se refiere el presente Decreto, y

Que en virtud de lo anterior, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes sometió  a consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo, decretar la expropiación de los terrenos para que se realice el Libramiento Poniente de San Luis Potosí, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTICULO PRIMERO.- Es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento del Libramiento Poniente de San Luis Potosí, tramo Entronque Carretera Libramiento Oriente – Entronque Carretera San Luis Potosí - Zacatecas, por lo que se expropia a favor de la Federación una superficie de 146,583.595 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Mexquitic de Carmona, Estado de San Luis Potosí, comprendida en cuarenta fracciones, localizada entre los kilómetros 19+946.111 al 30+236.855, con origen de cadenamiento en el kilómetro 0+000.00 entronque a desnivel con el Libramiento Oriente de San Luis Potosí y cuyos datos de localización son los siguientes:

FRACCION I.

Se afecta una superficie de 2,388.406 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=294,489.849 Y=2’466,582.761, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 01°00’31.467”, Rc= 2,283.24 m., St= 20.10 m., Lc= 40.20 m. hasta el vértice 3, continúa tangente de 1.78 m. y RAC=S62°47’17.372”E hasta el vértice 4058, continúa tangente de 67.02 m. y RAC=S09°56’00.325”W hasta el vértice 5, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 00°55’03.839”, Rc= 2,343.24 m., St= 18.77 m., Lc= 37.53 m. hasta el vértice 7, continúa tangente de 65.96 m. y RAC=N06°37’23.970”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION II.

Se afecta una superficie de 4,074.404 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=294,426.464 Y=2’466,562.859, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 01°40’02.005”, Rc= 2,283.24 m., St= 33.32 m., Lc= 66.44 m. hasta el vértice 3, continúa tangente de 65.96 m. y RAC=S06°37’23.970”W hasta el vértice 4, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 01°23’25.375”, Rc= 2,343.24 m., St= 28.43 m., Lc= 56.86 m. hasta el vértice 6, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 00°01’10.431”, Rc= 42.00 m.,St= 0.01 m., Lc= 0.01 m. hasta el vértice 8, continúa tangente de 12.50 m. y RAC=S73°49’27.029”W hasta el vértice 9, continúa tangente de 66.49 m. y RAC=N09°13’14.614”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION III.

Se afecta una superficie de 8,907.764 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice A con coordenadas UTM X=293,158.160 Y=2’466,097.124, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 07°42’53.087”, Rc= 1,103.917 m., St= 74.432 m., Lc= 148.640 m. hasta el vértice 14, continúa tangente de 64.564 m. y RAC=N15°39’01.493”W hasta el vértice 15, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 06°02’34.318”, Rc= 1,163.917 m., St= 61.435 m., Lc= 122.756 m. hasta el vértice 4, continúa tangente de 2.461 m. y RAC=S23°54’42.615”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 46.845 m. y RAC=S77°56’58.481”E hasta el vértice 6, continúa tangente de 35.601 m. y RAC=S10°25’49.852”W hasta el vértice A lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION IV.

Se afecta una superficie de 2,628.911 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=290,567.3896 Y=2’463,163.7022, continúa tangente de 61.047 m. y RAC=S36°57’10.87”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 31.712 m. y RAC=N81°30’14.01”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 51.132 m. y RAC=N01°58’21.92”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 68.783 m. y RAC=S84°16’23.20”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 1.391 m. y RAC=S84°16’23.20”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION V.

Se afecta una superficie de 9,741.486 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=290,530.6907 Y=2’463,114.9176, continúa tangente de 148.900 m. y RAC=S36°57’10.87”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 10.363 m. y RAC=N70°43’15.40”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 11.711 m. y RAC=S02°29’34.57”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 19.183 m. y RAC=N79°09’29.15”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 17.468 m. y RAC=N16°30’38.68”W hasta el vértice 6, continúa tangente de 26.777 m. y RAC=N70°33’48.82”W hasta el vértice 7, continúa tangente de 192.522 m. y RAC=N36°37’12.70”E hasta el vértice 8, continúa tangente de 51.132 m. y RAC=S01°58’21.92”E hasta el vértice 9, continúa tangente de 31.712 m. y RAC=S81°30’14.01”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION VI.

Se afecta una superficie de 1,037.435 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=290,252.6273 Y=2’462,845.4367, continúa tangente de 52.834 m. y RAC=S06°23’24.47”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 20.042 m. y RAC=S77°09’35.55”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 21.323 m. y RAC=S77°58’48.33”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 76.887 m. y RAC=N37°00’18.21”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION VII.

Se afecta una superficie de 35.755 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=290,287.67 Y=2’462,801.17, continúa tangente de 8.15 m. y RAC=N78°11’41.25”E hasta el vértice 2, continúa tangente de 13.32 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 7, continúa tangente de 8.97 m. y RAC=N00°13’09.98”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION VIII.

Se afecta una superficie de 2,937.296 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en elvértice 4 con coordenadas UTM X=290,175.4107 Y=2’462,683.6496, continúa tangente de 43.627 m. y RAC=S03°10’42.17”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 3.485 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 12, continúa tangente de 8.180 m. y RAC=S79°14’11.41”W hasta el vértice 6, continúa tangente de 71.238 m. y RAC=S86°55’06.20”W hasta el vértice 7, continúa tangente de 57.884 m. y RAC=N37°00’18.21”E hasta el vértice 3, continúa tangente de 49.153 m. y RAC=N83°36’17.65”E hasta el vértice 4 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION IX.

Se afecta una superficie de 35.593 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=290,170.8944 Y=2’462,637.3067, continúa tangente de 8.180 m. y RAC=N79°14’11.41”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 8.815 m. y RAC=S01°35’06.00”E hasta el vértice 3, continúa tangente de 12.947 m. y RAC=S37°00’18.21”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION X.

Se afecta una superficie de 3,287.910 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 2 con coordenadas UTM X=290,054.77 Y=2’462,582.92, continúa tangente de 81.83 m. y RAC=N75°49’27.13”E hasta el vértice 3, continúa tangente de 10.94 m. y RAC=S15°44’05.37”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 53.29 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 6, continúa tangente de 48.26 m. y RAC=S76°32’24.41”W hasta el vértice 7, continúa tangente de 35.91 m. y RAC=N17°37’04.22”W hasta el vértice 8, continúa tangente de 12.58 m. y RAC=N37°00’18.21”E hasta el vértice 2 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XI.

Se afecta una superficie de 2,887.132 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 3 con coordenadas UTM X=290,047.195 Y=2’462,572.868, continúa tangente de 35.91 m. y RAC=S17°37’04.224”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 48.26 m. y RAC=N76°32’24.407”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 34.95 m. y RAC=S37°00’18.364”W hasta el vértice 10, continúa tangente de 93.40 m. y RAC=S76°58’41.252”W hasta el vértice 11, continúa tangente de 90.10 m. y RAC=N37°00’18.364”E hasta el vértice 3 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XII.

Se afecta una superficie de 8,319.299 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=290,005.9113 Y=2’462,418.4069, continúa tangente de 87.453 m. y RAC=S80°19’33.92”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 148.020 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 29.712 m. y RAC=N71°46’02.94”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 51.102 m. y RAC=N70°17’18.80”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 8.343 m. y RAC=S07°41’38.50”E hasta el vértice 6, continúa tangente de 13.279 m. y RAC=N80°32’19.01”E hasta el vértice 7, continúa tangente de 140.818 m. y RAC=N37°00’18.21”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XIII.

Se afecta una superficie de 4,610.362 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,818.8733 Y=2’462,269.9315, continúa tangente de 114.985 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 23.526 m. y RAC=S27°44’52.32”E hasta el vértice 3, continúa tangente de 52.458 m. y RAC=N57°57’03.83”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 52.458 m. y RAC=N57°57’03.83”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 64.704 m. y RAC=N28°17’48.71”W hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XIV.

Se afecta una superficie de 559.616 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,760.6190 Y=2’462,157.2860, continúa tangente de 23.526 m. y RAC=N27°44’52.32”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 52.598 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 47.587 m. y RAC=N63°34’00.07”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XV.

Se afecta una superficie de 6,089.682 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,781.0935 Y=2’462,120.1184, continúa tangente de 42.436 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 125.036 m. y RAC=S63°40’53.37”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 126.929 m. y RAC=N37°00’18.21”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 47.587 m. y RAC=N63°34’00.07”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 42.434 m. y RAC=S28°50’56.48”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XVI.

Se afecta una superficie de 5,645.886 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 2 con coordenadas UTM X=289,645.611 Y=2’462,034.739, continúa tangente de 125.036 m. y RAC=N65°40’53.365”E hasta el vértice 3, continúa tangente de 96.716 m. y RAC=S37°00’18.214”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 120.469 m. y RAC=S66°52’35.305”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 91.483 m. y RAC=N37°00’18.214”E hasta el vértice 2 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XVII.

Se afecta una superficie de 3,578.505 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 4 con coordenadas UTM X=289,674.5359 Y=2’461,978.7378, continúa tangente de 99.826 m. y RAC=S65º43’17.07”W hasta el vértice 8, continúa tangente 12.688 m. y RAC=N34°32’59.55”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 16.958 m. y RAC=N37°00’18.21”E hasta el vértice 14, continúa tangente de 120.469 m. y RAC=N66°52’35.31”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 37.888 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 4 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XVIII.

Se afecta una superficie de 2,110.268 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,674.5369 Y=2’461,978.7378, continúa tangente de 69.081 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 1.036 m. y RAC=S66°11’55.39”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 26.567 m. y RAC=S66°11’55.39”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 34.956 m. y RAC=N43°43’34.13”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 99.825 m. y RAC=N65°43’17.07”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XIX.

Se afecta una superficie de 725.227 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,519.1414 Y=2’461,772.5602, continúa tangente de 57.003 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 26.406 m. y RAC=N43°19’53.99”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 3.838 m. y RAC=N71°52’49.73”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 54.871 m. y RAC=N62°45’11.50”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XX.

Se afecta una superficie de 1,741.791 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,484.5319 Y=2’461,727.0382, continúa tangente de 32.974 m. y RAC=S37°00’18.21”W hasta el vértice 2, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 01°18’00.69”, Rc= 1,104.830 m., St= 12.536 m., Lc= 25.071 m. hasta el vértice 4, continúa tangente de 57.336 m. y RAC=N16°33’52.91”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 34.648 m. y RAC=N71°52’49.73”E hasta el vértice 6, continúa tangente de 26.406 m. y RAC=S43°19’53.99”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXI.

Se afecta una superficie de 2,621.985 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,435.7120 Y=2’461,678.5470, continúa tangente de 33.554 m. y RAC=S71°31’22.56”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 15.432 m. y RAC=S28°51’43.32”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 23.171 m. y RAC=S44°52’33.09”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 26.813 m. y RAC=N48°06’45.67”W hasta el vértice 5, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 02°41’43.20”, Rc= 1,164.888 m., St= 27.406 m., Lc= 54.799 m. hasta el vértice 7, continúa tangente de 36.434 m. y RAC=N67°53’46.96”E hasta el vértice 8, continúa tangente de 37.688 m. y RAC=S16°45’44.54”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXII.

Se afecta una superficie de 754.368 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,333.9030 Y=2’461,549.3700, continúa tangente de 30.5049 m. y RAC=S42°49’40”E hasta el vértice 2, continúa tangente de 32.6447 m. y RAC=S19°33’14”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 24.8251 m. y RAC=N36°25’46”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 30.1339 m. y RAC=N08°14’34”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 3.8067 m. y RAC=N27°17’47”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXIII.

Se afecta una superficie de 12,984.555 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,379.7009 Y=2’461,568.9648, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 12°31’52.57”, Rc= 1,104.830 m., St= 121.304 m., Lc= 241.639 m. hasta el vértice 3, continúa tangente de 10.448 m. y RAC=N56°43’26.69”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 27.296 m. y RAC=N76°51’37.16”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 22.474 m. y RAC=S28°51’24.59”W hasta el vértice 6, continúa tangente de 6.198 m. y RAC=N61°08’35.41”W hasta el vértice 7, continúa tangente de 94.981 m. y RAC=N10°39’02.51”E hasta el vértice 8, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 07°10’46.69”, Rc= 1,164.888 m., St= 73.081 m., Lc= 45.970 m. hasta el vértice 10, continúa tangente de 30.134 m. y RAC=S06°14’34.04”W hasta el vértice 11, continúa tangente de 24.825 m. y RAC=S36°25’46.31”E hasta el vértice 12, continúa tangente de 32.645 m. y RAC=N19°33’14.19”E hasta el vértice 13, continúa tangente de 30.505 m. y RAC=N42°49’40.43”W hasta el vértice 14, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 00°03’49.92”, Rc= 1,164.888 m., St= 0.649 m., Lc= 1.298 m. hasta el vértice 16, continúa tangente de 66.054 m. y RAC=S86°35’20.60”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXIV.

Se afecta una superficie de 593.993 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,253.0894 Y=2’461,434.8813, continúa tangente de 94.981 m. y RAC=S10°39’02.51”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 12.096 m. y RAC=N59°09’42.21”W hasta el vértice 3, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 04°30’08.29”, Rc= 1,164.888 m., St= 45.792 m., Lc= 91.537 m. hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXV.

Se afecta una superficie de 641.130 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,240.9435 Y=2’461,338.5456, continúa tangente de 67.534 m. y RAC=S28°51’24.58”W hasta el vértice 2, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 03°27’42.24”, Rc= 1,164.888 m., St= 35.201 m., Lc= 70.381 m. hasta el vértice 4, continúa tangente de 12.096 m. y RAC=S59°09’42.21”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 6.196 m. y RAC=S61°08’35.41”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXVI.

Se afecta una superficie de 6,443.258 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,266.1578 Y=2’461,262.7727, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 05°28’09.05”, Rc= 1,104.830 m., St= 52.771 m., Lc= 106.462 m. hasta el vértice 3, continúa tangente de 21.926 m. y RAC=N78°51’42.07”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 38.456 m. y RAC=N76°09’13.83”W hasta el vértice 5, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 06°20’39.56”, Rc= 1,164.888 m., St= 54.367 m., Lc= 108.656 m. hasta el vértice 7, continúa tangente de 60.143 m. y RAC=S74°04’01.96”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXVII.

Se afecta una superficie de 8,159.989 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,218.1130 Y=2’461,145.6130, continúa tangente de 70.206 m. y RAC=S29°24’47.30”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 3.505 m. y RAC=N02°27’51.78”E hasta el vértice 3, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 03°53’57.97”, Rc= 1,164.888 m., St= 39.658 m., Lc= 79.280 m. hasta el vértice 5, continúa tangente de 47.904 m. y RAC=S75°26’37.40”E hasta el vértice 6, continúa tangente de 12.619 m. y RAC=S80°13’46.59”E hasta el vértice 7, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 03°30’40.07”, Rc= 1,104.830 m., St= 33.863 m.,Lc= 67.705 m. hasta el vértice 9, continúa tangente de 117.289 m. y RAC=S02°27’49.62”W hasta el vértice 10, continúa tangente de 12.862 m. y RAC=N80°16’13.49”W hasta el vértice 11, continúa tangente de 60.424 m. y RAC=N34°19’35.16”W hasta el vértice 12, continúa tangente de 9.586 m. y RAC=N83°51’04.80”W hasta el vértice 13, continúa tangente de 127.485 m. y RAC=N28°37’54.60”E hasta el vértice 14, continúa tangente de 8.391 m. y RAC=N89°06’10.24”W hasta el vértice 15, continúa tangente de 106.157 m. y RAC=S30°08’58.50”W hasta el vértice 16, continúa tangente de 23.036 m. y RAC=N07°27’51.78”E hasta el vértice 17, continúa tangente de 90.643 m. y RAC=N29°06’00.06”E hasta el vértice 18, continúa tangente de 8.934 m. y RAC=N77°28’16.29”W hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXVIII.

Se afecta una superficie de 2,155.361 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,191.9338 Y=2’461,020.1881, continúa tangente de 81.728 m. y RAC=S34°19’35.16”E hasta el vértice 2, continúa tangente de 44.809 m. y RAC=S02°27’49.62”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 112.711 m. y RAC=N29°41’59.80”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 15.568 m. y RAC=N02°27’51.78”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 11.078 m. y RAC=S83°51’04.80”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXIX.

Se afecta una superficie de 6,116.458 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,233.1051 Y=2’460,838.4466, continúa tangente de 94.505 m. y RAC=S02°27’49.62”W hasta el vértice 12, continúa tangente de 51.592 m. y RAC=N71°23’15.95”W hasta el vértice 13, continúa tangente de 1.894 m. y RAC=N23°54’13.81”W hasta el vértice 8, continúa tangente de 127.699 m. y RAC=N02°27’51.78”E hasta el vértice 9, continúa tangente de 48.404 m. y RAC=S28°38’27.92”E hasta el vértice 10, continúa tangente de 36.599 m. y RAC=S70°43’17.18”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXX.

Se afecta una superficie de 2,209.624 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 12 con coordenadas UTM X=289,229.0425 Y=2’460,744.0285, continúa tangente de 61.240 m. y RAC=S02°27’49.62”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 4.421 m. y RAC=N49°46’24.27”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 27.321 m. y RAC=N44°07’50.36”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 11.540 m. y RAC=N40°27’00.51”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 13.040 m. y RAC=N32°53’31.07”W hasta el vértice 6, continúa tangente de 34.154 m. y RAC=N26°25’26.73”W hasta el vértice 7, continúa tangente de 8.815 m. y RAC=N21°54’13.81”W hasta el vértice 13, continúa tangente de 61.592 m. y RAC=S71°23’15.95”E hasta el vértice 12 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXI.

Se afecta una superficie de 1,973.333 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,192.7027 Y=2’460,709.7764, continúa tangente de 40.178 m. y RAC=S44°52’04.25”E hasta el vértice 2, continúa tangente de 6.853 m. y RAC=S48°04’52.69”E hasta el vértice 3, continúa tangente de 7.756 m. y RAC=S02°27’49.62”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 61.023 m. y RAC=N77°03’03.18”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 71.681 m. y RAC=N02°27’51.78”E hasta el vértice 6, continúa tangente de 3.710 m. y RAC=S23°49’05.32”E hasta el vértice 7, continúa tangente de 29.546 m. y RAC=S25°06’35.84”E hasta el vértice 8, continúa tangente de 8.064 m. y RAC=S30°12’32.43”E hasta el vértice 9, continúa tangente de 9.011 m. y RAC=S35°07’42.26”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXII.

Se afecta una superficie de 377.751 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 3 con coordenadas UTM X=289,217.6940 Y=2’460,565.7130, continúa tangente de 16.944 m. y RAC=N82°45’04.53”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 15.467 m. y RAC=N02°20’43.94”W hasta el vértice 1, continúa tangente de 16.770 m. y RAC=S82°56’15.39”E hasta el vértice 2, continúa tangente de 5.156 m. y RAC=S82°56’08.72”E hasta el vértice 10, continúa tangente de 43.911 m. y RAC=S02°27’49.62”W hasta el vértice 11, continúa tangente de 29.072 m. y RAC=N04°47’36.51”W hasta el vértice 3 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXIII.

Se afecta una superficie de 334.671 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,159.753 Y=2’460,529.560, continúa tangente de 23.290 m. y RAC=S82°35’18.03”E hasta el vértice 2, continúa tangente de 45.350 m. y RAC=S02°43’34.99”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 2.795 m. y RAC=N86°04’51.28”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 10.020 m. y RAC=N05°03’20.47”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 10.883 m. y RAC=N05°45’50.50”W hasta el vértice 6, continúa tangente de 19.961 m. y RAC=N02°50’03.00”E hasta el vértice 7, continúa tangente de 17.464 m. y RAC=N88°14’25.23”W hasta el vértice 8, continúa tangente de 6.836 m. y RAC=N02°27’51.78”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXIV.

Se afecta una superficie de 347.263 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,176.914 Y=2’460,522.184, continúa tangente de 19.961 m. y RAC=S02°50’03.00”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 17.335 m. y RAC=N88°14’43.71”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 19.961 m. y RAC=N02°27’51.78”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 17.464 m. y RAC=S88°14’25.23”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXV.

Se afecta una superficie de 4,791.184 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=289,217.5432 Y=2’460,476.7761, continúa tangente de 98.261 m. y RAC=S02°27’49.62”W hasta el vértice 2, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 03°08’35.85”, RC=1,162.842 m., St= 31.902 m., Lc= 63.794 m. hasta el vértice 4, continúa tangente de 16.625 m. y RAC=S80°32’47.00”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 29.386 m. y RAC=N04°29’20.50”W hasta el vértice 6, continúa tangente de 45.947 m. y RAC=N04°51’32.84”W hasta el vértice 7, continúa tangente de 43.892 m. y RAC=N04°39’31.73”W hasta el vértice 8, continúa tangente de 30.366 m. y RAC=N04°08’35.83”W hasta el vértice 9, continúa tangente de 20.053 m. y RAC=N04°16’11.69”W hasta el vértice 10, continúa tangente de 2.602 m. y RAC=S86°04’51.28”E hasta el vértice 11, continúa tangente de 37.122 m. y RAC=S83°04’57.75”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXVI.

Se afecta una superficie de 1,624.833 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 12 con coordenadas UTM X=289,185.3479 Y=2’460,387.3940, continúa tangente de 45.947 m. y RAC=S04°51’32.84”E hasta el vértice 13, continúa tangente de 38.757 m. y RAC=N87°35’20.53”W hasta el vértice 3, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c= 01°58’22.69”, Rc= 1,102.842 m., St= 18.990 m., Lc= 37.976 m. hasta el vértice 1, continúa tangente de 9.414 m. y RAC=N02°27’51.78”E hasta el vértice 6, continúa tangente de 31.732 m. y RAC=S84°21’21.49”E hasta el vértice 12 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXVII.

Se afecta una superficie de 85.565 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 4 con coordenadas UTM X=288,951.8237 Y=2’459,644.4561, continúa tangente de 22.880 m. y RAC=S26°34’11.04”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 7.648 m. y RAC=N51°22’20.24”W hasta el vértice 8, continúa tangente de 22.558 m. y RAC=N45°56’01.72”E hasta el vértice 4 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXVIII.

Se afecta una superficie de 12,731.213 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=288,941.5800 Y=2’459,623.9928, continúa tangente de 152.978 m. y RAC=S26°34’11.04”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 121.510 m. y RAC=S56°09’34.42”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 271.326 m. y RAC=N26°34’11.04”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 29.078 m. y RAC=S51°37’34.97”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 32.248 m. y RAC=S51°22’20.24”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XXXIX.

Se afecta una superficie de 4,586.140 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 68 con coordenadas UTM X=288,873.1648 Y=2’459,487.1704, continúa tangente de 126.377 m. y RAC=S26°34’11.04”W hasta el vértice 67, continúa tangente de 8.309 m. y RAC=N50°23’06.97”W hasta el vértice 20, continúa tangente de 138.839 m. y RAC=S26°45’23.98”W hasta el vértice 21, continúa tangente de 15.963 m. y RAC=S31°21’18.04”W hasta el vértice 22, continúa tangente de 19.896 m. y RAC=S31°10’59.00”W hasta el vértice 23, continúa tangente de 26.801 m. y RAC=S21°10’21.00”W hasta el vértice 24, continúa tangente de 3.336 m. y RAC=S85°13’15.19”W hasta el vértice 25, continúa tangente de 28.523 m. y RAC=N21°10’21.00”E hasta el vértice 26, continúa tangente de 20.163 m. y RAC=N31°10’59.00”E hasta el vértice 27, continúa tangente de 15.847 m. y RAC=N31°21’18.04”E hasta el vértice 28, continúa tangente de 137.404 m. y RAC=N26°45’23.98”E hasta el vértice 29, continúa tangente de 24.003 m. y RAC=N50°23’06.97”W hasta el vértice 52, continúa tangente de 26.422 m. y RAC=N48°26’56.67”W hasta el vértice 70, continúa tangente de 5.896 m. y RAC=N26°34’11.04”E hasta el vértice 69, continúa tangente de 121.510 m. y RAC=N56°09’34.42”E hasta el vértice 68 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

FRACCION XL.

Se afecta una superficie de 5,708.193 metros cuadrados. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=288,789.38 Y=2’459,396.71, continúa tangente de 24.00 m. y RAC=S50°23’06.97”E hasta el vértice 2, continúa tangente de 137.40 m. y RAC=S26°45’23.98”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 15.78 m. y RAC=S31°21’18.04”W hasta el vértice 4, continúa tangente de 36.89 m. y RAC=N77°16’18.21”W hasta el vértice 5, continúa tangente de 78.35 m. y RAC=N26°06’29.41”E hasta el vértice 6, continúa tangente de 7.12 m. y RAC=N82°30’17.18”W hasta el vértice 7, continúa tangente de 93.86 m. y RAC=N39°50’57.62”E hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

Los planos de las áreas y el expediente formado con motivo de la presente expropiación, están a disposición de quienes justifiquen ser interesados, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ubicada en Avenida Universidad esquina Xola, sin número, Cuerpo C, Planta Baja, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03028, en México, Distrito Federal.

ARTICULO SEGUNDO.- La expropiación de los terrenos a que se refiere el artículo anterior, incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los propios terrenos y que formen parte de ellos.

ARTICULO TERCERO.- El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, procederá a tomar de inmediato la posesión definitiva del bien materia de la expropiación.

ARTICULO CUARTO.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes cubrirá el monto de la indemnización que en los términos de ley debe pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, con cargo a su presupuesto y conforme al avalúo determinado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

ARTICULO QUINTO.- Notifíquese personalmente a los interesados este Decreto y el avalúo en el que se fije el monto de la indemnización, dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de publicación del Decreto en los domicilios que para tal efecto consten en el expediente de expropiación. En caso de que éstos ya no correspondan, surtirá los mismos efectos una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil trece.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.