PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACION OCEANOGRAFICA (ACUERDO POR EL
CUAL SE EXPIDE EL)
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto: 05071608.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SEMAR.
Fecha de publicación: 5 de julio de
2016.
Fecha de entrada en vigor:
6 de julio de 2016.
Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica.
ACUERDO POR EL CUAL SE EXPIDE
EL PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACION OCEANOGRAFICA.
VIDAL FRANCISCO SOBERON SANZ, Secretario de Marina; MIGUEL ANGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación; CLAUDIA RUIZ MASSIEU SALINAS, Secretaria de Relaciones Exteriores; RAFAEL PACCHIANO ALAMAN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales; JOSE EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública; ENRIQUE CABRERO MENDOZA, Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, y ENRIQUE LUIS GRAUE WIECHERS, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, con fundamento en los artículos 3, fracción V, 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27, 28, 30 fracciones XI, XII, XVII y XVIII, 32 bis, 35 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracciones X, XIII y XVI, 3 y 7 fracción III de la Ley Orgánica de la Armada de México; 1, 4 y 6 fracción X y XX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina; 5 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 1 y 7 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores; 1 fracción IX de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 5 fracciones II, XV, XVII, XXI y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 5 fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1 y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública; 1, 2 y 12 de la Ley de Ciencia y Tecnología; 2 y 9 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; 1 y 9 de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 1, 9 fracción IV, 12 fracción III y 30 del Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México; Primero, Segundo y Quinto fracción II del Acuerdo mediante el cual se crea la Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2006, y
CONSIDERANDO
Que México forma parte de los países más importantes del mundo por su biodiversidad y cuenta con una situación geográfica privilegiada, con acceso a los dos océanos más grandes del mundo, con una extensión de 11,122 kilómetros de litorales y de 3,149,920 kilómetros cuadrados de Mar Territorial y Zona Económica Exclusiva, así como una amplia plataforma continental y territorio insular;
Que el uso de los recursos marinos se debe basar en el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas sin rebasar su capacidad de regeneración, lo cual nos permitirá seguir disfrutando de la naturaleza en el futuro, razón por la cual se debe estimular a las generaciones jóvenes a trabajar para conocer sus recursos y así poderlos explotar, en forma racional y en beneficio de los mexicanos;
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual contiene los objetivos, estrategias, indicadores y metas que regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración;
Que el referido Plan Nacional en su Meta Nacional “México con Educación de Calidad”, objetivo 3.5 “Hacer del desarrollo científico, tecnológico y la innovación pilares para el progreso económico y social sostenible”, estrategia 3.5.4 “Contribuir a la transferencia y aprovechamiento del conocimiento, vinculando a las instituciones de educación superior y los centros de investigación con los sectores público, social y privado”, establece, entre otras líneas de acción apoyar los proyectos científicos y tecnológicos evaluados conforme a estándares internacionales, así como promover la vinculación entre las instituciones de educación superior y centros de investigación con los sectores público, social y privado;
Que la Secretaría de Marina, como parte de sus atribuciones realiza actividades de investigación para colaborar al desarrollo científico y paralelamente la importante labor de vigilar la soberanía de las zonas marinas mexicanas; tomando en cuenta que el porvenir de la investigación sobre el océano y los mares del país pueden garantizar una calidad de vida, un desarrollo económico y el descubrimiento del conocimiento marino a favor de la humanidad;
Que existen diversas dependencias del Gobierno Federal, organismos públicos descentralizados, universidades e instituciones de educación superior que se dedican a la investigación oceanográfica, por lo que es necesario conjuntar esfuerzos con el propósito de lograr un desarrollo científico de los océanos, de las zonas marinas mexicanas y de sus recursos naturales;
Que la situación actual de las investigaciones oceanográficas en los mares mexicanos y la dispersión de esfuerzos, que de manera aislada efectúan investigadores mexicanos y extranjeros, sin lograr una integración que enriquezca el conocimiento de los mexicanos sobre el territorio nacional oculto bajo el mar, es un motivo para trabajar, hacia el progreso de la investigación oceanográfica para impulsar el desarrollo humano sustentable;
Que la Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica (CONACIO), se creó mediante Acuerdo Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2006, cuyo objetivo es analizar, proponer y coordinar las acciones y actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en materia de investigación oceanográfica que realicen en las zonas marinas del país;
Que en términos de lo dispuesto en el artículo Quinto, fracción II del Acuerdo referido en el párrafo que antecede corresponde a la CONACIO, entre otras funciones, el proponer, coordinar y vigilar la elaboración y actualización de un Programa Nacional de Investigación Oceanográfica;
Que la CONACIO a través de su Comité Técnico, y en vinculación con la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas, elaboró el Programa Nacional de Investigación Oceanográfica, el cual establece los temas rectores y las necesidades de formar recursos humanos especializados en el uso de tecnologías del mar, así como de capacitación multidisciplinaria a expertos que apliquen sus conocimientos en el aprovechamiento de los recursos marinos, y
Que la coordinación e integración de esfuerzos interinstitucionales entre los distintos sectores del gobierno, ayudará a alcanzar resultados cuantificables en relación con la investigación científica marina, para lo cual se requiere continuidad en las acciones y que con los mismos recursos se logre una mayor productividad; por lo que en ejercicio de las atribuciones que nos confieren las disposiciones jurídicas aplicables y el ámbito de nuestras respectivas competencias; hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
UNICO.- Se expide el PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACION OCEANOGRAFICA anexo al presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Los gastos que se generen en la aplicación del Programa Nacional de Investigación Oceanográfica, se llevarán a cabo con los recursos de los integrantes de la CONACIO, autorizados en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
Dado en la Ciudad de México, a los veintidós días del mes de junio de dos mil dieciséis.- El Secretario de Marina y Presidente de la Comisión, Vidal Francisco Soberón Sanz.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Angel Osorio Chong.- Rúbrica.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Claudia Ruiz Massieu Salinas.- Rúbrica.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, José Eduardo Calzada Rovirosa.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.- El Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Enrique Cabrero Mendoza.- Rúbrica.- El Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, Enrique Luís Graue Wiechers.- Rúbrica.
PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACION OCEANOGRAFICA
Noviembre 2015
EXTRACTO
Producto del consenso en la Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Ambiente, Conferencia Internacional de Oceanografía de 1994 y
las reflexiones del Año Internacional del Océano de 1998; se ha definido a la Investigación Oceanográfica como: “Todas
las actividades que se realizan para obtener conocimiento sobre el medio
ambiente marino, sus recursos, sus procesos y los fenómenos que en él ocurren”.
Oceanografía.
Es la rama del conocimiento
que comprende los estudios del océano como: la constitución del agua,
movimiento, profundidad, fondo marino, flora, fauna, relación con los
organismos vivos, la interacción con la atmósfera y su potencial económico.
Además integra el conocimiento logrado por las ciencias marinas de Biología,
Geología, Oceanografía Física y Oceanografía Química.
La meta básica de la Oceanografía es obtener
una clara y sistemática descripción de los océanos, suficientemente
cuantitativa para permitir predecir su comportamiento con cierta certeza.
México forma parte de los países más importantes del mundo por su biodiversidad y cuenta con una situación geográfica privilegiada, con acceso a los dos océanos más grandes del planeta, con una extensión de 11,122 km de litorales; 3,149,920 km2 de Mar Territorial y Zona Económica Exclusiva; así como una amplia Plataforma Continental y aproximadamente 4,111 Elementos Insulares (Sarukhán, 2009).
Ostenta una identidad fisiográfica con
predominio marino sobre el terrestre, integrado por ecosistemas ecológicos
importantes por los bienes y servicios que proporcionan, mismos que constituyen
un invaluable patrimonio biológico, cultural y económico que históricamente han
representado un factor fundamental para el desarrollo social y productivo
nacional, particularmente para las poblaciones y comunidades costeras.
El uso de los recursos marinos se debe basar
en el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas sin rebasar su capacidad
de carga, lo cual nos permitirá seguir disfrutando de la naturaleza en el
futuro.
El Gobierno de México reconoce que el mar y
sus recursos constituyen elementos de gran trascendencia para su desarrollo,
por lo que existe la necesidad de promover las diversas actividades que
conducen a la investigación oceanográfica, para establecer el manejo de nuestras
costas en forma integral y evitar el deterioro progresivo del océano y la vida
marina (INE, 2007).
Actualmente, existen diversas dependencias
del Gobierno Federal, Organismos Públicos Descentralizados e Instituciones de
Educación Superior que se dedican a la investigación, por lo que es necesario
conjuntar esfuerzos con el propósito de lograr un aprovechamiento sustentable
de los recursos naturales.
Con la experiencia adquirida, las
instituciones efectúan importantes esfuerzos para unir recursos humanos,
tecnológicos y de infraestructura para lograr sus propósitos y alcanzar las
metas propuestas, por medio de una cooperación coordinada que permita obtener
mayores ventajas en beneficio de nuestra nación, ya que resulta imposible
tratar de alcanzar estas metas de manera individual, debido a que el trabajo en
conjunto es la única solución para ofrecer resultados de excelencia en la
investigación de nuestros mares y costas.
La coordinación e integración de esfuerzos
interinstitucionales entre los distintos sectores del gobierno, nos ayudará a
alcanzar resultados cuantificables en relación con la investigación de las
zonas costeras y marinas del país, para lo cual se requiere continuidad en las
acciones y que con los mismos recursos se logre una mayor productividad.
En respuesta al desafío para consolidar la
Investigación Oceanográfica y de conformidad con el Acuerdo Presidencial
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2006
(DOF, 2006) se creó la Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica (CONACIO),
cuyo objetivo es: analizar, proponer y coordinar las acciones y actividades de
las dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como de
Universidades e Instituciones de Educación Superior que se dedican a la
Investigación Oceanográfica en las Zonas Marinas del país.
Para alcanzar el desarrollo sustentable, la CONACIO, a través de su Comité Técnico, y en vinculación con la Comisión Intersecretarial para el Manejo
Sustentable de Mares y Costas (CIMARES),
elaboró el Programa Nacional de
Investigación Oceanográfica (PNIO), el cual establece los temas rectores y
las necesidades de investigación en las cinco regiones marinas costeras de
nuestro país, la necesidad de formar recursos humanos especializados en el uso
de tecnologías del mar, así como de capacitación multidisciplinaria a expertos
que apliquen sus conocimientos en el aprovechamiento de los recursos marinos.
La investigación oceanográfica representa un
valioso instrumento para el desarrollo sustentable y la calidad de vida de la
población, especialmente aquella ubicada a lo largo de los litorales. Su
aplicación nos ayudará a aprovechar los recursos del mar de manera más
eficiente, favoreciendo las actividades de transporte marítimo, turísticas y
portuarias.
La situación actual de las investigaciones
oceanográficas en los mares mexicanos y la dispersión de esfuerzos, que de
manera aislada efectúan investigadores mexicanos y extranjeros, sin lograr una
integración que enriquezca el conocimiento de los mexicanos sobre el territorio
nacional oculto bajo el mar, es un motivador para trabajar hacia el progreso de
la investigación oceanográfica.
El potencial marítimo aún inexplorado de
nuestras costas será la pauta a seguir a fin de encaminar los estudios al crecimiento
económico nacional, dando mayor seguridad y confianza a la población costera a
través de la consolidación de la Investigación Oceanográfica en nuestros mares.
Contenido
EXTRACTO
1 INTRODUCCION
1.1 Situación actual
1.2 Antecedentes Internacionales
1.3 Mecanismos de Coordinación de la Investigación Oceanográfica
(CIIO, CONACIO y CIMARES)
1.4 Características
Generales de los Mares y Océanos de México
1.5 Esfuerzos
institucionales relacionados con Mares y Océanos
2 DIAGNOSTICO
2.1 Contaminación
2.2 Pesca
2.3 Turismo
2.4 Infraestructura
2.5 Zonas
Marinas y Costeras de México
2.5.1 Región I
Pacífico Norte
2.5.2 Región
II Mar de Cortés
2.5.3 Región
III Pacífico Sur
2.5.4 Región
IV Golfo de México
2.5.5 Región V
Caribe Mexicano
3 NECESIDADES
DE INVESTIGACION
3.1 Oceanografía
Geológica y Física
3.2 Oceanografía
Química y Contaminación
3.3 Oceanografía
Biológica
3.4 Observación
y Modelación
3.5 Riesgo y
Adaptación al Cambio Climático
3.6 Zonificación
3.7 Vinculación
3.8 Investigación
Científica y/o colecta por extranjeros en zonas marítimas de México
4 ESTRATEGIA
DE ATENCION COORDINADA A LAS NECESIDADES DE
INVESTIGACION
4.1 Priorización
de subprogramas y proyectos
4.2 Investigación
Científica y Desarrollo Tecnológico
4.3 Recursos
Humanos
4.4 Infraestructura
y Equipo Oceanográfico
4.5 Recursos
Financieros
4.6 Cooperación
Internacional
4.7 Otras
acciones
5 ANEXO
6 BIBLIOGRAFIA
7 GLOSARIO
8 SIGLAS Y
ACRONIMOS
1
INTRODUCCION
1.1
Situación actual
El Gobierno de México reconoce que el mar y
sus recursos constituyen elementos de trascendencia política, económica, social
y de seguridad, por lo que existe la necesidad de promover diversas actividades
que conduzcan a la investigación oceanográfica; así como explorar y establecer
el manejo de nuestras costas, litorales y mares en forma integral y
sustentable, advirtiendo nuestro conocimiento limitado sobre los mecanismos tan
complejos que regulan los fenómenos océano-atmósfera, responsables de los
procesos físicos de los océanos y su biodiversidad (INE, 2007).
Es indispensable conocer la gran cantidad de
recursos naturales aún inexplorados que se localizan en los océanos, ya que las
diferentes especies que habitan en él, hacen de este entorno un elemento de
estudio de suma importancia para comprender los cambios globales que están
afectando los procesos físicos, químicos y biológicos en el planeta.
Considerando que el fomento de actividades
productivas que inciden en el medio marino contribuyen al desarrollo del país,
la investigación de los recursos marinos, el estudio de los procesos que
intervienen en su formación y dinámica, así como el conocimiento de los
fenómenos marinos que de alguna manera afectan al desarrollo de las actividades
humanas, se presentan no solo como necesarias sino como indispensables si se
observa desde la perspectiva de un desarrollo sustentable en el tiempo.
La participación del Estado en la
investigación oceanográfica, ya como una actividad científica, se ha centrado en los últimos treinta años en la
creación de centros e institutos de investigación; de organismos o estructuras
de gobierno con atribuciones para promover, ejecutar e impulsar la
investigación oceanográfica; conocer el potencial científico y tecnológico
marino; otorgar apoyos financieros para mejorar la enseñanza en las ciencias y tecnologías
del mar, así como los programas de posgrado; fomentar y fortalecer la
cooperación internacional; crear y fortalecer la infraestructura física
nacional y los servicios oceánicos de apoyo.
Sin embargo, la falta de una coordinación y
concertación efectiva de toda clase de recursos (humanos, materiales, técnicos
y financieros), ha propiciado un sinnúmero de problemas que retrasan el
desarrollo integral de la investigación oceanográfica y su vinculación con los
objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.
Falta realizar mucho trabajo de investigación
que responda lo que ocurre en nuestros mares y costas. El incremento del nivel
medio del mar producto del calentamiento global, parte de los últimos
resultados del Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC, 2013) en el que señala que éste es de 0.19 m en
promedio anual, con información sobre temperaturas, variaciones de la acidez,
salinidad, corrientes, batimetrías, la ecología de la flora y la fauna y otras
características fundamentales de nuestras aguas, así como el monitoreo de
contaminantes orgánicos persistentes con propiedades tóxicas y resistibles a la
degradación, los que impactan tanto ecosistemas terrestres como acuáticos,
destacando a Taxofenos, Dioxinas y Furanos que se encuentran regulados en el
Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos y que México ya ratificó.
1.2
Antecedentes Internacionales
El 16 de noviembre de 1945, representantes de
37 países firmaron en Londres la Constitución de la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), que entró
en vigor el 4 de noviembre de 1946, tras la ratificación de veinte países. La
primera sesión de la Conferencia General de la UNESCO tuvo lugar en París del
19 de noviembre al 10 de diciembre de 1946, con la participación de
representantes de 30 gobiernos.
La Comisión Oceanográfica Intergubernamental
(COI), fue fundada por la UNESCO en 1960 con la finalidad de fomentar la
investigación científica de los océanos y los servicios oceánicos relacionados,
difundiendo un mejor conocimiento de su naturaleza y de sus recursos, a través
de la acción concertada de sus miembros.
Entre las prioridades de la COI está el
asegurar la transferencia del conocimiento entre países desarrollados y en vías
de desarrollo, así como de capacitar recursos humanos. De la misma forma,
promueve el desarrollo y facilita programas de investigación oceanográfica
internacional, asegurando una efectiva planificación, estableciendo y
coordinando un sistema de observación global de los océanos.
Estos antecedentes internacionales pusieron
de manifiesto la necesidad de constituir en México un órgano interinstitucional
para apoyar a los investigadores nacionales en ciencias marinas, regular las
actividades científicas de los investigadores extranjeros que realizan
búsquedas en nuestros mares, y elaborar los mecanismos que permitan al
Ejecutivo Federal reglamentar éste y otros asuntos relacionados con el medio
ambiente marino (ver Anexo).
1.3
Mecanismos de Coordinación de la Investigación Oceanográfica (CIIO, CONACIO y
CIMARES)
El potencial de los recursos marítimos
nacionales fue la base para que el Presidente de la República, José López
Portillo, emitiera el 22 de febrero de 1978 en el Diario Oficial de la
Federación, el Acuerdo de Creación de la Comisión Intersecretarial de
Investigación Oceanográfica (CIIO), con el fin de coordinar las actividades de
investigación oceanográfica, de rescate y exploración subacuática.
La CIIO estaba integrada por:
·
Secretaría
de Marina (Presidente).
·
Secretaría
de Programación y Presupuesto.
·
Secretaría
Educación Pública.
·
Secretaría
de Patrimonio y Fomento Industrial.
·
Consejo
Nacional de Ciencia y Tecnología.
·
Universidad
Nacional Autónoma de México.
·
Instituto
Politécnico Nacional.
La CIIO inició actividades el 18 de junio de
1977, al agregarse al párrafo Octavo del artículo 27 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, el establecimiento de las 200 millas
náuticas de Zona Económica Exclusiva (ZEE) y requerirse la adecuación de los
mecanismos institucionales que permitieran la consecución de los objetivos de
estos nuevos ordenamientos.
Entre otras cosas, logró promover los
mecanismos para la disponibilidad y accesibilidad de la información científica
y tecnológica marina, establecer los programas y servicios, así como fomentar
la optimización de los recursos humanos, económicos y de infraestructura en
beneficio del desarrollo de las ciencias marinas en México.
La CIIO realizó reuniones de trabajo
ordinarias y extraordinarias en forma periódica, dando seguimiento a los
acuerdos tomados en ellas y desarrollando una serie de acciones postuladas
dentro del marco legal de sus atribuciones, para establecer una política
adecuada de coordinación que permitiera promover y fomentar a nivel nacional,
el desarrollo integral de la investigación oceanográfica de acuerdo con las
prioridades y necesidades del país.
Posteriormente, el 23 de octubre de 1996 se
publicó en el DOF (DOF, 1996) el
acuerdo por el que se abroga el documento de creación de la CIIO. No obstante,
aunque continuaron las actividades de investigación oceanográfica en el país,
se observó una notable disminución en las funciones de coordinación entre
instituciones y dependencias.
En respuesta al desafío para consolidar la
investigación oceanográfica en México y considerando que existen diversas
dependencias del Gobierno Federal, Organismos Públicos Descentralizados,
Universidades e Instituciones de Educación Superior que se dedican a la
Investigación Oceanográfica en forma independiente, se creó por Acuerdo
Presidencial el 3 de febrero de 2006, la Comisión Nacional Coordinadora de
Investigación Oceanográfica (CONACIO), como una Comisión Intersecretarial de
carácter permanente con el propósito de lograr un aprovechamiento sustentable
de los recursos naturales y evitar la duplicidad de esfuerzos y de gastos
financieros.
Su objetivo es analizar, proponer y coordinar
las acciones y actividades que se realicen en las Zonas Marinas Mexicanas por
parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Se invitó a formar parte de esta Comisión
Intersecretarial a instituciones públicas y privadas, así como a organismos
dedicados o vinculados con la investigación del mar y sus recursos naturales, a
efecto de que en dicha instancia se coordinen permanentemente para llevar a
cabo los trabajos de investigación oceanográfica, lo que permitirá obtener un
adecuado conocimiento de las Zonas Marinas Mexicanas.
Actualmente la CONACIO está integrada por:
Secretaría de Marina que la preside, Secretaría de Gobernación; Secretaría de
Relaciones Exteriores; Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
Secretaría de Educación Pública; el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; Universidad
Nacional Autónoma de México; Instituto Nacional de Estadística y Geografía e
Instituto Politécnico Nacional.
La Primera Sesión Ordinaria de la CONACIO se
llevó a cabo el 12 de julio de 2007 en las instalaciones de la Secretaría de
Marina (SEMAR), fecha en que quedó instalada dicha Comisión y durante la cual
se aprobó por unanimidad la integración de la Universidad Nacional Autónoma de
México como Miembro Permanente y se firmaron las Actas de Instalación, de
integración del Comité Técnico y de las Reglas de Operación.
Dentro de las funciones de la CONACIO, se
encuentra la de coordinar la elaboración de estudios regionales y nacionales en
el campo de las ciencias marinas, a fin de generar conocimiento científico del
océano, sus riquezas naturales, fuentes de energía, suelo, subsuelo y su
interacción con la atmósfera; asimismo, coordinar la elaboración del Programa
Nacional de Investigación Oceanográfica (PNIO) e integrar el Archivo de
Información Oceanográfica Nacional (AION).
Para su funcionamiento cuenta con un Comité
Técnico que realiza los estudios y proyectos necesarios conforme a los temas
rectores del PNIO. Las facultades de este Comité se especifican en las reglas
de operación que para tal efecto aprobó la propia Comisión.
México necesita contar con un mayor
conocimiento de sus mares y costas para lograr un manejo integral y sustentable
de los océanos, el cual sólo se podrá realizar a través de una adecuada
coordinación interinstitucional entre los integrantes de la CONACIO, en quienes
recae el dirigir y coordinar las líneas de investigación con el fin de evitar
la duplicidad de esfuerzos y lograr una adecuada utilización de los recursos
humanos, materiales y financieros.
Es importante mencionar que el trabajo de la
CONACIO se vincula estrechamente con los objetivos de la CIMARES, creada por
Acuerdo Presidencial el 13 de junio de 2008, con la participación de 10
dependencias de la Administración Pública Federal. Con el transcurrir del
tiempo se han ido incorporando más dependencias para la atención de más de
veinte temas transversales prioritarios en los mares y costas de México.
Particularmente, es necesaria una vinculación
entre el PNIO, con la Política Nacional de Mares y Costas, las Estrategias
Nacionales y otros instrumentos de la CIMARES.
1.4
Características Generales de los Mares y Océanos de México
Los mares y océanos juegan un papel muy
importante en la supervivencia humana, ya que son el modulador del clima y del
régimen hidrológico del planeta, son una fuente importante de alimentos y otros
recursos naturales de relevancia económica.
México se ubica en la franja del Trópico de
Cáncer, con acceso a los dos océanos más grandes del mundo, siendo una de las
ventajas principales que los ecosistemas marinos situados en latitudes
tropicales y subtropicales, tengan una de las biodiversidades marinas más
grandes de la tierra.
En 1975 nuestro país incorporó a su artículo
27 Constitucional, el concepto de Zona Económica Exclusiva, quedando la misma
como parte integral de su patrimonio nacional. Esta abrió grandes perspectivas
al aprovechamiento potencial de los recursos naturales de los océanos, la
obligación de investigar sus características y proteger su ecología, toda vez
que el océano constituye un elemento de vital trascendencia política, económica
y social para nuestra nación.
Los ambientes costeros y marinos poseen una
elevada riqueza biológica que contribuyen a la mega diversidad y a la actividad
económica de las zonas costeras y marinas del país. La riqueza natural de estas
regiones atrae diversas actividades económicas como la agropecuaria, el
turismo, la industria petrolera, energética y minera, la acuacultura y la
pesca; desafortunadamente el desarrollo desordenado de éstas y otras
actividades, así como el crecimiento poblacional, han provocado graves
problemas en ecosistemas frágiles.
1.5
Esfuerzos institucionales relacionados con Mares y Océanos
En México existen diferentes dependencias del
Gobierno Federal e Instituciones de Educación Superior que se dedican a la
Investigación Oceanográfica, lo que ha generado grandes volúmenes de datos e
información científica marina, la mayoría en forma dispersa y sin un
procedimiento que asegure su calidad, suficiencia, confiabilidad y oportunidad.
Las Secretarías de Estado que realizan
algunas actividades relacionadas con las ciencias del mar son: Secretaría de
Gobernación; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de Marina;
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Energía;
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Secretaría de Educación Pública y
Secretaría de Turismo.
Los programas desarrollados por instituciones
nacionales han establecido una serie de productos que sirven de insumos para la
investigación científica y tecnológica en nuestros mares y costas, tales como:
datos oceanográficos en distintas escalas espacio-temporal, pronósticos
meteorológicos, predicción de mareas, cartas náuticas, vigilancia de la
contaminación, etcétera.
En la Secretaría de Marina las actividades de
Investigación Oceanográfica dependen de la Dirección General Adjunta de
Oceanografía, Hidrografía y Meteorología, encargada de realizar los trabajos
hidrográficos de costas, islas, puertos y vías navegables; elaborar las cartas
náuticas; coordinar la investigación oceanográfica; monitorear la actividad
sísmica y de nivel del mar para la emisión oportuna de alertas de tsunamis;
integrar el inventario de los recursos marinos; realizar pronósticos
meteorológicos y colaborar con la preservación de estos recursos.
En 1973, la Universidad Nacional Autónoma de
México fundó el Centro de Ciencias del Mar y Limnología, al cual se incorporan
los recursos humanos y materiales dedicados a la investigación marina de las
distintas dependencias universitarias.
En 1981 este centro se transformó en el
Instituto de Ciencias del Mar y Limnología, contando actualmente con más de 100
investigadores. Dispone de instalaciones en Ciudad Universitaria en el Distrito
Federal; en la Estación de Mazatlán, Sin.; en la Estación “El Carmen” de Ciudad
del Carmen, Camp., y en la Estación Puerto Morelos del estado de Quintana Roo.
Además, el Instituto cuenta con los Buques Oceanográficos: “El Puma” con base
en Mazatlán, Sin., y “Justo Sierra” con base en Tuxpan, Ver.
El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
(CONACYT) fundado en 1971, estableció en 1973 el Programa Nacional Indicativo
para el Aprovechamiento de los Recursos Marinos, con los objetivos de estudiar
de manera sistemática la problemática del mar, sus usos y recursos; fomentar el
desarrollo de las ciencias del mar; establecer la debida coordinación de los
esfuerzos de las instituciones nacionales y proponer las acciones para
optimizar los aspectos de cooperación internacional, entre otros.
Como principal actividad realizada en el
marco de este programa, se destaca el Plan Nacional para crear una
Infraestructura en Ciencias y Tecnología del Mar, que fue un proyecto conjunto
entre el Gobierno de México, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
(PNUD) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y
la Cultura (UNESCO), con la participación de varias instituciones nacionales,
lo que permitió formar personal con alto nivel académico.
Con el fin de difundir los resultados
obtenidos en la investigación en ciencias del mar, así como intercambiar
experiencias, se han llevado a cabo Congresos Nacionales de Oceanografía. Estas
reuniones se iniciaron con el Primer Congreso en Chilpancingo, Guerrero, en el
año de 1963, llevándose a la fecha 16 congresos con logros significativos entre
los cuales se puede mencionar la propuesta de creación del Comité Nacional de
Oceanografía con fines de coordinación; la propuesta de formación de una
Sociedad Nacional de Oceanografía, como resultado de la reunión de resultados
de actividades oceanográficas a nivel nacional organizada por la CIIO, y se
constituyó la Asociación Mexicana de Oceanografía y Limnología, A.C. Con este
mismo objetivo de impulsar el conocimiento oceanográfico en México, en el 2000
se formó la “Red Oceanográfica y Pesquera Mexicana” (ROMP), en ambos casos su
impacto a nivel nacional ha sido limitado al grado que sólo algunos
investigadores están enterados de su existencia.
En el ámbito internacional se ha participado
en la Presidencia y Vicepresidencia de la COI de la UNESCO; en el Comité Asesor
sobre Investigaciones de los Recursos Marinos (CAIRM) de la Organización de las
Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y en la
Coordinación Internacional para Pesquerías en las Investigaciones Cooperativas
del Caribe y Regiones Adyacentes (CICAR). También se ha participado en las
reuniones de la Comisión Conjunta de Oceanografía y Meteorología (JCOMM) de la
Organización Meteorológica Mundial (OMM), en el Programa de Intercambio de
Datos Oceanográficos (IODE) de la COI, con lo cual a partir de octubre de 2011,
México es parte activa de la Red de Bancos Mundiales de Datos Oceanográficos,
función otorgada por la Secretaría de Educación Pública a través de la Comisión
Mexicana de Cooperación con la UNESCO (CONALMEX), al Centro Nacional de Datos
Oceanográficos (CeNDO), ubicado en la Universidad Autónoma de Baja California
(UABC), entre otras actividades.
De la misma manera, existe la necesidad de
explorar y explotar de forma sustentable los recursos marinos, conocer los
mecanismos que regulan los fenómenos físicos, químicos y biológicos de las
aguas marinas, así como estudiar los litorales, la flora, fauna y el lecho
marino.
Dentro de los esfuerzos para lograr el conocimiento,
conservación y regulación del aprovechamiento de los recursos naturales
marinos, las dependencias del Gobierno Federal que tienen una relación directa
con las actividades marinas y costeras, han trabajado coordinadamente en la
elaboración de distintos instrumentos como son Programas de Ordenamiento
Ecológico Marinos, Políticas Nacionales, Programas Regionales Marinos, Carta
Nacional Pesquera y Ordenamientos Pesqueros y Acuícolas. En éstos se identifica
la necesidad de establecer y mejorar líneas de investigación para contar con
información científica, que ayude a la toma de decisiones a nivel regional y
nacional de acuerdo a su caracterización oceanográfica y costera.
2
DIAGNOSTICO
La gran cantidad de recursos naturales aún
inexplorados que se localizan en los océanos, hacen de este entorno un elemento
de estudio de suma importancia para comprender los cambios globales que están
afectando los procesos físicos, químicos y biológicos en el planeta.
El conocimiento de los mares y océanos de
nuestro país es indispensable para el aprovechamiento sustentable de sus
recursos naturales, la salvaguarda de la vida humana en el mar, la construcción
de infraestructura portuaria, la extracción de hidrocarburos y la preservación
de especies en peligro de extinción como el manglar, los cuales sirven de
protección natural ante eventos climáticos extremos como son los ciclones
tropicales.
Los recursos tradicionales de los océanos
como son los pesqueros e hidrocarburos, declinan actualmente en nuestro país,
por ello la investigación oceanográfica debe atenderse oportunamente porque de
lo contrario se puede correr el riesgo de favorecer el deterioro progresivo de
nuestros mares, con el consecuente deterioro acelerado de la biodiversidad
marina.
Debe ser prioritario promover eficazmente la
investigación oceanográfica en nuestros océanos para un mejor conocimiento del
medio ambiente marino, de los organismos, de los procesos naturales que ocurren
en él y realizar observaciones de las variables dinámicas mediante un Programa
Nacional de Investigación Oceanográfica, que incluya el uso de técnicas
modernas para tener acceso a nuevos recursos dependientes de este ambiente, que
fortalezcan la productividad de México.
El porvenir de la investigación sobre el
océano en el país es muy prometedor y debe estimular a las generaciones jóvenes
a trabajar para conocer sus recursos y así, poder explotarlos en forma racional
en beneficio de todos los mexicanos.
2.1
Contaminación
En años recientes se ha dado un fuerte
crecimiento demográfico sobre la zona costera, cuyas poblaciones siguen
utilizando el mar y otros cuerpos de agua cercanos al litoral, como depósito de
desechos. La carencia de educación ambiental y la falta de políticas adecuadas
que regulen esas actividades, ha traído como consecuencia la degradación de los
ecosistemas costeros y su explotación irracional.
Como parte de las políticas ambientales que
desarrolla el Gobierno Federal, cuyo objetivo primordial es la conservación de
nuestros ecosistemas, México lleva a cabo un programa de acción nacional para
combatir la contaminación marina.
Dicho mecanismo busca atender la problemática
de las fuentes terrestres que afectan esa zona provenientes principalmente de
descargas de aguas residuales, a fin de garantizar que las aguas que van a
parar al mar pasen por un proceso de tratamiento, y proteger a los ecosistemas
prioritarios como son los manglares y arrecifes coralinos, para asegurar la
conservación de los recursos naturales y el desarrollo sustentable.
El principal problema generado por la
población costera sobre el medio marino, nace de las aguas residuales no
tratadas con altos valores de contaminantes provocados por desechos fecales,
aguas negras, basura y residuos industriales, lo cual ha dado como resultado
problemas de salud entre residentes y turistas, reflejándose en enfermedades
diarreicas e infecciones respiratorias agudas, así como en la contaminación y
eutrofización de los cuerpos de agua costeros. Otro factor que contribuye al
deterioro de la zona costera son los residuos sólidos generados por el
establecimiento de hoteles.
Pese a que las autoridades locales rechazan
que sus playas están contaminadas, la Procuraduría Federal de Protección al
Ambiente (PROFEPA) y la SEMAR, coinciden en señalar que las fuentes de
contaminación se dan por las descargas de aguas residuales sin tratamiento o
medianamente tratadas en las bahías, lagunas costeras, playas y muelles.
Uno de los grandes temas de contaminación
costera en México es la eutrofización[1] asociada con actividades agrícolas y/o
fuentes difusas de aporte de nutrientes (fertilizantes, plaguicidas y por la
crianza de animales). Uno de los principales indicadores de este tipo de
contaminación son las Floraciones de Algas Nocivas (FAN), cada vez más
frecuentes en diferentes zonas del país.
Para la limpieza de las playas, la Secretaría
de Marina implementa operaciones de control y disposición de desechos sólidos y
líquidos, con personal de los departamentos de Coordinación de Programas Contra
la Contaminación y de Protección al Medio Ambiente Marino de las Regiones,
Zonas y Sectores Navales.
Se realizan operaciones de inspección y
vigilancia terrestres y operaciones marítimas en las playas y zonas costeras,
con el fin de detectar fuentes contaminantes. Una iniciativa destacada en este
sentido, es el Programa de Playas Limpias, el cual tiene como objetivo el
monitoreo de la calidad del agua en playas prioritarias en el país y cuyos
resultados se publican periódicamente en el portal de internet de la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Con el fin de obtener mejores indicadores
sobre la contaminación de las playas y costas, la Secretaría de Marina también
realiza el estudio de: “Calidad del Agua Marina Costera”, analizando la
presencia de bacterias coliformes y enterococos, y químicos resistentes como
son plaguicidas y pesticidas.
El turismo es la tercera fuente de divisas
para México, por lo que los contaminantes resultantes de esas actividades
pueden afectar la calidad de las playas o lagunas costeras, convirtiéndolas en
no aptas para desarrollar actividades recreativas y/o deportivas.
Por tal razón, se debe hacer conciencia de
que la contaminación en las playas mexicanas es un problema grave, ya que
afecta a diversos sectores de la sociedad, a los ecosistemas costeros y
marinos; así como, realizar acciones para concientizar a la población en
general para su colaboración para no tirar basura ni desechos de diversa índole
en las playas y en el mar, y contribuir a la conservación del ambiente.
La actividad industrial sobre la zona costera
del país está en constante aumento, se han desarrollado una serie de industrias
y complejos como: la siderúrgica en Lázaro Cárdenas; los complejos
petroquímicos en Coatzacoalcos, Minatitlán y Salina Cruz; desarrollos
industriales en los puertos de Altamira y Tampico.
2.2
Pesca
Hasta hace poco los recursos acuáticos se
consideraban como un don ilimitado de la naturaleza, mito que los hechos han
desvanecido al constatar que, aun siendo renovables, en realidad se encuentran
limitados y tienen que someterse a un ordenamiento adecuado si se quiere que su
contribución al bienestar nutricional, económico y social de la creciente
población mundial sea sostenible.
Es un hecho que el progresivo aumento en la
demanda de alimentos provenientes del mar provoca la sobreexplotación de los
recursos pesqueros. Este efecto negativo afecta a aquellas especies que son
buscadas por los pescadores, y muy a menudo ocurre la captura incidental de
especies acompañantes, muchas de las cuales son simplemente descartadas en alta
mar puesto que carecen de valor comercial. De manera indirecta, la pesca puede
ocasionar deterioro ambiental y contaminación, especialmente en áreas costeras,
favoreciendo la destrucción del hábitat (SAGARPA, 2001).
El deterioro ambiental de origen antrópico o
natural que se experimenta en buena parte de la zona costera, de donde se
extrae el 80% de la pesca, es cada vez más evidente (PNUMA, 2000).
A pesar de la relativa estabilidad en la
producción pesquera en el país, el esfuerzo de pesca (número de embarcaciones,
tonelaje de las mismas o frecuencia con la que se lanzan las artes de pesca) va
en aumento debido a la presión social derivada de la pobreza y la falta de
controles eficientes para el acceso al recurso pesquero.
Las flotas pesqueras han registrado un
incremento tanto en el número de grandes barcos pesqueros como en la
incorporación de nuevas tecnologías, lo que da como resultado, que el tamaño de
la flota pesquera mundial se encuentre sobredimensionado respecto al tamaño
óptimo (SAGARPA, 2001). Esto
significa, entre otras cosas, que ahora se requiere un mayor esfuerzo para
producir lo mismo.
El número de las especies poco o
moderadamente explotadas disminuye, mientras que el número de las
sobreexplotadas, agotadas y en recuperación está en aumento. La cantidad de
especies explotadas a plenitud se mantiene relativamente estable, abarcando la
mayoría de los recursos marinos (FAO,
2002). A diferencia de lo que ocurre a
escala global, el número de embarcaciones que constituyen la flota mexicana de
altura (buques mayores a 15 metros de eslora) se ha mantenido cercano a 3,500
desde 1980.
Esto no corresponde, sin embargo, a un
estancamiento en la capacidad pesquera. Ha habido una sustitución de barcos de
medio tonelaje por otros de mayor capacidad. No obstante, en la pesca ribereña
(que comprende embarcaciones de hasta diez metros) el incremento en el número
de embarcaciones ha sido muy rápido.
Las embarcaciones de altura se pueden
clasificar de acuerdo con el tipo de organismos que aprovechan. Las cuatro
principales pesquerías de México son: la del camarón, la escamera, la atunera y
la de sardina–anchoveta.
En México cada vez más personas dependen de
manera directa de la producción pesquera para su subsistencia, observándose que
muchos pescadores que antes laboraban en navíos mayores ahora se desplazan
hacia pequeñas embarcaciones; esto es, hay cambios que están modificando la
estructura social y económica de la pesca en el país.
La
producción pesquera de México es sumamente diversa, incluyendo cientos de
especies de peces, crustáceos (camarones, cangrejos, langostas), moluscos
(calamar, pulpo, caracol, almejas), equinodermos (erizos) y hasta algas. Por lo
común, al aprovechar una especie se extraen conjuntamente otros organismos, los
cuales comparten el mismo ambiente y características. Por ejemplo, las sardinas
son pequeños peces de mar abierto que forman grandes cardúmenes dentro de los
cuales también se encuentran otros peces como las anchovetas y macarelas (INAPESCA,
2006).
Al arrojar la red se extraen los organismos
de éstas y otras especies, ya que sus dimensiones son muy parecidas y quedan
atrapados en las mallas. Estos grupos de especies se denominan unidades
pesqueras de manejo (UPM), y al conjunto de actividades y sistemas relacionados
con su captura, procesamiento y comercialización en un espacio y tiempo
determinados se le conoce como pesquería. En términos generales, a cada UPM
corresponde una pesquería, pero existen excepciones.
La mitad de la producción pesquera nacional
se apoya básicamente en cuatro pesquerías: la de los peces pelágicos menores
(sardinas, anchovetas, etc.), que comprende la tercera parte de la pesca
nacional; la de túnidos (fundamentalmente atunes, pero también incluye
barriletes y bonitos); la del camarón y la cuarta de las grandes pesquerías de
altura, conocida como escama porque aprovecha peces con esta característica
(mojarras, guachinangos, meros, róbalos, pargos, lisas, lenguados, cabrillas,
júreles y muchos otros peces), aportando un enorme volumen al total nacional (INAPESCA,
2008).
El volumen total de la pesca mexicana se ha
mantenido relativamente estable durante los últimos 15 años, oscilando entre
1.35 y 1.57 millones de toneladas anuales, sin una degradación de los océanos.
Para asegurar el cumplimiento de la
normatividad ambiental existen dos instrumentos principales: las inspecciones
de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) y los Comités de
Vigilancia Comunitaria, constituidos por gobiernos y comunidades locales,
organizaciones no gubernamentales e instituciones científicas. El número de
inspecciones y operativos alcanzó sus valores más altos entre 1992 y 1994, y a
partir de entonces ha registrado un importante descenso, mientras que los
aseguramientos y certificaciones han mostrado un incremento.
El 39.4% del producto asegurado termina por
decomisarse y las actividades de inspección y certificación de los Dispositivos
Excluidores de Tortugas (DET) en la pesca camaronera, se han concentrado en
Sonora, Sinaloa y los estados del Golfo de México, que son los que más camarón
producen.
Actualmente diversas pesquerías sufren
sobrexplotación o están cercanas a su nivel de rendimiento máximo. A lo largo
de los últimos 50 años, la sobrepesca ha mostrado ya sus graves efectos como en
la Totoaba, las madreperlas, la mayoría de las especies de almejas, los
caracoles comerciales del Golfo de California, Golfo de México y Mar Caribe
mexicano. El deterioro de la pesquería de camarón es evidente y podría dejar de
ser, en un lapso muy corto, uno de los principales productos de exportación,
después del petróleo y el café.
Por el contrario, otras especies marinas, de
menor valor económico, están sub-explotadas, tal es el caso del calamar, con un
potencial de captura estimado de 10,000 toneladas por año, así como la merluza
de 30 toneladas. Asimismo, se estima un potencial mínimo de captura de fauna
acompañante del camarón de 350 toneladas por año, tan sólo en el Golfo de
México.
2.3
Turismo
El turismo representa una importante
actividad económica para el país, actualmente sólo es superado por el sector
petrolero, por la industria maquiladora y por las remesas enviadas por los
emigrantes. La mayor oferta hotelera (58%) se localiza en las playas (SECTUR,
2005) lo que ha ocasionado que
alrededor de los principales centros turísticos se hayan originado grandes
urbanizaciones, que junto con las poblaciones flotantes generen fuertes
impactos de deterioro ambiental.
Para revertir tales resultados es necesario
tomar en cuenta las políticas ambientales a través de ordenamientos ecológicos,
los cuales contemplan la maximización del consenso social y la minimización de
los conflictos ambientales.
Es importante se realicen acciones, programas
y proyectos mediante la construcción de un esquema de planificación integral del
territorio nacional que identifique criterios de sustentabilidad, en las áreas
prioritarias para la protección, conservación, restauración y aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales, así como las áreas con mayor aptitud
para la realización de las acciones y programas de los diferentes sectores del
desarrollo y la construcción concertada en los lineamientos y estrategias
ecológicas coherentes con los planes y programas de la Administración Pública
Federal. Para tal objeto, se deberá impulsar la coordinación institucional y
generar sinergia entre los sectores estrechamente vinculados con el uso y
manejo del territorio nacional; y promover la realización y/o instrumentación
de ordenamientos ecológicos en áreas prioritarias del territorio nacional.
2.4
Infraestructura
Actualmente existen dependencias federales e
instituciones educativas que cuentan con buques para realizar investigación
oceanográfica en el campo de la Física, Química, Geología, Biología Marina, así
como para la formación educativa y académica de personal.
La Secretaría de Marina cuenta con seis
buques de investigación oceanográfica y cinco buques de investigación
hidrográfica. En el litoral del Pacífico, con base en el Puerto de Manzanillo,
Col., se encuentran los: ARM “Humboldt” (BI-01); ARM “Altaír” (BI-03); ARM
“Alacrán” (BI-08); ARM “Rizo” (BI-09) y con base en Guaymas, Son., se encuentra
el: ARM “Suchiate” (BI-05) En el litoral del Golfo de México y Mar Caribe, con
base en el Puerto de Veracruz, Ver., se encuentran los: ARM “Onjuku” (BI-02);
ARM “Cabezo” (BI-10); ARM “Adentro” (BI-11); ARM “Tuxpan” (BI-12) y el ARM
“Antares” (BI-04). En el Puerto de
Coatzacoalcos el ARM “Río Hondo” (BI-06).
El Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA),
organismo descentralizado de la Administración Pública Federal sectorizado a la
SAGARPA, de conformidad con el Decreto por el que se establece la organización
y funcionamiento del organismo descentralizado denominado: Instituto Nacional
de Pesca, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2013
y el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Pesca, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 18 de octubre de 2013, cuenta con una flota de
Buques de Investigación Pesquera (BIP) integrada por nueve embarcaciones, que
son las siguientes:
En el Océano Pacífico operan: el “BIP VI” con
base en Ensenada, B.C.; “BIP XI” con base en Guaymas, Son.; los “BIP XII”,
“XVI” y el “BIPO” con base en Mazatlán, Sin. En el Golfo de México y Mar Caribe
operan: “El Rápido” en Yukalpetén, Yuc.; los “BIP VII” y “X” en Ciudad del
Carmen, Camp., el “BIP VIII” en Puerto
Juárez, Q.R.
Por último, dependencias educativas como la
Universidad Nacional Autónoma de México, a través del Instituto de Ciencias del
Mar y Limnología, cuenta con dos buques: el B/O “Puma” con base en Mazatlán,
Sin., y el B/O “Justo Sierra” con base en Tuxpan, Ver., además el Centro de
Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, B.C., cuenta con
el B/O “Alpha Helix” con base en ese mismo puerto.
Todos los buques cuentan con características
adecuadas de alojamiento, diseño, capacidad de alojamiento de investigadores y
de equipamiento para investigación en las diferentes disciplinas de las
ciencias marinas.
Por otra parte, en el medio marino, operan en
el país diferentes sectores de gobierno, académicas y Organizaciones No
Gubernamentales (ONG´s), las cuales recaban datos para propósitos particulares.
No obstante que México invierte enormes sumas de dinero y recursos en el
monitoreo oceanográfico y de meteorología marina, hasta el momento se carece de
un sistema de observación y monitoreo oceánico de cobertura nacional, que
integre toda la información de las observaciones marítimo ambientales
realizadas en nuestros mares y costas.
2.5
Zonas Marinas y Costeras de México
Rivera y Villalobos (2001), proponen una zonificación costera de México en cinco vertientes que constituyen regiones oceánicas con características propias: Región I Pacífico Norte; Región II Mar de Cortés; Región III Pacífico Sur, Región IV Golfo de México y Región V Caribe Mexicano.
2.5.1
Región I Pacífico Norte
La península de Baja California es un extenso
brazo de tierra que tiene un área de 143,600 km², se encuentra bañada por las
aguas del Océano Pacífico y separada del territorio mexicano al sur por el
Golfo de California o Mar de Cortés. Es una península de 1,200 km de largo y
entre 45 y 250 km de ancho. La región se encuentra dentro del dominio del
sistema de la corriente de California y la contracorriente subsuperficial, se
caracteriza por presentar mares profundos, escarpes pronunciados, clima
templado con escasas lluvias donde la línea costera es árida y posee un
conjunto de bahías, lagunas costeras, puertos, cayos, esteros y playas.
La costa occidental de la península se
caracteriza por sus importantes pesquerías, tales como la anchoveta, sardina y
atún; todas éstas son mantenidas por las aguas ricas en nutrientes y de alta
productividad de la zona. Otra actividad económica importante en la costa es el
turismo, la cual ha crecido recientemente. Un rasgo característico lo
constituyen las numerosas lagunas costeras como la de Guerrero Negro, Ojo de
Liebre, San Ignacio y Magdalena. Dichas lagunas costeras constituyen zonas de
reproducción y cría para la ballena gris.
Principales centros de investigación
En la Región I Pacífico Norte, los
principales centros que realizan investigación oceanográfica son: el Centro de
Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California
(CICESE); Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C., en La Paz,
BCS. (CIBNOR); Centro Interdisciplinario de Ciencias Marinas del Instituto
Politécnico Nacional, en La Paz, BCS. (CICIMAR); Universidad Autónoma de Baja
California (UABC); Universidad Autónoma de Baja California Sur, en La Paz, BCS.
(UABCS); Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); Estación de
Investigación Oceanográfica de Ensenada (EIO-SEMAR) y Centros Regionales de
Investigación Pesquera del INAPESCA, en Ensenada, BC. (CRIP).
2.5.2
Región II Mar de Cortés
El Golfo de California o Mar de Cortés en su
conjunto, es una cuenca estructuralmente compleja donde se registran todo tipo
de accidentes topográficos, desde los abanicos sedimentarios de pendientes
sumamente suaves en el Golfo Superior, los cuales se interrumpen bruscamente
por una serie de escarpes[2] accidentados, hasta llegar a formar paredes
casi verticales en el Canal de Ballenas y los cañones submarinos localizados
principalmente en el extremo sur de la península, así como frente a
Topolobampo, Sinaloa.
Otros rasgos notables lo constituyen la
plataforma continental en la margen oriental del golfo y la ausencia de ella en
el extremo opuesto, así como también existen alrededor de 102 islas, la mayoría
de ellas de origen volcánico. Esta complejidad topográfica sólo pudo ser posible
debido al desplazamiento de las fallas situadas en el piso oceánico del Mar de
Cortés.
La parte sur presenta libre comunicación con
el Océano Pacífico, es una zona templada con ambiente cálido-húmedo, su fondo
es irregular y cuenta con numerosas fosas escalonadas hasta
3,000 metros de profundidad, la parte central e interior del golfo se
encuentra dentro de una zona templada, árida, de alta insolación y evaporación.
La circulación de las aguas en el interior del golfo es compleja y los ciclones
tropicales tienen mayor incidencia dentro del golfo en el período de agosto a
octubre, lo que representa un grave riesgo a la navegación.
El Golfo de California constituye la región
pesquera más importante del país, destacando los puertos pesqueros de Guaymas,
Mazatlán, Yávaros, Puerto Peñasco y Topolobampo. La actividad acuícola ha
crecido enormemente en los últimos 15 años en Sonora y Sinaloa, principalmente
dirigida al cultivo del camarón. Sobresalen centros turísticos de muy alto
nivel económico como: Loreto, Los Cabos, La Paz y Mazatlán.
La zona costera de la península es impactada
por la extracción de minerales en Santa Rosalía y la Paz, en tanto que la zona
costera continental recibe el aporte de las intensas actividades agrícolas
realizadas en Sonora y Sinaloa.
Por otra parte, la falta de agua del río
Colorado al alto Golfo de California, representa un problema binacional en la
frontera México-Estados Unidos de América, al no tener un caudal o al reducirse
significativamente debido a los represamientos construidos en la parte
estadounidense.
Principales centros de investigación
En la Región II Mar de Cortés, los
principales centros de investigación oceanográfica son: el Centro de
Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California
(CICESE); Centro de Investigaciones
Biológicas del Noroeste, S.C., en La Paz, BCS. (CIBNOR); Centro
Interdisciplinario de Ciencias Marinas del Instituto Politécnico Nacional, en
La Paz, BCS. (CICIMAR); Universidad Autónoma de Baja California (UABC); Universidad
Autónoma de Baja California Sur, en La Paz, BCS. (UABCS); Universidad Nacional
Autónoma de México (UNAM); Estación
de Investigación Oceanográfica de Ensenada (EIO-SEMAR); Universidad de Sonora, en
Hermosillo, Son. (UNISON); Universidad Autónoma de Sinaloa, en Culiacán, Sin.
(UAS); Centro Interdisciplinario de Investigación para el Desarrollo Integral
Regional de Sinaloa del Instituto Politécnico Nacional, en Guasave, Sin.
(CIIDIR) y Centros Regionales de Investigación Pesquera del INAPESCA en La Paz,
BCS., Mazatlán, Sin., Guaymas, Son., y Bahía de Banderas, Nay. (CRIP).
2.5.3
Región III Pacífico Sur
La región presenta clima tropical, ambiente
cálido subhúmedo, con temporada de lluvias durante el verano y sequía durante
el invierno. La temporada de ciclones tropicales ocurre de mayo a noviembre con
una mayor incidencia durante agosto a septiembre. Cuenta con la influencia de
la corriente costera de Costa Rica o corriente mexicana, que fluye hacia el
noreste y oeste a una velocidad de 0.5 nudos. De junio a julio la corriente
sigue la costa de Centroamérica y México hasta Cabo Corrientes; sin embargo, en
agosto la corriente se aleja de la costa
después de pasar el Golfo de Tehuantepec.
En la porción costera se presenta el ascenso
de las isotermas[3] e isopicnias[4] y el descenso de las mismas en la porción
oceánica adyacente debido al intenso proceso de surgencia[5] costera en la región, especialmente durante
la primavera, lo cual eleva aguas superficiales ricas en nutrientes a la zona
eutrófica y estimula la producción primaria del mar, que es la base de la
cadena alimenticia.
En toda la región se presentan cambios
estacionales en las características hidrográficas debido al evento anual de
surgencia, a la variabilidad del régimen de vientos del noreste y a las variaciones
de la intensidad de la corriente costera de Costa Rica o corriente mexicana.
Esta región está caracterizada por los
desarrollos turísticos en las ciudades de Manzanillo, Col., Zihuatanejo,
Ixtapa, Acapulco, Gro., Huatulco y Puerto Angel, Oax. El puerto de Manzanillo
es el más importante en el comercio marítimo.
Principales centros de investigación
En la Región III Pacífico Sur, los
principales centros de investigación oceanográfica son: el Instituto
Politécnico Nacional; Universidad Autónoma Metropolitana; Universidad de
Colima; Universidad del Mar; Universidad Nacional Autónoma de México; Instituto
Oceanográfico del Pacífico en Manzanillo, Col. (SEMAR) y Estación de
Investigación Oceanográfica de Salina Cruz, (EIO-SEMAR); así como los Centros Regionales
de Investigación Pesquera del INAPESCA en Manzanillo, Col., y Salina Cruz, Oax.
2.5.4
Región IV Golfo de México
El Golfo de México y Mar Caribe forman parte
del Mediterráneo americano, que se caracteriza por fosas profundas y escarpes
pronunciados, comprendiendo toda la cuenca del Golfo de México, la cual posee
la plataforma continental más amplia del país y donde el aporte principal de
agua proviene de la corriente de Yucatán, la cual penetra al golfo y se esparce
en tres direcciones: hacia el oeste sobre el Banco de Campeche; hacia el norte
a la plataforma de Texas-Luisiana y hacia el este al estrecho de Florida,
denominada Corriente de Lazo.
Sobre el Golfo de México predomina una zona
de clima tropical con ambiente cálido y húmedo dentro del cinturón de los
vientos alisios, mismos que transportan humedad y producen abundante lluvia
hacia el final del verano y principios del otoño. El carácter diurno de la
marea del golfo se atribuye al período de resonancia de la cuenca, debido a que
su longitud y profundidad es tal que su periodo de oscilación libre se aproxima
a 24 horas.
La distribución estacional de los vientos y
la trayectoria de tormentas son los principales factores que determinan la
energía de las olas que inciden en la costa. Esta región recibe aportes
fluviales permanentes con alto contenido en nutrientes, con lo que también es
rica en pesquerías pero con menor diversidad precisamente por su origen.
Principales centros de investigación
En la Región IV Golfo de México, los
principales centros de investigación oceanográfica son: el Centro de
Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, en
Ciudad Victoria, Tamps. (CINVESTAV); Universidad Autónoma de Tamaulipas, en
Tampico, Tamps. (UAT); Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del
Instituto Politécnico Nacional, en Mérida, Yuc. (CINVESTAV); Escuela Nacional
de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional, en México, D.F.
(ENCB); Universidad Autónoma Metropolitana (UAM); Universidad Veracruzana (UV);
Universidad Autónoma de Nuevo León, en San Nicolás de Los Garza, NL. (UANL);
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); Universidad Juárez Autónoma de
Tabasco, en Villahermosa, Tab. (UJAT); Universidad Autónoma de Campeche, en
Campeche, Camp. (UACAM); Instituto Oceanográfico del Golfo y Mar Caribe en
Antón Lizardo, Ver. (IOGMC-SEMAR); Estaciones de Investigación Oceanográfica de
la Secretaría de Marina, en Tampico, Tamps., y Ciudad del Carmen, Camp., así
como los Centros Regionales de Investigación Pesquera del INAPESCA, en Tampico,
Tamps., Veracruz, Ver., Cd. del Carmen, Camp., Lerma, Camp., y Yukalpetén, Yuc.
2.5.5
Región V Caribe Mexicano
Tiene grandes extensiones de arrecifes
coralinos y aguas oceánicas de elevada salinidad, presentan características
únicas que la distinguen de las otras, no hay descarga de ríos debido a la
filtración del agua de lluvia por la naturaleza kárstica[6] de la península. La ausencia de descargas de
ríos permite que las aguas oligotróficas[7] del Mar Caribe permanezcan claras y
relativamente improductivas hasta el litoral mismo. La claridad y temperatura
de agua permiten la formación de una barrera arrecifal coralina sobre la muy
angosta plataforma continental, que se extiende a lo largo de toda la región.
Las finas y blancas arenas y los numerosos sitios arqueológicos localizados en
la zona costera, son características que también contribuyen a hacer esta
región muy atractiva para el desarrollo turístico.
Cuenta con fosas profundas como la Fosa de
México que se extiende desde el Canal de Yucatán hacia el norte, y el Banco de
Campeche que está conectado con el Mar Caribe a través de este canal con una
profundidad de 1,800 metros, y con el Mar de las Antillas a través del Estrecho
de Florida.
La mayor parte del flujo de agua se realiza a
través del paso de 33 km de ancho entre el borde noreste del banco de Campeche,
y la esquina suroeste de la Plataforma Occidental de Florida. Entre julio y
noviembre ocurren en el Mar Caribe formaciones ciclónicas de origen tropical
que se propagan de este a oeste denominadas ondas tropicales.
Las corrientes marinas observadas entre Cabo
Catoche, Yuc., hasta Xcalak, Q. Roo, presentan corrientes superficiales que
fluyen hacia el norte, paralelo a la costa hasta entrar al Golfo de México a
través del Canal de Yucatán; sin embargo, durante la época de invierno y
primavera se presentan contracorrientes superficiales hacia el sur.
Principales centros de investigación
En la Región V Caribe Mexicano, los
principales centros de investigación oceanográfica son: el Colegio de la
Frontera Sur, en Chetumal, Q.R. (ECOSUR); Escuela Nacional de Ciencias
Biológicas del Instituto Politécnico Nacional, en México, D.F. (ENCB);
Universidad Autónoma Metropolitana (UAM); Universidad Veracruzana (UV);
Universidad de Quintana Roo, en Chetumal, Cozumel y Playa del Carmen (UQROO);
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); Estación de Investigación
Oceanográfica de Progreso (EIOPROG-SEMAR), en Progreso, Yuc. y Centro Regional
de Investigación Pesquera del INAPESCA, en Puerto Morelos, Q.R.
3
NECESIDADES DE INVESTIGACION
Para ejercer soberanía sobre su ZEE, su Mar
Territorial y su Zona Costera, México requiere desarrollar la capacidad
científica necesaria para explorar, explotar y administrar sus recursos
naturales marinos, de manera que se fortalezca el desarrollo socioeconómico del
país al generar empleos o aumentar la producción y proporcionar una mejor
distribución del ingreso, estableciendo líneas de investigación dentro de las
ciencias del mar.
Como se pudo apreciar anteriormente, existe
una amplia y diversa cobertura por regiones de instituciones de investigación
en ciencias marinas. No obstante, raras veces interactúan entre ellas y con las
instancias de la Administración Pública para la coordinación de programas de investigación,
que redunde en un eficiente ejercicio de los recursos mayoritariamente
públicos, para el financiamiento de proyectos y estudios. Más aún, a falta de
una política de estado que oriente la actividad científica y los recursos
destinados a ésta en la solución de los problemas y necesidades del país en
materia oceanográfica, los recursos siempre son insuficientes y las agendas de
investigación y sus resultados son particulares y fragmentados. De esta
situación se da cuenta en el informe “Pesca, Acuacultura e Investigación
Científica” realizado por la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados (Guzmán y Fuentes, 2006).
Para el desarrollo sustentable de las zonas
costeras se debe contar y/o fortalecer las bases científicas que contribuyan a
las políticas nacionales de mares y costas. Las zonas costeras deben
considerarse como zonas prioritarias y su gestión debe abordarse como un tema
de seguridad nacional, que incluya la consideración de los riesgos naturales,
vulnerabilidad de la población e infraestructura, así como de autosuficiencia
alimentaria, manejo hídrico, soberanía entre otros.
Con el objetivo de contar con información
suficiente y confiable para la toma de decisiones en materia de mares y costas
a nivel gubernamental, se cuenta con diversas instituciones como es el
Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), la Comisión Nacional
para el Conocimiento y uso de la Biodiversidad (CONABIO) y el Instituto
Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), y a nivel académico existen diversas instituciones
en todo el país que desarrollan investigación sobre océanos y costas.
Para lograr la sustentabilidad y la
protección del ambiente costero, es necesario el desarrollo de investigaciones
diversas que requieren una adecuada coordinación academia-gobierno, con
participación de la sociedad en general.
Derivado de una consulta con las instancias
que forman la CONACIO, así como la participación de importantes instituciones
de investigación de cada región costera en el país, se identificaron los siguientes
temas rectores a ser desarrollados por el Programa Nacional de Investigación
Oceanográfica:
3.1
Oceanografía Geológica y Física
·
Geofísica,
geoquímica y tectónica marina y sus efectos en las zonas costeras.
·
Caracterización
de los fondos marinos del Golfo de California.
·
Conocimiento
de las características geoquímicas y diversidad biológica en los volcanes de
asfalto de las planicies abisales de la Bahía de Campeche.
·
Evaluar
la influencia de los sedimentos en la estructura y dinámica de los ecosistemas.
·
Conocer
la variabilidad espacio-temporal de las aguas, comprender la dinámica y los
procesos oceanográficos y sus efectos relacionados con los eventos El Niño
(ENSO), y La Niña (ENOS), Oscilación del Pacífico, etc.
·
Valorar
y proyectar los efectos que pueden provocar desastres naturales como tsunamis y
marejadas a lo largo de la costa.
·
Ubicar
las áreas de alto riesgo a derrames de hidrocarburos.
·
Conocer
las características físicas de las corrientes costeras, el transporte y el
seguimiento de materiales de origen orgánicos, y evaluar sus efectos sobre las
comunidades marinas.
·
Ampliar
el conocimiento de la circulación de las masas de agua en el Golfo de México.
·
Conocer
la circulación y la capacidad de carga en bahías ubicadas en zonas de alta
presión demográfica.
·
Evaluación
de acciones potenciales para favorecer la estabilización de playas y dunas.
·
Determinar
la dinámica costera actual en áreas de asentamientos urbanos.
·
Conocer
la dinámica y circulación de la corriente del Caribe, así como sus
características físicas y químicas.
·
Erosión
de la zona costera.
3.2 Oceanografía Química y Contaminación
·
Determinar
zonas de vertimientos de desechos urbanos e industriales en zonas costeras.
·
Evaluación
de la calidad del agua del Golfo de California y de las fuentes terrestres de
contaminación por descargas de aguas residuales.
·
Zonas de
hipoxia, mareas rojas, contaminación por fuentes terrestres.
3.3 Oceanografía
Biológica
·
Estimación
de la capacidad de carga de las lagunas costeras, bahías y cuerpos de agua para
desarrollar proyectos de acuacultura.
·
Estudiar
los procesos de surgencias y sus efectos sobre la productividad primaria y
secundaria.
·
Lograr
un conocimiento integral de la biodiversidad marina, su protección y uso
sustentable.
·
Determinar
los ciclos biológicos de especies de importancia comercial o ecológica, sus
interrelaciones con otras especies y el ambiente, así como, los mecanismos que
regulan su desarrollo y abundancia.
·
Conocer
y evaluar los efectos de la introducción de especies exóticas sobre los
ecosistemas, ya sea en forma accidental o programada.
·
Desarrollar
la investigación en pesquerías, acuacultura y manejo de zonas costeras.
·
Efectuar
estudios experimentales para implementar procesos de restauración de
ecosistemas dañados.
·
Identificación
de zonas de riqueza biológica.
·
Estimación
del estado trófico de los ecosistemas costeros.
·
Delimitar
los distintos ecosistemas que conforman esta zona, su composición específica,
diversidad, estructura trófica, tasas de transferencias de energía y factores
naturales que regulan o limitan la expansión de las comunidades.
·
Desarrollo
de nuevos productos alimenticios a partir de especies marinas.
·
Establecer
los límites de tolerancia de los organismos en relación con las variaciones de
los factores ambientales y los contaminantes, seleccionando indicadores
biológicos de las condiciones oceanográficas de la zona.
·
Conocer
el ciclo de vida y zonas de reproducción de las especies del área.
·
Evaluación
ambiental y el estado de salud de los ecosistemas prioritarios (sistemas
insulares, arrecife, humedales costeros y fondos marinos).
·
Valoración
de los servicios ambientales (cambio climático y consecuencias, calentamiento
global atmósfera-mar, aumento del nivel del mar, afectación de ciclos
biogeoquímicos, pérdida de biodiversidad y ecosistemas costeros y captura de
carbono).
3.4 Observación y Modelación
·
Desarrollar
modelos hidrodinámicos y biogeoquímicos acoplados para la descripción de
ecosistemas prioritarios.
·
Generar
modelos predictivos de la distribución de especies.
·
Caracterización
y diseño de protocolos de monitoreo de procesos ecológicos críticos como
sugerencias.
·
Conocer
y evaluar los efectos de la introducción de especies exóticas sobre los
ecosistemas a través de plan de monitoreo permanente.
·
Monitoreo,
planes de conservación y restauración ecológica en Areas Naturales Protegidas.
·
Definir
indicadores biológicos, físicos y químicos para seguimiento, evaluación y
monitoreo de los ambientes marinos y costeros.
·
Elaborar
modelaciones de abundancia de especies marinas y costeras, afectaciones por
pesquerías y corrientes de agua.
·
Crear un
Sistema Nacional de Monitoreo Oceanográfico, vinculante e integral que
contengan información marina y costera a diversas escalas.
·
Creación
de observatorios costeros para monitoreo de variables ambientales prioritarias
en tiempo real.
·
Evaluación
de modelos de adaptación, rediseño e ingeniería en la infraestructura turística
y en asentamientos humanos costeros.
3.5 Riesgo y Adaptación al Cambio Climático
·
Investigar
la influencia de los sedimentos en la estructura y dinámica de los ecosistemas,
la intensa actividad microbiana que facilita el reciclaje de nutrientes y
degradación de sustancias contaminantes.
·
Elaborar
los atlas de riesgos y vulnerabilidad marina y costera del país.
·
Elaborar
escenarios de modificación de los ecosistemas marinos y costeros ante los
efectos del cambio climático.
·
Rehabilitación
y restauración de los ecosistemas costeros por desastre.
·
Identificación
de las áreas de mayor vulnerabilidad económica, social y ecológica.
·
Evaluación
de afectación del aumento del nivel del mar sobre los centros urbanos costeros.
·
Estudio
de impacto de los huracanes en los ecosistemas y métodos de restauración
ambiental.
·
Evaluar
el impacto ambiental derivado del vertimiento de desechos urbanos e
industriales en zonas costeras.
·
Valoración
económica de medidas preventivas y de los impactos costeros derivados de los
eventos extremos.
3.6 Zonificación
·
Caracterizar
áreas biogeográficas y sus posibles relaciones con las zonas costeras.
·
Desarrollar
metodologías para uso, zonificación y ordenamiento de la Zona Federal Marítimo
Terrestre (ZOFEMAT), las cuales deberán integrar criterios para la conservación
de la biodiversidad marina y costera.
·
Investigación
y desarrollo de prácticas sustentables para actividades costeras y marinas
(exploración, explotación, transformación y conducción de hidrocarburos, pesca
y acuacultura, turismo sustentable, minería y energías renovables).
3.7 Vinculación
·
Establecimiento
y seguimiento de programas de conservación de especies costeras y marinas
consideradas en peligro de extinción, así como de las que se ven amenazadas en
su extensión y permanencia por elementos antropogénicos.
·
Programa
de tecnologías innovadoras en la producción de especies marinas y acuícolas,
así como en su transformación en productos comerciales.
·
Diseñar
estrategias para generar fuentes de financiamiento a nivel nacional e
internacional a corto, mediano y largo plazo.
3.8 Investigación Científica y/o colecta por
extranjeros en zonas marítimas de México
Anexo al presente Programa, se incluye un
documento que detalla el marco jurídico aplicable en materia de las solicitudes
de investigación científica y/o colecta por extranjeros en zonas marinas de
jurisdicción nacional, es importante describir en esta sección ciertos elementos
que conforman dicho régimen. Al respecto, existen dos ordenamientos centrales:
la Parte XIII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
de 1982 (CONVEMAR) y la Ley Federal del Mar (LFM).
La Parte XIII de la CONVEMAR introduce una visión
amplia en torno a la naturaleza y alcance de la Investigación Científica Marina
(ICM), al abarcar implícitamente dentro su espectro y como componentes de un
mismo proceso, tanto a la investigación básica como a la denominada aplicada.
Para ratificar que la CONVEMAR comprende
tanto a la investigación aplicada como a la básica, basta identificar que la
propia Convención se refiere de manera implícita a la investigación aplicada al
hacer alusión a aquella “que tiene importancia directa en la exploración y
explotación de los recursos naturales vivos o no vivos”.
Asimismo, otros de los factores que ilustran
las preferencias de los negociadores de la CONVEMAR en optar por una
perspectiva amplia sobre el proceso de la ICM, se relacionan con lo siguiente:
·
La ausencia
en el texto de la Convención de una definición de ICM; y,
·
La
carencia de una distinción nítida en su articulado entre la investigación
básica y la investigación aplicada.
De igual forma, la delegación mexicana que
participó en la sesión de la CONVEMAR de 1974, adoptó ese mismo enfoque al
indicar:
“…que el principio de la libertad total de la investigación científica ya no podría ser admisible, y que la distinción entre investigación fundamental e investigación aplicada era artificial, en tanto que no eran sino dos nociones que correspondían a diferentes fases del mismo proceso”.
Se estima que lo anterior refleja la visión
de largo plazo que los negociadores de la Convención introdujeron a la Parte
XIII, ya que en el mundo contemporáneo es difícil diferenciar claramente entre
los dos tipos de ICM. Como ejemplo de ello, son los procesos relacionados con
la biotecnología marina en los cuales se diluye la línea divisoria entre la
investigación fundamental o básica y la aplicada (esta última llamada por algunos
como “bioprospección”).
La LFM retoma los principios previstos en la
CONVEMAR. Particularmente su artículo 22 establece los principios que se
deberán aplicar en la realización de actividades de investigación científica en
las Zonas Marinas Mexicanas. Asimismo, el reglamento interior de la Secretaría
de Relaciones Exteriores (SRE), particularmente en los artículos 21, fracción
XIV y 41, fracción XXVI, los cuales fueron reformados el 27 de septiembre de
2011, donde se establecen las atribuciones de la SRE como ventanilla única a
efecto de recibir y tramitar los permisos que soliciten los gobiernos
extranjeros para realizar toda clase de investigación científica y/o de colecta
en el territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de México, así como dar seguimiento
a las mismas.
De acuerdo con la reforma antes referida,
corresponde a la Dirección General de Cooperación Técnica y Científica (DGCTyC)
de la SRE, recibir y tramitar los permisos que soliciten los gobiernos
extranjeros para realizar toda clase de investigaciones científicas y/o
colectas en el territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de México, así
como dar seguimiento a las mismas. A su vez, establece que corresponde a la
Dirección General para América del Norte opinar sobre los permisos que
soliciten los gobiernos de Estados Unidos de América y Canadá a la DGCTyC, para
la realización de toda clase de investigaciones científicas y de colectas en el
territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de México.
La Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal establece una serie de funciones y actividades en cuanto a las zonas
marinas para algunas dependencias Federales, incluyendo en materia de
investigación científica marina y/o colecta, como son: Secretaría de
Gobernación; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de la Defensa
Nacional; Secretaría de Marina; Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Energía;
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
Secretaría de Comunicaciones y Transportes, entre otras.
En el ámbito de una Reunión-Taller celebrada
el 24 de septiembre de 2010 en la Cancillería sobre el tema en cuestión, en la
que participaron representantes de las dependencias que integran el Grupo de
Trabajo de la CONACIO en materia de solicitudes de extranjeros, se detectaron
los siguientes desafíos:
·
Mejorar
la coordinación interinstitucional.
·
Construir
una nueva política de otorgamiento de permisos para la realización de
investigaciones y/o colecta científicas a extranjeros, bajo la cual nuestro
país pueda tener participación de los beneficios derivados de la utilización de
recursos genéticos marinos a la luz del Protocolo de Nagoya del Convenio sobre
Diversidad Biológica recientemente ratificado por México.
·
Garantizar
que la realización de investigación y/o colecta científica marina por
extranjeros esté sujeta al régimen jurídico anteriormente descrito no sólo
cuando ésta es llevada a cabo bajo el amparo de una institución científica
extranjera, sino también cuando un investigador extranjero participa como
invitado en el proyecto de una institución científica mexicana.
Uno de los pasos importantes a seguir como
metas en el mediano plazo, actualizar el “Formato de Solicitud para la expedición
de permiso para realizar investigación científica por extranjeros en territorio
mexicano” elaborado por la SRE, a fin de incrementar las capacidades de gestión
y control de nuestro país y maximizar los beneficios derivados de la
realización de investigación científica marina en aguas de jurisdicción
nacional por extranjeros, y en el que se incorporen los parámetros establecidos
en la legislación nacional, incluyendo las disposiciones relevantes de los
tratados de los que México es parte.
Entre los elementos innovadores que se
sugiere incluir en el formato están: a) solicitar que el investigador precise
si tiene vínculos con empresas o laboratorios que desarrollen productos
comerciales, patentes y b) agregar en el instructivo una sección en la que se haga
del conocimiento del solicitante, las consecuencias en caso de no cumplir con
alguna de las obligaciones que tiene con México derivadas del permiso de
investigación que le fue otorgado.
4
ESTRATEGIA DE ATENCION COORDINADA A LAS NECESIDADES DE INVESTIGACION
4.1
Priorización de subprogramas y proyectos
La primera tarea a ejecutar es la generación
de una agenda de investigación alineada con el PNIO y que atienda las
necesidades y temas prioritarios, definidos con la participación de los
principales centros e instituciones de investigación en la materia. Esta tarea
será dirigida por la CONACIO a través de la CIIO-SEMAR.
Los criterios para la asignación de
prioridades a los subprogramas y proyectos de investigación marina deberán
considerar básicamente los siguientes aspectos:
·
Que los
objetivos estén acordes con el Programa Nacional de Investigación
Oceanográfica.
·
Que
estos objetivos sean claros y con metodologías de trabajo y cronogramas
adecuados para alcanzarlos.
·
Que
exista factibilidad para su realización con los recursos disponibles.
·
Que sean
complementarios con otros proyectos en elaboración o ejecución.
·
Que
promuevan el enfoque multidisciplinario y la colaboración interinstitucional
para eficientar el uso de recursos humanos y materiales, así como la generación
de resultados.
·
Que se
promocione la formación de nuevos investigadores y su capacitación constante.
4.2
Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico
Objetivo
Fortalecer la investigación científica y
tecnológica en los océanos y fondos marinos, para el mejor conocimiento sobre
sus usos y el aprovechamiento sustentable de sus recursos.
Estrategias
·
Promover
la integración y el desarrollo de proyectos de carácter multidisciplinario e
interinstitucional de interés nacional y sectorial.
·
Promover
una mayor vinculación entre la investigación científica y el desarrollo
tecnológico con los tres órdenes de gobierno para atender las necesidades
concretas del país.
·
Promover
la mejora de la calidad de la investigación científica y el desarrollo
tecnológico.
·
Vincular
las redes de monitoreo oceanográfico del país, a fin de integrar el Sistema
Nacional de Monitoreo Oceanográfico (SINAMO) promovido por la CIMARES, a fin de
contar con un sistema de observación oceanográfica nacional.
Líneas de Acción
·
Establecer
acuerdos o convenios interinstitucionales para la formulación y ejecución de
proyectos conjuntos de investigación científica y desarrollo tecnológico.
·
Desarrollar
y adoptar normas técnicas de calidad para la investigación oceanográfica.
·
Promover
el desarrollo de tecnología propia de aplicación en la oceanografía.
·
Planear
y probar tecnologías innovadoras en la producción de especies marinas y
acuícolas así como para su transformación en productos comerciales.
Metas
A corto plazo:
·
Realización
de talleres de trabajo con la participación de la comunidad de investigadores
en ciencias marinas, sector social y marítimo a fin de establecer las líneas
prioritarias de investigación oceanográfica y desarrollo de tecnología, que
nuestro país requiere.
·
Contar
con una agenda nacional de proyectos investigación y desarrollo tecnológico.
·
Fortalecimiento
de la participación de científicos nacionales como representantes de México en
los comités relevantes de la COI.
·
Puesta
en operación de la nueva plataforma del Archivo de Información Oceanográfica
Nacional (AION), para el adecuado y seguro intercambio de datos e información
entre las instituciones.
A mediano plazo:
·
Consolidación
de grupos interdisciplinarios de investigación científica y desarrollo
tecnológico.
·
Incorporación
de profesionistas de ciencias sociales, económicas y humanísticas de los
centros e institutos de investigación al trabajo oceanográfico, a fin de que
exista una mayor vinculación con el sector social y productivo.
A largo plazo:
·
Consolidación
de las actividades científicas y tecnológicas en materia oceanográfica.
·
Estandarización
de métodos y técnicas en la investigación oceanográfica de nuestro país.
4.3 Recursos Humanos
Objetivos
Contar con capital humano suficiente y
promover el fortalecimiento de sus capacidades para la investigación científica
y tecnológica en materia de mares y costas.
Estrategias
·
Apoyar
las políticas educativas para contribuir al desarrollo de los recursos humanos
en la actividad oceanográfica, vinculándolos a los requerimientos prioritarios
del desarrollo nacional y regional del
país.
·
Promover
el empleo de los recursos humanos altamente calificados en el sector marítimo y
satisfacer la demanda y los requerimientos del sector productivo de científicos
y técnicos altamente capacitados en las ciencias marinas.
·
Promover
la participación activa de instituciones y científicos mexicanos en proyectos
de investigación científica que instituciones y científicos extranjeros
realicen en México.
Líneas de Acción
·
Establecer
mecanismos de coordinación con centros e institutos de educación técnica y
superior, a fin de que sus programas de maestría y doctorado relacionados con
los campos de la actividad oceanográfica, se actualicen y vinculen con las
necesidades nacionales en la materia.
·
Promover
la formación de recursos humanos de alto nivel a través del otorgamiento de
becas e intercambios académicos, para cursar estudios de posgrado o
especialización técnica en nuestro país y el extranjero.
·
Promover
la participación de la iniciativa privada en el financiamiento y orientación de
los programas, para la formación de recursos humanos en estudios de posgrado o
especialización técnica en las áreas de las ciencias marinas.
·
Impulsar
la participación del sector marítimo en la captación de personal con formación
en oceanografía y tecnologías del mar.
·
Crear
mecanismos dentro del marco del Sistema Nacional de Investigadores, a efecto de
estimular a investigadores y científicos nacionales si demuestran haber
participado, de manera activa y genuina en cruceros y proyectos de
investigación científica marina, y/o colecta que realicen extranjeros en aguas
de jurisdicción nacional con el consentimiento del gobierno mexicano, y que
informen de ello a las dependencias competentes del Gobierno Federal.
Metas
A corto plazo:
·
El personal
del área de las ciencias marinas se encuentre incorporado a las empresas
públicas y privadas del sector marítimo así como en su bolsa de trabajo.
A mediano plazo:
·
Programas
de posgrado en el área de las ciencias marinas de calidad internacional en las
principales universidades del país.
·
Incremento
al doble del monto asignado por el CONACyT, a las becas para estudios de
posgrado en el área de Ciencias Marinas.
A largo plazo:
·
Todos
los estados costeros cuenten con ofertas educativas a nivel profesional en el
área de las ciencias marinas.
4.4
Infraestructura y Equipo Oceanográfico
Objetivo
Fortalecimiento de la infraestructura,
equipamiento y plataformas de trabajo adecuadas, para el desarrollo de la
investigación oceanográfica en México.
Estrategias
·
Establecer
mecanismos para el otorgamiento de recursos que permitan a las dependencias y
organismos que realizan investigación científica, el equipamiento y desarrollo
de infraestructura de acuerdo a las prioridades nacionales de investigación y
desarrollo en ciencias marinas.
·
Promover
la participación de las distintas dependencias en el uso y equipamiento de los
buques oceanográficos de México.
·
Establecer
acuerdos o convenios interinstitucionales para el uso compartido y racional
tanto de la infraestructura como del equipo oceanográfico.
·
Alentar
el uso racional y compartido de la infraestructura existente.
·
Actualizar
el inventario de equipo e instrumental existente por institución, para
cuantificar y conocer con mayor precisión los problemas de su utilización y
distribución.
·
Promover
el uso compartido de buques de investigación.
·
Promover
la renovación de equipo obsoleto mediante la modernización de la
infraestructura para la investigación oceanográfica.
Líneas de Acción
·
Contar
con un Comité que se encargue de evaluar las necesidades de infraestructura y
equipo de las dependencias y organismos que realizan investigación científica
en ciencias marinas en México, así como orientarles sobre opciones acordes a
normas y especificaciones técnicas más adecuadas a las prioridades nacionales.
·
Promover
proyectos de investigación entre varias instituciones multidisciplinarias e
interinstitucionales.
·
Propiciar
que investigadores de otras dependencias puedan utilizar instalaciones propias
en las investigaciones que se estén llevando a cabo.
·
Promover
el intercambio de experiencias entre los usuarios del instrumental científico.
Metas
A corto plazo:
·
Optimizar
el uso de los buques oceanográficos y los recursos empleados en su
mantenimiento.
·
Se
cuente con una agenda de proyectos en áreas comunes.
A mediano plazo:
·
Se
cuente con una relación de las necesidades de infraestructura y equipo en
ciencias marinas, así como la relación de proveedores y fabricantes de
instrumental y materiales.
·
Se haga
uso de las mejores opciones en equipamiento.
A largo plazo:
·
Exista
un padrón de proveedores con las bases de licitación que permiten optimizar el
empleo de los recursos financieros, así como la mejor garantía a los equipos
que se adquieran.
4.5
Recursos Financieros
Objetivo
Definir las prioridades nacionales en materia
de investigación científica en los ambientes marinos y costeros, para la
asignación de recursos financieros y evitar duplicidad de esfuerzos y promover
la optimización de gastos.
Estrategias
·
Promover
la creación de instrumentos técnicos y administrativos que estimulen y apoyen
al desarrollo de proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico
y la adquisición de instrumental y equipo oceanográfico.
·
Promover
la participación del sector productivo en el financiamiento de proyectos
científicos y de investigación y desarrollo tecnológico.
·
Propiciar
la participación activa de los gobiernos de los estados, municipios costeros y
de la iniciativa privada en el financiamiento y desarrollo de proyectos
científicos y tecnológicos marinos.
·
Promover
incrementos en los montos de los fondos públicos destinados al desarrollo de
actividades oceanográficas.
·
Establecer
la creación de estímulos y recompensas a investigadores nacionales.
·
Establecer
políticas salariales reales para los investigadores en el campo de la ciencia y
tecnología del mar.
·
Garantizar
la participación activa y genuina de nacionales en cruceros y proyectos de
investigación científica marina y/o colecta, que realicen extranjeros en aguas
de jurisdicción nacional con el consentimiento del gobierno mexicano.
·
Garantizar
los recursos suficientes para la operación y mantenimiento de las redes de
observación oceanográficas.
Líneas de Acción
·
Establecer
acuerdos o convenios con representantes del sector productivo para el financiamiento
de proyectos científicos y tecnológicos marinos.
·
Concretar
acuerdos o convenios con los gobiernos municipales y estatales para el
financiamiento de proyectos y programas regionales de investigación científica
y tecnológica marina.
·
Crear
acuerdos o convenios financieros con fundaciones y organismos nacionales e
internacionales para el otorgamiento de becas.
·
Crear
acuerdos o convenios para el establecimiento de programas de recompensas y
estímulos especiales a los investigadores nacionales.
Metas
A corto plazo:
·
Se
cuente con una mayor asignación de recursos financieros para la investigación
oceanográfica.
A mediano plazo:
·
Se
canalicen recursos adicionales a programas y proyectos de investigación
científica y tecnológica marina y para la adquisición de instrumental y equipo
oceanográfico.
A largo plazo:
·
Contar
con un fondo (fideicomiso) de financiamiento a nivel nacional para estudios de
posgrado en ciencias marinas, apoyado por las empresas que conforman el sector
marítimo industrial.
·
Se
utilicen en forma óptima los recursos financieros disponibles.
4.6
Cooperación Internacional
Objetivo
Asegurar que, en estrecha coordinación con la
SRE, los mecanismos de cooperación técnica, científica y financiera con
instituciones extranjeras y organismos internacionales orientados al
fortalecimiento y consolidación de la actividad oceanográfica, cumplan y
respeten el marco jurídico establecido en la CONVEMAR, Parte XIII y la LFM
artículo 22 (ver Anexo).
Estrategias
·
Dar
seguimiento al cumplimiento cabal de la CONVEMAR Parte XIII y de la LFM, así
como, y cuando corresponda, al Convenio de Diversidad Biológica (CDB) y su
Protocolo de Nagoya.
·
En ese
contexto, dar seguimiento a los acuerdos y convenios de cooperación
internacional aplicables en la materia. Por ejemplo, el Acuerdo México-Estados
Unidos de Cooperación Científica y Técnica de 1972 que tiene como uno de sus
objetivos el desarrollo de proyectos de investigación conjunta en forma
cooperativa, en los temas que sean de común interés y de acuerdo con las
condiciones que para cada caso se establezcan.
·
Alentar
la participación de investigadores en cruceros y proyectos de investigación
científica marina y/o colecta que realicen extranjeros en aguas de jurisdicción
nacional, con el consentimiento del gobierno mexicano.
·
Fomentar
el desarrollo de proyectos de investigación oceanográfica de interés nacional
dentro de programas bilaterales, regionales, multilaterales de cooperación
técnica y científica.
·
Canalizar
la variedad de recursos técnicos y financieros que ponen a disposición de los
gobiernos locales los diferentes organismos internacionales.
·
Estudiar
posibles vías y modalidades a efecto de crear alianzas gobierno-comunidad
científica mexicana, que participan en cruceros y campañas de investigación con
extranjeros y otros proyectos colaborativos con instituciones o científicos
extranjeros, a fin de cooperar en el cumplimiento del marco jurídico nacional.
Líneas de acción
Partiendo la premisa del respeto al marco
jurídico aplicable en la materia (CONVEMAR, LFM, entre otros), identificar,
evaluar y proponer proyectos de investigación científica y tecnológica marina
de interés nacional que puedan ser incluidos en los programas de cooperación
internacional.
·
Promover,
de conformidad con el marco jurídico aplicable en la materia (CONVEMAR, LFM,
entre otros), la participación y colaboración científica y técnica de nuestro
país en el área de las Ciencias Marinas con organismos internacionales.
·
Promover
la celebración con el apoyo del CONACyT, de talleres de capacitación a la
comunidad de científicos mexicanos en ciencias del mar, a fin de divulgar el
contenido del marco jurídico institucional aplicable en materia del
procedimiento de otorgamiento de permisos de investigación y/o colecta a
extranjeros.
·
Apoyar
esfuerzos de distintas dependencias, para repatriar datos oceanográficos que
posean instituciones extranjeras.
Metas
A corto plazo:
·
Elaborar
un folleto informativo en inglés y español en el que se expongan los requisitos
para llevar a cabo proyectos de Investigación Científica y/o colecta en aguas
de jurisdicción nacional.
·
Actualizar
o modificar el “Formato de Solicitud para la expedición de permiso para
realizar investigación científica por extranjeros en territorio mexicano”.
A mediano plazo:
·
Asegurar
una participación nacional idónea, activa y dinámica en proyectos y programas
internacionales de cooperación técnica y científica.
A largo plazo:
·
Asegurar
el uso eficiente de los recursos técnicos, materiales y financieros que ponen a
disposición de nuestro país los diferentes organismos internacionales y otros
estados.
4.7
Otras acciones
Sistema de Información e Investigación Científica
Líneas de acción
·
Fortalecer
la formación de recursos humanos y el desarrollo y consolidación institucional,
como elementos rectores para generar investigación científica nacional y
regional, así como el desarrollo de capacidades en los tomadores de decisiones.
·
Apoyar
el desarrollo de Sistemas de Información para la integración, validación,
sistematización, estandarización y manejo de la información científica
disponible, así como para su difusión y utilización por todos los sectores
involucrados en la zona costera.
·
Fortalecer
la interoperabilidad de las bases de datos oceanográficos de las dependencias
de la Administración Pública Federal e Instituciones de Educación Superior, y
el nuevo Archivo de Información Oceanográfica Nacional (AION).
·
Caracterizar
los diferentes espacios costeros y oceánicos del país, con la identificación de
los usos existentes y proyectados, así como la definición y priorización de sus
problemas y la evaluación de la estructura institucional de manejo vigente.
·
Incluir
criterios ambientales en todos los procesos de planeación del aprovechamiento
de los recursos naturales en océanos y costas.
·
La
generación de conocimiento e información sobre los ambientes costero y marino.
·
Impulsar
la investigación científica y el desarrollo tecnológico orientados al apoyo de
las actividades productivas, la generación de empleos y la propuesta de
esquemas alternativos de procesos productivos
·
Fortalecer
el desarrollo de tecnologías propias.
·
Consolidar
a la investigación científica y tecnológica como un instrumento de política
ambiental, mediante la coordinación con los centros de investigación y la
creación de redes para compartir y difundir la información.
Sistemas de Monitoreo
Generación e integración de información
confiable, oportuna y pertinente a una escala adecuada (nacional, estatal,
municipal y regional).
Líneas de Acción
·
Integrar
información sobre el estado de salud de los ecosistemas costero-marinos.
·
Proporcionar
información suficiente, veraz y oportuna sobre materia de seguridad, prevención
y atención de contingencias, a través de reuniones periódicas, comunicados,
panfletos, o por medios electrónicos seguros.
·
Promover
la utilización de metodologías participativas para el análisis de problemas y
diseño de soluciones.
·
Desarrollar
convenios de colaboración y fomentar la integración de redes de trabajo.
·
Diseñar
un programa de monitoreo de la calidad ambiental, calidad de vida y desarrollo
económico y valoración ambiental de la zona costera.
·
Desarrollar
indicadores de sustentabilidad, evaluación y seguimiento costero y marino.
·
Desarrollo
de un programa interinstitucional de monitoreo de florecimientos algales
nocivos, con el liderazgo de la Dirección General de Educación en Ciencia y
Tecnología del Mar, perteneciente a la Secretaria de Educación Pública (SEP).
·
Normatividad
para la investigación científica marina realizada por nacionales en aguas de
jurisdicción nacional.
·
Desarrollar
un sistema de adquisición de datos oceanográficos y meteorológicos en tiempo
real.
·
Definir
un estándar nacional para la implementación de infraestructura de monitoreo e
intercambio de datos.
·
Implementar
Sistemas de Alerta Temprana para reducir el impacto de los fenómenos naturales
como pueden ser inundaciones costeras, ciclones tropicales, tormentas severas,
tsunamis, entre otros, que ponen en riesgo a la población y los ecosistemas.
Cultura ambiental
·
Establecer
un portal web y editar un boletín de la CONACIO, y vincularlo como mecanismos
para la difusión y divulgación de la actividad científica y tecnológica marina
y su importancia.
·
Promover
entre tomadores de decisiones del sector marítimo, el desarrollo de políticas
públicas orientadas a la sustentabilidad de los ecosistemas marinos.
·
Implementar
acciones de divulgación y sensibilización social de los temas de investigación
oceanográfica llevadas a cabo por la SEP.
·
Promover
la educación ambiental y la conciencia
pública entre los sectores productivos y la sociedad en general, para
inducir una participación informada en la gestión ambiental y una
sensibilización de la importancia y situación ambiental de su entorno local y
nacional, para generar conductas orientadas a la sustentabilidad de la zona
costera.
·
Establecimiento
y seguimiento de programas de conservación de especies costeras y marinas
catalogadas con algún estatus de riesgo en la NOM-059-SEMARNAT 2010, así como
de las que se ven amenazadas en su distribución y permanencia por elementos
antropogénicos.
5 ANEXO
INVESTIGACION Y/O COLECTA POR EXTRANJEROS EN ZONAS MARINAS DE
JURISDICCION NACIONAL
Marco general en México de las solicitudes de
investigación científica marina y/o colecta (ICM) por extranjeros en zonas
marinas de jurisdicción nacional:
(I) Marco jurídico a nivel nacional a
través del cual se incorporan disposiciones de tratados internacionales en
virtud del artículo 133 constitucional.
Parte XIII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (CONVEMAR).
La CONVEMAR (ver artículo 245) establece como
regla general el que los investigadores extranjeros tienen derecho a realizar
investigación y/o colecta científica marina en zonas marinas de jurisdicción
mexicana, siempre y cuando su Estado de nacionalidad o residencia solicite la
autorización pertinente a México, por los conductos diplomáticos
correspondientes (CONVEMAR, 1982)
A su vez, a lo largo de este procedimiento,
tanto el investigador extranjero como su estado de nacionalidad o residencia
deberán sujetarse a las condiciones y requerimientos previstos en la
legislación nacional, con arreglo a la CONVEMAR, incluyendo la obtención del
consentimiento de las autoridades mexicanas competentes (ver Secciones 1 a 3 de
la Parte XIII de la CONVEMAR).
Principios generales para la realización
de la investigación científica marina y no reconocimiento de la ICM como
fundamento jurídico para reivindicaciones.
La CONVEMAR establece una serie de principios
generales de acuerdo con los cuales deberá realizarse todo proyecto de
investigación y o colecta científica marina (ver artículos 240 y 241), a saber:
a) La
investigación científica marina deberá realizarse exclusivamente con fines
pacíficos;
b) La
investigación deberá realizarse con métodos y medios científicos adecuados y
que sean compatibles con la Convención;
c) La
realización de la investigación no deberá interferir injustificadamente con
otros usos legítimos del mar compatibles con la Convención misma que deberá ser
debidamente respetada en el ejercicio de tales usos;
d) Al
realizar cualquier proyecto de investigación y/o colecta científica, deberán
respetarse todos los reglamentos pertinentes dictados de conformidad con la
Convención, incluyendo aquellos que tenga por objetivo la protección y
preservación del medio marino.
e) Ninguna
actividad de ICM podrá constituir fundamento jurídico para ninguna
reivindicación sobre parte alguna del medio marino o sus recursos.
ICM y el enfoque zonal de la CONVEMAR.
A lo largo de la CONVEMAR se aplica un
enfoque zonal a efecto de regular los derechos y obligaciones de los Estados
costeros y de otros estados respecto a los diversos usos y actividades que se
realizan en las distintas zonas marinas que abarca la Convención; a saber:
aguas interiores; mar territorial; aguas archipelágicas; zona contigua; zona económica
exclusiva (ZEE); plataforma continental; alta mar; y, los fondos marinos
internacionales (es decir, la Zona).
Dicho enfoque zonal también tiene
implicaciones en lo que toca a los derechos que tiene el Estado Costero para
regular la ICM de extranjeros en las zonas marinas en las que ejerce soberanía
o derechos soberanos, según corresponda, tal como se apreciará en las secciones
subsecuentes de la presente contribución.
1. Investigación
científica marina en el mar territorial.
La CONVEMAR establece que los Estados
ribereños, en el ejercicio de su soberanía, tienen el derecho exclusivo de
regular, autorizar y realizar actividades de investigación científica marina en
su mar territorial. Asimismo, afirma que la investigación científica marina en
el mar territorial se realizará solamente con el consentimiento expreso del
Estado ribereño y en las condiciones establecidas por su legislación nacional (ver artículo 245).
De lo anterior se desprende que, para la
autorización de la realización de investigación científica o colecta en su mar
territorial, México podría prever en su legislación nacional reglas y
parámetros más estrictos que los establecidos en la CONVEMAR. Un ejemplo del
ejercicio de la facultad anterior por parte de un Estado ribereño es el caso de
Japón el cual, como regla general, prohíbe la colecta de flora o fauna marinas
en su mar territorial.
No obstante ello, la práctica mexicana ha
asimilado la ICM de extranjeros en el mar territorial al régimen de
consentimiento previsto para la ZEE y la plataforma continental con lo cual se
podría estar subutilizando las oportunidades a las se hace referencia en el
párrafo anterior.
Lo anterior es sin perjuicio de la obligación del extranjero de tramitar la documentación migratoria necesaria, de conformidad con la Ley de Migración vigente y su respectivo Reglamento.
2. Investigación científica marina y/o colecta científica en la ZEE y plataforma continental.
El artículo 246, numeral 1 de la CONVEMAR
dispone que los Estados ribereños, en el ejercicio de su jurisdicción, tienen
el derecho a regular, autorizar y realizar actividades de ICM en su ZEE y
plataforma continental de conformidad con las disposiciones pertinentes de la
Convención.
En efecto, a diferencia de lo establecido
para el mar territorial en el sentido que el Estado, en ejercicio de su
soberanía, podrá regular en esa zona la ICM de extranjeros conforme a las
condiciones que estipule en su legislación nacional, para la ICM por parte de
extranjeros en la ZEE y/o plataforma continental, el Estado ribereño deberá
ajustarse a lo previsto por la CONVEMAR, en particular en sus artículos 246,
248, 249, 250, 252 y 253, entre otros.
Ello es así ya que en la ZEE y plataforma
continental, el Estado ribereño sólo tiene jurisdicción mas no soberanía
respecto a la realización de ICM (ver artículo 56, numeral 1 de la CONVEMAR).
Probablemente la diferencia más significativa
entre el régimen de la ICM de extranjeros en el mar territorial y la ICM de
extranjeros en la ZEE y plataforma continental sea que, mientras en el mar
territorial se requiere en todos los casos el consentimiento expreso del Estado
costero; en la dos últimas zonas marinas se aplica el denominado “régimen de
consentimiento”, bajo el cual, en circunstancias que se detallarán en las
secciones subsecuentes, la autorización correspondiente podría concederse
mediante el consentimiento tácito.
Dicho lo anterior, a continuación se
describen los derechos del Estado costero, en este caso México, y las
obligaciones de los extranjeros que soliciten realizar ICM en la ZEE y
plataforma continental mexicanas.
Para ello, se seguirá un enfoque secuencial
con arreglo a las distintas fases por las que atraviesa un proyecto de ICM, a
saber:
• Primera
fase: derechos y obligaciones en la etapa de planeación y pre-campaña o
pre-crucero oceanográfico;
• Segunda
y Tercera fases: ello incluye la etapa durante la realización de la campaña o
crucero oceanográfico, y la que tiene lugar de manera posterior a la campaña o
crucero oceanográficos (esto último
comprende la fase de laboratorio, publicación de las conclusiones de la
investigación, y aplicaciones industriales de los resultados y muestras
obtenidas).
Es importante tener en cuenta que, la
anterior clasificación se realiza para efectos didácticos pero, en la práctica,
dichas fases constituyen un todo.
Por consiguiente, el Estado Mexicano debe,
desde el inicio del proceso, exigir un compromiso por parte del investigador
extranjero en el sentido de que cumplirá con sus obligaciones a lo largo de
cada una de las fases del mismo.
No obstante lo anterior, hay que tomar en
cuenta que, un requisito sine qua non
para establecer este compromiso es el que México dé a conocer de manera clara a
los investigadores extranjeros, desde la fase de solicitud del permiso de
investigación, las obligaciones que deberán cumplir durante cada una de las
fases del proceso de investigación.
A continuación se procederá a la descripción
de las obligaciones de ambas partes (Estado ribereño e investigador extranjero)
en cada una de las fases anteriormente mencionadas.
2.1 Fase 1: Etapa de planeación y pre-crucero o
campaña de investigación oceanográficos (ver artículos 246, 248, 250 y 252 de
la CONVEMAR).
Deber de proporcionar información al
Estado ribereño.
De acuerdo con la CONVEMAR, el investigador
extranjero tiene la obligación de proporcionar al Estado ribereño, en este caso
a México, como mínimo seis meses antes de la fecha prevista para la iniciación
del proyecto de investigación científica marina la siguiente información (ver
artículo 248 de la Convención):
• Una
descripción completa de la índole y objetivos del proyecto;
• El
método y los medios que vayan a emplearse;
• Las
áreas geográficas precisas en que vaya a realizarse el proyecto;
• Las
fechas previstas de la llegada inicial y la partida definitiva de los buques de
investigación, o del emplazamiento y la remoción del equipo;
• El
nombre de la institución patrocinadora, el de su director y el de la persona
encargada del proyecto;
• La
medida en que se considere que el Estado ribereño podría participar o estar
representado en el proyecto, incluyendo especificar la referencia al puerto
nacional en el que embarcarán y desembarcarán los científicos y/o funcionarios
mexicanos que participarán activamente en el proyecto.
Consentimiento tácito.
De acuerdo con el artículo 252 de la
CONVEMAR, el investigador extranjero que solicite debidamente permiso para
realizar investigación y/o colecta científica en la ZEE o plataforma
continental mexicanas podrá emprender su proyecto de investigación y/o colecta científica
marina seis meses después de la fecha en que haya proporcionado a México la
información pertinente sobre el proyecto de investigación que pretende
realizar, de conformidad con el artículo 248 de la CONVEMAR, a menos que,
dentro de los cuatro meses siguientes a la recepción de la comunicación de
dicha información, México haya hecho saber al investigador, por la vía
diplomática, que:
a) Rehúsa
su consentimiento de manera discrecional por presentarse alguna de las causales
previstas en el artículo 246, numeral 5 o artículo 246, numeral 6 de la
CONVEMAR (ver las dos siguientes subsecciones infra);
b) La
información suministrada por el investigador sobre la índole o los objetivos
del proyecto no corresponde a los hechos manifiestamente evidentes;
c) Requiere
información complementaria sobre el proyecto de investigación y/o colecta que
se pretende llevar a cabo.
d) Rehúsa
su consentimiento en virtud de que el Estado solicitante tiene obligaciones
pendientes respecto de un proyecto de investigación y/o colecta científica
marina realizada anteriormente por un nacional o residente suyo.
Facultad para rehusar de modo
discrecional el consentimiento para la realización de investigación y/o colecta
científica en la ZEE y Plataforma Continental Mexicanas.
De conformidad con el artículo 246, numeral 5
de la CONVEMAR, México podrá rehusar discrecionalmente su consentimiento para
la realización de investigación y/o colecta científica en su ZEE o en su
plataforma continental cuando, entre otros casos, el proyecto:
• Tenga
importancia directa para la exploración y explotación de los recursos naturales
vivos o no vivos;
• Entrañe
perforaciones en la plataforma continental, la utilización de explosivos o la
introducción de sustancias perjudiciales en el medio marino;
• Conlleve
la construcción, el funcionamiento o la utilización de islas artificiales,
instalaciones y estructuras;
• Contenga
información inexacta sobre la índole y objetivos del proyecto, o cuando el
solicitante que pretenda realizar la investigación tenga obligaciones
pendientes con nuestro país resultantes de un proyecto de investigación
anterior.
Hipótesis en las que México podrá
rehusar discrecionalmente su consentimiento para la realización de
investigación y/o colecta científica más allá de las 200 millas náuticas
(artículo 246, numeral 6 de la CONVEMAR).
Según lo establece la CONVEMAR, México sólo
podrá rehusar discrecionalmente su consentimiento conforme a los supuestos
anteriores para la realización de proyectos de investigación y/o colecta
científica marinas por extranjeros, cuando éstos pretendan llevarse a cabo en
la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas, únicamente en las
áreas específicas que haya designado como áreas en las que se están realizando,
o se van a realizar, en un plazo razonable, actividades de explotación u
operaciones exploratorias detalladas.
De acuerdo con la Convención, la designación
de estas áreas específicas puede llevarse a cabo en cualquier momento. No
obstante, México debe de realizarlo públicamente. A su vez, la Convención
dispone que México deberá dar a los terceros estados aviso razonable y oportuno
tanto de la designación de estas áreas específicas, como de cualquier
modificación que se realice a las mismas. No obstante, según la CONVEMAR,
nuestro país no estará obligado a dar detalles de las operaciones que pretende
realizar en las áreas que designó.
2.2 Fase
2: etapa durante la campaña o crucero oceanográficos, y etapa post- campaña o
crucero (fase de laboratorio, publicación de las conclusiones de la investigación,
y aplicaciones industriales de los resultados y muestras obtenidas)
Deber de cumplir ciertas condiciones:
De acuerdo con la CONVEMAR (ver artículo
249), durante estas fases del proceso de investigación, el investigador
extranjero deberá cumplir, inter alia,
las siguientes condiciones:
• Garantizar
el derecho de México a participar o estar representado en el proyecto de
investigación científica marina.
• Proporcionar
a nuestro país informes preliminares tan pronto como sea factible, así como los
resultados y conclusiones finales una vez terminada la investigación;
• Compartir
con México todos los datos y muestras obtenidos en el marco del proyecto de
investigación científica y/o colecta científica marina, así como facilitarle
los datos que puedan copiarse y las muestras que puedan dividirse sin menoscabo
de su valor científico.
• Proporcionar
a México una evaluación de los datos, muestras y resultados obtenidos en el
marco de la investigación así como proporcionarle asistencia para la evaluación
o interpretación de los mismos;
• Informar
inmediatamente a nuestro país respecto a cualquier cambio importante en el
programa de investigación (cambio de intención del proyecto);
• A
menos que se haya convenido otra cosa, retirar las instalaciones o el equipo de
investigación científica una vez terminada la investigación.
(ii) Es importante tomar en cuenta que, la exigencia de las condiciones anteriormente mencionadas por parte de nuestro país, no excluye la posibilidad de que México exija condiciones adicionales, para dar o rehusar de modo discrecional su consentimiento siempre y cuando éstas se deriven de leyes nacionales, así como de tratados internacionales que sean parte de la legislación nacional en virtud del artículo 133 constitucional.
A continuación se desea presentar un ejemplo
de cómo nuestro país pueda establecer condiciones adicionales derivados de
leyes nacionales, así como de tratados internacionales. Para ello tomaremos
como base la hipótesis prevista en el artículo 246, numeral 5 de la Convención,
según la cual México estaría facultado para rehusar discrecionalmente su
consentimiento para la realización de un proyecto de investigación y/o colecta
científica en su ZEE o plataforma continental, cuando éste tenga importancia
directa para la exploración y explotación de los recursos naturales vivos.
En este sentido, cabe recordar que México es
parte del Convenio de Diversidad Biológica (CDB) y de su Protocolo de Nagoya,
el cual regula el acceso a recursos genéticos y distribución de beneficios derivados
de su utilización.
Si tomamos en consideración que todo
desarrollo en materia de acceso a recursos genéticos conlleva necesariamente
tanto un ejercicio de colecta como un trabajo previo de investigación podremos
concluir que existe un vínculo entre la Parte XIII de la Convención y el
Protocolo de Nagoya.
Por consiguiente, tratándose de solicitudes
de investigación y/o colecta científica por extranjeros que impliquen el acceso
a recursos genéticos, México estará facultado para exigir como requisitos adicionales
para otorgar la autorización respectiva:
• El
que se garantice que los beneficios que se deriven de la utilización de
recursos genéticos; así como las aplicaciones y comercialización subsiguientes
se compartan de manera justa y equitativa.
• El
que se definan las cláusulas mutuamente acordadas a partir de las cuales se
llevará a cabo la distribución de los beneficios derivados de la utilización de
recursos genéticos, especificando el tipo de beneficios monetarios y no
monetarios que México recibirá derivado de la realización del proyecto en
cuestión.
• En
aras de lograr lo anterior se deberán formular opciones al investigador a fin
de que cumpla con la obligación de repartir los beneficios.
Suspensión o cesación de las actividades
de investigación científica marina.
De acuerdo con la CONVEMAR, México tendrá
derecho a exigir la suspensión de cualquier actividad de investigación y/o
colecta científica marinas que se estén realizando en su ZEE o en su plataforma
continental cuando:
a) Las
actividades de investigación no se realicen de conformidad con la información
transmitida por el investigador en cumplimiento del artículo 248 de la CONVEMAR
con base en la cual nuestro país otorga su consentimiento; o
b) El
investigador no dé lugar a que México haga ejercicio a los derechos que
conforme al artículo 249 tiene durante esta fase del proceso de investigación.
c) Cuando
el investigador extranjero, sin informarlo previamente a nuestro país, realice
cambios importantes en el proyecto (cambios de intención) o en las actividades
de investigación y/o colectas científicas.
Según lo establece la CONVEMAR (ver artículo
253), una vez que México haya notificado al investigador extranjero su decisión
de ordenar la suspensión o la cesación de las actividades de investigación y/o
colecta científica marina, éste deberá inmediatamente dar por terminadas las
mismas.
No obstante lo anterior, la Convención
precisa que, si el investigador extranjero cumple con las condiciones que había
incumplido, México debería revocar la orden de suspensión de las actividades
permitiendo la continuación del proyecto de investigación.
(II) Legislación
nacional.
Ley Federal del Mar.
La Ley Federal del Mar (LFM) retoma los
principios previstos en la CONVEMAR. Particularmente su artículo 22 establece
los principios que se deberán aplicar en la realización de actividades de
investigación científica en las Zonas Marinas Mexicanas, a saber (ver Anexo
II).
• Toda
investigación y/o colecta científica marina deberá realizarse con fines
pacíficos.
• Deberá
realizarse con métodos y medios científicos adecuados, compatibles con la LFM y
demás leyes aplicables y con el derecho internacional.
• No
deberán interferir injustificadamente con otros usos legítimos del mar
compatibles con la LFM y con el derecho internacional.
• Se
respetarán todas las leyes y reglamentos pertinentes a la protección y
preservación del medio marino.
• No
constituirán fundamento jurídico para ninguna reivindicación sobre parte alguna
del medio marino o sus recursos.
• Deberá
garantizarse el mayor grado posible de participación nacional, y
• Deberá
garantizarse que el investigador proporcione los resultados de la investigación
y, si así lo solicita, la asistencia necesaria para su interpretación y
evaluación.
Reglamento Interior de la SRE.
En particular los artículos 21, fracción XIV
y 41, fracción XXVI, los cuales fueron reformados el 27 de septiembre de 2011 y
que establecen las atribuciones de la SRE para actuar como “ventanilla única” a
efecto de recibir y tramitar los permisos que soliciten los gobiernos
extranjeros para realizar toda clase de investigaciones científicas y/o
colectas en el territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de México, así
como dar seguimiento a las mismas.
De acuerdo con la reforma antes referida,
corresponde a la Dirección General de Cooperación Técnica y Científica (DGCTyC)
recibir y tramitar los permisos que soliciten los gobiernos extranjeros para
realizar toda clase de investigaciones científicas y/o colectas en el
territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de México, así como dar
seguimiento a las mismas, en consulta con las unidades administrativas
competentes de la Secretaría. A su vez, establece que corresponde a la
Dirección General para América del Norte (DGAN) opinar sobre los permisos que
soliciten los gobiernos de Estados Unidos de América y Canadá a la DGCTyC, para
la realización de toda clase de investigaciones científicas y de colectas en el
territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de México.
DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO PARA
LA ATENCION DE SOLICITUDES DE PERMISOS PARA INVESTIGACION CIENTIFICA MARINA
PRESENTADAS POR LA VIA DIPLOMATICA.
Información de Interés:
En aras de obtener un conocimiento a
profundidad sobre el régimen de Investigación Científica Marina se recomienda
consultar los siguientes documentos:
a) El documento “Marine Scientific Research: A revised guide to the implementation of the relevant provisions of the United Nations Convention on the Law of the Sea”, publicado por la División de Asuntos Oceánicos y Derecho del Mar de la Organización de las Naciones Unidas en 2010, y en el que se realiza un análisis detallado de la Parte XIII de la Convención relativas a la Investigación Científica Marina. El documento en cuestión está disponible en el siguiente vínculo electrónico:
http://www.un.org/Depts/los/doalos_publications/publicationstexts/msr_guide%20
2010_final.pdf
b) El cuestionario No. 3 emitido por la Organización Oceanográfica Intergubernamental sobre “La práctica de los Estados en el campo de la Investigación Científica Marina y la transferencia de Tecnología Marina” (IOC Questionnaire No 3: “The Practices of States in the field of marine scientific research and transfer of marine technology”). Documento IOC/ABE-LOS/VIII/8, en el que están disponibles las respuestas de diversos Estados, incluido México.
c) El documento “IOC Criteria and Guidelines on the Transfer of Marine Technology (CGTMT)”, publicado por la Comisión Oceanográfica Internacional en 2005 y disponible en el siguiente vínculo de internet:
http://unesdoc.unesco.org/images/0013/001391/139193m.pdf
d) El documento “Procedure for the
Application of Article 247 of UNCLOS (Marine scientific research projects
undertaken by or under the auspices of international organizations) by IOC”, de
la Comisión Oceanográfica Intergubernamental, disponible en:
http://unesdoc.unesco.org/images/0015/001570/157009m.pdf
e) El documento “Guidelines for the
implementation of Resolution XX-6 of the IOC Assembly regarding the deployment
of profiling floats in the High Seas within the framework of the Argo
Programme”.
f) Visitar la página del Fondo de Dotación de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos para la Investigación Científica Marina (ISA Endowment Fund for Marine Scientific Research):
https://www.isa.org.jm/es
6 BIBLIOGRAFIA
CONVEMAR. (1982). Convención de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar. Nueva York, EE. UU.
DOF. (22 de Febrero de 1978). Acuerdo por el que se
crea la Comisión Intersecretarial de Investigación Oceanográfica. México,DF: L
Legislatura, Cámara de Diputados.
DOF. (8 de enero de 1983). Ley Federal del Mar.
México, D.F.: LII Legislatura.
DOF. (19 de Julio de 1993). Ley de Puertos. México:
LV, Legislatura.
DOF. (23 de Octubre de 1996). ACUERDO por el que se
abroga el diverso publicado el 22 de febrero de 1978, por el que se creó la
Comisión Intersecretarial de Investigación Oceanográfica. D.F., México: LVI
Legislatura, Cámara de Diputados.
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Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica. DOF. México,
D.F,: LX Legislatura , Cámara de Diputados.
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acuacultura. Roma.
García, E. (1988). Modificaciones
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Acuacultura e Investigación en México. Centro de Estudios para el Desarrollo
Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria.
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y Pesca Responsable en México. México, D.F.
INAPESCA. (2008). Diagnóstico
y Planificación Regional de la Pesca y Acuacultura en México. México, D.F.
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México D.F.
INEGI. (2013). Información
de Recursos Naturales y del Medio Ambiente. Aguascalientes, Ags.: INEGI.
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Climático 2013, bases físicas. Suiza: Grupo Intergubernamental de Expertos
sobre Cambio Climático.
PNUMA. (2000). Contexto Social y Económico. En América Latina y el Caribe, perspectivas
del Medio Ambiente (pág. 17). Costa Rica.
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management. Ocean and Coastal Management, 729-756.
SAGARPA. (2001). Carta Nacional pesquera. Instituto Nacional de Pesca. DF, México.
Sarukhán, J. (2009). Capital natural de México.
Síntesis: conocimiento actual, evaluación y perspectivas de sustentabilidad. En
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SECTUR. (2005). Resultados acumulados de la actividad
turística enero-diciembre 2004. D.F., México: http:sectur.gob.mx/wb2/sectur/sect_768_capitulo2.
SEMARNAT. (julio de 2000). www.semarnat.gob.mx. Obtenido de
www.semarnat.gob.mx/dgeia/estadisticas_200/infrome_2000/07_aprovechamiento/703_Recursos_pesca/in-dexshtml
SEMARNAT. (2002). Informe
de la situación del Medio Ambiente en México. México, D.F.
7 GLOSARIO
Aguas
Interiores: Son todas
aquellas aguas que se encuentran al interior de las líneas de base.
Eutrófico,
ca.
1. Adj. Dicho de un órgano o de un organismo:
En estado de eutrofia.
2. Adj. Dicho de un medio nutritivo: Que
permite conseguir tal estado.
3. Adj. Ecol. Perteneciente o relativo a la
eutrofia y a la eutrofización.
Líneas
de base: Sirven para medir
la anchura del mar territorial y de los otros espacios marítimos; pueden ser
líneas de base normales o líneas de base rectas.
Línea
de base normal: Es la línea
de bajamar a lo largo de la costa, tal como aparece marcada mediante el signo
apropiado en cartas a gran escala reconocidas oficialmente por el Estado
ribereño.
Línea
de base rectas: Son trazados
geométricos que se efectúan en aquellos lugares en que la costa tenga profunda
aberturas y escotaduras o en los que hayan una franja de islas a lo largo de la
costa situada en su proximidad inmediata. El trazado de las líneas de base
recta no debe apartarse de una manera apreciable de la dirección general de la
costa; y las zonas de mar situadas del lado de tierra de esas líneas han de
estar suficientemente vinculadas al dominio terrestre para estar sometidas al
régimen de las aguas interiores.
Mar
Territorial: Es la parte de
mar que se extiende desde las líneas de base hasta otra línea imaginaria
paralela a la primera, de una anchura de hasta 12 millas marinas, a lo largo de
las costas de Estado, la soberanía del Estado ribereño se extiende sobre el mar
territorial, el espacio aéreo sobre éste, así como el lecho y subsuelo.
Protocolo
de Nagoya: Se refiere al
Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa
y Equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización de 2010, del
Convenio sobre Diversidad Biológica.
Zona
Económica Exclusiva: Zona
situada fuera del mar territorial, adyacente a éste, de anchura máxima de 200
millas náuticas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se
mide la anchura del mar territorial, sobre la cual el Estado ribereño tiene
derechos soberanos para los fines de exploración, explotación, conservación y
administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos ya sean
renovables o no renovables, del lecho y el subsuelo del mar y de las aguas suprayacentes,
y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación
económica de la Zona, tal como la producción de energía derivada del agua, de
las corrientes y de los vientos.
Plataforma
Continental: Comprende el
lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar
territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta
el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200
millas náuticas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se
mide la anchura del mar territorial, en los casos en que el borde exterior del
margen continental no llegue a esa distancia.
Alta
Mar: Son aquellas partes del
mar no incluidas en la Zona Económica Exclusiva, en el mar territorial o en la
aguas interiores de un Estado, ni en las aguas archipelágicas de un Estado
archipelágico.
8 SIGLAS
Y ACRONIMOS
A continuación se muestran las siglas y acrónimos más utilizados en el texto, en el orden en que aparecen.
AION Archivo de Información Oceanográfica Nacional.
AMEXCID Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
BIP Buques de Investigación Pesquera.
B/O Buque Oceanográfico.
CDB Convenio sobre Diversidad Biológica.
CeNDO Centro Nacional de Datos Oceanográficos.
CIBNOR Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C.
CICAR Cooperativas del Caribe y Regiones Adyacentes.
CICESE Centro de Investigación Científica y Educación Superior de Ensenada Baja California.
CICIMAR Centro Interdisciplinario de Ciencias Marinas.
CIIDIR Centro Interdisciplinario de Investigación para el Desarrollo Integral Regional de Sinaloa.
CIIO Coordinadora Interinstitucional de Investigación Oceanográfica.
CIMARES Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas.
COI Comisión Oceanográfica Intergubernamental.
CONACIO Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica.
CONACYT Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
CONALMEX Comisión Mexicana de Cooperación.
CONVEMAR Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
CRIP Centros Regionales de Investigación Pesquera.
DET Dispositivos Excluidores de Tortugas.
DGAN Dirección General para América del Norte.
DGCTC Dirección General de Cooperación Técnica y Científica.
DGECyTM Dirección General de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar.
DOF Diario Oficial de la Federación.
ENOS Oscilación del Pacifico (fenómeno de la Niña).
ENSO Oscilación del Sur (fenómeno del Niño).
FAN Floraciones de Algas Nocivas.
FAO Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.
ICM Investigación Científica Marina.
INAPESCA Instituto Nacional de Pesca.
IODE Programa de Intercambio de Datos Oceanográficos.
ITESM Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey.
JCOMM Comisión Conjunta de Oceanografía y Meteorología.
LFM Ley Federal del Mar.
ONG´s Organizaciones No Gubernamentales.
PNIO Programa Nacional de Investigación Oceanográfica.
PNUD Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.
PROFEPA Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
ROMP Red Oceanográfica y Pesquera Mexicana.
SAGARPA Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
SCT Secretaría de Comunicaciones y Transportes
SECTUR Secretaría de Turismo.
SEDENA Secretaría de la Defensa Nacional.
SEGOB Secretaría de Gobernación.
SEMAR Secretaría de Marina.
SEMARNAT Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
SENER Secretaría de Energía.
SEP Secretaria de Educación Pública.
SIN Servicios Informativos Nacionales.
SINAMO Sistema Nacional de Monitoreo.
SRE Secretaría de Relaciones Exteriores.
UABC Universidad Autónoma de Baja California.
UABCS Universidad Autónoma de Baja California Sur.
UAS Universidad Autónoma de Sinaloa.
UNAM Universidad Nacional Autónoma de México.
UNESCO Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
UNISON Universidad de Sonora.
UPM Unidades Pesqueras de Manejo.
ZEE Zona Económica Exclusiva.
ZOFEMAT Zona Federal Marítimo Terrestre.
[1] Eutrofización:
Aporte excesivo de nutrientes a un ecosistema acuático.
[2]
Escarpe: Ladera abrupta de altura variable que puede formarse por distintas
causas: tectónicas, por procesos exógenos, principalmente gravitacionales.
[3] Isoterma:
Isolínea que une igual valor de temperatura.
[4] Isopicnia:
Idéntica densidad en el agua marina.
[5] Surgencia:
Movimiento vertical de las masas de agua de niveles profundos hacia la
superficie.
[6] Kárstica:
Conjunto de fenómenos relacionados por la formación de cavidades a causa de la
disolución de las rocas.
[7] Oligotrófico:
Cuerpo de agua con baja productividad primaria.