DECLARATORIA DE UTILIDAD PUBLICA PARA LA CONSTRUCCION DE DOS PASOS A DESNIVEL EN EL DISTRIBUIDOR VIAL GUAYABAL DE LA CARRETERA VILLAHERMOSA–TUXTLA GUTIERREZ, TRAMO VILLAHERMOSA–TEAPA, EN LOS INMUEBLES CON SUPERFICIE TOTAL DE 11,117.21 METROS CUADRADOS, UBICADA EN EL MUNICIPIO DE CENTRO, ESTADO DE TABASCO

 

FICHA TECNICA NORLEX

 

Nombre corto:  06021502.

Legislación:  Federal.

 

Fuente:  D.O.F.

Emite:  SCT.

Fecha de publicación:  (1era.) 06 de febrero de 2015; (2da.) 21 de diciembre de 2015

Fecha de entrada en vigor:  (1era.) 09 de febrero de 2015; (2da.) 24 de diciembre de 2015.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

GERARDO RUIZ ESPARZA, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, fracción XII, 2 y 3 de la Ley de Expropiación; 1, 5 y 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 1, 3, 4 y 5, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y

CONSIDERANDO

Que es competencia del Ejecutivo Federal, llevar a cabo las estrategias contempladas en el Programa Nacional de Infraestructura, con lo cual se ha logrado que el país realice un programa de construcción de obras públicas bastante amplio, además de la construcción, conservación y mantenimiento de caminos, coadyuvando con ello en la generación de empleos tanto directos como indirectos, beneficios sociales y desarrollo de las zonas donde se ubiquen, todo esto para completar la red de corredores troncales transversales y longitudinales que comunican a las principales ciudades, puertos, fronteras y centros turísticos del país, con caminos de altas especificaciones al desarrollo de ejes interregionales, pasando por la construcción de libramientos y proporcionando servicios de transporte a algunas de las comunidades más desprotegidas, así como reducir el índice de accidentes;

Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción de dos pasos a desnivel en el Distribuidor Vial Guayabal de la carretera Villahermosa–Tuxtla Gutiérrez, tramo Villahermosa–Teapa, ubicados en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco;

Que de conformidad con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y la Ley de Expropiación, es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes federales;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevó a cabo los estudios técnicos y proyectos conforme a los cuales se determinó que los terrenos que son objeto de la presente Declaratoria, ubicados en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco, son los más apropiados e idóneos para la construcción, conservación y mantenimiento de dos pasos a desnivel en el Distribuidor Vial Guayabal, de la carretera Villahermosa–Tuxtla Gutiérrez, tramo Villahermosa–Teapa, en virtud de que los mismos reúnen las características específicas que se requieren para este tipo de infraestructura;

Que el programa de construcción de carreteras a que se refiere el considerando primero de esta Declaratoria, incluye obras de modernización y construcción de accesos urbanos, caminos interurbanos y suburbanos, libramientos y ampliaciones de vías, cuya capacidad ha sido rebasada por el tránsito, proyectos carreteros asociados a nuevos desarrollos turísticos y nuevas vías que comuniquen a comunidades apartadas, infraestructura carretera que permita satisfacer los requerimientos planteados por el crecimiento económico en los ámbitos local, regional y nacional;

Que existe congestionamiento vial en el crucero donde convergen la carretera federal 195, la avenida 16 de septiembre y el Periférico Carlos Pellicer Cámara, que es uno de los más importantes y de mayor impacto en las redes viales, el cual presenta condiciones de operación inadecuadas, que ocasionan que las velocidades de manejo sean bajas, lo cual incrementa los tiempos de recorrido de los usuarios provocando un mayor consumo de gasolina y como consecuencia mayores emisiones de gas y contaminación ambiental, por lo que para mejorar la infraestructura existente se determinó de manera precisa el número y dimensiones de las estructuras que permitirán contener una capacidad adecuada para la circulación y las superficies totales del predio, así como las que se requieran afectar;

Que la construcción de dos pasos a desnivel en el Distribuidor Vial Guayabal, facilitará la entrada de los vehículos a la Ciudad de Villahermosa, dando mayor fluidez a los vehículos que tengan que enlazarse a las carreteras federales Villahermosa–Escárcega y Villahermosa–Tuxtla Gutiérrez, reducirá los costos de operación del aforo de 78,316 vehículos por día, de transporte de pasajeros, de turismo, de carga y particular que la utilicen; fomentará las actividades agropecuarias, comerciales y de comunicación, permitiendo el desarrollo socioeconómico de la región; ofrecerá ahorros en tiempos de recorrido, costos de operación y mantenimiento; evitará el riesgo de accidentes tanto para vehículos como para peatones, brindando así mayor seguridad y comodidad a los usuarios; lo que justifica la utilidad pública para la adquisición de los terrenos objeto de esta Declaratoria;

Que el 6 y 16 de febrero de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de utilidad pública para la construcción de dos pasos a desnivel en el Distribuidor Vial Guayabal de la carretera Villahermosa–Tuxtla Gutiérrez, tramo Villahermosa–Teapa, misma que quedó sin efectos en virtud de haber transcurrido en exceso el plazo a que se refiere el artículo 2o., fracción VII de la Ley de Expropiación sin que se haya emitido el Decreto Expropiatorio respectivo;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, integró el expediente de expropiación número 02/TAB/2015, en el cual constan los elementos técnicos que justifican la idoneidad de los bienes materia de la presente Declaratoria, para atender la causa de utilidad pública, como son, entre otros, la selección de la ruta, estudios fotogramétricos, anteproyecto y proyecto constructivo de terracerías realizados sobre los terrenos que por su ubicación son indispensables para completar la continuidad de los flujos del actual Distribuidor, el cual favorecerá el transporte vehicular de bienes, servicios y personas de forma ágil y segura, y

Que en virtud de que se cumple con la causa de utilidad pública, consistente en la construcción, conservación y mantenimiento de caminos y a fin de atender la necesidad de interés general de comunicar de manera eficiente a las carreteras federales Villahermosa–Escárcega y Villahermosa–Tuxtla Gutiérrez, he tenido a bien expedir la siguiente

DECLARATORIA

PRIMERO.- Se declara de utilidad pública la construcción de dos pasos a desnivel en el Distribuidor Vial Guayabal de la carretera Villahermosa–Tuxtla Gutiérrez, tramo Villahermosa–Teapa, en los inmuebles con superficie total de 11,117.21 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco, localizada a la altura del kilómetro 10+257.00 con origen de cadenamiento en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, y cuyos datos de localización son los siguientes:

Se inicia la afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=507,955.7438, Y=1’986,934.8171, continúa tangente de 41.181 m. y RAC=S47º31’34.79”E hasta el vértice 2, continúa tangente de 79.341 m. y RAC=S47º45’44.03”E hasta el vértice 3, continúa tangente de 41.788 m. y RAC=S48º01’26.84”E hasta el vértice 4, continúa tangente de 26.117 m. y RAC=N20º45’36.73’’E hasta el vértice 5, continúa tangente de 44.654 m. y RAC=N20º56’57.74’’E hasta el vértice 6, continúa tangente de 13.213 m. y RAC=N22º46’03.06’’E hasta el vértice 7, continúa tangente de 8.529 m. y RAC=N50º01’53.76’’W hasta el vértice 8, continúa tangente de 13.878 m. y RAC=N41º40’54.65’’W hasta el vértice 9, continúa tangente de 39.935 m. y RAC=N43º55’25.54’’W hasta el vértice 10, continúa tangente de 2.923 m. y RAC=N43º55’28.25”W hasta el vértice 11, continúa tangente de 6.346 m. y RAC=S18º10’14.09’’E hasta el vértice 12, continúa tangente de 7.023 m. y RAC=S72º19’04.42’’W hasta el vértice 13, continúa tangente de 6.284 m. y RAC=N18º37’38.14’’W hasta el vértice 14, continúa tangente de 9.693 m. y RAC=N33º56’33.18’’W hasta el vértice 15, continúa tangente de 11.866 m. y RAC=N37º55’07.13”W hasta el vértice 16, continúa tangente de 9.263 m. y RAC=N61º23’10.97”W hasta el vértice 17, continúa tangente de 9.816 m. y RAC=N79º25’36.14’’W hasta el vértice 18, continúa tangente de 6.711 m. y RAC=N83º09’58.24’’W hasta el vértice 19, continúa tangente de 7.045 m. y RAC=S86º51’27.73’’W hasta el vértice 20, continúa tangente de 6.151 m. y RAC=S77º55’35.93’’W hasta el vértice 21, continúa tangente de 8.728 m. y RAC=S69º53’33.00’’W hasta el vértice 22, continúa tangente de 2.981 m. y RAC=S59º24’46.89’’W hasta el vértice 23, continúa tangente de 8.512 m. y RAC=S59º51’23.89’’W hasta el vértice 24, continúa tangente de 6.921 m. y RAC=S60º28’59.37”W hasta el vértice 25, continúa tangente de 10.345 m. y RAC=S58º49’23.51’’W hasta el vértice 26, continúa tangente de 24.220 m. y RAC=S38º35’35.09’’W hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.

El plano del área y el expediente formado con motivo de la presente Declaratoria, están a disposición de quienes justifiquen ser interesados, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ubicada en Avenida Universidad esquina Xola, sin número, Cuerpo C, Planta Baja, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, en México, Distrito Federal.

SEGUNDO.- Notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorar quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos de notificación personal.

TERCERO.- Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles a partir de que se les notifique o bien se realice la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes, lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.

Dado en la Ciudad de México, a 9 de diciembre de 2015.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.