CARTA NACIONAL PESQUERA (ACUERDO POR
EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACION DE LA)
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto:
11061812.
Legislación:
Federal.
Fuente:
D.O.F.
Emite:
SAGARPA.
Fecha de
publicación: 11 de junio de 2018.
Fecha de entrada en
vigor: 12 de junio de 2018.
Modificaciones:
Fecha de publicación Fecha de entrada en vigor
26 de julio de 2022 27 de julio de 2022
Reformas: En la totalidad del
presente ordenamiento.
21
de julio de 2023 22 de
julio de 2023
Reformas: En la totalidad del
presente ordenamiento.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
BALTAZAR
MANUEL HINOJOSA OCHOA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,
Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracciones XXI y XXII
de
CONSIDERANDO
Que la Ley General
de Pesca y Acuacultura Sustentables confiere a esta Secretaría de Agricultura y
Desarrollo Rural (AGRICULTURA), la facultad de aprobar, expedir y publicar la
Carta Nacional Pesquera y sus actualizaciones;
Que de las
investigaciones realizadas por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura
(INAPESCA) se conoció información relevante para el manejo de los recursos
pesqueros, por lo que, con la participación de las unidades administrativas de
la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Comisión
Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) y de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), actualizó diversas fichas técnicas de
la Carta Nacional Pesquera;
Que la última
actualización de la Carta Nacional Pesquera se publicó en el Diario Oficial de
la Federación el 11 de junio de 2018;
Que por oficio
SFNA/DGSPRNR/103/2021 de fecha 27 de agosto de 2021, la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales emitió diversas observaciones y recomendaciones
respecto a la actualización de diversas fichas técnicas de la Carta Nacional
Pesquera, mismas que fueron consideradas por el Instituto Nacional de Pesca y
Acuacultura;
Que mediante
oficio RJL-INAPESCA-DG-041-2022 de fecha 16 de marzo de 2022, se hizo del
conocimiento del Comité Asesor Técnico Científico del INAPESCA, la
actualización de las fichas técnicas de la Carta Nacional Pesquera motivo del
presente Acuerdo;
Que la Carta
Nacional Pesquera debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación
anualmente y que podrán publicarse actualizaciones de las fichas individuales
sin que el total de la Carta pierda su validez; por lo que he tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER
LA ACTUALIZACION DE LA CARTA NACIONAL
PESQUERA
ARTICULO PRIMERO.- Se aprueba la actualización de diversas fichas técnicas de
ARTICULO SEGUNDO.- El contenido de
TRANSITORIO
UNICO.- El presente
Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
Ciudad de México,
a 6 de julio de 2022.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.-
Rúbrica.
CARTA NACIONAL PESQUERA
INDICE
1. PRESENTACION
2. PESQUERIAS MARINAS, COSTERAS Y
EN AGUAS CONTINENTALES
I. LITORAL DEL PACIFICO
II. GOLFO
DE MEXICO Y MAR CARIBE
III. AGUAS CONTINENTALES
1. PRESENTACION
El artículo 32 de
Su elaboración y actualización corresponde
al Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA), con la participación
de
De conformidad a lo establecido en el
artículo 33 de
I. El
inventario de los recursos pesqueros que se encuentran en aguas de jurisdicción
federal, susceptibles de aprovechamiento;
II. El
esfuerzo pesquero susceptible de aplicarse por especie o grupo de especies en
un área determinada;
III. Los
lineamientos, estrategias y demás previsiones para la conservación, protección,
restauración y aprovechamiento de los recursos pesqueros, para la realización
de actividades productivas y demás obras o actividades que puedan afectar los
ecosistemas respectivos y las artes y métodos de pesca;
IV. Las
normas aplicables en materia de preservación, protección, aprovechamiento de
los recursos pesqueros, incluyendo las relativas a la sanidad, calidad e
inocuidad de los productos pesqueros, y;
V. La
demás información que se determine en el Reglamento.
En ese sentido, las fichas de
a. Generalidades,
donde se incluye:
i. Nombre
común y nombre científico de las especies objetivo
ii. Descripción de la zona de pesca
iii. Descripción de la unidad de pesca
b. Indicadores de la pesquería, la
cual contiene una descripción de la importancia de la pesquería, incluyendo un
gráfico de la tendencia de la captura por especie por Estados registrada en los
avisos de arribo de
c. Efectos ambientales y
cambio climático. Esta sección incluye la información disponible
sobre el efecto de los factores ambientales y el cambio climático en la
distribución, abundancia y procesos biológicos y fisiológicos relevantes para
el manejo y la administración de los recursos pesqueros, como el periodo de
reproducción a partir de las cuales se recomiendan los periodos de veda, las
temporadas de captura y en algunos casos, las expectativas de captura.
Caracterización limnológica (esta sólo aplica para las fichas aguas
continentales). Esta sección incluye la información disponible sobre las
características físicas, químicas y biológicos de los cuerpos de agua
continentales (lagos, presas, lagunas y ríos) que permiten determinar el estado
trófico y su interacción entre los organismos acuáticos y su ambiente, que
determinan su posible distribución y abundancia en dichos ecosistemas, con la
finalidad de proporcionar recomendaciones para el manejo y la administración de
los recursos pesqueros.
d. Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero. Consta de 10 subsecciones que dan cabal
cumplimiento a lo previsto en el artículo 32 de
i. Norma
Oficial Mexicana
ii. Plan de Manejo Pesquero
iii. Tipo de acceso
iv. Talla mínima
v. Arte
de pesca y método de captura
vi. Veda
vii. Cuota
viii. Unidad de pesca
ix. Esfuerzo nominal autorizado
x. Zona
de pesca
e. Estrategias y tácticas de
manejo. Esta sección contiene los lineamientos básicos
sobre los controles y puntos de referencia aplicados actualmente a cada recurso
para su manejo y aprovechamiento sustentable.
f. Estatus. El
estatus se deriva de la posición relativa de una variable o atributo
poblacional respecto a un punto referencia objetivo. Por ejemplo, la razón
[(biomasa actual) / (biomasa que maximiza la producción excedente)], o la razón
[(tasa de aprovechamiento actual) / (tasa de aprovechamiento para lograr el
máximo rendimiento)], los cuales en términos ponderados indican el estatus de
las poblaciones que soportan el aprovechamiento comercial. Para fines prácticos
en la resolución de permisos de pesca comercial, en esta versión de
i. Aprovechado al máximo sustentable, en el
cual el valor de la razón [Actual/Objetivo] = 1, por lo que no se recomienda
otorgar más permisos de pesca ni incrementar el esfuerzo, lo que implica no
incrementar número de embarcaciones ni el número de artes de pesca en los
permisos ya existentes. Las solicitudes de permisos nuevos de pesca comercial
pueden ser resueltos en términos negativos por la autoridad pesquera sin mediar
opinión o dictamen técnico del INAPESCA.
ii. Con potencial de desarrollo, en el cual
el valor de la razón [Actual/Objetivo] > 1, por lo que es factible, previo
dictamen técnico del INAPESCA, otorgar más permisos de pesca o incrementar el
número de embarcaciones o artes de pesca en los permisos ya existentes.
iii. En deterioro, en el cual el valor de la
razón [Actual/Objetivo] < 1, por lo que es necesario instrumentar
estrategias y tácticas de manejo para recuperar las poblaciones, las cuales
incluyen en principio no incrementar el esfuerzo de pesca ni otorgar más
permisos de pesca. Las estrategias y tácticas de manejo para la recuperación de
un recurso deteriorado pueden incluir, previo dictamen técnico del INAPESCA, la
reducción del número de embarcaciones en los permisos existentes, la reducción
de las cuotas captura, el establecimiento o ampliación de vedas, incremento en
la talla mínima de captura, la innovación en artes de pesca para favorecer el
escape de los organismos juveniles que aún no se han reproducido y el
establecimiento de zonas de refugio pesquero para proteger hábitats críticos
para las poblaciones y comunidades costeras, marinas y dulceacuícolas que
favorezca la recuperación del stock deteriorado.
En esta versión de
g. Recomendaciones de manejo, se
derivan principalmente del estatus, en términos de incrementar o no el esfuerzo
pesquero, instrumentar estrategias y tácticas de manejo para recuperar
poblaciones deterioradas, así como elaborar las normas oficiales mexicanas y
planes de manejo aplicables en la sección Normatividad e instrumentos de política
y manejo pesquero.
h. Riesgos o amenazas (sólo
aplica para las fichas de aguas continentales), la cual contiene una
descripción de las posibles causas de deterioro que sufren los diferentes
cuerpos de agua continentales, así como también los organismos acuáticos que
habitan en ellos, ya sea por las actividades antropogénicas o por eventos
naturales, que se desarrollan en su cuenca de aporte, que son relevantes para
reducirlos o proponer medidas de manejo de los recursos pesqueros.
Con el contenido y las funciones que le
otorga
2. PESQUERIAS MARINAS, COSTERAS Y EN AGUAS CONTINENTALES
En este volumen se actualizan 51 fichas de
las principales especies marinas, costeras y de aguas continentales de
importancia comercial, en las cuales se considera cambian sustancialmente las
condiciones de la pesquería, el estatus de las poblaciones o la normatividad que
regula su aprovechamiento respecto a las fichas publicadas en el Diario Oficial
de
De las 51 fichas actualizadas por el
INAPESCA, 31 corresponden al litoral del Pacífico, 5 al Golfo de México y Mar
Caribe y 15 a Aguas Continentales.
I. Litoral del Pacífico
1. Abulón
2. Almeja blanca o mantequilla
3. Almeja catarina
4. Almeja chocolata
5. Almeja concha espina
6. Almeja generosa
7. Almeja pata de mula
8. Almeja roñosa
9. Botete
10. Callo de hacha
11. Caracol chino
12. Caracol panocha
13. Cucaracha de mar
14. Curvina golfina
15. Dorado (Pesca deportiva)
16. Erizo de mar
17. Huachinango y pargos del Pacífico
18. Jaiba del Pacífico
19. Langostas espinosas del Pacífico
20. Langostino
21. Lisa del Pacífico
22. Medusa bola de cañón
23. Mejillón
24. Ostión del Pacífico
25. Pepino de mar del Pacífico
26. Pulpo del Pacífico
27. Robalo del Pacífico
28. Sierra del Pacífico
29. Tiburones del Pacífico
30. Túnidos del
Pacífico
31. Verdillo
II. Golfo de México y Mar Caribe
1. Almejas
2. Bagres marinos del Golfo de México
3. Camarón rosado del Golfo de México
4. Huachinango y pargos del Golfo de México y
Mar Caribe
5. Ostión del Golfo de México
III. Aguas
continentales
1. Laguna de Cajititlán, Jalisco
2. Laguna de Coatetelco, Morelos
3. Laguna de Cuyutlán, Colima
4. Presa Aguamilpa Solidaridad, Nayarit
5. Presa Ing. Elías González Chávez
“Calderón”, Jalisco
6. Presa Constitución de 1917, Querétaro
7. Presa Manuel M. Diéguez “Santa Rosa”,
Jalisco
8. Presa El Gallo, Michoacán-Guerrero
9. Presa “El Rodeo”, Miacatlán, Morelos
10. Presa Aurelio Benassini
Vizcaíno “El Salto”, Sinaloa
11. Presa Emiliano Zapata, Morelos
12. Presa Alfredo Elías Ayub “
13. Presa Alvaro Obregón “EL Oviachic”,
Sonora
14. Presa Solís, Acámbaro, Guanajuato
15. Presa Ing. Fernando Hiriart Balderrama
“Zimapán”, Hidalgo-Querétaro
I. Litoral
del Pacífico
1. Abulón
a) Generalidades
Los abulones son gasterópodos de la familia haliotidae que habitan en zonas rocosas, asociadas
principalmente a mantos de algas y pastos marinos así como a poblaciones de
erizos y otros organismos bentónicos, con los que establecen relaciones
tróficas de protección y competencia por sustrato y alimento. Son de hábitos
nocturnos y fototropismo negativo, tienen sexos separados (dioicos) y su
fertilización es externa. Las especies de abulón en México, se distribuyen
únicamente en la costa occidental de la península de Baja California, y son de
gran importancia comercial en México. La pesquería de abulón constituye una de
las actividades más importantes que se desarrollan en la costa occidental de la
península de Baja California, desde la frontera con Estados Unidos de América
hasta Isla Margarita en Baja California Sur, México. La administración pesquera
es específica para las zonas de pesca I, II, III y IV (cuatro zonas) que se
encuentran establecidas en
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Abulón azul |
Haliotis fulgens |
Abulón
amarillo |
Haliotis corrugata |
Abulón negro |
Haliotis cracherodii |
Abulón chino |
Haliotis sorenseni |
Abulón rojo |
Haliotis rufescens |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Caracol
panocha |
Megastraea undosa |
Caracol
turbante |
Megastraea turbanica |
Erizo rojo |
Strongylocentrotus franciscanus |
Erizo morado |
Strongylocentrotus purpuratus |
Pepino de mar |
Parastichopus parvimensis |
Concha lapa |
Megathura crenulata |
Caracol
tornillo |
Kelletia kelletii |
Caracol turbo
o Burgado |
Turbo fluctuosus |
b) Indicadores de
la pesquería
La captura de abulón se encuentra soportada
principalmente por dos especies (abulón azul y amarillo), en los últimos 10
años, se tiene registros de 78.4% abulón azul, 21.1% abulón amarillo, 0.3%
abulón negro, 0.5% abulón chino y 0.2%
de abulón rojo. La tendencia de las capturas de abulón en Baja California Sur,
fue con una tendencia positiva entre 2000 al 2007, y a partir del 2008-2018 se
presentó una disminución a 50 toneladas y un aumento de 63 a 104 toneladas
entre 2019 a 2020. En Baja California entre 2000-2009 las variaciones fueron
ligeras (120 a 210 toneladas) y en 2010-2017 la captura disminuyó de 154 a 58
toneladas. Para el periodo 2018-2020, la captura se presentó ligeras
variaciones de 21 a 28 toneladas (Figura 1).
Figura 1. Tendencia
de la captura de abulón (en peso callo) en Baja California (BC) y Baja
California Sur (BCS), de 2000 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
Las anomalías positivas de temperaturas del
mar asociadas al efecto del evento El Niño/Oscilación del Sur tienen efectos
negativos en las comunidades de los bancos abuloneros.
Se ha observado una alta sensibilidad de los abulones a los cambios de
temperatura provocados por fenómenos climáticos como “El Niño” con efecto negativo
sobre las larvas de abulón con menor tolerancia a altas temperaturas, además de
la disminución de los mantos de algas gigantes (kelps,
Macrocystis pyrifera) con
la consecuente pérdida de alimento y reducción del éxito en el reclutamiento.
Los eventos oceanográficos cálidos del norte (
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana 005-PESC-1993 (NOM-005-PESC-1993), para regular el aprovechamiento
de las poblaciones de las distintas especies de abulón en aguas de
jurisdicción federal de |
DOF:
21/12/1993 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
En proceso de
actualización. |
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Abulón. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Zona I 165 mm:
abulón rojo; 150 mm: abulón azul; 140 mm:
abulón amarillo y chino; 120 mm abulón negro. Zona II 145
mm: abulón azul; 135 mm: abulón amarillo y
chino; 120 mm: abulón negro. Zona III 140
mm: abulón azul; 130 mm: abulón amarillo. Zona IV 120
mm: abulón azul; 110 mm: abulón amarillo. |
Numeral 3.4 de
(DOF:
21/12/1993) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Buceo
semiautónomo tipo “Hooka” y se recolecta manual en
bolsa de pesca (jaba) con arrancador graduado y certificado por AGRICULTURA. |
NOM-005-PESC-1993 (DOF:
21/12/1993) |
Veda |
Sí |
Zona I: Del 01
de agosto al 31 de diciembre de cada año. Zona II: Del
01 de septiembre al 31 de enero de cada año. Zona III: Del
01 de septiembre al 31 de enero de cada año. Zona IV: Del
01 de octubre al 28 de febrero de cada año. |
Acuerdo por el
que se modifica la veda de abulón establecida en el aviso por el que se da a
conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de
Diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción federal de
los Estados unidos mexicanos, publicado el 16
de marzo de 1994 en el Diario Oficial de (DOF:
07/07/2021) |
Cuota |
Sí |
Cuota de captura
anual variable por especie y zona de pesca. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, y equipo de buceo semiautónomo tipo “Hooka”. Su extracción es manual con arrancador graduado
certificado por |
NOM-005-PESC-1993 (DOF:
21/12/1993) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 141 embarcaciones. Baja
California Sur: 205 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal del Océano Pacífico de |
Permisos para
pesca comercial |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura anual variable por especie y zona de pesca, estimada
con base en objetivos de manejo derivados de puntos de referencia límite y
objetivo.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla
mínima de captura por especie y por zona de pesca; veda reproductiva temporal
fija por zona; regulación en el arte y métodos de pesca; zonas de refugio
pesquero.
f) Estatus
Península de Baja California: Las dos principales especies que soportan
la pesquería de abulón en la península de Baja California se encuentran en
Deterioro.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. La asignación de cuotas para los usuarios
que ya cuentan con permiso de pesca comercial, se realizarán bajo el siguiente
procedimiento:
● Deberán realizar una solicitud de cuota a
● Una vez recibida la solicitud, el INAPESCA
comunicará a
● Una vez realizada la evaluación, el INAPESCA
emitirá el dictamen técnico correspondiente.
iii. En el caso de que los estudios del
INAPESCA determinen que alguna población se ubique como Deteriorada, el
INAPESCA emitirá opinión técnica con las recomendaciones y estrategias para su
recuperación.
iv. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por región y/o áreas definidas conforme a lo previsto en
v. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el
llenado veraz y fidedigno mediante bitácoras de pesca
con base en lo previsto en
vi. Con
el fin de garantizar la seguridad de los
buzos, se recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades menores
de 30 metros, análogo a lo establecido en
vii. Promover zonas integrales de pesca de
recursos bentónicos o semi-sésiles de importancia
comercial, de manera que un solo permisionario u organización pueda aprovechar
todos los recursos en una misma zona de pesca en lugar de que diferentes
usuarios aprovechen diferentes recursos en una misma zona.
2. Almeja blanca o mantequilla
a) Generalidades
La almeja blanca o mantequilla Dosinia ponderosa, se distribuye desde Laguna
Ojo de Liebre, Baja California Sur, México, hasta las costas de Perú. Presenta
valvas aplanadas y comprimidas en forma circular de color blanco por dentro y
por fuera, con franjas concéntricas de tonos diferentes. Es una especie suspensívora facultativa que habita preferencialmente en
fondos de arena fina, areno-limoso y limo grueso. En el Pacífico Mexicano, la
estructura de tallas de la almeja blanca presenta intervalos de longitudes de
concha desde 1.8 hasta 13 centímetros. Son organismos primordialmente gonocóricos y se han descrito cinco fases de desarrollo
gonádico: indiferenciado/reposo, desarrollo, madurez, desove y posdesove. El periodo de desove varía por zona, pero se ha
reportado que esta especie presenta una reproducción continua con desoves
durante todo el año, con mayores intensidades de abril a junio y de septiembre
a noviembre. En México, las zonas de pesca incluyen aguas marinas de
Jurisdicción Federal y sistemas de lagunas del Golfo de California, incluida la
costa occidental de
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Almeja blanca,
mantequilla, plato o talibana |
Dosinia ponderosa |
b) Indicadores de
la pesquería
A nivel regional, las capturas
de la almeja blanca han presentado una tendencia variable, principalmente en
Sonora, en donde se extrae el 80% del volumen total; en 2016 se presentó la
mayor captura con 549 toneladas. Para Baja California y Baja California Sur,
los registros de captura son recientes, a partir de 2017 y 2019,
respectivamente (Figura 1), por lo que aún no es posible detectar un patrón en
la tendencia de capturas. En Baja California, las mayores capturas se
presentaron en 2019 (81 toneladas) y en Baja California Sur y Sinaloa
únicamente se tiene un registro de 13 toneladas en el 2019 y de 910 toneladas
en 2020 (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de almeja blanca en Baja California
(BC), Baja California Sur (BCS), Sonora (SON) y Sinaloa (SIN), de 2000 al 2020.
Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
La temperatura y la
disponibilidad del alimento son los principales factores que controlan diversos
procesos biológicos en la almeja blanca. Particularmente, se ha reportado un
aumento en la intensidad del desove de la almeja blanca en condiciones cálidas
de temperatura del mar y una ligera disminución en los meses con las
temperaturas más bajas. Otros factores como la calidad ambiental en términos de
contaminación, afectan de manera negativa la condición fisiológica de la almeja
blanca.
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma
Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan
de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo
de acceso |
Sí |
Permiso
para pesca comercial de Almeja Blanca o Mantequilla. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla
mínima |
Sí |
80
milímetros de longitud de concha. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte
de pesca y método de captura |
Sí |
Extracción
manual con gancho, bolsa de malla llamada jaba y buceo semiautónomo tipo “Hooka”, a bordo de embarcación menor. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
Sí |
Cuota
de captura bianual por zona, con hasta un 30% del tamaño poblacional mayor a
la talla mínima de captura. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad
de pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda y con eslora máxima total de 10.5 metros,
equipada con compresor de aire y equipo de buceo semiautónomo tipo “hooka” y hasta tres pescadores (buzo, cabo de vida y
motorista). |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 15 embarcaciones. Baja
California Sur: 25 embarcaciones. Sonora:
67 embarcaciones. Sinaloa:
2 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona
de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de Baja California, Baja
California Sur y Sonora, definidas en los permisos de pesca comercial,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de la Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso
para pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechada al Máximo Sustentable.
Tácticas: Cuota de captura; control del esfuerzo pesquero; talla
mínima de captura; rotación de bancos; veda reproductiva; zona de refugio
pesquero.
f) Estatus
Sonora: Aprovechado al Máximo Sustentable.
Baja California y Baja California Sur: Indeterminado.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En zonas con estatus Indeterminado el esfuerzo pesquero se definirá en función de la disponibilidad del recurso
por zona, previo evaluación y opinión del INAPESCA, considerando criterios de
rentabilidad y administración del recurso, definidos por
iii. En el caso de solicitudes de permisos para pesca comercial en
nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con apoyo de los
solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y estimar una
cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la cuota total se
emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando la información
disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las pesquerías.
iv. La asignación de cuotas para los usuarios que ya cuentan con
permiso de pesca comercial, se realizarán bajo el siguiente procedimiento:
● Deberán
realizar una solicitud de cuota a
● Una
vez recibida la solicitud, el INAPESCA comunicará a
● Una
vez realizada la evaluación, el INAPESCA emitirá el dictamen técnico
correspondiente.
v. En el caso de que los estudios del INAPESCA determinen que
alguna población se ubique como deteriorada, el INAPESCA emitirá opinión
técnica con las recomendaciones y estrategias para su recuperación.
vi. Establecer vedas temporales para proteger el periodo
reproductivo en todas las zonas de pesca.
vii. Elaborar y publicar
viii. Instrumentar programas de ordenamiento y
manejo por sistema lagunar y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
ix. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca en lo
previsto en
x. Con el fin de garantizar la seguridad de los buzos, se
recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades menores de 30
metros, análogo a lo establecido en
3. Almeja
Catarina
a) Generalidades
La almeja catarina
se distribuye desde Isla de Cedros, Baja California, en el litoral Pacífico, y
en todo el Golfo de California hasta Paita en Perú. Presenta una concha dura,
oblicua y muy convexa entre mediana y grande, ligeramente más larga que alta,
con una altura máxima de 90 milímetros. Su coloración es variable con manchas
concéntricas que van de tonalidades blanco, gris, naranja marrón rojizo o
violeta. Habita sobre fondos arenosos y fangosos desde pocos metros de
profundidad hasta los 180 metros. La captura se lleva a cabo en la zona
noroeste del país, principalmente en los estados de Baja California, Baja
California Sur y Sonora. En la costa occidental de Baja California se captura
en
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Almeja
Catarina |
Argopecten ventricosus |
b) Indicadores de
la pesquería
La captura oficial de almeja catarina se registra en Baja California Sur (96.91%),
seguido de Sonora (3.08%) y Baja California (0.01%) (Figura 1). Las mayores
capturas en Baja California Sur se presentaron en la década de los 90´s, con
una tendencia ascendente hasta 2002 y descendente a partir de 2003 (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de almeja catarina
en Baja California (BC), Baja California Sur (BCS) y Sonora (SON), de 1978 al
2020. Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
La ocurrencia de periodos
anormalmente fríos en los centros de actividad biológica en Bahía Magdalena
favorece el incremento de las poblaciones de almeja catarina,
ya que contribuye al desarrollo de pastizales donde las larvas se fijan. El
incremento de la temperatura superficial del mar y el debilitamiento de la
corriente de California registrados en 2015 y 2016 afectaron el reclutamiento,
sobrevivencia y crecimiento de la almeja catarina en
Bahía Magdalena, Baja California Sur.
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma
Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA
Oficial Mexicana NOM-004-SAG/PESC-2015, Especificaciones para el
aprovechamiento de |
DOF:
06/10/2015 |
Plan
de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo
de acceso |
Sí |
Permiso
para pesca comercial de Almeja Catarina. |
Numeral
4.3 de (DOF:
06/10/2015) Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla
mínima |
Sí |
Dentro
de las zonas lagunarias que comprenden las lagunas
Manuela, Guerrero Negro o Estero San José, Ojo de Liebre, San Ignacio, los
canales y esteros de Puerto Adolfo López Mateos y |
Numerales
de 4.2.1, 4.2.2 de (DOF:
06/10/2015) |
Arte
de pesca y método de captura |
Sí |
Extracción
manual con bolsa de malla llamada jaba y buceo semiautónomo tipo “Hooka” a bordo de embarcación menor. |
Numeral 4.4.2
de (DOF:
06/10/2015) |
Veda |
Sí |
Veda
temporal del 15 de diciembre al 31 de marzo de cada año en aguas marinas de
jurisdicción federal de Baja California y Baja California Sur. |
AVISO
por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para
la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción
federal de los Estados Unidos Mexicanos (DOF: 16/03/1994) |
Cuota |
Sí |
Cuota
de captura variable por zona, con base en un 60% del tamaño mayor a la talla
mínima de captura. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad
de pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, equipada con compresor de aire y equipo de
buceo semiautónomo tipo “hooka” y hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). |
4.4.1 de (DOF:
06/10/2015) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 9 embarcaciones. Baja
California Sur: 376 embarcaciones. Sonora: 89 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona
de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de Baja California Sur,
Baja California y Sonora, definidas en los permisos de pesca comercial,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permisos
para pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura y tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de
captura; veda reproductiva; zona de refugio pesquero.
f) Estatus
Bahía Concepción, laguna de San Ignacio y laguna Ojo de
Liebre en Baja California Sur: En Deterioro.
Estero San José y Laguna Manuela, en Baja California: Aprovechado al Máximo
Sustentable.
Bahía Magdalena, Bahía Almejas y Esteros adyacentes a López
Mateos, en Baja California Sur: Aprovechado
al Máximo Sustentable.
Sonora, resto de Baja California y Baja California Sur: Indeterminado.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En zonas con estatus Indeterminado el
número de embarcaciones se definirá en función de la disponibilidad del recurso
por zona, previo evaluación y opinión del INAPESCA, considerando criterios de
rentabilidad y administración del recurso, definidos por
iii. La asignación de cuotas para los usuarios que ya cuentan con
permiso de pesca comercial, se realizarán bajo el siguiente procedimiento:
● Deberán
realizar una solicitud de cuota a
● Una
vez recibida la solicitud, el INAPESCA comunicará a
● Una
vez realizada la evaluación, el INAPESCA emitirá el dictamen técnico
correspondiente.
iv. En el caso de solicitudes de permisos para pesca comercial en
nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con apoyo de los
solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y estimar una
cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la cuota total se
emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando la información
disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las pesquerías.
v. En zonas con estatus Deteriorado, se deberán instrumentar
estrategias para la recuperación de sus poblaciones.
vi. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por sistema
lagunar y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
vii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca con base en
lo previsto en
viii. Con el fin de garantizar la seguridad de los
buzos, se recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades menores
de 30 metros, análogo a lo establecido en
4. Almeja
chocolata
a) Generalidades
La almeja chocolata
café se distribuye desde Laguna Ojo de Liebre, Baja California Sur (incluyendo
el Golfo de California), hasta las costas de Macora, Perú. Presenta
una concha de color café relativamente gruesa y alargada anteroposteriormente.
Habita sobre fondos arenosos y lodosos enterrada en el sedimento, a
profundidades de entre 1 y 15 metros cerca de la costa y hasta los 120 metros.
La almeja chocolata roja se distribuye desde
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Almeja chocolata café Almeja chocolata roja, almeja reina |
Megapitaria squalida Megapitaria aurantiaca |
b) Indicadores de
la pesquería
Las mayores capturas se
registran en Baja California Sur (representando el 81%), con una tendencia
ligeramente ascendente hasta el 2015 y descendente a partir de 2016 (Figura 1).
En Baja California, el mayor volumen de captura se presentó en 2001 (493
toneladas), pero los valores se han mantenido relativamente constantes de 2000
al 2020, con un promedio de 124 toneladas. En Sinaloa, al inicio del periodo
2000-2020, los valores de captura se presentaron entre 73 toneladas (2002) y
217 toneladas (2005) y han disminuido a partir del 2008 al 2020, donde la mayor
captura se observó en el 2009 (62 toneladas). Para el caso de Sonora, se ha
mantenido un promedio de 74 toneladas, a
lo largo del periodo 2013-2020 (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de almeja chocolata
en Baja California (BC), Baja California Sur (BCS), Sonora (SON) y Sinaloa
(SIN), de 2000 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
La temperatura y la
disponibilidad del alimento son los principales factores que controlan diversos
procesos biológicos en las especies de almeja chocolata.
La actividad reproductiva de almeja chocolata café se
ve afectada por una disminución de la temperatura del mar provocado por el
fenómeno de “
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Almeja Chocolata. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Golfo de
California: 64 milímetros
de longitud de concha para Megapitaria squalida en Baja California Sur y 80 milímetros en
Baja California. 97 milímetros
de longitud de concha para Megapitaria aurantiaca. Costa
Pacífico: 80 milímetros
de longitud de concha para Megapitaria squalida en Baja California y Baja California Sur. Sonora y Sinaloa: En función de
estudios del INAPESCA. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Extracción
manual con gancho y bolsa de malla llamada jaba y buceo semiautónomo tipo “Hooka” a bordo de embarcación menor. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
Sí |
(Megapitaria squalida):
Veda temporal del 1 de mayo del 2020 al 1 de mayo del 2022 En el sistema
lagunar Altata-Ensenada del Pabellón, en los
municipios de Navolato y Culiacán, Sinaloa. Megapitaria squalida: Veda
temporal del 1 de septiembre al 31 de diciembre de cada año en aguas marinas
de jurisdicción federal de |
ACUERDO por el
que se establece veda temporal para la captura de almeja chocolata
(Megapitaria squalida)
en el sistema lagunar Altata-Ensenada del Pabellón,
en los municipios de Navolato y Culiacán, Sinaloa. (DOF:
30/04/2020) ACUERDO por el
que se establece veda temporal para el aprovechamiento de Almeja Chocolata (Megapitaria squalida) en Bahía Magdalena-Almejas, Baja California
Sur. (DOF:
16/04/2021) |
Cuota |
Sí |
Cuota de
captura variable por especie y zona, con base en hasta un 15% del tamaño
poblacional para la especie Megapitaria aurantiaca y un 20% para Megapitaria squalida mayor a la talla mínima de
captura. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, equipada con compresor de aire y equipo de
buceo semiautónomo tipo “hooka” y hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). |
Dictamen técnico
del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 26 embarcaciones. Baja
California Sur: 191 embarcaciones. Sonora: 60
embarcaciones. Sinaloa: 13
embarcaciones. |
Registros de Permisos
y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el Sistema de
Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de Baja California Sur, Baja
California, Sonora y Sinaloa, definidas en los permisos de pesca comercial,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de la Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura y tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de
captura; rotación de bancos; veda reproductiva; zona de refugio pesquero.
f) Estatus
Estero San José y Laguna Manuela, en Baja California: Aprovechado al
Máximo Sustentable.
Bahía de
Sistema lagunar Altata-Ensenada
del Pabellón, en Sinaloa: Aprovechado al Máximo Sustentable.
Resto de Baja California, Baja California Sur, Sonora y
Sinaloa: Indeterminado.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En zonas con estatus Indeterminado el
esfuerzo pesquero se definirá en función de la disponibilidad del recurso por
zona, previo evaluación y opinión del INAPESCA, considerando criterios de
rentabilidad y administración del recurso, definidos por
iii. La asignación de cuotas para los usuarios
que ya cuentan con permiso de pesca comercial, se realizarán bajo el siguiente
procedimiento:
● Deberán
realizar una solicitud de cuota a
● Una
vez recibida la solicitud, el INAPESCA comunicará a
● Una
vez realizada la evaluación, el INAPESCA emitirá el dictamen técnico
correspondiente.
iv. En el caso de solicitudes de permisos para
pesca comercial en nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con
apoyo de los solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y
estimar una cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la
cuota total se emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando
la información disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las
pesquerías.
v. En el caso de que los estudios del
INAPESCA determinen que alguna población se ubique como Deteriorada, el
INAPESCA emitirá opinión técnica con las recomendaciones y
estrategias para su recuperación.
vi. Establecer vedas temporales para proteger
el periodo reproductivo en todas las zonas de pesca.
vii. Elaborar y publicar
viii. Instrumentar programas de ordenamiento y
manejo por sistema lagunar y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
ix. Implementar
un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado
veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en
x. Con el fin de garantizar la seguridad de
los buzos, se recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades
menores de 30 metros, análogo a lo establecido en
5. Almeja
concha espina
a) Generalidades
La almeja concha espina se
caracteriza por presentar una concha robusta con coloraciones que van desde
tonos rojizos, blancos y naranjas, las cuales presentan una serie de
prolongaciones (espinas o dientes) en ambas valvas. Estos organismos se agregan
en bancos con sustratos arenosos y rocosos a una profundidad de entre 11 y 16
metros. Se han observado en una densidad de 2 individuos/m2. Los organismos adultos alcanzan tallas arriba de 145 milímetros
de longitud de concha, son gonocóricos y presentan un
desarrollo planctotrófico. La captura de almeja
concha espina se realiza con embarcaciones menores de fibra de vidrio con motor
fuera de borda y un equipo de buceo semiautónomo con compresor tipo “hooka”. En cada embarcación, participan hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). La extracción se lleva a cabo de
manera manual con uso de un gancho y se utiliza una bolsa de malla denominada
“jaba” para la colecta de los organismos.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Almeja concha
espina, concha burra, almeja burra |
Spondylus crassisquama |
b) Indicadores de
la pesquería
La almeja concha espina se
captura únicamente en Baja California Sur, específicamente en el Sistema
Lagunar Ojo de Liebre y en las islas de Bahía de Loreto. El aprovechamiento de
la almeja concha espina inició en 2013 como una pesquería alterna en Laguna Ojo
de Liebre; en el caso de Loreto, recientemente se han otorgado permisos para su
aprovechamiento. Los registros de captura muestran un promedio de 177 toneladas
de peso entero de 2013 al 2019 y una captura máxima de 558 toneladas en el
2014. En 2020 no se registraron capturas debido al cierre de los mercados
(Figura 1). La tendencia de las capturas decreciente, están asociada al
posicionamiento del producto en el mercado, al ser una pesquería nueva (Figura
1).
Figura 1. Tendencia
de la captura de almeja concha espina (en peso entero) en Baja California Sur
(BCS), de 2013 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos ambientales
y cambio climático
Se ha reportado que la reproducción de esta
especie en
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Almeja Concha Espina. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
110 milímetros
de longitud de concha. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Buceo
semiautónomo tipo “hooka” con extracción manual
empleando una bolsa de malla llamada “jaba” y un gancho. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
Sí |
Cuota de
captura bienal por zona, con tasa de aprovechamiento variable. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, equipada con compresor de aire y equipo de
buceo semiautónomo tipo “Hooka” y hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California Sur: 63 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de Baja California Sur,
Baja California, Sonora y Sinaloa, definidas en los permisos de pesca
comercial, respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de la Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso
para pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechadas al Máximo Sustentable.
Tácticas: Cuota de captura; talla mínima de captura; rotación de
bancos; veda reproductiva.
f) Estatus
Laguna Ojo de Liebre e islas de Bahía de Loreto, en Baja
California Sur: Con potencial de desarrollo.
Resto de Baja California Sur y otras entidades federativas: Indeterminado.
g) Recomendaciones
de manejo
i. La posibilidad de incremento en el número
de embarcaciones en las zonas de pesca de Laguna Ojo de Liebre y zonas
insulares de Bahía de Loreto, Baja California Sur, estará en función de la
disponibilidad del recurso en esas zonas, previa evaluación y opinión del
INAPESCA, considerando criterios de rentabilidad y administración del recurso,
definidos por
ii. En el caso de solicitudes de permisos
para pesca comercial en nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con
apoyo de los solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y
estimar una cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la
cuota total se emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando
la información disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las
pesquerías.
iii. Establecer
vedas temporales para proteger el periodo reproductivo en todas las zonas de
pesca.
iv. Elaborar
y publicar
v. Instrumentar programas de ordenamiento y
manejo por sistema lagunar y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
vi. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca con base en lo previsto en
vii. Con
el fin de garantizar la seguridad de los buzos, se recomienda limitar las
actividades del buceo a profundidades menores de 30 metros, análogo a lo
establecido en
6. Almeja
generosa
a) Generalidades
La almeja generosa en México se
distribuye en la costa del Océano Pacífico desde Playas de Tijuana a Bahía
Magdalena, Baja California Sur, y en la costa del Golfo de California, desde el
Alto Golfo de California hasta el sistema estuarino-lagunar Altata-Ensenada
de Pabellón en Sinaloa, habita en sustratos blando arenosos, arcillosos y
areno-lodosos desde la zona intermareal hasta los 110 metros de profundidad. La
captura de almeja generosa se lleva a cabo en la zona noroeste del país,
principalmente en los estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora y
Sinaloa. En Baja California se captura en ambos litorales, teniendo un mayor
registro de capturas en la región de San Felipe en el Golfo de California. En
Baja California Sur, la principal zona de captura comercial es Bahía Magdalena.
En Sonora se captura en la zona comprendida de Bahía Lobos al Colorado y de
Puerto Lobos a Bahía Adair. En la operación de pesca se utilizan embarcaciones menores de fibra de vidrio con motor
fuera de borda y un equipo de buceo semiautónomo con compresor tipo “hooka” y una motobomba para el envío de
agua a presión para la remoción del sustrato y extracción manual empleando una
bolsa de malla denominada “jaba” para la colecta de los organismos. En cada
embarcación, participan hasta tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Almeja
generosa, almeja de sifón, almeja chiluda Almeja
generosa, globosa, almeja de sifón, almeja chiluda |
Panopea generosa Panopea globosa |
b) Indicadores de
la pesquería
La pesquería de almeja generosa
inició de manera formal en 2005. La mayor captura de la especie Panopea globosa se registra en Baja California
(60%), seguido de Sonora (24%) y Baja California Sur (16%) (Figura 1). Para
Baja California y Sonora se observa una tendencia variable, con periodos de
alta y baja de captura. En Baja California se observó una tendencia ascendente
hasta 2014. Posterior a ese año la tendencia ha sido estable. Para Panopea generosa, el total de la captura se
registra en Baja California (100%), con una tendencia estable desde 2015, con
alrededor de 900 toneladas por año (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de almeja generosa en Baja
California (BC), Baja California Sur (BCS) y Sonora (SON), de 2005 al 2020.
Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
Las condiciones ambientales en
las que se desarrolla el ciclo de vida de la almeja generosa del género Panopea indican
que es un organismo que se adapta y reproduce en el rango de entre 22 y 26 °C.
Temperaturas de 18 y 30 °C afectan de manera negativa el crecimiento y
desarrollo. En temperaturas de 14 a 16 °C el desarrollo embrionario es más
corto. En las costas del Pacífico noroeste se ha reportado que Panopea generosa alcanza la madurez sexual en
tres años cuando los organismos se encuentran en sitios con alimento y
temperatura óptima entre 12-14 °C. También se reporta que las salinidades de 36
ups influyen negativamente en el crecimiento de Panopea generosa. Modelos de reconstrucción ambiental de Panopea generosa en la península de Baja
California señalan que la variación en la temperatura superficial del mar está
relacionada directamente con el crecimiento individual del organismo,
provocando una disminución en sus atributos biológicos, tales como la
estructura de talla, edades y el crecimiento. La disminución de estos atributos
esenciales para su desarrollo biológico pueden ser la evidencia de condiciones
de estrés ambiental resultado de implicaciones ecológicas debido a los cambios
provocados por la variabilidad ambiental como
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma
Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA
Oficial Mexicana NOM-014-SAG/PESC-2015, Especificaciones para regular el
aprovechamiento de almeja generosa (Panopea generosa y Panopea globosa) en aguas de jurisdicción federal del
litoral del Océano Pacífico y Golfo de California. |
DOF:
25/06/2015 |
Plan
de Manejo Pesquero |
Sí |
Plan
de Manejo para Plan
de Manejo para |
ACUERDO por el que se da a conocer el Plan de
Manejo para (DOF: 23/03/2012) ACUERDO por el que se da conocer el Plan de Manejo
para (DOF:
07/11/2012) |
Tipo
de acceso |
Sí |
Permiso
para pesca comercial de Almeja Generosa. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36, Fracción III de |
Talla
mínima |
Sí |
Panopea globosa 130
milímetros de longitud de concha en el Alto Golfo de California hasta
Puertecitos en Baja California, Bahía Magdalena y Punta Eugenia en Baja
California Sur y Sonora. 115
milímetros de longitud de concha en Bahía de Los Angeles,
Baja California. Panopea generosa 100
milímetros de longitud de concha en la costa Pacífico de Santa Rosalillita Baja California. hasta Punta Eugenia en Baja
California Sur. 130
milímetros de longitud de concha en el resto de la zona. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte
de pesca y método de captura |
Sí |
Buceo
semiautónomo tipo “Hooka” con una motobomba para el
envío de agua a presión para la remoción del sustrato y extracción manual
empleando una bolsa de malla denominada “jaba” para la colecta de los
organismos a bordo. |
Numeral 4.3 de (DOF: 25/06/2015) |
Veda |
Sí |
Panopea globosa Veda
temporal del 25 de enero al 30 de abril de cada año en Bahía Magdalena, Baja
California Sur. |
ACUERDO por el que se establece veda temporal para
el aprovechamiento de Almeja Generosa (Panopea globosa) en Bahía Magdalena, Baja California Sur. (DOF:
16/04/2021) |
Cuota |
Sí |
Cuota
de captura variable por zona, con base hasta el 1% del tamaño mayor a la
talla mínima de captura. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad
de pesca |
Sí |
Embarcación
menor con un motor fuera de borda, con potencia nominal de hasta 85.76
kilowatts (equivalentes a 115 caballos de fuerza), un compresor de aire para
buceo semiautónomo (“hooka”) y una motobomba para
el envío de agua a presión para la remoción del sustrato para selección y
extracción manual de organismos. En la extracción solamente hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista) por embarcación. |
Numeral
4.3 de (DOF: 25/06/2015) Artículo 4, Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 229 embarcaciones. Baja
California Sur: 169 embarcaciones. Sonora:
44 embarcaciones. |
Registros de Permisos y Concesiones de Pesca
Comercial autorizadas y registradas en el Sistema de Administración Pesquera
en diciembre de 2021 |
Zona
de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de Baja California Sur,
Baja California, Sonora y Sinaloa, definidas en los permisos de pesca
comercial, respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de la Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso
para pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechadas al Máximo Sustentable.
Tácticas: Cuota de captura; control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; rotación de bancos; veda
reproductiva; zona de refugio pesquero.
f) Estatus
Costa Pacífico y Golfo de California de Baja California: Aprovechado al
Máximo Sustentable.
Bahía Magdalena en Baja California Sur: Aprovechado al
Máximo Sustentable.
Bahía Lobos al Colorado y de Puerto Lobos a Bahía Adair, en
Sonora: Aprovechado al Máximo Sustentable.
Sinaloa, resto de Baja California Sur y Sonora: Indeterminado.
g) Recomendaciones de
manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. La
asignación de cuotas para los usuarios que ya cuentan con permiso de pesca
comercial, se realizarán bajo el siguiente procedimiento:
● Deberán
realizar una solicitud de cuota a
● Una
vez recibida la solicitud, el INAPESCA comunicará a
● Una
vez realizada la evaluación, el INAPESCA emitirá el dictamen técnico
correspondiente.
iii. En el caso de solicitudes de permisos para
pesca comercial en nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con
apoyo de los solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y
estimar una cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la
cuota total se emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando
la información disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las
pesquerías.
iv. En
zonas con estatus indeterminado el número de embarcaciones se definirá en
función de la disponibilidad del recurso por zona, previo evaluación y opinión
del INAPESCA, considerando criterios de rentabilidad y administración del
recurso, definidos por
v. En el caso de que los estudios del
INAPESCA determinen que alguna población se ubique como Deteriorada, el
INAPESCA emitirá opinión técnica con las recomendaciones y estrategias para su
recuperación. Establecer vedas temporales para proteger el periodo reproductivo
en todas las zonas de pesca.
vi. Instrumentar programas de ordenamiento y
manejo por sistema lagunar y/o áreas definidas.
vii. Implementar
un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado
veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en
viii. Con el fin de garantizar la seguridad de los buzos, limitar las
actividades del buceo a profundidades menores de 30 metros, con base en lo
establecido en
7. Almeja
pata de mula
a) Generalidades
La almeja pata de mula de mangle
Anadara tuberculosa, se distribuye desde laguna
Ballenas en Baja California hasta el sur de Tumbes, Perú, habita en sustratos
fangosos y areno limosos en las zonas de manglar, específicamente enterrada en
el sustrato donde crecen las raíces de mangle, generalmente localizadas en la
zona intermareal de lagunas costeras con aguas someras. Por su parte, Larkinia grandis, se
distribuye desde Bahía Magdalena, incluyendo el Golfo de California, hasta el
sur de Tumbes, Perú, habita en
llanuras intermareales y algunas áreas submareales más allá de los bordes de
los manglares. De tal forma que las zonas que habitan estas especies, en una
etapa de su vida, facilitan el acceso para su extracción, la cual puede
llevarse de manera manual durante las mareas bajas. Larkinia multicostata, se distribuye desde Bahía
de Newport, California, incluyendo el Golfo de California, al sur de Panamá e
Isla Galapagos. En Baja California las principales
zonas de pesca son Estero San José y Laguna Manuela. En Baja California Sur, en
los interiores de Laguna Ojo de Liebre, Estero Los Borrachos, Estero
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Almeja pata de
mula de mangle, almeja negra Almeja
pata de mula de banco, ala de ángel Almeja pata de
mula |
Anadara tuberculosa Larkinia multicostata Larkinia grandis |
b) Indicadores de la pesquería
La mayor captura se registra en Baja
California Sur, el mínimo de captura se presentó en 2004 (42 toneladas), con
una tendencia ascendente hasta el 2012 (813 toneladas) y posteriormente una
tendencia descendente. En Sinaloa, se observa una tendencia ascendente, con una
caída en la captura en 2019 (83 toneladas). En Baja California, la captura se
mantuvo estable del 2000 al 2020, con un pico máximo de captura en 2018 (169
toneladas) (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de almeja pata de mula en Baja
California (BC), Baja California Sur (BCS) y Sinaloa (SIN), de 2000 al 2020.
Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
Para las poblaciones de Anadara tuberculosa, se ha documentado que la
disponibilidad de nutrientes condiciona la frecuencia de organismos en fase de
desarrollo y el incremento en la temperatura favorece la fase de madurez.
Asimismo, se ha reportado que es una especie con ambientes salinos entre 24 a
25 ppm, también que a salinidades bajas esta especie presenta problemas de
reproducción y desarrollo gonadal, lo cual implica una poca o nula
reproducción. A su vez, también destaca que para una mejor producción las
condiciones de oxígeno son de 3,5 a 4 mg/L y de pH entre 7,6 a 8. Por su parte,
Larkinia multicostata
presenta una relación directa de la madurez gonádica con el aumento de
temperatura.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Almeja Pata de Mula. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Anadara tuberculosa
60 milímetros de longitud de concha en todos los estados. Larkinia multicostata
75 milímetros de longitud de concha en todos los estados. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Buceo
semiautónomo tipo “Hooka”, con colecta manual y uso
de rastrillos en bahías y lagunas costeras. En manglar, colecta
manual. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
Sí |
Cuota
de captura bienal (por especie, por zona). Tasa de
aprovechamiento anual del 20% al 30% por arriba de la talla mínima de captura
para cada especie. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda y un equipo de buceo semiautónomo con
compresor, tipo “hooka”, con hasta tres pescadores
motorista, cabo de vida y buzo. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 5 embarcaciones. Baja
California Sur: 63 embarcaciones. Sonora: 1
embarcación. Sinaloa: 112
embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el Sistema
de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de Baja California, Baja
California Sur, Sonora y Sinaloa, definidas en los permisos de pesca
comercial, respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y sus programas de manejo y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategias: Cuota de captura y tasa de aprovechamiento.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; rotación de
bancos; zonas de refugio; veda reproductiva temporal.
f) Estatus
Estero San José y Laguna Manuela, Baja California: Aprovechado al Máximo
Sustentable.
Complejo lagunar Bahía Magdalena, Bahía Almejas y canales y esteros de
López Mateos, y laguna San Ignacio, Baja California Sur: Aprovechado al Máximo
Sustentable.
Sinaloa:
Aprovechado al Máximo Sustentable
Sonora y Resto de Baja California: Indeterminado
g) Recomendaciones de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En zonas con estatus Indeterminado, el número de embarcaciones
se definirá en función de la disponibilidad del recurso por zona, previo
evaluación y opinión del INAPESCA, considerando criterios de rentabilidad y
administración del recurso, definido por
iii. En el caso de solicitudes de permisos para pesca comercial en
nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con apoyo de los
solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y estimar una
cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la cuota total se
emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando la información
disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las pesquerías.
iv. En el caso de que los estudios del INAPESCA determinen que
alguna población se ubique como Deteriorado, el INAPESCA emitirá opinión
técnica con las recomendaciones y estrategias para su recuperación.
v. Elaborar
y publicar
vi. Instrumentar
programas de ordenamiento y manejo por sistema lagunar y/o áreas definidas, con base en lo previsto en
vii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca con base en
lo previsto en
8. Almeja roñosa
a) Generalidades
Las almejas roñosas poseen una concha que se caracteriza por presentar
una ornamentación con una serie de costillas, las cuales forman laminillas
concéntricas delgadas. Presenta una forma moderadamente comprimida, con tonos
blancos, amarillos y cremosos. Al igual que otros bivalvos, se alimenta
principalmente de fitoplancton por medio de filtración. En adultos, las tallas
oscilan entre 4 y 7 centímetros de longitud de concha. La distribución varía
dependiendo de la especie, pero de manera general se encuentran en la costa
occidental de
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre científico |
Almeja roñosa, arrocera, chirla |
Chione californiensis |
Almeja roñosa |
Chione undatella |
Almeja roñosa, negra |
Chionista fluctifraga |
Almeja roñosa, china |
Chionopsis gnidia |
b) Indicadores
de la pesquería
La
captura de la almeja roñosa en Sinaloa se incrementó hasta 2017 (1,626
toneladas), sin embargo, en los últimos tres años se presentó una tendencia
descendente, y en 2020 la captura fue mínima debido
al cierre de los mercados. En Baja California Sur, a partir de 2012 se
presentó una tendencia descendente. En Baja California, se tienen registros de
captura a partir del 2013, en donde las capturas se han mantenido estables, con
un máximo en 2016 (256 toneladas). En Sonora, los registros se presentan desde
el 2014 con capturas máximas en 2018 (86 toneladas) (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de almeja roñosa en Baja California (BC),
Baja California Sur (BCS), Sonora (SON) y Sinaloa (SIN), de 2000 al 2020.
Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
La
temperatura y la disponibilidad del alimento son los principales factores que
controlan diversos procesos biológicos en las especies de almeja roñosa. La
almeja roñosa (Chione californiensis) se ha reportado un crecimiento
estacional que se interrumpe en invierno. También, en esta especie, el
incremento de la temperatura del mar por efecto del fenómeno de “El Niño”
favorece los desoves y la disminución de la temperatura provocada por “
d) Normatividad
e instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para pesca comercial de Almeja Roñosa. |
Opinión técnica del INAPESCA Artículo 36, Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Para Baja California, Baja California Sur, Sonora y Sinaloa: 45 milímetros de longitud de concha para Chione californiensis. 57 milímetros de longitud de concha para Chione
undatella. 35 milímetros de longitud de concha para Chionista fluctifraga. 65 milímetros de longitud de concha para Chionopsis gnidia. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Extracción manual con gancho y bolsa de malla llamada jaba y buceo
semiautónomo tipo “Hooka” a bordo de embarcación
menor. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
Sí |
Cuota de captura bienal (por recurso, zona) con previa solicitud del
usuario a través de Tasa: hasta un 30% del tamaño de la población mayor a la talla
mínima de captura, en función del estatus del recurso. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación menor con motor fuera de borda,
equipada con compresor de aire y equipo de buceo semiautónomo tipo “hooka” y hasta tres pescadores (buzo, cabo de vida y
motorista). |
Dictamen técnico del INAPESCA Artículo 4, Sección XVII de |
Esfuerzo nominal autorizado |
Sí |
Baja California: 1 embarcación. Baja California Sur: 5 embarcaciones. Sonora: 13 embarcaciones. Sinaloa: 19 embarcaciones. . |
Registros de Permisos y Concesiones de Pesca
Comercial autorizadas y registradas en el Sistema de Administración Pesquera
en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y sistemas
lagunares de Baja California Sur, Baja California, Sonora y Sinaloa,
definidas en los permisos de pesca comercial, respetando los lineamientos de
los Programas de Manejo de la Areas Naturales
Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero publicadas en el DOF. |
Permiso para pesca comercial, Decretos de
Declaración de Areas Naturales Protegidas y Zonas
de Refugio Pesquero |
e) Estrategias
y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población Aprovechadas al
Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Cuota de captura; control de esfuerzo pesquero; talla de mínima de
captura; rotación de bancos; veda reproductiva; zona de refugio pesquero.
f) Estatus
San Felipe, Baja California: Aprovechado al Máximo Sustentable.
Bahía Magdalena, Baja California
Sur: Aprovechado al Máximo Sustentable.
Sinaloa: Aprovechado al Máximo Sustentable.
Resto de Baja California, Baja California Sur
y Sonora: Indeterminado.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En
zonas con estatus Indeterminado el número de embarcaciones se definirá en
función de la disponibilidad del recurso por zona, previo evaluación y opinión
del INAPESCA, considerando criterios de rentabilidad y administración del
recurso, definidos por
iii. En el caso de solicitudes de permisos para
pesca comercial en nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con
apoyo de los solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y
estimar una cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la
cuota total se emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando
la información disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las
pesquerías.
iv. En
el caso de que los estudios del INAPESCA
determinen que alguna población se ubique como Deteriorado, el INAPESCA emitirá
opinión técnica con las recomendaciones y estrategias para su recuperación.
v. Establecer vedas
temporales para proteger el periodo reproductivo en todas las zonas de pesca.
vi. Elaborar y publicar
vii. Instrumentar
programas de ordenamiento y manejo por sistema lagunar y/o áreas definidas,
conforme a lo previsto en
viii. Implementar
un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado
veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en
9. Botete
a) Generalidades
El botete
(Sphoeroides annulatus) se
distribuye a lo largo de la costa del Pacífico, incluyendo golfo de California.
A lo largo de la costa de Sinaloa, a partir de febrero a junio, se registran
grandes agrupaciones de reproductores de botete para
desovar en aguas someras, cercanas a la costa y a las lagunas costeras, las
cuales son aprovechadas por los pescadores de las flotas menor y mayor para
dirigir su esfuerzo en esta área. Se captura principalmente en la franja
costera de zonas arenosas y rocosas, y en menor cantidad dentro de las lagunas
costeras y en mar abierto. Se utilizan embarcaciones menores con motor fuera de
borda o impulsados con remo, usando anzuelo y robador, del número 17 o 18.
También forman parte de las capturas de la fauna de acompañamiento de camarón
de ambas flotas, la menor (artesanal) y la mayor (industrial). En Baja California Sur en Bahía Magdalena la maniobra se hace con
red de enmalle y se le conoce como “chinchorro botetero”,
el cual es un tipo de red de enmalle de aproximadamente 320 metros de largo,
equipada con una red de pesca o bolsa en un extremo y similar al copo de las
redes de arrastre costeras utilizado en la región para la pesca del camarón.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Botete, botete diana, tambor
y tamborillo |
Sphoeroides annulatus |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Botete narizón Botete peruano |
Sphoeroides lobatus Sphoeroides sechurae |
b) Indicadores de
la pesquería
En el periodo 2004-2020, los estados
de mayor contribución en capturas son: Baja California Sur con 43.5% y Sinaloa
con 43.8%, Sonora 7.5% y Nayarit 3.8% (Figura 1). La captura promedio
desembarcada en la costa del Pacífico fue 874 toneladas, en Baja California Sur
de 380 toneladas, para Sinaloa de 382 toneladas, en Sonora de 65 toneladas y
para Nayarit de 32 toneladas (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de botete en Baja California Sur
(BCS), Sonora (SON), Sinaloa (SIN) y Nayarit (NAY), de 2004 al 2020. Fuente:
CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
En proceso de evaluación.
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de escama marina. |
Opinión
técnica del INAPESCA, Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
No |
En proceso de
elaboración. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de captura |
No |
En proceso de
elaboración. Robador,
anzuelo del 17 o 18 Chinchorro botetero Trampas para
peces |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, con dos tripulantes a bordo. |
Dictamen técnico
del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
No |
No existen
permisos o concesiones específicas para pesca comercial de botete (amparado por el permiso de pesca comercial de
escama marina en la región). |
|
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal del Litoral del Pacífico. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población Aprovechadas al
Máximo Sustentable.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura;
regulación en el arte y métodos de pesca (NOM-064-SAG/PESC/SEMARNAT-2013);
suspensión de actividades de pesca por área y/o tiempo (zonas de refugio
pesquero, polígonos de concesión pesquera).
f) Estatus
El recurso de botete en el Pacífico mexicano se encuentra aprovechado
en el Máximo Sustentable (Figura 2).
Figura 2. Estatus del stock de la población de botete
en el Pacífico mexicano.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. Elaborar y publicar
iii. Elaborar el Plan de Manejo Pesquero del botete.
iv. Proponer una talla y/o peso mínimo para el botete (Sphoeroides annulatus) >250 milímetros de longitud total.
v. Establecer una veda temporal.
vi. Respetar lo dispuesto en
vii. Fomentar y promover la creación de
herramientas de conservación y protección compatibles con el medio ambiente,
como la instalación de arrecifes artificiales de materiales no contaminantes,
protección de manglar, zonas de refugio pesquero y concesión pesquera.
viii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca con base en
lo previsto en
10. Callo de hacha
a) Generalidades
En la pesquería de callo hacha
del Pacífico mexicano se aprovechan cuatro especies: hacha larga (Pinna
rugosa), hacha botijona (Atrina tuberculosa), hacha china (Atrina maura) y hacha lisa (Atrina oldroydii).
Estos bivalvos presentan un músculo abductor posterior de gran tamaño, el cual
es conocido como “callo” y constituye la porción comercializable de estos
organismos. Las hachas viven semienterradas, en bahías y lagunas costeras,
sobre fondos blandos constituidos de arena fina y limo-arcilla, a profundidades
que van de 0.5 a 15 metros, donde se alimentan por medio de la filtración de
partículas de fitoplancton. Son moluscos dominantes en la comunidad bentónica
de los sitios que habitan, en donde forman densos bancos de tamaño y
persistencia variable. La captura de callo de hacha se lleva a cabo en la zona
noroeste del país, particularmente en los estados de Baja California, Baja
California Sur y Sonora. En Baja California, la pesquería de callo de hacha se
lleva a cabo en las zonas que comprenden de San Felipe a Puertecitos y en
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Hacha china,
callo media luna Hacha larga,
callo redondo Hacha
botijona, callo riñón Hacha lisa,
hacha negra |
Atrina maura Pinna rugosa Atrina tuberculosa Atrina oldroydii |
b) Indicadores de
la pesquería
La mayor captura de callo de
hacha se registra en Sonora (59%), con tendencia ascendente, pero variable a
través del periodo 2000 al 2020. En Baja California Sur, el mayor volumen de
captura se presentó en 2009 (313 toneladas); a partir del 2011 los valores se
han mantenido relativamente constantes hasta el 2020, con un promedio de 124
toneladas. En Baja California, las mayores capturas se presentaron en 2016 y
2018 (802 toneladas y 742 toneladas, respectivamente); en 2020 se presentó una
drástica caída en el volumen extraído (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de callo de hacha en Baja California
(BC), Baja California Sur (BCS) y Sonora (SON), de 2000 al 2020. Fuente:
CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
En Atrina maura, la duración e
intensidad de las fases del ciclo reproductivo dependen de la variabilidad
estacional de la temperatura; mientras que el desove depende de no rebasar un
umbral de temperatura (25 °C). El crecimiento gonádico en Pinna rugosa y Atrina
tuberculosa está influenciado principalmente por la temperatura del agua,
sugiriendo que la producción de gametos es estimulada por los incrementos
estacionales de esa variable ambiental.
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso y/o
concesión para pesca comercial de Callo de Hacha. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Atrina maura y Atrina tuberculosa 140 milímetros
de longitud de concha (“ancho de boca”) Pinna rugosa y Atrina oldroydii. 150 milímetros
de longitud de concha (“ancho de boca”) |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Extracción
manual con gancho de fabricación casera y bolsa de malla llamada jaba y buceo
semiautónomo tipo “Hooka” a bordo de embarcación
menor. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
Sí |
Callo de hacha
(Pinna rugosa, Atrina maura, Atrina oldroydii y
Atrina tuberculosa): Veda temporal del 1 de
julio al 30 de noviembre de cada año, en Callo de hacha
(Pinna rugosa y Atrina maura): Veda temporal del 1 de abril al 31 de julio de cada año,
en aguas marinas de jurisdicción federal de Bahía Magdalena-Almejas, en Baja
California Sur. |
ACUERDO por el
que se establece veda temporal para la captura de callo de hacha (Pinna rugosa, Atrina maura, Atrina oldroydii y
Atrina tuberculosa), en (DOF:
22/05/2018) ACUERDO por el
que se establece veda temporal para el aprovechamiento de callo de hacha (Pinna rugosa y Atrina maura) en aguas marinas de jurisdicción federal de Bahía
Magdalena-Almejas, Baja California Sur. (DOF:
10/02/2021) |
Cuota |
Sí |
Cuota de
captura variable por especie y zona, con hasta un 25% del tamaño poblacional
mayor a la talla mínima de captura. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, equipada con compresor de aire y equipo de
buceo semiautónomo tipo “hooka” y hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 131 embarcaciones. Baja
California Sur: 210 embarcaciones. Sonora: 194
embarcaciones. Guerrero: 21
embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de Baja California, Baja
California Sur y Sonora, definidas en los permisos de pesca comercial,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de la Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura y tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de
captura; rotación de bancos; veda reproductiva; zonas de refugio pesquero.
f) Estatus
Baja California, Baja California Sur y Sonora: Aprovechado al
Máximo Sustentable.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. La asignación de cuotas para los usuarios que ya cuentan con
permiso de pesca comercial, se realizarán bajo el siguiente procedimiento:
● Deberán realizar una solicitud de cuota a
● Una vez recibida la solicitud, el INAPESCA
comunicará a
● Una vez realizada la evaluación, el INAPESCA
emitirá el dictamen técnico correspondiente.
iii. En el caso de que los estudios del
INAPESCA determinen que alguna población se ubique como Deteriorado, el
INAPESCA emitirá opinión técnica con las recomendaciones y estrategias para su
recuperación.
iv. Establecer vedas temporales para proteger
el periodo reproductivo en todas las zonas de pesca.
v. Elaborar y publicar
vi. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por sistema
lagunar y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
vii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca con base en
lo previsto en
viii. Con el fin de garantizar la seguridad de los
buzos, se recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades menores
de 30 metros, análogo a lo establecido en
11. Caracol chino
a) Generalidades
Los caracoles chinos (Muricanthus nigritus y Phyllonotus erythrostomus) son
gasterópodos marinos que presentan prolongaciones a manera de picos cortos en
sus conchas. Presentan líneas transversales de color rosado o negro de acuerdo
a la especie y cuentan con un opérculo que protege el cuerpo blando del
organismo. El caracol chino es considerado un depredador que se alimenta de
bivalvos, principalmente de mejillones y almejas pequeñas. Los organismos
adultos alcanzan una talla de 85 a 95 milímetros. Habitan principalmente en el
litoral del Pacífico mexicano. Se encuentran en profundidades de algunos pocos
centímetros hasta 60 metros, principalmente en sustratos como arena, lodo y
grava. El caracol chino alcanza la madurez sexual entre los 2 a 3 años de edad,
presentando su periodo reproductivo en los meses de mayo y agosto. Estos
organismos forman grandes aglomeraciones reproductivas de miles de organismos
donde desovan y los embriones son incubados en cápsulas (las cuales asemejan
“flores”) durante un periodo de 18 a 31 días. Después de ello, emergen larvas
que se alimentan de fitoplancton y en alrededor de 1 año, se convierten en
juveniles con una talla aproximada de 60 milímetros. Estas aglomeraciones
facilitan la visualización de los caracoles y por lo tanto, es cuando se lleva
a cabo la captura comercial. La captura de caracol chino negro (Muricanthus nigritus) se realiza mediante buceo, mientras que el caracol chino
rosa (Phyllonotus erythrostomus) se captura con trampas. Para la captura del caracol chino
rosa la unidad de pesca consta de embarcación menor equipada con motor fuera de
borda, participan dos pescadores (marinero y motorista), jaba de plástico y
trampas tipo Chesapeake. Para caracol chino negro, se usa una embarcación menor
(panga), con motor fuera de borda y equipo de buceo con compresor (tipo “hooka”). Participan de dos a cuatro pescadores: uno como
motorista o “popero o bombero”, otro como cabo de vida y buzo.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Caracol chino
negro Caracol chino
rosa |
Muricanthus nigritus Phyllonotus erythrostomus |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Jaiba verde,
café Jaiba azul Cochito |
Callinectes bellicosus Callinectes arcuatus Balistes polylepis |
b) Indicadores de
la pesquería
Dentro de las entidades donde se
captura el caracol chino, del 2000 al 2020, Sonora representa el estado con
mayor volumen de captura (91.4%), seguido de Sinaloa (5,9%), Baja California
Sur (2.5%) y Baja California (0.1%) (Figura 1). En Sonora, la pesquería de
caracol chino es de gran importancia social y económica, siendo una de las de
mayor peso desembarcado en la entidad; el promedio de extracción de caracol
chino es de 2,228 toneladas en los últimos 20 años, siendo el 2012 y 2013 los
periodos en los cuales se han extraído la mayor cantidad de recurso con 5,800 y
5,207 toneladas, respectivamente (Figura 1). En Baja California, el
aprovechamiento comercial de caracol chino se ha registrado solo en las costas
del litoral del Golfo de California, siendo una alternativa cuando otros
recursos de mayor demanda escasean, y su aprovechamiento se realiza entre los
meses de mayo a agosto. De acuerdo a las capturas oficiales en los últimos diez
años la pesquería de este recurso en Baja California ha presentado altibajos,
reportando el año 2015 como el más productivo con aproximadamente 13 toneladas
peso entero vivo. En Baja California Sur, el mayor registro de captura fue en
el 2019 con 599 toneladas en peso entero. En Sinaloa, también existen registros
importantes en los últimos siete años, el promedio de las capturas es de
alrededor de las 376 toneladas (Figura 1).
Figura 1. Tendencia
de la captura de caracol chino en Baja California (BC), Baja California Sur
(BCS), Sonora (SON) y Sinaloa (SIN), de 2000 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
Se ha documentado que, durante el invierno,
la mayoría de los caracoles se mantienen inactivos y permanecen enterrados
cerca de las zonas rocosas y muchos caracoles regresan al mismo sitio a reproducirse
cada año e inician la formación de agregaciones reproductivas, conocidas como
“bultos” por los pescadores. En este tiempo los caracoles se aparean por
fertilización interna y la hembra coloca los huevos en cápsulas sobre la concha
de otros caracoles (tanto machos como hembras). Se ha reportado que algunas de
estas aglomeraciones reproductivas se posicionan entre los 22 a 31°C de
temperatura del agua con una proporción hembra-macho cercana a 1:1. La
temperatura superficial del mar y los intercambios de marea, influyen en las
poblaciones del caracol chino rosa y negro. En el periodo de mayo a agosto la
temperatura superficial del mar en
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Caracol Chino. |
Opinión
técnica del INAPESCA, Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
90 milímetros
de longitud de concha para Muricanthus nigritus y Phyllonotus erythrostomus. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Caracol chino
negro: Extracción manual y buceo semiautónomo tipo “hooka”. Caracol chino
rosa: trampas Chesapeake en Sonora y en Baja California trampas cebadas de
dimensiones y material variable. En Baja California Sur, extracción manual y
buceo semiautónomo tipo “hooka”. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
Sí |
Cuota anual de
captura por zona, con tasa de aprovechamiento variable. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de
pesca |
Sí |
Para caracol chino
rosa la unidad de pesca consta de embarcación menor equipada con motor fuera
de borda, participan dos pescadores (marinero y motorista), jaba de plástico
y trampas tipo Chesapeake. Para caracol
chino negro, se usa una embarcación menor (panga), con motor fuera de borda y
equipo de buceo con compresor (tipo “hooka”).
Participan de dos a cuatro pescadores: uno como motorista o “popero” o
“bombero”, otro como cabo de vida y buzo. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 13 embarcaciones. Baja
California Sur: 13 embarcaciones. Sonora: 441
embarcaciones. Sinaloa: 132
embarcaciones. Guerrero: 8
embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de Baja California Sur,
Baja California, Sonora y Sinaloa, definidas en los permisos de pesca
comercial, respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de la Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso
para pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la
población Aprovechadas al Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Cuota de captura; control del esfuerzo pesquero; talla de
mínima de captura; rotación de bancos; veda reproductiva; zona de refugio
pesquero.
f) Estatus
Sonora:
Aprovechado al Máximo Sustentable.
Canales y esteros de López Mateos, Baja California Sur: Aprovechado al Máximo
Sustentable.
Baja California, resto de Baja California Sur y Sinaloa: Indeterminado.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En zonas con estatus Indeterminado el
número de embarcaciones se definirá en función de la disponibilidad del recurso
por zona, previo evaluación y opinión del INAPESCA, considerando criterios de
rentabilidad y administración del recurso, definidos por
iii. En el caso de solicitudes de permisos para pesca comercial en
nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con apoyo de los solicitantes
realizarán una prospección para ubicar los bancos y estimar una cuota
preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la cuota total se
emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando la información
disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las pesquerías.
iv. Establecer vedas temporales
para proteger el periodo reproductivo en las zonas de pesca.
v. Elaborar y publicar
vi. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por zona de
pesca y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
vii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca con base en
lo previsto en
viii. Con el fin de garantizar la seguridad de los
buzos, se recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades menores
de 30 metros, análogo a lo establecido en
12. Caracol panocha
a) Generalidades
El caracol panocha (Megastraea undosa) y caracol turbante (Megastraea turbanica) son herbívoros oportunistas, con altas tasas de crecimiento y
fecundidad, lo cual los hace un recurso atractivo para la explotación. Son
especies típicas de mares templados y se distribuyen en el hemisferio norte,
desde Punta Concepción, California, Estados Unidos de América, hasta Bahía
Magdalena, Baja California Sur, México. La captura del caracol panocha en
México se realiza en la costa occidental de
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Caracol
panocha |
Megastraea undosa |
Caracol
turbante |
Megastraea turbanica |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Erizo rojo |
Strongylocentrotus franciscanus |
Erizo morado |
Strongylocentrotus purpuratus |
Pepino de mar |
Parastichopus parvimensis |
Concha lapa |
Megathura crenulata |
Caracol
tornillo, |
Kelletia kelletii |
Caracol turbo
o burgado |
Turbo fluctuosus |
Abulón (Azul,
Amarillo, Negro, Chino y Rojo) |
Haliotis spp. |
b) Indicadores de
la pesquería
La mayor captura se obtiene en Baja
California Sur, con una tendencia ascendente de 2000 al 2011, seguida de una
disminución continua hasta el 2020. En Baja California la tendencia es
irregular, altibajos entre el 2000 y 2013, y una caída abrupta en 2014,
posiblemente debido a mortalidades asociadas a factores ambientales (Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura de caracol panocha en Baja California (BC) y Baja
California Sur (BCS), de 2000 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
Las diferencias en talla y edad del caracol
panocha a lo largo de la península de Baja California, muestran un gradiente
latitudinal y se han relacionado con la temperatura debido a que ésta afecta el
alimento de dichos organismos. También se ha observado que el aumento de la
tasa metabólica probablemente se debe al aumento de las temperaturas, que junto
con la disponibilidad o la disminución en la calidad del alimento pueden
ocasionar efectos negativos sobre el crecimiento en peso. El caracol panocha es
altamente susceptible a variabilidad ambiental y cambios en la temperatura del
agua. Entre 2013 y 2015 se originó un fenómeno oceanográfico denominado "
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso
para pesca comercial o concesión de Caracol panocha. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
90 milímetros Megastraea undosa y 100 milímetros para Megastraea turbanica. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de pesca |
Sí |
Extracción
manual con bolsa de malla llamada “jaba”. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
Sí |
Del 01 de
noviembre al 28 de febrero de cada año. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Cuota |
Sí |
Cuota de
captura anual (por zona y banco), previa
solicitud del usuario a través de |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, equipada con compresor de aire y equipo de
buceo semiautónomo tipo “Hooka” y hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 149 embarcaciones. Baja
California Sur: 161 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal en |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero. |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento por cuota de captura por zona y banco.
Tácticas:
Control del esfuerzo pesquero; veda reproductiva; talla mínima de captura.
f) Estatus
Baja California Sur: Aprovechado al Máximo
Sustentable.
Baja California: Deteriorado.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. La asignación de cuotas para los usuarios
que ya cuentan con permiso de pesca comercial, se realizarán bajo el siguiente
procedimiento:
● Deberán realizar una solicitud de cuota a
● Una vez recibida la solicitud, el INAPESCA
comunicará a
● Una vez realizada la evaluación, el INAPESCA
emitirá el dictamen técnico correspondiente.
iii. Elaborar y publicar
iv. Instrumentar el programa de ordenamiento y
manejo conforme a
lo previsto en
v. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en
vi. Con el fin de garantizar la seguridad de los buzos, se
recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades menores de 30
metros, análogo a lo establecido en
13. Cucaracha
de mar
a) Generalidades
La cucaracha de mar o quitón (Chiton articulatus)
se captura principalmente en las costas rocosas de los estados de Sinaloa,
Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Guerrero y Oaxaca, incluyendo islas e
islotes cercanos (Isla Pájaros, Isla Venados, Sinaloa; Las Islitas, Isla
Isabel, Islas Marías, Islas Marietas en Nayarit; Islas Revillagigedo, Colima).
Las maniobras de pesca consisten en dos maneras; la primera es por acceso a
áreas de captura por vía terrestre y/o embarcaciones menores de madera
o fibra de vidrio, propulsada por remo o motor fuera de borda con dos
pescadores (pescador y timonero). La extracción es de forma manual, con ayuda
de una varilla de acero (aproximadamente 80 centímetros de longitud, con un
extremo afilado y el otro extremo envuelto de tiras de caucho), con el objeto de desprenderlos de las rocas por punción
directa al cuerpo del animal o si la marea es suficientemente baja, haciendo
palanca entre el pie del organismo y el sustrato; siendo depositados en
morrales de plástico.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre científico |
Cucaracha
de mar, lengua de perro, cañitas |
Chiton articulatus |
b) Indicadores de
la pesquería
La captura de cucaracha de mar (Chiton articulatus)
se realiza en las costas de Mazatlán, Sinaloa, Cruz de Huanacaxtle, Nayarit,
Acapulco, Guerrero y Puerto Angel, Oaxaca. Es una actividad de subsistencia y
complemento alimenticio de diversos grupos que realizan de manera temporal o
complementaria a otras actividades debido a que utilizan el pie como carnada
para la pesca artesanal, y cuando la pesca de otros recursos es escasa. Se
tiene conocimiento evidente de la existencia de un patrón en la pesca de esta
especie a través del tiempo, lo que se refleja en la consistencia de las
cantidades, tamaños y pesos de los ejemplares capturados en ciertas fechas o
temporadas (Figura 1).
Figura 1. Frecuencia de tallas de cucaracha de mar (Chiton articulatus) por estado del Pacífico
mexicano.
c) Efectos ambientales
y cambio climático
La cucaracha de mar (Chiton articulatus)
es un organismo ectotermo, y se ha indicado que presenta plasticidad en sus
rasgos de historia de vida (reproducción y crecimiento). Particularmente el
crecimiento se acelera durante temporadas climáticas cálidas y se tiene
conocimiento que presenta un patrón de crecimiento (tamaño de la población,
número de grupos de tamaño y de cohortes, tasa de crecimiento y longevidad)
divergente entre año frío y año cálido.
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Cucaracha de mar. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Punzón
o varilla de acero (aproximadamente 80 centímetros de longitud, con un
extremo afilado y el otro extremo envuelto de tiras de caucho). La extracción
deberá realizarse manualmente. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con remos o motor fuera de borda. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de (DOF: 19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Guerrero: 22
embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal de Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán,
Guerrero y Oaxaca, definidas en los permisos de pesca comercial, respetando
los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y sus programas de manejo y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechadas al Máximo Sustentable.
Tácticas: Cuota de captura; control del esfuerzo pesquero; talla
mínima de captura; rotación de bancos; veda temporal.
f) Estatus
Indeterminado.
i. En todas las zonas el esfuerzo de pesca se determinará en
función de la disponibilidad del recurso por zona, previo evaluación y opinión
del INAPESCA, considerando criterios de rentabilidad y administración del
recurso, definido por
ii. Asignar permisos exclusivos para la
especie cucaracha de mar (Chiton articulatus).
iii. Establecer vedas temporales para proteger
el periodo reproductivo en todas las zonas de pesca.
iv. Elaborar y publicar
v. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por áreas
definidas, conforme a lo previsto en
vi. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en
14. Curvina
golfina
a) Generalidades
La curvina golfina es una
especie endémica del Golfo de California con hábitos demersales
y un amplio espectro trófico. Alcanza una longitud máxima de 80 centímetros y
puede llegar a vivir hasta 9 años. La pesca se realiza en aguas marinas de
Jurisdicción Federal del
Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. La
unidad de pesca consiste en embarcaciones de tipo panga de fibra de vidrio
menor a 10 metros de eslora, equipadas con
motor fuera de borda de 60 a 120 caballos de fuerza. Participan tres pescadores
y se opera el arte de pesca “Sistema de Pesca de Encierro”, el cual consiste en
rodear el cardumen con la red simulando un encierro.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Curvina
golfina |
Cynoscion othonopterus |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Chano norteño Corvina enana Corvina
blanca, cabicucho Corvina rayada Sierra del
Pacífico |
Micropogonias megalops Cynoscion nannus Atractoscion nobilis Cynoscion reticulatus Scomberomorus sierra |
b) Indicadores de
la pesquería
La pesquería de la curvina golfina presentó
oscilaciones que van desde las 1,945 toneladas capturadas en la temporada 2004
hasta 5,291 toneladas reportadas en el 2002 (Figura 1). El 95% de las capturas
se registran en los meses de enero a abril y su captura se realiza en el Alto
Golfo de California en tres localidades: Golfo de Santa Clara en Sonora que
aporta el 55% de la captura, el Zanjón y San Felipe en Baja California que
aportan el 45% de la captura (Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura de curvina golfina (Cynoscion othonopterus) en Baja California (BC) y Sonora (SON), de 1987 al 2020. Fuente:
CONAPESCA.
c) Efectos
ambientales y cambio climático
Con base en la información analizada, no se
ha encontrado relación entre las anomalías de la temperatura superficial del
mar con respecto al reclutamiento en la población de la curvina golfina (Cynoscion othonopterus)
en el Alto Golfo de California durante el periodo de 2002 al 2020.
d) Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA
Oficial Mexicana NOM-063-PESC-2005, Pesca responsable de curvina golfina (Cynoscion othonopterus)
en aguas de jurisdicción federal del Alto Golfo de California y Delta del Río
Colorado. Especificaciones para su aprovechamiento. |
DOF:
16/08/2007 |
Plan de Manejo
Pesquero |
Sí |
ACUERDO
por el que se da a conocer el Plan de Manejo Pesquero de Curvina Golfina (Cynoscion othonopterus)
del norte del Golfo de California. |
DOF:
06/11/2012 |
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso
para pesca comercial de Curvina Golfina. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Se
establece una talla mínima de captura de 65 cm LT con una tolerancia de 35%
del número de ejemplares por debajo de dicha talla. |
Numeral
4.6 de (DOF:
16/08/2007) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Red agallera* de monofilamento de 14.6 cm (5¾ pulgadas) de
luz de malla y un máximo de 293 metros (160 brazas) de paño relingado de
longitud (una sola red por embarcación) y línea de mano por pescador. *Exceptuándose
el uso en la zona de restricción establecida en el Acuerdo que regula artes,
sistemas, métodos, técnicas y horarios de pesca en el norte del Golfo de
California publicado por AGRICULTURA, |
Numerales 4.2
y 4.4 de (DOF:
16/08/2007). |
Veda |
Sí |
Acuerdo por el
que se establece veda temporal para la captura de curvina golfina (Cynoscion othonopterus),
en las aguas marinas y estuarinas de jurisdicción federal de la reserva de la
biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, durante el
periodo del 1 de mayo al 31 de agosto de cada año (DOF 25 de agosto de 2005). |
DOF:
25/08/2005 |
Cuota |
Sí |
Cuota
anual variable. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Numeral 4.10
de la NOM-063-PESC-2005 (DOF:
16/08/2007) |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
son tipo panga de fibra de vidrio, con motores fuera de borda de 60 a 120
caballos de fuerza, con un coeficiente de entre 3 y 4 pescadores, utilizando
un sistema de pesca de encierro. |
Numeral
4.6 del Plan de Manejo Pesquero de Curvina Golfina (Cynoscion othonopterus) del norte del Golfo de
California (DOF:
06/11/2012) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 302 embarcaciones. Sonora:
435 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal del Alto Golfo de California y Delta del Río
Colorado, considerando los lineamientos del Programa de Manejo de |
NOM-063-PESC-2005 (DOF:
25/09/2009) |
e) Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechadas al Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Cuota de captura; control de
esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal fija.
f) Estatus
Alto Golfo de California: se encuentra Aprovechado
al Máximo Sustentable (Figura 2).
Figura 2. Estatus
poblacional del stock de curvina golfina (Cynoscion othonopterus) en el Alto Golfo de
California.
g) Recomendaciones
de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Instrumentar el programa de
ordenamiento y manejo conforme a lo previsto en
iii. Actualizar
iv. Instrumentar las acciones conducentes para dar cumplimiento a
las medidas de manejo, en particular a las cuotas de captura y el número de
embarcaciones autorizados.
v. Implementar
un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado
veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en LGPAS y en
15. Dorado
(Pesca deportiva)
a) Generalidades
El dorado es una especie epipélagica migratoria, que habita mares tropicales y
subtropicales de todo el mundo. Es una especie que se agrega alrededor de
objetos a la deriva y este comportamiento ha sido aprovechado en las áreas
cercanas a la desembocadura de ríos donde es fácil encontrar una gran
diversidad de objetos flotantes. El recurso está reservado para la
pesca deportiva dentro de una franja de 50 millas náuticas contadas a partir de
la línea de base desde la cual se mide el Mar Territorial, Se captura
principalmente desde Baja California Sur y la región central de Sonora hasta
Chiapas. La pesca deportiva que se practica en la región de la boca del Golfo
de California, y se realiza a bordo de distintos tipos de embarcaciones,
generalmente rápidas, desde 6 hasta 18 metros de eslora en las que se incluyen
desde pangas con motor fuera de borda hasta yates con motores de más de 250
caballos de fuerza y más de 12 toneladas
de registro bruto. Debido a la autonomía de las embarcaciones utilizadas, las
actividades de pesca deportiva se desarrollan mediante excursiones diarias que
generalmente se limitan a un rango de acción de 25 a 30 millas náuticas. Para
la captura se emplea caña con carrete y como señuelo se utiliza carnada (viva o
muerta) o señuelos de distintos materiales. El viaje de pesca dura en promedio
8 horas y generalmente se realiza durante el día.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Dorado Marlin rayado Marlin negro Marlin azul Pez vela |
Coryphaena hippurus Kajikia audax Istiompax indica Makaira mazara Istiophorus platypterus |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Wahoo Barrilete
negro Barrilete
listado Bonita o chula Gallo Macarela Atún aleta
amarilla |
Acanthocybium solandri Euthynnus lineatus Katsuwonus pelamis Sarda orientalis Nematistius pectoralis Scomber japonicus Thunnus albacares |
b) Indicadores de la pesquería
Los indicadores corresponden a las flotas de
pesca deportiva-recreativa en Baja California Sur (Los Cabos y Buenavista) y
Sinaloa (Mazatlán). En esta región las capturas son de un poco más de 45 mil
individuos anuales con cerca de 40 mil viajes de pesca al año en promedio.
Entre 1990 y 2012, las capturas oscilaron entre 26 mil (1995) y 96 mil (2009)
individuos por año. En promedio, el 67% de las capturas se obtienen en la zona
de Los Cabos, el 27% en la zona de Buenavista, y el 6% se captura en la zona de
Mazatlán. El esfuerzo de pesca ha pasado por diversas fluctuaciones importantes
a lo largo de su historia, indicando en 1990 a 1995 un esfuerzo anual promedio
de 30 mil viajes de pesca (1995), de 1996 a 2005, se alcanzó un máximo
histórico con casi 57 mil viajes de pesca (2005), y para el 2006 a 2010, se
observa un decremento en el esfuerzo pesquero de casi 39 mil viajes de pesca (2010).
Al igual que las capturas, el comportamiento del esfuerzo total está dominado
por el que se ejerce en Cabo San Lucas que representa el 65% del esfuerzo
total. En Buenavista, se registra en promedio el 25% del esfuerzo total, sin
embargo, desde 2005 se observa un decremento a un ritmo de 18% anual, el más
alto de la región. En Mazatlán se registra en promedio el 10% del esfuerzo de
pesca deportiva y desde 1999 se observa el decremento del esfuerzo de pesca más
prolongado en la región a un ritmo de 7% anual (Figura 1).
Figura 1. Tendencia del número de viajes (A) y la captura de dorado
(B) de las flotas deportivas que operan en Mazatlán, Sinaloa y Los Cabos y
Buenavista en Baja California Sur, de 1990 al 2020.
c) Efectos ambientales
El dorado se ha encontrado que
presenta una tendencia positiva con la temperatura superficial del mar, donde
el 57% explicó la variabilidad de las tasas de captura. Esto ha sugerido que a
temperaturas mayores se presentan condiciones favorables para esta especie,
aunque no es la única variable que afecta la abundancia.
d) Normatividad
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
MODIFICACION a
|
DOF:
25/11/2013 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso de
pesca deportivo-recreativa (individual o por embarcación). |
Numerales 4.3
y 4.14 (inciso a y b) de (DOF:
25/11/2013) |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Embarcación
con caña, carrete y anzuelo usando carnada o señuelo. Los carretes eléctricos
solo podrán ser utilizados por personas con discapacidad. |
Numeral
4.6 (incisos a, e) de (DOF:
25/11/2013) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
Sí |
El máximo será
de dos ejemplares por pescador por día, los que también serán equivalentes a
cinco organismos de otras especies. |
Numeral 4.9.1
(inciso b), 4.9.3 y 4.9.5 de (DOF:
25/11/2013) |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
con una sola caña o una sola línea, con un solo anzuelo, con carnada o
señuelo por pescador deportivo. |
Numeral
4.6 (Incisos a, e) de (DOF:
25/11/2013) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
No |
|
|
Zona de pesca |
Sí |
Aguas
de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, con zona exclusiva
dentro de las 50 millas náuticas contadas a partir de la línea de costa,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
NOM-017-PESC-1994,
Decretos de Declaración de Areas Naturales
Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Considerando que el Dorado se encuentra reservado a la pesca
deportiva (Artículo 68, LGPAS), el objetivo para el uso del recurso natural Dorado es mantener el
tamaño de la población lo más cercano posible al valor del parámetro K.
Tácticas de manejo: Captura y liberación; cuota de captura por pescador por día conforme lo
establecido en
f) Estatus
Indeterminado en el litoral del Pacífico
mexicano.
g) Recomendaciones de manejo
i. Instrumentar
acciones para el cumplimiento de
ii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca, con base
en lo establecido en
16. Erizo
de mar
a. Generalidades
En la pesquería de erizo de mar en la costa
occidental de
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Erizo rojo |
Strongylocentrotus franciscanus |
Erizo morado |
Strongylocentrotus purpuratus |
Erizo de mar |
Tripneustes depressus |
Especies
asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Pepino de mar |
Parastichopus parvimensis |
Caracol
panocha |
Megastraea undosa |
Caracol
panocha |
Megastraea turbanica |
Concha lapa |
Megathura crenulata |
Caracol
tornillo |
Kelletia kelletii |
Caracol turbo
o burgado |
Turbo fluctuosus |
Abulón(Azul,
Amarillo, Negro, Chino y Rojo) |
Haliotis spp. |
b. Indicadores de
la pesquería
La pesquería de erizo en Baja
California inició en 1972 con un crecimiento en las capturas superiores a 5,700
toneladas hasta 1979. En las temporadas de 1980-1983 se presentó una
disminución en las capturas cercanas a 1,000 toneladas. En el periodo de 1985 a
1990 se presentó nuevamente un crecimiento superior de la media general, presentando
un máximo de producción de 8,500 toneladas en 1986, y posteriormente una
tendencia negativa entre 2014-2020. En Baja California Sur se tienen escasos
registros oficiales entre 2004 al 2007, y sólo en Isla Natividad se cuentan con
registros para el erizo rojo, con una captura máxima de 60.5 toneladas en 2005
y 6.8 toneladas en el 2007 (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de las capturas de erizo rojo (Strongylocentrotus franciscanus)
y erizo morado (Strongylocentrotus purpuratus) en
Baja California, de 1973 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos
ambientales y cambio climático
Entre 2013 y 2015 se originó un fenómeno
oceanográfico denominado "
d. Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-007-SAG/PESC-2015, Para regular el aprovechamiento de las
poblaciones de erizo rojo y morado en aguas de jurisdicción federal del
Océano Pacífico de la costa oeste de Baja California. |
DOF:
24/06/2015 |
Plan de Manejo
Pesquero |
Sí |
Acuerdo por el
que se da a conocer el Plan de Manejo Pesquero de erizo rojo Strongylocentrotus franciscanus
y erizo morado Strongylocentrotus purpuratus
en |
DOF:
20/12/2012 |
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial o concesión de Erizo de Mar. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Erizo rojo: 8 centímetros
de diámetro de caparazón. Erizo morado:
4.5 centímetros de diámetro de caparazón. |
Numeral 4.2 de
(DOF:
24/06/2015) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
La extracción
se realiza mediante buceo semiautónomo con equipo de buceo de tipo hooka. Se podrá auxiliar de un gancho metálico o un
“arrancador” para desprender a los organismos del sustrato. |
Numeral 4.6 de
(DOF:
24/06/2015) |
Veda |
Sí |
Erizo
rojo (Strongylocentrotus franciscanus)
en las aguas de jurisdicción federal del océano Pacífico que colindan con la
costa oeste de Baja California delimitadas entre la línea fronteriza con los
Estados Unidos de América y el paralelo de los 28 grados 30 minutos de
latitud norte, durante el periodo comprendido del 01 de
marzo al 30 de junio de cada año. |
AVISO por el
que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la
pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción
federal de los Estados Unidos Mexicanos. (DOF:
16/03/1994) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor, sin cubierta corrida, con motor fuera de borda con potencia nominal
máxima de 115 caballos de fuerza y equipadas con un compresor de aire para
suministrar aire al buzo. La extracción se realiza mediante buceo
semiautónomo con equipo de buceo de tipo hooka. Se
podrá auxiliar de un gancho metálico o un “arrancador”. La tripulación de las
embarcaciones deberá estar compuesta por un buzo, un bombero o motorista y un
cabo de vida. |
Numerales 4.5,
4.6, 4.8 de (DOF:
24/06/2015) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 350 embarcaciones. Baja
California Sur: 6 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal en |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e. Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura y tasa de aprovechamiento.
Tácticas:
Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda reproductiva
temporal fija.
f. Estatus
Baja California: El erizo rojo (Strongylocentrotus franciscanus)
se encuentra en estatus Deteriorado y el erizo morado (Strongylocentrotus purpuratus),
tiene potencial de desarrollo.
Baja California Sur: No existe registro de captura de erizo rojo (Strongylocentrotus franciscanus)
recientemente, aun cuando existen permisos de pesca para el erizo rojo en Isla
Natividad, por lo que no existe información suficiente para determinar su
estatus poblacional.
g. Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En zonas con estatus Deteriorado, se
deberán instrumentar estrategias para la recuperación de sus poblaciones.
iii. Otorgar permiso de pesca de erizo
morado (Strongylocentrotus purpuratus) a los
permisionarios que lo soliciten y cuenten con permiso de pesca comercial de
erizo rojo (Strongylocentrotus franciscanus), en sus
mismas áreas de captura.
iv. En el caso de solicitudes de permisos para pesca comercial en
nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con apoyo de los
solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y estimar una
cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la cuota total se
emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando la información
disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las pesquerías.
v. Implementar
un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado
veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en LGPAS y en
la NOM-007-SAG/PESC-2015.
vi. Instrumentar el programa de ordenamiento y manejo conforme
a lo previsto en
17. Huachinango y pargos del Pacífico
a) Generalidades
En el Pacífico mexicano se
tienen registradas 10 especies de huachinangos y pargos (familia Lutjanidae), de las cuales 9 se presentan en la captura
comercial. Todos se aprovechan en mayor o menor proporción, dependiendo de su
abundancia poblacional y extensión de los caladeros de tipo rocoso donde
habitan preferentemente los individuos adultos. Los juveniles y subadultos se crían en sistemas lagunares estuarinos y
fondos arenosos. La pesquería se realiza a lo largo de todo el litoral desde la
costa oriental de Baja California y Sonora hasta Chiapas. Las áreas de pesca se
localizan desde la línea costera hasta profundidades máximas promedio de 100
metros, en una franja de aproximadamente 5 a 20 millas náuticas de la costa. La
actividad se lleva a cabo durante todo el año, en aproximadamente 200 a 250
días.
En la actividad pesquera se usan
embarcaciones menores de fibra de vidrio con motor fuera de borda entre 48 a 75
caballos de fuerza, y participan regularmente de 2 a 4 pescadores. Los
principales artes de pesca son línea de mano con anzuelo, red agallera de fondo y palangre escamero
(cimbra). Los artes de pesca son operados por la noche o al amanecer cuando se
trata de líneas de mano; las cimbras y redes agalleras
se operan en promedio de 10 a 12 horas de reposo en la zona de pesca.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Huachinango
del Pacífico Pargo
lunarejo, flamenco Pargo
amarillo, coyotillo, alazán, clavellino Pargo colmillón o mulato Pargo
colorado, pargo listoncillo Pargo rabirrubia Pargo
azul-dorado, pargo rayado, sol de China Pargo coconaco, tecomate Pargo raicero,
pargo de manglar |
Lutjanus peru Lutjanus guttatus Lutjanus argentiventris Lutjanus novemfasciatus Lutjanus colorado Lutjanus inermis Lutjanus viridis Hoplopagrus guentherii Lutjanus aratus |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Cirujano aleta
amarilla, barbero |
Acanthurus xanthopterus |
Guaseta del Pacífico |
Alphestes immaculatus |
Lija garrapatera, bota trompa |
Aluterus scriptus |
Burro bacoco |
Anisotremus interruptus |
Cochi, bota, pejepuerco |
Balistes polylepis |
Mojarrón, pluma marotilla |
Calamus brachysomus |
Jurel de
hebra, cocinero |
Carangoides otrynter |
Jurel toro |
Caranx caninus |
Jurel voraz,
ojo de perra |
Caranx sexfasciatus |
Conejo, salmón,
blanquillo |
Caulolatilus affinis |
Mero guasa,
cherna |
Epinephelus itajara |
Cabrilla piedrera |
Epinephelus labriformis |
Baqueta ploma |
Epinephelus niphobles
|
Enjambre, mero
o pargo de piedra |
Cephalopholis panamensis |
Cabrilla
pinta, boba pinta |
Epinephelus analogus |
Cabrilla |
Epinephelus labriformis |
Cabrilla loro |
Paralabrax loro |
Gallinita |
Paranthias colonus |
Ronco chano,
burro |
Haemulon flaviguttatum |
Burro rasposo |
Haemulon maculicauda |
Burro almejero, guzga |
Haemulon sexfasciatum |
Ronco boca
dulce |
Haemulon steindachneri |
Chopa o salema
rayada |
Sectator ocyurus |
Chopa rayada |
Kyphosus analogus |
Chopa de
Cortés, chopa gris |
Kyphosus elegans |
Ronco rayado, sarangola |
Microlepidotus brevipinnis |
Ronco
rayadillo |
Microlepidotus inornatus
|
Ronco cocorvado |
Pomadasys panamensis |
Baya |
Mycteroperca jordani |
Cabrilla
sardinera, mitán |
Mycteroperca rosacea |
Burrito, ronco
rayado |
Orthopristis reddingi |
Cabrilla
extranjera, lucero |
Paralabrax auroguttatus |
Cabrilla cachete
amarillo, lucero |
Paralabrax loro |
Cabrilla de
roca |
Paralabrax maculatofasciatus |
Manta gavilán |
Rhinoptera steindachneri |
Lapón, lupón, escorpión |
Scorpaena mystes |
Medregal limón, medregal almaco |
Seriola rivoliana |
Botete diana |
Sphoeroides annulatus |
Cochi naranja,
bota pejepuerco |
Sufflamen verres |
Pámpano fino,
pámpano rayado, palmilla |
Trachinotus rhodopus |
Berrugata roncadora |
Umbrina xanti |
Chula,
jiguagua, salmonete |
Xenichthys xanti |
Corvina azul
corvina aleta corta |
Cynoscion parvipinnis |
Zopilote,
peluquero, chabelito, chambo |
Chaetodipterus zonatus |
Baqueta |
Epinephelus acanthistius |
b) Indicadores de la pesquería
La captura de huachinangos y
pargos ha oscilado entre 1,456 a 9,774 toneladas. Durante 2020, los estados que
más contribuyeron fueron Baja California Sur (21.1%), Sinaloa (9.1%), Oaxaca
(12.6%), Nayarit (11.6%), Guerrero (16.3%), ocupando el primero a quinto lugar
en la captura oficial del Pacífico mexicano (Figura 1A), seguidos por Jalisco,
Sonora, Michoacán, Chiapas, Colima y Baja California que registran en conjunto
29.3% de la captura restante (Figura 2). La captura se mantuvo estable hasta
2014, y en la mayoría de los estados, con un incremento significativo de 2015 a
2017, excepto en Jalisco y Colima donde no se observó este comportamiento
(Figura 1B).
Figura 1. Tendencia
de la captura de huachinango y pargos en Baja de California (BC), Baja
California Sur (BCS), Sonora (SON), Sinaloa (SIN) y Nayarit (NAY), de 1983 al
2020 (A). Tendencia de la captura de
huachinango y pargos en Jalisco (JAL), Colima (COL), Michoacán (MICH), Guerrero
(GRO), Oaxaca (OAX) y Chiapas (CHI), de 1983 al 2020 (B). Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
Se ha observado que la
temperatura y el alimento son las variables importantes que explican los
comportamientos de las poblaciones de peces. A este respecto, la relación entre
clorofila y temperatura presenta una relación inversa, donde los valores más
altos de Clorofila a se encuentran en
el periodo “frío” lo que indica un mayor enriquecimiento de nutrimentos en este
periodo y por lo tanto una mayor productividad y disponibilidad de alimento
para el huachinango, por lo que la mayor disponibilidad, abundancia y
vulnerabilidad del recurso se presenta en el periodo de diciembre-abril.
Tomando como base lo anterior, un aumento en la temperatura del mar, provocaría
una disminución en la disponibilidad y abundancia del recurso, debido la
escasez del alimento, ya que las aguas cálidas son oligotróficas y por lo tanto
pobre en nutrimentos, lo que traería como consecuencia que los organismos
emigraran a otras zonas donde las condiciones son más favorables. Lo que
sugiere, que a menor temperatura en el agua existen mejores condiciones para estas especies.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama Marina. |
Opinión
técnica INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Red de enmalle
con luz de malla mínima de 10.16 centímetros (4 pulgadas) y al menos un
encabalgado del 50%. Línea de mano con anzuelos del 7 y 8 (Mustad) ó 12 y 13 Noruego, 5 y
6 izquierdo, 9 y 10 derecho. Cimbras hasta con 250 anzuelos. |
Dictamen
técnico de INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación de
tipo menor de máximo una tonelada (7.6 metros de eslora y 1.8 metros de
manga) impulsadas por motores fuera de borda de 48 a 75 caballos de fuerza. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo nominal autorizado |
No |
No existen
permisos o concesiones específicas para pesca comercial de huachinango y
pargos (amparado por el permiso de pesca comercial de escama marina en la
región). |
|
Zona de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal adyacente a los estados de Baja California,
Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Colima, Jalisco, Michoacán,
Guerrero, Oaxaca y Chiapas, definidas en los permisos de pesca comercial,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero publicadas
en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de
aprovechamiento para mantener las poblaciones Aprovechadas al Máximo
Sustentable.
Tácticas: Control de esfuerzo pesquero; talla mínima de
captura; regulaciones en las artes y método de pesca; suspensión de operaciones
de pesca por área y/o tiempo; zonas de refugio pesquero; concesiones pesqueras.
f) Estatus
El huachinango y pargos en el
Pacífico mexicano se encuentran aprovechado en el Máximo Sustentable (Figura
2).
Figura 2. Estatus del stock de la población de huachinango y pargos
en el Pacífico mexicano.
g) Recomendaciones de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. Elaborar y publicar
iii. Instrumentar programas de ordenamiento y
manejo por zonas y/o regiones de pesca, conforme a lo previsto en
iv. Incluir en los permisos para pesca
comercial las siguientes tallas mínimas de captura en longitud total:
● 35 a 39 centímetros para el huachinango del Pacífico (Lutjanus peru).
● 29 centímetros para el pargo flamenco o lunarejo (Lutjanus guttatus) y
alazán (Lutjanus argentiventris).
● 36 centímetros para el pargo colorado o pargo listoncillo (Lutjanus colorado).
● 45 centímetros para el pargo coconaco
o tecomate (Hoplopagrus guentherii).
● 50 centímetros para el pargo colmillón
o mulato (Lutjanus novemfasciatus).
v. Respetar lo dispuesto en
vi. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca en lo
previsto en
18. Jaiba
del Pacífico
a. Generalidades
Los
juveniles y adultos de jaiba (Callinectes bellicosus, Callinectes arcuatus y Callinectes toxotes) son
depredadores, omnívoros oportunistas, detritívoros, carnívoros y caníbales. Los
juveniles se alimentan por la noche o en la mañana, y lo adultos durante el
día. Respecto a su biología y ecología reproductiva, las jaibas son de
estrategia “r”, especies que se
caracterizan por alta fecundidad, crecimiento rápido, madurez sexual temprana y
ciclo de vida corto.
Las zonas de capturas comprenden lagunas costeras y litoral del Pacífico
mexicano, incluyendo el Golfo de California, en profundidades menores a 30
metros. En algunas localidades la pesquería de jaiba azul Callinectes arcuatus, se realiza en zonas estuarinas de baja
profundidad como es el caso del área lagunar costera del sur de Sonora (Bahías
Las Guásimas, Lobos, Tóbari, Yavaros y norte de Agiabampo), Sinaloa (laguna de Agua Grande), en Marismas
Nacionales de Nayarit, Laguna de Cuyutlán, Colima y en lagunas costeras de
Oaxaca y Chiapas. Para la captura se utilizan embarcaciones menores de
fibra de vidrio de 1 a 7 metros de eslora con y/o sin motor fuera de borda, sin
cubierta; capacidad máxima de carga de una a tres toneladas y en algunos casos,
las embarcaciones son elaboradas con madera y son entre 3 a 4.5 metros de
eslora. Las artes de pesca utilizadas en general son trampas rígidas tipo
Chesapeake de diferentes tamaños, aros sencillos de diámetro variable
construidos de material metálico y/o de alambre galvanizado, nasas o aros
dobles o “chupones” y chinchorros (éstos últimos están prohibidos).
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Jaiba verde, guerrera, café, jaibón |
Callinectes bellicosus |
Jaiba azul o jaiba cuata |
Callinectes arcuatus |
Jaiba negra, gigante o guacho |
Callinectes toxotes |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Botete |
Sphoeroides annulatus |
Mojarra |
Calamus brachysomus |
Pez escorpión |
Scorpaena mystes |
Cabrilla pinta |
Epinephelus analogus |
Caracol chino rosa |
Hexaplex erythrostomus |
Caracol chino negro |
Muricanthus nigritus |
Langosta azul |
Panulirus inflatus |
Cangrejo tanque |
Hepatus lineatus |
b. Indicadores de la pesquería
La captura oficial de jaiba del Pacífico
mexicano presenta variación en proporción de captura de especies entre estados
de norte a sur: en Sonora la jaiba verde representa más del 95% de la captura
comercial y la jaiba azul el 5%; en Sinaloa la jaiba verde aporta el 66% de la
captura comercial, y la jaiba azul el 30% y el resto de jaiba negra (4%); en
Baja California y Baja California Sur, la jaiba verde constituye el 100% de la
captura (Figura 1A). En Nayarit, la jaiba azul representa más el 90% de las
capturas. Para el estado de Colima, la jaiba azul es la que representa en las
capturas comerciales y menor incidencia la jaiba negra. En Oaxaca y Chiapas
predominan la jaiba azul y jaiba negra (Figura 1B). En los cinco últimos años
(2015-2020) la captura registrada de jaiba del Pacífico se ha incrementado a
una tasa de crecimiento anual (media geométrica) superior al 10% y con base a
su importancia relativa de captura por estados durante el 2000 al 2020, Sinaloa
y Sonora aportaron el 92.8% (Figura 1A).
Figura 1.
Tendencia de la captura de jaiba en Baja California (BC), Baja California Sur
(BCS), Sonora (SON) y Sinaloa (SIN), de 1986 al 2020 (A). Tendencia de la
captura de jaiba en Jalisco (JAL), Colima (COL), Michoacán (MICH), Guerrero
(GRO), Oaxaca (OAX) y Chiapas (CHI), de 1986 al 2020 (B). Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos ambientales y cambio climático
Se ha observado una relación inversa entre
la biomasa y la tasa instantánea de producción de jaiba café y comparado la
tasa de producción con el Oscilación Decadal del Pacífico, que es un índice
ambiental regional cuyos valores pueden ser negativos o positivos. La fase
positiva de
d. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-039-PESC-2003, Pesca responsable de jaiba en aguas de
jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico. Especificaciones para
su aprovechamiento. |
DOF: 26/07/2006 |
Plan de Manejo Pesquero |
Sí |
ACUERDO por el
que se da a conocer el Plan de Manejo Pesquero de Jaiba (Callinectes spp.)
de Sinaloa y Sonora. |
DOF: 15/07/2014 |
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para pesca comercial de Jaiba. |
Opinión técnica de INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Las tallas mínimas de captura autorizadas en el
Océano Pacífico, incluido el Golfo de California son las siguientes: De 115 mm de ancho de caparazón (Ac) para la jaiba
café, guerrera, verde o jaibón (C. bellicosus). De 95 mm de
ancho de caparazón (Ac) para la jaiba azul o cuata (C. arcuatus). De 120 mm de ancho de caparazón (Ac) para la jaiba
gigante, negra o guacho (C. toxotes). |
Numeral 4.8 de
(DOF: 26/07/2006) |
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Se autoriza el
uso de los siguientes equipos de pesca: Trampas con
estructura rígida tipo Chesapeake o similar, con dimensiones máximas de 60 cm
de largo y ancho por 40 cm de altura, en el litoral Pacífico. Aros con paño
de red con tamaño de malla igual o superior a 76 mm (3 pulgadas) en todo el
litoral del Océano Pacífico. Sacadores con
tamaño de malla mínimo de 76 mm, en todo el litoral del Océano Pacífico. Ganchos
metálicos de 1 m de longitud exclusivamente en Nayarit. |
Numeral 4.2 de
(DOF: 26/07/2006) |
Veda |
Sí |
Para organismos de ambos sexos, a partir de 1° de mayo al 30 de
junio de cada año para ambos sexos de cada especie. Solo para hembras de estas especies, durante el periodo comprendido
del 1° al 9 de julio de cada año. |
ACUERDO por el
que se modifica el aviso por el que se da a conocer el establecimiento de
épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna
acuática en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos
publicado el 16 de marzo de 1994 para modificar el periodo de veda de jaiba
frente al litoral de los Estados de Sonora y Sinaloa (DOF:
13/06/2014) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación
menor: Unidad de pesca de menos de 10.5 metros de eslora sin cubierta, con capacidad
máxima de carga de 3.0 toneladas. Se establece un máximo de 80 trampas y/o
aros, un sacador o un gancho por embarcación, excepto en los casos en que se
especifique una cantidad menor de artes de pesca por Estado. |
Numeral 4.11
de (DOF:
26/07/2006) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 59 embarcaciones. Baja
California Sur: 179 embarcaciones. Sonora: 746
embarcaciones. Sinaloa: 1,069
embarcaciones. Nayarit: 164
embarcaciones. Jalisco: 21
embarcaciones. Colima: 24
embarcaciones. Michoacán: 18
embarcaciones. Guerrero: 15
embarcaciones Oaxaca: 174
embarcaciones. Chiapas: 106
embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, incluyendo el
Golfo de California, como aguas protegidas (esteros y sistemas lagunares),
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas Naturales Protegidas, Reservas de |
Permisos para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e. Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población Aprovechada al Máximo
Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda
reproductiva; zonas de refugio; liberación de hembras ovígeras
y juveniles.
f. Estatus
Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Colima, Oaxaca, y
Chiapas: Aprovechado al Máximo Sustentable.
Baja California, Nayarit, Jalisco y Michoacán: Indeterminado.
g. Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. En zonas con estatus Indeterminado, el esfuerzo pesquero se
definirá en función de la disponibilidad del recurso por zona, previo
evaluación y opinión del INAPESCA.
iii. Establecer vedas temporales para proteger el periodo
reproductivo en Baja California Sur y Nayarit.
iv. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por sistema
lagunar y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
v. Implementar
e instrumentar las regulaciones establecidas las artes de pesca conforme a las
especificaciones de
vi. Implementar
un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado
veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en LGPAS y en
vii. Instrumentar acciones para el cumplimiento de
19. Langostas
espinosas del Pacífico
a) Generalidades
En México existen cinco especies de
langostas espinosas pertenecientes al género Panulirus; cuatro se presentan en
el Pacífico: langosta roja Panulirus interruptus;
langosta azul, espinosa, de piedra, negra o pinta, Panulirus inflatus; langosta verde, güera, de
playa o caribe, Panulirus gracilis y
langosta espinosa de las islas del Pacífico Panulirus penicillatus. A lo largo del litoral
desde Sonora a Chiapas, la pesquería de langosta se compone principalmente de
dos especies, Panulirus inflatus (langosta
azul) y Panulirus gracilis
(langosta verde), aunque se ha presentado una proporción insignificante de las
islas de Panulirus penicillatus
(langosta Revillagigedo), mezclada junto con la langosta azul en zonas
insulares cercanas al continente que comparten el lecho marino de manera
diferencial.
Las zonas de captura para las langostas
espinosas del Pacífico, se divide en la región II comprende desde Sonora a
Colima y la región III de Michoacán hasta Chiapas. Se utilizan embarcaciones
menores con motor
fuera de borda de 45 a 75 caballos de fuerza. El arte de pesca autorizado es la
trampa langostera, construidas con tiras de madera, malla de alambre
galvanizado o plástico.
En los litorales de Jalisco, Michoacán y
Guerrero se han autorizados permisos para pesca comercial con embarcaciones
menores equipadas con un equipo básico de buceo mediante un compresor donde se
desprenden de una a dos mangueras de aproximadamente 100 metros de longitud de
¼ pulgadas plomada y boquilla; el arte de pesca consta de un gancho compuesto
por una varilla de acero inoxidable de
1.0 a 1.50 metros, adaptado con un anzuelo regularmente entre el número 7 y 8.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Langosta azul
o negra |
Panulirus inflatus |
Langosta verde
o güera |
Panulirus gracilis |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Peces óseos |
Myripristis leiognathus
(diablo) Orthopristis sp. (burro), Selene peruviana
(tostón, chapeta) |
Crustáceos Moluscos |
Paguristes sp. (ermitaño), Calappa convexa (tractor), Arenaeus mexicanus
(cangrejo arenero) Hexaplex muricanthus (caracol chino negro), Hexaplex nigritus (caracol chino negro), Hexaplex erythrostomus (caracol chino rosa) |
b) Indicadores de la pesquería
La captura de langosta se presenta por regiones
en peso vivo para el periodo 2000-2020. En
Figura 1. Tendencia
de la captura de
langosta en Sonora (SON), Sinaloa (SIN), Nayarit (NAY), Jalisco (JAL) y Colima
(COL), de 2000 al 2020 (A). Tendencia de la captura de langosta en Michoacán
(MICH), Guerrero (GRO) y Oaxaca (OAX), de 2000 al 2020 (B). Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
En el ámbito general, la langosta australiana (Jasus edwardsii) se ha observado un efecto
negativo en respuesta al incremento de la temperatura marina al disminuir su
tasa de captura, esto se ha observado también con otras especies de langostas
marinas. Respecto al ámbito local, con la langosta roja (Panulirus interruptus) se ha observado
sincronización entre el ambiente y la reproducción de langostas, principalmente
con la temperatura superficial del mar y las surgencias costeras, acortándose
la maduración y eclosión con temperaturas cálidas y prolongándose en
temperaturas frías, así mismo, se observa una relación inversa entre la
temperatura superficial del mar con las surgencias, afectando la magnitud del
asentamiento, teniendo este último una relación directa con la captura
comercial en años posteriores. En otros estudios, se ha monitoreado el
asentamiento de postlarvas de langosta roja (Panulirus interruptus) entre 2010 a 2018 y
refieren que el mismo coincide con el debilitamiento de surgencias costeras y
el calentamiento estacional del mar.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial Mexicana NOM-006-SAG/PESC-2016, Para regular el aprovechamiento
de todas las especies de langosta en las aguas de jurisdicción federal del
Golfo de México y Mar Caribe, así como del Océano Pacífico incluyendo el
Golfo de California. |
DOF: 07/09/2016 |
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para pesca comercial de Langosta. |
Opinión técnica del INAPESCA Artículo 36, Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico,
incluyendo el Golfo de California: De los estados de Sonora, Sinaloa,
Nayarit, Jalisco y Colima. Langosta azul (Panulirus inflatus) 82.5 milímetros de longitud de cefalotórax
equivalente a una longitud abdominal de 175 milímetros para hembras y 160
milímetros para machos. Langosta insular (Panulirus penicillatus) 82.5 milímetros de
longitud de cefalotórax. Langosta verde (Panulirus gracilis)
82.5 milímetros de longitud de cefalotórax equivalente a una longitud
abdominal de 175 milímetros para hembras y 160 milímetros para machos. Aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico,
incluyendo el Golfo de California: De los estados de Michoacán, Guerrero,
Oaxaca y Chiapas. Langosta azul (Panulirus inflatus) 75.0 milímetros de longitud de cefalotórax. Langosta verde (Panulirus gracilis)
75.0 milímetros de longitud de cefalotórax. |
Numeral 4.2.2 de (DOF: 07/09/2016) |
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Trampas langosteras con ventana de escape; obligación de revisar las
trampas dentro de las 72 horas como máximo, después de su calado. |
Numerales 4.3.2 y 4.5.3 de (DOF: 07/09/2016) |
Veda |
Sí |
Se mantiene la veda temporal para la captura de langosta azul (Panulirus inflatus),
langosta verde (Panulirus
gracilis) y langosta insular (Panulirus penicillatus) del 1 de julio al 30 de
octubre de cada año, en aguas de jurisdicción federal del Golfo de
California, dentro de una franja comprendida entre las cero y las cien brazas
de profundidad, a lo largo de los litorales de Sonora y Sinaloa, así como las
aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, desde Nayarit hasta el
Estado de Chiapas, en la frontera con |
ACUERDO por el que se modifican las épocas y zonas de veda de la langosta
azul (Panulirus inflatus),
langosta verde (P. gracilis)
y langosta roja (P. interruptus),
en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de
California (DOF: 31/08/2005) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación menor con motor de hasta 10.5 metros de
eslora, provistas con motor estacionario o fuera de borda con un potencial
nominal máxima de 115 caballos de fuerza, transportando de 2 a 3 pescadores. |
Numeral
4.3.2.1 de (DOF: 07/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo nominal autorizado |
Sí |
Sonora: 31 embarcaciones. Sinaloa: 38 embarcaciones. Nayarit: 2 embarcaciones. Jalisco: 50 embarcaciones. Colima: 4 embarcaciones. Michoacán: 35 embarcaciones. Guerrero: 65 embarcaciones. |
Registros de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y
registradas en el Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
En aguas de jurisdicción federal del Golfo de California y del Océano
Pacífico. |
Permiso para pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población Aprovechadas al
Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; protección de
hembras ovígeras; veda reproductiva temporal por
región; regulación del arte y método de pesca.
f) Estatus
Sinaloa, Jalisco, Michoacán,
Oaxaca y Guerrero: Aprovechado al
Máximo Sustentable.
Sonora, Nayarit y
Colima: Con Potencial de
Desarrollo.
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. En las zonas con Potencial de Desarrollo, la autorización de
nuevos permisos se resolverá conforme a resultados de los estudios y opiniones
técnicas del INAPESCA.
iii. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por zonas y/o
regiones de pesca, conforme a lo previsto en
iv. Actualizar la talla mínima de captura de las langostas azul y
verde, en
v. Implementar
un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de
bitácoras de pesca con base en lo previsto en
20. Langostino
a. Generalidades
En México se conocen varias
especies del género Macrobrachium
que habitan en los ríos desde Baja California hasta Chiapas. Los langostinos
tienen importancia comercial y social por las poblaciones ribereñas, quienes lo
aprovechan de manera comercial y autoconsumo. El langostino (Macrobrachium americanum)
en Sinaloa se captura en forma de acceso abierto en las comunidades ribereñas
de los ríos Fuerte, Sinaloa, Culiacán y Baluarte. El langostino (Macrobrachium tenellum) en
Nayarit se captura en los municipios de Santiago Ixcuintla y Rosamorada. Se utilizan embarcaciones menores de fibra de
vidrio de 10.5 metros de eslora con motor fuera de borda, sin cubierta;
capacidad máxima de carga de 3 toneladas y los artes de pesca son “tapo-bolso”
y “atarraya”, así como las trampas cilíndricas fabricadas con malla tipo
sardinera con estructura de madera. En los ríos se capturan langostinos con
trampas de forma manual.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Langostino,
camarón moya Langostino o cauke |
Macrobrachium tenellum Macrobrachium americanum |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Pinto Zurdito, cauke Cauke Langosta
australiana |
Macrobrachium acanthochirus Macrobrachium occidentale Macrobrachium digueti Cherax quadricarinatus |
b. Indicadores de
la pesquería
La captura de langostino (Macrobrachium tenellum) en
Nayarit, presenta variaciones con una tendencia ascendente. A partir de 2013
las capturas incrementaron progresivamente, con valores máximos de 170 toneladas, y con una disminución de
124 toneladas en 2020. En Sinaloa, las capturas de langostino (Macrobrachium americanum)
se ha mantenido en un promedio de 4 toneladas durante el periodo de 2000 al
2020, observándose un incremento paulatino de 10 toneladas en 2018, y una
ligera disminución de 6 toneladas en
2020 (Figura 1).
Figura 1. Tendencia de la captura de langostino (Macrobrachium americanum) en Sinaloa (SIN) y de langostino (Macrobrachium tenellum) en Nayarit (NAY), de 2000 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos
ambientales y cambio climático
Se tienen estimaciones de la tasa de
producción anual de langostino (Macrobrachium tenellum) en
Nayarit, en el cual se observa una tendencia descendente de la tasa de
producción de la población, posiblemente como efecto de índices ambientales o
biológicos.
d. Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Langostino. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
No |
|
|
Artes de pesca
y método de captura |
Sí |
Trampas,
atarrayas y acachales (nasas artesanales), que se operan en los cursos de las
corrientes de los ríos y arroyos en profundidades inferiores a 2 metros. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
Sí |
Veda para la pesca de las especies de
“Langostino” (Macrobrachium americanus)
y "chacal" (Macrobrachium tenellum)
en aguas continentales de jurisdicción federal de la vertiente del océano
Pacífico, durante el periodo comprendido del 1o. de agosto al 31 de octubre
de cada año. |
Acuerdo por el
que se establecen épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies
de la fauna acuática en aguas continentales de jurisdicción federal de los
Estados Unidos Mexicanos (DOF:
31/03/2010) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
En Nayarit
embarcaciones menores con motor fuera de borda y artes de pesca “tapo-bolso”
y “atarraya”. En Sinaloa solo trampas cilíndricas fabricadas con malla tipo
sardinera con estructura de madera. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Sinaloa: 29
embarcaciones. Nayarit: 57
embarcaciones. Jalisco: 7
embarcaciones. Colima: 70
embarcaciones. Michoacán: 33
embarcaciones. Guerrero: 275
embarcaciones. Oaxaca: 10 embarcaciones. Chiapas: 44
embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas
continentales de jurisdicción federal de la vertiente del Océano Pacífico. |
Permiso
para pesca comercial |
e. Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de
aprovechamiento para mantener las poblaciones Aprovechadas al Máximo
Sustentable.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero;
regulación en el arte y método de captura; veda reproductiva; temporal; zona de pesca.
f. Estatus
Nayarit: El langostino (Macrobrachium
tenellum)
se encuentra Aprovechado al Máximo Sustentable.
Sinaloa: El langostino (Macrobrachium
americanum)
se encuentra Indeterminado.
g. Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En Sinaloa el esfuerzo de pesca se
definirá en función de la disponibilidad del recurso por zona, previo
evaluación y opinión del INAPESCA, considerando criterios de rentabilidad y
administración del recurso, definidos por la autoridad pesquera.
iii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca en lo previsto en
21. Lisa
del Pacífico
a. Generalidades
Las lisas pertenecen a la familia Mugilidae, del orden Mugiliformes.
En México el nombre común es lisa, liseta, lebrancha,
lisa blanca, lisa criolla, lisa cabezuda, lisa macho. Se distribuyen en ambas
costas de América y en el Pacífico americano se extienden desde el Golfo de
California hasta Chile. Son especies bentónicas de plataforma, que viven sobre
fondos fangosos en lagunas salobres y estuarios, a veces penetran en los ríos,
pero son típicamente marinas a lo largo de las costas arenosas y en pozas
litorales, en bahías y lagunas costeras, donde pasan gran parte de su vida. La
pesquería de las lisas se sitúa dentro de las lagunas costeras y de la línea
costera de todos los estados del Pacífico mexicano. Son especies tropicales y
subtropicales. En la captura se utilizan embarcaciones menores que permanecen
cerca de la línea costera y principalmente dentro de las bahías y lagunas
costeras. Los principales artes de pesca son redes agalleras
y atarrayas.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Lisa rayada, cabezuda,
lisa macho Lisa blanca, liseta, lebrancha Lisa hospe |
Mugil cephalus Mugil setosus (antes curema) Mugil hospes |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Agujón
californiano |
Strongylura exilis |
Anchoveta,
anchoa chicotera |
Anchoa ischana |
Barbudo seis
barbas |
Polydactylus approximans |
Berrugata |
Menticirrhus undulatus |
Botete diana |
Sphoeroides annulatus |
Burrito
corcovado |
Orthopristis chalceus |
Burrito rayado |
Orthopristis reddingi |
Chihuil |
Ariopsis guatemalensis |
Chivo rayado |
Mulloidichthys dentatus |
Chivo,
chivato, salmonete |
Pseudupeneus grandisquamis |
Chocho, jurel
chumbo |
Hemicaranx zelotes |
Chula,
jiguagua, salmonete |
Xenichthys xanti |
Cocinero,
jurel bonito |
Carangoides caballus |
Corvina azul |
Cynoscion parvipinnis |
Corvineta bizca |
Ophioscion strabo |
Gualajo |
Centropomus armatus |
Jorobado
escamoso, tostón |
Selene brevoortii |
Jurel |
Carangoides vinctus |
Jurel de
castilla, casabe |
Chloroscombrus orqueta |
Machete del
Pacífico |
Elops affinis |
Mojarra aletas
amarilla, mojarra china, malacapa |
Diapterus brevirostris |
Mojarra
bandera, mojarra rayada |
Gerres simillimus |
Mojarra
charrita |
Eucinostomus currani |
Mojarra
palometa |
Diapterus aureolus |
Mojarra
tricolor |
Eucinostomus gracilis |
Piña bocona |
Oligoplites altus |
Quijo, macabí,
chile, banana |
Albula nemoptera |
Robalo aleta
amarilla, constantino, robalito |
Centropomus robalito |
Robalo prieto |
Centropomus nigrescens |
Ronco mapache |
Pomadasys panamensis |
Ronco roncacho |
Haemulopsis leuciscus |
Sabalote |
Chanos chanos |
Sardina
bocona, boquerón |
Cetengraulis mysticetus |
Sardina
crinuda |
Opisthonema libertate |
b. Indicadores de la pesquería
La mayor captura de lisa se registra en
Sinaloa, que ha mantenido una tendencia general positiva, con valores que
oscilan entre 1,000 y 3,000 toneladas. En Sonora y Nayarit la tendencia es
negativa. En el resto de los estados la captura presenta una tendencia
irregular, con incrementos y disminuciones atípicos, por ejemplo, en Colima con
850 toneladas en 1991 y en Guerrero con 4,950 toneladas en 2018 (Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura anual de lisa en Baja California (BC), Baja California
Sur (BCS) y Sonora (SON), de 1980 al 2020 (A). Tendencia de la captura anual de
lisa en Sinaloa (SIN) y Nayarit (NAY), de 1980 al 2020 (B). Tendencia de la
captura anual de lisa en Jalisco (JAL), Colima (COL) y Michoacán (MICH), de
1980 al 2020. Tendencia de la captura anual de lisa en Guerrero (GRO), Oaxaca
(OAX) y Chiapas (CHI), de 1980 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos ambientales y
cambio climático
A nivel general, la temperatura es una de
las variables que afectan la distribución, abundancia, crecimiento y
reproducción de los peces, aunque no es la única, ya que el alimento es otra de
las variables importantes. En general, se conoce que un aumento en la
temperatura del mar favorece condiciones de disminución en la disponibilidad y
abundancia del recurso, debido a la escasez del alimento, ya que las aguas
cálidas son oligotróficas y pobre en nutrimentos, lo que traería como
consecuencia que los organismos emigraran a otras zonas donde las condiciones
sean más favorables.
d. Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-016-SAG/PESC-2014, Para regular la pesca de lisa y liseta o lebrancha en aguas de jurisdicción federal del
Golfo de México y Mar Caribe, así como del Océano Pacífico, incluyendo el
Golfo de California. |
DOF: 29/07/2015 |
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Lisa. |
Opinión
técnica de INAPESCA, Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
30 centímetros
de longitud total para la lisa. 28 centímetros
de longitud total para la liseta o lebrancha. |
Numeral 4.2.1
de SAG/PESC-2014 (DOF:
29/07/2015) |
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
El arte de
pesca autorizado para la captura de las especies mencionadas en el apartado
4.1 son redes agalleras con las siguientes
especificaciones: En las aguas
de jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo
de California, la luz de malla será de 80 milímetros (3 1/2 pulgadas) como
mínimo para la captura de lisa, y de 71 milímetros (2 3/4 pulgadas) como
mínimo para la captura de liseta o lebrancha. |
Numerales 4.3,
4.3.1 y 4,4 de SAG/PESC-2014 (DOF:
29/07/2015) |
Veda |
Sí |
“Lebrancha” o
“liseta” (Mugil curema) en aguas de jurisdicción federal del océano Pacífico,
en los periodos y zonas que a continuación se indican: a) Del 1º. de abril al 30 de junio de cada año, en las aguas
litorales de los estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora,
Sinaloa, Nayarit y Jalisco. b) Del 15 de mayo al 15 de julio de cada año, en las aguas
litorales de los estados de Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas. “Lisa” (Mugil cephalus)
en aguas de jurisdicción federal del océano Pacífico, en los periodos y zonas
que a continuación se indican: a) Del 1º. de diciembre al 31 de enero de cada año, en las aguas
litorales de los estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora,
Sinaloa, Nayarit y Jalisco. b) Del 1º. De noviembre al 31 de diciembre de cada año, en las
aguas litorales de los estados de Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y
Chiapas. |
AVISO por el
que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la
pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción
federal de los Estados Unidos Mexicanos (DOF:16/03/1994
) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores equipadas con un motor fuera de borda con potencial de hasta 55.95
kilowatts (equivalente a 75 caballos de fuerza). |
Numeral 4.4 de
SAG/PESC-2014 (DOF:
29/07/2015) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 16 embarcaciones. Baja
California Sur: 30 embarcaciones. Sonora: 18
embarcaciones. Sinaloa: 2
embarcaciones. Colima: 12
embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal y lagunas costeras del litoral del Océano Pacífico
mexicano definidas en los permisos de pesca
comercial, respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de la Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial |
e. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener las poblaciones Aprovechado al
Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda
reproductiva temporal fija; regulación del arte y método de pesca.
f. Estatus
Baja California Sur, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Colima y
Chiapas: Aprovechada al Máximo Sustentable.
Baja California, Sonora, Guerrero y Oaxaca: En Deteriorado.
g. Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por zonas y/o
regiones de pesca, conforme a lo previsto en
iii. Actualizar
iv. Actualizar los periodos de veda por región, previa opinión
técnica del INAPESCA.
v. Respetar
lo dispuesto en
vi. Implementar
un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en
22. Medusa
bola de cañón
a. Generalidades
La medusa bola de cañón (Stomolophus sp.) forma agregaciones reproductivas
que pueden variar de unos metros a decenas de metros de ancho y kilómetros de
largo. Las agregaciones varían espacio-temporalmente, pero, en general, ocurren
entre marzo y mayo. La pesquería de medusa bola de cañón del Golfo de
California se realiza en localidades específicas de la costa, que pueden variar
dependiendo de la temporada de que se trate. Como ejemplo, durante la temporada
de pesca 2013 se registró la instalación de 19 plantas procesadoras de medusa
bola de cañón entre Guaymas y las Guásimas, en un tramo de 40 kilómetros. En
Sonora, los principales centros o sitios productores han sido las Guásimas y el
Golfo de Santa Clara. La pesquería de medusa bola de cañón (Stomolophus sp.)
es una importante actividad económica a partir de 2001, alternativa a la de
recursos como la sierra (Scomberomorus
spp.) u otros que en primavera se encuentran vedados
(camarón, jaiba, tiburones y rayas). Para la captura aprovecha la naturaleza
gregaria del recurso se realiza en la franja entre 20 y 1,000 metros de la
costa, generalmente cerca de lagunas costeras o bahías con fondos arenosos o
lodosos, a profundidades de 2 a 20 metros. Para la captura de medusa bola de
cañón se aprovecha la naturaleza gregaria del recurso y suele realizarse en
días soleados y con viento calma. Se realiza a bordo de embarcaciones menores
con motor fuera de borda de 25 a 80 caballos de fuerza y capacidad de acarreo
entre una y cinco toneladas. Las embarcaciones son tripuladas por dos a cuatro
pescadores dependiendo del tamaño de la panga. Para la captura, se utilizan
cucharas de aro metálico de entre 40 y 50 centímetros de diámetro, con mango
metálico o de madera de aproximadamente 2 metros de longitud. Del aro va fija
una bolsa de paño pesquero, generalmente de 4 a 6 pulgadas de abertura de
malla. Ocasionalmente, se utiliza una red de enmalle (sierrera,
por lo general) que hace las veces de barrera y, con ayuda de la corriente,
permite subir el recurso hacia la superficie en donde es capturado con la
cuchara. El uso de la red, denominada “rampa”, es más común en el Alto Golfo de
California ya que en esa zona la medusa bola de cañón tiene la tendencia a
ubicarse cerca del fondo o a media agua.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Medusa bola de cañón o aguamala |
Stomolophus sp. |
b. Indicadores de la pesquería
Las capturas de medusa bola de cañón se
incrementaron paulatinamente desde 2001, con oscilaciones cada tres o cuatro
años, y un valor máximo de 80,000 toneladas en 2018. El promedio de captura
anual durante los últimos tres años (2018-2020) es de 61,000 toneladas (Figura
1). Entre 2001 y 2016, las descargas de medusa bola de cañón se incrementaron y
luego disminuyeron. En 2012, se emitieron permisos de pesca de fomento para su
captura principalmente frente a San Felipe, Baja California; las capturas en
esa zona sumaron 32,000 toneladas. En 2019, en el Golfo de Santa Clara, Sonora,
se registraron 54,000 toneladas de medusa bola de cañón (Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura de medusa bola de cañón (Stomolophus sp.)
en Sonora (SON), de 2001 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos ambientales y
cambio climático
A nivel global, los florecimientos de
especies gelatinosas obedecen a causas antropogénicas, entre las cuales el
cambio climático es una de las más probables, aunque no se descartan efectos
combinados de varios factores como contaminación y construcción de estructuras
marinas que sirven de sustrato o para los pólipos. Se ha concluido que el Golfo
de California ha cambiado de régimen climático a partir del evento El Niño
2009-2010 y que esto ha repercutido en los recursos pesqueros. En un análisis reciente
se concluyó que la pesquería de medusa bola de cañón es la única, entre un
grupo de 28 especies mexicanas de importancia económica, que resultará
beneficiada por efectos del cambio climático. El estudio consideró efectos
sobre la tasa intrínseca de crecimiento y la abundancia local, la fenología,
calcificación, enfermedades, nivel del mar, accesibilidad del recurso y
gobernanza como factor de adaptación.
d. Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de Manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Medusa Bola de Cañón. |
Opinión técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
110 milímetros
de diámetro de campana para Stomolophus sp. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Red de cuchara
con aro metálico entre 40 a 50 centímetros de diámetros con mango metálico o
de madera de 2 metros de longitud, con una bolsa de paño pesquero con luz de
malla de 4 a 6 pulgadas generalmente. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda. Tripuladas por dos a cuatro pescadores, su extracción
es con cuchara de aro metálico. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 61 embarcaciones. Sonora: 997
embarcaciones. Sinaloa: 15 embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas de
Jurisdicción Federal del Golfo de California, considerando los lineamientos
del Programa de Manejo de |
Permiso para
pesca comercial |
e. Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento basada en el
Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de
captura; cuotas de captura por zona.
f. Estatus
La medusa bola de cañón se encuentra en el
estatus Aprovechado al Máximo Sustentable (Figura 2).
Figura 2.
Estatus del stock de la población de medusa bola de cañón.
g. Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Expedir nuevos permisos de pesca, en el Alto Golfo de
California, de acuerdo con la disponibilidad anual de medusa bola de cañón,
previa opinión del INAPESCA.
iii. Realizar las pausas necesarias durante la temporada de pesca
con el fin permitir que los juveniles crezcan y se recluten a la talla de
captura, previa opinión técnica del INAPESCA.
iv. Elaborar y publicar una Norma Oficial Mexicana para regular el
inicio de temporada, la talla mínima de captura, la tasa de incidentalidad
de organismos menores a la talla mínima, la cuchara de pesca con malla en forma
de cuadro y la zonificación de las zonas de pesca.
v. Instrumentar
programas de ordenamiento y manejo por zonas y/o regiones de pesca, conforme a
lo previsto en
vi. Promover
la inclusión de Stomolophus
sp. en la lista de especies importadas por China y
otros países destino del producto de esta pesquería.
vii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca en lo
previsto en
viii. Suspender toda actividad de pesca cuando las condiciones del mar
sean adversas, especialmente durante el transporte del producto de los sitios
de captura a los de recepción.
ix. Permitir el traslado de las embarcaciones de una zona de captura
a otra, únicamente en el caso de haber suficiente recurso y un acuerdo previo
entre comunidades y autorización de
23. Mejillón
a. Generalidades
El mejillón es un bivalvo de la
familia Mytilidae de amplia distribución. En México
se localiza a lo largo del litoral del Pacífico mexicano y Golfo de California.
Se tienen identificadas las especies: Mytilus californianus que vive adherida a rocas de áreas
expuestas, en niveles superiores de la zona intermareal, formando colonias, y
pueden encontrarse en aguas profundas hasta unos 50 metros de profundidad; Modiolus capax, habita
adherido a diversos sustratos como roca, piedra, fango, desde niveles de baja
marea hasta 50 metros de profundidad, en zonas protegidas dentro de las bahías
formando colonias; Mytella guyanensis,
en bancos fangosos o manglares pantanosos, y se puede encontrar adherido a
piedras, semi enterrado en arena fangosa, desde la zona intermareal hasta el
nivel superior de la zona sublitoral. El mejillón o
choro silvestre es un recurso de subsistencia. La colecta es manual en periodos
de bajamar y buceo. La
captura de mejillón (Mytilus californianus)
presenta una tendencia estable, con picos importantes; la captura máxima se
registró en 2010 (1,380 toneladas) con valores ascendentes de 2018 a 2020.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Mejillón o
Choro |
Mytilus californianus |
Mejillón |
Modiolus capax |
Mejillón |
Mytella guyanensis |
Mejillón |
Mytilus galloprovincialis |
Mejillón |
Mytilus edulis |
Mejillón |
Mytilus strigata |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Percebe |
Pollicipes polymerus |
b. Indicadores de
la pesquería
La captura de mejillón (Mytilus californianus) presenta una tendencia
estable y con ligeras variaciones durante el periodo de 2000 al 2020. Se
observaron con picos importantes de captura, con una máxima de 1,051 toneladas
en 2010 y una tendencia descendente durante 2012 al 2020 (Figura 1). La
comercialización de mejillón se realiza vivo a granel en sacos de plástico de
pesos variables o desconchado, los precios pueden variar a pie de playa o en
comercios.
Figura 1. Tendencia
de la captura de mejillón (Mytilus californianus) en Baja California (BC), de 2000 al
2020. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos
ambientales y cambio climático
Estudios previos en otras especies de
mejillón indican que los factores ambientales, como la temperatura y la disponibilidad
de alimento tienen relación con el crecimiento y la reproducción de los
organismos. El mejillón o choro al igual que muchos organismos bentónicos es
altamente susceptible a variabilidad ambiental y cambios en la temperatura del
agua. Los registros de captura se observaron fuertemente afectados en la década
de 1980 debido a los efectos combinados del ENSO 1982-1983, entre otros eventos
en los periodos 1991-1992 y 1997-1998. Entre 2013 y 2015 se originó un fenómeno
oceanográfico denominado "
d. Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso y
concesión para pesca comercial de Mejillón o Choro. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
80 milímetros
de longitud de concha para Mytilus californianus en Baja California. El resto de
las especies en función de los estudios del INAPESCA. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Recolección
manual con espátula y bolsa de malla llamada “jaba”. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
Sí |
Cuota
de captura anual o bienal (por especie, zona y banco). |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda equipada con compresor de aire, equipo de
buceo semiautónomo tipo “Hooka” y hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista), cuando la zona sea acantilado o
de arrecifes. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 2 embarcaciones. Sonora:
8 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
|
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California,
incluyendo la costa Pacífico de Baja California, costa Golfo de Baja
California Sur y Sonora, definidas en los permisos de pesca comercial,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e. Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener las poblaciones
Aprovechadas al Máximo Sustentable.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de
captura; rotación de bancos; veda reproductiva; zona de refugio pesquero; regulaciones en el arte y métodos de pesca; extracción individual de
organismos adultos.
f. Estatus
Baja California, Baja California Sur y Sonora: Indeterminado.
g. Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. La asignación de cuotas para
los usuarios que ya cuentan con permiso de pesca comercial, se realizarán bajo
el siguiente procedimiento:
● Deberán realizar una solicitud de cuota a
● Una vez recibida la solicitud, el INAPESCA
comunicará a
● Una vez realizada la evaluación el INAPESCA,
emitirá el dictamen técnico correspondiente.
iii. En el caso de solicitudes de
permisos para pesca comercial en nuevas zonas con estatus Indeterminado, el
INAPESCA con apoyo de los solicitantes realizarán una prospección para ubicar
los bancos y estimar una cuota preliminar. El dictamen técnico con la
recomendación de la cuota total se emitirá una vez que se realice la evaluación
poblacional, usando la información disponible sobre el programa de monitoreo y
seguimiento de las pesquerías.
iv. Como medida precautoria, se recomienda extraer los organismos de
manera individual, evitar colectar racimos completos para no dañar a juveniles
y especies asociadas.
v. La
pesca se debe llevar a cabo a través de rotación de bancos y dejar parches de
organismos adultos que servirán de reproductores.
vi. Elaborar y publicar
vii. Instrumentar programas de ordenamiento
y manejo por sistema lagunar y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
viii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca en lo previsto en
24. Ostión
del Pacífico
a. Generalidades
El ostión de roca (Crassostrea iridescens) se caracteriza por presentar una concha pesada, gruesa y escamosa, de
color café obscuro a rojizo en el exterior, el interior es de color nácar
brillante de lustre metálico. La forma es ovado-alargada longitudinalmente, y
la impresión muscular es grande y variable. El ostión de placer (Crassostrea costeziensis) su concha es de
forma variable, alargada-ovalada y más alta que larga. Los
ostiones son organismos que habitan tanto en el mar como en zonas litorales
sobre rocas expuestas al oleaje en la zona intermareal, y en esteros,
desembocaduras de río o lagunas costeras. El ostión es un recurso de importancia
comercial regional y nacional, tanto pesquera como acuícola, debido a la
demanda para consumo humano, su alto valor nutritivo y su clasificación como
producto de primera calidad. La pesquería de ostión presenta diversas características
de producción, cierto esfuerzo pesquero y grado de especialización, además de
factores fisiográficos y climáticos propios de cada región. Se utilizan embarcaciones
menores de fibra de vidrio con capacidad de 1 a 2 toneladas, propulsadas a remo
o motores fuera de borda de 40 a 75 caballos
de fuerza. Participan de dos o tres pescadores (un motorista y dos
pescantes). Para la colecta se utiliza una barra de acero (50 centímetros
de longitud terminada en una o dos puntas) para desprenderlos de las rocas y
depositarlos en cámaras inflables, costales o arpillas.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Ostión de roca Ostión de
placer o de Cortés |
Crassostrea iridescens, o Striostrea prismática Crassostrea costeziensis |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Langosta azul |
Panulirus inflatus |
Langosta verde
o playera |
Panulirus gracilis |
Pulpo |
Octopus hubbsorum |
Callo
margarita |
Chama buddiana |
Almeja burra |
Spondylus calcifer |
Lapa |
Lottia gigantea |
Mejillón |
Mytella strigata |
Lora |
Scarus perrico |
Pargos |
Lutjanus spp. |
b. Indicadores de la pesquería
La captura de ostión en Nayarit de 2000 al
2020, presenta una tendencia ascendente, con una caída en 2018 al 2019 y una
recuperación en 2020. En Guerrero, se presentó una tendencia ascendente hasta
2016 y descendente de 2017 al 2020. Sinaloa, presenta una tendencia descendente
de 2000 al 2011, y de 2012 al 2020 presenta recuperación. Baja California Sur,
presenta una tendencia descendente, con una captura promedio de 22 toneladas
durante los últimos cinco años. Las capturas de Jalisco, Michoacán y Oaxaca, se
mantienen por debajo de las 100 toneladas anuales (Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura de ostión en Baja California Sur (BCS), Sinaloa (SIN),
Nayarit (NAY), Jalisco (JAL), Michoacán (MICH), Guerrero (GRO) y Oaxaca (OAX),
de 2000 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos ambientales y cambio climático
La captura del ostión de roca en
las costas de Nayarit, Jalisco, Michoacán y Guerrero se ha visto favorecida por
el efecto del fenómeno de
d. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para pesca comercial de Ostión. |
Opinión técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Buceo a pulmón
o libre con equipo básico (aleta, visor), y colecta manual, barra de acero,
profundidad de 2 a 8 metros; utilizando arpilla o cámaras inflables donde depositan
las capturas con capacidad de 20 a 40 kilogramos. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda |
Sí |
Crassostrea corteziensis en las aguas
marinas y estuarinas de jurisdicción federal: Del Golfo de
California y las del Océano Pacífico, durante el periodo comprendido del 15
de julio al 15 de noviembre de cada año, exceptuando las ubicadas al sur de
la comunidad de Teacapán, Sinaloa, mismas que
limitan con el Estado de Nayarit. Ubicadas al
sur del poblado de Teacapán, Sinaloa, mismas que
limitan con el Estado de Nayarit, y que pertenecen al ecosistema lagunar
costero Teacapán-Agua Brava, durante el periodo
comprendido del 15 de julio de cada año al 15 de febrero del año siguiente.
“Ostión de piedra” (Crassostrea iridescens) en las aguas marinas y estuarinas de
jurisdicción federal del océano Pacífico en los periodos y zonas que a
continuación se indican: Del 1 de junio al 31 de agosto de cada año en la
zona comprendida del Estado de Sinaloa hasta el Estado de Chiapas,
exceptuando el área que abarca desde Pie de De la fecha de publicación del presente Acuerdo al
31 de diciembre de 2015 y del 1 de junio al 1 de diciembre en los años
subsecuentes, desde Pie de |
ACUERDO
por el que se modifica el aviso por el que se da a conocer el establecimiento
de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna
acuática en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos,
publicado en el Diario Oficial de (DOF:
29/11/2013) ACUERDO
por el que se modifica el Aviso por el que se da a conocer el establecimiento
de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna
acuática en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos,
publicado en el Diario Oficial de (DOF:
29/09/2015) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación
menor de 7 a 8.5 metros de eslora, motor fuera de borda de 40 a 75 caballos
de fuerza. En cada embarcación operan dos o tres
pescadores (un motorista y dos pescantes). Para la colecta se utiliza una barra de
acero (50 centímetros de longitud terminada en
una ó dos puntas) para desprenderlos de las rocas y
depositarlos en cámaras inflables, costales o arpillas. |
Dictamen técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo nominal autorizado |
Sí |
Baja
California Sur: 25 embarcaciones. Sinaloa: 138
embarcaciones. Nayarit: 89
embarcaciones. Jalisco: 45
embarcaciones. Colima: 9
embarcaciones. Michoacán: 38
embarcaciones. Guerrero: 111
embarcaciones. Oaxaca: 32
embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares de las entidades federativas del
Pacífico Mexicano, definidas en los permisos de pesca comercial, respetando
los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener
las poblaciones Aprovechadas al Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda
reproductiva; zona de refugio pesquero; cuota de captura; rotación de bancos.
f. Estatus
Nayarit, Michoacán y Guerrero: Aprovechada al Máximo
Sustentable.
Isla Magdalena, Baja California Sur, Jalisco: Con Potencial de Desarrollo.
Baja California, Resto de Baja California Sur, Sinaloa y
Colima: Indeterminado.
g. Recomendaciones de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En las zonas con estatus Indeterminado,
el número de embarcaciones se definirá en función de la disponibilidad del
recurso por zona, previo evaluación y opinión del INAPESCA, considerando
criterios de rentabilidad y administración del recurso, definidos por
iii. En las zonas con estatus con Potencial de
Desarrollo, la autorización de nuevos permisos se resolverá conforme a
resultados de los estudios y opiniones técnicas del INAPESCA.
iv. Elaborar y publicar
v. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por sistema
lagunar y/o áreas definidas, conforme a lo previsto en
vi. Establecer un programa de rotación de bancos.
vii. Establecer cuotas de captura por día por
pescador, días de pesca a la semana, bajo un esquema de co-manejo
y corresponsabilidad con las organizaciones y pescadores de cada zona o región
o banco.
viii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca en lo previsto en
ix. Con el fin de garantizar la seguridad de
los buzos, se recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades
menores de 30 metros, análogo a lo establecido en
25. Pepino
de mar del Pacífico
a. Generalidades
El pepino de mar corresponde a un grupo de
invertebrados marinos que forman parte de los equinodermos y se encuentran
dentro de la clase holoturoidea, entre algunas de las especies de holothuroideos que habitan en aguas mexicanas, con un valor
económico directo, y de las cuales se estima un importante potencial de
existencia en nuestros litorales. El pepino de mar berrugoso es un recurso de relevancia socioeconómica local
y regional, que conforma una pesquería alterna al erizo rojo en Baja
California, En el Pacífico mexicano se aprovecha
comercialmente la especie Apostichopus parvimensis (sinónimo de Parastichopus parvimensis), la cual habita aguas templadas. Se captura principalmente
en la costa occidental de la península de Baja California, desde la frontera
con Estados Unidos hasta Punta Abreojos en Baja California Sur. En la captura
de pepino de mar se emplea una embarcación menor con motor fuera de
borda, y equipo de buceo semiautónomo tipo hooka. Su
extracción es manual; se colecta en bolsa de pesca (“jaba”), donde participan
tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Pepino de mar berrugoso |
Apostichopus parvimensis (sinónimo de Parastichopus parvimensis) |
Pepino de mar
blanco, aguado |
Holothuria inhabilis |
Pepino de mar |
Holothuria impatiens |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Pepino de mar |
Parastichopus californicus |
Erizo rojo |
Strongylocentrotus franciscanus |
Erizo morado |
Strongylocentrotus purpuratus |
Caracol
panocha |
Megastraea undosa |
Caracol
panocha |
Megastraea turbanica |
Concha lapa |
Megathura crenulata |
Caracol
tornillo, |
Kelletia kelletii |
Caracol turbo
o Burgado |
Turbo fluctuosus |
Abulón (Azul,
Amarillo, Negro, Chino y Rojo) |
Haliotis spp. |
b. Indicadores de
la pesquería
La pesquería de pepino de mar en Baja
California representa el 83% de la captura, a diferencia de Baja California Sur
con un 17%. En Baja California se presentó una etapa inicial en los primeros
tres años con un promedio de 180 toneladas, y un registro máximo de 747
toneladas en 1994. Sin embargo, a partir del periodo de 1995 al 2013 se ha
observado una tendencia negativa de captura, con un promedio de 1,923
toneladas, sin embargo, del periodo 2013-2020 se ha presentado variaciones
menores entre 90 a 100 toneladas (Figura 1). En Baja California Sur la
tendencia fue positiva hasta 2009, en el cual se invierte dicha tendencia y la
mayor captura se registró en 2009 con 198.5 toneladas (Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura de pepino de mar (en peso vivo) en Baja California (BC)
y Baja California Sur (BCS), de 1991 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos
ambientales y cambio climático
El pepino de mar, de manera similar a muchos
organismos bentónicos, es altamente susceptible a variabilidad ambiental y
cambios en la temperatura del agua. Entre 2013 y 2015 se originó un fenómeno
oceanográfico denominado "
d. Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso
para pesca comercial de Pepino de mar. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca
y método de pesca |
Sí |
Extracción
manual con bolsa de malla llamada “jaba”. Buceo semiautónomo tipo “Hooka”. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
Sí |
Cuota de
captura anual (por zona y banco), previa solicitud del usuario a través de |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, equipada con compresor de aire y equipo de
buceo semiautónomo tipo “Hooka” y hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 178 embarcaciones. Baja
California Sur: 88 embarcaciones. Sonora: 6
embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal en |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero |
e. Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento por zona y banco, menor a 10% del tamaño de la
población estimado con respecto al peso promedio del tegumento, en función del
estatus del recurso.
Tácticas:
Control del esfuerzo pesquero; veda temporal; zonas de pesca por cooperativa;
cerrar la pesca ante contingencias ambientales (ENSO, florecimientos algales
nocivos, entre otros).
f. Estatus
El pepino de mar berrugoso
(Apostichopus parvimensis) (sinónimo de Parastichopus parvimensis)
se encuentra en estatus Deteriorado en Baja California, con tendencia a la
recuperación en Baja California Sur.
El estatus de las especies Holothuria inhabilis y Holothuria impatiens es Indeterminado, debido a que son especies
de reciente interés comercial por lo que no existe información suficiente para
determinar su estatus poblacional.
g. Recomendaciones
de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. En el caso de las especies (Holothuria inhabilis y Holothuria impatiens), con estatus
Indeterminado el número de embarcaciones se definirá en función de la
disponibilidad del recurso por zona, previo evaluación y opinión del INAPESCA,
considerando criterios de rentabilidad y administración del recurso, definidos
por
● En el caso de solicitudes de permisos para
pesca comercial en nuevas zonas con estatus Indeterminado, el INAPESCA con
apoyo de los solicitantes realizarán una prospección para ubicar los bancos y
estimar una cuota preliminar. El dictamen técnico con la recomendación de la
cuota total se emitirá una vez que se realice la evaluación poblacional, usando
la información disponible sobre el programa de monitoreo y seguimiento de las
pesquerías.
● La asignación de cuotas para los
usuarios que ya cuentan con permiso de pesca comercial, se realizarán bajo el
siguiente procedimiento:
● Deberán realizar una solicitud de cuota a
● Una vez realizada la evaluación, el INAPESCA
emitirá el dictamen técnico correspondiente.
iii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca en lo
previsto en
iv. Con el fin de garantizar la seguridad de
los buzos, se recomienda limitar las actividades del buceo a profundidades
menores de 30 metros, análogo a lo establecido en
v. Elaborar y publicar
vi. Instrumentar el programa de ordenamiento y manejo conforme a lo previsto en
26. Pulpo
del Pacífico
a. Generalidades
Los pulpos se caracterizan por un ciclo de
vida corto, rápido crecimiento y plasticidad del ciclo de vida. Habitan en los
bentos, principalmente en zonas rocosas, donde buscan cuevas para refugiarse.
El pulpo verde (Octopus hubbsorum) se distribuye desde el paralelo 29°,
incluyendo el Golfo de California, hasta las costas de Oaxaca; entre el
intermareal y los 30 metros de profundidad y no presenta ocelas. El pulpo café (Octopus bimaculatus)
se distribuye de California, Estados Unidos de Norteamérica (EUA), al sur en el
Golfo de California, México; entre el intermareal y los 50 metros de
profundidad y presenta ocelos evidentes uno debajo de cada ojo, cerca de la
base de los brazos del segundo y tercer par. El pulpo ocelado enano (Octopus bimaculoides)
se distribuye desde Santa Bárbara, Estados Unidos de América, hasta Bahía de
San Quintín, y habita principalmente en fondos arenosos. Presenta ocelos bien
definidos cerca de los ojos que pueden variar dependiendo de la sombra.
El pulpo verde (Octopus hubbsorum) es el pulpo que más se
captura a lo largo de la costa Pacífico desde Baja California Sur hasta Oaxaca,
incluyendo el Golfo de California. El pulpo café (Octopus bimaculatus), se captura principalmente en Baja California y Sonora. La unidad
de pesca consiste en una embarcación menor con motor fuera de borda equipada
con trampas y hasta dos pescadores; o embarcación menor con motor fuera de
borda equipada con un compresor de aire, equipo de buceo semiautónomo tipo “hooka” o buceo libre y hasta tres pescadores (buzo, cabo de
vida y motorista).
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Pulpo verde Pulpo café o
pulpo de dos manchas Pulpo ocelado
enano o pulpo californiano de dos manchas |
Octopus hubbsorum Octopus bimaculatus Octopus bimaculoides |
b. Indicadores de
la pesquería
La captura oficial de pulpo del Pacífico
mexicano durante el 2000 al 2020, Baja California Sur registra las mayores
capturas con un aporte de 37% y una tendencia general ascendente de 7 a 996
toneladas (media de 387 toneladas), con disminuciones interanuales entre 2013 y
2015. La segunda identidad con mayor registro es Jalisco, con un aporte del
17%, y una tendencia general estable, con variaciones de 75 a 283 toneladas y
una media de 181 toneladas, y en el resto de las entidades federativas el
comportamiento es similar y se observan ligeras variaciones en las capturas
(Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura de pulpo en Baja California (BC), Baja California Sur
(BCS), Sonora (SON), Sinaloa (SIN), Colima (COL), Guerrero (GUER), Jalisco
(JAL), Michoacán (MICH), Nayarit (NAY) y Oaxaca (OAX), de 2000 al 2020. Fuente:
CONAPESCA.
c. Efectos
ambientales y cambio climático
Los cefalópodos, incluyendo las especies de
pulpo verde (Octopus hubbsorum) y
pulpo café (Octopus bimaculatus)
son altamente susceptibles a las variaciones fisicoquímicas de la columna de
agua, sobre todo en su etapa de paralarva (estadio
inicial post-eclosión), etapa en la que son
dependientes de los efectos de la circulación oceánica. En relación al cambio
climático, se ha observado que debido a las características ecológicas de los
cefalópodos (ejemplo: ciclo de vida corto, rápido crecimiento, fuerte
plasticidad del ciclo de vida), presentan una rápida adaptación a los cambios
ambientales. Durante condiciones oceanográficas
d. Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Pulpo. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Se establecen
las siguientes tallas mínimas o pesos mínimos de captura para todas las
especies de pulpo en Bahía de los Angeles, Baja
California: I.- Para los
machos: 124.5 milímetros de longitud del manto dorsal o un peso de 757
gramos. II.- Para las
hembras: 143.5 milímetros de longitud del manto dorsal o un peso de 1,029
gramos. |
Artículo
Primero, fracciones I y II del Acuerdo por el que se establece la veda
temporal y tallas mínimas de captura para la pesca de las especies de pulpo
en bahía de los Angeles, Baja California (DOF:
01/06/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Trampas. Buceo
semiautónomo tipo “Hooka” con gancho. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
Sí |
En el área
geográfica de I.- Pulpo café
(Octopus bimaculatus),
del 1 de agosto al 30 de noviembre de cada año. II.- Pulpo
verde (Octopus hubbsorum)
del 1 de septiembre al 30 de noviembre de cada año. |
ACUERDO por el
que se modifica el similar por el que se establece la veda temporal y tallas
mínimas de captura para la pesca de las especies de pulpo en Bahía de los Angeles, Baja California, publicado el 1 de junio de
2016, para considerar como zona de veda la “Reserva de (DOF:
07/11/2017) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda equipada con trampas y hasta dos pescadores. Embarcación
menor con motor fuera de borda equipada con un compresor de aire y equipo de
buceo semiautónomo tipo “hooka” y hasta tres
pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Embarcación
menor con motor fuera de borda y hasta dos pescadores (motorista, buzo). |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Baja
California: 206 embarcaciones. Baja
California Sur: 458 embarcaciones. Sonora:
139 embarcaciones. Nayarit:
4 embarcaciones. Jalisco:
215 embarcaciones. Colima: 3
embarcaciones. Michoacán:
33 embarcaciones. Guerrero:
64 embarcaciones. Oaxaca:
45 embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal adyacente a los estados de Baja California, Baja
California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Colima, Jalisco, Guerrero, Oaxaca y
Chiapas, definidas en los permisos de pesca comercial, respetando los
lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas
Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas, Programas de Manejo y Zonas de Refugio Pesquero |
e. Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener las poblaciones Aprovechadas al
Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; veda temporal; talla mínima de captura;
control del arte y método de pesca.
f. Estatus
Costa del Golfo de Baja California y Complejo lagunar Bahía
Magdalena - Almejas, Baja California Sur: Aprovechadas al Máximo
Sustentable.
Costa Pacífico de Baja California, Resto de Baja California
Sur y resto de las entidades federativas: Indeterminado.
g. Recomendaciones
de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. En zonas con estatus
Indeterminado el esfuerzo de pesca se definirá en función de la disponibilidad
del recurso por zona, previo evaluación y opinión técnica del INAPESCA,
considerando criterios de rentabilidad y administración del recurso, definidos
por
iii. Establecer vedas temporales para
proteger el periodo reproductivo en todas las zonas donde el método de pesca
sea el buceo, previa opinión técnica del INAPESCA.
iv. Elaborar y publicar
v. Asignar los permisos de pesca otorgando áreas geográficamente
delimitadas.
vi. Respetar lo dispuesto en
vii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca con base en lo previsto en
27. Robalo
del Pacífico
a) Generalidades
Los robalos pertenecen a la
familia Centropomidae y están distribuidos a lo largo
de las aguas costeras tropicales de América. Son habitantes de ecosistemas estuarinos
y costeros, con gran tolerancia a las fluctuaciones de salinidad y se
consideran eurihalinos. Habitan sobre fondos de arena, fango y grava en bahías,
esteros, lagunas costeras y partes inferiores de ríos y quebradas de aguas
dulces con manglares de las zonas tropicales del continente americano. Las
estadísticas de captura de robalo, lo sitúan en la costa de todos los estados
del Pacífico mexicano, sin embargo, las especies de la familia Centropomidae son tropicales, y cuando la condición
ambiental de la temperatura aumenta, la distribución de los robalos se presenta
en los Estados de Baja California, Baja California Sur y Sonora. Las
principales zonas de captura son lagunas costeras, esteros, estuarios,
desembocaduras de ríos, bahías y costas. En Sinaloa, se captura en la parte sur
del estado, en los municipios de Escuinapa y Mazatlán. En Nayarit se encuentran
en la parte norte y centro del estado, en los municipios de Tecuala, Tuxpan y
San Blas. En Jalisco: Barra de Navidad y Cruz de Loreto. En Colima,
principalmente en Manzanillo y Boca de Apiza. En
Michoacán, las comunidades pesqueras de mayor importancia para la captura de
robalo son Lázaro Cárdenas, Caleta de Campos y Boca de Apiza.
En Oaxaca en el sistema lagunar Huave y Mar Muerto, y
en Chiapas se realiza en todos los sistemas lagunares y en la zona costera. La
captura del robalo se realiza mediante embarcaciones menores de tipo panga o
canoa, construidas de madera o fibra de vidrio, propulsadas por medio de remos,
y motores fuera de borda, generalmente con baja potencia menores a 25 caballos
de fuerza. La tripulación para el viaje de pesca está compuesta por 2 y 3
pescadores que dedican en promedio 5 horas a cada viaje de pesca. Las
redes de enmalle superficiales de
diferentes dimensiones son el arte de pesca más común, y en menor predominancia
la piola.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Robalo espina
larga |
Centropomus armatus |
Robalo aleta
prieta, carapanda, huite o paleta |
Centropomus medius |
Robalo prieto,
piedra o neto |
Centropomus nigrescens |
Robalo aleta
amarilla, constantino, sireque,
chucumite o huela |
Centropomus robalito |
Robalo
plateado, robalo blanco, hocicudo o garabato |
Centropomus viridis |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Agujón californiano |
Strongylura exilis |
Bagre chihuil, tacazonte |
Bagre panamensis |
Bagre tete o
cuatete |
Ariopsis seemanni |
Barbilla
amarilla |
Polydactylus opercularis |
Barbilla
blanca |
Polydactylus approximans |
Barracuda
mexicana o buzo |
Sphyraena ensis |
Berrugata |
Micropogonias ectenes |
Berrugata roncadora |
Umbrina xanti |
Burrito
corcovado |
Orthopristis chalceus |
Burro almejero, guzga |
Haemulon sexfasciatum |
Burro bacoco |
Anisotremus interruptus |
Burro labio
morado, bocadulce |
Haemulopsis elongatus |
Burro rasposo |
Haemulon maculicauda |
Cabrilla pinta |
Epinephelus analogus |
Chile |
Elops affinis |
Chivo |
Pseudupeneus grandisquamis |
Chocho, jurel
chumbo |
Hemicaranx zelotes |
Chula,
jiguagua, salmonete |
Xenichthys xanti |
Cirujano aleta
amarilla, barbero |
Acanthurus xanthopterus |
Cocinero,
jurel bonito |
Caranx caballus |
Corvineta bizca |
Ophioscion strabo |
Jorobado
mexicano, tostón |
Selene brevoortii |
Jurel de
castilla, casabe |
Chloroscombrus orqueta |
Jurel toro |
Caranx caninus |
Jurel voraz,
ojo de perra |
Caranx sexfasciatus |
Lisa o liseta |
Mugil setosus (curema) |
Lisa cabezuda
o lisa macho |
Mugil cephalus |
Macabí |
Albula vulpes |
Malacapa |
Diapterus brevirostris |
Mojarra
bandera o rayada |
Gerres simillimus |
Mojarra cantileña o blanca |
Eucinostomus dowii |
Mojarrón, mojarra de altura |
Calamus brachysomus |
Pámpano fino,
rayado o palmilla |
Trachinotus rhodopus |
Pargo coconaco, tecomate |
Hoplopagrus guentherii |
Pargo mulato |
Lutjanus novemfasciatus |
Piña delgada |
Oligoplites saurus |
Sábalo |
Chanos chanos |
b) Indicadores de la pesquería
La captura de robalo en los estados del
noroeste (Baja California, Baja California Sur y Sonora) se ha mantenido de 0.5
a 196 toneladas (Figura 1A). En Sonora se observa un pico máximo superior a 196
toneladas en 2020. En Sinaloa y Nayarit se presentaron las mayores capturas de
robalo, con picos de captura máxima cercanas a 1,200 toneladas en 2018 (en
Nayarit) y 606 toneladas en 2019 (en Sinaloa) (Figura 1B). Sin embargo, en 2020
las capturas disminuyeron hasta valores inferiores a 200 toneladas. En los
estados del Pacífico central (Jalisco, Colima y Michoacán) las capturas
oscilaron de 12 a 637 toneladas, siendo Michoacán donde presentó un pico de
capturas (alrededor de 637 toneladas) en 2020 (Figura 1C). En Jalisco y Colima
las máximas capturas se presentaron en 2018 (alrededor de 171 toneladas) y en
2014 (105 toneladas). Para el Pacífico sur (Guerrero, Oaxaca y Chiapas) se
observaron intervalos de 11 a 490 toneladas. Oaxaca en 2020 presentó un pico
máximo de captura superior a 490 toneladas, seguido de Chiapas con 316
toneladas en 2019 y Guerrero con 216 toneladas en 2016 (Figura 1D). En resumen,
la entidad de Nayarit representa la mayor producción por pesca de robalo del
Pacífico, cubriendo el 30% promedio en los últimos 20 años (Figura 1B).
Figura 1. Tendencia
de la captura de robalo en Baja
California (BC), Baja California Sur (BCS) y Sonora (SON), de 2000 al 2020 (A).
Tendencia de la captura de robalo en Sinaloa (SIN) y Nayarit (NAY), de
2000 al 2020 (B). Tendencia de la captura
de robalo en Jalisco (JAL), Colima (COL) y Michoacán (MICH), de 2000 al 2020 (C). Tendencia de la captura de
robalo en Guerrero (GRO), Oaxaca (OAX) y Chiapas (CHI), de 2000 al 2020 (D). Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
Los aumentos y disminuciones en las capturas
en las especies de robalos (Centropomus spp.) reflejan cambios
ambientales estacionales y por efecto de El Niño y
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESCA-2016. Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción de los Estados Unidos Mexicanos. NORMA Oficial
Mexicana NOM-064-SAG/PESC/SEMARNAT-2013, Sobre sistemas, métodos y técnicas
de captura prohibidos en la pesca en aguas de jurisdicción federal de los
Estados Unidos Mexicanos. |
DOF:
19/09/2016 DOF: 21/01/2015 |
Plan de Manejo Pesquero |
Sí |
ACUERDO por el
que se expide el Plan de Manejo Pesquero de robalo garabato (Centropomus viridis),
pargo colorado (Lutjanus colorado) y curvinas en marismas
nacionales, Nayarit y Sur de Sinaloa. |
DOF:
12/04/2021 |
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama Marina. |
Opinión
técnica de INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Para
las especies de |
Numerales
4.2.2.1 y 4.2.9, Fracción I; (Inciso f) de (DOF: 19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Se autoriza la
operación de embarcaciones menores con eslora máxima total de 10.5 metros sin
cubierta corrida y con motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75
caballos de fuerza), o sin motor. Redes de enmalle construidas de hilo
monofilamento o multifilamento de nylon o cualquier otro tipo de poliamida,
con diámetro mínimo de 0.3 milímetros, luz de malla mínima de 127.0
milímetros (5 pulgadas), longitud máxima de 50 metros, caída o altura máxima
de 5 metros (50 mallas) y un encabalgado mínimo del 50%. |
Numerales
4.2.1 y 4.2.2.1, Fracción I, (inciso f) de (DOF: 19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo nominal autorizado |
No |
No existen
permisos o concesiones específicas para pesca comercial de robalo (amparado
por el permiso de pesca comercial de escama marina o estuarina en la región). |
|
Zona de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal adyacente a los estados de Baja California,
Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Colima, Jalisco, Michoacán,
Guerrero, Oaxaca y Chiapas, definidas en los permisos de pesca comercial,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener las poblaciones Aprovechadas al
Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; regulación del
arte de pesca; veda reproductiva temporal, zonas de refugio pesquero.
f) Estatus
El estatus del recurso de robalo en el
Pacífico mexicano se encuentra Aprovechada al Máximo Sustentable (Figura 2).
Figura 2. Estatus del stock de la población de robalo (Centropomus spp.) en el Pacífico mexicano.
g) Recomendaciones de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. Elaborar y publicar
iii. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo para el robalo
en el Pacífico mexicano, conforme a lo previsto en LGPAS y en
iv. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras
de pesca en lo
previsto en
v. Respetar lo dispuesto en
vi. Realizar estudios para regular el arte de pesca.
28. Sierra
del Pacífico
a) Generalidades
La sierra (Scomberomorus sierra) presenta una distribución tropical y subtropical, desde el
sur de California hasta Chile, incluyendo las islas Galápagos. En cambio, la
sierra del Golfo (Scomberomorus concolor), es
una especie endémica del norte del Golfo de California. La sierra forma
cardúmenes y se reproducen muy cerca a la costa a lo
largo de su intervalo de distribución. Habita desde las zonas costeras cercanas
a la superficie. Para su captura se utilizan embarcaciones menores con motor
fuera de borda, con dos tripulantes a bordo. Las artes de pesca utilizados en
la captura son la red de enmalle (chinchorro agallero)
de diferentes longitudes y tamaños de malla, hilo de nylon monofilamento que
varía de entre 0.30 y 0.55 milímetros, también se utiliza el curricán, piola y
anzuelo. El recurso se pesca a lo largo de todo el litoral Pacífico mexicano.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Sierra del
Pacífico Sierra del
Golfo |
Scomberomorus sierra Scomberomorus concolor |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Chopa salema o
Zulema |
Sectator ocyurus |
Papagallo |
Nematistius pectoralis |
Medregal limón o almaco |
Seriola rivoliana |
Medregal fortuno |
Seriola peruana |
Pámpano paloma |
Trachinotus paitensis |
Pámpano fino o
rayado |
Trachinotus rhodopus |
Pámpano toro |
Trachinotus kennedyi |
Charrito |
Trachurus symmetricus |
Chavela |
Peprilus snyderi |
Barracuda
mexicana |
Sphyraena ensis |
Barracuda |
Sphyraena lucasana |
Macarela,
jurel mexicano, Plátano |
Oligoplites altus |
Cocinero,
jurel bonito |
Carangoides caballus |
Medregal cola amarilla |
Seriola lalandi |
Mojarra pollo |
Eucinostomus dowii |
Barrilete
negro |
Euthynnus lineatus |
Barrilete
listado |
Katsuwonus pelamis |
Bonito del
Pacífico Oriental |
Sarda chiliensis |
Chula, bonita |
Sarda orientalis |
Curvina blanca |
Atractoscion nobilis |
Curvina azul,
aleta corta |
Cynoscion parvipinnis |
Curvina
golfina |
Cynoscion othonopterus |
Curvina rayada |
Cynoscion reticulatus |
Curvina
plateada |
Isopisthus remifer |
Lisa rayada o
cabezona |
Mugil cephalus |
Mojarrón, pluma marotilla,
Mojarra mueluda |
Calamus brachysomus |
Curvina berrugata |
Micropogonias altipinnis |
Berrugata |
Umbrina xanti |
Rayadillo |
Orthopristis chalceus |
Burrito rayado |
Orthopristis reddingi |
Ronco blanco |
Haemulon flaviguttatum |
Pargo lunarejo |
Lutjanus guttatus |
Melva, bonito |
Auxis thazard |
Melvera |
Auxis rochei |
Chano norteño |
Micropogonias megalops |
Macarela
estornino |
Scomber japonicus |
b) Indicadores de la pesquería
La captura de sierra en los estados del
noroeste (Baja California y Baja California Sur) del periodo de 2000 al 2020,
osciló de 90 a 3,520 toneladas, con una media de 929 toneladas (Figura 1A).
Respecto a Sonora, se presentan las mayores capturas de sierra, con valores de
1,327 a 3,524 toneladas. Con respecto a los estados de Sinaloa y Nayarit las
capturas mínimas se presentaron de 221 a 2,664 toneladas, con una media de 826
toneladas (Figura 1B). En Jalisco, representó con las mayores capturas de 46 a
269 toneladas (con una media de 159 toneladas). Respecto a Colima y Michoacán,
se presentaron las capturas de 24 y 76 toneladas, con una media de 46 toneladas
en Colima y de 140 toneladas en Michoacán (Figura 1C). Las capturas de sierra
en Guerrero, Oaxaca y Chiapas, se presentaron ligeras variaciones de captura,
con una tendencia ascendente, registrando valores de capturas de 0.5 a 277
toneladas, con una media de 108 toneladas (Figura 1D).
Figura 1. Tendencia
de la captura de sierra en Baja
California (BC) y Baja California Sur (BCS), de 2000 al 2020 (A). Tendencia de
la captura de sierra en Sonora (SON), Sinaloa (SIN) y Nayarit (NAY), de 2000 al
2020 (B). Tendencia de la captura de sierra en Jalisco (JAL), Colima (COL) y
Michoacán (MICH), de 2000 al 2020 (C). Tendencia de la captura de sierra en
Guerrero (GRO), Oaxaca (OAX) y Chiapas (CHI), de 2000 al 2020 (D). Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
Se ha observado que la temperatura y el
alimento son las variables importantes que explican los comportamientos de las
poblaciones de peces. A este respecto, la relación entre clorofila y
temperatura presenta una relación inversa, donde los valores más altos de
Clorofila a se encuentran en el
periodo “frío” lo que indica un mayor enriquecimiento de nutrimentos en este
periodo y por lo tanto una mayor productividad y disponibilidad de alimento
para la sierra, por lo que la mayor disponibilidad, abundancia y vulnerabilidad
se presenta en el periodo noviembre-abril. Tomando como base lo anterior, un
aumento en la temperatura del mar, provocaría una disminución en la
disponibilidad y abundancia del recurso, debido la escasez del alimento, ya que
las aguas cálidas son oligotróficas y por lo tanto pobre en nutrimentos, lo que
traería como consecuencia que los organismos emigraran a otras zonas donde las
condiciones son más favorables. Lo que sugiere, que las temperaturas menores
presentan condiciones favorables para la especie.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama Marina. |
Opinión técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Sierra del
Pacífico (Scomberomorus sierra) 50 centímetros de longitud
total, excepto en Sonora de 40 centímetros de longitud total. |
Dictamen técnico
de INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Red de
enmalle, apertura de malla de 3 1/2 (88.9 milímetros), excepto Sonora, con 3
pulgadas de apertura de malla (75 milímetros). Encierro, curricán. |
Dictamen
técnico de INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, con dos tripulantes a bordo. |
Dictamen
técnico de INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo nominal autorizado |
No |
No existen
permisos o concesiones específicas para pesca comercial de sierra (amparado
por el permiso de pesca comercial de escama marina en la región). |
|
Zona de pesca |
Sí |
Aguas
marinas de Jurisdicción Federal adyacente a los estados de Baja California,
Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Colima, Jalisco, Michoacán,
Guerrero, Oaxaca y Chiapas, definidas en los permisos de pesca comercial,
respetando los lineamientos de los Programas de Manejo de las Areas Naturales Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero
publicadas en el DOF. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población al Aprovechamiento
Máximo Sustentable.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima
legal; regulación de arte y método de pesca.
f) Estatus
El estatus del recurso de sierra en el
Pacífico mexicano se encuentra Aprovechada al Máximo Sustentable (Figura 2).
Figura 2. Estatus del stock de la población de sierra en el Pacífico
mexicano.
g) Recomendaciones de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. Publicar mediante Acuerdo regulatorio la
talla mínima de sierra (Scomberomorus sierra) de 50 centímetros de longitud
total y para Sonora de 40 centímetros de longitud total.
iii. Elaborar y publicar
iv. Realizar estudios para regular el arte de pesca y la
protección del periodo reproductivo.
v. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo para la sierra
en el Pacífico mexicano, conforme a la previsto en
vi. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca en lo
previsto en
29. Tiburones
del Pacífico
a) Generalidades
La pesca de tiburones es una de las
actividades de mayor importancia social y económica en México, no solo por la
generación de alimento y empleos para el sector pesquero involucrado
directamente en su captura; sino también por las actividades conexas como el
comercio y distribución de los productos y subproductos pesqueros, las
reparaciones y venta de embarcaciones, motores y materiales para la pesca. La
pesca se realiza en
Especies objetivo |
Unidad de Pesca |
|||
Nombre común |
Nombre
científico |
Mediana altura |
Altura |
Menores |
Tiburón
azul*** |
Prionace glauca |
X |
X |
X |
Tiburón mako de aletas cortas o alecrín*** |
Isurus oxyrinchus |
X |
X* |
X |
Tiburón zorro pelágico*** |
Alopias pelagicus |
X |
X |
X |
Tiburón zorro,
coludo*** |
Alopias vulpinus |
X |
|
X* |
Tiburón zorro
ojón, zorro de anteojos*** |
Alopias superciliosus |
X |
X* |
X |
Cornuda o
tiburón martillo común*** |
Sphyrna lewini |
|
X* |
X |
Cornuda
prieta*** |
Sphyrna zygaena |
X |
X |
X |
Tiburón sedoso
o tunero*** |
Carcharhinus falciformis |
X |
X |
X |
Tiburón
zarco*** |
Carcharhinus galapagensis |
|
X* |
X** |
Tiburón
vitamínico |
Galeorhinus galeus |
|
|
X* |
Tiburón
volador*** |
Carcharhinus limbatus |
|
X* |
X |
Cazón bironche o coyotillo*** |
Rhizoprionodon longurio |
|
|
X |
Tiburón cueroduro*** |
Carcharhinus porosus |
|
|
X |
Tiburón gata |
Gynglymostoma unami |
|
|
X* |
Tiburón
tigre*** |
Galeocerdo cuvier |
|
X** |
X* |
Cornuda
gigante*** |
Sphyrna mokarran |
|
X** |
X** |
Tiburón chato
o toro*** |
Carcharhinus leucas |
|
X** |
X* |
Cazón mamón |
Mustelus henlei |
|
|
X |
Cazón mamón |
Mustelus albipinnis |
|
|
X |
Cazón mamón |
Mustelus lunulatus |
|
|
X |
Cazón mamón |
Mustelus californicus |
|
|
X |
Tiburón
colorado o cobrizo*** |
Carcharhinus brachyurus |
|
|
X** |
Tiburón
colorado*** |
Carcharhinus altimus |
|
|
X** |
Tiburón puntas
blancas*** |
Carcharhinus longimanus |
|
X* |
X** |
Tiburón oscuro
o zarco*** |
Carcharhinus obscurus |
|
X* |
X** |
Tiburón
limón*** |
Negaprion brevirostris |
|
|
X* |
Tiburón puntas
blancas*** |
Triaenodon obesus |
|
|
X* |
Cazón cara
blanca, trompa larga o coyotillo*** |
Nasolamia velox |
|
|
X* |
Especies asociadas |
Unidad de Pesca |
|||
Nombre común |
Nombre
científico |
Mediana altura |
Altura |
Artesanal |
Raya látigo |
Hyapnus dipterurus |
|
|
X |
Raya látigo |
Hypanus longus |
|
|
X |
Raya guitarra
pinta o payaso*** |
Pseudobatos glaucostigma |
|
|
X |
Raya mariposa |
Gymnura marmorata |
|
|
X |
Raya eléctrica
o torpedo |
Narcine entemedor |
|
|
X |
Raya tecolote |
Rhinoptera steindachneri |
|
|
X |
Raya águila |
Aetobatus laticeps |
|
|
X |
Dorado |
Coryphaena hippurus |
|
X |
X |
Dorado |
Coryphaena equiselis |
|
X** |
|
Pez vela |
Istiophorus platypterus |
|
X |
X |
Marlin rayado |
Kajikia audax |
X |
X |
X |
Raya látigo |
Pteroplatytrygon violácea |
|
X |
X |
Marlin azul |
Makaira nigricans |
|
X* |
X |
Pez espada |
Xiphias gladius |
|
X* |
X |
Atún aleta
amarilla |
Thunnus albacares |
X |
X |
X |
Atún aleta
azul |
Thunnus orientalis |
X |
|
|
Wahoo |
Acanthocybium solandri |
|
X |
X |
Barrilete |
Katsuwonus pelamis |
|
X** |
X |
Opah |
Lampris guttatus |
X |
|
|
Pez luna |
Mola mola |
|
X** |
|
Listón |
Trachipterus spp. |
|
X** |
|
Escolar clavo |
Ruvettus pretiosus |
X |
|
|
Escolar negro |
Lepidocybium flavobrunneum |
X |
|
|
Medregal |
Seriola dumerili |
|
|
X |
Sierra |
Scomberomorus sierra |
|
|
X |
Huachinango
del Pacífico |
Lutjanus peru |
|
|
X |
Pargo
lunarejo, flamenco |
Lutjanus guttatus |
|
|
X |
Pargo
amarillo, coyotillo, alazán |
Lutjanus argentiventris |
|
|
X |
Pargo coconaco, tecomate |
Hoplopagrus guentherii |
|
|
X |
Pargo
colorado, pargo listoncillo |
Lutjanus colorado |
|
|
X |
Pargo rojo,
pargo colmillón |
Lutjanus jordani |
|
|
X |
Pargo mulato,
pargo prieto |
Lutjanus novemfasciatus |
|
|
X |
Robalo |
Centropomus nigrescens |
|
|
X |
Cirujano aleta
amarilla, barbero |
Acanthurus xanthopterus |
|
|
X |
Burro bacoco |
Anisotremus interruptus |
|
|
X |
Cochi, bota |
Balistes polylepis |
|
|
X |
Jurel de
hebra, cocinero |
Carangoides otrynter |
|
|
X |
Jurel toro |
Caranx caninus |
|
|
X |
Jurel voraz,
ojo de perra |
Caranx sexfasciatus |
|
|
X |
Curvina |
Cynoscion reticulatus |
|
|
X |
Baqueta |
Epinephelus acanthistius |
|
|
X |
Cabrilla pinta |
Epinephelus analogus |
|
|
X |
Mero, cherna |
Epinephelus itajara |
|
|
X |
Cabrilla piedrera |
Epinephelus labriformis |
|
|
X |
Baqueta ploma |
Epinephelus niphobles |
|
|
X |
Ronco chano,
burro |
Haemulon flaviguttatum |
|
|
X |
Burro rasposo |
Haemulon maculicauda |
|
|
X |
Ronco rayado, |
Microlepidotus brevipinnis |
|
|
X |
Ronco
rayadillo |
Microlepidotus inornatus |
|
|
X |
Cabrilla
sardinera, mitán |
Mycteroperca rosacea |
|
|
X |
Burrito, ronco
rayado |
Orthopristis reddingi |
|
|
X |
Chula o bonito |
Sarda sarda |
|
|
X |
Salema |
Sectator ocyurus |
|
|
X |
Botete diana |
Sphoeroides annulatus |
|
|
X |
Pampano, pampano rayado |
Trachinotus rhodopus |
|
|
X |
Chula,
salmonete |
Xenichthys xanti |
|
|
X |
Calamar
gigante |
Dosidicus gigas |
|
X** |
|
*Especies poco comunes/** Especies
raras/***Especies incluidas en el Apéndice II de
b) Indicadores de la pesquería
A
nivel nacional la pesquería de tiburón (tiburón-cazón) ha ocupado en los
últimos años los lugares décimo y onceavo por su volumen de captura y el noveno
lugar por su valor económico. El comportamiento histórico de las capturas a
nivel nacional correspondientes a todas las unidades pesqueras, muestra
capturas relativamente bajas de inicio y durante la segunda parte del siglo,
pasado a la mitad de la década de los 70’s, cuando se presentó un incremento
notorio al registrar un promedio de 30,000 toneladas anuales, nivel en que se
mantuvo a lo largo de la década de los 80’s. Al inicio los 90’s las capturas
disminuyeron a aproximadamente una tercera parte y se mantuvieron así hasta
2010. Durante 2014-2018 la tendencia fue al alza continua, lográndose un máximo
histórico en 2018 con una producción de 45,000 toneladas (Figura 1). Los estados que contribuyeron en
2018 con una mayor captura de tiburón en el litoral del Pacífico mexicano
fueron Nayarit y Chiapas, con aproximadamente 8,200 y 6,900 toneladas, seguido
de Sinaloa con 6,300 toneladas.
Figura 1. Tendencia de las capturas de tiburón, cazón y rayas del
Pacífico mexicano, de 1976 al 2019. Fuente: CONAPESCA.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
La vulnerabilidad al cambio climático con
base en escenarios de emisiones de gases de efecto invernadero (bajas, medias y
altas emisiones) proyectadas hasta el año 2100, demostró que A. pelagicus e I. paucus tienen alto riesgo, mientras que el resto de las
especies presentan riesgo medio. La captura de
tiburones en el Pacífico central mexicano ha sido correlacionada con
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-029-PESC-2006, Pesca responsable de tiburones y rayas.
Especificaciones para su aprovechamiento. |
DOF:
14/02/2007 |
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permisos para pesca comercial de Tiburón. |
Opinión
técnica del INAPESCA. Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Las
artes y métodos de pesca permitida para cada unidad pesquera y sus
especificaciones se establecen en 4.3.14.
Las redes o los palangres no podrán unirse para su utilización en serie. 4.4
Disposiciones
aplicables a las pesquerías ribereñas artesanales dirigidas a tiburones y
rayas en el Golfo de México, Mar Caribe mexicano y Océano Pacífico,
incluyendo Golfo de California. 4.6
Disposiciones aplicables a las pesquerías de mediana altura dirigidas a
tiburones y rayas del Océano Pacífico incluyendo el Golfo de California,
excepto la costa occidental de la península de Baja California, utilizando
embarcaciones de mediana altura. 4.7
Disposiciones aplicables a las pesquerías de mediana altura dirigidas a
tiburones y rayas del Océano Pacífico frente a la costa occidental de Baja
California, utilizando embarcaciones de mediana altura. 4.8
Disposiciones aplicables a las pesquerías de altura dirigidas a tiburones y
rayas del Océano Pacífico, incluyendo Golfo de California, utilizando
embarcaciones de altura. |
Numerales
4.3.14, 4.4, 4.6, 4.7, 4.8 de la NOM-029-PESC-2006. (DOF:
14/02/2007) |
Veda |
Sí |
ACUERDO
por el que se modifica el aviso por el que se da a conocer el establecimiento
de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna
acuática en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos,
publicado el 16 de marzo de 1994 con el objetivo de concluir el periodo de
veda de tiburones y rayas en el Océano Pacífico durante el 2013. a) Del Océano
Pacífico durante el periodo comprendido del 1o. de mayo hasta el día de la
publicación del presente Acuerdo en el 2013 y en los años subsecuentes,
durante el periodo comprendido del 1o. de mayo al 31 de julio de cada año. ACUERDO por el
que se establece veda permanente para la pesca de tiburón blanco (Carcharodon carcharias)
en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. MODIFICACION
del Anexo Normativo III, Lista de especies en riesgo de |
DOF:
23/07/2013 DOF: 27/01/2014 DOF: 14/11/2019 |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Las
embarcaciones que componen cada unidad pesquera y sus especificaciones se
establecen en 4.4 Disposiciones
aplicables a las pesquerías ribereñas artesanales dirigidas a tiburones y
rayas en el Golfo de México, Mar Caribe mexicano y Océano Pacífico,
incluyendo Golfo de California. 4.6
Disposiciones aplicables a las pesquerías de mediana altura dirigidas a
tiburones y rayas del Océano Pacífico incluyendo el Golfo de California,
excepto la costa occidental de la península de Baja California, utilizando
embarcaciones de mediana altura. 4.7
Disposiciones aplicables a las pesquerías de mediana altura dirigidas a
tiburones y rayas del Océano Pacífico frente a la costa occidental de Baja
California, utilizando embarcaciones de mediana altura. 4.8
Disposiciones aplicables a las pesquerías de altura dirigidas a tiburones y
rayas del Océano Pacífico, incluyendo Golfo de California, utilizando
embarcaciones de altura. |
Numerales
4.4, 4.6, 4.7, 4.8 de (DOF:
14/02/2007) |
Esfuerzo nominal autorizado |
Sí |
Embarcaciones
Mayores -Altura: 6 barcos. -Mediana Altura: 182 barcos. Embarcaciones Menores: 2,317
embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
En aguas de
jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. A excepción en Areas Naturales Protegidas, zonas de no pesca para el Pacífico mexicano
establecidas en DECRETO por el
que se declara Area Natural Protegida, con el
carácter de reserva de la biosfera, la región conocida como Islas del
Pacífico de Acuerdo
por el que se establece una red de tres Zonas de Refugio Pesquero Totales
Temporales en aguas marinas de jurisdicción federal de Acuerdo por el
que se establece una Zona de Refugio Pesquero Total Temporal en aguas marinas
de jurisdicción federal de Puerto Libertad, Municipio de Pitiquito en el
Estado de Sonora. ACUERDO por el
que se modifica y se amplía la vigencia del similar que establece una Red de
Zonas de Refugio en aguas marinas de jurisdicción federal frente a la costa
oriental del Estado de Baja California Sur, en el corredor marino de San
Cosme a Punta Coyote, publicado el 16 de noviembre de 2012. Decreto
por el que se declara como Area Natural Protegida,
con el carácter de Parque Nacional, la región conocida como Revillagigedo,
localizada en el Pacífico Mexicano. DECRETO
por el que se declara Area Natural Protegida, con
el carácter de reserva de la biosfera, la región conocida como Pacífico
Mexicano Profundo. Acuerdo por el
que se establece una red de dos Zonas de Refugio Pesquero Parciales
Permanentes en aguas marinas de jurisdicción federal adyacentes a Isla
Natividad, ubicada en el Municipio de Mulegé, en el Estado de Baja California
Sur. |
DOF: 14/02/2007 DOF:
07/12/2016 DOF: 12/07/2017 DOF:
12/07/2017 DOF:
15/11/2017 DOF:
27/11/2017 DOF: 07/12/2016 DOF:
07/06/2018 |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Mantener la biomasa
reproductora por arriba del valor de la biomasa al Aprovechamiento Máximo
Sustentable.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero;
regulación en el arte y métodos de captura; veda temporal; zona de pesca.
f) Estatus
Las pesquerías de tiburón en México se
encuentran en Aprovechada al Máximo Sustentable.
Debido a la limita información de captura y
esfuerzo pocas especies han sido evaluadas cuantitativamente. Las evaluaciones
de varias de las especies requieren además la colaboración internacional, al
tratarse de especies migratorias de amplia distribución en el océano Pacífico
norte. A la fecha solo tres especies han sido evaluadas a nivel regional: el
tiburón azul (Prionace glauca), el tiburón mako
de aletas cortas (Isurus oxyrinchus) y
el tiburón zorro común (Alopias vulpinus).
De acuerdo a la evaluación hecha en 2020 por
el Comité Científico Internacional (ISC por sus siglas en inglés), para el
stock del tiburón azul (Prionace glauca) en el Pacífico norte no existe
sobrepesca, como se indica en el diagrama de Kobe (Figura 2). La biomasa
reproductora actual (SSB2018) es 65% más alta que la
correspondiente al RMS.
Figura 2. Gráfico de Kobe de las tendencias en las estimaciones de la
mortalidad relativa por pesca y la biomasa reproductora de tiburón azul Prionace glauca, del Pacífico Norte entre 1971 y 2028 para el caso de
referencia del Stock Síntesis (SS2). El círculo gris sólido indica la
estimación de la mediana en 1971 (año inicial del modelo). El círculo amarillo
sólido indica la mediana en el 2018. Los círculos negros abiertos y las flechas
negras indican la trayectoria histórica del estado de la población entre 1971 y
2028 (círculo azul).
La evaluación del stock de tiburón mako de aletas cortas (Isurus oxyrinchus) realizada por el ISC en el Pacífico norte en 2018 mostró que es muy
probable que el stock no está sobrepescado.
La abundancia reproductora más recientemente calculada (SA2016) se estimó en 860,200 tiburones y fue 36% más alta que la
abundancia reproductora estimada al RMS (SARMS). La intensidad de
pesca anual más reciente que se ha calculado, es 62% menor que la que genera el
RMS (Figura 3).
Figura 3. Gráfico Kobe de tiburón mako de aletas
cortas (Isurus oxyrinchus) en el
Pacífico norte. Se indica la proporción de abundancia reproductora en relación
con la abundancia reproductora al Rendimiento Máximo Sustentable (RMS) y la
proporción de intensidad de pesca (1-SPR) en relación con la intensidad de
pesca al RMS (1-SPRMSY) para el modelo de caso base. El triángulo azul y el círculo
negro denotan los valores de los años de inicio (1975) y final (2016),
respectivamente. Las líneas negras indican intervalos de confianza del 95%
(2016) del año final. Los números grises indican años seleccionados.
La evaluación del stock de tiburón zorro
común (Alopias vulpinus)
de la costa oeste de Norteamérica, realizada en la
costa oeste de Norteamérica en 2018, por el Servicio Nacional de
Pesquerías Marinas (NMFS) de
Figura 4. Gráfico Kobe del tiburón zorro común (Alopias vulpinus) en la costa
oeste de Norteamérica. Se indica la proporción de abundancia reproductora
(número de hembras maduras) en relación con al límite mínimo del tamaño del
stock ((1-M)*SMSY) al Rendimiento Máximo Sustentable (RMS) y la proporción de
intensidad de pesca (1-SPR) en relación con la intensidad de pesca al RMS
(1-SPRMSY) para el modelo de caso base.
El triángulo azul y el círculo blanco denotan los valores de los años de inicio
(1969) y final (2014), respectivamente. Las líneas negras indican intervalos de
confianza del 95%. Los números grises indican años seleccionados.
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Asegurar el cumplimiento de las medidas de manejo y protección
establecidas en los diversos instrumentos de manejo de la pesquería (Plan de
Acción Nacional para el Manejo y Conservación de los Tiburones en México
(PANMCT), CNP; NOM-029-PESC-2006 y acuerdos de veda).
iii. Actualizar los instrumentos de manejo, incluyendo el PANMCT y
iv. Mejorar el registro de capturas y esfuerzo pesquero, incluyendo
el llenado correcto de bitácoras de pesca y capacitación al sector pesquero
(técnicos, inspectores de pesca, autoridades de la marina, pescadores,
permisionarios, comerciantes, etc.) en la correcta identificación de las
especies de tiburones.
v. Promover
la detección de áreas de reproducción y crianza de especies de tiburón e
incorporarlas como zonas protegidas o de refugio en
vi. Explorar
escenarios para el establecimiento de tallas límite de captura (mínima o
máxima) para reducir la captura de neonatos, juveniles y hembras reproductoras,
conforme a los estudios y opiniones técnicas del INAPESCA.
vii. Revisar la selectividad de las artes de pesca y las condiciones
que permitirían reducir la captura incidental de tiburones en las pesquerías de
escama marina, camarón y otros recursos, conforme a los estudios y opiniones
técnicas del INAPESCA.
viii. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo por zonas y/o
regiones de pesca, conforme a lo previsto en
ix. Evaluar la conveniencia del establecimiento de medidas de manejo
dinámicas considerando la variación ambiental (por ejemplo, anomalías
atmosféricas como “El Niño”, “
30. Túnidos del Pacífico
a. Generalidades
Los atunes pertenecen a la familia Scombridae, tienen hábitos pelágicos, por lo general, se
encuentran en la porción epipelágica de la columna de
agua y rara vez por debajo de los 200 metros de profundidad. Los atunes del
género Thunnus,
se dividen en una docena de especies de peces oceánicos. Nadan con velocidades
de crucero de 3 a 7 kilómetros/hora, pero pueden alcanzar los 70
kilómetros/hora y, excepcionalmente, son capaces de superar los 110
kilómetros/hora en recorridos cortos. La captura se realiza en
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Atún aleta
amarilla Atún aleta
azul |
Thunnus albacares Thunnus orientalis |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Barrilete Albacora Patudo Barrilete
negro Bonito |
Katsuwonus pelamis Thunnus alalunga Thunnus obesus Euthynnus lineatus Sarda spp. |
b. Indicadores de
la pesquería
En 2003 se registró la captura histórica de
183,000 toneladas. En Mazatlán, Sinaloa es el principal puerto de descargas,
seguido de Manzanillo, Colima y Puerto Chiapas, Chiapas. Los puertos
mencionados anteriormente acumulan el 80% de las descargas de atún en México.
De acuerdo con el Registro Regional de Buques actualizado de
Figura 1.
Tendencia de la captura de atún aleta amarilla, de 1983 al 2018. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos
ambientales y cambio climático
Las variaciones en la temperatura del mar
generan una serie de cambios en la distribución de los túnidos,
por sus fluctuaciones en las poblaciones que constituyen su alimento y en el
caso del atún aleta amarilla el reclutamiento.
d. Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-001-SAG/PESC-2013, Pesca responsable de túnidos.
Especificaciones para las operaciones de pesca con red de cerco. NORMA Oficial
Mexicana NOM-022-SAG/PESC-2015, Para regular el aprovechamiento de las
especies de túnidos con embarcaciones vareras en aguas de jurisdicción federal de los Estados
Unidos Mexicanos. |
DOF:
16/01/2014 DOF: 12/06/2015 |
Plan de Manejo
Pesquero |
Sí |
ACUERDO por el
que se da conocer el Plan de Manejo Pesquero de Atún Aleta Amarilla (Thunnus albacares) del Océano Pacífico
Mexicano. ACUERDO por el
que se expide el Plan de Manejo para la pesquería de Atún Aleta Azul (Thunnus orientalis, Temminck y Schlegel 1844) en el Pacífico Oriental. |
DOF:
16/07/2014 DOF: 07/04/2021 |
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial y concesiones. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Red
de cerco (con paño de seguridad para la pesca de aleta amarilla). Puede medir
hasta 1,850 metros de longitud y contar con 200 metros de altura (12 a 18
paños de profundidad), de acuerdo al tamaño y capacidad de la embarcación.
Para capturar el atún, se utiliza el método de encierre. Vara
de bambú, acrílico o fibra de vidrio con una longitud de 2.5 a 3 metros y
anzuelos con dimensiones mínimas de 68 milímetros de largo por 33.5
milímetros de ancho. Máximo 20 varas por embarcación. |
Numeral 4.2 de
(DOF:
16/01/2014) Numerales 4.7
y 4.8 de (DOF:
12/06/2015) Numeral 4.6 de
Plan de Manejo Pesquero de Atún Aleta Amarilla (Thunnus albacares) del Océano Pacífico Mexicano (DOF:
16/07/2014) |
Veda |
Sí |
Con el
propósito de inducir al aprovechamiento sustentable de las especies de túnidos, |
Resolución de Dictamen
técnico del INAPESCA Numerales
4.1.9 y 4.1.10 de (DOF:
16/01/2014) |
Cuota |
Sí |
Atún
aleta azul: cuota de captura bienal basado en los análisis del stock de la
CIAT. |
Resolución de Dictamen
técnico del INAPESCA (DOF:
30/04/2020) |
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
mayores cerqueras, vareras y de pesca deportiva.
Embarcación varera: embarcación mayor, con una
eslora máxima de 28 metros, con sistema de conservación de la captura, motor
estacionario y capacidad de acarreo entre 50 y 200 toneladas que utiliza como
artes de pesca varas de fibra de vidrio y en ocasiones de bambú provistas de
un cordel y un anzuelo sin “muerte” y con señuelo. |
Permiso
para pesca comercial Numeral 3.7 de
(DOF:
12/06/2015) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Embarcaciones
mayores: 57
embarcaciones con red de cerco. 7
embarcaciones con vara. Embarcaciones
menores: Oaxaca: 215
embarcaciones. Nayarit: 20
embarcaciones. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Zona Económica
Exclusiva de México. Aguas internacionales del Océano Pacífico Oriental
(hasta los 150°O), considerando las disposiciones normativas y lineamientos
de los programas de manejo de |
DOF:
07/12/2016 |
e. Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población al Aprovechamiento
Máximo Sustentable.
Tácticas: Control
del esfuerzo pesquero; veda temporal; cuota de captura.
f. Estatus
Atún aleta amarilla: Aprovechado al Máximo
Sustentable (CIAT en 2021).
Atún aleta azul: Deteriorado, fase de recuperación.
g. Recomendaciones
de manejo
i. No
incrementar el esfuerzo de pesca en general. No
autorizar el ingreso de nuevos buques, definidos como aquellos no incluidos en
el registro de la flota cerquera del Océano Pacífico Oriental, excepto para
reemplazar buques eliminados del registro siempre y cuando la capacidad del
buque o buques sustitutos no supere la del buque o buques reemplazados.
ii. Para la pesca con vara, no incrementar el
número de embarcaciones en el registro regional de buques de
iii. Coadyuvar a la regulación de la pesca
con objetos flotantes en el Pacífico oriental con el fin de reducir la
mortalidad de atunes de aleta amarilla menores a la talla comercial que permita
incrementar al Aprovechamiento Máximo Sustentable.
iv. Mantener baja la captura de
organismos menores de dos años de edad o 12 kg para el atún aleta azul.
v. Coadyuvar en la evaluación y manejo de los recursos atuneros en los
foros internacionales pertinentes.
31. Verdillo
a. Generalidades
El verdillo (Paralabrax nebulifer)
también conocido como cabrilla verde, es una especie de pez marino carnívoro de
la familia Serranidae. Presenta un cuerpo con manchas
y barras de tonalidad moderadamente oscura y una aleta dorsal con la tercera
espina mayor que la segunda. El verdillo se
distribuye desde Santa Cruz, California, Estados Unidos, hasta Acapulco,
Guerrero, incluyendo la península de Baja California y el sur del Golfo de
California (San Evaristo, Baja California Sur). En época no reproductiva, los
adultos y sub-adultos habitan en arrecifes, lechos de
algas marinas, bancos de arena o entre rocas, a profundidades entre los 3 y 185
metros, aunque comúnmente se encuentran alrededor de los 30 metros. En época
reproductiva, los organismos migran a fondos arenosos someros con una profundidad,
aproximada, de 1.5 metros. La mayoría de los individuos se trasladan anualmente
al mismo sitio para desovar, formando agregaciones y, posteriormente, regresan
al área en la que se encontraban antes de realizar la migración reproductiva.
Se considera que es una especie de crecimiento lento y longevidad media a alta
(20 años, aproximadamente). El verdillo se captura en aguas marinas de Jurisdicción
Federal de la costa occidental de
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Verdillo, cabrilla verde |
Paralabrax nebulifer |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Curricata, cabrilla arenera Cabrilla sargacera, calico Cabrilla extranjera Mero manchado,
baqueta ploma Vieja de
California Pierna |
Paralabrax maculatofasciatus Paralabrax clathratus Paralabrax auroguttatus Hyporthodus niphobles Semicossyphus pulcher Caulolatilus princeps |
b. Indicadores de
la pesquería
La captura de verdillo
en la costa occidental de la península de Baja California se distribuye
mayoritariamente en Baja California Sur (97%), en comparación con Baja
California (3%). En Baja California Sur, durante el periodo de 2000 al 2020 se
observaron fluctuaciones importantes en los valores de captura. En el 2012 se
registró un valor máximo de captura alrededor de 6,076 toneladas y, a partir de
ese año, se observó una disminución sostenida hasta alcanzar un valor de 2,804
toneladas en 2016. La disminución en 2016 está relacionada con la entrada en
vigor del Acuerdo por el que se establece
la zona de refugio pesquero y nuevas medidas para reducir la posible
interacción de la pesca con tortugas marinas en la costa occidental de Baja
California Sur, el cual prohíbe la pesca durante los meses de mayor captura
de Verdillo (DOF: 23/06/2016). Posteriormente, los
valores de captura han mostrado una tendencia general ascendente. En 2020 se
registró una captura de 3,886 toneladas en Baja California Sur y de 215 toneladas
en Baja California (Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura de verdillo (Paralabrax nebulifer) en
Baja California (BC) y Baja California Sur (BCS) en la costa occidental de la
península de Baja California, de 2000 al 2020. Fuente: CONAPESCA.
c. Efectos
ambientales y cambio climático
Se ha observado que el periodo
reproductivo del verdillo está influenciado por
eventos ambientales anómalos como el fenómeno oceanográfico “El Niño”. En este
sentido, la variabilidad de la temperatura superficial del mar, y demás
factores fisicoquímicos, influyen directamente en la fecundidad, tiempo del
desove y condición de los huevos desovados de peces, incluido el verdillo, y, por consiguiente, en la abundancia de larvas y
su ciclo de vida.
d. Normatividad e
instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
Sí |
Acuerdo por el
que se da a conocer el plan de manejo pesquero de Verdillo
(Paralabrax nebulifer
Girard 1854) en |
DOF:
01/03/2021 |
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso de
pesca comercial de Escama Marina. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF:
19/01/2023) |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Trampa para la
captura de verdillo con luz de malla 5x5
centímetros (2x2 pulgadas). Dependiendo la localidad, las dimensiones y
modelos son variables, con un volumen máximo de 1 m3; puede
contener en su interior divisiones o mamparo, Se utilizan de cinco a ocho
trampas por embarcación, de tres a cinco lances por trampa, 20-45 minutos de
reposo en profundidades de 20 a 100 metros. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Veda |
Sí |
Estudio en
proceso. |
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con motor fuera de borda, equipada con cinco a ocho trampas y tripulada
por tres pescadores (motorista y uno o dos pescadores). |
Dictamen
técnico del INAPESCA Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
No |
No existen
permisos o concesiones específicas para pesca comercial de verdillo (amparado por el permiso de pesca comercial de
escama marina en la región). |
|
Zona de pesca |
Sí |
Aguas marinas
de Jurisdicción Federal de Baja California y Baja California Sur, definidas
en los permisos de pesca comercial, respetando los lineamientos de los
Programas de Manejo de las Areas Naturales
Protegidas y Zonas de Refugio Pesquero publicadas en el DOF. |
Permisos para
pesca comercial, Decretos de Declaración de Areas
Naturales Protegidas, Programas de manejo y Zonas de Refugio Pesquero |
e. Estrategias y
tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población al
Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas: Control del esfuerzo pesquero; veda temporal; regulación del
arte y método de pesca; zona de refugios pesqueros.
f. Estatus
El recurso de verdillo
(Paralabrax nebulifer) en
la costa occidental de la península de Baja California se encuentra en el
Aprovechamiento Máximo Sustentable (Figura 2).
Figura 2.
Estatus del recurso de verdillo (Paralabrax nebulifer) en la costa occidental de la
península de Baja California.
g. Recomendaciones
de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo para el
recurso de verdillo (Paralabrax nebulifer) en la península de Baja
California, conforme a lo previsto en LGPAS.
iii. Expedir permisos para pesca comercial específicos para verdillo (Paralabrax nebulifer).
iv. Establecer una veda temporal para proteger el periodo
reproductivo en todas las zonas de pesca.
v. Elaborar
y publicar
vi. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería
mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca en lo
previsto en
II. Golfo
de México y Mar Caribe
1. Almejas
a) Generalidades
En los últimos años, la captura de moluscos
ha disminuido considerablemente de 7,129 mil toneladas en 2015 a 5,959 mil
toneladas en 2018. Cabe señalar, que la producción en América de moluscos
cultivados representa el 3.69% de las 17,304 mil toneladas que se reportaron a
nivel mundial para el 2018, considerando a China como el mayor productor con
14.4 millones de toneladas, es decir, en términos económicos y de producción la
acuacultura de moluscos está supliendo la demanda por extracción como tendencia
firme a nivel mundial.
Las almejas habitan diferentes tipos de
ambientes desde lagunas costeras, esteros de baja salinidad y zonas riparias con leve influencia marina, se encuentran
enterradas en sustratos blandos hasta arenosos. Su distribución es extensa
desde Tamaulipas hasta Quintana Roo, sin embargo, las pesquerías se han
concentrado en Tamaulipas y Veracruz.
La unidad básica de pesca consiste en: 1
pescador con embarcación de 3 metros de eslora, que la utiliza a modo de
contenedor para colocar el producto extraído, así como medios tambos de
plástico, taras con flotadores o bolsos con flotadores o cámaras de llanta con
una red integrada; Las unidades más grandes cuentan con 5 o 10 pescadores
embarcados en lanchas de fibra de vidrio de 7.5 metros de eslora y motor fuera
de borda de hasta 60 caballos de potencia que funcionan como nodrizas. Las
almejas se extraen manualmente por buceo libre o palas en zonas con aguas claras
y someras, mientras que en zonas con sustrato lodoso o arenoso se utilizan
cucharas de mango largo manipuladas desde la embarcación o bien tocando el
fondo con los pies y manos.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Almeja gallo Almeja burra,
casco Almeja bola |
Rangia cuneata Rangia flexuosa Mercenaria campechiensis
|
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Almeja roñosa |
Chione cancellata |
b) Indicadores de la pesquería
De acuerdo al Anuario Estadístico de Acuacultura
y Pesca 2018, las almejas están en 12º lugar a nivel nacional en relación a su
importancia por volumen, mientras que están en el 11º por el valor comercial.
Han presentado una tasa de crecimiento negativa (-6.29%) en los últimos 10
años, aun siendo especies que se encuentran en el 7º lugar de productos
exportados. El total producido a nivel nacional es de 30,211 toneladas,
Veracruz es el 4º productor con 2,096 toneladas que representan el 6.94% y
Tamaulipas mantiene el 8º sitio con 7 toneladas con una aportación de apenas
0.02%.
En términos de valor, la situación de las
almejas del Golfo de México en comparación con la producción del litoral del
Pacífico resulta muy desigual, mientras que el valor total de la pesquería se
calculó para el 2018 en 752.5 millones de pesos, el Pacífico contribuyó con el
97.4% (733.1 millones de pesos) y el Golfo de México con el 2.6% (19.3 millones
de pesos). Para cada litoral respectivamente la pesquería de almejas representa
el 2.4% en el Pacífico y en el Golfo de México tan solo el 0.2%.
Figura 1. Tendencia
de la captura de almeja para a) Veracruz, b) Campeche, Tabasco y Tamaulipas
(1987-2020). Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
El cambio climático está modificando la
distribución de especies marinas y de agua dulce. Las especies están
experimentando cambios en el tamaño y productividad de sus hábitats. Los
parámetros ambientales ejercen una gran influencia sobre las almejas, los
factores de variabilidad y cambio climático influyen en el desove y en la
reproducción, el crecimiento, reclutamiento y la incorporación de los
individuos en la población madura. La combinación de su explotación pesquera,
así como la alteración del hábitat por la contaminación, fenómenos meteorológicos
y/o la modificación del transporte litoral (por dragados de bocas barras y
desestabilización), producen una variación de las condiciones ambientales
estuarinas que pueden afectar las pesquerías hasta niveles críticos para su
aprovechamiento e inclusive el agotamiento del recurso.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para pesca comercial para Almeja. |
Dictamen técnico del INAPESCA Artículo 36, Fracción III de (DOF: 19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
R. flexuosa 25 milímetros; R. cuneata y C. orbicularis 35 milímetros; M. campechiensis 47 milímetros; I. alatus 51
milímetros. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Buceo libre y cuchara de mango largo. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación menor con o sin motor fuera de borda. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo nominal autorizado |
Sí |
Veracruz: 9 embarcaciones. |
Registros de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y
registradas en el Sistema de Administración Pesquera |
Zona de pesca |
Sí |
Sistemas lagunares, esteros y riparios del
Golfo de México |
Permiso para pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento temporal variable, en función de las capturas
históricas y el esfuerzo nominal.
Tácticas: Control
del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura.
f) Estatus
Tamaulipas: Laguna Madre Norte y
Veracruz: Laguna
Tabasco y Campeche: Deteriorado.
g) Recomendaciones de manejo
i. No
incrementar el número de permisos de pesca comercial.
ii. Desarrollar indicadores rápidos, que permitan determinar la
funcionalidad de los servicios que prestan dichas poblaciones y que se informe
a los interesados cuando se dispare algún indicador.
iii. Disminuir y distribuir del esfuerzo pesquero en las áreas de
extracción ubicadas, así como mantener informados y capacitados a los
permisionarios.
iv. Desarrollar la investigación acuícola para todas las especies,
debido a las modificaciones ambientales en los sistemas lagunares, promoviendo
la repoblación con semillas de laboratorio.
v. Promover
la clasificación y certificación sanitaria de las zonas de extracción de
almejas.
vi. Buscar
continuamente con las autoridades estatales correspondientes, un manejo
controlado del recurso, así como una vigilancia constante.
vii. No permitir el esfuerzo pesquero de ninguna de las especies
especificadas en las fichas en las zonas núcleo de las Areas
Naturales Protegidas.
viii. Señalar en los permisos de pesca comercial de almeja la
prohibición de la captura de la almeja negra o prieta (Polymesoda caroliniana) y la almeja plana o callo
de árbol (Isognomon alatus) por
presentar un estatus de riesgo en
2. Bagres
marinos del Golfo de México
a) Generalidades
En nuestro país existen varias especies de
bagres: Ariopsis assimillis, Catharops melanopus, Ictalurus dugesi, Potamarius nelson, Ictalurus
meridionales, Rhamdia guatemalensis;
las cuales son especies de agua dulce y entre las especies de agua marina están
Ariopsis seemani, Bagre pinnimaculatus Ariopsis felis y Bagre marinus. La pesquería artesanal de bagre bandera (Bagre marinus)
es muy importante, principalmente en las costas de Campeche y Tabasco, y la de
bagre o curuco (Ariopsis felis) en Veracruz y Tabasco. Su
importancia se debe a la abundancia de los recursos y a su valor comercial. El
bagre bandera destaca por los altos volúmenes que se capturan en el Golfo de
México, bajo una pesquería artesanal y con una flota que opera de acuerdo a las
abundancias estacionales. Esta pesquería representa en la región una valiosa
fuente empleo para las comunidades ribereñas. La fluctuación de la captura de
bagre bandera es homogénea por lo que se puede decir que se captura todo el
año, con las mayores capturas de mayo a septiembre.
Estas especies se capturan en el Golfo de
México, desde Tamaulipas hasta el norte de Quintana Roo. La zona de captura de
bagre en Tamaulipas se ubica en el sur, aledaña a Tampico. Las áreas de pesca
de bagre bandera, más importantes en Veracruz están asociadas a las
desembocaduras de los ríos Nautla, Tecolutla y Coatzacoalcos. En Tabasco, las
principales zonas de captura se encuentran frente a
Para esta pesquería, se utilizan
embarcaciones de 7.0 a 8.8 metros de eslora, con motor fuera de borda de 48 a
115 caballos de fuerza de dos y cuatro tiempos, y entre dos a cinco pescadores.
El principal arte de pesca es el palangre de fondo de 300 a 3,000 anzuelos de
tipo noruego del número 5 y 6, y garra de águila o japonés del número 10 al 12;
además se utiliza línea de mano con anzuelos del 6 al 9 tipo circular. Se usan
como carnada peces pequeños (liseta, cojinuda, topota, chivito, sardina, bonito y cintilla) y calamar.
Además, se utilizan redes de enmalle de 11.4 centímetros de tamaño de malla.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Bagre bandera, bosh Bagre,
bosh, curuco |
Bagre marinus Ariopsis felis |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Trucha,
corvina blanca Cherna, mero
guasa Huachinango Raya látigo,
blanca o balá Chucho, raya
pinta Serrano
arenero, bolo Guabina,
serrano Guabina Villajaiba, rubia Raya tigre,
raya del Golfo Guitarra, raya
diablo Lenguado
arenoso Chile, tolete Cobia, bacalao Lenguado Cazón de ley o
tutzún Cazón cabeza
de pala o pech Tiburón
martillo, cornuda común |
Cynoscion arenarius Epinephelus itajara Lutjanus campechanus Hypanus americanus Aetobatus narinari Diplectrum formosum Diplectrum bivittatum Gobiomorus dormitor Lutjanus synagris Rostroraja texana Pseudobatos lentiginosus Syacium gunteri Synodus foetens Rachycentron canadum Bothus ocellatus, Bothus robinsi Rhizoprionodon terraenovae Sphyrna tiburo Sphyrna lewini |
b) Indicadores de la pesquería
Tabasco es el estado que registra los
volúmenes más altos de captura del recurso bagre bandera, con un máximo
histórico de 4,475 toneladas en 1998, sin embargo, a partir de ese año la
pesquería muestra una tendencia decreciente hasta 2009 con 1,631 toneladas. En
el periodo de 2010 a 2013 tienden a incrementarse gradualmente hasta 4,121
toneladas en 2018, con un promedio de los últimos cinco años de 2,308
toneladas. En Campeche, de 1990 a 1998 las capturas presentan cierta
estabilidad alrededor de las 600 toneladas; con un máximo de 2,033 toneladas en
2018. Los últimos cinco años tienen un promedio de captura de 1,406 toneladas. En Veracruz, en 1998 se
observa un máximo histórico de 1,089 toneladas con una relativa estabilidad
hasta 2010 que se ve interrumpida en 2011 cayendo 60% las capturas, las cuales
siguen en descenso hasta 2012, de 2013 a 2019 ha mantenido un promedio de
capturas de 285 toneladas. En Tamaulipas, Yucatán y Quintana Roo esta especie
carece de importancia comercial y se captura de forma incidental en la pesca
ribereña; la captura promedio anual es de 92 toneladas para Tamaulipas y de
tres toneladas para Quintana Roo de 2009 a 2019. De 2013 a 2019 se observan
incrementos importantes en las capturas en Yucatán, con una tendencia
ascendente, con un promedio en los últimos cinco años de 390 toneladas (Figura 1).
Para bagre curuco,
el estado que presenta las producciones más importantes es Veracruz, ya que en
Campeche, Tabasco y Yucatán las capturas son incidentales, es decir es
capturada en la pesquería de otras especies de importancia comercial. El
periodo con mayor producción para Veracruz fue de 1993 a 1999 el máximo
histórico fue de 2,539 toneladas en 1994, declinando hasta llegar a 228
toneladas en 2013, en los últimos tres años el volumen de las capturas se ha
incrementado. En 2017 se observa un incremento del 43% con respecto al 2015
(Figura 1).
En Tabasco, se han registrado tallas en la
pesca comercial desde 18 a 68 centímetros de longitud furcal,
la talla promedio de longitud furcal fue de 42.8
centímetros. Los rendimientos observados de bagre bandera durante 2007 y 2008,
fueron de 48 kilogramos/viaje/día por embarcación, con los valores más altos en
los meses de otoño, en 2017 durante las investigaciones realizadas se encontró
un promedio de rendimientos de 110 kilogramos /día. En Campeche, para el bagre
bandera se han registrado tallas en la pesca comercial que van de 17 a 64
centímetros de longitud furcal, la talla promedio de
2003 a 2018, ha disminuido de 49 a 39-40 centímetros de longitud furcal. En el sur de Campeche los rendimientos observados
en 2011 y 2012, fueron en promedio de 112.5 kilogramos/viaje/día y 136
kilogramos/viaje/día, en 2017 los rendimientos promedio para el estado de
Campeche estuvieron entre 37.7 y 99.5 kilogramos/viaje/día (Figura 1).
Figura 1. a)
Tendencia de la captura de bagre bandera (B.
marinus) en el Golfo de México y Mar Caribe de
1986 a 2017. b) Participación estatal de la captura de bagre bandera (B. marinus)
en 2019. c) Captura histórica de bagre curuco (A. felis) en
el Golfo de México y Mar Caribe de 1986 a 2017. d) Participación estatal de la
captura de bagre curuco (A. felis) en 2019. Fuente: Anuarios
Estadísticos y CONAPESCA.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
El cambio climático ha generado una
afectación en los recursos pesqueros, ya que el calentamiento global ha causado
trastornos en la estacionalidad de algunos procesos biológicos, como en las
redes tróficas marinas y de aguas dulces. Además, ha ocasionado acontecimientos
extremos tales como inundaciones, sequias y tormentas, alterando la
estacionalidad de los recursos, con consecuencias imprevisibles para la
producción pesquera. Con este evento se ha registrado un desplazamiento hacia
los polos de las especies de aguas templadas con los consiguientes cambios en
el tamaño y productividad de sus hábitats, y según las regiones y latitudes,
tendrá efectos tanto positivos como negativos en las pesquerías y en las
actividades acuícolas. La afectación a las pesquerías no es solo por efecto
climático, sino también es uno más de los factores que se suman a esta
actividad. Por lo que, es necesario hacer estudios para medir y conocer los
efectos negativos, que permitan tomar decisiones con un enfoque ecosistémico
para mejorar el marco legal que contemple este evento y permita a las
comunidades participar en medidas de adaptación ya que las alteraciones físicas
repercutirán en los recursos acuáticos y en los ecosistemas, así como en las
dimensiones humanas por lo que se deben priorizar los esfuerzos de adaptación
de los individuos para enfrentar los problemas que se advierten en el ámbito de
la pesca y la acuicultura.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para pesca comercial de Escama Marina. |
Dictamen técnico del INAPESCA. Artículo 36, Fracción III de (DOF: 19/01/2023) |
Talla mínima |
No |
En proceso de elaboración. |
|
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Palangre de fondo, línea de mano con carnada y redes de enmalle de 11.4
centímetros de tamaño de malla. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda |
No |
Investigación en proceso de elaboración. |
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcaciones menores. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo nominal autorizado |
No |
No existen permisos o concesiones específicos de pesca comercial de
bagres marinos (amparado por el permiso de pesca comercial de escama marina
en la región). |
|
Zona de pesca |
Sí |
Aguas de jurisdicción federal y sistemas lagunares del Golfo de México y
Mar Caribe. Considerar las restricciones establecidas en las Zonas de Refugio
Pesquero de Quintana Roo y Yucatán. |
Permiso para pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategias: Las estimaciones de los puntos de referencia biológico pesqueros indican
que, a nivel Golfo de México, precautoriamente las capturas de bagre bandera se
deben mantener alrededor de 4,447
toneladas. A nivel estatal las cifras anuales no deberán rebasar los siguientes
límites: Campeche 1,156 toneladas, Tabasco 2,764 toneladas, Veracruz 487
toneladas, Tamaulipas 33 toneladas y Yucatán 79 toneladas.
Para bagre curuco
a nivel regional se sugiere mantener las capturas anuales (767 toneladas). A
nivel estatal las cifras no deberán ser inferiores a 663 toneladas en Veracruz.
Se debe poner especial atención a las pesquerías en Veracruz dado que las
capturas del 2012 a 2017 fueron inferiores al punto de referencia calculado
para ambas especies.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo por medio de permisos de pesca comercial para
embarcaciones menores para pesquería de escama marina, donde se especifican las
áreas de pesca, puntos de desembarque y las artes de pesca autorizadas.
f) Estatus
El recurso bagre bandera se encuentra
aprovechado al máximo sustentable, ya que su biomasa se encuentra en niveles
que generan el Aprovechamiento Máximo Sustentable (Figura 2).
Figura 2. Biomasa
relativa a la biomasa que generaría el Rendimiento Máximo Sustentable (RMS) de
bagre bandera en el periodo 1980-2017. La línea roja continua es el nivel de
biomasa que generaría el Rendimiento Máximo Sustentable (RMS) y la línea roja
punteada es el límite inferior permisible de biomasa relativa.
g) Recomendaciones de manejo
i. Dado
el estatus que presentan ambas especies es importante llevar a cabo estudios
enfocados en la evaluación de los stocks, para determinar el esfuerzo máximo
permisible en cada Estado y de manera global para este litoral.
ii. Es necesario formular un Plan de Manejo Pesquero para el
recurso y grupo de especies asociadas en la pesca ribereña.
iii. Implementar medidas regulatorias para proteger el periodo de
reproducción (de junio a agosto de cada año) y para el cuidado parental, así
como, prohibir el uso de redes en épocas y zonas de desove.
iv. Realizar los estudios necesarios para determinar la talla de
madurez sexual para bagre curuco (Ariopsis felis).
v. No
incrementar el esfuerzo de pesca.
3. Camarón
rosado del Golfo de México
a) Generalidades
La pesquería de camarón en México se
encuentra posicionada en primer lugar por su valor económico, y segundo lugar
por su volumen de captura. La tasa media de crecimiento anual de la producción
en los últimos 10 años es de 1.67%. Por otra parte, en las exportaciones se
encuentra en primer lugar de las especies pesqueras, siendo Estados Unidos de
América, Vietnam y Francia sus principales destinos.
Entre las especies comerciales de camarón en
el Golfo de México se encuentran: el camarón rosado (Farfantepenaeus duorarum)
camarón café (Farfantepenaeus aztecus),
camarón blanco (Litopenaeus setiferus),
camarón rojo (Farfantepenaeus brasiliensis)
y camarón roca (Sicyonia brevirostris).
El camarón rosado constituye uno de los recursos más importantes para la flota
camaronera de mediana altura de Campeche y Ciudad del Carmen. Las mayores
concentraciones de esta especie se localizan en el sureste del Golfo de México,
en
El camarón rosado se distribuye desde
Para la captura de camarón rosado, se
utilizan embarcaciones mayores de tipo Florida, con capacidad superior a las 10
toneladas de arqueo neto, con cuatro redes de arrastre provistas con
excluidores de tortugas marinas (DET, por sus siglas en inglés); la tripulación
puede ser hasta de seis pescadores que incluyen: capitán, motorista, winchero, cocinero, pacotillero y marinero. Las
características del sistema de captura empleado consisten en redes gemelas de
uno de los diseños siguientes: plana, portuguesa, hawaiana y semibalón. El tamaño lo determina la potencia del buque,
fluctuando generalmente entre 13.7 y 21.3 metros de longitud de relinga
superior. De igual manera, las puertas de arrastre tienen tamaños desde 6’ x
32” hasta 8 ‘ x 42”. Asimismo, obligatoriamente deben traer el excluidor de tortugas
marinas de diseño rígido establecido en
La eslora de las embarcaciones fluctúa entre
19.33 y 26.23 metros; 58% de las embarcaciones tienen una eslora de 20 a 22
metros. La potencia de motor varía entre los 272 a 1150 caballos de fuerza, las
embarcaciones cuentan con una máquina principal de caballaje de 400 a 500 caballos
de fuerza. El accionamiento del winche es mecánico, con transmisión por cadena
en el accionamiento directo de la máquina principal. Todos los barcos están
dotados con equipo electrónico de navegación y eco detección del fondo, además
poseen radios SSB, VHF, compás magnético y Sistema de Localización Satelital,
este último es obligatorio para todas las embarcaciones mayores, especificado
en
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Camarón rosado |
Farfantepenaeus duorarum |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Camarón roca Camarón rojo Camarón
sintético Huachinango Pargo Rubia o Villajaiba Cochinita Torito Lenguado Canané Calamar Raya blanca o Balá Cazón de ley o
Tutzún Cazón cabeza
de pala o Pech |
Sicyonia brevirostris Farfantepenaeus brasiliensis Trachypenaeus spp. Lutjanus campechanus Lutjanus griseus Lutjanus synagris Ballistes capriscus Acanthostracion quadricornis Cyclopsetta spp. Ocyurus chrysurus Doryteuthis (Amerigo) pealeii Hypanus americanus Rhizoprionodon terraenovae Sphyrna tiburo |
b) Indicadores de la pesquería
En
Figura 1.
Tendencia de la captura de camarón rosado entero y esfuerzo pesquero (viajes de
pesca) de la flota en
Figura 2. Rendimiento
(kilogramo de camarón entero/viaje de pesca) de camarón rosado de la flota de
c) Efectos ambientales y
cambio climático
Diversos estudios han señalo el efecto de la
variación en las condiciones ambientales sobre la historia de vida del camarón
rosado. Se ha observado que, en
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-002-SAG/PESC-2013, Para ordenar el aprovechamiento de las
especies de camarón en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. NORMA Oficial
Mexicana NOM-062-SAG/PESC-2014, Para la utilización del Sistema de
Localización y Monitoreo Satelital de Embarcaciones Pesqueras. NORMA Oficial
Mexicana NOM-061-SAG-PESC/SEMARNAT-2016, Especificaciones técnicas de los
excluidores de tortugas marinas utilizados por la flota de arrastre
camaronera en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. |
DOF:
11/07/2013 DOF: 03/07/2015 DOF: 13/12/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
Sí |
ACUERDO por el
que se da a conocer el Plan de Manejo Pesquero de camarón rosado (Farfantepenaeus duorarum),
de |
DOF:
28/03/2014 |
Tipo de acceso |
Sí |
Permisos/Concesiones
para Pesca Comercial para Camarón de Altamar. |
Dictamen
técnico del INAPESCA. Artículo
36, Fracción III de |
Talla mínima |
No |
|
|
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Cuatro redes
de arrastre con tamaño de malla en las secciones de la red conocidas como
alas, cielo o square cuerpo y antebolso
no menor a 44.45mm (1 3/4 pulgadas) y en el bolso de 38.1mm (1 1/2 pulgadas).
Están provistas con excluidores de tortugas marinas (DET’s). |
NOM-002-SAG/PESC-2013 (DOF: 11/07/2013) NOM-061-SAG-PESC/SEMARNAT-2016 (DOF: 13/12/2016) |
Veda |
Sí |
Veda Temporal
Variable que se emite anualmente o por temporada para proteger los
principales eventos biológicos (reproducción y reclutamiento). Veda espacial
permanente en Laguna de Términos y sus bocas. Veda
permanente en la franja marina costera de las 0 a las 15 millas náuticas a
partir de la zona de costa desde Isla Aguada, Campeche, hasta los límites con
Belice, incluyendo las lagunas y zonas costeras en |
NOM-009-SAG/PESC-2015 (DOF:
12/02/2016) Dictamen
técnico INAPESCA |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
con capacidad superior a las 10 toneladas de arqueo neto, con cuatro redes de
arrastre provistas de excluidores de tortugas marinas, hasta 6 pescadores. |
NOM-002-SAG/PESC-2013
(DOF: 11/07/2013) Carta Nacional
Pesquera (DOF: 25/08/2006) |
|
|
Sistema de
localización satelital y monitoreo de embarcaciones pesqueras. |
NOM-062-SAG/PESC-2014 (DOF: 03/07/2015) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
No |
No
existen permisos o concesiones específicos de pesca comercial de camarón
rosado (amparado por el permiso de pesca comercial de camarón de altamar en
la región). |
|
Zona de pesca |
Sí |
Se reitera el
periodo de veda permanente para la captura de todas las especies de camarón
en las aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe
que se encuentran comprendidas en la franja marina de las 0 a las 20 millas
náuticas a partir de la línea de costa, desde Isla Aguada, Campeche, hasta
los límites con Belice, incluyendo las lagunas y zonas costeras en |
NOM-002-SAG/PESC-2013 (DOF:
11/07/2013) AVISO por el
que se establece veda por tiempo indefinido para la captura de todas las
especies de camarón en aguas de jurisdicción federal de Acuerdo de
veda publicado anualmente en el DOF. |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas de manejo: Control de zona de operación de pesca; regulación del arte de pesca;
veda temporal y espacial variable; veda espacial permanente en la franja
costera (0 a 20 millas), desde Isla Aguada hasta los límites con Belice.
f) Estatus
Con base en la relación de F/FMSY y B/BMSY, durante el periodo de pesca
2018-2019 la explotación del camarón rosado en
Figura 3. Estatus
del recurso camarón rosado en
g) Recomendaciones de manejo
i. No
incrementar el esfuerzo pesquero.
ii. Continuar con el establecimiento de épocas y zonas de veda.
iii. Implementar mayor inspección y vigilancia en las zonas de
crianza y en los periodos de veda en altamar.
iv. Dar seguimiento constante a la implementación del Plan de Manejo
Pesquero de camarón rosado (Farfantepenaeus duorarum) de
4. Huachinango
y pargos del Golfo de México y Mar Caribe
a) Generalidades
La pesquería de huachinango, Lutjanus campechanus,
es una de las más importantes en la economía del Golfo de México. Una parte de
la captura se exporta a los Estados Unidos, siendo de gran valor económico ya
que genera empleos y una entrada de divisas para el país.
El huachinango se distribuye en aguas
marinas de Jurisdicción Federal de Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Campeche y
Yucatán. Habita en zonas de fondos arenosos, fangosos y arrecifes coralinos.
El Banco de Campeche es una de las áreas de
mayor abundancia de huachinango. La zona con la mayor captura por unidad de
esfuerzo (CPUE) se encuentra en la parte oeste de la plataforma, entre los
20°-24° Norte y 91°-93° Oeste (Cayo Arenas, los Triángulos y Banco Nuevo). Le
sigue la zona localizada en la parte noroeste de la plataforma, entre los
22°-24° Norte y 88°-91° Oeste (Isla Pérez, Arrecife Alacranes y los Bajos del
Norte). En Tabasco y Campeche, parte de las capturas se realizan en esa misma
zona, pero también se captura en la zona costera entre seis y 36 millas
náuticas de distancia de la costa.
En la pesquería de huachinango del Golfo de
México participan varios tipos de flotas: en la plataforma de la península de
Yucatán, la flota mayor mexicana y la artesanal; en los estados de Tamaulipas,
Veracruz, Campeche, Tabasco y Quintana Roo se captura por la flota artesanal.
Los juveniles de esta especie son capturados en todo el Golfo de México por la
flota camaronera y por barcos arrastreros de escama (con base en Frontera,
Tabasco y Alvarado, Veracruz), que pescan dentro del Banco de Campeche.
En Campeche, Tabasco, Veracruz y Tamaulipas,
pesca la flota menor, con embarcaciones de fibra de vidrio de 7.6 a 8.5 metros
de eslora, con capacidad de 1.5 a 3 toneladas y motor fuera de borda de 55 a 85
caballos de fuerza; en su mayoría con equipos de detección y posicionamiento
geográfico. Utilizan líneas de mano y palangres huachinangueros
de 300 a 5000 anzuelos rectos que van del número 5 a 8 y de tipo japonés o
garra de águila del número 10 al 12. En la operación de pesca de la flota huachinanguera de Yucatán participan entre tres y cuatro
tripulantes, un patrón de pesca, motorista y cocinero; todos intervienen en la
captura. La duración de los viajes es de aproximadamente 17 días.
El palangre de fondo consta de una línea
madre, que puede ser de nylon monofilamento o de multifilamento de polietileno
o polipropileno de 3.5 a 6 milímetros de diámetro, con una longitud de 400
hasta 5,000 metros; los pescadores pueden llevar entre 1,000 y 5,000 anzuelos
tipo garra de águila (8-13) o tipo japonés (9-12), que se colocan a tres metros
de distancia entre sí. El palangre opera a la deriva durante 12 horas en
promedio. Como carnada se usan especies como la sardina, la cojinuda, el
bonito, el ojón, la lisa, el armado, el calamar, el pulpo, entre otros. Para la
operación del palangre se utilizan embarcaciones menores de 7.6 a 8.8 metros de
eslora con motor fuera de borda de 60 a 115 caballos de fuerza. Normalmente van
entre cuatro y cinco pescadores, y pueden pescar en profundidades desde cinco
hasta 72 metros.
La línea de mano o espineles con línea
“madre” está compuesta por una línea principal que suele ser de nylon
monofilamento; en algunas regiones, los anzuelos o señuelos se construyen de
manera artesanal, de diversos diseños y materiales importados. Las líneas de
mano son también conocidas como cordeles de mano, escandallo, cala, rosario;
dependiendo de la zona de operación, estas líneas pueden llevar de uno a tres
anzuelos (o de 8 a 12), que son operados a bordo de embarcaciones menores a
profundidades variables, o bien desde la línea de la costa. La operación de la
línea es sencilla, se encarnan los anzuelos y se tira, este se sujeta con la
mano para percibir cuando el pez muerde la carnada.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Huachinango de
castilla Huachinango
ojo amarillo Huachinango
aleta negra |
Lutjanus campechanus Lutjanus vivanus Lutjanus bucanella |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Pez puerco,
peje puerco Lengua,
brótula, rótula Mojarrón Mojarra tigre Tigre, pluma,
jorobada Jurel
amarillo, vaca Jurel blanco,
ojón Blanquillo ojo
amarillo Blanquillo
payaso Raya grande, balá Mero rojo Cabrilla,
payaso Seda, pejerrey Boquilla, chac-chi Cherna prieta Pargo criollo,
lunajero, chacalcay Pargo Cubera, pargo,
colmillón Pargo mulato, parguete Pargo perro,
caballera Rubia, villajaiba Negrillo Cabrilla Abadejo Abadejo garropa Canané Cobia Cazón tripa,
ley Besugo Esmedregal Esmedregal Medregal rayado Barracuda,
picuda Cornuda,
martillo Cornuda cabeza
de pala Cazón cubano |
Balistes capriscus Brotula barbata Calamus bajonado Calamus nodosus Calamus proridens Caranx hippos Caranx latus Caulolatilus chrysops Caulolatilus intermedius Hypanus americanus Epinephelus morio Epinephelus adscensionis Etelis oculatus Haemulon plumieri Hyporthodus nigritus Lutjanus analis Lutjanus apodus Lutjanus cyanopterus Lutjanus griseus Lutjanus jocu Lutjanus synagris Mycteroperca bonaci Mycteroperca interstitialis Mycteroperca microlepis Mycteroperca phenax Ocyurus chrysurus Rachycentron canadum Rhizoprionodon terraenovae Rhomboplites aurorubens Seriola dumerili Seriola rivoliana Seriola zonata Sphyraena barracuda Sphyrna lewini Sphyrna tiburo Squalus cubensis |
b) Indicadores de la pesquería
Con base en los Anuarios Estadísticos de
Acuacultura y Pesca, la producción histórica pesquera en el Golfo de México y
Mar Caribe para el recurso huachinango, durante el periodo de 1990 a 2020 ha
sido estable con una captura promedio anual de 4,012 toneladas y una captura
histórica máxima en el año 1993 con
7,205 toneladas y en el 2017 de 5,778 toneladas. Para el recurso pargo,
la producción histórica a nivel Golfo de México indica que esta se mantiene
estable, con un promedio de captura de 1,870 toneladas, con un máximo de
captura para el año 2017 de 2,707 toneladas (Figura 1).
Figura 1.
Tendencia de la captura de huachinango y pargos en el Golfo de México y Mar
Caribe durante 1990-2020 (Fuente: Anuarios Estadísticos de Acuacultura y
Pesca).
La tendencia de las capturas por entidad
federativa de huachinango muestra que históricamente el promedio más alto de la
captura esta especie durante el periodo 1990 a 2020 ha sido en Tabasco,
oscilando de 633 a 1,300 toneladas, con promedio de 918 toneladas, superando en
los últimos tres años de registros las 800 toneladas (Figura 2ª); seguido de Yucatán
con capturas históricas entre 438 y 2,213 toneladas, con promedio de 965
toneladas (Figura 2b); en tercer lugar se encuentra Tamaulipas, con capturas
entre 303 a 1,597, con promedio de 739 toneladas (Figura 2a). El promedio
histórico de la captura para Veracruz ha sido de 690 toneladas, para Campeche
de 664 toneladas y para Quintana Roo de 36 toneladas.
Figura 2. a)
Tendencia de la captura de huachinango para los estados de Tamaulipas, Veracruz
y Tabasco. b) Producción histórica de huachinango para los estados de Campeche,
Yucatán y Quintana Roo durante el periodo 1990 al 2020 (Fuente: Anuarios
Estadísticos de Acuacultura y Pesca).
Para el recurso pargo, la tendencia de las
capturas por entidad federativa muestra que los picos más altos son para Campeche,
superando en algunos años las 1,353 toneladas, con promedio para el estado de
720 toneladas en los últimos cinco años de registros (Figura 3b); en segundo
lugar de producción a Veracruz cuya captura ha oscilado entre 81 y 790
toneladas, con promedio de 604 toneladas en los últimos cinco años (Figura 3a);
en tercer lugar se encuentra Yucatán en donde la producción oscila entre las
163 a 693, con promedio de 580 toneladas en los últimos cinco años (Figura 3b).
Los estados de Tamaulipas, Tabasco y Quintana Roo mantienen un promedio de
capturas de 152, 169, 167 y 178 toneladas en los últimos cinco años de
producción registrada, respectivamente.
Figura 3. a)
Tendencia de la captura de pargo para los estados de Tamaulipas, Veracruz y
Tabasco. b) Producción histórica de
huachinango para los estados de Campeche, Yucatán y Quintana Roo durante el
periodo 1990 al 2020 (Fuente: Anuarios Estadísticos de Acuacultura y Pesca).
c) Efectos ambientales y
cambio climático
La temperatura en el mar es uno de los
factores que está estrechamente relacionado con la tasa de desarrollo
embrionario y el periodo larval; también tiene influencia en el metabolismo de
los peces.
En años de El Niño/Oscilación del Sur (ENOS)
afectan las capturas de esta especie debido a sistemas de tormentas
provenientes del norte.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
No |
|
|
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permisos
de pesca comercial para la pesquería de Escama Marina. |
Dictamen
técnico del INAPESCA. Artículo
36, Fracción III de |
Talla mínima |
No |
En proceso de
elaboración. |
|
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Palangre o
línea de mano, el número de reinales y tamaño del anzuelo varía en cada
entidad. Tamaulipas, Veracruz y Campeche: línea de mano con 1-15 anzuelos del
número 6/0 a 9/0 tipo circular o garra de águila o recto; palangre huachinanguero con 300-5,000 anzuelos del número 7/0, 8/0
y 9/0 circular o garra de águila o del número 5/0 a 12/0 tipo japonés o
recto. Veracruz y Tamaulipas, cala huachinanguera
con 2-4 anzuelos del número 5/0 a 7/0 recto o del núm. 6/0 a 8/0 circular o
garra de águila. |
Dictamen técnico
del INAPESCA |
Veda |
No |
Investigación
en proceso. |
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores y de mediana altura. |
Dictamen
técnico del INAPESCA |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
No
existen permisos o concesiones específicos de pesca comercial de huachinango
y pargos (amparado por el permiso de pesca comercial de escama marina en la
región) |
|
Zona de pesca |
Sí |
En Aguas
Marinas de Jurisdicción Federal de Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Campeche y
Yucatán. Se deben de
considerar las limitaciones a la captura con base a los lineamientos de |
Permiso para
pesca comercial DOF: 13/04/2015 |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas de manejo: Entre las medidas de manejo que están implementadas para estos recursos
están: los permisos de pesca comercial de escama en general, donde se
especifican zonas y artes de pesca autorizada; control del esfuerzo; regulación
del arte y método de captura.
f) Estatus
Actualmente la biomasa de huachinango se
encuentra muy cercana a la biomasa que generaría el Rendimiento Máximo
Sustentable y dentro de los niveles de una pesquería relativamente saludable.
Sin embargo, la tendencia en la biomasa indica que está podría disminuir en los
próximos años (Figura 4).
Por lo anterior, se considera que esta
pesquería está Aprovechada al Máximo Sustentable con tendencia a encontrarse
deteriorada en el futuro.
Figura 4. Biomasa
relativa al Rendimiento Máximo Sostenible (RMS) (línea roja continua) de
huachinango en el periodo 1980-2018. La línea punteada representa el límite en
el cual una pesquería podría considerarse en riesgo de deterioro.
g) Recomendaciones de manejo
i. No
incrementar el esfuerzo pesquero.
ii. Elaborar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para
ordenar el aprovechamiento de estas especies.
iii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería que permita evaluar su impacto, Bajo la coordinación y supervisión
del INAPESCA.
5. Ostión
del Golfo de México
a) Generalidades
El ostión del este Crassostrea virginica es uno de los miembros de la
familia Ostreidae de gran importancia comercial. Se
distribuye desde el Golfo de San Lorenzo en Canadá hasta
Este recurso se captura en lagunas costeras
de jurisdicción federal desde las coordenadas geográficas 25° 50´ y 18° 33´ de
latitud Norte y 97° 10´ y 91° 53´ de longitud Oeste que corresponden a la línea
de costa situada entre los ecosistemas costeros de Playa Bagdad en Tamaulipas,
hasta la porción occidental de Laguna de Términos, Campeche, conocida como
laguna Pom-Atasta; Se extrae entre los 0.50-2.5
metros de profundidad.
En esta pesquería se utiliza embarcación de
fibra de vidrio o madera de 2 a 6 metros de eslora con o sin motor comúnmente
rondan de los 15 a 30 caballos de fuerza; pesca a pie (buceo) hasta el uso de
gafas o rastrillo. Participan 1 a 3 pescadores.
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Ostión del
Este |
Crassostrea virginica |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Ostión de mangle |
Crassostrea rhizophora |
b) Indicadores de la pesquería
En el Golfo de México, el ostión es
considerado el 2° producto pesquero más relevante por sus volúmenes de captura
y por su representatividad a nivel nacional, quedando solo por detrás del pulpo.
De las 52,790 toneladas de ostión cosechadas a nivel nacional en 2018, el 75%
fue extraído del Golfo de México, mientras que el Pacífico aportó el 25%
restante. Esta misma fuente, comenta que el valor de la captura de ostión en el
Golfo de México alcanzó los 94.38 millones de pesos, mientras que la del
Pacífico registró una ganancia de 250.27 millones de pesos, es decir, la
tonelada en el Golfo de México alcanza un valor promedio de $2,383.75 y en el
Pacífico $18,964.69. En el Golfo de México se vende por costales y solo existe
un área clasificada, en comparación del Pacífico que se maneja por docena o
pieza y existen varias zonas de extracción clasificadas y certificadas
sanitariamente para la extracción/cultivo.
Figura 1. Tendencia
de la captura de ostión para a) Tabasco, Veracruz, b) Tamaulipas y Campeche
(1979-2020). Fuente: CONAPESCA, Anuarios Estadísticos de Pesca.
c) Efectos ambientales y
cambio climático
Los ostiones son organismos altamente
adaptables al medio, de hecho, está comprobado que dicha adaptabilidad es tan
evidente que el ostión es capaz de promover cambios fisiológicos con tal de
adaptarse a nuevas condiciones de temperatura, salinidad y pH principalmente.
Sin embargo, esta última variable está directamente asociada con un cambio climático
a gran escala, se trata de la acidificación del medio marino, esto provocará un
efecto deletéreo en la formación de la concha y por ende en la viabilidad de la
semilla para poder crecer. Por otra parte, proteger la funcionalidad y
servicios ambientales que ofrecen los arrecifes y bancos ostrícolas, mantiene
sanos y resilientes los ambientes lagunares y estuarino.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial Mexicana NOM-015-SAG/PESC-2016, Para regular el
aprovechamiento de ostión (Crassostrea virginica) en los sistemas lagunarios
estuarinos del Estado de Tabasco. |
DOF: 17/08/2016 |
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso de pesca comercial o concesión para Ostión. |
Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima |
Sí |
Talla de 70 milímetros (solo para Tabasco) Se ha promovido la adopción de
una ventana de tallas de 80 a 110 milímetros. |
|
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
Gafas o rastrillo, buceo libre. |
DOF: 17/08/2016 |
Veda |
Sí |
Del 15 de abril al 31 de mayo y del 15 de septiembre al 31 de octubre de
cada año (solo para Tabasco). |
DOF: 17/08/2016 |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcación menor con o sin motor fuera de borda. |
DOF: 17/08/2016 |
Esfuerzo actual autorizado |
Sí |
Tamaulipas: 291 embarcaciones. Veracruz: 1,347 embarcaciones. Tabasco: 306 embarcaciones. Campeche: 3 embarcaciones. |
Registros de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas
en el Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Sistemas lagunares del Golfo de México. |
DOF: 17/08/2016 |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategias: Aplicación de medidas como el cierre de áreas (vedas espaciales) y
retorno de concha del 100% de la concha.
Tácticas: No
incrementar el esfuerzo, de ser posible disminuirlo o migrarlo a la acuacultura
de ostión: Tallas de extracción comprendidas entre 80 a 110 milímetros.
Promover tallas mínimas de extracción para otros estados (Veracruz, Tamaulipas
y Campeche).
f) Estatus
Tamaulipas:
Veracruz: Laguna
Tabasco: las
lagunas Del Carmen, Pajonal, Redonda-Cocal y Mecoacán
se encuentran en deterioro; mientras que,
Campeche: en
g) Recomendaciones de manejo
i. Diseño
de vedas temporales, así como la disminución del esfuerzo a través de la
limitación de días de pesca.
ii. La implementación urgente de un programa de retorno
sistemático de concha, como mecanismo para promover el acondicionamiento de
bancos y el éxito del reclutamiento. El balance de retorno de concha, no se ha
evidenciado como el principal problema en la disminución y deterioro de las
poblaciones. La estrategia de disminuir paulatinamente la venta de ostión en
concha de un 50 a un 0% debería ser implementada, de tal forma que solo se le
permitiera a quien cultiva ostión de laboratorio, vender en concha.
iii. Establecer medidas de manejo
específicas e inhibir paulatinamente la pesca de ostión de consumo doméstico de
pesca, en áreas con mayor esfuerzo o riesgo sanitario como: Pueblo viejo,
Sistema Lagunar de Alvarado, Sistema Lagunar Carmen-Pajonal-Machona y Redonda.
iv. Establecimiento de consejos de vigilancia regional para el
cumplimiento de las estrategias de manejo.
v. Establecer
un programa estratégico de repoblamiento y recuperación de bancos y control
asociado de pastizales marinos.
vi. Fomento
a la actividad acuícola que integre semilla certificada de laboratorio y la
migración inmediata a estos sistemas de toda actividad denominada “pesquería acuacultural” que es extractiva, incluyendo el retiro de
artes e infraestructura acuícola para la captación de semilla silvestre.
vii. No permitir el esfuerzo pesquero de las especies especificadas
en esta ficha en las zonas núcleo de las Areas
Naturales Protegidas.
III. Aguas
continentales
1. Laguna
de Cajititlán, Jalisco
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Carpa común Tiro Pintito de
Ocotlán |
Cyprinus carpio Goodea atripinnis Chapalichthys encaustus |
b) Indicadores de la pesquería
La tilapia es la principal especie que
conforma la pesquería comercial en
Figura 1.
Tendencia de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
Los perfiles de temperatura y oxígeno
indican que
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/no |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Para todas las
especies introducidas de |
Numeral 4.3.1 de (DOF:
19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Para todas las
especies introducidas y nativas de |
Numeral 4.2.2.1, fracción I, inciso a) de (DOF:
19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con
motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1 de (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
117
embarcaciones menores para escama de agua dulce. |
Registros para
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Laguna de
Cajititlán, Jalisco. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para
mantener la población al Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f) Estatus
La población de tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en
ii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
iii. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma Oficial
Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h) Riesgos o Amenazas
i. Contaminación del agua en
2. Laguna
de Coatetelco, Morelos
a. Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Lobina negra |
Micropterus salmoides |
Langostino |
Macrobrachium rosenbergii |
b. Indicadores de la pesquería
La tilapia es el componente principal de la captura
comercial en Laguna de Coatetelco. En el periodo 2011 al 2018 se observó una
tendencia negativa, con valores de captura de 142 toneladas en 2011 a 21
toneladas en 2015. Del 2016 al 2017 se observó un ligero aumento de capturas
cercanas a 67 toneladas. En 2018 se presentó una captura de 24 toneladas
(Figura 1).
Figura 1. Tendencia
de la captura de tilapia en
c. Caracterización limnológica
d. Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos
pesqueros. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso
para pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Para todas las
especies introducidas de |
Numeral
4.3.1 de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF:
19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Para todas las
especies introducidas y nativas de |
Numeral
4.2.2.1, fracción I Inciso a) de (DOF:
19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con
motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral
4.2.1 de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
60
embarcaciones menores para tilapia. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Laguna de
Coatetelco, Morelos. |
Permiso para
pesca comercial |
e. Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población al
Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f. Estatus
El recurso tilapia en
g. Recomendaciones de manejo
i. Con
base en
ii. Instrumentar programas de ordenamiento y manejo para la pesca
de escama de agua dulce en
iii. Establecer una veda temporal para proteger el periodo
reproductivo de las especies de escama de agua dulce en
iv. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
v. Instrumentar
acciones para el cumplimiento de Norma Oficial Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016,
Pesca responsable en cuerpos de aguas continentales dulceacuícolas de
jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. Especificaciones para el
aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h. Riesgos o Amenazas
i. Extracción
de agua que reduce el nivel hídrico de
3. Laguna
de Cuyutlán, Colima
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Constantino Liseta, lebrancha Lisa,
cabezuda, lisa macho Chile Robalo negro Robalo blanco Pargo mulato,
raicero Sábalo Malacapa Mojarra rayada Tilapia |
Centropomus robalito Mugil setosus (antes curema) Mugil cephalus Elops affinis Centropomus nigrescens Centropomus viridis Lutjanus novemfasciatus Chanos chanos Diapterus brevirostris Gerres simillimus Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Jaiba azul Jaiba café Camarón café Camarón blanco |
Callinectes arcuatus Callinectes toxotes Farfantepenaeus californiensis Penaeus vannamei |
b) Indicadores de la pesquería
Las capturas oficiales de escama estuarina
registradas en
Figura 1. Tendencia
de las capturas de las principales especies de escama estuarina en
c) Caracterización limnológica
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-016-SAG/PESC-2014, Para regular la pesca de lisa y liseta o lebrancha en aguas de jurisdicción federal del
Golfo de México y Mar Caribe, así como del Océano Pacífico, incluyendo el
Golfo de California. |
DOF: 29/07/2015 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permisos para
pesca comercial de Escama Estuarina o Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Liseta o lebrancha (Mugil curema): 26 cm de longitud total. Lisa (Mugil cephalus):
de 30 cm de longitud total. |
Numeral 4.2.1 de (DOF:
29/07/2015) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Redes
agalleras con las siguientes especificaciones: Liseta o lebrancha (Mugil curema),
luz de malla de 71 mm (2 3/4 pulgadas). Lisa
(Mugil cephalus),
luz de malla de 80 mm (3 1/2
pulgadas). |
Numerales 4.3 y 4.3.1 de (DOF:
29/07/2015) |
Veda |
Sí |
“Lebrancha” o
“liseta” (Mugil curema) en aguas de jurisdicción federal del océano
Pacífico, en los periodos y zonas que a continuación se indican: Del 15 de mayo
al 15 de julio de cada año en los litorales de Colima, Michoacán, Guerrero,
Oaxaca y Chiapas. “Lisa” (Mugil cephalus)
en aguas de jurisdicción federal del océano Pacífico, en los periodos y zonas
que a continuación se indican: Del 1 de
noviembre al 31 de diciembre de cada año, en los litorales de Colima,
Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas. |
AVISO por el
que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la
pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción
federal de los Estados Unidos Mexicanos (DOF: 16/03/1994) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con motores fuera de borda de 10, 15 y 25 caballos. Redes de enmalle
de 1 a 3 unidades, de longitud de 120 a 150 metros por cada embarcación. |
Dictamen
técnico del INAPESCA Numerales 4.4
de SAG/PESC-2014 (DOF:
29/07/2015) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
Pesquería de
Escama: 94 embarcaciones. Pesquería de
Lisa: 16 embarcaciones. Pesquería de
Jaiba: 17 embarcaciones. Pesquería de
Camarón: 17 embarcaciones. Pesquería de
Langostino: 2 embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Laguna de
Cuyutlán, Colima. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener las poblaciones de las principales
especies al Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura para diferentes
especies de escama estuarina o de agua dulce; tamaño mínimo de malla por
especies; veda reproductiva.
f) Estatus
Todas las especies de escama estuarina en
Figura 2.
Estatus de las poblaciones de escama estuarina en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con base en lo previsto en
ii. Instrumentar programas de ordenamiento y
manejo para la escama estuarina en
iii. Implementar un programa de monitoreo y
seguimiento de la pesquería mediante el
llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en lo previsto en
h) Riesgos o amenazas
i. El asolvamiento de zonas alejadas de las bocas de
ii. Cambios en la hidrodinámica de
iii. Incremento de los derrames y descargas
residuales de actividades urbanas en
4. Presa
Aguamilpa Solidaridad,
Nayarit
a) Generalidades
La presa de Aguamilpa Solidaridad, forma
parte de la cuenca del rio Santiago y rio Huaynamota, se ubica en la región
centro de Nayarit, entre los meridianos 104°25’ y 104°46’ de longitud Oeste y
los paralelos 21°23’ y 21°53’ de latitud Norte. Comprende los municipios; Del
Nayar, Santa María del Oro y Tepic. La actividad pesquera en
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis niloticus |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Bagre de canal Lobina negra Mojarra arroyera Carpa común Chihuil Palacha Mojarrita de
agallas azules Mojarra golosa |
Ictalurus punctatus Micropterus salmoides Mayaheros beani Cyprinus carpio Cathorops fuerthii Dorosoma smithi Lepomis macrochirus Lepomis gulosus |
b) Indicadores de la pesquería
La pesquería en
Figura 1.
Tendencia de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
La dinámica hidrológica en
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NOM-026-SAG/PESC-2016,
Que establece regulaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros
en el embalse de la presa Aguamilpa, ubicado en el Estado de Nayarit. |
DOF:
06/09/2016 |
Plan de Manejo
pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permisos para pesca
comercial de Escama Agua Dulce. |
Opinión
Técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Cada pescador
deportivo podrá retener como máximo un ejemplar de lobina, la cual debe tener
una longitud total entre 300 y 400 milímetros (Anexo 3). |
Numeral 4.3.3
de (DOF:
06/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Redes de
enmalle construidas de hilo monofilamento o multifilamento de nylon, con
diámetro de 0.12 a 0.50 mm, de abertura o luz de malla mínima de 114.3
milímetros (4 1/2 pulgadas), longitud máxima de 100 metros, caída máxima de 5
metros y un encabalgado de entre 30 y 60%. Uso simultáneo cinco redes de
enmalle por embarcación. Líneas con anzuelo, palos o varas a manera de caña y
cañas de pescar. |
Numerales
4.2.3.1 y 4.3.6 de (DOF:
06/09/2016) |
Veda |
Sí |
Del 01 de
marzo al 30 de junio de cada año en todo el embalse. |
ACUERDO
por el que se establecen épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes
especies de la fauna acuática en aguas continentales de jurisdicción federal
de los Estados Unidos Mexicano (DOF:
31/03/2010) |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor sin cubierta corrida hasta de un máximo de 5.4 metros de eslora y con
motor fuera de borda con una potencia nominal máxima de hasta 29.84
kilovatios (40 Caballos de fuerza), o sin motor. Con redes de enmalle y con
el uso simultáneo de un máximo de cinco redes de enmalle por embarcación. |
Numerales
4.2.2, 4.2.3.1 y 4.2.4 de (DOF:
06/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
512
embarcaciones menores para escama de agua dulce. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa
Aguamilpa Solidaridad, Nayarit. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechada al Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f) Estatus
La población de tilapia en
Figura 2.
Estatus de la población de tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en
ii. Instrumentar un programa de ordenamiento y
manejo en
iii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería,
mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base en
iv. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma Oficial Mexicana,
NOM-026-SAG/PESC-2016, que establece regulaciones para el aprovechamiento de
los recursos pesqueros en el embalse de
h) Riesgos o Amenazas
i. Introducción
de especies invasoras, como es el caso de langostilla australiana (Cherax quadricarinatus).
5. Presa
Ing. Elías González Chávez “Calderón”, Jalisco
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Lobina |
Micropterus salmoides |
Carpa común |
Cyprinus carpio |
Mojarra
agallas azules |
Lepomis macrochirus |
b) Indicadores de la pesquería
La tilapia es la principal especie que
conforma en
Figura 1.
Tendencia de la captura tilapia en
c) Caracterización limnológica
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas continentales
dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.
Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros. |
DOF:19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Se establecen
las siguientes tallas mínimas de captura: a) Para carpa
común de 360 milímetros de longitud total. b) Para tilapia
de 316 milímetros de longitud total. |
Numeral XIX.
V, incisos a) y b) de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF:19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Los artes o
equipo de pesca autorizados son: red de enmalle construida de hilo
monofilamento o multifilamento de nylon o cualquier otro tipo de poliamida
con diámetro de 0.3 milímetros o menor, con luz de malla de 114.3
milímetros (4 ½ pulgadas), una
longitud máxima de 50 metros y 6 metros máximo de caída y un encabalgado del
40-60%. |
Numeral XIX. II
de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF:19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con
motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1
de Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
42
embarcaciones menores para escama de agua dulce. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa Ing.
Elías González Chávez “Calderón”, Jalisco. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechada al Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f) Estatus
El recurso tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Instrumentar un programa de ordenamiento y manejo en
iii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
iv. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma Oficial
Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h) Riesgos o Amenazas
i. No
identificados.
6. Presa
Constitución de 1917, Querétaro
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Carpa común Lobina negra Robaleta blanca |
Cyprinus carpio Micropterus salmoides Pomoxis annularis |
b) Indicadores de la pesquería
La tilapia es la principal especie que
conforma la pesquería comercial en
Figura 1. Tendencia
de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
La dinámica hidrológica está determinada por
las estaciones de estiaje y lluvias, que condicionan la entrada de agua
proveniente de la cuenca y su uso para riego. Los perfiles de temperatura y
oxígeno lo clasifican como un embalse polimíctico
cálido continuo, con periodos de circulación continua durante todo el año, la
temperatura media anual es de 20.2 °C. Se clasifica como un cuerpo de agua con
alcalinidad baja y aguas blandas. Los valores de transparencia, el excesivo
contenido de fósforo y altos valores de clorofila a indican que es un cuerpo de agua eutrófico.
d) Normatividad e instrumentos de
política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
Norma Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016. Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de (DOF
19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Para todas las
especies introducidas de Cyprinus carpio (carpa común,
carpa espejo o carpa de Israel) y C. rubrofuscus (carpa barrigona) de 350 milímetros
longitud total. |
Numerales
4.3.1 y 4.3.2, inciso d) de (DOF: 19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Para todas las
especies introducidas y nativas de Para las
especies de |
Numeral
4.2.2.1, incisos a) y d) de (DOF: 19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con
motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1
de (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
20
embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa
Constitución de 1917, Querétaro. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población al
Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f) Estatus
La población de tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Establecer vedas temporales para proteger el periodo
reproductivo de las especies de escama de agua dulce en
iii. Instrumentar un programa de ordenamiento y manejo en
iv. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
v. Instrumentar
acciones para el cumplimiento de Norma Oficial Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016,
Pesca responsable en cuerpos de aguas continentales dulceacuícolas de
jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. Especificaciones para el
aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h) Riesgos o Amenazas
i. Intensificación
de los procesos de eutrofización.
ii. Fluctuaciones en los niveles de agua de la presa.
iii. Incremento en la propagación de maleza acuática.
7. Presa
Manuel M. Diéguez “Santa Rosa”, Jalisco
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Carpa común Bagre Lobina negra |
Cyprinus carpio Ictalurus punctatus Micropterus salmoides |
b) Indicadores de la pesquería
La tilapia es la principal especie que
conforma la pesquería en
Figura 1.
Tendencia de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
Los perfiles de temperatura y oxígeno
indican que el embalse es monomíctico cálido continuo, con un periodo de
estratificación vertical en el verano, la temperatura media anual es de 26 °C.
La entrada de materia orgánica provoca procesos oxidativos que se reflejan en
los bajos contenidos de oxígeno disuelto, incluso en zonas anóxicas. Es un
cuerpo de agua con alcalinidad y dureza altas. Los niveles de clorofila a indican hipertrofia. El fósforo y el
nitrógeno no son factores limitantes.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
Norma Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Para todas las
especies introducidas de |
Numeral 4.3.1,
de (DOF:
19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Redes de
enmalle construidas de hilo monofilamento o multifilamento de nylon o
cualquier otro tipo de poliamida, con diámetro de 0.3 mm o menor, luz de
malla mínima de 101.6 mm (4 pulgadas), longitud máxima de 50 m, caída o
altura máxima de 5 metros (50 mallas) y un encabalgado mínimo del 50%. Para las
especies de |
Numeral
4.2.2.1, fracción I, Incisos a) y e) de (DOF:
19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 m, sin cubierta corrida y con motor
fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1
de Artículo 4,
Sección XVII, LGPAS (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
73
embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa Manuel M.
Diéguez “Santa Rosa”, Jalisco. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población al
Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f) Estatus
La población de tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
iii. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma Oficial
Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h) Riesgos o Amenazas
i. Ingreso
de contaminantes por el Río Santiago.
8. Presa
El Gallo, Michoacán-Guerrero
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Bagre Mojarra arroyera Carpa común Langostino |
Ictalurus punctatus Amphilophus istlanum Cyprinus carpio Macrobrachium rosenbergii |
b) Indicadores de la pesquería
La tilapia es la principal especie que
conforma la pesquería comercial en
Figura 1. Tendencia
de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
A partir de los perfiles de temperatura y
oxígeno el embalse se clasifica como monomíctico cálido continuo con un periodo
de estratificación vertical en el verano, la temperatura media anual es de
26.8°C. El ingreso de materia orgánica provoca procesos oxidativos que se
reflejan en los bajos contenidos de oxígeno disuelto, las condiciones anóxicas,
los bajos valores de pH y las altas concentraciones de amonio en una gran parte
de la columna de agua del embalse. Se clasifica como un cuerpo de agua con alcalinidad
media y con aguas moderadamente duras. Los niveles de clorofila a permiten clasificarlo como un cuerpo
de agua eutrófico. Debido a las concentraciones significativas de fósforo, el
factor limitante de la productividad es el nitrógeno. Los ríos que alimentan la
presa aportan nutrimentos y materia orgánica que influyen en la dinámica limnológica del embalse. Los cultivos en jaulas flotantes
hacen un aporte importante de nutrimentos.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de
manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
Norma Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos
pesqueros. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Para todas las
especies introducidas de Para las
especies nativas e introducidas de Para todas las
especies de |
Numerales
4.3.1, 4.3.2, incido d) y 4.3.4 de (DOF:
19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Redes de
enmalle construidas de hilo monofilamento o multifilamento de nylon o cualquier
otro tipo de poliamida, con diámetro de 0.3 milímetros o menor, luz de malla
mínima de 101.6 milímetros (4 pulgadas), longitud máxima de 50 metros, caída
o altura máxima de 5 metros (50 mallas) y un encabalgado mínimo del 50%. Redes de
enmalle construidas de hilo monofilamento o multifilamento de nylon o
cualquier otro tipo de poliamida, con diámetro de 0.3 milímetros o menor, luz
de malla mínima de 127.0 milímetros (5 pulgadas), longitud máxima de 50
metros, caída o altura máxima de 5 metros (50 mallas) y un encabalgado mínimo
del 50%. |
Numerales
4.2.2.1, fracción I, incisos a) y e) de (DOF:
19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 m, sin cubierta corrida y con motor
fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1
de (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
59 embarcaciones.
|
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa El
Gallo, Michoacán-Guerrero. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población al
Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
regulación del arte y método de pesca, repoblamiento.
f) Estatus
El recurso tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Establecer un programa de repoblamiento para recuperar la
población de tilapia en
iii. Establecer vedas temporales para proteger el periodo
reproductivo de las especies de escama de agua dulce en
iv. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
v. Instrumentar
acciones para el cumplimiento de Norma Oficial Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016,
Pesca responsable en cuerpos de aguas continentales dulceacuícolas de
jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. Especificaciones para el
aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h) Riesgos o Amenazas
i. Aumento
en concentraciones de fósforo y disminución del oxígeno disuelto en
9. Presa
“El Rodeo”, Miacatlán, Morelos
a. Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Lobina negra Langostino |
Micropterus salmoides Macrobrachium rosenbergii |
b. Indicadores de la pesquería
En
Figura 1.
Tendencia de la captura de tilapia en
c. Caracterización limnológica
Los perfiles de temperatura y oxígeno
indican que el embalse es monomíctico cálido continuo, con un periodo de
estratificación vertical entre septiembre y octubre, la temperatura media anual
de 26.2°C. El agua normalmente presenta alcalinidad baja y con relación a su
dureza se clasifica como de aguas blandas, con un alto predominio de la dureza
al calcio. Los valores bajos de transparencia, los contenidos de fósforo y los
niveles de clorofila a permiten
clasificar al embalse como un cuerpo de agua eutrófica. Debido a las excesivas
concentraciones de fósforo, no se puede considerar como el principal factor
limitante de la productividad y se da paso al nitrógeno para que ocupe este
papel.
d. Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.
Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Para todas las
especies introducidas de |
Numeral 4.3.1
de (DOF:
19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Para todas las
especies introducidas y nativas de |
Numeral
4.2.2.1, Fracción I, inciso a) de (DOF:
19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con motor
fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1
de NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
60 embarcaciones. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa El
Rodeo, Miacatlán, Morelos. |
Permiso para
pesca comercial |
e. Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechada al Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f. Estatus
La población de tilapia en
g. Recomendaciones de manejo
i. Con
base en
ii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
iii. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma Oficial Mexicana,
NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas continentales
dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.
Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h. Riesgos o Amenazas
i. Extracción
de agua que reduce el nivel hídrico de
10. Presa Aurelio Benassini
Vizcaíno “El Salto”, Sinaloa
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia,
mojarra |
Oreochromis urolepis |
Tilapia,
mojarra |
Oreochromis aureus |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Lobina negra Bagre de canal, chihuil |
Micropterus salmoides Ictalurus punctatus |
Mojarra de río, mojarra verde Sardina de agua dulce, truchita, babosa |
Cichlasoma beani Dorosoma smithi |
b) Indicadores de la pesquería
La tilapia es la principal
especie que sostiene la captura comercial en
Figura 1.
Tendencia de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos
pesqueros. |
DOF: 19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Se establecen
las siguientes tallas mínimas de captura: a) Para el
bagre de canal de 380 milímetros de longitud total. b) Para la
mojarra tilapia de 250 milímetros de longitud total. |
Numerales
XXXIII.VI (Incisos a y b) de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF: 19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Las artes o
equipos de pesca autorizados son: redes de enmalle o agalleras
construidas de nylon o cualquier otro tipo de poliamida, con diámetro de
entre 0.25 y 0.35 milímetros, con una luz de malla mínima de 107.95
milímetros (4 ¼ pulgadas), longitud máxima de 60 metros, caída o altura
máxima de 5 metros. |
Numeral
XXXIII.II de (DOF: 19/09/2016) |
Veda |
Sí |
No.
Acuerdo Interno. Del 1 de mayo al de 31 agosto de cada año. |
Acuerdo
de carácter administrativo, acuerdo de las SCPP con permiso para la captura
de escama de agua dulce |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Para efectuar
la pesca comercial, se autoriza la operación de embarcaciones menores con
eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con motor fuera de
borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin motor. Redes
de enmalle o agalleras con una luz de malla mínima
de 107.95 milímetros (4 ¼ pulgadas), longitud máxima de 60 metros, caída o
altura máxima de 5 metros. |
Numeral
XXXIII.II del Anexo 1 de (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
164
embarcaciones menores para escama de agua dulce. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa Aurelio Benassini Vizcaíno ”El Salto”,
Sinaloa. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población
Aprovechada al Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control de esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; zonas de no pesca, repoblamiento.
f) Estatus
El recurso tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con base en lo establecido en
ii. Oficializar las vedas temporales para
proteger el periodo reproductivo de las especies de escama de agua dulce en
iii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de
la pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con
base en lo establecido en
iv. Instrumentar acciones para el
cumplimiento de Norma Oficial Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca
responsable en cuerpos de aguas continentales dulceacuícolas de jurisdicción
federal de los Estados Unidos Mexicanos. Especificaciones para el
aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h) Riesgos o Amenazas
i. No
identificados.
11. Presa Emiliano Zapata, Morelos
a. Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especie asociada |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Pez diablo |
Hypostomus plecostomus |
b. Indicadores de la pesquería
En
Figura 1.
Tendencia de la captura de tilapia en
c. Caracterización limnológica
Los perfiles de temperatura y oxígeno
indican que el embalse es monomíctico cálido continuo, el periodo de
estratificación se presenta de abril a octubre, y el de circulación de
noviembre a marzo. La temperatura media anual es 27.7°C. El embalse presenta alcalinidad
media y aguas muy duras. Los contenidos de fósforo, los bajos valores de
transparencia y de clorofila a
permiten clasificarlo como un cuerpo eutrófico con tendencia a la hipertrofia.
El nitrógeno es el factor limitante.
d. Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
Norma Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos
pesqueros. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Para todas las
especies introducidas de |
Numeral 4.3.1
de (DOF:
19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Redes de
enmalle construidas de hilo monofilamento o multifilamento de nylon o
cualquier otro tipo de poliamida, con diámetro de 0.3 milímetros o menor, luz
de malla mínima de 101.6 milímetros (4 pulgadas), longitud máxima de 50
metros, caída o altura máxima de 5 metros (50 mallas) y un encabalgado mínimo
del 50%. |
Numeral
4.2.2.1, Fracción I, Inciso a) de (DOF:
19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 m, sin cubierta corrida y con motor
fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1
de (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
9
embarcaciones menores para escama de agua dulce. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa Emiliano
Zapata, Morelos. |
Permiso para
pesca comercial |
e. Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para mantener la población al Aprovechamiento
Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f. Estatus
La población de tilapia en
g. Recomendaciones de manejo
i. Con
base en
ii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de
la pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con
base en
iii. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma
Oficial Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos.
Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h. Riesgos o Amenazas
i. Contaminación
por aguas residuales provenientes de la cuenca.
ii. Presencia del pez diablo (Hypostomus plecostomus) como especie invasora.
12. Presa
Alfredo Elías Ayub “
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Carpa común Bagre Lobina negra |
Cyprinus carpio Ictalurus punctatus Micropterus salmoides |
b) Indicadores de la pesquería
La tilapia representa el 96.5% de la captura
en
Figura 1.
Tendencia de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
Los perfiles de temperatura y oxígeno en
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
Norma Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Para todas las
especies introducidas de |
Numeral 4.3.1
de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF:
19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Para
todas las especies introducidas y nativas de Para las
especies de |
Numeral
4.2.2.1, Fracción I incisos a) y e) de la
NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF:
19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con
motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1
de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
333
embarcaciones menores para escama de agua dulce. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia: Tasa de
aprovechamiento para mantener la población al Aprovechamiento Máximo
Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f) Estatus
El recurso de tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con base en
ii. Establecer vedas temporales
para proteger el periodo reproductivo de las especies de escama de agua dulce
en
iii. Implementar un programa de
monitoreo y seguimiento de la pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno
de bitácoras de pesca con base en
iv. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma Oficial
Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h) Riesgos o Amenazas
i. Descarga
de contaminantes por el Río Santiago.
13. Presa
Alvaro Obregón “EL Oviachic”, Sonora
a. Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis aureus |
Carpa común Bagre |
Cyprinus carpio Ictalurus punctatus |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre científico |
Lobina |
Micropterus salmoides |
Sardina de
agua dulce |
Dorosoma smithi |
Mojarra del
río |
Cichlasoma beani |
b. Indicadores de la pesquería
La pesquería en
Figura 1.
Tendencia de las capturas de escama de agua dulce: tilapia, carpa común y
bagre, en
c. Caracterización
limnológica
d. Normatividad
e instrumentos de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos
pesqueros. |
Numerales XXXV
a XXXV.VIII en el Anexo 1 de (DOF:
19/09/2016) |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para pesca comercial de Escama Agua Dulce. |
Opinión técnica de INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Se establecen
las siguientes tallas mínimas de captura: a) Para el
bagre de canal y el bagre negro de 356 milímetros de longitud total. b) Para la
carpa común, carpa espejo o carpa de Israel de 254 milímetros de longitud
total. c) Para la
tilapia de 229 milímetros de longitud total. |
Numeral
XXXV.VII, Incisos a), b) y c) en el Anexo 1 de (DOF:
19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
Las artes o
equipos de pesca que se autorizan son: a) Para todas
las especies de peces: redes de enmalle construidas de hilo monofilamento o
multifilamento nylon o cualquier otro tipo de poliamida, con diámetro máximo
de hilo de 0.27 milímetros, luz de malla mínima de 101.6 milímetros (4
pulgadas), longitud máxima de 100 metros, caída de 50 mallas y un encabalgado
de entre 50 y 60%. b) Para el
bagre de canal y bagre negro: trampas o nasas, con estructura de madera o
material galvanizado, cubiertas de malla plástica o poliamida teñido y
tratado con luz de malla mínimo de 76.2 milímetros (3 pulgadas), con diámetro
de hilo del número 18 o equivalente y deberá de contar con entrada y matadero
y un tamaño máximo de 1 metro de diámetro en caso de ser circular o de 1
metro de lado en caso de ser cuadrada o rectangular. |
Numeral
XXXV.II, Incisos a), b) y c) en el Anexo 1 de (DOF:
19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcación
menor con eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con
motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza) o sin
motor. Con redes de enmalle para todas las especies de peces. Trampas o nasas
para el bagre de canal y bagre negro. |
Numerales 4.2
y XXXV.VIII, Incisos a) y b) en el Anexo 1 de (DOF:
19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de (DOF:
19/01/2023) |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
200
embarcaciones menores para escama de agua dulce |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa Alvaro
Obregón “El Oviachic”, Sonora. |
Permiso para
pesca comercial |
e. Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población al
Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas:
Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal; arte y
método de pesca; repoblamiento.
f. Estatus
Los recursos de escama de agua dulce:
tilapia, bagre y carpa común, en
Figura 2.
Estatus de la población de tilapia en
g. Recomendaciones de manejo
i. Otorgar
permisos para pesca comercial de manera progresiva contando en todos los casos
con los estudios y opiniones técnicas del INAPESCA.
ii. Instrumentar un programa de ordenamiento y manejo en
iii. Establecer vedas temporales para proteger el periodo
reproductivo de las especies de escama de agua dulce en
iv. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
v. Instrumentar
acciones para el cumplimiento de Norma Oficial Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016,
Pesca responsable en cuerpos de aguas continentales dulceacuícolas de
jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos. Especificaciones para el
aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h. Riesgos o amenazas
i. No
identificados.
14. Presa
Solís, Acámbaro, Guanajuato
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia Carpa común |
Oreochromis spp. Cyprinus carpio |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Carpa dorada Charal Bagre |
Carassius auratus Chirostoma humboldtianum Ictalurus punctatus |
b) Indicadores de la pesquería
La captura de tilapia en
Figura 1. Tendencia
de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
La dinámica hidrológica en el embalse está
determinada por las estaciones de secas y lluvias, que condicionan la entrada
de agua proveniente de cuenca y su uso para riego. Los perfiles de temperatura
y oxígeno indican que el embalse es monomíctico cálido continuo, con un periodo
de estratificación de abril a junio, la fuerte corriente del río rompe la
termoclina y provoca la circulación de la masa de agua, la temperatura media
anual es de 20.5 °C. Es un cuerpo de agua con alcalinidad media y con aguas moderadamente
duras. Los valores de transparencia, el excesivo contenido de fósforo y los
valores altos de clorofila a definen
al embalse como un cuerpo de agua eutrófico con tendencia a la hipertrofía. No se puede considerar al fósforo como el
limitante principal de la productividad, esto debido a sus concentraciones
excesivas, por lo que el nitrógeno ocupa este papel.
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial
Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos
pesqueros. |
DOF:
19/09/2016 |
Plan de Manejo
Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso para
pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión
técnica del INAPESCA Artículo 36,
Fracción III de |
Talla mínima |
Sí |
Tilapia 210
milímetros de longitud total. Carpa 300
milímetros longitud total. Charal
60 milímetros
longitud total. Se
establece un límite de captura diaria por pescador de consumo doméstico de un
máximo de 5 kilogramos de cualquiera de las especies objetivo, considerando
las tallas mínimas indicadas. |
Numeral
XIII.V del Anexo 1 de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF: 19/09/2016) |
Arte de pesca
y método de captura |
Sí |
a)
Para las tilapias, carpas en todas sus variedades y bagres: redes de enmalle
construidas de hilo monofilamento o multifilamento de nylon o cualquier otro
tipo de poliamida, con diámetro máximo de hilo de 0.3 milímetros, luz de
malla mínima de 88.9 milímetros (3 ½ pulgadas), longitud máxima de 40 metros,
caída máxima de 2 metros y un encabalgado de entre 50 y 60%. b)
Para el charal: redes de enmalle construidas de hilo monofilamento o
multifilamento de nylon o cualquier otro tipo de poliamida, con diámetro
máximo de hilo de 0.3 milímetros, luz de malla mínima de 14.4 milímetros
(0.57 pulgadas), longitud máxima de 25 metros, caída máxima de 0.5 metros y
un encabalgado de entre 50 y 60%. En
cada embarcación podrá operar un máximo de dos pescadores y cada pescador
podrá contar con un máximo de 7 redes, incluyendo 3 redes para
charal. |
Numeral
XIII.II, Incisos a) y b) y XIII.III en el
Anexo 1 de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF: 19/09/2016) |
Veda |
No |
|
|
Cuota |
No |
|
|
Unidad de
pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con eslora máxima total de 10.5 metros, sin cubierta corrida y con
motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios (75 Caballos de fuerza), o sin
motor. |
Numeral 4.2.1
de la NOM-060-SAG/PESC-2016 (DOF: 19/09/2016) Artículo 4,
Sección XVII de |
Esfuerzo
nominal autorizado |
Sí |
57
embarcaciones menores para escama de agua dulce. |
Registros de
Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
Presa Solís,
Guanajuato. |
Permiso para
pesca comercial |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población al
Aprovechamiento Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f) Estatus
La población de tilapia en
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en lo previsto en
ii. Instrumentar un programa de ordenamiento y manejo en
iii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
iv. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma Oficial
Mexicana, NOM-060-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en cuerpos de aguas
continentales dulceacuícolas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.
h) Riesgos o Amenazas
i. Contaminación
provocada por la descarga de aguas residuales provenientes, principalmente, del
Río Lerma.
15. Presa
Ing. Fernando Hiriart Balderrama “Zimapán”, Hidalgo-Querétaro
a) Generalidades
Especies objetivo |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Tilapia |
Oreochromis spp. |
Especies asociadas |
|
Nombre común |
Nombre
científico |
Carpa común Carpa barrigona Carpa cabezona Carpa herbívora Carpa roja Lobina negra |
Cyprinus carpio Cyprinus rubrofuscus Hypophthalmichthys nobilis Ctenopharyngodon idella Carassius auratus Micropterus salmoides |
b) Indicadores de la pesquería
La tilapia es la principal especie que
conforma la pesquería comercial en
Figura 1.
Tendencia de la captura de tilapia en
c) Caracterización limnológica
d) Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero
Control de manejo |
Sí/No |
Disposiciones |
Sustento |
Norma Oficial Mexicana |
Sí |
NORMA Oficial
Mexicana NOM-028-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en la presa Ing. Fernando Hiriart Balderrama
(Zimapán), en Hidalgo y Querétaro. Especificaciones para el aprovechamiento
de los recursos pesqueros. |
DOF:
23/09/2016 |
Plan de Manejo Pesquero |
No |
|
|
Tipo de acceso |
Sí |
Permiso
para pesca comercial de Escama de Agua Dulce. |
Opinión técnica del INAPESCA Artículo
36, Fracción III de (DOF: 19/01/2023) |
Talla mínima |
Sí |
Tilapia se establece
una talla mínima de captura de 295 milímetros de longitud total (Anexo 3). |
Numeral 4.2.5 de la
NOM-028-SAG/PESC-2016 (DOF: 23/09/2016) |
Arte de pesca y método de captura |
Sí |
a) Redes de enmalle construidas de hilo nylon monofilamento o cualquier
otro tipo de poliamida, con diámetro de 0.17 milímetros con luz de malla
114.3 milímetros (4.5 pulgadas), longitud máxima de 60 metros, caída o altura
máxima de 5 metros y un encabalgado de entre el 52 y el 65%. b) Trampas o nasas conformadas por la estructura o cuerpo de la
trampa, conductos de entrada, matadero, carnada y lastre, construidas de
materias primas naturales (madera, bejuco, etc.), acero y/o cualquier tipo de
poliamida, de forma cuadrada, rectangular, circular u ovoide, con longitud
mínima de 1 metro de diámetro o lado, cubiertas de malla plástica o poliamida
teñida y tratada, con luz de malla mínima de 76.2 milímetros (3 pulgadas). |
Numeral 4.2.2.1, Inciso a) de (DOF: 23/09/2016) |
Veda |
Sí |
ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se establecen
épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna
acuática en aguas continentales de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos, con el fin de establecer el periodo de veda para la captura de
todas las especies de peces existentes en el embalse de la presa Zimapán,
ubicada entre los estados de Hidalgo y Querétaro. IX. Para todas las especies de peces existentes en las aguas de
jurisdicción federal del embalse de la presa “Ing. Fernando Hiriart
Balderrama” (Zimapán) ubicada entre los estados de Hidalgo y Queretáro, durante el periodo del 21 abril al 20 de junio
de cada año. |
DOF:
13/03/2013 |
Cuota |
No |
|
|
Unidad de pesca |
Sí |
Embarcaciones
menores con motor fuera de borda de hasta 55.95 kilovatios de potencia
nominal (equivalentes a 75 caballos de fuerza), o sin motor. Cada pescador sólo podrá utilizar simultáneamente un máximo de tres
redes y tres trampas o nasas y en cada embarcación solamente podrán operar un
máximo de 2 pescadores, sin que se sobrepase el esfuerzo total que para el
embalse establezca. |
Numeral 4.2.2 y 4.2.3.3 de la NOM-028-SAG/PESC-2016 (DOF: 23/09/2016) Artículo
4, Sección XVII de (DOF: 19/01/2023) |
Esfuerzo nominal autorizado |
Sí |
411 embarcaciones menores para escama de
agua dulce. |
Registros
de Permisos y Concesiones de Pesca Comercial autorizadas y registradas en el
Sistema de Administración Pesquera en diciembre de 2021 |
Zona de pesca |
Sí |
|
Numeral 4.3 al 4.3.13 de la NOM-028-SAG/PESC-2016 (DOF: 23/09/2016) |
e) Estrategias y tácticas de
manejo
Estrategia:
Tasa de aprovechamiento para mantener la población Aprovechada
al Máximo Sustentable.
Tácticas de manejo: Control del esfuerzo pesquero; talla mínima de captura; veda temporal;
arte y método de pesca; repoblamiento.
f) Estatus
La población de tilapia de
g) Recomendaciones de manejo
i. Con
base en
ii. Instrumentar un programa de ordenamiento y manejo en
iii. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la
pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca con base
en
iv. Instrumentar acciones para el cumplimiento de Norma Oficial
Mexicana, NOM-028-SAG/PESC-2016, Pesca responsable en
h) Riesgos o Amenazas
i. Eutroficación
del embalse.