ACUERDO 3/2014 DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO POR EL QUE SE COMUNICA
LA NUEVA SEDE PRINCIPAL DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO UNO; EN EL
ESTADO DE ZACATECAS Y NUEVO DOMICILIO DE SU SEDE ALTERNA EN LA CIUDAD DE
AGUASCALIENTES, ESTADO DE AGUASCALIENTES
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto: 12061409.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: TSA.
Fecha de publicación: 12 de junio de 2014.
Fecha de entrada en vigor: 15 de junio de 2014.
ACUERDO 3/2014 DEL TRIBUNAL
SUPERIOR AGRARIO POR EL QUE SE COMUNICA LA NUEVA SEDE PRINCIPAL DEL TRIBUNAL
UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO UNO; EN EL ESTADO DE ZACATECAS Y NUEVO DOMICILIO
DE SU SEDE ALTERNA EN LA CIUDAD DE AGUASCALIENTES ESTADO DE AGUASCALIENTES.
El Tribunal Superior Agrario, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 8o., fracciones II y XI de la Ley
Orgánica de los Tribunales Agrarios, y previo el análisis relativo a la
ubicación del Distrito Uno en el Estado de Zacatecas y su sede alterna en la
Ciudad de Aguascalientes, Estado de Aguascalientes;
CONSIDERANDO
Que en los términos del artículo 8o.,
fracción II, de la citada Ley Orgánica, el Tribunal Superior tiene la
atribución de establecer la sede de los Tribunales Unitarios que existirán en
cada uno de los Distritos;
Que mediante acuerdo del Tribunal Superior
Agrario de nueve de julio de dos mil dos, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el cinco de agosto del mismo año, se modificó la competencia
territorial, entre otros, del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 1, estableciendo
su sede principal en la Ciudad de Zacatecas, en la calle Genaro Codina número
710, Colonia Centro, C.P. 98000, y como sede alterna la ubicada en la Ciudad de
Aguascalientes, en la Avenida Convención Sur número 102-202, Colonia Centro, de
la Entidad mencionada.
Que analizados los requerimientos del
servicio y con el fin de proporcionar una rápida y eficaz atención a los
usuarios demandantes de justicia agraria en los Estados de Zacatecas y
Aguascalientes, el Tribunal Superior Agrario ha estimado conveniente, para el
adecuado desarrollo de las funciones jurisdiccionales en dichas Entidades
Federativas cambiar la sede principal del Tribunal Unitario Agrario del
Distrito Uno, y el domicilio de su sede alterna a diversos inmuebles con
mayores y mejores espacios.
Por las razones anteriores el Tribunal
Superior Agrario con fundamento en el precepto legal citado emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se establece como nueva sede principal del
Tribunal Unitario Agrario del Distrito Uno, el ubicado en calle Vialidad Arroyo
de la Plata número 245 Colonia Centro, casi esquina con calle Rodríguez, C. P. 98600, en Guadalupe, Zacatecas.
SEGUNDO.- Se establece como nuevo domicilio de la sede
alterna del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Uno, en Calle Luis Adolfo
número 211, esquina Hernán González, Fraccionamiento Boulevard Aguascalientes,
Ciudad de Aguascalientes, Estado de Aguascalientes, C.P. 20270.
TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario
Oficial de la Federación y en el Boletín Judicial Agrario, y por conducto del
Tribunal Unitario Agrario del Distrito Uno, en el Periódico Oficial de los
Estados de Zacatecas y Aguascalientes, así como en un periódico de los de mayor
circulación en dichas Entidades Federativas.
Así lo aprobó el Pleno del Tribunal Superior
Agrario, en sesión celebrada el martes tres de junio de dos mil catorce, ante
el Secretario General de Acuerdos, que autoriza y da fe.
El Magistrado Presidente, Marco Vinicio Martínez Guerrero.-
Rúbrica.- Los Magistrados: Luis Angel López Escutia, Maribel
C. Méndez de Lara, Odilisa Gutiérrez
Mendoza, Carmen Laura López Almaraz.- Rúbricas.- El Secretario General de
Acuerdos, Jesús Anlén López.-
Rúbrica.
En México, Distrito Federal, a seis de junio
de dos mil catorce, con fundamento en el artículo 22, fracciones II y V de la
Ley Orgánica de los tribunales Agrarios, el Secretario General de acuerdos del
Tribunal Superior Agrario, licenciado Jesús
Anlén López, CERTIFICA que la copia que antecede en dos fojas útiles, es
fiel reproducción de su original que se tuvo a la vista, la que se expide para
los efectos legales a que haya lugar. Doy fe.- Rúbrica.