DECLARATORIA DE UTILIDAD PUBLICA PARA LA CONSTRUCCION DE LA
AUTOPISTA ECATEPEC-PEÑON, TRAMO ECATEPEC-PEÑON, EN LA
SUPERFICIE DE 4,379.65 METROS CUADRADOS, MUNICIPIO DE TEZOYUCA, ESTADO DE MEXICO
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto: 15061505.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SCT.
Fecha de publicación: (1era.)15 de junio
de 2015; (2da.) 22 de junio de 2015.
Fecha de entrada en vigor:
(1era.)18 de junio de 2015; (2da.) 25 de junio de 2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
GERARDO RUIZ ESPARZA, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, fracciones III Bis y XII, 2 y 3 de la Ley de Expropiación; 1, 5 y 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 1, 3, 4 y 5, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que es competencia del Ejecutivo Federal, implementar las estrategias contempladas en el Programa Nacional de Infraestructura, el cual plantea como uno de sus objetivos consolidar una red troncal carretera en buen estado que conecte las regiones estratégicas del país, permitiendo generar costos y tiempos de traslado competitivos, con lo cual se ha logrado que el país realice un programa de construcción, conservación y mantenimiento de carreteras y autopistas, coadyuvando con ello en la generación de empleos tanto directos como indirectos, beneficios sociales y desarrollo de las zonas donde se ubiquen;
Que lo anterior permitirá fortalecer la red de corredores troncales transversales y longitudinales que comunican a las principales ciudades, puertos, fronteras y centros turísticos del país, con caminos de altas especificaciones para el desarrollo de ejes interregionales, pasando por la construcción de libramientos y proporcionando servicios de transporte a algunas de las comunidades más desprotegidas, así como reducir el índice de accidentes, mejorando con ello la conectividad de los centros de población con los polos regionales de desarrollo, los centros de consumo y de producción del país;
Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción de la autopista Ecatepec-Peñón, tramo Ecatepec-Peñón, ubicados en el Municipio de Tezoyuca, Estado de México;
Que de conformidad con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y la Ley de Expropiación, es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes federales, derivados de concesión, de contrato o de cualquier acto jurídico celebrado en términos de las disposiciones legales aplicables;
Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevó a cabo los estudios técnicos y proyectos conforme a los cuales se determinó que los terrenos que son objeto de la presente Declaratoria, ubicados en el Municipio de Tezoyuca, Estado de México, son los más apropiados e idóneos para la construcción, conservación y mantenimiento de la autopista Ecatepec-Peñón, en virtud de que los mismos reúnen las características específicas que se requieren para este tipo de infraestructura;
Que la autopista de referencia será una vía general de comunicación, considerada como punto intermedio de conexión de los siguientes corredores troncales: a) autopista Lechería-Texcoco, b) autopista Ecatepec-Pirámides, c) autopista Peñón-Texcoco, y d) autopista Texcoco-Apizaco, con lo cual se calcula que tendrá un aforo de 8,000 vehículos por día, que a nivel nacional proporcionará una comunicación rápida, segura y económica de los puntos de desarrollo mercantil y comercial con los principales puertos del país que importan y/o exportan materia prima y/o productos terminados; siendo prioritarias las zonas transversales que unen a la Ciudad de México;
Que con la construcción de la mencionada autopista, se creará un corredor vehicular, que proporcionará un tránsito rápido, seguro y un menor tiempo de recorrido, evitará el tránsito de vehículos de carga que no tengan como destino la Ciudad de México, favoreciendo la seguridad de la población al evitar accidentes, mejorará las condiciones ambientales al disminuir la contaminación del aire y el ruido de los motores de vehículos de carga y hará más fluido el recorrido del tránsito del turismo hacia las regiones del Estado de México y del Distrito Federal, fomentando el desarrollo social y económico de sus centros urbanos y rurales, lo que justifica la utilidad pública para la adquisición de los terrenos objeto de esta Declaratoria;
Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes integró el expediente de expropiación número 01/MEX/2015, en el cual constan los elementos técnicos que justifican la idoneidad de los bienes materia de la presente Declaratoria, para atender la causa de utilidad pública, como son, entre otros, la selección de la ruta, estudios fotogramétricos, anteproyecto y proyecto constructivo de terracerías realizados sobre los terrenos que por su ubicación son indispensables para completar el derecho de vía de la autopista Ecatepec-Peñón, la cual favorecerá el transporte vehicular de bienes, servicios y personas de forma ágil y segura, y
Que en virtud de que se cumple con la causa de utilidad pública, consistente en la construcción, conservación y mantenimiento de caminos y a fin de atender la necesidad de interés general de comunicar de manera eficiente como punto intermedio de conexión de los siguientes corredores troncales: a) autopista Lechería-Texcoco, b) autopista Ecatepec-Pirámides, c) autopista Peñón-Texcoco, y d) autopista Texcoco-Apizaco, he tenido a bien expedir la siguiente
DECLARATORIA
PRIMERO.- Se declara de utilidad pública la construcción de la autopista Ecatepec-Peñón, tramo Ecatepec-Peñón, en el inmueble con superficie total de 4,379.65 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Tezoyuca, Estado de México, comprendida en tres fracciones, localizada entre los kilómetros 12+829.57 al 12+895.81, con origen de cadenamiento en el kilómetro 10+555.00 de la autopista Peñón-Texcoco y cuyos datos de localización son los siguientes:
FRACCION I.
Se afecta una superficie de 2,079.25 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Tezoyuca, Estado de México. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=507,669.556, Y=2’166,493.152, continúa tangente de 15.39 m. y RAC=N79°40’39.39”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 60.98 m. y RAC=N79°40’39.39”W hasta el vértice 3, continúa tangente de 5.38 m. y RAC=N79°40’39.39”W hasta el vértice 4, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c=05°18’10.26”, Rc=330.90 m., St=15.32 m., Lc=30.63 m. hasta el vértice 6, continúa tangente de 5.49 m. y RAC=S79°27’03.68”E hasta el vértice 7, continúa tangente de 60.50 m. y RAC=S79°27’03.68”E hasta el vértice 8, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c=00°30’44.05”, Rc=2,321.84 m., St=10.38 m., Lc=20.76 m. hasta el vértice 10, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c=00°12’17.52”, Rc=993.54 m., St=1.78 m., Lc=3.55 m. hasta el vértice 12, continúa tangente de 14.79 m. y RAC=S79°48’58.63”E hasta el vértice 13, continúa tangente de 6.00 m. y RAC=S10°50’52.35”W hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCION II.
Se afecta una superficie de 1,143.93 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Tezoyuca, Estado de México. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=507,663.582, Y=2’166,524.798, continúa tangente de 65.52 m. y RAC=N79°27’03.68”W hasta el vértice 2, continúa tangente de 17.60 m. y RAC=N17°42’57.79”E hasta el vértice 3, continúa tangente de 65.49 m. y RAC=S79°26’32.35”E hasta el vértice 4, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c=00°26’02.61”, Rc=2,321.84 m., St=8.79 m., Lc=17.59 m. hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCION III.
Se afecta una superficie de 1,156.47 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Tezoyuca, Estado de México. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=507,668.845, Y=2’166,541.604, continúa tangente de 65.48 m. y RAC=N79°26’32.35”W hasta el vértice 2, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c=00°27’21.53”, Rc=2,256.84 m., St=8.98 m., Lc=17.96 m. hasta el vértice 4, continúa tangente de 5.03 m. y RAC=S79°09’16.50”E hasta el vértice 5, continúa tangente de 60.36 m. y RAC=S79°09’16.50”E hasta el vértice 6, continúa curva simple con las siguientes características: Delta c=00°26’05.58”, Rc=2,321.84 m., St=8.81 m., Lc=17.62 m. hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
La amplitud del derecho de vía es de 60.00 metros en forma constante, correspondiendo 30.00 metros a cada lado del eje del camino.
Los planos de las áreas y el expediente formado con motivo de la presente Declaratoria, están a disposición de quienes justifiquen ser interesados, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ubicada en Avenida Universidad esquina Xola, sin número, Cuerpo C, Planta Baja, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, en México, Distrito Federal.
SEGUNDO.- Notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorar quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos de notificación personal.
TERCERO.- Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles a partir de que se les notifique o bien se realice la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes, lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.
Dado en la Ciudad de México, a 4 de junio de 2015.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.