ACUERDO
POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION DE LOS PROGRAMAS DE
FICHA
TECNICA NORLEX
Nombre
corto: 29120919.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SAGARPA.
Fecha
de publicación:
29 de diciembre de 2009.
Fecha
de entrada en vigor:
01 de enero de 2010.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
FRANCISCO
JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo
Rural, Pesca y Alimentación; con fundamento en los artículos 9, 12, 23, 26 y 35
de
CONSIDERANDO
Que
el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 tiene entre sus principales ejes de
acción: Lograr una Economía Competitiva y Generadora de Empleos y Garantizar
Que los recursos gubernamentales destinados al desarrollo rural deberán de ser utilizados de una manera más eficiente para atender la problemática en la que está inmerso el sector, en virtud, de que gran parte de los productores agropecuarios y pesqueros enfrentan limitantes por bajos niveles de capitalización de sus unidades económicas, insuficiente acceso a servicios financieros en el medio rural, deterioro de los recursos naturales para la producción primaria, reducidos márgenes de operación, bajas capacidades para la inserción sostenible de sus productos en los mercados, dificultad de reincorporarse a sus actividades productivas ante la ocurrencia de contingencias climatológicas, e insuficiente profesionalización de las organizaciones sociales y económicas; teniendo como efecto bajos niveles de ingreso de los productores, provenientes de sus actividades económicas, que en algunos casos significa altos índices de pobreza; este fenómeno afecta con mayor intensidad al segmento de pequeños y medianos productores;
Que
para atender esta problemática,
1. Elevar el nivel de desarrollo humano y patrimonial de los mexicanos que viven en las zonas rurales y costeras;
2. Abastecer el mercado interno con alimentos de calidad, sanos y accesibles provenientes de nuestros campos y mares;
3. Mejorar los ingresos de los productores incrementando nuestra presencia en los mercados globales, vinculándolos con los procesos de agregación de valor y la producción de bioenergéticos;
4. Revertir el deterioro de los ecosistemas, a través de acciones para preservar el agua, el suelo y la biodiversidad, y
5. Conducir el desarrollo armónico del medio rural mediante acciones concertadas, tomando acuerdos con todos los actores de la sociedad rural.
Para
el logro de estos objetivos planteados, la estructura programática de
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION DE LOS
PROGRAMAS DE
Artículo 1.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las Reglas de Operación para la aplicación de los siguientes programas y sus componentes:
I. Programa
para
Componentes: Agrícola,
Ganadero,
Desarrollo Rural,
Acuacultura y Pesca.
II. Programa de Apoyos Directos al Campo (PROCAMPO para Vivir Mejor);
III. Programa de Inducción y Desarrollo del Financiamiento al Medio Rural (PIDEFIMER);
Componentes: Apoyo a Intermediarios Financieros,
Apoyos a Instrumentos de Inducción y Desarrollo del Financiamiento.
IV. Programa
de Uso Sustentable de Recursos Naturales para
Componentes: Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua (COUSSA),
Recursos Biogenéticos y Biodiversidad,
Reconversión Productiva,
Acuacultura y Pesca,
Programa Ganadero (PROGAN).
V. Programa de Atención a Problemas Estructurales (Apoyos Compensatorios);
Componentes: Diesel Agropecuario, Marino y Gasolina Ribereña, Apoyo al Ingreso Objetivo, al Ordenamiento del Mercado y para Adquisición de Coberturas.
VI. Programa de Soporte;
Componentes: Sanidades e Inocuidad,
Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS),
Asistencia Técnica y Capacitación,
Innovación y Transferencia de Tecnología,
Planeación y Prospectiva,
Desarrollo de Mercados,
Promoción de exportaciones y ferias,
Inspección y Vigilancia Pesquera y Acuícola.
VII. Programa de Atención a Contingencias Climatológicas (PACC), y
VIII. Programa
de Fortalecimiento a
Componentes: Apoyo a Organizaciones Sociales,
Sistemas Producto.
Artículo 2.- Para efectos y aplicación de los Programas contenidos en estas Reglas de Operación, se entenderá por:
I. Actividades agrícolas.- Procesos productivos agrícolas primarios basados en el uso de recursos naturales renovables;
II. Actividades económicas.- Actividades encaminadas a producir un bien, proporcionar un servicio o comerciar una mercancía;
III. Actividades ganaderas.- Procesos productivos encaminados a la cría, reproducción, engorda y otros servicios de animales para beneficio humano;
IV. Actividades pesqueras.- Acciones de extracción, captura o recolección, por cualquier método o procedimiento, de especies biológicas o elementos biogénicos, cuyo medio de vida total, parcial o temporal, sea el agua; incluye la reproducción controlada, preengorda y engorda de especies de la fauna y flora realizadas en instalaciones ubicadas en aguas dulces, marinas o salobres, por medio de técnicas de cría o cultivo, que sean susceptibles de explotación comercial, ornamental o recreativa; incluye las acciones antes señaladas en la acuacultura;
V. Activos
productivos estratégicos.- Activos productivos de mayor relevancia para
generar los más altos y/o rápidos niveles de cambio deseable en una región,
estado o localidad conforme a las prioridades nacionales establecidas por
VI. Activos productivos.- Construcciones y bienes materiales utilizados en cualquier actividad productiva y que en el curso natural de los negocios no están destinados a la venta, representan la inversión de capital o patrimonio de una empresa o unidad de producción (excluye terrenos y predios);
VII. Acuacultura.- Conjunto de actividades dirigidas a la reproducción controlada, preengorda y engorda de especies de la fauna y flora realizadas en instalaciones ubicadas en aguas dulces, marinas o salobres, por medio de técnicas de cría o cultivo, que sean susceptibles de explotación comercial, ornamental o recreativa;
VIII. Agenda de innovación.- Documento en el que se jerarquizan las acciones para atender los problemas y necesidades de investigación y transferencia de tecnología de los sistemas producto y temas estratégicos para el sector rural;
IX. Agente
Técnico.- Institución, órgano o entidad pública sectorizada a
X. ASERCA.-
Apoyos y Servicios a
XI. Aviso de arribo.- Formato oficial mediante el cual el sujeto productivo declara ante la oficina de pesca el volumen de producto desembarcado, de las especies objeto de explotación; durante una jornada o viaje de pesca;
XII. Base.- Precio del físico menos el precio del futuro;
XIII. Base.-
Estandarizada Zona Consumidora.- Base Zona Consumidora que
XIV. Base
Máxima Regional.- Base Regional por Entidad Federativa-productor, anunciada
por
XV. Base
zona consumidora.- Precio del producto en zona consumidora menos el precio
del futuro en
XVI. Beneficiario.- Persona física o moral que recibe el apoyo;
XVII. Biodiversidad.- Variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; también comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas;
XVIII. Bioenergía.- Fuente energética renovable obtenida a partir del aprovechamiento de biomasa, considerando en ésta tanto los productos de especies vegetales cultivadas para este fin, como de subproductos o deshechos de origen vegetal o animal;
XIX. Bolsas de Futuros.- Establecimientos donde se negocian contratos financieros derivados de cotizaciones de mercancías, entre las que se encuentran productos agropecuarios contemplados en el presente instrumento, entre otras Bolsas, las de Chicago Board of Trade (CBOT), Chicago Mercantil Exchange (CME) y New York Board of Trade (NYBOT);
XX. CADER.-
Centro de Apoyo al Desarrollo Rural de
XXI. Capacidad de carga animal.- Cantidad de ganado bovino, referido en unidades animal, que se pueden mantener en una superficie determinada en un año sin deteriorar los recursos naturales;
XXII. CEDRS.- Consejo Estatal de Desarrollo Rural Sustentable;
XXIII. Centro
de acopio.- Bodega, despepite o instalación agroindustrial donde se reciba
el producto objeto del apoyo en zona productora de origen, o de destino con
registro de báscula en origen para el caso de Apoyos Complementarios al
Ingreso, que sea registrado en el padrón que para tal efecto levante en las
Entidades Federativas o
XXIV. Centro
de evaluación especializado.- Institución de enseñanza o investigación
acreditada por
XXV. CES.- Comisión de Evaluación y Seguimiento;
XXVI. CIF.- Cédula de Identificación Fiscal;
XXVII. CNBV.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores;
XXVIII. Coberturas.- Operación financiera que tiene por objeto reducir el riesgo de movimientos adversos en los precios;
XXIX. Colmena.- Alojamiento tecnificado para abejas constituido de panales móviles que consta de tapa telescópica, techo interior, piso reversible y cubo de cámara de cría con diez bastidores con panales trabajados, de los cuales seis deberán estar poblados como mínimo con abeja reina;
XXX. COMUNDER.- Consejo Municipal para el Desarrollo Rural;
XXXI. CONAGUA.- Comisión Nacional del Agua;
XXXII. CONAPESCA.-
Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, Organo Administrativo
Desconcentrado de
XXXIII. CONAPO.- Consejo Nacional de Población y Vivienda;
XXXIV. Cuota Energética.- Volumen de consumo de energético agropecuario y pesquero que se establezca para cada beneficiario;
XXXV. CURP.-
Clave Unica de Registro de Población, documento expedido por
XXXVI. DDR.-
Distritos de Desarrollo Rural de
XXXVII. Delegación.-
Delegaciones estatales y
XXXVIII. DOF.-
Diario Oficial de
XXXIX. Dólar
Fix.- Determinado por el Banco de México con base en un promedio de las cotizaciones
del mercado de cambios al mayoreo para operaciones liquidables el segundo día
hábil bancario siguiente. Se publica en el DOF un día hábil bancario después de
la fecha de determinación y es utilizado para solventar obligaciones
denominadas en dólares liquidables en
XL. Entidades
coordinadas.- Entidades del Ejecutivo Federal agrupadas en el sector
coordinado por
XLI. Entidades Federativas.- Gobiernos Estatales y del Distrito Federal;
XLII. Fedatario Público.- Persona investida de fe pública, conforme a lo previsto en la legislación correspondiente;
XLIII. Figura honoraria y paritaria.- Figuras auxiliares de apoyo como: Comité Técnico de Ganadería (COTEGAN), Comité Técnico Agrícola (CTA), Consejo Estatal de Desarrollo Rural (CEDR), Coordinación Nacional De las Fundaciones PRODUCE (COFUPRO) que se enlistan de manera enunciativa mas no limitativa;
XLIV. FINCA.- Fideicomisos de inversión, garantía o fuente alterna de pago que sirva para respaldar una operación crediticia;
XLV. FOFAE.- Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario en los Estados;
XLVI. Identificación
oficial.- Documentos con los que una persona física puede acreditar su
identidad; para los efectos de estas Reglas de Operación los documentos
aceptables son:
XLVII. Intermediarios
Financieros (IF).- Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y
sociedades financieras populares; sociedades financieras comunitarias, los
organismos de integración financiera rural; las uniones de crédito y los
almacenes generales de depósito a que se refiere
XLVIII. LEC.- Ley de Energía para el Campo;
XLIX. Lechería
familiar.- Es el sistema de producción de leche de bovino a baja escala que
se lleva a cabo en UPP’s localizadas en zonas rurales o conurbadas, con
L. Ley de Presupuesto.- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
LI. Ley.- Ley de Desarrollo Rural Sustentable;
LII. Manejo Sustentable.- Aplicación de métodos y técnicas para la conservación y aprovechamiento racional de los recursos naturales y ecosistemas;
LIII. Opción CALL.- Instrumento financiero cotizado en la bolsa de futuros que ofrece al tenedor cobertura contra alzas de precios;
LIV. Opción PUT.- Instrumento Financiero cotizado en la bolsa de futuros que ofrece al tenedor cobertura contra caída en los precios;
LV. Opciones.- Derivados financieros de un Contrato de Futuro, que cotiza en una Bolsa de Futuros;
LVI. Opciones Sintéticas.- Combinación de opciones y contratos de futuros;
LVII. Organos fiscalizadores.- Organos de Control Interno a nivel de las dependencias y Entidades Federales, de las Entidades Federativas y Municipales que por competencia tengan la facultad de auditoría y revisión para evaluar avances y resultados y verificar el buen uso de los recursos gubernamentales autorizados a los programas; en su caso, cualquier otro que por mandato de ley o derivado de ésta, tenga tal competencia;
LVIII. Padrón
Unico de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural.- Listados
de todas las personas físicas o morales apoyadas con recursos de los programas
de
LIX. PEC.- Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable;
LX. Peso Neto Analizado.- Tonelada métrica de producto, a la cual le ha sido aplicada deducciones en kilogramos con base en la norma de calidad generalmente aceptada en cada región productora; tales como el exceso de humedad, materias extrañas o impurezas, granos dañados y plagas, entre otros;
LXI. PROGAN.-
Componente del “Programa Uso Sustentable de Recursos Naturales para
LXII. Recursos biogenéticos.- Organismos o partes de éstos, integrantes de los ecosistemas y que representan una utilidad real o potencial, para la conservación de la propia biodiversidad o para la obtención de nuevas especies o variedades;
LXIII. Reglas
de Operación.- Reglas de Operación de los Programas a cargo de
LXIV. RFC.- Registro Federal de Contribuyentes;
LXV. SDA.- Secretaría de Desarrollo Agropecuario de los Estados o equivalentes;
LXVI. Secretaría.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
LXVII. SENASICA.-
Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Organo
Administrativo Desconcentrado de
LXVIII. Servicios Financieros.- Crédito, ahorro, inversión, seguros, capital, remesas, financiamiento para pignoración, entre otros, necesarios para el bienestar de la población rural y el desarrollo de las actividades económicas rurales;
LXIX. SIAP.-
Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, Organo Administrativo
Desconcentrado de
LXX. SNIDRUS.- Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable;
LXXI. Subsidiario.- Apoyo o acompañamiento solidario inicial para el arranque o puesta en marcha de una iniciativa de desarrollo, que en ningún caso sustituye el papel que a la propia población rural corresponde como actora de su propio desarrollo;
LXXII. Subsidio.-
Asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos de
LXXIII. Superficie elegible.- Es la superficie de agostaderos, praderas, cultivos forrajeros y zonas agrícolas que existen en una Unidad de Producción Pecuaria, que produce forraje para la alimentación del ganado y a la cual se le determina;
LXXIV. SURI.-
Sistema Unico de Registro de Información personas físicas y morales
beneficiarios y usuarios de los programas y servicios de
LXXV. Sustentable.- Característica o condición que se adquiere a partir del aprovechamiento racional y manejo apropiado de los recursos naturales utilizados en la producción, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras;
LXXVI. TESOFE.-
Tesorería de
LXXVII. Unidad económica rural o pesquera.- Persona física o moral, ligada o no a un predio, que desarrolla actividades agropecuarias, de pesca, acuícola y otras actividades productivas, industriales, comerciales y de servicios en el medio rural;
LXXVIII. Unidad
ejecutora.- Unidad administrativa de la estructura central de
LXXIX. Unidad
responsable.- Entidad o unidad administrativa de
LXXX. UPP.- Unidad de Producción Pecuaria.- Que considera la cría y/o engorda de ganado para beneficio humano, y
LXXXI. Ventanilla.-
Lugar donde se presentan las solicitudes para acceder a los apoyos de los
programas y componentes que administra
Artículo 3.- A partir del ejercicio
presupuestal 2010, las presentes Reglas de Operación serán las únicas
aplicables para los programas y componentes que administra
La
interpretación de las disposiciones contenidas en el presente acuerdo, así como
la resolución de los asuntos no previstos en éstas, serán facultad de
Artículo 4.- Objetivo general. Contribuir a que los productores rurales y pesqueros eleven su calidad de vida e incrementen su nivel de ingreso, fortaleciendo su participación en los mercados a través del aprovechamiento sustentable de los recursos naturales e impulsando su participación creciente y autogestiva.
Artículo 5.- Todos los programas a los que se refieren estas Reglas de Operación son de aplicación nacional, considerando las características de la población objetivo a la que cada programa o componente está dirigido.
Artículo 6.- Con sujeción a las
disposiciones que prevean las legislaciones federal y estatales aplicables en
materia de responsabilidades de los servidores públicos, bajo ningún concepto
podrán ser beneficiarios de los programas y componentes de las presentes Reglas
de Operación los servidores públicos de
Aquellos servidores públicos que por motivo de su encargo, participen en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte, deberán excusarse de intervenir.
Artículo 7.- De las modalidades de operación.
Para
lograr una mayor transparencia y claridad en el uso y operación de los recursos
que se definen en estas Reglas de Operación,
Modalidad 1:
Concurrencia de recursos convenidos con las Entidades Federativas, administrados y operados por los FOFAES.
Modalidad 2:
Ejecución directa de acuerdo a los programas cuya operación puede ser con las instancias participantes, las cuales se realizan a través las unidades responsables y ejecutoras, incluyendo Entidades Federativas y Agentes Técnicos, considerando de ser el caso, alinear los apoyos derivados de recursos en concurrencia para que éstos no se vean en desventaja, tratándose de los mismos tipos de apoyos y beneficiarios.
Las
atribuciones y responsabilidades de las unidades ejecutoras quedarán
formalizadas en el instrumento jurídico que al efecto suscriban las partes, y
serán publicadas en la página electrónica de
Artículo 8.- En la modalidad 1 se prevé:
Esta
modalidad de operación tendrá como punto de partida y eje rector de su
aplicación, el desarrollo de las prioridades de atención e inversión derivadas
de la planeación agropecuaria y pesquera que las diferentes Entidades
Federativas realizaron conjuntamente con
Con
el propósito de que los recursos que administran y operan los FOFAES en la
modalidad 1 se otorguen y ejerzan considerando las diferencias regionales y
locales, así como criterios de objetividad, equidad, transparencia y
selectividad; las Entidades Federativas, a través de
La estratificación de productores que se realice en cada Entidad Federativa deberá considerar, mediante la utilización de parámetros, su diferenciación en tres estratos conforme a su nivel de capitalización derivada de su posesión actual de activos productivos, a saber: 1) bajo o nulo, 2) medio y 3) alto; en tanto que la regionalización deberá considerar el nivel de desarrollo de las diferentes regiones y localidades de cada estado, por lo que igualmente se deberán definir tres estratos: a) Localidades de Alta y muy Alta marginación, b) Localidades de Marginación Media y c) Localidades de Baja y Muy Baja Marginación, para este propósito se deberá considerar la clasificación de pobreza o índice de marginación de cada una de las localidades de la entidad.
Una
vez elaboradas las propuestas de estratificación de productores y la
regionalización, se someterán a consideración del Consejo Estatal de Desarrollo
Rural Sustentable; validadas por éste,
Esta
modalidad, previo acuerdo entre
Para los programas y componentes a convenir en esta modalidad, se destinarán recursos concurrentes con las Entidades Federativas y se establecerá la proporción de setenta y cinco por ciento (75%) correspondiente a la aportación federal y veinticinco por ciento (25%) a la aportación estatal, una vez firmado el instrumento jurídico, los apoyos se otorgarán conforme a los porcentajes establecidos.
Los
recursos que
Las
Entidades Federativas deberán realizar las aportaciones de recursos que les
correspondan en las cuentas específicas correspondientes, a más tardar en un
plazo de 35 días hábiles, en los términos que establece el Presupuesto de
Egresos de
Para
todos los casos en los que se destinen recursos concurrentes, las Entidades
Federativas y
Cuando
la operación sea a través de las Entidades Federativas, corresponderá al
responsable de esa instancia mantener informados a los órganos consultivos que
establece
En los convenios de coordinación que se suscriban con las Entidades Federativas, se establecerá, en el marco de estas Reglas de Operación, los términos, facultades y responsabilidades que asumen cada una de las partes que lo suscriben; también deberá especificarse el monto y aportaciones comprometidas; las metas y los calendarios de ejecución que se prevean; el flujo de las aportaciones entre otros.
Para el caso de los programas o componentes cuya operación se convenga en esta modalidad, en el instrumento jurídico que se suscriba por ambas partes se establecerá que la administración y operación de los recursos sea a través del FOFAE establecido en cada Entidad Federativa.
Para
el control y seguimiento de la operación de los programas y componentes
involucrados en el instrumento jurídico que se haya suscrito, el FOFAE podrá
auxiliarse por comités o comisiones estatales operativas auxiliares
conformadas, de manera paritaria y honoraria por los responsables de la
operación de los programas y por personal de las áreas técnicas, tanto de
Los comités o comisiones estatales operativas auxiliares tendrán las responsabilidades siguientes: coordinar la operación de los programas o componentes incluidos en el convenio; analizar todas las solicitudes de apoyo que, habiendo cumplido con los requisitos, se hayan presentado en las ventanillas; autorizar aquellas solicitudes que con apego a todo lo establecido en las presentes Reglas de Operación, hayan cumplido con las etapas previas a la autorización; vigilar que las autorizaciones no rebasen los montos de recursos previstos en el convenio para cada programa o componente, y dar seguimiento físico-financiero a los recursos involucrados en el citado instrumento jurídico.
En el caso de requerirse, para fortalecer los trabajos técnicos, los comités o comisiones estatales operativas auxiliares tendrán las responsabilidades siguientes a través del FOFAE, podrá contratar unidades técnicas operativas o prestadores de servicios profesionales por tiempo y obra determinada, o los servicios de universidades o instituciones de investigación y educación superior.
En el supuesto de que la eficiencia en la operación considere la conveniencia de realizar compras consolidadas de determinados bienes a apoyar; éstas estarán condicionadas a que se demuestre una disminución significativa en el precio unitario del bien y en beneficio del solicitante. Las compras se podrán realizar a nivel local por la entidad que determine el Comité Técnico del FOFAE, por cuenta y orden de los beneficiarios.
Para
el caso de la evaluación externa el FOFAE, deberá auxiliarse de un Comité
Técnico del FOFAE de Evaluación, que coordine el proceso de evaluación de
acuerdo a los lineamientos generales que emita
Con el propósito de facilitar a los beneficiarios la presentación de sus solicitudes, para todos los programas y componentes que se operen en esta modalidad, se utilizará como solicitud única la señalada en los anexos 3 y 4 de estas Reglas de Operación.
Para
todos los efectos legales, todas aquellas personas que manejen o apliquen
recursos públicos federales son considerados sujetos a
Artículo 9.- En la modalidad 2 se prevé:
Para
el caso de los programas o componentes de la modalidad 2,
Para
dar seguimiento a la ejecución de los proyectos y solicitudes,
En el caso de que la ejecución se realice a través de las Entidades Federativas o el agente técnico, estos serán considerados como unidad ejecutora, quienes deberán de suscribir los convenios o acuerdos que correspondan con las unidades responsables que se determinen. Los convenios o acuerdos señalados deberán incluir los activos estratégicos apoyables, la concurrencia de recursos provenientes de otros programas y los montos y metas que se comprometen para el logro de los objetivos de los proyectos, así como la entrega de reportes mensuales, trimestrales, de cuenta pública y de finiquito que se establecen para cualquiera de las unidades responsables.
En
esta modalidad el proceso se realizará mediante la gestión y autorización, en
su caso, de la transferencia de recursos correspondiente o la apertura de una
cuenta específica para la realización del Proyecto y de la participación de
Artículo 10.- Proyectos estratégicos de
prioridad nacional.
Los
proyectos estratégicos de prioridad nacional, impacto regional o nacional
definidos por
Los
proyectos estratégicos a que se refiere el párrafo anterior deberán considerar
para su presentación al titular de
Estos
proyectos estratégicos, deberán ser previamente analizados por las unidades
responsables, las que evaluarán su procedencia y verificarán el apego de la
propuesta a la necesidad de atención de factores o activos estratégicos para el
ámbito de aplicación, a efecto de proponer al titular de
Artículo 11.- El ejercicio de los
recursos que sean otorgados con cargo a lo previsto en el Presupuesto de
Egresos de
Estos
recursos podrán ser complementados con aportaciones de las Entidades
Federativas, Agentes Técnicos, los beneficiarios y de otras instituciones, de
tal forma que se integren al apoyo de los programas o proyectos, conforme a las
disposiciones contenidas en estas Reglas y las demás disposiciones aplicables,
sin perjuicio de las acciones de complementariedad, los apoyos serán otorgados
siempre y cuando los solicitantes no estén recibiendo apoyos de otros programas
de
Artículo 12.- Las personas físicas que soliciten algún apoyo de los programas o componentes a que se refieren estas Reglas de Operación, deberán ser mayores de edad y presentar para fines de registro en el SURI e integración de su expediente único, únicamente cuando no se cuente en su expediente en la ventanilla de atención: original con fines de cotejo y copia simple de una identificación oficial; comprobante de domicilio; los datos de su CURP, y los requisitos específicos que se establezcan en lo particular para cada uno de los programas o sus componentes.
Procederá la excepción al cumplimiento de esos requisitos únicamente respecto al Programa de Atención a Contingencias Climatológicas, en el que los requerimientos a los individuos para recibir los apoyos se establecen en las Reglas específicas de ese programa.
Las
personas morales que soliciten algún apoyo de los programas o componentes a que
se refieren estas Reglas de Operación, deberán presentar para fines de registro
en el SURI e integración de su expediente único, únicamente cuando no se cuente
en su expediente en la ventanilla de atención: original con fines de cotejo y
copia simple o en su caso copia certificada de los siguientes documento: a)
instrumento constitutivo y de las modificaciones que, en su caso, haya tenido;
b) RFC; c) cédula de identificación fiscal; d) comprobante de domicilio fiscal;
f) acta de la instancia facultada para nombrar a las autoridades vigentes o
poder del representante legal, debidamente protocolizada; g) identificación
oficial del representante legal; h) los datos de cada integrante de la persona
moral, presentados en medio magnético conforme al formato disponible en la
página electrónica de
Para aquellos programas en los que se requiera acreditar la propiedad, posesión o usufructo de la tierra, para tal efecto se utilizarán los instrumentos jurídicos que las legislaciones correspondientes establezcan.
Artículo 13.- Programa para
Fracción I.- Objetivo Específico.- Incrementar los niveles de capitalización de las unidades económicas de los productores rurales y pesqueros a través del apoyo subsidiario a la inversión en bienes de capital estratégico, para la realización de actividades de producción primaria, sanidad e inocuidad, procesos de agregación de valor y acceso a los mercados.
Fracción II.- Lineamientos.
II.1. Población Objetivo.- Las personas físicas o morales constituidas conforme a las legislaciones en materia agrícola, ganadera, mercantil, civil, agraria, entre otras, que de manera individual u organizada, se dediquen a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, acuícolas, agroindustriales y del sector rural en su conjunto, conforme a la estratificación de productores y la regionalización que se establece en el artículo 8 de las presentes Reglas de Operación.
II.1.1. Población Objetivo en Proyectos de Prioridad Nacional o de impacto Estatal y Regional.- La población objetivo de este tipo de proyectos se clasificará considerando la población rural mayoritariamente beneficiada, correspondiente a cualquiera de los estratos y regiones previamente señalados.
II.2. Beneficiarios.
II.2.1. Requisitos.
Tendrán
derecho a solicitar el apoyo de este programa las personas físicas o morales,
que cumplan con las condiciones establecidas en el Artículo 12, y que no hayan
recibido apoyos de manera individual u organizada para la inversión en activos
para los mismos conceptos de apoyo de cualquiera de los programas que ha
operado
Solicitud de Apoyos otorgados a través de Entidades Federativas, o Agentes Técnicos.- Los interesados que aspiren a un apoyo de este programa, deberán presentar su solicitud en el formato que se incluye como Anexos 3 y 4 en las ventanillas receptoras, acorde al tipo de proyecto y a la convocatoria emitida y en congruencia con las prioridades nacionales, estatales y municipales. Debiendo el personal de ventanilla informar al solicitante por escrito, recabando firma de acuse de recibo la información correspondiente a los requisitos y el procedimiento que seguirá la solicitud de apoyo. La solicitud deberá estar acompañada, de acuerdo al perfil del solicitante, con los siguientes documentos:
1. Personas físicas.- Los establecidos en el párrafo primero del artículo 12 de estas Reglas de Operación deberán, además del proyecto conforme al guión del Anexo 6 o 7 del programa, entregar copia simple de la documentación que acredite la legal propiedad o posesión de los bienes inmuebles o embarcaciones incluidos en el proyecto. Para el caso de los apicultores, la acreditación legal de propiedad sólo aplicará en los casos donde el proyecto incluya la construcción de obra civil.
2.- Personas Morales.- Los establecidos en el párrafo segundo del artículo 12 de estas Reglas de Operación, además proyecto conforme al guión del Anexo 6, deberán entregar copia simple de la documentación que acredite la legal propiedad o posesión de los bienes inmuebles o embarcaciones incluidos en el proyecto. Para el caso de los apicultores, la acreditación legal de propiedad sólo aplicará en los casos donde el proyecto incluya la construcción de obra civil.
3.- En solicitudes que no rebasen los doscientos mil pesos de apoyo gubernamental, éste puede ser solicitado mediante el formato simplificado de proyecto conforme al guión del Anexo 7 del programa.
Los solicitantes deberán entregar copia simple de los permisos vigentes aplicables al tipo de proyecto planteado, expedidos por la autoridad competente (permiso o concesión de pesca o acuacultura, concesión de aguas nacionales, resolución en materia de impacto ambiental, entre otros).
En
el caso de los proyectos presentados para su apoyo en la modalidad 2 por: los
sistemas producto, las Entidades Federativas, las organizaciones de carácter
nacional o regional, o den respuesta a las prioridades marcadas por
II.2.2. Procedimiento de Selección.
Para
el caso de la modalidad de operación de los apoyos de
1.- Recepción de las solicitudes con documentación completa;
2.- Valoración de las inversiones solicitadas, respecto de su apego al plan de activos estratégicos acordados y establecidos en el Anexo Técnico;
3.- Clasificación de las solicitudes de acuerdo al estrato de los solicitantes señalado en el apartado II.1 de este programa;
4.- Dictamen de solicitudes de acuerdo a la calificación resultante de los criterios del Anexo 8 de este programa;
5.- Autorización de los apoyos a las solicitudes con mayor puntaje en la evaluación, sin rebasar la disponibilidad presupuestal;
6.- Emisión del dictamen (positivo o negativo) a todas las solicitudes, y
7.- Los beneficiarios, montos y tipos apoyos recibidos serán dados a
conocer en los órganos locales oficiales de difusión, en sus páginas
electrónicas, en otros medios locales de difusión de las respectivas Entidades
Federativas, en términos de
Los diagramas de flujo correspondientes a este procedimiento y proceso se presentan en los Anexos 1 y 2 de este programa.
II.3. Características de los Apoyos (tipo y monto).
II.3.1. Tipos de Apoyos.- Con cargo a los recursos de este programa se podrán otorgar apoyos para la inversión en activos productivos y proyectos estratégicos determinados a nivel nacional, estatal, regional o municipal para las actividades agrícolas, ganaderas, acuícolas, pesqueras, sanidad e inocuidad, de agregación de valor, dentro de los siguientes tipos:
Maquinaria y equipo.- Incluye la necesaria para los procesos de producción primaria, manejo pecuario, cosecha, captura, conservación, manejo post-cosecha, transformación de la producción primaria, seguridad de la vida en el mar y la requerida para el establecimiento de micro, pequeñas o medianas empresas de producción agropecuaria, pesquera y acuícola, procurando en este caso no crear desventajas comerciales a las empresas similares ya existentes en localidades rurales.
En el caso de actividades no agropecuarias, sólo procederá el otorgamiento de apoyos cuando el proyecto a realizar se encuentre en localidades rurales consideradas como de muy alta marginación.
Material
vegetativo, especies zootécnicas y acuícolas.- Incluye todas aquellas de
producción pecuaria, pesquera y acuícola como reproductores de mejora genética,
con documento que garantice esa calidad por parte del proveedor, de importancia
económica para su reproducción, que mejoren la eficiencia en las unidades
productivas, además de material vegetativo para plantaciones agrícolas
perennes. En todos los casos deberá cumplirse con las disposiciones fito y
zoosanitarias emitidas por SENASICA, así como las emitidas por
Infraestructura.-
Incluye todo tipo de construcción y/o edificación e instalaciones,
rehabilitación o ampliación de las mismas, incluyendo embarcaciones, que sean
parte de un proyecto productivo o de desarrollo territorial. Deberá demostrarse
que las dimensiones, diseño y normatividad de esa infraestructura sea
congruente con el proyecto planteado y que, en su caso, sea un activo necesario
y adicional para los procesos económicos y/o productivos o de desarrollo
territorial ligado a la producción rural, pesquera y acuícola, al patrimonio de
los beneficiarios o de las regiones incluidas en el proyecto. En los casos
procedentes, la infraestructura y equipo apoyado deberá cumplir con las disposiciones
de inocuidad emitidas por
Los proyectos que requieran apoyos para la inversión en activos deberán atender a las necesidades derivadas de la jerarquización de activos estratégicos, así como a una estrategia de generación de Polos de desarrollo regional y/o integración de cadenas productivas (conglomerados o corredores) de una rama productiva.
Exclusiones.- No se otorgarán apoyos con cargo a este programa para:
● La compra de tierras;
● La compra de equipo y maquinaria usada;
● La compra de cualquier tipo de vehículo o embarcación con características de lujo, de línea o por pedido prefabricado, salvo adquisición de vehículos nuevos de transporte terrestre de carga chasis desde 2.5 toneladas y hasta 22 toneladas;
● La construcción o
adquisición de embarcaciones no incluidas como activos estratégicos definidos
por
● Materias primas,
insumos o capital de trabajo, con excepción de paquetes tecnológicos
autorizados por
● El pago de pasivos;
● La adquisición de especies pecuarias a quien no demuestre tener capacidad para darle alojamiento y abastecerlas de agua y alimento para su mantenimiento; procurando, en el caso de los animales de pastoreo que no se exceda la capacidad de carga animal, ni se provoque degradación de las tierras de pastoreo;
● Los sementales y
hembras bovinas que no procedan de proveedores registrados y autorizados por
● Abejas reinas F1 y
comerciales, abeja reina progenitora y núcleos de abejas que no provengan de criaderos que cuenten con certificado de
calidad genética y sanitarias vigentes, emitido por
● Edificación de uso habitacional;
● Adquisición de tractores que no cuenten con la certificación emitida por el organismo de certificación de implementos y maquinaria agrícola (OCIMA), y
● Las demás que no
correspondan a la determinación de activos estratégicos definidos por
II.3.2. Monto de los apoyos para la
modalidad 1: la aplicación del carácter redistributivo y de equidad entre
beneficiarios y regiones que establece
El apoyo gubernamental del programa podrá ser hasta del cincuenta por ciento (50%) del costo de los bienes o inversiones para cada proyecto a apoyar, o hasta $750,000.00 por beneficiario, conforme al análisis de la solicitud o proyecto, con las siguientes excepciones:
Para los productores del estrato 1), el apoyo podrá ser de hasta el 75% del costo total del proyecto, bienes o inversiones a, sin rebasar los $750,000.00 por beneficiario.
El Comité Técnico del FOFAE establecerá, para el resto de productores en el rango intermedio a los previamente señalados, los porcentajes de apoyo a aplicar.
Una
vez elaboradas las propuestas de porcentajes de apoyo para la estratificación
de productores y la regionalización,
Para integrar la aportación que corresponda a la población clasificada en el estrato 1), se les podrá reconocer su aportación en mano de obra y materiales que el proyecto justifique.
Del
total de los recursos que
● Con la ponderación del 25% por la participación del número de habitantes en localidades de alta y muy alta marginación del municipio respecto de la población total del Estado;
● Con la ponderación del 25% por la proporción de la población rural respecto del total del Estado, y
● El restante 50% conforme a los criterios relacionados con el sector y la adecuada operación de ejercicios previos, que en cada entidad se determinen.
Los
montos asignados a cada municipio mediante la fórmula establecida deberán ser
formalizados por las Entidades Federativas y por
II.4. Participantes.
II.4.1. Ejecutores.
Con
apego a lo que establecen los artículos 7, 8 y 9 de estas Reglas de Operación,
este programa podrá ser operado por
Los municipios que cuenten con la población objetivo del programa podrán participar en la operación de los recursos que le fueron asignados a través de dos modalidades:
Modalidad 1: Mediante transferencia directa de los recursos para su asignación a los solicitantes y pago desde el municipio, a través del FOFAE, previa instrucción de su Comité Técnico, cuando éste cumpla con:
1. Constituir formalmente el COMUNDER que considerará la participación de representantes de las actividades productivas relevantes en el municipio, sin ninguna discriminación por género;
2. Tener un Plan Municipal validado por el COMUNDER, donde
pueda reflejarse en su caso la previsión de apoyos a los temas y productos
establecidos en los usos destinados a la competitividad previstos en el Decreto
de Presupuesto de Egresos de
3. Tener en su estructura administrativa un Departamento de Desarrollo Rural o equivalente, cuyo responsable haya sido validado por el COMUNDER;
4. Haber respetado los términos pactados en ejercicios previos en
la ejecución municipalizada del programa de desarrollo rural o del presente
programa, y
5. Aceptar en el instrumento jurídico validado por
Modalidad 2: En caso de que el
Municipio no cubra los aspectos requeridos en la modalidad 1 o renuncie al
derecho de participar en esa modalidad, le serán reservados los recursos
asignados mediante la fórmula, para la atención de parte de
Tratándose de la operación a través de Agentes Técnicos, en los instrumentos jurídicos a que se refiere el artículo 9 de estas Reglas de Operación, deberán incluirse los activos estratégicos que se comprometen para el logro de los objetivos de este programa.
Fracción III.- Operación.
III.1. Proceso.
III.1.1. Recursos administrados y operados por las Entidades Federativas.
Una
vez establecidos los acuerdos específicos con
● Determinación y apertura de ventanillas.
● Promoción y difusión del programa.
● Recepción y registro de solicitudes.
● Dictaminación de solicitudes.
● Publicación de resultados.
● Entrega de los apoyos, y en su caso,
● Reasignación de apoyos no ejercidos.
● Publicación del segundo bloque de beneficiarios.
El diagrama de flujo de este proceso se presenta como Anexo 2 de este programa.
III.2. Indicadores.
Para medir el cumplimiento del objetivo de este programa, se establecieron indicadores de eficacia correspondientes a los niveles de propósito y componentes de acuerdo a la matriz de indicadores para resultados.
OBJETIVOS |
INDICADORES |
FRECUENCIA DE MEDICION |
Productores del medio rural y pesquero que incrementan los niveles de capitalización de sus unidades económicas. |
Porcentaje de incremento del valor de los activos en las unidades económicas rurales o pesqueras apoyadas por el Programa. |
Bianual |
Porcentaje de unidades económicas rurales o pesqueras con activos incrementados. |
Anual |
|
1.- Apoyos entregados a los productores para obras de infraestructura productiva en proyectos agropecuarios, acuícolas y pesqueros. |
Porcentaje de unidades económicas rurales o pesqueras apoyadas con infraestructura productiva. |
Anual |
2.- Apoyos entregados a los productores para maquinaria y equipo productivo en proyectos agropecuarios, acuícolas y pesqueros. |
Porcentaje de unidades económicas rurales o pesqueras apoyadas con maquinaria y equipo. |
Anual |
3.- Apoyos entregados a los productores del medio rural y pesquero con material genético. |
Porcentaje de unidades económicas rurales o pesqueras apoyadas con material genético. |
Anual |
4.- Apoyos entregados a productores del medio rural para proyectos no agropecuarios. |
Porcentaje de proyectos productivos no agropecuarios. apoyados |
Anual |
Artículo 14.- Programa de Apoyo Directo al
Campo (PROCAMPO para Vivir mejor).
Hasta en tanto el Ejecutivo Federal emita nuevas disposiciones aplicables a PROCAMPO para Vivir mejor, el apoyo por hectárea continuará otorgándose conforme a las reglas vigentes, que podrán ser consultadas en la página electrónicas www.sagarpa.gob.mx y www.aserca.gob.mx, por lo que las disposiciones de las Reglas de Operación publicadas en el DOF el 20 de febrero de 2002, prevalecerán durante 2010, hasta en tanto no se modifiquen las mismas.
Derivado de la matriz de indicadores para resultados se establecieron, los siguientes indicadores a nivel de propósito y componentes que va a generar el Programa como parte de los efectos del otorgamiento de los apoyos.
OBJETIVOS |
INDICADORES |
FRECUENCIA DE MEDICION |
Productores agrícolas
registrados en el Programa de Apoyos Directos al Campo que cuentan con
ingreso mejorado. |
Porcentaje en el incremento del ingreso de los
beneficiarios del Programa de Apoyos Directos al Campo. |
Bianual |
Apoyos directos entregados a los beneficiarios antes de la siembra por ciclo agrícola. |
Porcentaje de apoyos directos entregados a los beneficiarios en el ciclo agrícola Otoño Invierno 09/10. |
Trimestral |
Porcentaje de apoyos directos entregados a los beneficiarios en el ciclo agrícola Primavera Verano 2010. |
Trimestral |
|
Porcentaje de apoyos directos entregados a los beneficiarios en el ciclo agrícola Otoño Invierno 10/11. |
Anual |
Artículo 15.- Programa de Inducción y
Desarrollo del Financiamiento al Medio Rural.
Fracción I.- Objetivo Específico.- Ampliar y profundizar el acceso a los servicios financieros en el medio rural.
Fracción II.- Lineamientos.
II.1. Población Objetivo.
Intermediarios financieros constituidos prioritariamente por productores que presten servicios en el medio rural; personas físicas o morales que de manera organizada realicen actividades de contratación y dispersión de créditos en el medio rural; así como las personas físicas o morales constituidas conforme a las legislaciones en materia agrícola, ganadera, mercantil, civil, agraria, entre otras, que de manera individual o colectiva, se dediquen a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, acuícolas, agroindustriales y del sector rural en su conjunto, sin acceso o con dificultades para obtener financiamiento suficiente y oportuno.
Para
atender con criterios de equidad a la población objetivo,
Además
del grado de marginalidad,
No
serán elegibles como sujetos de apoyo, los solicitantes que se encuentren
registrados en el padrón de quebrantos que elabore y publique
II.2. Beneficiarios.
II.2.1. Requisitos del Componente de Apoyo a Intermediarios Financieros (IF).
Requisitos Generales. Los interesados deberán pertenecer a la población objetivo, estar constituidos o decidir constituirse como IF, que sus socios o clientes estén clasificados como población de media, alta, y muy alta marginalidad presentar al Agente Técnico una solicitud, de acuerdo al formato del Anexo 13 de este programa y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de estas Reglas de Operación.
Requisitos específicos por componente:
A. El apoyo para fortalecimiento aplica a: los intermediarios financieros en proceso de ampliación de líneas de crédito o de expansión para operar en zonas de escasa presencia de servicios financieros en el medio rural; las personas físicas o morales que de manera organizada realicen actividades de dispersión de créditos en el medio rural, y que decidan constituirse como IF. Este componente requerirá la siguiente documentación adicional:
● Presupuesto de adquisiciones y servicios a los que se destinarán los apoyos (formato libre).
● Programa de trabajo con objetivos calendarizados (formato libre).
B. El apoyo para capitalización aplica a personas morales en proceso de constitución o autorización para operar como IF en el medio rural. Este componente requerirá la siguiente documentación adicional:
● Plan de negocios y presupuesto de adquisiciones (formato libre).
● Evidencia documental de las aportaciones de los solicitantes al capital del IF.
● Estados financieros y balance de comprobación.
● Reporte del Buró de
Crédito o evidencia documental de estar incorporado a algún esquema de autorregulación,
previsto en
En
el caso de las Uniones de Crédito, las Sociedades Cooperativas de Ahorro y
Préstamo y las Sociedades Financieras Populares ya constituidas, podrán ser
elegibles de apoyo aquellas que presten servicios financieros en el medio
rural, independientemente de que operen créditos con alguno de los Agentes
Técnicos seleccionados por
Todos los interesados deberán presentar al Agente Técnico un Plan de Negocios de diseño libre para la consecución de metas a mediano y largo plazo. Los Agentes Técnicos con base en sus propios lineamientos, las presentes Reglas de Operación y el convenio de colaboración respectivo, evaluarán la procedencia del apoyo.
C. Los apoyos para monitoreo, supervisión, autorregulación y calificación aplican a los IF que operen en el medio rural así como a organismos de integración de IF reconocidos por los Agentes Técnicos del componente. Adicionalmente, este componente requerirá la siguiente documentación:
● Programa de trabajo con objetivos calendarizados (formato libre).
● Compromiso de monitoreo, supervisión y calificación (formato libre).
II.2.2. Requisitos del Componente de Apoyo a Instrumentos de Inducción y Desarrollo del Financiamiento.
Requisitos Generales. Los interesados deberán pertenecer a la población objetivo, presentar una solicitud de apoyo de acuerdo al formato del Anexo 14 de este programa, y con los requisitos establecidos en el artículo 12 de estas Reglas de Operación y los requisitos específicos por componente (Anexo 15):
A. El apoyo para garantías líquidas aplica a personas físicas o morales que se integren a un FINCA a través de una organización (fideicomitente), para respaldar créditos destinados a actividades económicas del sector rural. Este componente requerirá la siguiente documentación adicional:
● Original de carta de la institución de crédito, en la que se indique que se encuentra en análisis y/o proceso de autorización.
En caso de ser autorizado el apoyo, el representante legal de la organización deberá entregar al Agente Técnico la siguiente documentación:
● Copia del contrato de crédito a respaldar con garantías o el plan de operaciones con la relación de beneficiarios del crédito, en el caso de IF que operan crédito con recursos de captación de ahorro.
● Copia de convenio de concertación con el Agente Técnico.
● Recibo oficial vigente por el importe del apoyo.
● Relación final de beneficiarios certificada por la institución acreditante.
● Copia de contrato del FINCA, número de cuenta y certificación del banco.
● Copia de estado de cuenta del FINCA.
B. El apoyo de Consolidación Empresarial aplica para organizaciones que administren un FINCA y requieran equipos informáticos y periféricos, sistemas computacionales, programa de cómputo y accesorios para comunicación en red de dichos sistemas, que les permita administrar sus garantías y llevar a cabo el proceso crediticio. Los Agentes Técnicos con base en sus propios lineamientos, las presentes Reglas de Operación y el convenio de colaboración respectivo, evaluarán la procedencia del apoyo. Este componente requerirá la siguiente documentación adicional:
● Proyecto de
inversiones de diseño libre que deberá de contener, cuando menos, los
siguientes elementos: autodiagnóstico de la situación actual del FINCA,
programa de trabajo con objetivos, programa de inversiones, cotizaciones y
justificación sobre la necesidad del apoyo, validado por la institución
acreditante.
C.
En
todos los casos se aplicará la normatividad que corresponda a la unidad
responsable de los recursos para efectos de control y seguimiento de este tipo
de proyectos.
II.2.3. Procedimiento de Selección.
Los interesados presentarán sus solicitudes en las ventanillas de atención de los Agentes Técnicos correspondientes. Las solicitudes se atenderán de acuerdo al siguiente procedimiento:
1. Recepción por parte del Agente Técnico de la solicitud debidamente requisitada, acompañada de la totalidad de la documentación correspondiente;
2. Dictamen de elegibilidad y procedencia del apoyo por parte del Agente Técnico;
3. Aprobación o rechazo de la solicitud, con base en los criterios señalados en las presentes Reglas de Operación y a la disponibilidad presupuestal, se emitirá su acuerdo;
4. Notificación del Agente Técnico al beneficiario.
El diagrama de flujo de este procedimiento se presenta en el Anexo 11, de este programa.
II.3. Características de los Apoyos (Tipo y Monto).
II.3.1. Componente de Apoyo a Intermediarios Financieros (IF).
A1. Fortalecimiento de Intermediarios
financieros.- Se refiere a servicios de elaboración de diagnósticos, planes de
negocios e implementación de los mismos; prioritariamente en áreas de
contabilidad, finanzas, manejo de tesorería, operaciones crediticias, análisis
de riesgos, funcionamiento de sucursales y asesoría legal en aspectos de
constitución de IF. También incluye apoyos para automatización en conceptos de
adquisición de equipos informáticos, sistemas computacionales y accesorios para
comunicación en red de dichos sistemas, equipamiento para acceso a Internet y
contratación de bases de datos relacionados con su operación, implementación de
innovaciones tecnológicas, introducción de nuevos productos e implementación de
mecanismos de seguridad, que les permita cumplir los lineamientos que en esta
materia haya contemplado en sus normas
A2. Fortalecimiento de intermediarios financieros.- Aportaciones de recursos para los IF que amplíen sus líneas de crédito o se comprometan a abrir nuevas sucursales en zonas de escasa presencia de servicios financieros. Estos recursos deberán ser invertidos en los términos y condiciones que se establezcan de acuerdo al plan de negocios que presente el solicitante.
B. Capitalización de Intermediarios financieros.- Se refiere a aportaciones directas por única vez para constituir reservas líquidas sin derecho a retiro en el capital social de los IF en proceso de constitución o autorización para operar.
C. Monitoreo, supervisión, autorregulación
y calificación de intermediarios financieros y organismos de integración.-
Serán recursos destinados a apoyar los procesos de autorización de
Para
aquellos conceptos en que el Agente Técnico canalice de forma directa recursos
propios para algún tipo de apoyo similar a los de este componente, la
aportación de
La
implementación de esquemas de innovación para la inducción y desarrollo del
financiamiento en el medio rural, el procedimiento de selección, las
prioridades estratégicas, así como los instrumentos jurídicos y lineamientos de
operación correspondientes serán definidos por
Montos de apoyo.- Se establecen las siguientes clasificaciones para la asignación del monto del apoyo:
TIPO DE APOYO |
TIPO DE ORGANIZACION |
MONTOS DE APOYO |
A 1) FORTALECIMIENTO. |
1. IF
que presten servicios en el medio rural, y 2. Personas
físicas o morales que de manera organizada realicen actividades de dispersión
de créditos en el medio rural y que decidan constituirse como IF. |
Hasta $800,000 (Ochocientos mil pesos) por organización. |
A 2) FORTALECIMIENTO PARA AMPLIACION DE LINEAS DE CREDITO. |
Intermediarios financieros ya constituidos y en expansión 1. Uniones de Crédito; 2. Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; 3. Sociedades Financieras
Populares; 4. Sociedades Financieras de Objeto Múltiple; 5. Sociedades Financieras de Objeto Limitado; 6. Sociedades Financieras Comunitarias, y 7. Organismos de Integración Financiera Rural. |
Hasta el 10% del monto del crédito destinado al sector rural, ejercido por el IF durante el ejercicio fiscal de apoyo, sin rebasar $2’000,000.00 (Dos millones de pesos). En aquellos casos en que el IF opere en poblaciones de alta y muy alta marginalidad, se podrá apoyar hasta el 30% del monto de crédito destinado al sector rural, ejercido por el IF durante el ejercicio fiscal de apoyo, sin rebasar $4’000,000 (Cuatro millones de pesos). |
B) CAPITALIZACION RESERVAS LIQUIDAS SIN DERECHO A RETIRO. |
Intermediarios financieros en proceso de autorización o de constitución en: 1. Uniones de Crédito; 2. Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; 3. Sociedades Financieras Populares; 4. Sociedades Financieras de Objeto Múltiple; 5. Sociedades Financieras de Objeto Limitado; 6. Sociedades Financieras Comunitarias; 7. Organismos de Integración Financiera Rural, y 8. Demás Intermediarios financieros. |
Hasta el 20% del capital social mínimo que les
requiera En aquellos casos en que el IFR integre socios que
estén clasificados como población de alta y muy alta marginalidad, se podrá
apoyar hasta el 40% del capital social mínimo que les requiera Lo anterior se determinará según sea el caso conforme
a los lineamientos que emita |
C) MONITOREO, SUPERVISION, AUTORREGULACION Y CALIFICACION DE IF. |
Intermediarios financieros, federaciones que se
organicen con base en |
Montos a determinar según número y tipo de intermediarios financieros, proyecto técnico presentado y plan de negocios sin exceder de $2´000,000 (Dos millones de pesos) por federación u organismo de integración. |
II.3.2. Componente de Apoyo a Instrumentos de Inducción y Desarrollo del Financiamiento.
Montos de apoyo.- Se establecen las siguientes clasificaciones para la asignación del monto de apoyo:
INCISO |
TIPO DE APOYO |
MONTOS DE APOYO |
A |
Constitución de Garantías. |
Será hasta el 10% de la línea de crédito contratada por los beneficiarios (aplica para todo tipo de créditos destinados al sector rural). En zonas de alta y muy alta marginalidad, el apoyo podrá ser de hasta el 20% de la línea de crédito contratada por los beneficiarios (aplica para todo tipo de créditos destinados al sector rural). |
B |
Consolidación Empresarial de FINCAS. |
Se podrá otorgar hasta un monto de $200,000 (Doscientos mil pesos) por FINCA. |
II.4. Participantes.
II.4.1. Ejecutores.
Los
recursos aportados por
Por su parte, los Agentes Técnicos ministrarán los recursos a los beneficiarios autorizados, con quienes celebrarán un convenio para formalizar el acceso al apoyo, entregando los recursos correspondientes a los beneficiarios, con apego al citado convenio.
El convenio arriba mencionado aplica para todos los componentes del programa, excepto para los casos en los que se determine la aplicación de esquemas especiales para la inducción y desarrollo del financiamiento rural.
Fracción III.- Operación.
III.1. Proceso.
1.
2. Designación por parte de la unidad responsable del programa de los Agentes Técnicos de los componentes de apoyo mediante la firma de los convenios y anexos técnicos que corresponda, en apego al programa anual de trabajo;
3. Difusión de las prioridades estratégicas por región, sistema producto, actividades económicas y tipología de productores y sujetos a apoyar;
4. Notificación a la población objetivo por parte de los Agentes Técnicos sobre la apertura de ventanillas;
5. Atención y trámite de solicitudes, con base en el proceso de selección indicado en el apartado II.2.3 de este artículo;
6. El Agente Técnico informará por escrito al solicitante acerca del resultado de su gestión de manera justificada; la respuesta se entregará en la misma ventanilla en donde fue recibida la solicitud, en un término no mayor a 30 días hábiles contados a partir de su recepción, y
7. Cierre de Programa. Los Agentes Técnicos instrumentarán las
medidas necesarias para que los recursos fiscales que no se destinen a los
fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado,
se reintegren a
La
unidad responsable ejercerá los recursos que son objeto de cada componente de
apoyo del Programa de Inducción y Desarrollo del Financiamiento al Medio Rural,
a través de las unidades ejecutoras que autorice
El diagrama de flujo del proceso general de este programa se presenta como Anexo 12, de este programa.
III.2. Indicadores
Con base en la matriz de indicadores para resultados, se establecieron indicadores de eficacia y eficiencia, los cuales están orientados a medir el monto de financiamiento que detona el programa, a través de los apoyos otorgados a los beneficiarios; así como el acceso a servicios financieros.
OBJETIVOS |
INDICADORES |
FRECUENCIA DE MEDICION |
Personas que se dedican a actividades productivas en el medio rural cuentan con mayor acceso a servicios financieros. |
Efecto multiplicador de cada peso de apoyo invertido por el PIDEFIMER en el crédito detonado al medio rural, por este Programa. |
Trimestral |
Tasa de variación del crédito detonado respecto al año anterior. |
Semestral |
|
1.- Red ampliada y fortalecida de Intermediarios Financieros No Bancarios. |
Porcentaje de Intermediarios Financieros No Bancarios apoyados con respecto a la meta 2012. |
Anual |
2.- Instrumentos de inducción y desarrollo del financiamiento en operación. |
Tasa de variación del monto de crédito detonado por el respaldo de garantías líquidas. |
Semestral |
3.- Servicios Financieros Complementarios al Crédito operando en el medio rural. |
Tasa de variación del número de individuos con acceso a servicios financieros complementarios al crédito, respecto al año anterior. |
Semestral |
Artículo 16.- Programa de Uso Sustentable
de Recursos Naturales para
Fracción I.- Objetivo Específico.- Contribuir a la conservación, uso y manejo sustentable de los recursos naturales utilizados en la producción primaria mediante el otorgamiento de apoyos y servicios que permitan desarrollar sistemas integrales, obras, acciones y prácticas sustentables que ayuden a rescatar, preservar y potenciar los recursos biogenéticos e inducir una nueva estructura productiva (incluyendo cultivos bioenergéticos); así como a la conservación y aprovechamiento sustentable del suelo, agua, vegetación y de las unidades productivas.
Fracción II.- Lineamientos.
II.1. Población Objetivo.- Las personas físicas o morales constituidas conforme a las legislaciones en materia agrícola, ganadera, mercantil, civil, agraria, entre otras que de manera individual u organizada y sin distinción de género, se dediquen a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, acuícola, agroindustriales y del sector rural en su conjunto.
Para el componente de Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua (COUSSA), podrán solicitar apoyos grupos comunitarios a través de un representante, mismos que deberán acompañar constancia emitida por la autoridad municipal, copia simple de identificación oficial del representante, del acta de asamblea donde se nombra y faculta al mismo y proyecto conforme al Anexo 19, las obras y proyectos deberán ser de uso y beneficio común.
Para
este componente cada Entidad Federativa diferenciará la población por estratos
de acuerdo a lo señalado en el artículo 8 de las presentes Reglas de Operación
y que, además, esté ubicada en regiones, municipios o localidades clasificadas
por
Para el caso del componente Producción Pecuaria Sustentable y Ordenamiento Ganadero y Apícola (PROGAN), la población objetivo está integrada por los siguientes:
a) Productores inscritos en el PROGAN que recibieron apoyos como beneficiarios en el año anterior.
b) Productores de 5 y hasta 35 unidades animal, preferentemente de las especies ovina, caprina, apicultura y lechería familiar.
II.2. Beneficiarios.
II.2.1. Requisitos.
a) Solicitud de Apoyos otorgados a través de las Entidades Federativas, de su propia estructura o de Agentes Técnicos.- Quien aspire a un apoyo de este programa, deberá presentar solicitud única en el formato que se incluye como Anexo 3 y 4 de las presentes Reglas de Operación. La solicitud sólo será tramitada y valorada cuando haya sido presentada en las fechas y ventanillas autorizadas, con toda la documentación solicitada de acuerdo al tipo de solicitante.
1.- Personas físicas.- Lo establecido en el párrafo primero del artículo 12 de estas Reglas de Operación y proyecto con base en el guión del Anexo 19 de este programa.
2.- Personas Morales.- Lo establecido en el segundo párrafo del artículo 12 de estas Reglas de Operación y proyecto conforme al guión del Anexo 19 de este programa.
3.- Los solicitantes de apoyos de uso común para el Componente de Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua (COUSSA), constituye un Comité Pro-proyecto conformado entorno a su Proyecto Integral.
4.- Instituciones Públicas o Privadas.- Lo que resulte aplicable del artículo 12 de estas Reglas de Operación y proyecto conforme al guión del Anexo 19 de este programa.
Todos los solicitantes también deberán presentar original para cotejo y copia simple de los permisos vigentes aplicables al tipo de proyecto, expedidos por la autoridad competente (permiso de pesca, concesión de aguas nacionales, dictamen de impacto ambiental, entre otros), excepto los solicitantes del componente de apoyo para el PROGAN.
Para el caso de los solicitantes del componente de apoyo para el PROGAN, de nueva inscripción, deberán presentar, además de los documentos que correspondan como persona física o moral:
● Documentos que amparen la propiedad o posesión de la tierra, excepto los apicultores;
● Constancia de criador de ganado o apicultor; y
● Carta compromiso.
Las UPP´s solicitantes de este apoyo, deberán:
● Contar con cerco perimetral del predio motivo del apoyo, excepto: ovinocultores, caprinocultores, apicultores, lechería familiar, productores de ganado bovino productor de carne y doble propósito de los estados de Baja California y Baja California Sur y las comunidades indígenas; (este requisito no es un criterio para determinar la capacidad de carga animal de las UPP´s, o la superficie cercada);
● Estar inscritos en
el Padrón Ganadero Nacional y cumplir con el sistema de identificación de
ganado y colmenas establecido por
● Cumplir con los demás compromisos que se establezcan en los Lineamientos Específicos de este Componente.
Para
el caso de los beneficiarios del PROGAN, dictaminados como positivos en el año
anterior, los productores se deberán presentar a
b) Solicitud de apoyos en la modalidad
2, presentados por Entidades Federativas o Agentes Técnicos.- Para el caso de
proyectos de prioridad nacional o impacto regional definidos por
II.2.2. Procedimiento de Selección.
Apoyos otorgados a través de las Entidades Federativas o Agentes Técnicos.
● Recepción y captura de la solicitud debidamente requisitada en las ventanillas autorizadas, acompañada de la totalidad de la documentación indicada en el apartado II.2.1 según corresponda, en las fechas marcadas en la convocatoria;
● Verificación de elegibilidad del solicitante, conforme a su ubicación definida en la población objetivo;
● Evaluación de la
pertinencia y viabilidad técnica del proyecto, y
● Dictamen de
solicitudes de acuerdo a la calificación resultante de los criterios señalados
en
II.3. Características de los Apoyos (tipo y monto).
Se otorgarán apoyos para la realización de obras, prácticas, servicios y acciones para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales para la producción primaria, que tengan como resultado mejorar la capacidad de respuesta de las unidades de producción ante los factores que afectan sus actividades productivas, tales como: las características agroecológicas de escasez de agua o de fragilidad de las tierras de la región donde se ubican; así como por el nivel de erosión genética y el riesgo de extinción de la variedad botánica y/o especie, y para prácticas de manejo que minimicen el impacto ambiental y mejoren la cría y reproducción de ganado.
También se otorgarán apoyos para inducir nuevos patrones productivos. Asimismo, se otorgarán recursos para obras de protección y rehabilitación de los ecosistemas terrestres y pesqueros. Para lo anterior se contemplan los siguientes tipos de apoyo por Componente:
a) Componente de Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua (COUSSA)
a.1) Obras
y prácticas para
- Terrazas, presas filtrantes, cabeceo de cárcavas, muros de contención, barreras vivas, cortinas rompe viento, surcado “lister”, paso de rodillo aereador, cercado vivo y convencional para división de potreros, cercado para establecimiento de áreas de exclusión, reforestación con especies nativas, repastización en agostaderos, instalación de cubierta vegetal, abonos verdes, guardaganados, y acciones de drenaje;
a.2) Obras
y prácticas para
- Construcción de obras como bordos de tierra compactada, construcción de zanjas de infiltración, pequeñas presas de mampostería o concreto, ollas de agua, aljibes, tanques de almacenamiento; estas tres últimas sólo para casos en que se requiera para consumo humano.
b) Componente de Recursos Biogenéticos y Biodiversidad
b.1) Servicios para la conservación y uso de recursos genéticos agrícolas, pecuarios, acuáticos y microorganismos originarios de México, para la alimentación y la agricultura y de importancia biológica o económica.
Servicios necesarios para garantizar la conservación, como son: inventarios, bancos de germoplasma comunitarios, mejoramiento participativo; apoyos temporales por los servicios en la conservación de especies agrícolas, acuáticas, pecuarias y microorganismos para la alimentación y la agricultura originarias de México, representativas de la biodiversidad (mantenimiento de colecciones nacionales, documentación, regeneración, caracterización y protección legal del patrimonio genético del país), conforme las estrategias y acciones establecidas en los planes de acción definidos en el marco del Sistema Nacional de Recursos Genéticos.
- Se apoyarán las acciones de conservación, caracterización, evaluación, manejo y uso sustentable de los recursos genéticos de importancia biológica o económica.
- Apoyo a la construcción, equipamiento y/o modernización de bancos de recursos genéticos nacionales y/o regionales.
c) Componente de Reconversión Productiva
c.1) Inducción
de patrones de producción con menor impacto en los recursos naturales, con
mayor potencial de producción y mercado en condiciones de recursos limitados.
Los cultivos elegibles de reemplazo y apoyo serán los determinados por
- Establecimiento de cultivos acordes al potencial productivo regional para la reconversión productiva, sustituyendo: cultivos anuales por perennes; de actividad agrícola a pecuaria; o de ésta a forestal.
- Inducción para la conversión hacia cultivos con mejor aprovechamiento de las condiciones agroecológicas en regiones compactas, utilizando las ventanas de oportunidad de mercado; así como para la producción de biomasa para la generación de bioenergía.
- Inducción de cultivos sustitutivos de especies forrajeras de alto uso consuntivo que permitan estabilizar o disminuir la presión sobre los acuíferos.
d) Componente de Acuicultura y Pesca
d.1) Aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícola.
-
Acciones y proyectos estratégicos por recurso pesquero o cuerpo de agua y de
ordenamiento para el uso sustentable de las pesquerías, recursos pesqueros y
acuícolas. Las acciones y proyectos podrán ser de alcance regional, estatal, o
municipal y deberán estar alineados a los programas rectores o las prioridades
que establezca
- Obras de uso común que atiendan a la conservación, rehabilitación y protección de los sistemas lagunarios costeros y de aguas interiores en los que se encuentran los recursos pesqueros o beneficien la propagación de las mareas y restauren las áreas de pesca; a través de estructuras compatibles con su capacidad natural de recuperación y disponibilidad. Dichas obras pueden implicar la realización de dragados de boca-barras y canales interiores, la construcción de escolleras, arrecifes artificiales, borderías, muros de protección, muelles y atracaderos integrales.
e) Componente Producción Pecuaria Sustentable y Ordenamiento Ganadero y Apícola (PROGAN)
e.1) Apoyos directos a los productores para que realicen buenas prácticas de producción de ganado y manejo de colmenas, y para el manejo sustentable de tierras que contribuyan a recuperar, conservar y/o mejorar la cobertura vegetal, con algunas de las siguientes prácticas o acciones: regular el impacto y carga animal, planeación del pastoreo, complementación o suplementación alimenticia procurando que se aplique un programa integral de manejo que no implique sobrecarga, extracción de ganado improductivo, reforestación y/o revegetación, distribución estratégica de aguajes y saladeros.
Cuando
se presenten factores ajenos por contingencias climatológicas, dictaminadas con
afectación conforme al artículo 19 de estas Reglas de Operación, que afecten a
las unidades de producción y que por alguna razón modifiquen la rentabilidad
del sector primario pecuario se podrá solicitar el diferimiento de los
compromisos adquiridos para lo cual
- Apoyos en especie, de aretes para identificación de ganado o placas de identificación de colmenas.
Para
los beneficiarios PROGAN dictaminados como positivos en el año previo, se
mantendrán los apoyos para continuar con las prácticas de producción de ganado
y manejo de colmenas, y para el manejo sustentable de tierras, de acuerdo a
II.4. Montos
de apoyo y porcentajes.
Para
la operación a través de las Entidades Federativas, Agentes Técnicos o
estructura de
% de Apoyo Gubernamental máximo por componente y nivel de activos productivos.
Componente: |
Tipo de solicitud |
Por nivel de activos productivos |
||
Bajo o nulo |
Medio |
Alto |
||
De Conservación
y Uso Sustentable de Suelo y Agua (COUSSA). |
De beneficio Individual |
85% |
80% |
70% |
De beneficio Grupal |
90% |
85% |
75% |
|
De beneficio para Uso Común |
95% |
90% |
80% |
|
De Reconversión Productiva: Establecimiento de cultivos para la reconversión en el paquete
tecnológico autorizado por |
Grupal |
30% |
20% |
20% |
De Reconversión Productiva: Inducción en la conversión de cultivos en el paquete tecnológico autorizado por la Secretaría. |
Grupal |
30% |
20% |
20% |
Recursos Biogenéticos y Biodiversidad: Obras y Servicios para la conservación, manejo y uso sustentable de recursos genéticos agrícolas, pecuarios, acuáticos y microorganismos. |
Individual/Grupal/Institucional |
100% |
100% |
100% |
De Pesca: Reducción del esfuerzo pesquero que implica el retiro de embarcaciones junto con su permiso o concesión e indemnización correspondiente, conforme los lineamientos emitidos por la Secretaría. |
Individual |
100% |
100% |
100% |
De Pesca: Acciones y proyectos de ordenamiento pesquero y acuícola, así como obras de uso común para el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícola. |
Grupal/Uso Común |
100% |
90% |
80% |
Para
el caso del componente COUSSA, los porcentajes de apoyo señalados aplican
respecto de los precios máximos de referencia y tabuladores de rendimientos
mínimos para mano de obra y maquinaria que podrá actualizar y emitir anualmente
Los apoyos se otorgarán conforme a los porcentajes señalados por nivel de activos, no pudiendo rebasar en ningún caso $750,000.00 (Setecientos cincuenta mil pesos) por beneficiario.
Para el caso específico de PROGAN, los solicitantes se clasificaran de acuerdo con los siguientes criterios:
● Estrato A. Personas físicas, con una escala productiva igual o mayor a 5 unidades animal (U.A.) y 10 colmenas para el caso de productores apícolas e igual o menor a 35 U.A. medidas por vientres bovinos de carne o leche, y sus equivalentes, considerando por cada U.A. bovina: 5 vientres ovinos o 6 vientres caprinos o 5 colmenas, y los ejidos y comunidades.
● Estrato B. Personas físicas y morales con una escala productiva superior a la definida para el Estrato A. El máximo a apoyar será de 300 U.A. bovinas medidas por los vientres y sus equivalentes en las diferentes especies, por persona física.
Los apoyos por vientres (o equivalentes) y colmenas para PROGAN se indica en la tabla siguiente
SISTEMA |
VIENTRES O COLMENAS |
APOYO POR VIENTRE O COLMENA |
||
ESTRATO A |
ESTRATO B |
ESTRATO A |
ESTRATO B |
|
Bovinos carne y doble propósito. |
5-35 Vientres |
36-300 Vientres |
$375.00 |
$300.00 |
Ovinos. |
25-175 Vientres |
176-1500 Vientres |
$75.00 |
$60.00 |
Caprinos. |
30-210 Vientres |
211-1800 Vientres |
$62.50 |
$50.00 |
Bovinos lecheros (sistema de lechería familiar). |
5-35 Vientres |
NO APLICA |
$375.00 |
NO APLICA |
Apícola. |
10-175 Colmenas |
176-1500 Colmenas |
$75.00 |
$60.00 |
Para los productores con escala productiva entre 36 y
43 vientres o sus equivalentes en las diferentes especies, habrá un monto
equivalente al monto máximo del Estrato “A” ($13,125).
Para
los productores ya inscritos y dictaminados como positivos en el PROGAN, el
número de vientres bovinos a apoyar en las Unidades de Producción Pecuaria
(UPP) dedicadas a la cría de ganado bovino de carne y doble propósito será el
dictaminado en el año previo, manteniendo el criterio de no rebasar el 80% de la capacidad de carga animal de dicha
Unidad, la cual será determinada con base en el procedimiento emitido por el
área normativa de
En el caso de los componentes en concurrencia de recursos, para integrar la aportación que corresponda a la población clasificada en el estrato de bajo o nulo nivel de activos, se les podrá reconocer su aportación en mano de obra y materiales que el proyecto justifique.
En
el caso de los proyectos de prioridad nacional o impacto regional, definidos o
aprobados por
II.5. Participantes.
II.5.1. Ejecutores.
Con
apego a lo que establece en los artículos 7, 8 y 9 de estas Reglas,
Operación
de los recursos a través de Entidades Federativas.- Corresponderá al
responsable del
Por
su especialidad, para el componente COUSSA,
Cualquiera
que sea unidad ejecutora,
Fracción III.- Operación.
III.1.Recursos operados a través de Entidades Federativas.
Para
el componente COUSSA, previo a la suscripción del Anexo Técnico se deberá
realizar un ejercicio de priorización de manera conjunta entre Entidad
Federativa y
A dichos municipios se asignarán los recursos fiscales a convenir.
Una
vez establecidos los convenios o Anexos Técnicos con
● Determinación y apertura de ventanillas
● Promoción y Difusión del programa
● Recepción y registro de solicitudes
● Dictaminación de solicitudes
● Publicación de resultados
● Entrega de los apoyos y en su caso
● Reasignación de apoyos no ejercidos
● Publicación del segundo bloque de beneficiarios
Para
los componentes en concurrencia de recursos,
Una vez terminado el proceso de recepción de solicitudes, el Comité Técnico del FOFAE mediante dictamen de por sí, o en su caso, de los organismos auxiliares, autorizará las propuestas, aplicando los siguientes criterios:
● Impacto en el medio ambiente;
● Elegibilidad de conceptos de apoyo en el proyecto;
● Pertinencia y viabilidad técnica del proyecto;
● Congruencia con los planes de desarrollo nacional, estatal y municipal;
● Enfoque territorial definido;
● Participación comunitaria en la elección del proyecto, sin ningún tipo de discriminación;
● Complementariedad de acciones y recursos de otros programas gubernamentales;
● Atención a grupos prioritarios (mujeres, indígenas, jóvenes, adultos mayores y personas con capacidades diferentes);
● Tipo de organización, y
● Rentabilidad, para los casos que sea aplicable.
Con estos criterios se califican las solicitudes mediante el uso obligado de la cédula de evaluación, ubicada en el Anexo 20 de este programa.
III.2. Operación del componente de Producción Pecuaria Sustentable y Ordenamiento Ganadero y Apícola (PROGAN).
En el ejercicio fiscal continúa la etapa del procedimiento de renovación de los apoyos a los beneficiarios que cumplieron con sus compromisos pactados en su Carta Compromiso y de Adhesión.
No se consideraran nuevas inscripciones al PROGAN aquellos beneficiarios designados por los titulares del apoyo.
Los diagramas de flujo del proceso de selección y del proceso general se presentan en los Anexos 16 y 17 de este programa.
III.3. Indicadores.
Con base en la matriz de indicadores para resultados del programa se establecieron indicadores de eficacia, los cuales están orientados a medir de que manera las obras, acciones y prácticas sustentables contribuyen a conservar y mejorar los recursos naturales utilizados en la producción primaria agropecuaria, pesquera y acuícola.
Recursos Naturales utilizados para la producción agropecuaria y pesquera manejados sustentablemente |
Porcentaje de hectáreas dedicadas a la actividad agropecuaria, pesquera y acuícola con prácticas y obras aplicadas para el aprovechamiento sustentable |
Semestral |
1.- Obras y prácticas apoyadas para el aprovechamiento sustentable de suelo y agua. |
Variación de hectáreas incorporadas al aprovechamiento sustentable del suelo y agua |
Anual |
|
Incremento en la capacidad de almacenamiento de agua |
Anual |
2.- Recursos genéticos originarios de México y de importancia económica (no nacionales) conservados, caracterizados y evaluados |
Aumento del número de muestras de géneros vegetales conservados priorizado en el informe Nacional de Recursos Fitogenéticos. |
Anual |
|
Porcentaje de Incremento de Razas Pecuarias Certificadas |
Anual |
3.- Superficie agrícola y ganadera reconvertida a cultivos sustentables, según potencial productivo y demanda del mercado, incluyendo biocombustibles |
Porcentaje de hectáreas reconvertidas a cultivos sustentables locales incluyendo biocombustibles |
Semestral |
|
Porcentaje de productores beneficiados por el componente |
Semestral |
4.- Apoyos entregados a pescadores y acuacultores para el aprovechamiento sustentable de recursos pesqueros y acuícolas. |
Porcentaje de la producción pesquera y acuícola obtenida sustentablemente |
Anual |
5.- Rehabilitación y protección de los sistemas lagunarios costeros, aguas interiores y tomas de agua oceánicas apoyados. |
Porcentaje de las hectáreas rehabilitadas del medio acuático. |
Trimestral |
6.- Manejo sustentable de tierras de pastoreo y buenas prácticas de manejo productivo de ganado y colmenas. |
Incremento en porcentaje de destetes del ganado apoyado |
Anual |
Artículo 17.- Programa de Soporte.
Fracción I.- Objetivo Específico.- Apoyar la gestión técnica, económica y sanitaria de los productores agropecuarios, acuícolas, pesqueros y rurales, que les permita una inserción sostenible de sus productos en los mercados.
Fracción II.- Lineamientos.
II.1. Población Objetivo.- Personas físicas, o morales constituidas conforme a las legislaciones en materia agrícola, ganadera, mercantil, civil, agraria, entre otras que de manera individual u organizada se dediquen a las actividades agrícolas, pecuarias, acuícola, pesqueras, agroindustriales y del sector rural en su conjunto. Entre esas se incluyen: organizaciones, sociedades o asociaciones formalmente constituidas, universidades e instituciones de investigación y enseñanza, fundaciones PRODUCE, Entidades Federativas, Municipios, así como también los Comités de Inspección y Vigilancia pesquera y acuícola o productores a través de diversos organismos auxiliares (Comités de Sanidad Acuícola, Agrícola y Pecuario).
II.2. Beneficiarios.
II.2.1. Requisitos.
Personas Físicas.- Conforme a lo establecido en el Artículo 12 de estas Reglas.
Personas Morales.- Conforme a lo establecido en el Artículo 12 de estas Reglas.
De acuerdo al tipo de interesado, se requerirán adicionalmente los siguientes documentos en general.
● Solicitud en el formato establecido en el Anexo 3 y 4 solicitud única de apoyos para programas y componentes en concurrencia de recursos, para los apoyos operados a través de las Entidades Federativas o Agentes Técnicos o de forma directa, mediante escrito libre firmado por el representante legal o interesado.
● Para el caso del componente de sanidades e inocuidad, se deberán elaborar los Proyectos (Programas de Trabajo) de acuerdo con lo establecido en los Términos de Referencia y Lineamientos Técnicos- Administrativos emitidos por la unidad responsable del componente. Estos a su vez deberán de constituirse en un Programa Integral de Trabajo por Entidad Federativa.
● Programa de trabajo o proyecto, en formato libre, acorde con la convocatoria o términos de referencia correspondientes. Para el componente SNIDRUS, convenio, contrato o programa de trabajo por Entidad Federativa, elaborado con base en términos de referencia definidos por el SIAP.
● Concesiones o permisos vigentes aplicables, expedidos por las autoridades competentes.
● Nombre o
denominación social, currículum vítae y referencias del prestador de servicios
profesionales que cumpla con los requisitos de elegibilidad que
● CDRS y Comités de sistema producto.
● Integración de acuerdo a la normatividad vigente.
II.2.2. Procedimiento de Selección.
● Recepción del expediente debidamente requisitado en las ventanillas autorizadas, de acuerdo a convocatoria o Términos de Referencia correspondientes.
● Revisión de documentación y verificación de acuerdo a la normatividad.
● Dictamen de elegibilidad y capacidad técnica de la solicitud de acuerdo a los Términos de Referencia establecidos.
● Aprobación o rechazo
por parte del Comité Técnico correspondiente, de acuerdo a los criterios de las
presentes Reglas de Operación, considerando prioridades establecidas por
El diagrama de flujo del proceso de selección está en el Anexo 22 de este programa.
Para el caso del Componente de Sanidades e Inocuidad se procederá a lo siguiente:
● Recepción de Proyectos (Programas de Trabajo) elaborados de acuerdo con lo establecido en los Términos de Referencia y Lineamientos Técnicos- Administrativos emitidos por la unidad responsable del componente.
● Validación de cuadros de montos y metas por parte de las unidades responsables.
● Aprobación del los Proyectos (Programas de Trabajo) por parte de las unidades responsables.
Los proyectos (programa de trabajo) sanitarios y de inocuidad, pueden ser rechazados por parte de la unidad responsable por lo que de darse el caso se deberá modificar el convenio o documento respectivo. El diagrama de flujo del proceso de selección está en el Anexo 23 de este programa.
Para el caso del componente de Investigación, Validación y Transferencia Tecnológica se procederá a lo siguiente:
● Emisión de
convocatoria de necesidades de Investigación, Validación y Transferencia
Tecnológica, de acuerdo con
● Recepción de propuestas de proyectos en extenso por parte de los interesados;
● Evaluación de
propuestas de proyectos por parte del Comité Técnico de
● Integración de
proyectos y del Programa Operativo Anual de
● Aprobación del Programa Operativo Anual y su publicación.
Los proyectos de Investigación, Validación y Transferencia Tecnológica pueden ser rechazados por la unidad responsable.
II.3. Características de los Apoyos (tipo y monto).
Disposiciones
Generales.- Este programa se operará por
● A través de las Entidades Federativas, para lo cual se suscribirá el Convenio Marco y en el Anexo Técnico respectivo.
● A través de Agentes Técnicos, y
● A través de las
instancias que permitan a
II.3.1. Apoyos a beneficiarios a operar a través de Entidades Federativas, mismos que de quedar establecidos en el Anexo Técnico del convenio será canalizado para su operación a través del FOFAE.
COMPONENTE |
TIPO DE APOYO |
MONTO DE APOYO MAXIMO GUBERNAMENTAL |
SNIDRUS |
Para la generación y difusión de datos del Sector Agroalimentario y Pesquero con métodos objetivos y registros administrativos, que fortalezcan directamente el proceso de captación y validación de información agropecuaria y pesquera, así como para la consolidación del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable. |
Hasta el 100 % del costo total del Programa de Trabajo por entidad federativa, con base en términos de referencia y definidos por el SIAP. |
INVESTIGACION, VALIDACION Y TRANSFERENCIA TECNOLOGICA. |
Programa operativo para el fortalecimiento de la operación de las Fundaciones PRODUCE. |
Hasta el 4% del monto total de este componente sin rebasar $ 2,000,000 (Dos millones de pesos). |
Proyectos específicos que atienden la agenda de innovación de impacto local y regional, o que impulsen el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y a la adaptación al cambio climático de las actividades del sector. |
Hasta $1,000,000 (Un millón de pesos). |
|
ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION. 1/ |
Asesoría profesional para la elaboración de planes de negocio, proyectos y estudios; para el seguimiento de procesos de inversión o programas de desarrollo empresarial. |
Hasta $100,000 .00 (Cien mil pesos) por organización o grupo de trabajo, o $5,000.00 (Cinco mil pesos) por beneficiario individual. En caso de que el proyecto esté obligado a incluir un estudio de impacto ambiental, los montos anteriores se podrán incrementar en 50%. |
Asistencia técnica para la innovación o extensionismo tecnológico. |
Hasta $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos) por organización o grupo de trabajo y sin rebasar $550.00 (Quinientos cincuenta pesos) por mes por productor individual atendido durante un ciclo productivo. La asistencia técnica tendrá que basarse en la demostración de al menos tres componentes tecnológicos aprobados por una entidad técnica competente (Universidades, Centros de Investigación, Fundaciones Produce, etc.) estableciendo con los propios beneficiarios los módulos de demostración correspondientes. |
|
Cursos de capacitación. |
Hasta $25,000.00 (Veinticinco mil pesos) por organización o grupo de trabajo. |
|
Programas especiales de capacitación y asistencia técnica. |
Hasta $500,000.00 (Quinientos mil pesos) por organización, grupo de trabajo, Consejo de Desarrollo Rural Sustentable o Comité de sistema producto, o $15,000.00 (Quince mil pesos) por beneficiario individual. |
|
Promoción y seguimiento de proyectos de desarrollo en comunidades o municipios de alta y muy alta marginación. |
Hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos) por comunidad atendida por una agencia de desarrollo rural. En caso necesario el Comité Técnico del FOFAE podrá autorizar se contrate a través del ejecutor del gasto, a empresas de servicios o agencias de desarrollo que haya sido validado por el Centro de Evaluación Especializada correspondiente. |
|
Proyectos de capacitación y asistencia técnica de prioridad nacional presentados por los sistema producto, las Entidades Federativas o los Agentes Técnicos /2 |
Hasta $10,000,000.00 (Diez millones de pesos), por proyecto. |
|
Supervisión del desempeño y seguimiento de los prestadores de servicios profesionales. |
Este componente será para verificar la calidad de los servicios, establecer la satisfacción del cliente y elaborar las listas de desempeño de los prestadores de servicios profesionales que participan en el componente. El Comité Técnico del FOFAE podrá proponer al Centro de Evaluación Especializado (CEE) que realice esta función en la entidad. /3 |
|
Organización o asistencia a eventos de intercambio de conocimientos, tecnologías, experiencias y proyectos relevantes. |
Para organizar hasta $20,000 (Veinte mil pesos) por evento comunitario, municipal o distrital; $120,000 (Ciento veinte mil pesos) por evento estatal; $300,000 (Trescientos mil pesos) por evento regional o nacional; y $15,000 (Quince mil pesos) por asistente a cursos y giras de intercambio. |
|
DESARROLLO DE MERCADOS. |
Estudios y proyectos orientados al desarrollo de infraestructura acuícola o pesquera que identifique y detone inversión, o que promueva el aprovechamiento sustentable de los recursos. |
Hasta $2,000,000 (Dos millones de pesos) por estudio y $2´500,000 (Dos millones quinientos mil pesos) por proyecto. |
1 Los montos de apoyo del componente de capacitación y
asistencia técnica podrán incrementarse hasta en un 50%, cuando los servicios
se otorguen en localidades y municipios de alta y muy alta marginación.
2 El carácter de prioridad nacional será establecido
por un acuerdo del Grupo Operativo Nacional del Componente de Asistencia
Técnica de
3 Los criterios para la integración y selección de los
Centros de Evaluación Especializados, así como la definición de sus
procedimientos, serán establecidos por
En el caso del componente de Investigación, Validación y Transferencia de Tecnología se deberá tomar como criterio asignar al menos el 4% de los recursos totales (federal más estatal) que se convengan en la modalidad de concurrencia de recursos.
II.3.2. Apoyos a los beneficiarios, a
operar a través de Agentes Técnicos o de forma directa a través de las
instancias que permitan a
COMPONENTE |
TIPO DE APOYO |
MONTO DE APOYO MAXIMO |
SNIDRUS |
Para la generación y difusión de datos del Sector Agroalimentario y Pesquero con métodos objetivos y registros administrativos, así como para la consolidación del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable. |
Hasta por un monto máximo de $20,000,000.00 (Veinte millones de pesos) por proyecto, convenio, contrato o programa de trabajo. |
INVESTIGACION, VALIDACION Y TRANSFERENCIA TECNOLOGICA. |
Proyectos estratégicos que atiendan la agenda de innovación y temas prioritarios de impacto regional o nacional. |
Hasta $20,000,000 (Veinte millones de pesos) por proyecto. |
Coordinación y evaluación de políticas de innovación nacional, así como la supervisión y seguimiento de proyectos de innovación de impacto local, regional y nacional. |
Hasta $5,000,000 (Cinco millones de pesos) por programa operativo. |
|
ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION. |
Programas Integrales de Capacitación y Asistencia Técnica. |
Hasta $2,000,000 (Dos millones de pesos) para apoyar
proyectos de capacitación y asistencia técnica de prioridad nacional, impacto
regional o nacional definidos por |
PLANEACION Y PROSPECTIVA. |
Estudios y diagnósticos orientados al análisis económico y financiero del sector agroalimentario que coadyuven al desarrollo de políticas públicas. Así como Planes o Programas que permitan delinear las perspectivas sectoriales de largo plazo, con la finalidad de llevar a cabo una planeación prospectiva eficiente en la utilización de recursos físicos y en el buen aprovechamiento de los recursos naturales. |
Hasta $2,000,000 (Dos millones de pesos) por estudio y $2´500,000 (Dos millones quinientos mil pesos) por Plan Ejecutivo, Plan o Programa Rector. |
Foros de integración con grupos de trabajo nacional e Internacionales. |
Hasta $1,000,000 (un millón de pesos) por evento. |
|
DESARROLLO DE MERCADOS. |
Estudios y proyectos orientados al desarrollo de infraestructura que identifiquen y detonen inversión o que promuevan el aprovechamiento sustentable de los recursos. |
Hasta $2,000,000 (Dos millones de pesos) por estudio y 2,500,000 (Dos millones quinientos mil pesos) por proyecto. |
Sistemas de información de mercados. |
Hasta $2´500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos). |
|
Programas y Planes rectores del sector Pesquero y Acuícola |
Hasta $2´500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos) por plan o proyecto rector. |
|
PROMOCION DE EXPORTACIONES Y FERIAS. |
Certificación y uso de esquemas de calidad de productos agroalimentarios. |
Hasta el 80% del costo total de la verificación y
certificación la primera vez, 60% la segunda vez y 40% la tercera. Hasta el
100% de la elaboración de Protocolos sin rebasar $500,000.00 (Quinientos mil
pesos) por unidad económica. En los casos que |
Campañas de productos genéricos agroalimentarios. |
Hasta el 100% del costo de campañas, sin rebasar $20,000,000.00 (Veinte millones de pesos). |
|
Gestión y trámite de marcas colectivas. |
Hasta un monto de $500,000.00 (Quinientos mil pesos) para nuevas marcas e incorporación de nuevos productores a marcas colectivas registradas. |
|
Integración de un directorio de agroexportadores mexicanos. |
Hasta el 100% del costo de elaboración y promoción del directorio, sin rebasar $2,000,000.00 (Dos millones de pesos). |
|
Ferias y misiones comerciales institucionales, incluyendo de forma enunciativa mas no limitativa: eventos, ferias, exhibiciones, foros, degustaciones y misiones comerciales. |
Hasta el 100% del costo total de su desarrollo, sujeto a disponibilidad presupuestal. |
|
|
Hasta el 80% del costo del proyecto, sin rebasar
$500,000.00 (Quinientos mil pesos) por unidad productiva por año. En los
casos que |
|
Trámites y gestión de denominaciones de origen y obtención de certificación de origen. |
Hasta del 100% del valor total del proyecto,
tendiente a alcanzar cualquiera de ellas sin rebasar los $1´000.000.00 (Un
millón de pesos) por unidad productiva por año. En los casos que |
|
Centros de distribución, acopio y comercialización de productos agroalimentarios. |
Hasta el 100% del costo del desarrollo del proyecto y plan de negocio, sin rebasar los $2´000,000.00 (dos millones de pesos) y hasta el 80% del costo de la renta anual. |
|
Desarrollo comercial de proveedores del sector agroalimentario y desarrollo de capacidades de oferta exportable. |
Hasta el 100% del proyecto sin rebasar los $2´000,000.00 (dos millones de pesos) por proyecto. |
|
SANIDAD E INOCUIDAD |
Proyectos de infraestructura, inspección,
supervisión, certificación, regionalización, vigilancia de plagas y enfermedades,
campañas sanitarias, inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera,
diagnóstico, constatación, seguro sanitario, dispositivos nacionales de
emergencia y otras que sean competencia de |
El monto de los apoyos federales será de hasta el 75%
del valor total del proyecto, correspondiendo el resto a las Entidades
Federativas o sectores involucrados. En los casos que |
Programas de inocuidad de productos agroalimentarios. |
|
La
componente de Promoción de Exportaciones y Ferias se regulará a través de los
Lineamientos Específicos de operación para
II.3.3. Apoyos a beneficiarios
derivados de las instancias que permitan a
COMPONENTE |
TIPO DE APOYO |
MONTO DE APOYO MAXIMO |
INSPECCION Y VIGILANCIA PESQUERA Y ACUICOLA. |
Proyectos de acciones de inspección y vigilancia. |
El monto de los apoyos será de hasta $2,000,000 (Dos
millones de pesos) por persona física o hasta $6,000,000 (Seis millones de
pesos) por organización. Se podrá definir apoyos para acciones estratégicas
con Entidades Federativas y Municipales, para lo cual se someterán a |
El propósito será el fortalecimiento de la población objetivo del programa a través de acciones de ordenamiento, inspección y vigilancia; supervisión de proyectos sanitarios de desarrollo; diseño y operación de instrumentos didácticos de amplio alcance; acciones para evaluar, capacitar, acreditar o certificar a prestadores de servicios profesionales; animar y conformar redes especializadas de los mismos; diseño, desarrollo y aplicación de modelos analíticos del sector; obtención de información agroalimentaria, investigación sobre las actividades productivas primarias, proyectos de innovación y mejora de la posición competitiva de los sistemas producto.
II.4. Participantes.
II.4.1. Ejecutores.
En
el caso de la operación de recursos a través de las Entidades Federativas,
corresponderá al responsable de esta instancia mantener informados a los
órganos consultivos que establece
Fracción III.- Operación.
III.1. Proceso.
Como
parte general del proceso, se deberá presentar a
III.1.1. Recursos operados por las Entidades Federativas.
Previa
aprobación de los Comités Estatales de los FOFAE y una vez establecidos los
acuerdos específicos con
Para
el componente de sanidad e inocuidad las actividades de promoción y difusión
deberán estar previamente validadas y autorizadas por
Para el caso del componente de investigación serán las ventanillas las Fundaciones produce, conforme a la convocatoria que ésta emita para la atención de la agenda de innovación estatal.
En el caso del Componente de Sanidad e Inocuidad, los Organismos Auxiliares deberán entregar sus proyectos (programas de trabajo), a más tardar el 31 de marzo del año, de no ajustarse al guión, estrategia o criterios administrativos vigentes en la normatividad, se otorgará un plazo de diez días hábiles para que estos complementen la información. En caso de que los proyectos no se reciban en el plazo señalado, se considerarán como no viables y se deberá realizar la adecuación correspondiente.
Los
ejecutores revisarán la documentación y verificarán que esté acorde con la normatividad
y emitirán un dictamen de factibilidad y pertinencia del proyecto o programa de
trabajo. Asimismo, se hará una evaluación del perfil y elegibilidad del
prestador de servicios propuesto, de manera especial se verificará que no se
encuentre en la lista de “condicionados” o “no aceptables” de la entidad
evaluadora del desempeño. La entidad
evaluadora del desempeño deberá publicar a más tardar el último día del primer
trimestre del año en la página de
Una vez recibidas las solicitudes en el periodo establecido para el ejercicio fiscal correspondiente se llevará a cabo el proceso de dictamen, conforme al procedimiento de selección de beneficiarios e instrumentos señalados en el apartado II.2.2 de este artículo.
Para
el caso del componente de investigación, validación y transferencia tecnológica
Los apoyos para el componente de capacitación y asistencia técnica se formalizarán por la unidad ejecutora mediante convenios con las organizaciones económicas, consejos o comités beneficiarios, o mediante contratos con los prestadores de servicios profesionales por cuenta y orden de los mismos. Los pagos se harán en función de las actividades y los productos comprometidos en el programa de trabajo. La unidad ejecutora informará inmediatamente al centro de evaluación correspondiente las características de las solicitudes aprobadas por el Comité Técnico del FOFAE.
En los servicios de asesoría profesional, asistencia técnica y capacitación de este componente, los profesionales que no se encuentren en la lista de los prestadores de servicios profesionales acreditados deberán demostrar a la firma del contrato haberse registrado para iniciar el proceso de acreditación en www.sagarpa.gob.mx/acreditacion.psp. En el caso de los apoyos sujetos a evaluación por un centro de evaluación especializado, el último pago no podrá ser inferior al 30% del monto total del apoyo y estará condicionado a un desempeño satisfactorio del prestador de servicios, de acuerdo al dictamen favorable de dicho centro de evaluación.
En los apoyos para cursos de capacitación y para organización o asistencia a eventos de intercambio, a solicitud de los productores u organización beneficiaria, puede participar el profesional que lo esté atendiendo.
Si el servicio no hubiera concluido al cierre del programa, la unidad ejecutora solicitará un informe de satisfacción del cliente al centro evaluador especializado para proceder a pagar o cancelarlo.
Para
el componente de investigación,
Los apoyos para el componente SNIDRUS se formalizarán en un Programa de Trabajo por Entidad Federativa, con base en términos de referencia definidos por el SIAP. Dicho programa de trabajo validado por el SIAP, será el que se presente al Comité Técnico del FOFAE, para la liberación de los recursos.
Los
apoyos para el componente de Sanidad e Inocuidad se formalizarán en un programa
de trabajo integral por Entidad Federativa, suscrito por
Para
el caso de los estudios y proyectos en infraestructura acuícola y pesquera, en
caso de requerirse montos superiores a los montos máximos y/o porcentajes de
apoyo serán definidos por
En el apartado de Anexos de este programa está el diagrama de flujo del proceso de operación (Anexo 24).
III.2. Indicadores.
El indicador a nivel de propósito de la matriz de indicadores para resultados que corresponde al objetivo específico de las Reglas de Operación, refleja de manera integral el impacto que se tendrá por el otorgamiento de los apoyos en bienes públicos.
Por la heterogeneidad de las características de los tipos de apoyo, los indicadores se desglosaron por cada uno de los bienes y servicios que el programa otorgará a la población objetivo; para medir el cumplimiento del objetivo de este programa, se establecieron indicadores de eficacia correspondientes a los niveles de propósito y componentes de acuerdo a la matriz de indicadores para resultados.
OBJETIVOS |
INDICADORES |
FRECUENCIA DE MEDICION |
Productores Agropecuarios, pesqueros, acuícolas y rurales logran una inserción sostenible de sus productos en los mercados, mediante una adecuada gestión técnica económica y sanitaria de sus actividades |
Porcentaje de productores que mantienen o incrementan su inserción en los mercados. |
Trianual |
1.- Información agroalimentaria verificada para la toma de decisiones. |
Porcentaje de cultivos verificados que representan el 80% del valor total de la producción nacional. |
Anual |
2.- Apoyos entregados para que los productores usen innovaciones tecnológicas (productos y procesos) y/o de gestión territorial. |
Porcentaje de beneficiarios que aplican las innovaciones promovidas por los servicios de asistencia técnica, capacitación o transferencia de tecnología. |
Semestral |
Porcentaje de Proyectos de Investigación y
Transferencia de Tecnología, alineados a |
Anual |
|
3.- Acciones sanitarias y de inocuidad apoyadas. |
Porcentaje de superficie nacional libre o de baja prevalencia de plagas y enfermedades (mosca de la fruta, fiebre porcina clásica, tuberculosis bovina y enfermedad de Newcastle), que por su cobertura nacional protegen un valor de la producción que representa el 47.3% del valor del PIB agropecuario, forestal, pesca y caza. |
Semestral |
4.- Apoyos entregados a los productores para facilitar el desarrollo de mercado de sus productos. |
Crecimiento de ventas estimadas a través de ferias, eventos y exposiciones. |
Semestral |
Porcentaje de efectividad de los proyectos y estudios para el desarrollo de infraestructura. |
Anual |
|
Porcentaje de cumplimiento de metas en proyectos. |
Anual |
|
5.- Apoyos aplicados para la generación de análisis prospectivos que apoyen la toma de decisiones de política pública. |
Porcentaje de usuarios que opinan que son útiles los análisis prospectivos en sus actividades. |
Anual |
6.- Estudios para el ordenamiento pesquero y acuícola y/o estudios de preinversión en infraestructura realizados que detonan inversiones en el sector pesquero y acuícola. |
Porcentaje de estudios socioeconómicos y biológicos pesqueros que refuercen los programas de ordenamiento, así como para instrumentar la planeación de políticas públicas. |
Anual |
Porcentaje de estudios de preinversión en infraestructura realizados que detonan Inversiones en el sector pesquero y acuícola. |
Anual |
|
7.- Apoyos entregados a productores para llevar a cabo acciones que disminuyan el riesgo de la pesca ilegal y respeto de vedas. |
Porcentaje de acciones de inspección y vigilancia realizadas que disminuyen el riesgo de pesca ilegal. |
Anual |
Artículo 18.- Programa de Atención a
Problemas Estructurales (Apoyos Compensatorios).
Fracción I.- Objetivo Específico.- Contribuir a que los productores agropecuarios y pesqueros incrementen sus márgenes de operación, mediante la entrega de apoyos temporales que compensen sus ingresos y los costos de los insumos energéticos, para fortalecer su participación en los mercados y darles certidumbre en sus procesos de comercialización.
Fracción II.- Lineamientos.
II.1. Población Objetivo.- Podrán ser beneficiarios de los apoyos de este Programa personas físicas o morales constituidas conforme a las legislaciones en materia agrícola, ganadera, mercantil, civil, agraria, entre otras que sean los productores agropecuarios y pesqueros que requieren ampliar sus márgenes de operación, derivados de la participación de los insumos energéticos en sus costos de producción; y/o del manejo de riesgos; y/o de problemas de comercialización, conforme a lo siguiente:
II.1.1. Para el caso de los energéticos
agropecuarios, los sujetos productivos que forman parte del “Padrón de Beneficiarios
de Energéticos Agropecuarios” integrado por
II.1.2. Para el Ingreso Objetivo
mínimo, los productores agrícolas sean personas físicas o morales de
productores legalmente constituidas conforme a la legislación mexicana vigente,
que presenten excedentes y/o problemas de comercialización de los productos,
granos y oleaginosas elegibles, de acuerdo con los criterios que defina
II.1.3. Para el ordenamiento del
mercado de granos y oleaginosas elegibles definidos por
II.1.4. Para coberturas, sin distinción de géneros, las personas físicas o morales con producción comercializable de productos elegibles y los compradores de dichos productos para el caso de la agricultura por contrato y de otros esquemas de comercialización que se especifiquen.
II.2. Beneficiarios.
II.2.1. Requisitos.- Se establecen los siguientes requisitos, considerando los objetivos específicos y la población objetivo del programa:
II.2.1.1. Requisitos para el componente de energéticos agropecuarios.
II.2.1.1.1. Tendrán derecho a solicitar
el apoyo de este componente, los sujetos productivos que forman parte del
“Padrón de Beneficiarios de los Energéticos Agropecuarios” integrado por
II.2.1.1.2. Para el caso de diesel agropecuario y marino en los ejercicios fiscales subsecuentes sólo se aceptarán nuevas solicitudes cuando se tengan cancelaciones, renuncias o bajas en el Padrón de beneficiarios.
Para
ambos casos, los beneficiarios del programa deberán de cumplir con los
requisitos señalados en este apartado, validar y en su caso modificar en su
CADER la solicitud de apoyos en línea a través del Sistema Unico de Registro de
Información (SURI) en el “Formato de
a.- Personas físicas.- Conforme a lo establecido en el artículo
12 de estas Reglas de Operación y, únicamente cuando no se cuente con el registro
en el sistema, en su expediente o registro único, lo siguiente: copia de la
documentación que acredite la propiedad o la legítima posesión de la unidad
productiva; en su caso, documento que acredite la contratación de la prestación
de los servicios; RFC (aplica para diesel agropecuario y marino); dos
fotografías de frente a color tamaño infantil (aplica para Diesel Marino);
copia del permiso o título de concesión vigente emitido por
b.- Personas morales.- Cumplir con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 12 de estas Reglas de Operación; copia del acta constitutiva, debidamente inscrita en el registro público que corresponda, que exprese que su objeto social es preponderantemente la actividad agropecuaria y pesquera; y, adicionalmente a los requisitos enlistados para las personas físicas en el anterior apartado.
Tratándose de
actividades pesqueras, para efectos del requisito de presentar copia del
permiso o concesión vigente emitido por
Para el caso de las
embarcaciones que colaboren con los programas de evaluación de recursos
pesqueros que efectúe el Instituto Nacional de
El escrito en mención
deberá informar el programa con el cual se estará colaborando y ser acompañado
físicamente de
La incorporación de nuevas solicitudes con excepción de gasolina ribereña estará sujeta a las economías de los recursos de este programa.
II.2.1.2. Requisitos para el Componente de Apoyo al Ingreso Objetivo, al Ordenamiento del Mercado y para Adquisición de Coberturas, conforme a los tipos de apoyo que se determinan en la fracción II.3.2 de este programa.
Se determinan los siguientes requisitos generales que se deberán entregar junto con la solicitud de inscripción que corresponda, al tipo de apoyo que se solicite.
A. Requisitos generales. |
Persona Física |
Persona Moral |
Organización de Prod. (PM1) por cuenta y orden de sus miembros (PF1) |
|
|
PF |
PM |
PM1 |
PF1 |
A.1.-
Exhibir original para cotejo y entregar copia simple de |
SI |
SI |
SI |
SI |
A.2.- Exhibir
original para cotejo y entregar copia simple de |
SI |
SI |
SI |
SI |
A.3.- Exhibir
original para cotejo y entregar copia simple del RFC o de |
SI |
SI |
SI |
- |
A.4.- Comprobante de domicilio. |
SI |
SI |
SI |
- |
A.5.-
Entregar copia certificada ante Notario Público del acta constitutiva;
reformas al acta constitutiva; Poder del representante o Apoderado legal
facultado para solicitar y cobrar el apoyo y la relación de los beneficiarios
solicitantes del apoyo en el “Formato de Apoyos Compensatorios” que está
disponible en la página electrónica de |
- |
SI |
SI |
- |
A.6.- Salvedad.- Los productores, personas físicas o morales, que hayan entregado con anterioridad ante ASERCA la documentación requerida en el presente apartado A y que la misma no haya sufrido modificación alguna, sólo deberán presentar una comunicación suscrita por la persona física o por el apoderado legal acreditado, en la que solicitan participar en ésta componente de apoyo ratificando “bajo protesta de decir verdad”, que la documentación que entregó (señalando el nombre del esquema de apoyo, y el ciclo agrícola) obra en poder de ASERCA, que no ha registrado cambios o modificación alguna y, en su caso, que el poder otorgado al apoderado legal se encuentra vigente, por lo que no ha sido limitado, revocado o modificado. |
SI |
SI |
SI |
SI |
En los Anexos 36, 45, 46 y 55 de este programa se determinan requisitos específicos para cada uno de los tipos de apoyo. Asimismo, para dar mayor transparencia a la inscripción para los diferentes tipos de apoyo, se presentan formatos auxiliares en la página electrónica de ASERCA: www.aserca.gob.mx
Para los solicitantes de los apoyos, personas físicas y morales en su carácter de compradores y comercializadores, los requisitos generales determinados en el apartado A del Cuadro anterior, aplicarán para el acreditamiento de su personalidad jurídica, de conformidad con lo que se determine en los Lineamientos específicos de operación al Ordenamiento del Mercado que se publiquen en el DOF y/o en los convenios de concertación que se apliquen.
II.2.2. Procedimiento de Selección.
II.2.2.1. Componente de Energéticos
Agropecuarios.
II.2.2.1.1. Los sujetos productivos registrados en el padrón de beneficiarios de los energéticos agropecuarios que requieran seguir disfrutando del apoyo en los ciclos productivos subsecuentes serán seleccionados bajo el siguiente procedimiento:
a) Si no tiene modificaciones de los datos registrados en el
padrón, deberán acudir a la ventanilla de atención para ratificar la
información en el Anexo 30, 31 y 32 de reinscripción según corresponda
(formatos ya citados en el apartado de requisitos); caso contrario, deberá
efectuar las adecuaciones que sean necesarias. La convocatoria para el periodo
de reinscripción será publicada y difundida por
b) Si su reinscripción resulta favorable, se le asigna la cuota energética que corresponda y se le comunica al solicitante;
c) De resultar improcedente,
II.2.2.1.2. Para los nuevos sujetos productivos (lo cual estará determinado por lo establecido en la fracción II.2.1.1.2 de este artículo), se procederá en los términos siguientes:
a) Recepción de solicitud en la ventanilla de atención, adjuntando copia de la documentación especificada en el formato de solicitud para cada energético agropecuario (sólo en el caso de que se cumpla lo establecido en fracción II.2.1.1.2 de este artículo);
b) Comprobación de la información y documentación entregada;
c) Dictamen de la solicitud y clasificación por tipo de energético agropecuario;
d) Análisis y cálculo de la cuota energética aplicando la
normatividad vigente para el cálculo de la cuota energética de diesel
agropecuario, marino y gasolina ribereña, se aplicará lo previsto en el
"Acuerdo por el que se da a conocer el cálculo de la cuota energética para
diesel agropecuario y marino y para la gasolina ribereña que se aplica al
componente de energéticos agropecuarios del Programa de Atención a Problemas
Estructurales (Apoyos Compensatorios), publicado en el Diario Oficial de
e) Si resulta procedente, se comunicará oficialmente al solicitante del resultado del dictamen, informándole de su incorporación al padrón, la fecha de recarga, la cuota energética asignada y su clave de registro; esta última le servirá para seguir disfrutando anualmente de la cuota energética del “subsidio SAGARPA”, en el marco de las presentes Reglas de Operación;
f) Si resulta improcedente, se le notificará por escrito dentro de
los 10 días hábiles siguientes de haber recibido su solicitud; haciéndole saber
al solicitante las razones de la improcedencia o la información faltante, la
cual por única vez podrá ser subsanada en un plazo no mayor a 20 días hábiles,
a partir de la fecha en que la autoridad se lo notificó. Satisfechos los
requisitos faltantes,
g) Transcurrido el plazo sin que
h) En el caso de Diesel agropecuario, marino y gasolina ribereña, el “subsidio SAGARPA”, no se aplica al transporte de productos, mercancías, insumos o cualquier otro uso distinto a lo relacionado en las presentes Reglas de Operación, y
i) Los solicitantes deberán manifestar que no reciben
actualmente, ni han solicitado simultáneamente apoyo de tarifas de estímulo
para energía eléctrica, a través del Programa Especial de Energía para el
Campo, para la misma maquinaria o equipo declarado en la solicitud. No obstante
lo anterior la autoridad se reserva el derecho de solicitar dicha información
para su verificación.
II.2.2.2. Procedimiento de Selección
para el Componente de Apoyo al Ingreso Objetivo, al Ordenamiento del Mercado y
para Adquisición de Coberturas.
A. Procedimiento de selección para Ingreso
Objetivo
A.1. Los productores presentan en las ventanillas autorizadas la “Solicitud de inscripción y de pago del apoyo”, anexando la documentación establecida en los requisitos determinados en el apartado A de la fracción II.2.1.2 de este artículo y en el Anexo 36 del Programa, en los tiempos que se determinen en los lineamientos específicos de operación, previamente publicados en el DOF.
A.2. La oficina regional de la unidad responsable del componente revisará la información y documentación presentada para determinar si la misma está completa y es correcta, en caso afirmativo se otorgará la elegibilidad para ser beneficiario de los apoyos. La relación de beneficiarios que se dará a conocer en las ventanillas autorizadas.
B. Procedimiento de Selección para
Ordenamiento del Mercado
B.1. La población objetivo interesada en participar, entregará en las ventanillas autorizadas, en los términos y plazos establecidos en los lineamientos específicos de operación publicados, la solicitud de inscripción con la documentación establecida en los requisitos determinados en el apartado A de la fracción II.2.1.2 y en el Anexo 46 del programa.
B.2.
1. La prioridad son los apoyos a las organizaciones de productores agrícolas y consumidores; posteriormente, los otorgados a los comercializadores.
2. Para el caso de que los volúmenes solicitados por los interesados sean mayores a los determinados en los lineamientos específicos, se aplicarán alguno de los siguientes criterios:
(a) Nivel de participación en las compras de cosechas nacionales de los productos elegibles.
(b) Niveles de consumos o ventas de granos y oleaginosas por entidad federativa y su integración en la cadena productiva.
(c) Grado e historial de participación en los programas de apoyo a la comercialización operados en ASERCA.
(d) Ajustar el volumen solicitado de manera proporcional al volumen disponible.
B.3.
C. Procedimiento de Selección para
Coberturas de Precios.
C.1. La población objetivo interesada en participar presenta, en las direcciones regionales o unidades estatales de la unidad responsable la solicitud de inscripción y/o solicitud de cobertura, en los términos y plazos que se informe en la página electrónica: www.infoaserca.gob.mx, con la documentación establecida en los requisitos determinados en el apartado A de la fracción II.2.1.2 de este artículo y en el Anexo 55 del presente programa.
C.2. Las direcciones regionales o unidades estatales de la unidad responsable realizan la validación de las solicitudes y documentos recibidos y, con base en los criterios para la toma de coberturas siguientes, otorga la elegibilidad del participante en el concepto de apoyo:
1. El volumen a cubrir por los participantes deberá estar convertido a contratos, definidos para los distintos productos en las bolsas de futuros.
2. El mes de vencimiento de la cobertura, así como el precio de ejercicio solicitado por los productores o interesados deberá cotizar en la bolsa de futuros y estar incluidos en las Tablas de Precios de Cobertura vigentes.
Los diagramas de flujo correspondientes al procedimiento de selección para los componentes Ingreso Objetivo, Ordenamiento de Mercados y Cobertura de Precios se presentan en los Anexos 33, 38, 39, 40 y 52.
II.3. Características de los Apoyos
(tipo y monto).
II.3.1. Para el caso de los Energéticos
agropecuarios.- Se otorgarán apoyos económicos, identificados como “subsidios
SAGARPA”, para los sujetos productivos incorporados al “Padrón de Beneficiarios
de los Energéticos Agropecuarios integrados por
II.3.1.1. Tipos de los Apoyos.- Con cargo a los recursos de este programa, se podrán otorgar apoyos económicos denominados “Subsidio SAGARPA”, para la adquisición de insumos energéticos; el diesel utilizado en las actividades agropecuarias y pesqueras y la gasolina para su aplicación en la pesca ribereña. Estos apoyos son de carácter temporal y exclusivamente con recursos federales.
II.3.1.2. Monto de los Apoyos.- El
monto del apoyo será fijado anualmente en función de la disponibilidad
presupuestal autorizada en el Decreto PEF, publicado en el DOF y hasta por el
volumen de la cuota energética asignada a cada sujeto productivo. La cuota
energética se expresa en litros para diesel o gasolina ribereña, su volumen es
determinado por
La cuota energética para la maquinaria pesada para mantenimiento y rehabilitación de infraestructura de las Unidades de Riego y Distritos de Temporal Tecnificado, será de 5 mil litros anuales por maquinaria inscrita en el programa, aplicando el segundo párrafo del artículo 2o. fracción 1.1 del "Acuerdo por el que se da a conocer el cálculo de la cuota energética para diesel agropecuario y marino y para la gasolina ribereña que se aplica al componente de energéticos agropecuarios del Programa de Atención a Problemas Estructurales (Apoyos Compensatorios)”.
Para el caso del diesel agropecuario la cuota energética es anual de acuerdo a la fecha de aniversario del sujeto productivo, y será anualizada de acuerdo al calendario, es decir, surtirá efecto desde el día asignado para recarga hasta un día antes de la fecha de aniversario del siguiente año, considerado este periodo como la vigencia de la cuota energética.
El
monto de apoyo del “Subsidio SAGARPA”, al diesel utilizado en las actividades
agropecuarias y pesqueras y la gasolina ribereña utilizada en las actividades
pesqueras, será de hasta $2.00 (dos pesos) por litro, y se conformará por la
aportación del Precio de Estímulo mensual determinado por
II.3.1.3. Los sujetos productivos serán excluidos del “Subsidio SAGARPA” por:
● Desviar la cuota energética del insumo apoyado, para fines diversos a los que fue autorizado;
● Comercializar la cuota energética del insumo apoyado.
Los sujetos productivos podrán ser excluidos del “Subsidio SAGARPA” por:
● Que el sujeto productivo no haya entregado los avisos de arribo, cosecha o producción en el ciclo productivo vigente, según sea el caso;
● Que el sujeto
productivo no haya exhibido uno o más despachos vía la pesca, (Autorización
emitida por
Para la recarga de su tarjeta en el ciclo productivo vigente, tratándose de diesel marino para embarcaciones:
● Que el sujeto productivo no haya acudido a reinscribirse durante 3 periodos consecutivos serán dados de baja del Padrón de Beneficiarios de los Apoyos de este componente;
● Que el sujeto productivo, habiendo declarado su participación en el programa de prevención y control sanitario, no haya cumplido con todo o parte de los compromisos contraídos durante el ciclo productivo vigente, tratándose de instalaciones acuícolas;
● Que el sujeto
productivo haya desactivado el dispositivo de seguimiento satelital o éste se
encuentre fuera de operación en el transcurso del ciclo productivo vigente,
tratándose de diesel marino para embarcaciones; y no justifique técnicamente la
razón de la desconexión o falta de operación en su caso en un plazo de 10 días
naturales una vez que haya arribado a puerto, según reporte de
● Que de la información generada por el Sistema de Monitoreo Satelital, se detecte que los movimientos de las embarcaciones que reciben apoyo de diesel marino no justifican los consumos reportados de las unidades productivas;
● La falta de veracidad de la información proporcionada en relación a la unidad productiva;
● Que el sujeto
productivo haya recibido infracción de acuerdo con lo establecido en el
artículo 132, fracción XIX de
● Cuando se detecte que toda o parte de la maquinaria utilizada en los procesos de la instalación acuícola ya cuente con el beneficio de la cuota energética en relación a otro energético agropecuario.
Lo
señalado en el numeral anterior, se sancionará en los términos de las presentes
Reglas de Operación y de
Para el caso de las actividades pesqueras, el apoyo podrá ser suspendido en el transcurso del ciclo productivo vigente si se vence la vigencia del permiso o título de concesión correspondiente hasta en tanto no se entregue en ventanilla copia de la renovación del mismo. De igual forma se suspenderá el apoyo cuando la unidad de producción objeto del apoyo esté reportada como hundida, desaparecida, retenida o restringido el uso o goce, según la notificación de una autoridad competente, hasta en tanto no se notifique lo contrario por la misma vía a CONAPESCA; asimismo, cuando haya sido aprobada su solicitud de retiro voluntario a través del programa respectivo.
Con el objeto de apoyar la transparencia en el manejo de la cuota energética y atendiendo las características específicas de cada actividad, la cuota energética para las actividades pesqueras podrá ser administrada mediante recargas parciales de la tarjeta del sujeto beneficiario, en el transcurso del ciclo productivo. Para el caso del diesel marino se efectuarán dispersiones parciales que permitirán la recarga señalada hasta por el volumen de capacidad del tanque de la embarcación o instalación acuícola, para cuya procedencia deberá el sujeto beneficiario presentar ante la ventanilla de atención correspondiente el despacho vía la pesca, para el caso de embarcaciones, y el aviso de arribo, cosecha o producción, según corresponda para cada actividad, o en caso procedente manifiesto o reporte semanal, del último viaje de pesca o periodo de actividad.
II.3.2. Características de los Apoyos para el Componente de Apoyo al Ingreso Objetivo, al Ordenamiento del Mercado y para Adquisición de Coberturas.
a) Para Ingreso Objetivo, apoyos otorgados directamente a los productores o a las organizaciones de productores, personas físicas o morales, mediante un apoyo complementario al ingreso de los granos y oleaginosas elegibles;
b) Para el ordenamiento del mercado, apoyos directos a productores pecuarios, o a través de sus organizaciones o fabricantes de alimentos balanceados para compensar los costos inherentes a la movilización de los granos, para el acceso a granos forrajeros nacionales; apoyos canalizados a los productores a través de sus organizaciones, así como a compradores orientados al desplazamiento de las cosechas mediante la compensación para almacenaje, fletes (cabotaje y/o flete terrestre) y para la exportación; así como apoyo complementario al ingreso en agricultura por contrato y de compensación de bases; y otros Esquemas de Comercialización específicos, y apoyos compensatorios a la inducción productiva;
c) Para la adquisición de coberturas de precios, que consideran las siguientes modalidades: cobertura simple, cobertura para Agricultura por Contrato, coberturas piloto y emergentes, y coberturas de servicios.
Tipos de apoyos que se presentan en el cuadro siguiente:
CUADRO (IOC-1) Apoyos al Ingreso Objetivo,
al Ordenamiento del Mercado y para Adquisición de Coberturas.
TIPO DE APOYO |
Unidad de medida |
Monto del Apoyo (Método de Cálculo) |
|||
1. Ingreso Objetivo |
|||||
1.1. Apoyo complementario al ingreso de granos y oleaginosas elegibles. |
$/ton |
Apoyo complementario al ingreso = Ingreso objetivo mínimo – precio de mercado reconocido por la Secretaría. |
|||
2. Ordenamiento del mercado. |
|||||
2.1. Apoyo acceso a granos forrajeros elegibles. |
$/ton |
Apoyo acceso a granos forrajeros = K1 [Precio del producto nacional puesto en zona de consumo pecuario-Precio internacional del producto puesto en puerto o frontera]. |
|||
2.2. Apoyo para almacenaje de granos y oleaginosas elegibles. |
$/ ton |
Apoyo para almacenaje = K1 [Suma de los costos de almacenaje, costos financieros y de maniobras que se generen por el manejo de inventarios]. Durante el periodo que se determine en los lineamientos específicos de operación. |
|||
2.3. Apoyo a la exportación de granos y oleaginosas elegibles. |
$/ ton |
Apoyo a la exportación = K1 [Costo del producto mexicano libre a bordo país de destino - Precio libre a bordo del producto mexicano ofertado por el país de destino]. |
|||
2.4. Apoyo a fletes (terrestre o cabotaje) de granos y oleaginosas elegibles. |
$/ ton |
Apoyo a fletes = K1 [Costo del producto nacional puesto en zona de consumo (vía cabotaje o flete terrestre) – Precio internacional del producto en zona de consumo]. |
|||
La variable K1 puede ser menor o igual a uno, considerando las condiciones internas y externas de la oferta y demanda del producto. |
|||||
Para los tipos de apoyo determinados en los numerales 2.1, 2.2 y 2.4 se establece lo siguiente: a) podrán ser asignados también a través de un mecanismo de concurso y/o subasta que garantice el menor costo fiscal; y b) la determinación de volúmenes máximos por región y cultivo; de conformidad con lo que se determine en los lineamientos específicos de operación que se publiquen en el DOF. |
|||||
2.5.
Apoyos a |
|||||
2.5.1. Apoyo complementario al ingreso en agricultura por contrato. |
$/ton |
Apoyo complementario al ingreso en Agricultura por Contrato = ingreso objetivo mínimo – precio de Agricultura por Contrato. |
|||
2.5.2. Apoyo por compensación de bases en agricultura por contrato. |
$/ton |
Apoyo por compensación de bases en Agricultura por Contrato = base estandarizada en zona consumidora – base zona consumidora del físico. Cuando el resultado denota un fortalecimiento de la base, el pago es a favor del productor; cuando el resultado denota un debilitamiento de la base, el pago es a favor del comprador. |
|||
2.6. Esquemas de comercialización específicos. |
|||||
2.6.1. Apoyos directos y apoyo para valor agregado más interrelación de apoyos aquí establecidos (almacenaje, fletes, entre otros). Entre los apoyos directos se podrán considerar apoyos por contingencias de comercialización y/o de paridad cambiaria. 2.6.2. Esquema de compras anticipadas. 2.6.3. Apoyos compensatorios a la inducción productiva. 2.6.4. Ganadería
por Contrato. |
$/ton |
Para productos pecuarios, |
|||
3. Apoyos directos a coberturas de precios de productos y especies elegibles. Se realizarán preferentemente a través de la compra de opciones sobre futuros “PUT” y “CALL” que cotizan en bolsa. Se miden en número de contratos de colocación en la bolsa. |
|||||
3.1. Cobertura simple. |
Número contratos |
Uso de opciones “put”, con un apoyo de |
|||
3.2. Cobertura para agricultura por contrato. |
Número contratos |
Esquema 1. Compradores: Uso de opciones “put”, con
apoyo de Esquema 2. Compradores: uso de opciones “put”, con
apoyo de Los porcentajes de apoyo máximo que se determinarán,
para ambas opciones, en los lineamientos específicos de operación de |
|||
3.3. Coberturas piloto y emergentes. |
Número contratos |
|
|||
3.4. Coberturas de servicio. |
Número contratos |
El interesado pagará el 100% del precio de la cobertura. |
|||
II.3.2.1. Ingreso Objetivo Mínimo.- El Ingreso objetivo contempla una amplia gama de productos elegibles que le permitirán al productor seleccionar el cultivo que mejor le convenga de acuerdo a sus condiciones de producción y comercialización. Los productos elegibles y montos del ingreso objetivo mínimo por tonelada que aplicaron en el año anterior, continuarán vigentes conforme al Cuadro siguiente:
CUADRO (IO-1) de Productos Elegibles e Ingresos Objetivos
PRODUCTOS ELEGIBLES |
INGRESO OBJETIVO (PESOS POR TONELADA) |
Maíz |
2,100.00 |
Trigo panificable |
2,730.00 |
Trigo Cristalino |
2,415.00 |
Sorgo |
1,785.00 |
Cártamo |
4,200.00 |
Canola |
4,515.00 |
Algodón Pluma |
12,600.00 |
Arroz |
2,940.00 |
Soya |
4,200.00 |
Girasol |
4,200.00 |
Avena |
2,520.00 |
Los productos elegibles y los montos del Ingreso Objetivo para los ciclos agrícolas del periodo 2009-2013, considerando la suficiencia presupuestaria para el ejercicio fiscal que corresponda, se publicarán en el DOF durante el primer semestre del año 2010.
II.3.2.1.1. El apoyo complementario al
ingreso determinado en el numeral 1.1 del Cuadro (IOC-1),
a)
Los precios de mercado se reconocen en un punto representativo en el tiempo, determinado durante el periodo de la salida de las cosechas y de la comercialización; para el ciclo otoño-invierno se reconocen los precios de mercado aproximadamente entre los meses de mayo y julio, y para el ciclo primavera-verano se efectúa aproximadamente entre los meses de noviembre y diciembre. Dependiendo de las condiciones climatológicas y de los mercados como principales factores, estos periodos pueden extenderse para cada ciclo hasta dos meses después.
b) El apoyo complementario al ingreso se otorgará por tonelada producida y comercializada en términos de “Peso Neto Analizado” y conforme a las siguientes condiciones:
b.1)
b.2) Este apoyo se otorgará permitiendo que los productores se beneficien de los movimientos al alza durante el periodo de comercialización.
b.3) El monto del apoyo por tonelada se otorgará por igual a todos y cada uno de los productores del Estado o región correspondiente, independientemente del precio de venta individual del productor.
b.4) El tope del apoyo por productor, persona física, será como máximo el
equivalente a la producción resultante de
b.5) Se establece que no será objeto del apoyo la producción para autoconsumo, la producción comercializada del producto que haya sido sembrado como segundo cultivo en una misma superficie y ciclo agrícola. Asimismo, no será susceptible del apoyo la producción proveniente de campos experimentales, ni de instituciones académicas o gubernamentales federales, estatales o municipales.
b.6) Considerando el criterio de equidad dispuesto en el artículo 75
fracción II, de
b.7) Asimismo,
II.3.2.2. Ordenamiento del Mercado de Granos y oleaginosas y, en su caso, de productos pecuarios.- Estos apoyos se orientan al desplazamiento de las cosechas excedentarias y/o con problemas de comercialización en tiempos y lugares requeridos, así como para el fomento de la celebración de contratos de compraventa entre productores y compradores, y para otros esquemas de comercialización específicos que contribuyan al ordenamiento del mercado.
Para
estos tipos de apoyo
II.3.2.2.1. Apoyo Acceso a Granos
Forrajeros.- Incluye los granos nacionales para uso forrajero como el maíz,
sorgo, trigo, triticale, cebada y avena, entre otros; los apoyos se
determinarán por tonelada de grano forrajero que el productor agrícola comercialice
con el productor pecuario, industria transformadora para uso pecuario o
fabricante de alimentos balanceados a través de la celebración de contratos de
compraventa. El fin es garantizar que el productor pecuario acceda a este
insumo nacional a un precio internacional más Bases a puerto o frontera, que
presente las mejores condiciones de logística para el abasto de las zonas
consumidoras y se realice en términos competitivos con el producto importado
puesto en frontera o puerto nacional; conforme a lo establecido en el numeral
2.1 del Cuadro (IOC-1) de la fracción II.3.2 de este artículo. Asimismo, se
podrá reconocer al productor pecuario diferenciales por calidades del producto
que resulten del precio de referencia internacional acordado a favor del
productor agrícola en
II.3.2.2.2. Apoyo para Almacenaje de Granos y Oleaginosas.- Se establece como un instrumento que permite retirar del mercado los excedentes estacionales de granos y oleaginosas, como el frijol, trigo, maíz y sorgo, principalmente, mediante la entrega de apoyos por concepto de costos de almacenaje, financieros y maniobras que se generen por el manejo de inventarios, a fin de equilibrar la oferta y la demanda regional de los productos; conforme a lo establecido en el numeral 2.2 del Cuadro (IOC-1) de la fracción II.3.2 de este artículo.
II.3.2.2.3. Apoyo a
II.3.2.2.4. Apoyo a Fletes (Terrestre o Cabotaje) de Granos y Oleaginosas.- Se promueve la colocación de producción excedentaria estacional y/o con problemas de comercialización de granos y oleaginosas en zonas consumidoras del territorio nacional, para cubrir los gastos para movilizar el producto que podrán cubrir total o parcialmente los siguientes conceptos: flete a puerto de embarque en zona productora, flete marítimo (cabotaje) a puerto de destino, y maniobras de carga y descarga en puertos nacionales; o bien, el flete ferroviario o autotransporte de bodega de acopio en zona productora a bodega en zona de consumo, así como las maniobras de carga y descarga en dichas bodegas; conforme a lo establecido en el numeral 2.4 del Cuadro (IOC-1) de la fracción II.3.2.
II.3.2.2.5. Apoyos a
Los
cultivos elegibles en
II.3.2.2.5.1 Conforme a lo señalado en
el numeral 2.5.1 del Cuadro (IOC-1) de la fracción II.3.2, el apoyo
complementario al ingreso en Agricultura por Contrato es igual al Ingreso
Objetivo mínimo determinado en el cuadro de la fracción II.3.2.1. Para los
cultivos o productos elegibles, menos el precio de agricultura por contrato;
donde: Precio de Agricultura por Contrato = Precio de Bolsa Mes Cercano Entrega
+ Base Estandarizada Zona Consumidora – Base Máxima Regional. Las bases
señaladas corresponden a las publicadas por
a) El Precio de Bolsa Mes Cercano Entrega es el que determina
la bolsa de futuros que se utilice, del mes inmediato posterior a la entrega
del producto físico, determinado al registro del contrato en
b) Base Estandarizada Zona Consumidora es la base que
c) Base Máxima Regional es la base por región y/o
estado-productor anunciada por
d) El precio del producto quedará determinado en dólares en el
momento en que se registre y valide
A
partir de la fijación del precio de bolsa y la aplicación del tipo cambio, el
apoyo complementario al ingreso del productor en Agricultura por Contrato
quedará fijo en pesos mexicanos; salvo en aquellos casos en que por la paridad
cambiaria resultase insuficiente el monto del apoyo complementario al ingreso
objetivo determinado por contrato, en cuyo caso
II.3.2.2.5.2 Apoyo por Compensación de
Bases en Agricultura por Contrato.- El apoyo por compensación de bases es igual
a
a) La compensación de bases implica el pago del movimiento adverso
que se presente entre
a.1) Si
a.2) Si
b) Las áreas de influencia logística que operarán para
c) Se establece que la parte que incurra en incumplimiento de los
contratos de compraventa, quedará excluida de los apoyos de los programas de
II.3.2.2.6. Esquemas de
Comercialización Específicos. Para lograr un mayor impacto en la
comercialización de las cosechas nacionales de los productos elegibles, los
apoyos considerados en los numerales 2 y 3 del Cuadro (IOC-1) de la fracción
II.3.2 de este artículo, podrán interrelacionarse entre sí a través de los
lineamientos específicos de operación que
A. Esquema de Comercialización del
frijol. Para la comercialización del frijol se han determinado los siguientes
apoyos, considerando los precios de mercado del producto, el volumen
comercializable que sea necesario retirar temporalmente del mercado por la
condición excedentaria estacional, y las condiciones de que este producto no
cotiza en las bolsas de mercado de futuros a las que tiene acceso
a) Apoyo directo al productor, el cual se otorgará por
tonelada producida y comercializada en términos de “Peso Neto Analizado”, para
cubrir el diferencial entre el precio promedio pagado al productor en centro de
acopio y el ingreso mínimo al productor determinado por
b) Apoyos para el acopio de las cosechas de frijol, para
cubrir total o parcialmente los costos de almacenaje y financieros que se
generen por el manejo de inventarios en bodega de origen y/o destino; y podrá
cubrir hasta un periodo de almacenamiento de seis meses, el cual en los casos
que se justifiquen ante
c) Apoyo para la movilización de las cosechas de frijol, para cubrir total o parcialmente los costos de flete originados por la movilización del grano de zona de producción a zona de consumo.
d) Apoyo para valor agregado del frijol, que cubra total o parcialmente los costos en que se incurran por el beneficio del grano, que estén directamente relacionados con la mejora de la calidad y la presentación del producto para su venta.
Asimismo,
por la problemática de comercialización, los apoyos se entregarán en los
términos que se determinen por
II.3.2.3. Apoyos a Coberturas de
Precios. Los productos sujetos de los apoyos a coberturas de precios
agropecuarios corresponden a: maíz, trigo, arroz, sorgo, soya, cártamo,
algodón, cárnicos; así como otros productos que
Se
otorgan apoyos al productor y/o al comprador para cubrir un porcentaje del
costo de la prima de cobertura, conforme a las modalidades establecidas en el
numeral 3 del Cuadro (IOC-1) de la fracción II.3.2, orientados a proteger el
ingreso esperado de los productores y/o compradores de productos agropecuarios
y para fomentar una cultura financiera de administración de riesgos en el
sector, conforme a lo siguiente y al Manual de Políticas de Operación para
(3.1) Cobertura Simple.
El objeto de esta modalidad consiste en poner al alcance de los productores
instrumentos del mercado de futuros, fomentando la cultura de administración de
riesgos de precios en el sector agropecuario. En esta modalidad la cobertura se
realizará a través del uso de opciones “put” y
(3.2) Cobertura para
Agricultura por Contrato. Las coberturas de precios para Agricultura por
Contrato buscan favorecer a las partes garantizándoles el precio pactado,
protegiéndolos de eventuales cambios adversos en el mercado internacional, a
través de la aplicación de los dos tipos de esquemas señalado en el numeral 3.2
del Cuadro (IOC-1) de la fracción II.3.2, de los cuales el participante podrá
elegir cualquiera de ellos. Las coberturas podrán realizarse a partir de la
fecha de registro del contrato de compraventa en
(3.3) Coberturas Piloto
y Emergentes. Para este tipo de coberturas,
(3.4) Coberturas de
Servicio.
II.4.- Participantes.
II.4.1. Ejecutores.
II.4.1.1. Energéticos Agropecuarios.-
● ASERCA asume la responsabilidad de la distribución y dispersión del "Subsidio SAGARPA" a los Sujetos Productivos.
● La ventanilla de
atención de
ASERCA
celebrará los instrumentos jurídicos necesarios con
II.4.1.2. Apoyo al Ingreso Objetivo, al
Ordenamiento del Mercado y para Adquisición de Coberturas.
a) Para la ejecución de las acciones en algunos de los apoyos
establecidos para el ordenamiento del mercado,
b) Ventanillas Autorizadas. Las direcciones regionales de ASERCA,
las Delegaciones de
c) Las direcciones regionales de
d) Los productores, personas físicas o morales, y sus organizaciones y los compradores son los responsables de la ejecución de las acciones que les permitan recibir los apoyos de este componente, a través de los procesos de comercialización que realicen con oportunidad; y quienes deberán comprobar, conforme a lo establecido en la fracción II.2.1.2, de este programa, el cumplimiento de dichas acciones;
e) Se constituirán en las Entidades Federativas CES, que estarán
integradas por un funcionario regional y el Delegado de
Las CES tendrán atribuciones para realizar el seguimiento, control y evaluación de la fase operativa de las acciones para la correcta aplicación de los apoyos; la resolución de problemas específicos de operación y, en su caso, la formulación de propuestas a las oficinas centrales para la adecuación de los mecanismos de operación establecidos;
f)
g) En cumplimiento de la legislación aplicable en materia
presupuestal, los recursos fiscales que no se destinen a los fines autorizados
y aquellos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado, deberán ser
reintegrados a
En
todas las referencias de éste componente de Apoyo al Ingreso Objetivo, al
Ordenamiento del Mercado y para Adquisición de Coberturas, que se hacen a
Fracción III.- Operación.
III.1. Proceso.- Para la
instrumentación y operación del componente de energéticos agropecuarios, se
procederá conforme a lo siguiente:
III.1.1. La apertura de la ventanilla
para la reinscripción y en su caso inscripción será definida y difundida por
III.1.2. El solicitante ingresará la solicitud de reinscripción y en su caso, de inscripción al programa a través de la ventanilla de atención acompañando copia de los documentos soporte.
III.1.3.
III.1.4.
III.1.5. Una vez que al sujeto productivo se le haya aceptado su solicitud de inscripción y le haya sido comunicada su clave de registro, éste quedará inscrito en el Padrón, y se le tramitará gratuitamente, por única vez, su tarjeta para que adquiera el insumo energético con el apoyo del “Subsidio SAGARPA”.
III.1.6.
III.1.7. ASERCA aplicará los apoyos
correspondientes en base al Padrón y la cuota energética proporcionados por
III.1.8. Al concluir la vigencia de la
cuota energética
III.1.9. ASERCA proporcionará a
III.1.10. En cumplimiento de la
legislación aplicable en la materia, la unidad responsable deberá de integrar
el informe de la cuenta pública del programa-componente, incorporando relación
definitiva de los beneficiarios en la que se precise: los apoyos devengados y
los recursos no devengados, enterados a
Los diagramas de flujo del proceso de cada uno de los energéticos agropecuarios están en los Anexos 25, 26, 27, 28 y 29 de este programa.
III.2. Para el componente de apoyo al Ingreso Objetivo, al Ordenamiento del Mercado y para Adquisición de Coberturas se determinan los siguientes procesos de operación general y específicos.
III.2.1. Para Ingreso Objetivo, la
población objetivo interesada en ser beneficiaria de estos apoyos realizará un
solo trámite que se denomina “Trámite de Inscripción y Pago del Apoyo
Complementario al Ingreso”, que considera la entrega de
La mecánica operativa que deberá seguir el interesado se presenta en el Anexo 34 y 35 (Proceso de Operación Específico para el Ingreso Objetivo) de este programa.
III.2.2. Para Ordenamiento del Mercado, la población objetivo interesada en ser beneficiaria de estos apoyos realizará dos trámites:
a) El primero corresponde al trámite de inscripción al tipo de apoyo que solicite, que considera la solicitud de inscripción (Anexo 47), con la documentación determinada en el apartado A de la fracción II.2.1.2 y la documentación adicional señalada en el Anexo 46 de este programa.
b) El segundo es el trámite de solicitud de pago del apoyo (Anexo 48), con la documentación específica establecida en el Anexo 45 de este programa. En caso de que el apoyo resulte a favor del productor, el pago deberá solicitarse a través del Anexo 37.
La mecánica operativa que deberá seguir el beneficiario se presenta en el Anexo 41, 42, 43 y 44 (Proceso de Operación para Ordenamiento del Mercado) de este Programa.
III.2.3. Para Adquisición de Coberturas, la población objetivo interesada en ser beneficiaria de estos apoyos realizará un solo trámite, que considera la entrega de la solicitud de cobertura (Anexo 57) y, en caso de ser de nuevo ingreso, deberá entregar también la solicitud de registro de inscripción (Anexo 56), con la documentación establecida en el apartado A de la fracción II.2.1.2 y la documentación adicional del Anexo 55, de este programa.
La mecánica operativa que deberá seguir el interesado se presenta en el Anexo 53 y 54 (Proceso de Operación para Adquisición de Coberturas), de este programa.
III.3.- Indicadores.
Para medir el cumplimiento del objetivo específico de este programa que corresponde al propósito de la matriz de indicadores para resultados, se establecieron indicadores de eficacia que están orientados a medir el efecto directo por la entrega de los apoyos a los beneficiarios. Adicionalmente, se establecieron indicadores que miden las características de los tipos de apoyo.
OBJETIVOS |
INDICADORES |
FRECUENCIA DE MEDICION |
Productores agropecuarios y pesqueros obtienen mayores márgenes de operación |
Tasa de variación del ingreso neto de los productores beneficiarios de los apoyos a la comercialización |
Anual |
Porcentaje de reducción de los costos de producción de los productores en diesel marino |
Anual |
|
Porcentaje de reducción de los costos de producción de los productores en diesel agropecuario |
Anual |
|
1. Apoyo temporal a los costos de los insumos energéticos, entregados. |
Porcentaje promedio de reducción en los costos de los insumos energéticos agropecuarios y pesqueros (diesel agropecuario, marino y gasolina ribereña) |
Trimestral |
2. Apoyos temporales a los costos de comercialización de granos y oleaginosas, otorgados. |
Porcentaje de volúmenes excedentarios y/o con problemas de comercialización apoyados con respecto al total producido |
Trimestral |
3. Adquisición de coberturas de precios de los productos apoyados |
Porcentaje del volumen comercializado de cultivos elegibles que es cubierta anualmente con cobertura de precios por el programa (por ciclo agrícola, por estado, por producto). |
Trimestral |
4. Apoyos temporales para fomentar el uso de los esquemas de agricultura por contrato, otorgados. |
Porcentaje del volumen comercializado de cultivos elegibles que es cubierta anualmente con agricultura por contrato por el Programa (por ciclo agrícola, por estado, por cultivo). |
Trimestral |
5. Apoyo temporal para la compensación de ingresos de los productores, entregados. |
Porcentaje promedio de compensación del ingreso de los productores de granos y oleaginosas beneficiarios (per cápita) (por cultivo). |
Trimestral |
Artículo 19.- Programa de Atención a
Contingencias Climatológicas.
Fracción I. Objetivo Específico.- Apoyar
a productores agropecuarios, pesqueros y acuícolas de bajos ingresos para
reincorporarlos a sus actividades productivas en el menor tiempo posible ante
la ocurrencia de contingencias climatológicas atípicas, relevantes, no
recurrentes e impredecibles.
Fracción II. Lineamientos.
II.1. Población Objetivo.- Productores agropecuarios, pesqueros y acuícolas del medio rural de bajos ingresos, que se vean afectados en sus activos productivos elegibles por fenómenos climatológicos atípicos, relevantes, no recurrentes e impredecibles, definidos conforme al Anexo 70 de este programa, que además cumplan con los siguientes requisitos:
Ubicarse
en municipios incluidos en el Diagnóstico Climatológico emitido por
II.1.1. Productores Agrícolas.
a) Productores de cultivos anuales de
hasta
b) Productores con cultivos perennes,
plantaciones de frutales perennes, café o nopal de hasta
II.1.2. Productores Pecuarios.
Productores con un hato ganadero de hasta 40 Unidades Animal de ganado mayor (bovino) o su equivalente en ganado menor, conforme a lo siguiente: 1 Unidad Animal de ganado mayor = 1 equino; 5 ovinos; 6 caprinos; 4 porcinos; 100 aves; o 5 colmenas.
Para
cualquier otra especie animal no incluida en el párrafo anterior y para la cual
se soliciten apoyos del programa, se deberá consultar
II.1.3. Productores Pesqueros.
Productores
pesqueros con una embarcación menor a
II.1.4. Productores Acuícolas.
Productores acuícolas con una capacidad productiva de hasta 5 toneladas anuales de producto fresco o hasta 50,000 piezas anuales de otras especies. La unidad de medida para efecto de los montos de apoyo será por hectárea en el caso de sistemas extensivos o semi-intensivos y por unidad acuícola en sistemas intensivos y en el cultivo de moluscos; considerando que: 1 Unidad Acuícola = 1 jaula; 1 estanque; o 15 módulos de canastas.
II.2. Beneficiarios.
II.2.1. Requisitos.-
Asimismo,
deberá presentar a
En
el caso de que
II.2.2. Procedimiento de Selección.- La
integración del padrón de productores afectados elegibles que sustenta el Acta
de Diagnóstico de Daños, será responsabilidad de
El padrón de productores afectados se integra mediante los formatos del Anexo 69 de este programa, según corresponda a las actividades agrícola, pecuaria, acuícola o pesquera.
Asimismo,
cualquier solicitud de apoyos directos o para la contratación del Seguro
Agrícola, Pecuario, Acuícola o Pesquero Catastrófico, debidamente integrada, se
someterá al análisis de
II.3. Características de los apoyos (tipo y monto).
Los apoyos del Programa son de carácter temporal y los Recursos Federales que se otorgan son complementarios a las aportaciones de las Entidades Federativas.
El Programa otorga apoyos directos en efectivo o cheque nominativo: a) por hectárea a los productores agrícolas, por unidad animal a los productores pecuarios, por embarcación a los pescadores; así como por hectárea y unidad acuícola a los productores acuícolas; y b) para la contratación de esquemas de Seguro Agrícola, Pecuario, Acuícola o Pesquero Catastrófico.
Características de los apoyos (Montos de apoyo - Activos productivos
elegibles).
Componente de Apoyo |
Unidad de Medida |
Cantidad Máxima de Apoyo |
Monto Unitario |
Coparticipación Federal-Estatal |
A. Actividad
Agrícola. |
|
50% Federal y 50 % Estatal. |
||
I. Cultivos Anuales. |
$/Ha |
Hasta 5 Has./Productor |
$900/Ha |
|
II. Cultivos Perennes. |
$/Ha |
Hasta 5 Has./Productor |
$900/Ha |
|
III. Plantaciones de Frutales perennes (1) y cultivos de café y nopal. |
$/Ha |
Hasta 5 Has./Productor |
Hasta $5,000 /Ha |
|
B. Actividad
Pecuaria. (2) |
Unidad Animal (U.A.) |
Hasta 40 U.A. en caso de suplemento alimenticio. |
$450 U.A |
|
Hasta 5 UA en caso de muerte. |
$950 /U.A |
|
||
C. Actividad
Pesquera. |
$/Embarcación |
Una embarcación/ Productor. |
$10,000/ Embarcación. |
|
D. Actividad
Acuícola. |
|
|
||
I. Sistema extensivo o semi intensivo. |
$/Ha |
Hasta 2 Has./Productor. |
$8,000 /Ha |
|
II. Sistema intensivo. |
$/ Unidad Acuícola |
Hasta 2 Unidades Acuícolas / Productor. |
$8,000 / Unidad Acuícola. |
|
III. Cultivo de moluscos. |
$/ Unidad Acuícola |
Hasta 2 Unidades Acuícolas / Productor. |
$1,000 / Unidad Acuícola. |
|
E.
Contratación de Seguro Agrícola, Pecuario, Acuícola y Pesquero Catastrófico(3). |
Por productor |
En temporal: hasta 20 has. para cultivos anuales y hasta 10 has. en otros cultivos. En riego: hasta 10 has. de cualquier cultivo. Hasta 40 U.A. con una suma asegurada de $450/U.A. (para suplemento alimenticio). Hasta 1 embarcación. Hasta 2 has. de acuacultura o hasta 2 unidades acuícolas. |
100% del monto de la prima. |
90%
Federal y 10% Estatal para municipios con alto y muy alto grado de
marginación. 75%
Federal y 25% Estatal para municipios con mediano, bajo y muy bajo grado de
marginación. |
(1) En el caso de plantaciones de frutales perennes y
cultivos de café y nopal, se requerirá de la evaluación de los daños en función
del desarrollo de la plantación, para lo cual se formulará y presentará un Plan
de Rehabilitación y/o Prevención, validado por
En el caso de la atención a contingencias por
granizadas y heladas se deberá presentar un Plan de Prevención para este tipo
de fenómenos, por lo que los productores beneficiarios recibirán los apoyos del
programa por única vez y no podrán ser nuevamente apoyados para la misma
contingencia.
(2) Se establece un apoyo de 450 $/U.A. para suplemento
alimenticio y de 950 $/U.A. en caso de muerte de la unidad animal.
(3) A efecto de determinar el porcentaje de
coparticipación estatal en el caso del componente de Seguro Agropecuario,
Acuícola y Pesquero Catastrófico, se tomará como base la clasificación del
índice de marginación socioeconómica de los municipios del país más reciente
que tenga CONAPO a disposición del público en general.
En el caso del Seguro Pecuario Catastrófico se podrá
asegurar una suma de $450/U.A. y hasta 40 U.A. por productor a efecto de cubrir
la suplementación alimenticia en caso de sequía, ciclón (en sus diferentes
manifestaciones) e inundación. Asimismo, en caso que el seguro pecuario sea
contratado sólo por
En el caso del Seguro Agrícola Catastrófico se podrá
asegurar en la modalidad de riego hasta 10 has. de cualquier tipo de cultivo
por productor. Asimismo, en caso que este seguro agrícola sea contratado sólo
por
II.4. Participantes.
II.4.1. Ejecutores.- La unidad
ejecutora será
II.4.2. Comisión Dictaminadora del
Programa.- Con el propósito de analizar las solicitudes que presenten las
Entidades Federativas, así como de emitir criterios y lineamientos sobre
cualquier asunto no previsto en estas Reglas de Operación,
La unidad responsable del Programa podrá revisar, en cualquier momento del proceso, el apego a la normatividad.
Fracción III.- Proceso.
Con
la finalidad de fortalecer y elevar la eficiencia de la operación del programa;
así como agilizar el proceso de gestión de los apoyos, el único medio de
atención será un sistema de operación y gestión electrónica, por lo que no se
atenderá ninguna solicitud por otra vía.
III.1. Para la instrumentación y
operación del Programa, se procederá conforme a lo siguiente:
1. Solicitud de Diagnóstico
Climatológico a
2. Presentación del Acta de Diagnóstico de Daños.
Para
aquellos municipios en los que se corrobore la ocurrencia de la contingencia
climatológica, en
El
Acta de Diagnóstico de Daños deberá presentarse y remitir a la unidad
responsable en un plazo máximo de 12 días naturales contados a partir del lunes
posterior a la emisión del Diagnóstico Climatológico de
- La primera por 7 días naturales, para cualquier tipo de contingencia climatológica.
- Sólo en el caso de contingencias climatológicas como la sequía o ciclón (en sus diferentes manifestaciones), al ser fenómenos meteorológicos que pueden ser de lenta manifestación, gran extensión territorial y para los cuales se puede requerir de un plazo mayor de tiempo para identificar el daño en los cultivos, se podrá otorgar una segunda prórroga de hasta 30 días naturales adicionales a la primer prórroga solicitada, siempre y cuando no exceda del día 15 de noviembre del año en el cual ocurrió la contingencia.
La integración del padrón de productores afectados elegibles deberá realizarse exclusivamente en los formatos que se establecen para tal efecto en el Anexo 69 de este programa. La información que no se entregue conforme a dichos formatos, se considerará como no presentada.
3. Solicitud de Recursos y de
Publicación de Declaratoria por Contingencia Climatológica a
Con
base en el Diagnóstico Climatológico emitido por
4. Dictamen de
El
dictamen emitido por
5. Anexos Técnicos del Convenio de Coordinación.
En
el marco del Convenio de Coordinación que
La
suscripción del Anexo Técnico del Convenio de Coordinación deberá realizarse en
un plazo máximo de 15 días naturales a partir de que se haya dado a conocer el
Dictamen de
6. Publicación de
En
base a la solicitud del C. Gobernador o el Jefe de
7. Radicación de Recursos Federales.
Para
proceder a la radicación de los Recursos Federales será requisito indispensable
que
La
cuenta bancaria donde se radiquen y/u operen los recursos federales del
programa deberá ser de tipo productiva; por lo que al final del ejercicio
deberán reintegrarse a
8. Anticipo de recursos federales.
El
Gobernador o Jefe de
En
este caso, será necesario que se cuente con el Dictamen de
El
restante 70% de los recursos federales estará condicionado al dictamen de
9. Instalación de
Con
la finalidad de llevar un adecuado seguimiento y control del ejercicio de los
recursos, conforme a los instrumentos jurídicos convenidos y lo que establecen
las presentes reglas, deberá integrarse y sesionar una CES al día siguiente a
la radicación de los recursos federales a
a) En los términos de estas Reglas de Operación, se obliga a
realizar su aportación e iniciar el pago de los apoyos a más tardar a los 20 días
hábiles posteriores a que se efectúe la radicación de los recursos federales;
de lo contrario deberán de reintegrarse a
b) El calendario de ejercicio de recursos y, en su caso, el Plan de Rehabilitación y/o Prevención no deberán exceder 3 meses calendario; al término de dicho plazo deberá llevarse a cabo el cierre de ejercicio del programa, y
c) Los recursos no ejercidos en dicho plazo deberán reintegrarse a
10. Seguro Agrícola, Pecuario, Acuícola o Pesquero Catastrófico.
La
solicitud de apoyo al programa para el caso del Seguro Agrícola, Pecuario,
Acuícola o Pesquero Catastrófico
deberá ser presentada por el C. Gobernador o Jefe de
A dicha solicitud se deberán anexar al menos dos propuestas con la siguiente información: los estudios que formule la empresa aseguradora para tal efecto; la información relacionada a los cultivos, la superficie, unidades animal, hectáreas de acuacultura, unidades acuícolas o embarcaciones a asegurar; los municipios considerados, los parámetros de riesgos climatológicos y la propuesta económica.
La suma asegurada se determinará en base a lo establecido en los montos de apoyo y porcentajes de coparticipación federal establecidos en las presentes Reglas de Operación. Sin embargo, las Entidades Federativas y los productores podrán incrementar la suma asegurada con respecto a los montos establecidos, siempre y cuando asuman por cuenta propia el costo adicional a dicho incremento en el costo de la prima y no exista duplicidad con otros programas federales que otorguen subsidio para la contratación de seguros agrícolas, pecuarios, acuícolas o pesqueros catastróficos.
Se deberá considerar para el Seguro
Agrícola, Pecuario, Acuícola o Pesquero Catastrófico, donde exista la
participación de los recursos del programa, que no se aceptará la aplicación de
coaseguros o deducibles a los productores, el pago de bonos de baja
siniestralidad o el pago de comisiones en su contratación.
Los tiempos para la presentación de las solicitudes de apoyo para el Seguro Agropecuario, Acuícola y Pesquero Catastrófico por las Entidades Federativas en el ejercicio fiscal vigente, son los siguientes:
● El periodo de recepción será hasta el 31 de marzo.
● El dictamen de
Una
vez recibida la información de manera completa, conforme a lo establecido en
las presentes Reglas de Operación, la unidad responsable del Programa la
presentará a
Una
vez aprobada y contratada por
Al respecto, con el fin de atender al mayor número de productores de bajos ingresos afectados por contingencias climatológicas y elegibles del apoyo del programa, se podrán indemnizar a los municipios que presenten los mayores desbalances regionales con respecto a: las afectaciones ocurridas por la contingencia, a los niveles de aseguramiento y a los niveles de indemnizaciones.
Adicionalmente, y a fin de
proteger al mayor número de productores,
Cuando las Entidades Federativas
se adhieran a la cobertura de seguro contratada por
El diagrama de estos dos
procesos se presenta en los Anexos 65, 66, 67 y 68 de este Programa.
Para el Seguro Agrícola,
Pecuario, Acuícola o Pesquero Catastrófico, en su modalidad de contratación
directa o adhesión por parte de los estados, en términos de lo establecido en
el artículo 23, fracción III de las presentes Reglas de Operación,
En caso de que no procedieran
indemnizaciones del seguro contratado, en un plazo máximo de dos meses
calendario posteriores al término de la vigencia del seguro, se deberá convocar
a
En caso de que procedieran
indemnizaciones del seguro, a más tardar 10 días hábiles posteriores a que se
concluya con el calendario de pagos de la última indemnización generada por el
Seguro Agropecuario Catastrófico (SAC), se deberá convocar a reunión de CES
para presentar el cierre operativo y a más tardar 60 días naturales a partir de
que se presente el cierre operativo del programa se deberá presentar el cierre
finiquito del mismo.
III.2. Indicadores.
Para medir el cumplimiento del objetivo de este programa, se establecieron indicadores de eficacia, eficiencia y calidad, correspondientes a los niveles de propósito y componentes de acuerdo a la matriz de indicadores para resultados.
OBJETIVOS |
INDICADORES |
FRECUENCIA DE MEDICION |
Reincorporación de productores de bajos ingresos a sus actividades productivas ante contingencias climatológicas. |
Potenciación de los recursos públicos (federal y estatal) ante la ocurrencia de contingencias climatológicas. |
Anual |
Porcentaje de productores apoyados que se reincorporan a su actividad productiva. |
Anual |
|
1. Apoyos entregados para asegurar activos productivos ante la ocurrencia de contingencias climatológicas. |
Porcentaje de superficie elegible asegurada ante la ocurrencia de contingencias climatológicas. |
Semestral |
Porcentaje de incremento de unidades animal aseguradas ante la ocurrencia de contingencias climatológicas. |
Semestral |
|
2. Apoyos directos entregados en tiempo conforme a norma para la atención de contingencias climatológicas. |
Promedio ponderado de días hábiles para la entrega de los apoyos a productores afectados por contingencias climatológicas. |
Anual |
Artículo 20.- Programa de Fortalecimiento a
Fracción I.- Objetivo Específico.- Apoyar la consolidación de formas de organización social y por sistema-producto representativas, para su efectiva participación consultiva en la instrumentación de políticas, planes y programas de desarrollo rural.
Fracción II.- Lineamientos.
II.1. Población Objetivo.- Serán elegibles para este programa:
II.1.1. Las organizaciones sociales del sector rural, legalmente constituidas, sin fines de lucro y cuyo objeto social contemple la representación de sus integrantes en los foros e instancias creadas para la participación del sector rural.
II.1.2. Comités sistema producto
nacionales, estatales y regionales, integrados de acuerdo a
II.2. Beneficiarios.
II.2.1. Requisitos.
Las organizaciones interesadas en participar del programa deberán acudir a la(s) ventanilla(s) de atención autorizada(s) en las presentes Reglas para cada componente, siempre y cuando cumplan con lo siguiente:
Tratándose de Organizaciones Sociales:
a) Estar legalmente constituidas;
b) Tener un objeto social que le permita desarrollar, entre
otras, las actividades previstas por el artículo 143 de
c) Haber transcurrido por lo menos tres años desde la fecha de su constitución;
d) Contar con representatividad en por lo menos cinco Estados
de
e) No perseguir fines de lucro ni de proselitismo partidista;
f) Tener
g) Documento comprobatorio emitido por institución bancaria que demuestre que la organización tiene una cuenta productiva;
h) Acuse del informe anual de actividades del ejercicio inmediato anterior presentado ante el Instituto Nacional de Desarrollo Social;
i) La carta finiquito correspondiente al último ejercicio, en caso de que la organización haya sido apoyada en el ejercicio anterior;
j) Tener un plan de trabajo de la organización, en los términos que se definen en las presentes Reglas de Operación, conforme al convenio de concertación y los términos de referencia que emita la unidad responsable;
k) Manifestar bajo protesta de decir verdad estar al corriente de sus obligaciones fiscales, y
l) Presentar solicitud en el formato del Anexo 74 de este programa.
Tratándose de Comités sistema producto:
a) Estar formalmente constituidos de acuerdo con la estrategia
definida por
b) Contar con una figura jurídica propia que reciba los apoyos o en su caso, reconocer alguna otra organización constituida bajo las formas legales de organización económica y social, que para tal efecto lo represente;
c) Contar con un Plan Anual de Fortalecimiento (PAF) acorde a su Plan Rector;
d) Manifestar bajo protesta de decir verdad estar al corriente de sus obligaciones fiscales;
e) Presentar en tiempo y forma la solicitud de apoyo ante la unidad responsable del programa;
f) Copia del acta constitutiva con sus estatutos y el nombramiento de los representantes legal, y
g) Copia de su CIF.
II.2.2. Procedimiento de Selección
(Criterios).
Para las organizaciones sociales:
a) Número y tipología de sus miembros, en donde será considerada la integración de mujeres, jóvenes, indígenas, discapacitados y personas de la tercera edad, así como el grado de representatividad;
b) Impacto social de su plan de trabajo, en donde será considerado el nivel de cobertura de sus actividades y beneficios directos para sus agremiados;
c) La orientación a resultados del plan de trabajo, conforme los términos de referencia que emita la unidad responsable;
d) Impacto social de la organización en el sector.
Para los Comités sistema producto:
a) Presentación en tiempo y forma de solicitudes;
b) Grado de avance de las acciones del plan rector;
c) Contenido de su plan anual de fortalecimiento en la operación y fortalecimiento del Comité;
d) Desempeño en los ejercicios anteriores.
De acuerdo con los criterios descritos, la unidad responsable correspondiente procederá conforme a lo siguiente:
a) Identificará las solicitudes que hayan cumplido con los requisitos exigidos por cada componente del programa;
b) Clasificará las solicitudes conforme el grado de cumplimiento de los criterios de selección;
c) Analizará el impacto social y económico del plan anual de fortalecimiento de dichas solicitudes, previamente identificadas y clasificadas;
d) Se realizará la ponderación de asignación de apoyos, conforme al grado de cumplimiento de los criterios de selección;
e) Se dictaminarán las solicitudes a apoyar y los montos asignados, y
f) El diagrama de flujo del procedimiento general de selección se ubica en el Anexo 62 de este programa.
II.3. Características
de los Apoyos (tipo y monto).
Organizaciones Sociales.
Se autorizará el apoyo para cada organización y hasta por un monto máximo de $5´000,000.00 (Cinco millones de pesos) por año. Este monto se asignará en función del grado de cumplimiento de los criterios de selección y los términos de referencia señalados.
Una vez autorizado el apoyo, si éste es diferente a lo solicitado, la organización deberá informar por escrito a la unidad responsable en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores a la notificación que se realice en los términos de la convocatoria correspondiente, la forma en la cual se adecuará el Plan de Trabajo, en función del apoyo autorizado. En el caso de que la organización no presente el Plan de Trabajo modificado en el término señalado, se cancelará el monto autorizado.
El plan de trabajo de las organizaciones solicitantes, tendrá que cubrir necesariamente los siguientes conceptos:
1. Profesionalización.- Correspondiente al pago de los gastos destinados al mejoramiento de las capacidades, conocimientos o habilidades en los ámbitos de organización y gestión de los profesionistas que le prestan sus servicios.
2. Equipamiento.- Este rubro contempla: adquisición de mobiliario y equipo de cómputo y de oficina; mantenimiento y conservación de instalaciones en cuyo concepto serán considerados los materiales de construcción, estructuras y manufacturas, materiales complementarios, material eléctrico y electrónico; programas de cómputo, refacciones y accesorios para el equipo de cómputo.
3. Difusión.- Gastos destinados a bienes y servicios relacionados con promoción de la organización; la ejecución de las actividades de la organización tales como congresos, foros, asambleas, mesas de trabajo y talleres, y
4. Gastos operativos.- Son aquellos derivados de la operación general de la organización y no imputables a los anteriores y hasta por un 30% del total del apoyo autorizado, adicionalmente deberán cumplir con los requisitos fiscales correspondientes.
Para el caso de que entre los conceptos que considere el plan de trabajo de la organización beneficiada se encuentre el equipamiento, ésta no podrá solicitar el apoyo para los mismos rubros en el ejercicio siguiente.
La
implementación de esquemas de fortalecimiento sobre la participación consultiva
en el medio rural, el procedimiento de selección, las prioridades estratégicas,
así como los instrumentos jurídicos y lineamientos de operación
correspondientes serán definidos por
Comités sistema producto.
Se otorgarán apoyos para constituir y fortalecer la capacidad de participación de los Sistemas Producto en el diseño de políticas, estrategias y programas, los siguientes conceptos y montos máximos podrán solicitarse de manera independiente, en los términos del Plan Anual de Fortalecimiento:
a) Conceptos de Apoyo.- Profesionalización, equipamiento, difusión, estudios de fomento a la competitividad, centros de servicios y operación del Comité. La definición y detalle de estos conceptos serán determinados por la unidad responsable.
b) Se podrá asignar por año hasta un máximo de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos) para los nacionales; y, $500,000 (Quinientos mil pesos) a los de cobertura estatal o regional, siempre y cuando la organización aporte o justifique haber aportado por lo menos el 15% del monto total de su Programa de Trabajo.
El costo de la formulación, actualización y seguimiento de los Planes Rectores se financiará con recursos que operará la unidad responsable y las Delegaciones en el nivel estatal.
II.4. Participantes.
II.4.1. Ejecutores.
Para el seguimiento y operación del programa, la unidad responsable podrá integrar una Comisión de Evaluación y Seguimiento conforme a la convocatoria que se emita.
Para
la operación y seguimiento del programa,
Fracción III.- Operación.
III.1. Proceso.
Para el Componente de Organizaciones
Sociales.
Concluido el periodo de recepción de solicitudes, la unidad responsable conforme a los criterios de evaluación que emita procederá a realizar el análisis cualitativo de éstas y sus anexos. En caso de que durante esta revisión se detectare alguna irregularidad o deficiencia en la documentación presentada, la organización de que se trate será prevenida por escrito y por única vez, a través de su representante designado en la solicitud, para que en el término máximo de 10 días hábiles aclare o regularice las deficiencias detectadas; con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se tendrá por no presentada su solicitud, devolviéndose los documentos que hubiere presentado.
Conforme al procedimiento de selección determinado en estas Reglas de Operación, se determinará los montos de apoyo que correspondan a las solicitudes dictaminadas procedentes.
Enterada la organización de la aprobación del apoyo que se determine, deberá en un término máximo de 30 días hábiles comparecer ante la unidad responsable a suscribir el convenio de concertación que corresponda, en la que se formalizarán las obligaciones adquiridas en los términos de estas Reglas de Operación.
El diagrama de flujo de este proceso de selección está en el Anexo 71 de este programa.
Para el Componente sistema producto.
Ventanilla
autorizada. Las organizaciones beneficiarias de los apoyos a los Comités
sistemas producto agrícolas deberán entregar las solicitudes en
Las
solicitudes presentadas por los comités nacionales y regionales serán dictaminadas
por
En el caso de las solicitudes estatales, el dictamen estará a cargo del órgano colegiado correspondiente, considerando lo establecido en las presentes Reglas.
Las
organizaciones nacionales y regionales beneficiadas deberán firmar con
En
el caso de los comités estatales, los recursos se proporcionarán mediante
esquemas de concertación que defina
El diagrama de flujo de este proceso de selección está en el Anexo 72 de este Programa.
III.2. Indicadores.
Para medir el cumplimiento del objetivo de este programa, se establecieron indicadores de eficacia con base en la matriz de indicadores para resultados, los cuales están orientados a medir el fortalecimiento de las organizaciones sociales y comités sistema producto.
OBJETIVOS |
INDICADORES |
FRECUENCIA DE MEDICION |
Organizaciones sociales y Comités Sistemas Producto fortalecidas/os |
Porcentaje de incremento de organizaciones sociales fortalecidas en relación con el año anterior. |
Anual |
Porcentaje de incremento de comités sistemas producto fortalecidos en relación con el año anterior. |
Anual |
|
1.- Organizaciones sociales del sector profesionalizadas en gestión organizacional |
Porcentaje de organizaciones sociales apoyadas que han incrementado el número de proyectos con dictamen positivo emitido por diferentes áreas de la Secretaría. |
Anual |
Porcentaje de incremento de personas agremiadas a las organizaciones sociales del sector apoyadas que han acudido a cursos y talleres |
Anual |
|
2.- Comités sistemas producto constituidos y operando con un Plan Estratégico. |
Porcentaje de los Comités sistema producto operando con planes rectores. |
Anual |
Porcentaje de líneas estratégicas del Plan Rector Nacional atendidas en comités agrícolas |
Anual |
Artículo 21. Derechos, Obligaciones y Sanciones.- Serán elegibles para acceder a los apoyos de los programas y sus componentes previstos en las presentes Reglas de Operación, sin distinción de género, raza, credo, ni condición socioeconómica o cualquier causa que implique discriminación, la población objetivo establecida en cada uno de ellos.
Todo
solicitante a cualquiera de los programas y componentes de las presentes Reglas
de Operación tiene derecho de recibir respuesta a su solicitud;
La simple presentación de la solicitud ante las ventanillas para el otorgamiento de apoyos, no crea derecho a obtener el apoyo solicitado, debe ser entregado al productor por el personal de la ventanilla receptora un talón con el folio de recibido, salvo el caso de condiciones especificas previstas en estas Reglas de Operación.
Es obligación del solicitante acudir a las ventanillas establecidas en las fechas publicitadas, y entregar la documentación requerida de acuerdo al programa o componente solicitado.
Los
solicitantes de apoyos para los que se establece como requisito la presentación
de un proyecto, tendrán derecho a contar con la asesoría de un técnico
especializado que les apoye en la elaboración de sus proyectos conforme a las
especificaciones del programa del que se solicitará el apoyo, para que sean presentados
en las ventanillas correspondientes, de requerirlo así, el primer apoyo que
deberán tramitar los solicitantes deberá ser el de formulación del proyecto del
componente de Capacitación y Asistencia Técnica del Programa de Soporte. Por su
parte,
Con
el propósito de apoyar a los habitantes rurales de las localidades de mayor
marginación y menor capacidad de gestión,
El beneficiario de un apoyo tiene el derecho de adquirir el bien o servicio apoyado con el proveedor que él libremente elija y tiene la obligación de hacerlo cumpliendo las características técnicas que cada programa exige, y a hacerlo efectivo en el plazo señalado para ello; además, deberá aportar la contraparte que en su caso le corresponda, utilizando los apoyos solamente para los fines autorizados y responsabilizarse del buen uso, conservación y/o mantenimiento de los bienes, de ser el caso, llevar a cabo las prácticas y recomendaciones que de manera concertada definan con los técnicos que brinden la asesoría y capacitación, a conservar y mantener las obras, los bienes muebles y prácticas durante el transcurso de su vida útil; así como a proporcionar la información requerida para poder georeferenciar la inversión realizada; y, permitir la supervisión y revisión de las acciones desarrolladas. Se obliga asimismo a otorgar las facilidades y proporcionar la información necesaria a las instancias de coordinación, supervisión y control de los niveles de gobierno facultados, para realizar visitas de inspección.
En
caso de incumplimiento del beneficiario de cualquiera de las obligaciones
señaladas en el párrafo anterior o del convenio correspondiente, previa
instauración del procedimiento administrativo, le podrá ser cancelado el apoyo
y requerida la devolución del mismo, y de proceder será registrado en el
directorio de personas físicas y/o morales que pierden su derecho de recibir
apoyos hasta en tanto no se subsane el incumplimiento detectado. Lo anterior,
sin perjuicio de otras acciones jurídicas y administrativas que emprenda
No
tendrá derecho a recibir apoyo cualquier persona física o moral que de manera
individual u organizada hubiera recibido apoyo de programas de
Los beneficiarios del programa podrán acceder a apoyos para un mismo proyecto en años sucesivos sólo para componentes o superficies diferentes, para ello deberán establecer el compromiso de realizar las inversiones y trabajos complementarios que se requieran. Lo anterior sin detrimento de aquellos apoyos que por su naturaleza deban de otorgarse en años subsecuentes, sujeto a evaluación y disponibilidad presupuestaria.
Artículo 22. Coordinación Institucional.-
Independientemente de la modalidad de ejecución de cada programa y/o
componente, la planeación y operación de los programas de
Recursos
federales operados por las Entidades Federativas.-
Programas
operados a través de Agentes Técnicos.- Para los programas y/o componentes que
opere
Programas
de ejecución a través de la estructura de
Tratándose
de programas operados directamente por Entidades coordinadas por
Artículo 23. Ejecución.
Fracción I.- Todos los programas
incluidos en las presentes Reglas de Operación están sujetos al presupuesto
autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de
Fracción II.- Para los programas y componentes convenidos con las Entidades Federativas para su concurrencia de recursos, con excepción de los que operan por convocatoria dirigida o convenio (como: SNIDRUS, Sanidades, Sistemas Producto y Transferencia de Tecnología), se aplicará el siguiente procedimiento para su ejecución:
Determinación
de ventanillas, fechas de apertura y cierre.- Las ventanillas serán al menos
De la misma manera las unidades ejecutoras emitirán las convocatorias en las que se deberá delimitar el tipo y características de los proyectos que tendrán prioridad de atención con base en sus líneas de acción estratégicas y/o Plan de Desarrollo Municipal o Estatal, priorizadas por el COMUNDER.
La apertura de ventanillas para la recepción de solicitudes de los programas y componentes en concurrencia de recursos será, para todo el territorio nacional, a más tardar el día quince de febrero y deberán permanecer abiertas el tiempo que el Comité Técnico del FOFAE determine, observando las fechas límites establecidas para la dictaminación y publicación de resultados, conforme a lo previsto en las presentes Reglas de Operación y la publicación de la convocatoria respectiva.
En el caso de que se presenten solicitudes incompletas o carentes de la documentación anexa, se otorgará un plazo de 10 días hábiles posterior a la notificación al solicitante para complementar la información faltante, en caso de que ésta no se reciba en el plazo señalado dicha solicitud se tendrá como no presentada. Con el propósito de agilizar los procesos, las solicitudes se empezarán a revisar en cuanto se den por ingresadas en las ventanillas, conforme a los criterios de cada programa o componente, por ello, será facultad del Comité Técnico del FOFAE definir los plazos internos para el flujo de solicitudes y expedientes entre ventanillas y áreas de apoyo al proceso.
En
los casos que se requiera,
Los calendarios de apertura de las ventanillas que requieran condiciones distintas a las previstas en este artículo y en su caso delegar esta atribución cuando corresponda a componentes o proyectos específicos a la unidad responsable correspondiente, así como su eventual modificación.
Dictamen
de las solicitudes.- Concluido el periodo para la recepción de las solicitudes,
en cada Entidad o Municipio se llevará a cabo, a más tardar durante los dos
meses siguientes, el proceso de dictamen conforme al procedimiento de selección
de beneficiarios aplicable al programa y componente correspondiente. Para los
programas y/o componentes en concurrencia de recursos
De
En
esta reprogramación se respetarán los porcentajes establecidos en el
Presupuesto de Egresos de
Publicación
de resultados.- A más tardar, el primer día hábil de la semana siguiente a la
conclusión del proceso de dictamen, cada unidad ejecutora, deberá publicar en
el medio oficial de difusión y en un diario de mayor circulación de las respectivas
Entidades Federativas, incluyendo su página electrónica y listados impresos en
las ventanillas, la relación de proyectos y folios apoyados y no apoyados;
señalando para los primeros el plazo y forma específica para hacer efectivos
los apoyos que le fueron autorizados. Los interesados que hubieran presentado
solicitudes de apoyo, por este hecho y con base en lo dispuesto en el artículo
35 de
En el caso del componente de Asistencia Técnica y Capacitación del Programa de Soporte los periodos de análisis de las solicitudes y dictaminación se deberán adelantar en función de las necesidades de las estrategias de asistencia técnica que se promuevan en los estados.
Asimismo, deberá señalarse que los proyectos que no pudieron ser apoyados en el ejercicio del que se publican los resultados, deberán volver a ser presentados, de así considerarlo el solicitante, al año siguiente en las ventanillas y plazos establecidos, en caso de seguir solicitando el apoyo, salvo lo dispuesto en el artículo décimo transitorio de las presentes Reglas de Operación.
Entrega de los apoyos.- La entrega y/o pago de los apoyos deberá concluir a más tardar el último día hábil de noviembre del ejercicio fiscal en operación. Sin embargo, tratándose de proyectos que por su complejidad ameriten excepcionalmente tiempos de construcción o plazos de proveeduría que rebasen el límite señalado, el compromiso formal de la entrega de los apoyos e inicio de su aplicación podrá hacerse mediante la firma de un convenio de concertación que considere el número de ministraciones necesarias para garantizar el control de avances, tiempos y procedimientos de control hasta la conclusión del proyecto, pero el plazo de entrega no podrá rebasar el último día hábil de marzo del año siguiente al que corresponde al apoyo.
En el acto de entrega de los apoyos o a la conclusión de las inversiones en los proyectos señalados en el párrafo previo, se suscribirá el acta de entrega-recepción.
Desistimiento o Acta administrativa.- El beneficiario se tendrá por desistido si no demuestra contar con recursos para la inversión de su contraparte en el proyecto en un plazo de 30 días naturales después de haber sido notificado como lo establecen estas Reglas de Operación de su dictamen positivo a la solicitud presentada. Cuando este supuesto no ocurra, el Comité Técnico del FOFAE deberá levantar, al término del plazo de entrega o formalización de los apoyos, un acta administrativa en la que se relacionen los casos no desistidos formalmente por el beneficiario, dándolos en dicho acto por formalmente desistidos y los montos del programa que quedarán disponibles.
Reasignación de apoyos no ejercidos.- Los recursos que a más tardar al 15 de noviembre del ejercicio fiscal en operación no se encuentren devengados (por no asignación a los beneficiarios aprobados como positivos, documentados por carta de desistimiento o acta administrativa) y aquellos que estén disponibles por otras causas (como disminución de precios o costos de los apoyos aprobados) se sumarán a los productos financieros derivados del principal de este programa, una vez descontado el pago de servicio de la cuenta. El resultado de esta agregación formará el total de recursos a reasignar a otros proyectos/beneficiarios, considerando el orden de ubicación inmediato en el proceso de dictamen desarrollado en la primera etapa; este proceso deberá llevarse a cabo a partir del 16 de noviembre de cada ejercicio fiscal.
Publicación del segundo bloque de folios de beneficiarios.- A más tardar el 23 de noviembre, cada unidad ejecutora deberá publicar en los medios disponibles, que incluyan al menos su página electrónica y relaciones impresas en las ventanillas, la relación complementaria de proyectos y folios de beneficiarios apoyados, diferenciados por género.
Los beneficiarios aprobados en esta segunda etapa y las Entidades Federativas dispondrán de un plazo, que no podrá exceder del 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, para pagar y aplicar los apoyos o formalizar el compromiso, mediante el instrumento jurídico correspondiente. Para iniciar la aplicación de los apoyos cuando el proyecto, por su complejidad, lo amerite; en este último caso, la aplicación deberá concluir a más tardar el último día hábil de marzo del año siguiente al que corresponde el apoyo.
El
procedimiento descrito se aplicará en lo general, no obstante si alguna entidad
federativa considera que adicional a este proceso, existen apoyos específicos
que por sus características requieran fechas de apertura de ventanilla
adicionales a las señaladas, para esos casos, previa validación del FOFAE, la
entidad federativa suscribirá con la delegación de
Fracción III.- Avances
Físico-Financieros. La unidad ejecutora será responsable de llevar el control y
registro detallado de la aplicación de los recursos y el avance pormenorizado
de las metas de cada programa o componente, así como de la elaboración y envío
a la unidad responsable correspondiente de
Para los programas y componentes de concurrencia de recursos la información deberá cargarse y mantenerse actualizada permanentemente en el SURI, que es la fuente oficial para el flujo de información de avances físico-financieros, por lo que cada Delegación será responsable de que se cumpla este proceso y de notificar mensualmente al área normativa central correspondiente que la información cargada se ha revisado y validado por su parte.
Los
informes mensuales deberán generarse con fecha de corte al día último hábil del
mes que se informa y entregarse a la unidad responsable correspondiente
validados por
El informe mensual correspondiente al mes de diciembre de cada ejercicio fiscal deberá acompañarse de un listado detallado de los recursos pagados y devengados de cada programa/componente, que deberá incluir las relaciones de beneficiarios respectivas clasificados por género, los montos pagados, así como los autorizados en proceso de pago a cada beneficiario.
La unidad responsable deberá concentrar y analizar dicha información para la toma oportuna de decisiones y su envío a las autoridades competentes conforme a las legislaciones federales vigentes.
Fracción IV.- Evidencia documental de la entrega de Apoyos.- Para el caso de Programas y/o componentes que operan apoyos directos o mediante un padrón de beneficiarios, a través de medios electrónicos de pago a la cuenta (Sistema Bancarizado) o medio de disposición de cada beneficiario, de manera nominativa o en bloque con apoyo de un intermediario financiero, la documentación que avala la entrega-recepción de los apoyos se constituirá con la orden de depósito de la unidad ejecutora del gasto y con los reportes o informes que emita el Intermediario Financiero al ejecutor del gasto.
Tratándose de subsidios aplicados a través de convenios con los beneficiarios y/o sus representantes legales, la documentación que avala el acta de entrega-recepción de apoyos serán los presentados por estos últimos y la comprobación de la erogación del recurso público de parte de la unidad ejecutora, con independencia del seguimiento que hasta el finiquito de los mismos llegase a corresponder.
Para
el caso de la entrega-recepción de apoyos físicos, después de la conclusión de
cada obra o la entrega del (los) apoyo(s) autorizado(s) a un beneficiario, sea
persona física o moral, se suscribirá con éste un acta de entrega-recepción, en
la que deberán participar para el caso de la modalidad 2 al menos la unidad
ejecutora y el beneficiario; y para la modalidad 1 los representantes
institucionales que acuerde el Comité Técnico del FOFAE dando constancia de la
entrega del bien o servicio.
El acta deberá manifestar de manera explícita los compromisos que asume el beneficiario conforme se establece en el artículo 21 de estas Reglas de Operación, de presentarse alguna irregularidad en la obra, apoyo o servicio, quien lo reciba, podrá no firmar o firmar el acta de manera condicionada y anotar en ella las razones de dicha inconformidad. Además se indicarán los plazos acordados por las partes para solventar las observaciones a que dé lugar dicha observación.
La documentación que avala la entrega-recepción de apoyos deberá formar parte del expediente correspondiente. Es responsabilidad de la unidad ejecutora su resguardo para los efectos legales, por el tiempo que establece la normatividad aplicable.
Fracción V.- Operaciones a través de las Entidades Federativas.- En este caso, debe observarse lo siguiente:
Cierre
de Cuenta Pública.- En cumplimiento de la legislación en la materia, las
Entidades Federativas deberán integrar el informe de la cuenta pública del
programa con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre, en la
que se especificarán los recursos pagados, devengados y los no devengados
enterados a
Entrega
oficial del Informe para la integración de
Entero
a
Cierre
finiquito.- A más tardar el último día hábil de marzo del año siguiente al
ejercicio que se reporta, deberá suscribirse un acta de cierre finiquito entre
Fracción VI.- En el caso de los programas operados a través de las Entidades Federativas o Agentes Técnicos, los productos financieros generados por cada programa deberán aplicarse de acuerdo con el siguiente orden de prioridades: a) el pago de los servicios fiduciarios y el de la cuenta bancaria b) auditorías externas; c) pago de publicación de convocatorias y papelería oficial, y d) el incremento de las metas en los conceptos autorizados en cada programa o componente.
Para el caso de la ampliación de las metas, las acciones adicionales realizadas deberán reportarse en forma separada de las alcanzadas con los recursos federales originalmente convenidos.
Artículo 24. Auditoría, Control y
Seguimiento.- Los recursos que la federación otorga para los programas y/o
componentes podrán ser revisados en cualquier momento por
Las
Entidades Federativas y los FOFAES deberán facilitar la fiscalización que
realice la auditoría superior de la federación respecto de los recursos
federales que administren o ejerzan de conformidad con los procedimientos
establecidos en
Como resultado de las acciones de auditoría que se lleven a cabo, la instancia de control que las realice mantendrá un seguimiento interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en tiempo y forma de las anomalías detectadas, hasta su total solventación.
Tanto
Lo
anterior, sin prejuicio de que
Las
responsabilidades administrativas, civiles o penales derivadas de afectaciones
a
Artículo 25. Evaluación Externa del
Desempeño de los Programas.- Conforme lo establece el artículo 134 de
Para
el caso de los recursos concurrentes con las Entidades Federativas,
Esta
información será utilizada para evaluar los resultados del gasto, y será tomada
en cuenta para las asignaciones del presupuesto en cada entidad federativa por
parte de
La
evaluación externa del desempeño de los programas deberá realizarse, por
conducto de instituciones académicas y de investigación, personas físicas o
morales especializadas en la materia u organismos especializados, de carácter
nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en las
respectivas materias de los programas; y de acuerdo a los términos de las
disposiciones generales emitidas por
El
titular de
En caso de que las evaluaciones externas nacionales o estatales requieran realizar encuesta a beneficiarios, éstas deberán iniciarse una vez alcanzado, al menos el 50% de los recursos entregados a los beneficiarios; por lo que el ejercicio de los recursos destinados a las evaluaciones estarán en función del calendario establecido en los lineamientos generales que para tal efecto emita la unidad responsable.
Artículo 26. Transparencia.
Fracción I.- Difusión y Promoción.-
Para realizar las tareas de difusión de los diferentes programas que coordina,
La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de estos Programas / componentes, deberán incluir la siguiente leyenda:
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
Todas las unidades ejecutoras de los programas comprendidos en estas Reglas de Operación deberán publicar una relación que contenga todos los folios de apoyo que fueron recibidos, separando las solicitudes que recibieron el apoyo de aquellas de las que no. Estas relaciones deberán publicarse, al menos, en la página electrónica de la unidad ejecutora y en cada una de las ventanillas en las que se recibieron las solicitudes.
La
información de los montos y los folios beneficiarios clasificados por género de
los programas o componentes operados a través de Entidades Federativas deberá
ser publicada por el ejecutor del gasto en
La
información de los montos y folios de beneficiarios clasificados por género de
los programas y/o componentes operados de manera directa por la estructura de
Fracción II.- Gastos de operación y
evaluación.- Con cargo al presupuesto original autorizado a cada programa se
podrá utilizar hasta el 4 por ciento para gastos de operación, el 0.7% para la
evaluación externa tanto para la modalidad 1, como para la modalidad 2. Para
ambas modalidades del total de recursos destinados a gastos de operación, al
menos el 25% y hasta el 50% se asignará al Programa de Desarrollo Institucional
en Delegaciones, Distritos de Desarrollo Rural y Centros de Apoyo al Desarrollo
Rural (PDI), en los términos que establezca
Para
el caso de los recursos a ejercer conjuntamente con las Entidades Federativas
previstas en el Anexo Técnico correspondiente, o de proyectos estratégicos
autorizados para su ejecución a través de Agentes Técnicos, del total de los
recursos convenidos se destinarán hasta un 4 por ciento para cubrir los gastos
de operación, de los cuales al menos un punto porcentual (25% de los gastos de
operación) corresponderá a recursos a distribuir a las ventanillas. En el caso
de recursos concurrentes con Entidades Federativas, los tres puntos remanentes
serán distribuidos en hasta el 60 por ciento que serán ejercidos por
Fracción III.- Contraloría Social.- La contraloría social estará a cargo de los miembros de la comunidad, incluidos los integrantes del Comité o instancia asociativa de hombres y mujeres beneficiarios.
Con el propósito de incorporar a la ciudadanía en el control, vigilancia y evaluación de los programas, la unidad ejecutora del gasto promoverá la contraloría social con base en la normatividad establecida para tal efecto, fomentando acciones que transparenten la operación del programa en cuestión.
Las acciones a fomentar por parte de la contraloría social serán las siguientes:
a) Informar a la ciudadanía acerca de los apoyos otorgados y su costo a nivel de obra, acción, nombre de los beneficiarios clasificados por género, derechos y obligaciones de los mismos;
b) Capacitar a los beneficiarios para que se constituyan en instancias de vigilancia y evaluación social;
c) Establecer espacios de comunicación (reuniones vecinales, atención directa a beneficiarios);
d) Promover la integración de organizaciones de la sociedad civil en acciones de contraloría social, y
e) Instrumentar mecanismos de captación y atención de quejas y denuncias.
Artículo 27. Equidad de Género.- Todos
los programas que contienen padrones de beneficiarios generarán información
desagregada por género, grupo de edad, región del país, entidad federativa y
municipio, así como el monto de los recursos ejercidos en base a dichos
resultados se instrumentarán acciones que disminuyan la brecha de desigualdad
entre mujeres y hombres. Dicha información deberá actualizarse permanentemente
y publicarse trimestralmente en la página electrónica de
Los indicadores de resultados deberán desagregarse por género y por grupo de edad, a efecto de que pueda medirse el impacto y la incidencia de los programas de manera diferenciada en las relaciones entre mujeres y hombres.
Artículo 28. Quejas y Denuncias.- Los
beneficiarios y la ciudadanía en general podrán presentar por escrito sus
inconformidades, quejas y denuncias, con respecto a la ejecución de estas
Reglas directamente ante el Organo Interno de Control de
Los datos para quejas y denuncia en cada entidad federativa deberán aparecer en el talón que se entrega al solicitante con el folio de recibido.
Las
quejas y denuncias podrán realizarse por escrito, vía internet (http://www.funcionpublica.gob.mx/index.php/denuncia.html,
o bien, http://web2.tramitanet.gob.mx/JSP/secodam/quejas/Dquejaodenuncia.jsp),
vía correo electrónico (contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
y quejas@funcionpublica.gob.mx)
o vía telefónica al 01 800 90 61 900 (Area de Quejas del OIC en
En
caso de que se realicen las inconformidades, quejas y denuncias ante las
Contralorías de las Entidades Federativas, éstas se obligan a notificar a
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2010.
SEGUNDO. Los Lineamientos publicados en
el DOF, respecto a los programas y componentes de
TERCERO. La orientación de los programas de las presentes Reglas de Operación considera la incorporación de criterios con un enfoque territorial, se favorecen y dan impulso a la competitividad de la actividad económica de los productores de las diversas ramas productivas y del sector rural en su conjunto, con el propósito de generar las condiciones para alcanzar el nivel de desarrollo y bienestar que señalen el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial y el Programa Especial Concurrente.
CUARTO.
QUINTO. A efecto de dar cumplimiento al
artículo 36 del Decreto de Presupuesto de Egresos de
SEXTO. Para el caso particular del
2010,
SEPTIMO. Para los programas y
componentes cuya operación no tenga prevista concurrencia de recursos con las
Entidades Federativas, de así determinarse por
OCTAVO. Los recursos y las acciones
destinadas a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales, deberán
apegarse a los lineamientos y mecanismos que emitan
NOVENO. Los apoyos agrícolas y pecuarios del Programa de Activos Productivos en su componente de Desarrollo Rural deberán apegarse a la normatividad y especificaciones técnicas emitidas por las unidades responsables de agricultura, ganadería, pesca y acuacultura en su caso.
DECIMO. En caso de que por
insuficiencia presupuestal, en el ejercicio fiscal anterior se hubieran dejado
de atender solicitudes dictaminadas como positivas correspondientes a activos
productivos considerados como estratégicos en las prioridades nacional y
estatal, para su atención inmediata, se podrá destinar hasta un cincuenta por
ciento (50%) del presupuesto en concurrencia de recursos en 2010 del Programa
de Activos Productivos en cada entidad, una vez que se hayan suscrito los
documentos jurídicos correspondientes entre
DECIMO PRIMERO. Lo dispuesto en el
Artículo 15, fracción II Lineamientos, inciso II.1 Población Objetivo, párrafo
cuatro, será aplicable una vez transcurridos 15 días a partir de que
México, D.F., a 21 de diciembre de 2009.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Francisco Javier Mayorga Castañeda.- Rúbrica.
INDICE DE ANEXOS
PROGRAMA DE ADQUISICION DE ACTIVOS PRODUCTIVOS.
Anexo 1. Diagrama de flujo del procedimiento de selección del programa de adquisición de activos productivos.
Anexo 2. Diagrama de flujo del proceso del programa de adquisición de activos productivos.
Anexo 3. Solicitud de única de apoyos para programas y componentes en concurrencia de recursos.
Anexo 4. Base de datos de solicitantes individuales, integrantes de organizaciones económicas o grupos-comunitarios aspirantes a apoyos de programas y componentes en concurrencia de recursos.
Anexo 5. Base de datos para organizaciones económicas o grupos-comunitarios.
Anexo 6. Guión para la elaboración de proyectos de inversión del programa de adquisición de activos productivos.
Anexo 7. Proyecto simplificado para el programa de adquisición de activos productivos.
Anexo 8. Sistema de calificación para priorizar proyectos productivos de inversión del programa de adquisición de activos productivos.
Anexo 9. Formato Tipo de Notificación de Autorización al Solicitante del Apoyo.
Anexo 10. Formato Tipo de Acta Entrega-Recepción.
PROGRAMA DE INDUCCION Y DESARROLLO DEL
FINANCIAMIENTO AL MEDIO RURAL.
Anexo 11. Diagrama de flujo del proceso de selección del programa de inducción y desarrollo del financiamiento al medio rural.
Anexo 12. Diagrama de flujo del proceso del programa de inducción y desarrollo del financiamiento al medio rural.
Anexo 13. Solicitud de apoyo para el programa de inducción y desarrollo del financiamiento al medio rural en el componente de apoyo para la constitución de intermediarios financieros.
Anexo 14. Solicitud de apoyo para el programa de inducción y desarrollo del financiamiento al medio rural en el componente de apoyo a instrumentos de inducción y desarrollo del financiamiento.
Anexo 15. Constitución de garantía. Desglose de línea de crédito para el programa de inducción y desarrollo del financiamiento al medio rural en el componente de apoyo a instrumentos de inducción y desarrollo del financiamiento.
PROGRAMA DE USO SUSTENTABLE DE RECURSOS
NATURALES PARA
Anexo 16. Diagrama de flujo del proceso de selección del programa de uso sustentable de recursos naturales para la producción primaria.
Anexo 17. Diagrama de flujo del proceso del programa de uso sustentable de recursos naturales para la producción primaria.
Anexo 18. Características de los solicitantes del programa de uso sustentable de recursos naturales para la producción primaria.
Anexo 19. Guión para la elaboración de proyectos del programa de uso sustentable de recursos naturales para la producción primaria.
Anexo 20. Cédula de evaluación de proyectos del programa de uso sustentable de recursos naturales para la producción primaria.
Anexo 21. Regiones, especies, géneros, cultivos, acuíferos, sistemas lagunarios costeros y de aguas interiores y ordenamiento pesquero y acuícola de mayor prioridad de atención por el grado de deterioro, sobre explotación o de escasez que resultan los recursos productivos primarios contemplados en el programa de uso sustentable de recursos naturales para la producción primaria.
PROGRAMA DE SOPORTE.
Anexo 22. Diagrama de flujo del proceso de selección del programa de soporte.
Anexo 23. Diagrama de flujo del procedimiento de selección del componente de sanidad e inocuidad del programa de soporte.
Anexo 24. Diagrama de flujo del proceso del programa de soporte.
PROGRAMA DE ATENCION A PROBLEMAS
ESTRUCTURALES (APOYOS COMPENSATORIOS).
Anexo 25. Diagrama de flujo para la inscripción a diesel agropecuario del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente energéticos agropecuarios.
Anexo 26. Diagrama de flujo para la reinscripción a diesel agropecuarios del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente energéticos agropecuarios.
Anexo 27. Diagrama de flujo para la inscripción/reinscripción a diesel marino del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente energéticos agropecuarios.
Anexo 28. Diagrama de flujo para la inscripción a gasolina para pesca ribereña del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente energéticos agropecuarios.
Anexo 29. Diagrama de flujo para la reinscripción a gasolina para pesca ribereña del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente energéticos agropecuarios.
Anexo 30. Solicitud de inscripción/reinscripción al padrón de usuarios de diesel agropecuario del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente energéticos agropecuarios.
Anexo 31. Solicitud de inscripción al padrón de diesel marino del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente energéticos agropecuarios.
Anexo 32. Solicitud de inscripción al padrón de gasolina para pesca ribereña y acuícola del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente energéticos agropecuarios.
Anexo 33. Diagrama de flujo del procedimiento de selección para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ingreso objetivo.
Anexo 34. Diagrama de flujo de la operación para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ingreso objetivo.
Anexo 35. Proceso de operación para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ingreso objetivo.
Anexo 36. Requisitos específicos para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ingreso objetivo.
Anexo 37. Solicitud de inscripción y de pago del apoyo secretaria de agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación apoyos y servicios a la comercialización agropecuaria.
Anexo 38. Diagrama de flujo del procedimiento de selección de acceso a granos forrajeros del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 39. Diagrama de flujo del procedimiento de selección para almacenaje y flete y a la exportación de granos y oleaginosas elegibles del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 40. Diagrama de flujo del procedimiento de selección para agricultura por contrato del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 41. Diagrama de flujo del proceso de acceso a granos forrajeros del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 42. Diagrama de flujo del proceso de almacenaje y flete y a la exportación de granos y oleaginosas elegibles del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 43. Diagrama de flujo del proceso de agricultura por contrato del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 44. Proceso de operación del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 45. Requisitos específicos del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 46. Requisitos específicos del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 47. Solicitud de inscripción para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 48. Solicitud de pago del apoyo del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 49. Formato dictamen contable de auditor externo del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 50. Reporte de auditor externo para consumidores del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 51. Reporte de auditor externo para comercializadores del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente ordenamiento del mercado.
Anexo 52. Diagrama de flujo del proceso de selección del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 53. Diagrama de flujo del proceso para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 54. Proceso de operación del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 55. Requisitos específicos para coberturas de precios del programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 56. Solicitud de registro de inscripción para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 57. Solicitud de cobertura para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 58. Solicitud de liquidación de cobertura para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 59. Contrato de cesión de derechos para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 60. Notificación de compra de cobertura para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 61. Notificación de liquidación de cobertura para el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 62. Solicitud de pago al productor en el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 63. Solicitud de pago al productor con cesión de derechos en el programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente adquisición de coberturas.
Anexo 64. Escrito bajo protesta de decir verdad, de que a la fecha de la solicitud de los apoyos se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y que no tiene créditos fiscales firmes. Programa de atención a problemas estructurales (apoyos compensatorios) en el componente de apoyo al ingreso objetivo, al ordenamiento del mercado y para adquisición de coberturas.
PROGRAMA DE ATENCION A CONTINGENCIAS
CLIMATOLOGICAS.
Anexo 65. Proceso de selección para apoyos directos del programa de atención a contingencias climatológicas.
Anexo 66. Síntesis del proceso de gestión para apoyos directos del programa de atención a contingencias climatológicas.
Anexo 67. Proceso de selección para seguro catastrófico del programa de atención a contingencias climatológicas.
Anexo 68. Síntesis del proceso de gestión para seguro catastrófico del programa de atención a contingencias climatológicas.
Anexo 69. Formatos por actividad para el programa de atención a contingencias climatológicas.
Anexo 70. Definiciones del programa de atención a contingencias climatológicas.
PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A
Anexo
71. Diagrama de flujo del proceso de selección para organizaciones sociales del
programa de Fortalecimiento a
Anexo
72. Diagrama de flujo del proceso de selección para comités sistema producto
del programa de Fortalecimiento a
Anexo
73. Diagrama de flujo del procedimiento de selección del programa de
Fortalecimiento a
Anexo
74. Solicitud de apoyo del programa de Fortalecimiento a
INSTRUCTIVO
DE LLENADO DE
Recomendación general para el llenado del formato: El formato está desarrollado en una hoja de cálculo de "Excel" y podrá ser leído con versiones de este programa del año 1997 o más recientes, pero no deberá ser modificado por ningún motivo. Así mismo, utilice un renglón por cada miembro de la organización, grupo o solicitud individual; se requerirán tantos renglones como número de integrantes tenga el grupo u organización.
Número de Folio: No se llena por parte de la organización, esta parte es requisitada por la ventanilla.
Nombre de
Nombre del Proyecto: Anotar el nombre completo del proyecto para el cual se solicita el apoyo.
Nombre: De los 3 campos que conforman el concepto, anotar en el primero el Apellido Paterno; en el segundo campo anotar el Apellido Materno y, en el tercero el (los) Nombre (s) del solicitante.
CURP: Está conformado por 18 campos, para anotar en cada uno de ellos los 18 dígitos que la conforman (un dígito por campo).
Actividades Productivas: Está conformada por dos columnas para anotar la ocupación principal y la secundaria de cada solicitante. Al posicionarse en la celda desplegará 8 opciones; marque la que le corresponda a cada solicitante como ocupación principal y como ocupación secundaria. Invariablemente se deberán seleccionar ambos campos
Ingreso Anual: Se deberá elegir de las opciones desplegadas el ingreso total anual que percibe el solicitante exclusivamente de las actividades identificadas como Profesionista, Empleado, Comerciante y Dueño de Negocio, sin incluir los correspondientes a actividades primarias (Agricultor, Ganadero, Acuacultor o Pescador).
Superficie Propiedad del Productor: En los campos destinados a las hectáreas de Riego, las de Temporal, Agostadero y Forestal, anotar el número de hectáreas con una decimal. En el campo correspondiente a invernaderos anotar la superficie en metros cuadrados con una decimal y, el Total de hectáreas se sumará automáticamente.
Especies Pecuarias Propiedad del Productor: En los campos destinados a bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, colmenas, aves y otras especies anotar el número de estas que posee el productor, sin decimales.
Acuacultura y Pesca: En los campos destinados al volumen de producción acuícola en toneladas al año y en toneladas de pesca al año, anotar las cifras con una decimal, mientras que en el campo de número de piezas de otras especies producidas en acuacultura, anotar la cifra sin decimales.
Valor estimado de sus activos productivos en pesos. En este campo se requiere que los solicitantes declaren la estimación del valor que le dan a los activos que declaran poseer.
Observaciones: Este espacio consta de
cinco campos. En el primero de ellos anotar el nombre del Municipio al que
pertenece la localidad del solicitante; en el segundo campo anotar el nombre de
la localidad donde radica cada solicitante; el tercero de los campos no deberá
ser llenado por la organización solicitantes, mismo que será llenado por la
ventanilla al momento de sistematizar la información; en el cuarto de los
campos anotar el nombre de
Comentario Adicional
El formato permite como máximo 50 integrantes; de requerirse más renglones para anotar a los solicitantes de un mismo proyecto, utilizar las hojas con el número progresivo correspondiente.
1. Resumen Ejecutivo (Técnico, Financiero y
Organizacional)
2. Objetivos y Metas.
3. Análisis y diagnóstico de la situación
actual y previsiones sin el proyecto.
4. Aspectos Organizativos.
a. Antecedentes
b.
c. Tipo de constitución de la organización
d.
e. Consejo Directivo
f.
g. Perfil requerido y capacidades de los directivos y operadores
h.
i. Relación de socios.
j.
k. Inventario de Activos Fijos (construcciones, terrenos agrícolas y ganaderos, inventarios de equipos, semovientes y otros).
l.
m. Descripción de estrategias que se adoptarán para facilitar la integración a la cadena productiva y comercial.
n.
5. Análisis de Mercados
a. Descripción y análisis de materias primas, productos y subproductos (presentación, empaque, embalaje; naturaleza, calidad, atributos y necesidades que satisface).
b.
c. Características de los mercados de los principales insumos y productos.
d.
e. Canales de distribución y venta.
f.
g. Condiciones y mecanismos de abasto de insumos y materias primas.
h.
i. Plan y estrategia de comercialización.
j.
ii. Estructura de precios de los productos y subproductos, así como políticas de venta.
iii. Análisis de competitividad.
f. Cartas de intención y/o contratos de compra y venta de materias primas y productos.
6. Ingeniería del Proyecto
a. Localización y descripción específica del sitio del proyecto
b. Descripción técnica del proyecto
i. Componentes del proyecto (infraestructura, equipos y otros).
ii. Procesos y tecnologías a emplear.
iii. Capacidad de procesos y programas de producción.
iv. Escenarios con diferentes volúmenes de proceso.
v. Programas de ejecución, administrativos, de capacitación y asistencia técnica.
c. Cumplimiento de Normas Sanitarias, Ambientales y otras.
7. Análisis Financiero
a. Presupuestos y programa de inversiones y fuentes de financiamiento.
b. Situación financiera actual y proyectada
c. Proyección financiera (refaccionario y avío) Anual
i. Programa de ventas (ingresos)
ii. Costos
iii. Flujo de efectivo mensual y determinación de capital de trabajo
iv. Pago de créditos y otros compromisos (capital e interés en su caso).
v. Capacidad de pago.
vi Punto de equilibrio.
vii. Apalancamiento (en su caso).
“Este Programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa.”
d. Análisis de rentabilidad (a precios y valores constantes)
i. Relación Utilidad/Costo (avío)
ii. TIR
iii. VAN
iv. Análisis de sensibilidad
8. Descripción y análisis de los Impactos
a. Incremento de las utilidades anuales de la organización y los socios
b. Decremento de los costos de producción
c. Incremento en los volúmenes de producción
d. Empleos generados (directos e indirectos)
e. Comparativo del valor de la producción generada con y sin el proyecto.
9. Conclusiones y Recomendaciones.
NOTAS:
Ø Para capítulos no correspondientes con el tipo de proyecto anotar, NA (No Aplica)
ANEXOS:
Aspectos de Mercado
1. Carta(s) de intención de compra o contrato(s) de compra-venta, que contengan: nombre y domicilio de los clientes, volumen de producto, precio, lugares y periodos de entrega recepción, forma y plazo de pago para los productos a generar con el proyecto.
2. Cotización(es) expedida(s) por el o los proveedores, contrato(s) o convenio(s) de abasto de materias primas, así como cotizaciones para el aseguramiento de las inversiones (ídem al anterior).
3. Resultados del análisis para decidir clientes y/o proveedores, en su caso.
4. Estudios de mercado realizados, en
su caso.
Aspectos Técnicos
1. Planos y croquis de la macro y micro localización.
2. Plano y croquis de ubicación y distribución de la unidad de producción y del arreglo interno de los equipos, y esquemas de los procesos, según el caso.
3. Estudios específicos y de Ingeniería de detalle, en su caso.
4. Cotizaciones de proveedores que sustenten los costos y presupuestos de las inversiones del caso
5. Avalúo por perito autorizado por
Aspectos Financieros
1. Copia(s) del (de los) balance(s) general(es) y del (de los) estado(s) de resultados.
2. Cartas de autorización o compromiso de las instituciones financieras participantes en el financiamiento del proyecto.
Aspectos Normativos
1. Documentos con los que se acredite la propiedad o posesión o concesión de los recursos naturales o materiales.
2. Copia de permisos, autorizaciones y/o concesiones expedidos por las autoridades correspondientes.
“Este Programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa.”
Los proyectos de inversión (PI) serán
calificados tomando en cuenta parámetros que tendrán una calificación que a su
vez, forman parte de una ponderación general, y únicamente serán calificados
los proyectos productivos aceptados por haber cumplido con todos los requisitos
de elegibilidad.
La calificación obtenida en este formato conformará al menos el 75% de la valoración final del dictamen de las solicitudes. Los estados o municipios podrán calificar sus prioridades, con indicadores mensurables, con una participación hasta del 25%.
Se calificará
para: |
Nombre del
parámetro |
Descripción
del parámetro |
Respuesta
requerida |
Niveles de
respuesta |
Calificación |
||
Solicitud
simple |
Proyecto
Productivo |
||||||
General |
|||||||
P |
P |
Inclusión de
inversiones calificadas como bienes de capital estratégicos. |
Porcentaje de
inversiones incluidas en el PI que se definieron como activos estratégicos
para ser apoyadas por el Programa |
Porcentaje |
Ninguno |
0 |
|
Menos del 50% |
1 |
||||||
Entre 50 y 75% |
2 |
||||||
Más del 75% |
3 |
||||||
Todos |
5 |
||||||
P |
P |
Frecuencia de apoyo. |
Cantidad de veces que
la organización o beneficiario ha obtenido apoyos de éste u otros programas |
Número |
1ra. vez |
5 |
|
2da. vez |
2 |
||||||
Más de 2 veces |
0 |
||||||
P |
P |
Número de
beneficiarios. |
Cantidad de
beneficiarios a los que favorecerá el Proyecto de Inversión |
Número |
Entre 1-10 |
1 |
|
Entre 11-25 |
2 |
||||||
Entre 26-50 |
3 |
||||||
Más de 50 |
5 |
||||||
P |
P |
Cadena
producción-consumo. |
Eslabón de |
Número |
Producción primaria |
1 |
|
Cosecha |
2 |
||||||
Poscosecha |
3 |
||||||
Transformación |
5 |
||||||
Talleres y Servicios |
4 |
||||||
P |
P |
Consolidación
Organizativa |
Constituido Legalmente |
Sí /No |
Sí |
1 |
|
No |
0 |
||||||
Cuenta con RFC |
Sí / No |
Sí |
1 |
||||
No |
0 |
||||||
Años de Operación
formal |
Número |
2 o más |
2 |
||||
1 |
0 |
||||||
Lleva registros
contables |
Sí / No |
Si |
1 |
||||
No |
0 |
||||||
Tipología |
|||||||
P |
P |
Grado de Marginación |
Grado de marginación
CONAPO de la localidad en que habitan los solicitantes |
Grado |
Baja y muy Baja |
1 |
|
Media |
4 |
||||||
Alta y muy Alta |
7 |
||||||
P |
P |
Nivel de Activos de los
solicitantes |
Nivel actual de activos
declarados como propiedad promedio de los solicitantes |
Nivel |
Alto |
1 |
|
Medio |
4 |
||||||
Bajo |
7 |
||||||
P |
P |
Población prioritaria |
Corresponde a: Jóvenes,
mujeres, indígenas, adultos mayores o discapacitados |
Organización integrada por más del 50% de población prioritaria |
Sí |
6 |
|
No |
0 |
||||||
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
Plan de negocios |
||||||
P |
P |
Cartas de intención de
Compra |
Presentación de cartas
de intenciones de compra, vigentes y válidas. |
Sí / No |
No |
0 |
Sí |
4 |
|||||
P |
P |
Cotizaciones |
Presentación de
cotizaciones de las inversiones |
Número |
Entre 1 y 2 |
1 |
>2 |
4 |
|||||
|
P |
Relación beneficio
costo. |
Valor de la relación
beneficio costo. |
Número |
<1.1 |
0 |
1.1 – 1.45 |
3 |
|||||
>1.45 |
0 |
|||||
|
P |
Gasto operativo |
Previsión de recursos
para el gasto operativo del primer año. |
Sí / No |
No |
0 |
Sí |
4 |
|||||
P |
P |
Financiamiento |
Considera la obtención
de crédito (Avío o Refaccionario) para cumplir el PI. |
Sí / No |
No |
0 |
Sí |
5 |
|||||
No necesita |
1 |
|||||
P |
P |
Nivel de participación
del Solicitante |
Porcentaje de
aportación del solicitante respecto del total requerido en el proyecto |
Porcentaje |
10-24% |
0 |
25-39% |
2 |
|||||
40-50% |
3 |
|||||
>50% |
5 |
|||||
Pertinencia del Proyecto |
||||||
|
P |
El proyecto beneficia
directamente al total de los miembros de la organización |
Porcentaje de socios
beneficiados directamente con el proyecto, del 100% de los socios de la
organización |
Porcentaje |
20-29% |
1 |
30-40% |
2 |
|||||
41-60% |
3 |
|||||
>80% |
4 |
|||||
|
P |
Programa anual de
producción |
Presentación de un
programa de producción detallado y congruente, para cada año del PI |
Sí / No |
No |
0 |
Sí |
4 |
|||||
P |
P |
Capacitación |
Presentación de un
programa de capacitación acorde a las necesidades del PI |
Sí / No |
No |
0 |
Sí |
4 |
|||||
P |
P |
Impacto en la
generación de nuevos empleos |
Genera empleos de
carácter permanente. |
Número |
1 |
1 |
De |
3 |
|||||
De |
4 |
|||||
Más de 5 |
5 |
|||||
P |
P |
Tamaño del proyecto |
La capacidad de
procesamiento de los equipos solicitados es igual o menor a la capacidad de
producción de los solicitantes de los bienes a procesar por unidad de tiempo. |
Sí / No |
No |
0 |
Sí |
5 |
|||||
P |
P |
Proveeduría. |
Los beneficiarios
tienen compromisos formales con su organización para garantizar la
proveeduría del bien o servicio producido o a transformar. |
Sí / No |
No |
0 |
Sí |
4 |
|||||
P |
P |
Sustentabilidad |
Considera acciones para
mitigar el impacto ambiental |
Sí / No |
No |
0 |
|
|
Si |
4 |
Talleres y Servicios.- Se refiere a proyectos cuyas actividades son diferentes a la producción primaria.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Comité
Técnico del Fideicomiso del Estado de ____________ Notificación
de Autorización al Solicitante No. _______________ |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fecha____________________ |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Dictamen:
P O S I T I V O |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Por este
conducto informo a usted que, con base a su solicitud presentada al Programa
de: (Nombre del Programa),
en el componente (Nombre del
componente), en la ventanilla de trámite de fecha ___________________, el
FIDEICOMISO DE FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE (Nombre del
Estado), en sesión del (Fecha de
sesión) con el acuerdo de compromiso de recursos número (Número de acuerdo del FOFAE)
dictaminó positiva su solicitud, autorizando los siguientes conceptos de
inversión y montos de apoyo. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Por lo anterior dispone de ____ días hábiles a partir de
recibir la presente y comunicar a la ventanilla de trámite, su interés por
continuar con el trámite y establecer el calendario de ejecución y/o
adquisición de los apoyos. Se hace constar que, de no recibir respuesta por
escrito en tiempo, su solicitud será considerada como desistida. Asimismo, le comunico que el periodo contemplado en las Reglas de
Operación para que usted ejerza los recursos será a más tardar al 31 de
diciembre del ejercicio en curso. De contar con la factura (s) o la ficha de Depósito que comprueben su
aportación del presupuesto autorizado debe de entregar las copias en la
ventanilla de trámite. Así mismo, se le avisa e informa que debe notificar por escrito a este
Comité Técnico del Fideicomiso a través de la ventanilla de trámite, la
conclusión y recepción a su entera satisfacción de los apoyos al término de
los trabajos y/o adquisición de los bienes, anexando copia de la (s) factura
(s). Lo anterior a fin de que se verifiquen por la autoridad de competencia y
se requisite el acta de entrega-recepción correspondiente, con base en la
cual se procede al trámite de pago de los apoyos otorgados. Asimismo, se le
solicita anotar, de contar con ella, la clabe Interbancaria a la cual se
depositará el Apoyo autorizado. Sin otro particular por el momento, le reitero mi más atenta y
distinguida consideración. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
"Este programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa" |
Hoja 1 de 6
FOLIO No: _____________________________ FECHA:
___________________________________
DATOS
DEL AGENTE TECNICO
COORDINACION O DIRECCION REGIONAL: |
|
AGENCIA O RESIDENCIA ESTATAL: |
|
MODULO, AGENCIA U OFICINA DE REPRESENTACION: |
|
P R E S E N T E.
Me permito solicitar a usted(es) los beneficios que
otorga el Programa de Inducción y Desarrollo del Financiamiento al Medio Rural,
para el cual proporciono mis datos y documentos requeridos, manifestando que
son verídicos, comprometiéndome a cumplir con los criterios y requisitos de
elegibilidad establecidos para “EL COMPONENTE DE APOYO PARA
DATOS DE |
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A) PERSONA: |
FISICA ____ |
MORAL ____ |
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B) Nombre o Razón
Social: |
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C) R.F.C. |
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D) CURP: |
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E) Fecha de
Nacimiento: |
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F) Lugar de
Nacimiento (Estado): |
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G) Sexo |
|
H) Estado Civil: |
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I) Teléfono (Clave Lada) |
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J) Domicilio legal |
Calle |
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No. Exterior |
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No. Interior |
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Colonia o Sector |
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Localidad |
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Código Postal |
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Municipio |
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Estado |
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k) Correo Electrónico |
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L) CLUNI* |
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M) Actividad
Económica: |
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N) Documento que
Identifica: |
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|
Ñ) No. de Folio de identificación: |
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||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
*
En caso de contar con
“Este Programa es público, ajeno a cualquier
partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa.”
|
TIPO DE ORGANIZACION (FIGURA
JURIDICA) |
|
|
NIVEL DE ORGANIZACION |
|
|
ESTATUS DE LA ORGANIZACION |
|
|
UNIONES DE CREDITO |
|
|
IFs CONSTITUIDOS QUE PRESTEN
SERVICIOS EN EL MEDIO RURAL |
|
|
AUN NO SE INICIA
TRAMITE ANTE |
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||||
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|
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|
|
SOCIEDADES
COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRESTAMO |
|
|
PERSONAS FISICAS O
MORALES QUE DE MANERA
ORGANIZADA REALICEN ACTIVIDADES
DE DISPERSION DE CREDITO EN EL MEDIO RURAL Y QUE DECIDAN CONSTITUIRSE COMO
IFs. |
|
|
EN PROCESO DE
AUTORIZACION DE |
|
|
|
|
|
|
|
|||
|
SOCIEDADES
FINANCIERAS POPULARES |
|
|
IFs CONSTITUIDOS EN
PROCESO DE EXPANSION |
|
|
CUENTA CON RIZACION DE |
|
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|||||
|
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|
|
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|
|||
|
SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MULTIPLE |
|
|
IFs EN PROCESO DE
AUTORIZACION O CONSTITUCION |
|
|
CUENTA CON RIZACION PARA OPERAR
POR PARTE DE OPERACIONES CON |
|
|
|
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|
|
|
|
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|
|||
|
SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO |
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OTRA: |
|
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||||||
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|
FEDERACION U
ORGANISMO DE INTEGRACION DE INTERMEDIARIOS
FINANCIEROS |
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|
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|
OTRA: |
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|
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|
TIPO DE APOYO SOLICITADO |
|
|
DESCRIPCION DEL APOYO |
|
No. DE BENEFICIARIOS |
||||||
A1. FORTALECIMIENTO |
|
|
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|
HOMBRES: __________ MUJERES: __________ |
||||||
|
|
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|||||||||
|
|
|
|
INDIGENAS: __________ |
|||||||
A2. FORTALECIMIENTO
PARA AMPLIACION DE LINEAS DE CREDITO |
|
|
|
|
|
||||||
|
|
|
|||||||||
B. CAPITALIZACION, RESERVAS LIQUIDAS SIN DERECHO A
RETIRO |
|
|
|
|
|
||||||
|
|
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|||||||||
C. MONITOREO, SUPERVISION Y CALIFICACION DE IFS. |
|
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||||||||||
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|
MONTO DEL APOYO QUE
SOLICITA: |
|
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||||||
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|
SI |
NO |
|
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|
|||||
CUENTA CON CREDITO CON EL AGENTE TECNICO |
|
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|
|
NUM. CREDITO: |
|
|
||||
IMPORTE AUTORIZADO: |
|
IMPORTE DISPUESTO EN
EL EJERCICIO ACTUAL: |
|
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|||||||
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|
|
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||||||
- NOMBRE DEL PRESTADOR DE SERVICIOS QUE REALIZARA
EL SERVICIO. |
|
|
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|
|
||||||
- CLABE (Clave Bancaria Estandarizada) del PS |
|
|
|
|
|
||||||
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
DATOS
DEL REPRESENTANTE LEGAL:
|
|
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Nombre : |
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Apellido Paterno |
Apellido Materno |
Nombre(s) |
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R.F.C. |
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CURP: |
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Correo Electrónico: |
|
|
Teléfono (Clave
Lada) |
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Domicilio: |
Calle |
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No. Exterior |
|
|
No. Interior |
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C.P. |
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Colonia o Sector |
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Localidad |
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Municipio |
|
Estado |
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|||||||||||||||||||||||||||||
Cargo que ocupa en la Organización: |
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Documento con que
Identifica: |
|
|
No. de Folio: |
|
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|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Nombre y Firma del Interesado o
Representante Legal |
|
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
No. |
DOCUMENTACION QUE DEBE ACOMPAÑAR LA
SOLICITUD |
DOCUMENTO ENTREGADO |
1 |
Original o
copia certificada por notario público del acta constitutiva de la
organización solicitante y modificaciones al acta en su caso. |
|
2 |
Copia de
cédula fiscal de la organización y RFC. |
|
3 |
Copia de
comprobante de domicilio de la organización. |
|
4 |
Copia del
poder notarial del representante legal. |
|
5 |
Copia de
identificación oficial del representante legal. |
|
6 |
Presupuesto de
adquisiciones y servicios a los que se destinarán los apoyos (formato libre
Apoyo A1 y A2). |
|
7 |
Programa de
trabajo calendarizado (formato libre Apoyo A1 y A2). |
|
8 |
Plan de
negocios y presupuesto de adquisiciones (formato libre Apoyo B). |
|
9 |
Evidencia
documental de aportaciones de solicitantes al Capital del IF (Apoyo B) |
|
10 |
Estados
financieros y balance de comprobación. (Apoyo B) |
|
11 |
Reporte de
Buró de Crédito. (Apoyo B) |
|
12 |
Programa de
trabajo calendarizado (formato libre Apoyo C) |
|
13 |
Compromiso de
monitoreo, supervisión y calificación (formato libre Apoyo C) |
|
Para uso exclusivo del Agente Técnico. El
funcionario que recibe deberá marcar el recuadro después de comprobar que se
anexa
PARA USO EXCLUSIVO DEL AGENTE
TECNICO |
||
Nombre del funcionario Receptor: |
|
|
Cargo: |
|
|
Fecha de Recepción: |
|
|
|
|
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
Hoja 5 de 6
INSTRUCTIVO DE LLENADO
· SE
ENTIENDE POR SOLICITANTE A TODA PERSONA FISICA O MORAL QUE DE MANERA INDIVIDUAL
O COLECTIVA SE DEDIQUE A ACTIVIDADES AGRICOLAS, PECUARIAS, PESQUERAS,
ACUICOLAS, AGROINDUSTRIALES Y DEL SECTOR RURAL EN SU CONJUNTO, QUE PRETENDA
OBTENER LOS BENEFICIOS DEL PROGRAMA DE INDUCCION Y DESARROLLO DEL
FINANCIAMIENTO AL MEDIO RURAL, DEL COMPONENTE DE APOYO PARA
· EL
SOLICITANTE DEBERA ENTREGAR
· ESTE
DOCUMENTO DEBERA SER LLENADO A MAQUINA O LETRA DE MOLDE CLARA Y LEGIBLE,
DEBIENDO REQUISITAR TODOS LOS ESPACIOS DEL MISMO; CUANDO SE COMETA UN ERROR EN
EL LLENADO DEL DOCUMENTO, SE DEBERA ELABORAR UNO NUEVO.
ESPACIOS PARA LLENAR FORMATO
1. FOLIO: Se asigna por el AGENTE TECNICO.
2. FECHA: Se indicará la fecha del día y el año, utilizando números arábigos.
3. COORDINACION O DIRECCION REGIONAL: Anotar el nombre de
4. AGENCIA O RESIDENCIA ESTATAL: Se anotará el nombre de
5. MODULO, AGENCIA U OFICINA DE REPRESENTACION: Se anotará el nombre del módulo, agencia u oficina de representación del AGENTE TECNICO, en su caso, donde presentará su solicitud.
6. NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL SOLICITANTE: Anote nombre(s) de
7. REG. FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC): Anote el número de su RFC, incluyendo homo clave.
8. CLAVE UNICA DE REGISTRO DE POBLACION (CURP): Anote el número de su CURP.
9. FECHA DE NACIMIENTO Y LUGAR DE NACIMIENTO: Anote fecha y lugar (Entidad Federativa) de nacimiento.
10. SEXO: Anote su sexo (Femenino o
Masculino).
11. ESTADO CIVIL: Anote su Estado Civil (Soltero(a), Casado(a), Divorciado(a), Separado(a), Viudo(a), Unión libre).
12. TELEFONO: Anotar el número telefónico donde pueda ser localizado el solicitante. En su caso, incluir clave lada.
13. DOMICILIO LEGAL: Indique el nombre de la calle y número exterior, código postal, colonia, localidad o comunidad, municipio y Estado.
14. CORREO ELECTRONICO: Se anotará la dirección de correo electrónico, en caso de contar con él.
15. CLAVE UNICA DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO FEDERAL DE LAS
ORGANIZACIONES DE
16. ACTIVIDAD ECONOMICA: Indique la actividad preponderante que realiza.
17. DOCUMENTO Y NUM. DE IDENTIFICACION: Anote el nombre del documento y número que lo identifica.
18. TIPO DE ORGANIZACION (Figura Jurídica): Marcar con una “X” el tipo de figura Jurídica a la que pertenece.
19. NIVEL DE ORGANIZACION: Seleccionar con una “X” en el recuadro del extremo izquierdo nivel de Organización en el que se encuentra.
20. ESTATUS DE
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
Hoja 6 de 6
21. TIPO DE APOYO SOLICITADO: Indicar con una “X” el apoyo o servicio solicitado.
22. DESCRIPCION DEL APOYO: Describa brevemente el apoyo que requiere.
23. NUM. DE BENEFICIARIOS: Anote el número de beneficiarios por género y número de indígenas que la conforman.
24. MONTO DEL APOYO QUE SE SOLICITA: Indicar el monto del apoyo solicitado.
25. CUENTA CON CREDITO CON EL AGENTE TECNICO: Anote con una “X” sí o no.
26. NUMERO DE CREDITO: En caso de haber recibido crédito del Agente Técnico citar el Núm. del crédito asignado.
27. IMPORTE AUTORIZADO E IMPORTE DISPUESTO EN EL EJERCICIO ACTUAL: Indicar el monto autorizado del (los) crédito(s) y el monto dispuesto de ese(os) crédito en el presente ejercicio.
28. NOMBRE DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: Anote el Nombre del Prestador de Servicios autorizado que realizará el servicio.
29. CLAVE BANCARIA ESTANDARIZADA: Anote el número de CLABE (18 dígitos) del Prestador de Servicios en que se depositará el monto autorizado del apoyo
30. DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL: Anote nombre completo (Nombres
y Apellidos); Núm. de cédula fiscal (RFC) incluyendo homo clave; CURP; correo
electrónico, teléfono, domicilio completo; documento con que se identifica y
folio del Representante Legal; Cargo que ocupa (en su caso) en
31. NOMBRE Y FIRMA DEL INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL: Anotar su nombre completo y estampar firma.
32. DOCUMENTACION QUE DEBE ACOMPAÑAR
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
Hoja 1 de 3
FOLIO
No: ________________________________ FECHA:
_________________________________
DATOS
DEL AGENTE TECNICO
COORDINACION O DIRECCION REGIONAL: |
|
AGENCIA O RESIDENCIA ESTATAL: |
|
MODULO, AGENCIA U OFICINA DE REPRESENTACION: |
|
P R E S E N T E.
Me permito solicitar a usted(es) los beneficios que
otorga el Programa de Inducción y Desarrollo del Financiamiento al Medio Rural,
para el cual proporciono mis datos y documentos requeridos, manifestando que
son verídicos, comprometiéndome a cumplir con los criterios y requisitos de
elegibilidad establecidos para “EL COMPONENTE”, en sus reglas de operación
vigentes.
DATOS DE |
|
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
A) PERSONA: |
FISICA ____ |
MORAL ____ |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
B) Nombre del
solicitante: |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Apellido paterno |
Apellido materno |
Nombre(s) |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
C) R.F.C. |
|
|
D) CURP: |
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||
E) Fecha de
Nacimiento: |
|
F) Lugar de Nacimiento (Estado): |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||
G) Sexo |
|
H) Estado Civil: |
|
I) Teléfono (Clave Lada) |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||
J) Domicilio legal |
Calle |
|
No. Exterior |
|
|
No. Interior |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||
Colonia o Sector |
|
|
Localidad |
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
|
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|
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||||||||||||||||||||||||||||||
Código Postal |
|
Municipio |
|
|
Estado |
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||
k) Correo
Electrónico |
|
|
L) CLUNI* |
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||
M) Actividad
Productiva: |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||
N) Documento que
Identifica: |
|
|
Ñ) No. de Folio de
identificación: |
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||
O) Razón social de
la organización que pertenece o representa |
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
P) Grupo étnico (si
pertenece) |
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
* En caso de contar con
“Este Programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa.”
Hoja 2 de 3
TIPO DE APOYO |
DESCRIPCION |
MONTO SOLICITADO |
No. DE BENEFICIADOS |
CONSTITUCION DE GARANTIAS LIQUIDAS |
ANEXO 15 |
|
|
CONSOLIDACION EMPRESARIAL DE FINCAS |
Formato Libre |
|
|
|
|
|
|
DATOS DE UBICACION DEL PROYECTO |
|
|
|
MUNICIPIO |
LOCALIDAD |
DATOS DEL FUNCIONARIO
RECEPTOR EN VENTANILLA |
||
|
|
|
APELLIDO PATERNO MATERNO NOMBRE (S) |
CURP |
ADSCRIPCION |
A T E N T A M E N T E
SOLICITANTE NOMBRE Y FIRMA o HUELLA DIGITAL
“Este Programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa.”
Hoja 3 de 3
ETAPA I
DOCUMENTOS Y CONSTANCIAS QUE DEBE
ENTREGAR PARA
DE
No. |
DOCUMENTO O CONSTANCIA |
1 |
Original o copia
certificada por notario público del acta constitutiva de la organización
solicitante y modificaciones al acta en su caso. |
2 |
Copia del poder
notarial del representante legal. |
3 |
Copia de cédula fiscal
de la organización y RFC. |
4 |
Copia de comprobante de
domicilio de la organización. |
5 |
Copia de identificación
oficial del representante legal. |
6 |
Copia de contrato de
fideicomiso (FINCA), número de cuenta y certificación del banco. |
7 |
Copia de estado de
cuenta del FINCA. |
8 |
Copia de identificación
de las personas que integran el comité técnico de FINCA o que firman como
fideicomitentes |
9 |
Original de carta de
autorización de crédito (resolución de crédito aprobado). |
ETAPA II
EN CASO DE QUE RESULTE AUTORIZADO EL
APOYO SOLICITADO, EL COMPROMISO DE:
No. |
DOCUMENTO O CONSTANCIA |
10 |
Copia del contrato de
crédito a respaldar con garantías |
11 |
Copia de convenio de
Concertación con AGENTE TECNICO |
12 |
Recibo oficial vigente
por el importe de apoyo |
13 |
Relación final de
beneficiarios certificada por la institución acreditante |
DOCUMENTOS Y CONSTANCIAS QUE DEBE
ENTREGAR PARA
LOS INTERESADOS DEBERAN PRESENTAR
No. |
DOCUMENTO O CONSTANCIA |
1 |
Proyecto de Inversiones
de diseño libre que deberá de contener, cuando menos, los siguientes
elementos: autodiagnóstico de la situación actual del FINCA, programa de
inversiones, cotizaciones y justificación sobre la necesidad del apoyo,
validado por la institución acreditante |
OBSERVACIONES A LLENAR POR EL AGENTE TECNICO |
|
|
|
|
NOMBRE Y FIRMA DEL SOLICITANTE |
|
FIRMA DEL GERENTE ESTATAL DEL AGENTE
TECNICO |
“Este Programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa.”
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
FOLIO _________________________________________ Fecha de Recepción:_____________________
Tipo de Solicitud: Grupal _____ Individual _______
Solicitante: Titular _______ Representante ________
Nombre:_________________________________________________________________________________CURP
____________________________________
RFC _______________________________________
Domicilio:
Estado ___________________________ Municipio
_____________________________________ Localidad _______________________________________________________________________________
C.P.
___________________ Teléfono:
___________________________
Responsable
Técnico:
Nombre: _______________________________________________________________________________ CURP ____________________________________ RFC __________________________________
Domicilio: Estado____________________________ Municipio _____________________________________
Localidad ________________________________________________________________________________
C.P. ___________________ Teléfono: ___________________________
Nombre del Proyecto:
_________________________________________________________________________________________________________________________
Nombre del Grupo, Institución, Organización, etc.:
___________________________________________________________________________________________________________________________
Número |
Tipo de Apoyo solicitado |
Unidad |
Cantidad |
Importe (pesos) |
1 |
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
NOMBRE Y FIRMA DEL SOLICITANTE
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
INSTRUCTIVO DE LLENADO
Características de los Solicitantes |
|
Nombre: |
Apellidos Paternos,
Materno y Nombre (s) de cada uno de las personas que solicitan apoyos del
programa de acuerdo al Acta de Nacimiento |
CURP: |
Clave Unica de Registro
de |
Hectárea: |
Indicar la superficie
en hectáreas que posee de Riego, Temporal, o Invernadero cada uno de las
personas que solicitan apoyos del programa |
Cabezas de Ganado |
Indicar el número animales
(Bovino, Ovino, Caprino, Porcino) que posee cada uno de las personas que solicitan
apoyos del programa |
Colmenas: |
Indicar el número de
colmenas que posee cada uno de las personas que solicitan apoyos del programa
|
Acuacultura: |
Indicar la producción
de peces, medida en toneladas por año, de cada uno de las personas que solicitan
apoyos del programa |
Número de embarcaciones /ESLORA (metros) |
Indicar el número de
embarcaciones y las dimensiones (metros de eslora) de cada de las
embarcaciones de cada una de las personas que solcitan apoyos del programa |
Datos de |
|
Nombre: del solicitante: |
Apellidos Paternos,
Materno y Nombre (s) del Solicitante de acuerdo al Acta de Nacimiento |
Firma: |
Firma del Solicitante |
Lugar y Fecha: |
Indicar |
Datos de |
|
Nombre: del solicitante: |
Apellidos Paternos,
Materno y Nombre (s) de la persona que recibe la solicitud en la ventanilla
autorizada |
Firma y Sello: |
Firma del Solicitante y
Sello de |
Cargo: |
Indicar el puesto o
cargo de la persona que recibe la solicitud en la ventanilla autorizada |
Lugar y Fecha: |
Indicar |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
Hoja 1 de 2
Para la elaboración de un proyecto para el Uso Sustentable de Recursos Naturales para
A continuación se enlistan los temas que se
deberán desarrollar dentro del proyecto.
1. Responsable
de
2. Objetivos,
metas e indicadores
3. Resumen
Ejecutivo (máximo 2 cuartillas)
4. Diagnóstico
y análisis de la situación actual y perspectivas
a. Grado de deterioro o presión sobre el recursos natural
5. Alineamiento
del proyecto con políticas y estrategias estatales y federales.
6. Aspectos
organizativos (Aplica a Personas Morales, Grupos de Productores).
a. Antecedentes.
b. Tipo de figura asociativa de la organización.
c. Consejo Directivo.
d. Relación de socios.
e. Inventario de Activos: construcciones; terrenos agrícolas y ganaderos; inventarios de equipos, etc.
7. Aspectos
Institucionales (Aplica a Instituciones).
a. Antecedentes
b. Tipo de Institución.
c. Inventario de activos: infraestructura, laboratorio, equipos, etc.
d. Inventario de capacidades intelectuales: características técnicas del personal involucrado en el proyecto (Resúmenes curriculares).
8. Análisis de Mercado (Inducción de patrones de producción con menor impacto en los recursos naturales).
a. Características de los mercados del cultivo.
b. Condiciones y mecanismos de abasto de insumos.
c. Plan y estrategia de comercialización.
d. Análisis de competitividad.
e. Cartas de intención y/o contratos de compra y venta de materias primas y productos.
9. Localización
y descripción especifica del sitio del proyecto
10. Descripción
técnica del Proyecto
a. Componentes del proyecto (infraestructura, equipos y otros).
b. Procesos y tecnologías a emplear.
c. Programas de ejecución, administrativos, de capacitación y asistencia técnica.
d. Normas Sanitarias, Ambientales y otras aplicables.
Este Programa es público, ajeno a cualquier
partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa.
Hoja 2 de 2
11.
Descripción del Presupuesto
12.
a.
Presupuestos y programa de inversiones y fuentes de
financiamiento.
b.
13. Descripción y análisis de
los Impactos (Aplica a proyectos de
Recursos fitogenéticos)
14.
a.
Contribución a la solución del problema o demanda.
b.
c.
Avance del conocimiento científico y/o tecnológico. (RFAA)
d.
e.
Formación de recursos humanos. (RFAA)
f.
g.
Productos específicos (colectas, publicaciones, bases de
datos, protocolos metodológicos, sistemas, etc.) (RFAA)
h.
15.
Conclusiones y Recomendaciones
16.
Este Programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa.
|
I INFORMACION GENERAL |
|
|
|
|
|||||
|
Nombre del Proyecto |
|
|
|||||||
|
|
|
||||||||
|
Representante |
|
|
|||||||
|
Localidad |
|
Municipio |
|
|
|||||
|
Estado |
|
Fecha Eval. |
|
|
|||||
|
DDR |
|
CADER |
|
|
|
||||
|
|
|
|
|
|
|
||||
|
II VARIABLES DE
EVALUACION |
|
|
|
|
|||||
|
1 Impacto en el medio
ambiente (15) |
|
|
|
Puntaje |
|||||
|
a) A largo plazo |
5 |
|
|
|
|||||
|
b) A mediano plazo |
10 |
|
|
|
|||||
|
c) A corto plazo |
15 |
|
|
|
|||||
|
2 Congruencia con las
prioridades de Planes de Desarrollo (12) |
|
|
|
Puntaje |
|||||
|
a) Con un solo Plan |
3 |
|
|
|
|||||
|
b) Con el plan Municipal
y Distrital |
6 |
|
|
|
|||||
|
c) Con el Plan
Municipal, Distrital y Estatal |
9 |
|
|
|
|||||
|
d) Con el Plan
Municipal, Distrital, Estatal y Nacional |
12 |
|
|
|
|||||
|
3 Enfoque territorial y
de productos o especies elegibles(10) |
|
|
|
Puntaje |
|||||
|
a) No se ubica en
regiones ni atiende cultivos o especies prioritarias |
5 |
|
|
|
|||||
|
b) Se ubica en regiones
o atiende especies o cultivos prioritarios |
7.5 |
|
|
|
|||||
|
c) Se ubica en regiones
críticas y atiende cultivos o especies prioritarios |
10 |
|
|
|
|||||
|
4 Participación
Comunitaria (8) |
|
|
|
Puntaje |
|||||
|
a) Sin participación
comunitaria |
4 |
|
|
|
|||||
|
b) Con participación
comunitaria |
8 |
|
|
|
|||||
|
5 Tipo de solicitud de
organización o individual (7) |
|
|
|
Puntaje |
|||||
|
a) Solicitud Individual |
3 |
|
|
|
|||||
|
b) Solicitud de
Organización |
5 |
|
|
|
|||||
|
c) Solicitud comunal |
7 |
|
|
|
|||||
|
6 Atención a grupos
prioritarios (8) |
|
|
|
Puntaje |
|||||
|
a) No atiende a grupso
prioritarios |
4 |
|
|
|
|||||
|
b) Atiende a grupos
prioritarios |
8 |
|
|
|
|||||
|
7 Complementariedad de
acciones y recursos con otros programas (10) |
|
|
|
Puntaje |
|||||
|
a) No cuenta con mezcla
de recursos y acciones con otras dependencias |
5 |
|
|
|
|||||
|
b) Propone mezcla de
recursos y acciones |
7.5 |
|
|
|
|||||
|
c) Tiene la autorización
de recursos y acciones complementarias |
10 |
|
|
|
|||||
Dictaminado por: |
|
|
|
|
||||||
|
|
|
||||||||
|
|
|
||||||||
Sagarpa |
Sedagro |
|
|
|||||||
Este Programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa.
Los apoyos del Programa se
aplicarán en municipios que presentan algún grado de deterioro de los recursos
naturales para la producción primaria, así como mayores índices de
siniestralidad en las actividades agropecuarias y pesqueras. En este sentido en
el Cuadro 1, aplicable para el Componente de Conservación y Uso Sustentable de
Suelo y Agua se relacionan los Municipios de atención prioritaria que
constituye el universo de atención potencial a partir del cual se definirá por
Para los apoyos orientados a
la mitigación de la sobreexplotación de los acuíferos, inducción de patrones de
producción con menor impacto en los recursos naturales; conservación y
aprovechamiento sustentable de los recursos filogenéticos y pecuarios y
pesqueros para
Cuadro 1. Municipios potenciales de atención
prioritaria de entre los cuales se deberá priorizar la cobertura que tendrá el
Componente de Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua durante el
Ejercicio Fiscal
AGUASCALIENTES |
Aguascalientes |
AGUASCALIENTES |
Rincón de Romos |
AGUASCALIENTES |
Asientos |
AGUASCALIENTES |
San José de Gracia |
AGUASCALIENTES |
Calvillo |
AGUASCALIENTES |
Tepezalá |
AGUASCALIENTES |
Cosío |
AGUASCALIENTES |
El Llano |
AGUASCALIENTES |
Jesús María |
AGUASCALIENTES |
San Francisco de los Romo |
AGUASCALIENTES |
Pabellón de Arteaga |
|
|
|
|
|
|
BAJA CALIFORNIA |
Ensenada |
BAJA CALIFORNIA |
Tecate |
BAJA CALIFORNIA |
Mexicali |
BAJA CALIFORNIA |
Playas de Rosarito |
|
|
|
|
BAJA CALIFORNIA SUR |
Comondú |
BAJA CALIFORNIA SUR |
Los Cabos |
BAJA CALIFORNIA SUR |
Mulegé |
BAJA CALIFORNIA SUR |
Loreto |
BAJA CALIFORNIA SUR |
La Paz |
|
|
|
|
|
|
CAMPECHE |
Champotón |
CAMPECHE |
Calakmul |
CAMPECHE |
Carmen |
CAMPECHE |
Candelaria |
CAMPECHE |
Campeche |
|
|
|
|
|
|
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Arteaga |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Ocampo |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Candela |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Parras |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Castaños |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Piedras Negras |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Cuatro Ciénegas |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Progreso |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Francisco I. Madero |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Ramos Arizpe |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Frontera |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Sabinas |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
General Cepeda |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Sacramento |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Guerrero |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Saltillo |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Jiménez |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
San Buenaventura |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Juárez |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
San Juan de Sabinas |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Lamadrid |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
San Pedro |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Matamoros |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Sierra Mojada |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Monclova |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Torreón |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Morelos |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Viesca |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Múzquiz |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Villa Unión |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Nadadores |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Zaragoza |
COAHUILA DE ZARAGOZA |
Nava |
|
|
|
|
|
|
COLIMA |
Colima |
COLIMA |
Ixtlahuacán |
COLIMA |
Comala |
COLIMA |
Manzanillo |
COLIMA |
Coquimatlán |
COLIMA |
Minatitlán |
COLIMA |
Cuauhtémoc |
COLIMA |
Villa de Alvarez |
|
|
|
|
CHIAPAS |
Acacoyagua |
CHIAPAS |
Mazatán |
CHIAPAS |
Acapetahua |
CHIAPAS |
Mitontic |
CHIAPAS |
Amatenango de la Frontera |
CHIAPAS |
Motozintla |
CHIAPAS |
Angel Albino Corzo |
CHIAPAS |
Oxchuc |
CHIAPAS |
Arriaga |
CHIAPAS |
Pantelhó |
CHIAPAS |
Bejucal de Ocampo |
CHIAPAS |
Pijijiapan |
CHIAPAS |
Cacahoatán |
CHIAPAS |
El Porvenir |
CHIAPAS |
Comitán de Domínguez |
CHIAPAS |
Villa Comaltitlán |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa.
Cuadro
2 de 7
CHIAPAS |
La Concordia |
CHIAPAS |
Siltepec |
CHIAPAS |
Chalchihuitán |
CHIAPAS |
Sitalá |
CHIAPAS |
Chamula |
CHIAPAS |
Suchiate |
CHIAPAS |
Chanal |
CHIAPAS |
Tonalá |
CHIAPAS |
Chenalhó |
CHIAPAS |
Tuxtla Chico |
CHIAPAS |
Chiapa de Corzo |
CHIAPAS |
Tuzantán |
CHIAPAS |
Chicomuselo |
CHIAPAS |
Unión Juárez |
CHIAPAS |
Escuintla |
CHIAPAS |
Villa Corzo |
CHIAPAS |
Frontera Comalapa |
CHIAPAS |
Villaflores |
CHIAPAS |
La Grandeza |
CHIAPAS |
Zinacantán |
CHIAPAS |
Huehuetán |
CHIAPAS |
San Juan Cancuc |
CHIAPAS |
Huixtán |
CHIAPAS |
Aldama |
CHIAPAS |
La Independencia |
CHIAPAS |
Benemérito de las Américas |
CHIAPAS |
Larráinzar |
CHIAPAS |
Marqués de Comillas |
CHIAPAS |
Mapastepec |
CHIAPAS |
Montecristo de Guerrero |
CHIAPAS |
Mazapa de Madero |
CHIAPAS |
Santiago el Pinar |
|
|
|
|
CHIHUAHUA |
Ahumada |
CHIHUAHUA |
Juárez |
CHIHUAHUA |
Allende |
CHIHUAHUA |
Julimes |
CHIHUAHUA |
Ascensión |
CHIHUAHUA |
López |
CHIHUAHUA |
Bachíniva |
CHIHUAHUA |
Madera |
CHIHUAHUA |
Batopilas |
CHIHUAHUA |
Maguarichi |
CHIHUAHUA |
Bocoyna |
CHIHUAHUA |
Manuel Benavides |
CHIHUAHUA |
Camargo |
CHIHUAHUA |
Matachí |
CHIHUAHUA |
Carichí |
CHIHUAHUA |
Matamoros |
CHIHUAHUA |
Casas Grandes |
CHIHUAHUA |
Meoqui |
CHIHUAHUA |
Coronado |
CHIHUAHUA |
Namiquipa |
CHIHUAHUA |
Coyame del Sotol |
CHIHUAHUA |
Nonoava |
CHIHUAHUA |
Cuauhtémoc |
CHIHUAHUA |
Nuevo Casas Grandes |
CHIHUAHUA |
Chihuahua |
CHIHUAHUA |
Ocampo |
CHIHUAHUA |
Dr. Belisario Domínguez |
CHIHUAHUA |
Ojinaga |
CHIHUAHUA |
Galeana |
CHIHUAHUA |
Praxedis G. Guerrero |
CHIHUAHUA |
Gran Morelos |
CHIHUAHUA |
Riva Palacio |
CHIHUAHUA |
Guachochi |
CHIHUAHUA |
Rosales |
CHIHUAHUA |
Guadalupe |
CHIHUAHUA |
San Francisco de Borja |
CHIHUAHUA |
Guadalupe y Calvo |
CHIHUAHUA |
San Francisco de Conchos |
CHIHUAHUA |
Guazapares |
CHIHUAHUA |
Santa Bárbara |
CHIHUAHUA |
Guerrero |
CHIHUAHUA |
Satevó |
CHIHUAHUA |
Hidalgo del Parral |
CHIHUAHUA |
Urique |
CHIHUAHUA |
Janos |
CHIHUAHUA |
Uruachi |
CHIHUAHUA |
Jiménez |
|
|
|
|
|
|
DISTRITO FEDERAL |
Alvaro Obregón |
DISTRITO FEDERAL |
Tlalpan |
DISTRITO FEDERAL |
Milpa Alta |
DISTRITO FEDERAL |
Xochimilco |
|
|
|
|
DURANGO |
Canatlán |
DURANGO |
Pánuco de Coronado |
DURANGO |
Canelas |
DURANGO |
Peñón Blanco |
DURANGO |
Coneto de Comonfort |
DURANGO |
Poanas |
DURANGO |
Cuencamé |
DURANGO |
Pueblo Nuevo |
DURANGO |
Durango |
DURANGO |
Rodeo |
DURANGO |
General Simón Bolívar |
DURANGO |
San Bernardo |
DURANGO |
Gómez Palacio |
DURANGO |
San Dimas |
DURANGO |
Guadalupe Victoria |
DURANGO |
San Juan de Guadalupe |
DURANGO |
Guanaceví |
DURANGO |
San Juan del Río |
DURANGO |
Hidalgo |
DURANGO |
San Luis del Cordero |
DURANGO |
Indé |
DURANGO |
San Pedro del Gallo |
DURANGO |
Lerdo |
DURANGO |
Santa Clara |
DURANGO |
Mapimí |
DURANGO |
Santiago Papasquiaro |
DURANGO |
Mezquital |
DURANGO |
Súchil |
DURANGO |
Nazas |
DURANGO |
Tamazula |
DURANGO |
Nombre de Dios |
DURANGO |
Tepehuanes |
DURANGO |
Ocampo |
DURANGO |
Tlahualilo |
DURANGO |
El Oro |
DURANGO |
Topia |
DURANGO |
Otáez |
DURANGO |
Vicente Guerrero |
|
|
|
|
GUANAJUATO |
San Miguel de Allende |
GUANAJUATO |
San José Iturbide |
GUANAJUATO |
Atarjea |
GUANAJUATO |
San Luis de la Paz |
GUANAJUATO |
Doctor Mora |
GUANAJUATO |
Santa Catarina |
GUANAJUATO |
Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nal. |
GUANAJUATO |
Tierra Blanca |
GUANAJUATO |
Ocampo |
GUANAJUATO |
Victoria |
GUANAJUATO |
San Diego de la Unión |
GUANAJUATO |
Xichú |
GUANAJUATO |
San Felipe |
|
|
|
|
|
|
GUERRERO |
Ahuacuotzingo |
GUERRERO |
Metlatónoc |
GUERRERO |
Alcozauca de Guerrero |
GUERRERO |
Olinalá |
GUERRERO |
Alpoyeca |
GUERRERO |
Ometepec |
GUERRERO |
Atlamajalcingo del Monte |
GUERRERO |
San Luis Acatlán |
Este Programa es público,
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa.
Cuadro
3 de 7
GUERRERO |
Atlixtac |
GUERRERO |
San Marcos |
GUERRERO |
Ayutla de los Libres |
GUERRERO |
Tecoanapa |
GUERRERO |
Azoyú |
GUERRERO |
Tlacoachistlahuaca |
GUERRERO |
Copala |
GUERRERO |
Tlacoapa |
GUERRERO |
Copanatoyac |
GUERRERO |
Tlalixtaquilla de Maldonado |
GUERRERO |
Cuajinicuilapa |
GUERRERO |
Tlapa de Comonfort |
GUERRERO |
Cualác |
GUERRERO |
Xalpatláhuac |
GUERRERO |
Cuautepec |
GUERRERO |
Xochihuehuetlán |
GUERRERO |
Chilapa de Alvarez |
GUERRERO |
Xochistlahuaca |
GUERRERO |
Florencio Villarreal |
GUERRERO |
Zapotitlán Tablas |
GUERRERO |
Huamuxtitlán |
GUERRERO |
Zitlala |
GUERRERO |
Igualapa |
GUERRERO |
Acatepec |
GUERRERO |
Malinaltepec |
GUERRERO |
Cochoapa el Grande |
|
|
|
|
HIDALGO |
Acatlán |
HIDALGO |
Ixmiquilpan |
HIDALGO |
Actopan |
HIDALGO |
Jacala de Ledezma |
HIDALGO |
Alfajayucan |
HIDALGO |
Mineral del Chico |
HIDALGO |
El Arenal |
HIDALGO |
Nopala de Villagrán |
HIDALGO |
Atotonilco el Grande |
HIDALGO |
Pacula |
HIDALGO |
Cardonal |
HIDALGO |
Santiago de Anaya |
HIDALGO |
Chapantongo |
HIDALGO |
Singuilucan |
HIDALGO |
Chilcuautla |
HIDALGO |
Tasquillo |
HIDALGO |
Epazoyucan |
HIDALGO |
Tecozautla |
HIDALGO |
Huasca de Ocampo |
HIDALGO |
Zempoala |
HIDALGO |
Huichapan |
HIDALGO |
Zimapán |
|
|
|
|
JALISCO |
Bolaños |
JALISCO |
Mezquitic |
JALISCO |
Colotlán |
JALISCO |
Ojuelos de Jalisco |
JALISCO |
Chimaltitán |
JALISCO |
Santa María de los Angeles |
JALISCO |
Encarnación de Díaz |
JALISCO |
Unión de San Antonio |
JALISCO |
Huejúcar |
JALISCO |
Villa Guerrero |
JALISCO |
Huejuquilla el Alto |
|
|
|
|
|
|
MEXICO |
Amatepec |
MEXICO |
San José del Rincón |
MEXICO |
San Felipe del Progreso |
|
|
|
|
|
|
MICHOACAN DE OCAMPO |
Aguililla |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Madero |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Aquila |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Nocupétaro |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Arteaga |
MICHOACAN DE OCAMPO |
San Lucas |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Carácuaro |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Tiquicheo de Nicolás Romero |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Coahuayana |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Tumbiscatío |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Coalcomán de Vázquez Pallares |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Turicato |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Chinicuila |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Tuzantla |
MICHOACAN DE OCAMPO |
La Huacana |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Tzitzio |
MICHOACAN DE OCAMPO |
Huetamo |
|
|
|
|
|
|
MORELOS |
Ocuituco |
MORELOS |
Tlaquiltenango |
MORELOS |
Puente de Ixtla |
MORELOS |
Yecapixtla |
MORELOS |
Tepalcingo |
MORELOS |
Zacualpan de Amilpas |
MORELOS |
Tetela del Volcán |
MORELOS |
Temoac |
|
|
|
|
NAYARIT |
Acaponeta |
NAYARIT |
Santa María del Oro |
NAYARIT |
Compostela |
NAYARIT |
Santiago Ixcuintla |
NAYARIT |
Del Nayar |
NAYARIT |
Tepic |
NAYARIT |
Huajicori |
NAYARIT |
La Yesca |
NAYARIT |
Rosamorada |
|
|
|
|
|
|
NUEVO LEON |
Anáhuac |
NUEVO LEON |
Lampazos de Naranjo |
NUEVO LEON |
Aramberri |
NUEVO LEON |
Linares |
NUEVO LEON |
Cadereyta Jiménez |
NUEVO LEON |
Mier y Noriega |
NUEVO LEON |
China |
NUEVO LEON |
Mina |
NUEVO LEON |
Dr. Arroyo |
NUEVO LEON |
Parás |
NUEVO LEON |
Dr. Coss |
NUEVO LEON |
Pesquería |
NUEVO LEON |
Galeana |
NUEVO LEON |
Los Ramones |
NUEVO LEON |
García |
NUEVO LEON |
Rayones |
NUEVO LEON |
Gral. Bravo |
NUEVO LEON |
Sabinas Hidalgo |
NUEVO LEON |
Gral. Terán |
NUEVO LEON |
Salinas Victoria |
NUEVO LEON |
Gral. Zaragoza |
NUEVO LEON |
Vallecillo |
NUEVO LEON |
Iturbide |
NUEVO LEON |
Villaldama |
|
|
|
|
OAXACA |
Asunción Cuyotepeji |
OAXACA |
San Pedro Molinos |
OAXACA |
Asunción Nochixtlán |
OAXACA |
San Pedro Nopala |
OAXACA |
Calihualá |
OAXACA |
San Pedro Teozacoalco |
OAXACA |
Coicoyán de las Flores |
OAXACA |
San Pedro Tidaá |
OAXACA |
Concepción Buenavista |
OAXACA |
San Pedro Topiltepec |
OAXACA |
Cosoltepec |
OAXACA |
San Pedro y San Pablo Teposcolula |
OAXACA |
Chalcatongo de Hidalgo |
OAXACA |
San Pedro y San Pablo Tequixtepec |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
Cuadro
4 de 7
OAXACA |
Fresnillo de Trujano |
OAXACA |
San Pedro Yucunama |
OAXACA |
Guadalupe de Ramírez |
OAXACA |
San Sebastián Nicananduta |
OAXACA |
Heroica Ciudad de Huajuapan de León |
OAXACA |
San Sebastián Tecomaxtlahuaca |
OAXACA |
Magdalena Jaltepec |
OAXACA |
San Simón Zahuatlán |
OAXACA |
Santa Magdalena Jicotlán |
OAXACA |
Santa Catarina Tayata |
OAXACA |
Magdalena Peñasco |
OAXACA |
Santa Catarina Ticuá |
OAXACA |
Magdalena Zahuatlán |
OAXACA |
Santa Catarina Yosonotú |
OAXACA |
Mariscala de Juárez |
OAXACA |
Santa Catarina Zapoquila |
OAXACA |
Ixpantepec Nieves |
OAXACA |
Santa Cruz de Bravo |
OAXACA |
San Agustín Atenango |
OAXACA |
Santa Cruz Nundaco |
OAXACA |
San Agustín Tlacotepec |
OAXACA |
Santa Cruz Tacache de Mina |
OAXACA |
San Andrés Dinicuiti |
OAXACA |
Santa Cruz Tacahua |
OAXACA |
San Andrés Lagunas |
OAXACA |
Santa Cruz Tayata |
OAXACA |
San Andrés Nuxiño |
OAXACA |
Santa María Apazco |
OAXACA |
San Andrés Sinaxtla |
OAXACA |
Heroica Ciudad de Tlaxiaco |
OAXACA |
San Andrés Tepetlapa |
OAXACA |
Santa María Camotlán |
OAXACA |
San Antonino Monte Verde |
OAXACA |
Santa María Chachoápam |
OAXACA |
San Antonio Acutla |
OAXACA |
Villa de Chilapa de Díaz |
OAXACA |
San Bartolomé Yucuañe |
OAXACA |
Santa María del Rosario |
OAXACA |
San Bartolo Soyaltepec |
OAXACA |
Santa María Nativitas |
OAXACA |
San Cristóbal Amoltepec |
OAXACA |
Santa María Nduayaco |
OAXACA |
San Cristóbal Suchixtlahuaca |
OAXACA |
Santa María Tataltepec |
OAXACA |
San Esteban Atatlahuca |
OAXACA |
Santa María Yolotepec |
OAXACA |
San Francisco Chindúa |
OAXACA |
Santa María Yosoyúa |
OAXACA |
San Francisco Jaltepetongo |
OAXACA |
Santa María Yucuhiti |
OAXACA |
San Francisco Nuxaño |
OAXACA |
Santiago Apoala |
OAXACA |
San Francisco Teopan |
OAXACA |
Santiago Ayuquililla |
OAXACA |
San Francisco Tlapancingo |
OAXACA |
Santiago Cacaloxtepec |
OAXACA |
San Jerónimo Silacayoapilla |
OAXACA |
Santiago Chazumba |
OAXACA |
San Jorge Nuchita |
OAXACA |
Santiago del Río |
OAXACA |
San José Ayuquila |
OAXACA |
Santiago Huajolotitlán |
OAXACA |
San Juan Achiutla |
OAXACA |
Santiago Huauclilla |
OAXACA |
San Juan Bautista Coixtlahuaca |
OAXACA |
Santiago Ihuitlán Plumas |
OAXACA |
San Juan Bautista Suchitepec |
OAXACA |
Santiago Juxtlahuaca |
OAXACA |
San Juan Bautista Tlachichilco |
OAXACA |
Santiago Llano Grande |
OAXACA |
San Juan Cieneguilla |
OAXACA |
Santiago Miltepec |
OAXACA |
San Juan Diuxi |
OAXACA |
Santiago Nejapilla |
OAXACA |
San Juan Ihualtepec |
OAXACA |
Santiago Nundiche |
OAXACA |
San Juan Mixtepec - Distr. 08 - |
OAXACA |
Santiago Nuyoó |
OAXACA |
San Juan Ñumí |
OAXACA |
Santiago Tamazola |
OAXACA |
San Juan Sayultepec |
OAXACA |
Villa Tejúpam de la Unión |
OAXACA |
San Juan Tamazola |
OAXACA |
Santiago Tepetlapa |
OAXACA |
San Juan Teita |
OAXACA |
Santiago Tilantongo |
OAXACA |
San Juan Teposcolula |
OAXACA |
Santiago Tillo |
OAXACA |
San Juan Yucuita |
OAXACA |
Santiago Yolomécatl |
OAXACA |
San Lorenzo Victoria |
OAXACA |
Santiago Yosondúa |
OAXACA |
San Marcos Arteaga |
OAXACA |
Santiago Yucuyachi |
OAXACA |
San Martín Huamelúlpam |
OAXACA |
Santo Domingo Ixcatlán |
OAXACA |
San Martín Itunyoso |
OAXACA |
Santo Domingo Nuxaá |
OAXACA |
San Martín Peras |
OAXACA |
Santo Domingo Tlatayápam |
OAXACA |
San Martín Zacatepec |
OAXACA |
Santo Domingo Tonalá |
OAXACA |
San Mateo Etlatongo |
OAXACA |
Santo Domingo Tonaltepec |
OAXACA |
San Mateo Nejápam |
OAXACA |
Santo Domingo Yanhuitlán |
OAXACA |
San Mateo Peñasco |
OAXACA |
Santo Domingo Yodohino |
OAXACA |
San Mateo Sindihui |
OAXACA |
Santos Reyes Tepejillo |
OAXACA |
San Mateo Tlapiltepec |
OAXACA |
Santos Reyes Yucuná |
OAXACA |
San Miguel Achiutla |
OAXACA |
Santo Tomás Ocotepec |
OAXACA |
San Miguel Ahuehuetitlán |
OAXACA |
San Vicente Nuñú |
OAXACA |
San Miguel Amatitlán |
OAXACA |
Silacayoápam |
OAXACA |
San Miguel Chicahua |
OAXACA |
Villa de Tamazulápam del Progreso |
OAXACA |
San Miguel el Grande |
OAXACA |
Teotongo |
OAXACA |
San Miguel Huautla |
OAXACA |
Tepelmeme Villa de Morelos |
OAXACA |
San Miguel Piedras |
OAXACA |
Tezoatlán de Segura y Luna |
OAXACA |
San Miguel Tecomatlán |
OAXACA |
Tlacotepec Plumas |
OAXACA |
San Miguel Tequixtepec |
OAXACA |
|
OAXACA |
San Miguel Tlacotepec |
OAXACA |
Magdalena Yodocono de Porfirio Díaz |
OAXACA |
San Miguel Tulancingo |
OAXACA |
Yutanduchi de Guerrero |
OAXACA |
San Nicolás Hidalgo |
OAXACA |
Zapotitlán Lagunas |
OAXACA |
San Pedro Coxcaltepec Cántaros |
OAXACA |
Zapotitlán Palmas |
OAXACA |
San Pedro Mártir Yucuxaco |
OAXACA |
Santa Inés de Zaragoza |
|
|
|
|
PUEBLA |
Acatlán |
PUEBLA |
Petlalcingo |
PUEBLA |
Ahuehuetitla |
PUEBLA |
Piaxtla |
PUEBLA |
Albino Zertuche |
PUEBLA |
San Gabriel Chilac |
PUEBLA |
Altepexi |
PUEBLA |
San Jerónimo Xayacatlán |
PUEBLA |
Atexcal |
PUEBLA |
San José Miahuatlán |
PUEBLA |
Axutla |
PUEBLA |
San Juan Atzompa |
PUEBLA |
Caltepec |
PUEBLA |
San Miguel Ixitlán |
PUEBLA |
Coatzingo |
PUEBLA |
San Pablo Anicano |
PUEBLA |
Cohetzala |
PUEBLA |
San Pedro Yeloixtlahuaca |
PUEBLA |
Coyotepec |
PUEBLA |
Santa Catarina Tlaltempan |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa.
Cuadro
5 de 7
PUEBLA |
Cuayuca de Andrade |
PUEBLA |
Santa Inés Ahuatempan |
PUEBLA |
Chiautla |
PUEBLA |
Huehuetlán el Grande |
PUEBLA |
Chigmecatitlán |
PUEBLA |
Tecomatlán |
PUEBLA |
Chila |
PUEBLA |
Tehuacán |
PUEBLA |
Chila de la Sal |
PUEBLA |
Tehuitzingo |
PUEBLA |
Chinantla |
PUEBLA |
Teotlalco |
PUEBLA |
Guadalupe |
PUEBLA |
Tepexi de Rodríguez |
PUEBLA |
Huatlatlauca |
PUEBLA |
Tlacotepec de Benito Juárez |
PUEBLA |
Huehuetlán el Chico |
PUEBLA |
Totoltepec de Guerrero |
PUEBLA |
Huitziltepec |
PUEBLA |
Tulcingo |
PUEBLA |
Ixcamilpa de Guerrero |
PUEBLA |
Tzicatlacoyan |
PUEBLA |
Ixcaquixtla |
PUEBLA |
Xayacatlán de Bravo |
PUEBLA |
Izúcar de Matamoros |
PUEBLA |
Xicotlán |
PUEBLA |
Jolalpan |
PUEBLA |
Xochitlán Todos Santos |
PUEBLA |
Juan N. Méndez |
PUEBLA |
Zacapala |
PUEBLA |
La Magdalena Tlatlauquitepec |
PUEBLA |
Zapotitlán |
PUEBLA |
Molcaxac |
PUEBLA |
Zinacatepec |
|
|
|
|
QUERETARO DE ARTEAGA |
Amealco de Bonfil |
QUERETARO DE ARTEAGA |
El Marqués |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Pinal de Amoles |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Pedro Escobedo |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Arroyo Seco |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Peñamiller |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Cadereyta de Montes |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Querétaro |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Colón |
QUERETARO DE ARTEAGA |
San Joaquín |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Ezequiel Montes |
QUERETARO DE ARTEAGA |
San Juan del Río |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Huimilpan |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Tequisquiapan |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Jalpan de Serra |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Tolimán |
QUERETARO DE ARTEAGA |
Landa de Matamoros |
|
|
|
|
|
|
QUINTANA ROO |
Othón P. Blanco |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
SAN LUIS POTOSI |
Ahualulco |
SAN LUIS POTOSI |
San Nicolás Tolentino |
SAN LUIS POTOSI |
Armadillo de los Infante |
SAN LUIS POTOSI |
Santa Catarina |
SAN LUIS POTOSI |
Cedral |
SAN LUIS POTOSI |
Santa María del Río |
SAN LUIS POTOSI |
Cerritos |
SAN LUIS POTOSI |
Santo Domingo |
SAN LUIS POTOSI |
Cerro de San Pedro |
SAN LUIS POTOSI |
Tierra Nueva |
SAN LUIS POTOSI |
Ciudad del Maíz |
SAN LUIS POTOSI |
Venado |
SAN LUIS POTOSI |
Charcas |
SAN LUIS POTOSI |
Villa de Arriaga |
SAN LUIS POTOSI |
Guadalcázar |
SAN LUIS POTOSI |
Villa de Guadalupe |
SAN LUIS POTOSI |
Lagunillas |
SAN LUIS POTOSI |
Villa de Ramos |
SAN LUIS POTOSI |
Mexquitic de Carmona |
SAN LUIS POTOSI |
Villa de Reyes |
SAN LUIS POTOSI |
Moctezuma |
SAN LUIS POTOSI |
Villa Hidalgo |
SAN LUIS POTOSI |
Rioverde |
SAN LUIS POTOSI |
Villa Juárez |
SAN LUIS POTOSI |
Salinas |
SAN LUIS POTOSI |
Zaragoza |
SAN LUIS POTOSI |
San Ciro de Acosta |
SAN LUIS POTOSI |
Villa de Arista |
SAN LUIS POTOSI |
San Luis Potosí |
|
|
|
|
|
|
SINALOA |
Ahome |
SINALOA |
El Fuerte |
SINALOA |
Angostura |
SINALOA |
Guasave |
SINALOA |
Badiraguato |
SINALOA |
Mazatlán |
SINALOA |
Concordia |
SINALOA |
Mocorito |
SINALOA |
Cosalá |
SINALOA |
Rosario |
SINALOA |
Culiacán |
SINALOA |
Salvador Alvarado |
SINALOA |
Choix |
SINALOA |
San Ignacio |
SINALOA |
Elota |
SINALOA |
Sinaloa |
SINALOA |
Escuinapa |
SINALOA |
Navolato |
|
|
|
|
SONORA |
Aconchi |
SONORA |
Imuris |
SONORA |
Agua Prieta |
SONORA |
Magdalena |
SONORA |
Alamos |
SONORA |
Mazatán |
SONORA |
Arivechi |
SONORA |
Moctezuma |
SONORA |
Arizpe |
SONORA |
Naco |
SONORA |
Bacadéhuachi |
SONORA |
Nácori Chico |
SONORA |
Bacanora |
SONORA |
Nacozari de García |
SONORA |
Bacerac |
SONORA |
Navojoa |
SONORA |
Banámichi |
SONORA |
Nogales |
SONORA |
Baviácora |
SONORA |
Onavas |
SONORA |
Bavispe |
SONORA |
Opodepe |
SONORA |
Benjamín Hill |
SONORA |
Pitiquito |
SONORA |
Caborca |
SONORA |
Quiriego |
SONORA |
Cajeme |
SONORA |
Rayón |
SONORA |
Cananea |
SONORA |
Rosario |
SONORA |
Carbó |
SONORA |
Sahuaripa |
SONORA |
La Colorada |
SONORA |
San Felipe de Jesús |
SONORA |
Cucurpe |
SONORA |
San Miguel de Horcasitas |
SONORA |
Cumpas |
SONORA |
San Pedro de la Cueva |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa.
Cuadro
6 de 7
SONORA |
Divisaderos |
SONORA |
Santa Ana |
SONORA |
Empalme |
SONORA |
Sáric |
SONORA |
Fronteras |
SONORA |
Soyopa |
SONORA |
Granados |
SONORA |
Suaqui Grande |
SONORA |
Guaymas |
SONORA |
Tepache |
SONORA |
Hermosillo |
SONORA |
Tubutama |
SONORA |
Huachinera |
SONORA |
Ures |
SONORA |
Huásabas |
SONORA |
Villa Hidalgo |
SONORA |
Huatabampo |
SONORA |
Villa Pesqueira |
SONORA |
Huépac |
SONORA |
Yécora |
|
|
|
|
TAMAULIPAS |
Abasolo |
TAMAULIPAS |
Matamoros |
TAMAULIPAS |
Aldama |
TAMAULIPAS |
Méndez |
TAMAULIPAS |
Altamira |
TAMAULIPAS |
Mier |
TAMAULIPAS |
Antiguo Morelos |
TAMAULIPAS |
Miguel Alemán |
TAMAULIPAS |
Burgos |
TAMAULIPAS |
Miquihuana |
TAMAULIPAS |
Bustamante |
TAMAULIPAS |
Nuevo Morelos |
TAMAULIPAS |
Camargo |
TAMAULIPAS |
Ocampo |
TAMAULIPAS |
Casas |
TAMAULIPAS |
Padilla |
TAMAULIPAS |
Cruillas |
TAMAULIPAS |
Palmillas |
TAMAULIPAS |
Gómez Farías |
TAMAULIPAS |
Reynosa |
TAMAULIPAS |
González |
TAMAULIPAS |
San Carlos |
TAMAULIPAS |
Güémez |
TAMAULIPAS |
San Fernando |
TAMAULIPAS |
Gustavo Díaz Ordaz |
TAMAULIPAS |
San Nicolás |
TAMAULIPAS |
Hidalgo |
TAMAULIPAS |
Soto la Marina |
TAMAULIPAS |
Jaumave |
TAMAULIPAS |
Tula |
TAMAULIPAS |
Jiménez |
TAMAULIPAS |
Victoria |
TAMAULIPAS |
Llera |
TAMAULIPAS |
Villagrán |
TAMAULIPAS |
Mainero |
TAMAULIPAS |
Xicoténcatl |
TAMAULIPAS |
El Mante |
|
|
|
|
|
|
TABASCO |
Centla |
TABASCO |
Tacotalpa |
TABASCO |
Huimanguillo |
TABASCO |
Tenosique |
TABASCO |
Macuspana |
TABASCO |
|
|
|
|
|
TLAXCALA |
Altzayanca |
TLAXCALA |
Emiliano Zapata |
TLAXCALA |
Españita |
|
|
|
|
|
|
VERACRUZ-LLAVE |
Actopan |
VERACRUZ-LLAVE |
Paso de Ovejas |
VERACRUZ-LLAVE |
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios |
VERACRUZ-LLAVE |
Perote |
VERACRUZ-LLAVE |
Tlaltetela |
VERACRUZ-LLAVE |
Platón Sánchez |
VERACRUZ-LLAVE |
Benito Juárez |
VERACRUZ-LLAVE |
Pueblo Viejo |
VERACRUZ-LLAVE |
Comapa |
VERACRUZ-LLAVE |
Puente Nacional |
VERACRUZ-LLAVE |
Cotaxtla |
VERACRUZ-LLAVE |
Soledad de Doblado |
VERACRUZ-LLAVE |
Coyutla |
VERACRUZ-LLAVE |
Soteapan |
VERACRUZ-LLAVE |
Chalma |
VERACRUZ-LLAVE |
Tamalín |
VERACRUZ-LLAVE |
Chiconamel |
VERACRUZ-LLAVE |
Tamiahua |
VERACRUZ-LLAVE |
Chicontepec |
VERACRUZ-LLAVE |
Tampico Alto |
VERACRUZ-LLAVE |
Chinampa de Gorostiza |
VERACRUZ-LLAVE |
Tancoco |
VERACRUZ-LLAVE |
Chontla |
VERACRUZ-LLAVE |
Tantima |
VERACRUZ-LLAVE |
Chumatlán |
VERACRUZ-LLAVE |
Tantoyuca |
VERACRUZ-LLAVE |
Espinal |
VERACRUZ-LLAVE |
Castillo de Teayo |
VERACRUZ-LLAVE |
Huayacocotla |
VERACRUZ-LLAVE |
Tecolutla |
VERACRUZ-LLAVE |
Ignacio de la Llave |
VERACRUZ-LLAVE |
Temapache |
VERACRUZ-LLAVE |
Ixcatepec |
VERACRUZ-LLAVE |
Tempoal |
VERACRUZ-LLAVE |
Ixhuatlán del Café |
VERACRUZ-LLAVE |
Tepetzintla |
VERACRUZ-LLAVE |
Jalacingo |
VERACRUZ-LLAVE |
Tezonapa |
VERACRUZ-LLAVE |
Jamapa |
VERACRUZ-LLAVE |
Tihuatlán |
VERACRUZ-LLAVE |
Manlio Fabio Altamirano |
VERACRUZ-LLAVE |
Tlacotepec de Mejía |
VERACRUZ-LLAVE |
Mecatlán |
VERACRUZ-LLAVE |
Tlalixcoyan |
VERACRUZ-LLAVE |
Medellín |
VERACRUZ-LLAVE |
Túxpam |
VERACRUZ-LLAVE |
Naranjal |
VERACRUZ-LLAVE |
Zentla |
VERACRUZ-LLAVE |
Ozuluama de Mascareñas |
VERACRUZ-LLAVE |
Zozocolco de Hidalgo |
VERACRUZ-LLAVE |
Pánuco |
VERACRUZ-LLAVE |
Tatahuicapan de Juárez |
|
|
|
|
YUCATAN |
Progreso |
YUCATAN |
Ticul |
YUCATAN |
Tekax |
YUCATAN |
Opichén |
YUCATAN |
Maxcanú |
YUCATAN |
Chankom |
|
|
|
|
ZACATECAS |
Apozol |
ZACATECAS |
Monte Escobedo |
ZACATECAS |
Apulco |
ZACATECAS |
Morelos |
ZACATECAS |
Atolinga |
ZACATECAS |
Moyahua de Estrada |
ZACATECAS |
Calera |
ZACATECAS |
Nochistlán de Mejía |
ZACATECAS |
Cañitas de Felipe Pescador |
ZACATECAS |
Noria de Angeles |
ZACATECAS |
Concepción del Oro |
ZACATECAS |
Ojocaliente |
ZACATECAS |
Cuauhtémoc |
ZACATECAS |
Pánuco |
ZACATECAS |
Chalchihuites |
ZACATECAS |
Pinos |
ZACATECAS |
Fresnillo |
ZACATECAS |
Río Grande |
ZACATECAS |
Genaro Codina |
ZACATECAS |
Sain Alto |
ZACATECAS |
General Enrique Estrada |
ZACATECAS |
El Salvador |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa.
Cuadro
7 de 7
ZACATECAS |
General Francisco R. Murguía |
ZACATECAS |
Sombrerete |
ZACATECAS |
El Plateado de Joaquín Amaro |
ZACATECAS |
Susticacán |
ZACATECAS |
General Pánfilo Natera |
ZACATECAS |
Tabasco |
ZACATECAS |
Guadalupe |
ZACATECAS |
Tepechitlán |
ZACATECAS |
Huanusco |
ZACATECAS |
Tepetongo |
ZACATECAS |
Jalpa |
ZACATECAS |
Teul de González Ortega |
ZACATECAS |
Jerez |
ZACATECAS |
Tlaltenango de Sánchez Román |
ZACATECAS |
Jiménez del Teul |
ZACATECAS |
Valparaíso |
ZACATECAS |
Juchipila |
ZACATECAS |
Vetagrande |
ZACATECAS |
Loreto |
ZACATECAS |
Villa de Cos |
ZACATECAS |
Luis Moya |
ZACATECAS |
Villa García |
ZACATECAS |
Mazapil |
ZACATECAS |
Villa González Ortega |
ZACATECAS |
Melchor Ocampo |
ZACATECAS |
Villa Hidalgo |
ZACATECAS |
Mezquital del Oro |
ZACATECAS |
Villanueva |
ZACATECAS |
Miguel Auza |
ZACATECAS |
Zacatecas |
ZACATECAS |
Momax |
ZACATECAS |
Trancoso |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa.
Cuadro 2. Acuíferos, Cultivos, Géneros y
Especies prioritarios
Cuadro
2.1. Acuíferos Prioritarios (sobreexplotados)
NO. |
CLAVE GEOH. |
NOMBRE DEL ACUIFERO |
REGION HIDROLOGICA |
CUENCA |
EXTRACCION HM3/AÑO |
RECARGA HM3/AÑO |
RELACION EXTRACCION / RECARGA |
1 |
BCA07 |
GUADALUPE |
01 |
RIO TIJUANA-A.
MANEADERO |
33.5 |
23.9 |
1.40 |
2 |
BCA08 |
OJOS NEGROS |
01 |
RIO TIJUANA-A.
MANEADERO |
25.5 |
19.0 |
1.34 |
3 |
BCA12 |
MANEADERO |
01 |
RIO TIJUANA-A.
MANEADERO |
30.6 |
20.8 |
1.47 |
4 |
BCA21 |
SAN QUINTIN |
01 |
A. ESCOPETA-C. SAN
FERNANDO |
24.4 |
19.0 |
1.28 |
5 |
BCS06 |
SANTO DOMINGO |
03 |
A. VENANCIO-A. SALADO |
314.0 |
188.0 |
1.67 |
6 |
BCS23 |
LOS PLANES |
06 |
|
11.0 |
9.4 |
1.17 |
7 |
BCS32 |
MULEGE |
05 |
A. PATERNA-A. MULEGE |
6.0 |
5.0 |
1.20 |
8 |
SON01 |
VALLE DE SAN LUIS RIO
COLORADO |
08 |
DESIERTO DE ALTAR-RIO BAMORI |
153.0 |
100.0 |
1.53 |
9 |
SON03 |
SONOYTA-PUERTO PEÑASCO |
08 |
DESIERTO DE ALTAR-RIO BAMORI |
46.3 |
41.4 |
1.12 |
10 |
SON05 |
CABORCA |
08 |
RIO CONCEPCION-A.COCOSPERA |
376.7 |
300.0 |
1.26 |
11 |
SON06 |
LOS CHIRRIONES |
08 |
RIO CONCEPCION-A.COCOSPERA |
54.2 |
30.0 |
1.81 |
12 |
SON09 |
BUSANI |
08 |
RIO CONCEPCION-A.COCOSPERA |
20.0 |
15.5 |
1.29 |
13 |
SON10 |
COYOTILLO |
08 |
RIO CONCEPCION-A.COCOSPERA |
10.8 |
4.0 |
2.71 |
14 |
SON19 |
COSTA DE HERMOSILLO |
09 |
RIO SONORA |
430.4 |
250.0 |
1.72 |
15 |
SON20 |
SAHUARAL |
09 |
RIO SONORA |
81.3 |
70.0 |
1.16 |
16 |
SON21 |
MESA DEL SERI-LA
VICTORIA |
09 |
RIO SONORA |
120.0 |
73.0 |
1.64 |
17 |
SON24 |
RIO SONORA |
09 |
RIO SONORA |
74.6 |
66.7 |
1.12 |
18 |
SON26 |
RIO ZANJON |
09 |
RIO SONORA |
109.1 |
76.8 |
1.42 |
19 |
SON27 |
RIO BACOACHI |
09 |
RIO SONORA |
13.8 |
11.0 |
1.25 |
20 |
SON35 |
VALLE DE GUAYMAS |
09 |
RIO MATAPE |
117.4 |
100.0 |
1.17 |
21 |
SON36 |
SAN JOSE DE GUAYMAS |
09 |
RIO MATAPE |
8.1 |
4.5 |
1.80 |
22 |
SON42 |
VALLE DEL MAYO |
09 |
RIO MAYO |
202.5 |
155.0 |
1.31 |
23 |
DGO02 |
VALLE DE CANATLAN |
11 |
RIO SAN PEDRO |
30.7 |
23.5 |
1.31 |
24 |
MOR04 |
TEPALCINGO-AXOCHIAPAN |
18 |
RIO ATOYAC |
66.6 |
43.8 |
1.52 |
25 |
PUE01 |
VALLE DE TECAMACHALCO |
18 |
RIO ATOYAC |
279.0 |
157.1 |
1.78 |
26 |
HGO17 |
VALLE DE TULANCINGO |
26 |
RIO MOCTEZUMA |
111.5 |
39.1 |
2.85 |
27 |
QRO03 |
VALLE DE SAN JUAN DEL
RIO |
26 |
RIO MOCTEZUMA |
396.0 |
309.0 |
1.28 |
28 |
NLE07 |
CAMPO MINA |
24 |
RIO BRAVO-SAN JUAN |
35.2 |
24.0 |
1.47 |
29 |
COA07 |
MONCLOVA |
24 |
P.FALCON-RIO SALADO |
108.0 |
30.0 |
3.60 |
30 |
COA08 |
PAREDON |
24 |
RIO BRAVO-SAN JUAN |
23.1 |
18.6 |
1.24 |
31 |
COA10 |
SALTILLO-RAMOS ARIZPE |
24 |
RIO BRAVO-SAN JUAN |
37.3 |
29.5 |
1.27 |
32 |
COA11 |
REGION
MANZANERA-ZAPALINAME |
24 |
RIO BRAVO-SAN JUAN |
69.9 |
55.5 |
1.26 |
33 |
CHI01 |
ASCENSION |
34 |
RIO CASAS GRANDES |
191.5 |
132.2 |
1.45 |
34 |
CHI03 |
BAJA BABICORA |
34 |
RIO SANTA MARIA |
134.1 |
90.6 |
1.48 |
35 |
CHI04 |
BUENAVENTURA |
34 |
RIO SANTA MARIA |
103.5 |
66.5 |
1.56 |
36 |
CHI05 |
CUAUHTEMOC |
34 |
L. BUSTILLOS-L.
MEXICANOS |
190.9 |
115.2 |
1.66 |
37 |
CHI06 |
CASAS GRANDES |
34 |
RIO CASAS GRANDES |
200.5 |
180.0 |
1.11 |
38 |
CHI07 |
EL SAUZ-ENCINILLAS |
34 |
A. EL CARRIZO Y OTROS |
117.9 |
106.5 |
1.11 |
39 |
CHI21 |
FLORES MAGON-VILLA
AHUMADA |
34 |
RIO DEL CARMEN |
333.7 |
295.6 |
1.13 |
40 |
CHI30 |
CHIHUAHUA-SACRAMENTO |
24 |
RIO CONCHOS-EL GRANERO |
124.8 |
65.8 |
1.90 |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa
NO. |
CLAVE GEOH. |
NOMBRE DEL ACUIFERO |
REGION HIDROLOGICA |
CUENCA |
EXTRACCION HM3/AÑO |
RECARGA HM3/AÑO |
RELACION EXTRACCION / RECARGA |
41 |
CHI31 |
MEOQUI-DELICIAS |
24 |
RIO CONCHOS-EL GRANERO |
329.2 |
211.2 |
1.56 |
42 |
CHI32 |
JIMENEZ-CAMARGO |
24 |
RIO FLORIDO |
605.9 |
405.0 |
1.50 |
43 |
CHI35 |
TABALAOPA-ALDAMA |
24 |
RIO CONCHOS-EL GRANERO |
65.6 |
55.1 |
1.19 |
44 |
DGO23 |
CEBALLOS |
35 |
CERRO GORDO Y OTROS |
104.0 |
93.8 |
1.11 |
45 |
DGO24 |
ORIENTE AGUANAVAL |
36 |
RIO AGUANAVAL |
66.9 |
51.7 |
1.30 |
46 |
DGO26 |
VICENTE SUAREZ |
36 |
RIO NAZAS-RODEO |
63.0 |
13.0 |
4.85 |
47 |
NLE15 |
NAVIDAD-POTOSI-RAICES |
37 |
S. MADRE ORIENTAL |
144.3 |
98.0 |
1.47 |
48 |
SLP01 |
VANEGAS-CATORCE |
37 |
SIERRA DE LOS RODRIGUEZ |
17.6 |
13.6 |
1.29 |
49 |
SLP02 |
EL BARRIL |
37 |
FRESNILLO-YESCA |
62.0 |
31.6 |
1.96 |
50 |
SLP03 |
SALINAS DE HIDALGO |
37 |
PRESA SAN PABLO Y OTRAS |
25.4 |
16.7 |
1.52 |
51 |
SLP07 |
CEDRAL-MATEHUALA |
37 |
MATEHUALA |
54.0 |
43.4 |
1.24 |
52 |
SLP08 |
VILLA DE ARISTA |
37 |
PRESA SAN JOSE-LOS
PILARES |
74.8 |
48.2 |
1.55 |
53 |
SLP09 |
VILLA HIDALGO |
37 |
PRESA SAN JOSE-LOS
PILARES |
5.2 |
4.0 |
1.30 |
54 |
SLP11 |
SAN LUIS POTOSI |
37 |
PRESA SAN JOSE-LOS
PILARES |
113.5 |
78.1 |
1.45 |
55 |
SLP12 |
JARAL DE BERRIOS-VILLA
DE REYES |
26 |
RIO TAMPAON |
213.4 |
132.1 |
1.62 |
56 |
SLP13 |
MATEHUALA-HUIZACHE |
37 |
MATEHUALA |
37.0 |
31.6 |
1.17 |
57 |
ZAC10 |
BENITO JUAREZ |
37 |
FRESNILLO-YESCA |
23.0 |
20.1 |
1.14 |
58 |
ZAC14 |
AGUANAVAL |
36 |
RIO AGUANAVAL |
102.0 |
85.7 |
1.19 |
59 |
ZAC15 |
ABREGO |
36 |
RIO AGUANAVAL |
22.2 |
20.0 |
1.11 |
60 |
ZAC23 |
GUADALUPE DE LAS
CORRIENTES |
37 |
FRESNILLO-YESCA |
35.3 |
13.0 |
2.72 |
61 |
ZAC24 |
PUERTO MADERO |
37 |
FRESNILLO-YESCA |
18.5 |
8.9 |
2.08 |
62 |
ZAC25 |
CALERA |
37 |
FRESNILLO-YESCA |
125.0 |
83.9 |
1.49 |
63 |
ZAC26 |
CHUPADEROS |
37 |
FRESNILLO-YESCA |
138.0 |
72.8 |
1.90 |
64 |
ZAC28 |
LA BLANCA |
37 |
PRESA SAN PABLO Y OTRAS |
29.5 |
20.5 |
1.44 |
65 |
ZAC29 |
LORETO |
37 |
PRESA SAN PABLO Y OTRAS |
81.4 |
52.5 |
1.55 |
66 |
COA09 |
LA PAILA |
36 |
L. DE MAYRAN Y L. DE
VIESCA |
40.9 |
35.7 |
1.15 |
67 |
COA23 |
PRINCIPAL-REGION
LAGUNERA |
36 |
RIO NAZAS-TORREON |
930.9 |
518.9 |
1.79 |
68 |
GTO03 |
LAGUNA SECA |
12 |
RIO LA LAJA |
398.0 |
128.5 |
3.10 |
69 |
GTO04 |
DR. MORA-SAN JOSE
ITURBIDE |
12 |
RIO LA LAJA |
58.0 |
32.0 |
1.81 |
70 |
GTO05 |
SAN MIGUEL DE ALLENDE |
12 |
RIO LA LAJA |
29.4 |
16.5 |
1.78 |
71 |
GTO06 |
CUENCA ALTA DEL RIO
LAJA |
12 |
RIO LA LAJA |
412.0 |
139.7 |
2.95 |
72 |
GTO07 |
SILAO-ROMITA |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
408.4 |
272.0 |
1.50 |
73 |
GTO08 |
LA MURALLA |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
32.0 |
29.0 |
1.10 |
74 |
GTO09 |
VALLE DE LEON |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
204.0 |
156.3 |
1.31 |
75 |
GTO10 |
RIO TURBIO |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
148.0 |
110.0 |
1.35 |
76 |
GTO11 |
VALLE DE CELAYA |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
593.0 |
286.6 |
2.07 |
77 |
GTO12 |
VALLE DE LA CUEVITA |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
8.5 |
5.9 |
1.44 |
78 |
GTO13 |
VALLE DE ACAMBARO |
12 |
RIO LERMA-TOLUCA |
190.0 |
160.2 |
1.19 |
79 |
GTO14 |
SALVATIERRA-ACAMBARO |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
109.0 |
82.0 |
1.33 |
80 |
GTO15 |
IRAPUATO-VALLE |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
583.2 |
522.2 |
1.12 |
81 |
GTO16 |
PENJAMO-ABASOLO |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
440.2 |
225.0 |
1.96 |
82 |
GTO18 |
CIENEGA PRIETA-MOROLEON |
12 |
RIO LERMA-SALAMANCA |
142.9 |
85.0 |
1.68 |
83 |
JAL08 |
LA BARCA |
12 |
RIO LERMA-CHAPALA |
84.2 |
67.0 |
1.26 |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa
NO. |
CLAVE GEOH. |
NOMBRE DEL ACUIFERO |
REGION HIDROLOGICA |
CUENCA |
EXTRACCION HM3/AÑO |
RECARGA HM3/AÑO |
RELACION EXTRACCION / RECARGA |
84 |
JAL22 |
ENCARNACION |
12 |
RIO VERDE GRANDE |
72.6 |
63.0 |
1.15 |
85 |
MEX01 |
VALLE DE TOLUCA |
12 |
RIO LERMA-TOLUCA |
422.4 |
336.8 |
1.25 |
86 |
MEX02 |
IXTLAHUACA-ATLACOMULCO |
12 |
RIO LERMA-TOLUCA |
208.0 |
119.0 |
1.75 |
87 |
MIC02 |
MORELIA-QUERENDARO |
12 |
L. PATZCUARO-CUITZEO |
318.0 |
225.6 |
1.41 |
88 |
MIC04 |
PASTOR ORTIZ-LA PIEDAD |
12 |
RIO LERMA-CHAPALA |
34.3 |
28.7 |
1.19 |
89 |
MIC06 |
CIENEGA DE CHAPALA |
12 |
RIO LERMA-CHAPALA |
19.6 |
14.4 |
1.36 |
90 |
MIC08 |
BRISEÑAS-YURECUARO |
12 |
RIO LERMA-CHAPALA |
144.8 |
114.0 |
1.27 |
91 |
QRO01 |
VALLE DE QUERETARO |
12 |
RIO LA LAJA |
109.7 |
70.0 |
1.57 |
92 |
QRO02 |
VALLE DE AMAZCALA |
12 |
RIO LA LAJA |
40.0 |
34.0 |
1.18 |
93 |
ZAC11 |
VILLANUEVA |
12 |
RIO JUCHIPILA |
18.2 |
14.2 |
1.28 |
94 |
ZAC12 |
OJOCALIENTE |
12 |
RIO VERDE-GRANDE |
80.0 |
56.6 |
1.41 |
95 |
AGS02 |
VALLE DE CHICALOTE |
12 |
RIO VERDE GRANDE |
48.0 |
35.0 |
1.37 |
96 |
AGS03 |
EL LLANO |
12 |
RIO VERDE GRANDE |
24.0 |
15.0 |
1.60 |
97 |
AGS04 |
VENADERO |
12 |
RIO VERDE GRANDE |
5.8 |
5.0 |
1.16 |
98 |
AGS05 |
VALLE DE CALVILLO |
12 |
RIO JUCHIPILA |
40.0 |
25.0 |
1.60 |
99 |
COL10 |
VALLE DE IXTLAHUACAN |
16 |
RIO COAHUAYANA |
4.0 |
3.0 |
1.33 |
100 |
AGS01 |
VALLE DE AGUASCALIENTES |
12 |
RIO VERDE GRANDE |
430.0 |
235.0 |
1.83 |
101 |
MEX06 |
CHALCO-AMECAMECA |
26 |
RIO MOCTEZUMA |
128.4 |
74.0 |
1.73 |
102 |
MEX07 |
TEXCOCO |
26 |
RIO MOCTEZUMA |
465.4 |
48.6 |
9.57 |
103 |
MEX08 |
CUAUTITLAN-PACHUCA |
26 |
RIO MOCTEZUMA |
483.3 |
204.0 |
2.38 |
104 |
DEF01 |
ZONA METROPOLITANA DE |
26 |
RIO MOCTEZUMA |
507.4 |
279.0 |
1.82 |
Cuadro
2.2. Cultivos prioritarios acordes al potencial productivo
CULTIVOS |
GRANOS BASICOS: MAIZ, FRIJOL,
TRIGO, OTROS |
OLEAGINOSAS: CANOLA, CARTAMO,
SOYA, OTROS |
FORRAJEROS: MAIZ, AVENA,
SORGO, PASTOS, OTROS |
INDUSTRIALES: COCO, CACAO,
PALMA DE ACEITE, HULE, OTROS |
AMARANTO |
CITRICOS |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa
Cuadro
2.3. Géneros Prioritarios de recursos fitogenéticos para
HORTALIZAS |
BASICOS E INDUSTRIALES |
a)
SOLANUM |
a)
ZEA |
b)
PHYSALIS |
b)
PHASEOLUS |
c)
LICOPERSICUM |
c)
HELIANTHUS |
d)
CUCURBITA |
d)
NICOTIANA |
e)
IPOMOEA |
e)
AGAVE |
f)
SECHIUM |
f)
SIMMONDSIA |
g)
CAPSICUM |
g)
VAINILLA |
SUBUTILIZADAS |
h)
GOSSYPIUM |
a)
CHENOPUDIUM |
i)
JATROPHA |
b)
AMARANTHUS |
ORNAMENTALES |
c)
PORTULACA |
a)
DAHLIA |
d)
MANITHOT |
b)
TAGETES |
e)
BIXIA |
c)
HYMENOCALIS |
FRUTALES |
d)
BROMELIA |
a)
PERSEA |
e)
ECHEVERIA |
b)
ANONA |
f)
EUPHORBIA |
c)
PSIDIUM |
g)
TIGRIDIA |
d)
CARICA |
h)
BEAUCARNEA |
e)
CRATAEGUS |
i)
MAMMILLARIA |
f)
MANILKARA |
j)
THELOCACTUS |
g)
OPUNTIA |
k)
LAELIA |
h)
STENOCEREUS |
l)
LLEPANTES |
i)
THEOBROMA |
FAMILIA CACTACEA |
j)
VITIS |
59 GENEROS
|
k)
HYLOCEREUS |
FAMILIA ORQUIDACEAS |
l)
SPONDIA |
145 GENEROS |
m)
BIROSONIMA |
|
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa
Cuadro
2.4. Especies recursos pecuarios de importancia biológica o económica
ESPECIE |
SISTEMA |
BOVINOS |
CARNE,
LECHE Y DOBLE PROPOSITO |
OVINOS |
CARNE |
CAPRINO |
CARNE |
CERDOS |
|
AVES |
POLLOS |
GUAJOLOTES |
|
CODORNIZ |
|
PAVOS |
|
PATOS |
|
GANSOS |
|
ABEJAS |
|
CONEJOS -
CHINCHILLAS |
|
CERVIDOS |
|
EQUIDOS |
CABALLOS |
MULAS |
|
BURROS |
|
ABEJAS |
|
Cuadro 2.5. Pesca y Acuacultura
Acciones, obras y/o proyectos |
Criterios de asignación |
Sistemas
Lagunarios Costeros y de Aguas Interiores |
Aquellos
Sistemas que presenten alteraciones en sus condiciones hidrodinámicas
ocasionados por eventos antropogénicos y/o climatológicos, así como aquellos
que requieren intervención para elevar su productividad. |
Ordenamiento
Pesquero y Acuícola |
Aquellas zonas
y especies determinadas en los Programas y/o Planes Rectores regionales, por
recurso estratégico o modalidad acuícola, así como los proyectos que den
atención a factores críticos y que requieran intervención para elevar su
productividad. |
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa
GUIA
PRACTICA PARA EL LLENADO DE
(FORMATO B-3 – MARICULTIVO)
Este
formato debe ser requisitado por el productor que cuente con instalaciones
acuícolas que estén o pretendan incluirse en el padrón de beneficiarios del
programa de apoyo al diesel marino; apegándose en todo momento a lo estipulado
en
Los
espacios sombreados en la solicitud, son para uso exclusivo de
Espacios indispensables a requisitar por el productor para que proceda la solicitud.
TIPO DE SOLICITUD
Inscripción o Reinscripción: Indique en el recuadro con una X el tipo de trámite a solicitar.
Cambio de Situación: Marque con una X cuando tenga cambios de circunstancias y/o bienes, en su inscripción anterior.
Sin Cambio: Marque con una X Cuando no tenga cambios en su inscripción anterior.
Clave RNP del Maricultor: Indique la clave de 10 dígitos que tiene asignada la unidad económica solicitante.
Clave RNP Rancho Pesquero: Indique la clave de 8 dígitos que tiene asignada el rancho pesquero solicitante.
Esta afiliado a alguna Organización:
Marque con una X el recuadro correspondiente, si su respuesta es “SI”, escriba
el nombre de
Tipo de Maricultor: Indique en el recuadro con una X el carácter del solicitante persona física o moral.
Nombre o razón social del Maricultor: Escriba el nombre y apellidos completos o la razón social del permisionario como aparece en el permiso, concesión o autorización respectiva.
RFC: Indique el registro federal de contribuyentes, para personas morales 12 dígitos y personas físicas 13 dígitos.
CURP: Si es persona física indique
DOMICILIO FISCAL
Calle y número: Escriba el nombre y el número del domicilio fiscal.
Teléfono: Escriba el número telefónico actual con clave lada.
Colonia: Escriba el nombre completo de la colonia.
Correo electrónico: Escriba el correo electrónico de la persona física o moral.
C.P.: Indique el código postal.
Municipio: Escriba el Municipio al que pertenece el domicilio fiscal.
Entidad: Indique
Coordenadas de la ubicación del activo de Maricultivo: Indique las coordenadas donde se ubica la instalación productiva.
INFORMACION PARTICULAR
Número de embarcaciones por utilizar: Indique el número de embarcaciones propias y arrendadas que utilizará durante el ciclo productivo, así como el numero de embarcaciones auxiliares que utilizara en caso de sustitución de las que utilizara en el ciclo productivo y el numero total de embarcaciones por utilizar.
Duración del ciclo productivo: indique el número de meses del ciclo productivo.
Superficie de Operación: Escriba el espacio que registra el activo productivo en operación.
Cantidad de cercos: Indique el número de cercos a utilizar en la engorda de la especie.
Permiso o Concesión: Indique el número
del permiso (s) o concesión otorgados por
Vigencia: indique el periodo de vigencia de los permisos o concesiones con los que cuenta el activo, anotando DIA, MES AÑO de inicio y termino de los mismos.
Especie: indique el nombre de la pesquería que autorizan los permisos o concesiones del activo.
DETALLE DE EMBARCACIONES QUE OPERAN EN EL ACTIVO PRODUCTIVO
Clave RNP: Indique la clave del
Registro Nacional de
Nombre de la embarcación: Escriba el nombre completo de la embarcación.
Matrícula SCT: Escriba el Número del Certificado de Matrícula.
H.P.: Escriba la potencia en caballaje del o los motores principales.
Tanque Litros: Indique la capacidad de almacenamiento en litros de los tanques de combustible.
Estatus: marque con una X si la embarcación es propio o arrendada, y si es auxiliar
Periodo de utilización: indique el periodo de utilización de la embarcación dentro del ciclo productivo, Anotando DIA y MES de inicio y término.
Documentación que acompaña la solicitud
En este apartado se deberá de cumplir con la documentación solicitada y cruzar con una X la documentación que se anexa a la presente solicitud.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
a.1) La población objetivo interesada
deberá esperar a que durante el periodo de cosechas y comercialización de los
productos elegibles,
a.2) Una vez publicados los
Lineamientos Específicos de Operación, la oficina regional de
a.3) La población objetivo interesada
en ser beneficiaria de este tipo de apoyo deberá de llevar a cabo el “Trámite
de Inscripción y Pago del Apoyo Complementario al Ingreso”, entregando
a.4) A cada solicitud debidamente
documentada recibida en la ventanilla autorizada, en ésta se le asignará un
número de folio conforme a lo siguiente: Estado, DDR, CADER, Ventanilla, Año,
Ciclo Agrícola, Número consecutivo; en los términos que
a.5) Las ventanillas autorizadas envían
las solicitudes recibidas y la documentación correspondiente a la oficina
regional de
Si
la información y/o documentación entregada por los solicitantes no es correcta
o está incompleta, la oficina regional que le corresponda notificará por
escrito a los solicitantes las deficiencias, quienes contarán con 20 días
hábiles, contados a partir de haber recibido su notificación, para presentarse
nuevamente en las ventanillas autorizadas a efecto de corregir o aportar la
información complementaria para subsanar la (s) omisión (es) en el tiempo
establecido. La ventanilla autorizada envía las correcciones y/o información
complementaria del solicitante a la oficina regional correspondiente, quien
revisa nuevamente la información y documentación y, si ésta es satisfactoria,
se le otorga la elegibilidad al solicitante, dándose a conocer la relación de
beneficiarios en las ventanillas autorizadas en un término de 20 días hábiles
después de que hayan sido entregadas; en caso contrario,
a.6) La oficina regional de
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
B.
REQUISITOS ESPECIFICOS ADICIONALES PARA INGRESO OBJETIVO. |
Persona
Física |
Persona
Moral |
Organización
de Prod. (PM1) por cuenta y orden de sus miembros (PF1) |
|
PF |
PM |
PM1 |
PF1 |
|
B.1.- Llenar,
firmar y entregar |
SI |
SI |
- |
SI |
B.2.- Acreditar
la superficie sembrada mediante el registro de PROCAMPO o Registro Alterno, o
con documento que le otorgue la legal posesión o usufructo del predio
exhibiendo el original y proporcionando copia simple de la escritura de
propiedad o certificado Parcelario y/o instrumento legal idóneo que acredite
la posesión con las coordenadas de posicionamiento geográfico del predio, y
otro de los documentos siguientes para cultivos bajo riego: boleta de pago
del agua, contrato de crédito, contrato de seguro. |
SI |
SI |
- |
SI |
B.3.- Entregar
copia del comprobante fiscal autorizado por SHCP, que acredite la venta del
producto objeto del apoyo en términos de “Peso Neto Analizado”, y de uno de
los siguientes documentos: cheque de pago, póliza de cheque de pago, pago
electrónico, depósito bancario o estado de cuenta bancario; o Carta Bajo
Protesta de Decir Verdad de la forma de pago sin contravenir los límites
establecidos por |
SI |
SI |
SI |
- |
B.4. Entregar
“Escrito bajo protesta de decir verdad, de que a la fecha de la solicitud de
los apoyos se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y que no tiene créditos fiscales firmes”, de conformidad con lo
dispuesto en los párrafos 5, 6 y 7 del artículo 32-D, del Código Fiscal de |
SI |
SI |
SI |
SI |
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
INSTRUCTIVO DE LLENADO ANEXO 37. SOLICITUD DE INSCRIPCION Y PAGO DE
APOYO
1.- ANEXO 37. SOLICITUD DE INSCRIPCION Y DE PAGO DEL APOYO: Anotar el nombre del Programa y/o Esquema sujeto del apoyo.
2.- PRODUCTO (cve/nombre): Anotar la clave y denominación del producto a apoyar.
3.- CICLO: Anotar el ciclo de emisión de la solicitud.
4.- ESTADO
(cve/nombre): Anotar la clave y denominación de
5.- DDR (cve/nombre): Anotar la clave y denominación del Distrito de Desarrollo Rural (DDR)
6.- CADER (cve/nombre): Anotar la clave y denominación del Centro de Apoyo al Desarrollo Rural (CADER)
7.- VENTANILLA
AUTORIZADA (cve/nombre): Anotar la clave y denominación de
8.- Fecha: La fecha en que el sistema emite el formato.
9.- NUM. FORMA: Número que asigna el sistema al momento de generar el formato.
10.- FOLIO
DE CONTRATO: Anotar el número de Folio del Contrato asignado por
11.- FECHA
DE REGISTRO (DD/MM/AAAA): Anotar la fecha de registro ante
12.- FOLIO PRODUCTOR: Anotar la clave que corresponde al número de folio asignado al productor.
13.- PERSONA: Anotar el tipo de persona F si se trata de Persona Física o M para Persona Moral.
14.- NOMBRE O RAZON SOCIAL: Anotar el nombre(s) completo(s) del productor. Debe de coincidir con los asentados en la identificación oficial y documento de propiedad o posesión legal.
15.- APELLIDO PATERNO: Aplica sólo para personas físicas y deberá anotarse el apellido paterno que corresponde a la identificación oficial del productor y documento de propiedad o posesión legal.
16.- APELLIDO MATERNO: Aplica sólo para personas físicas y deberá anotarse el apellido materno que corresponde a la identificación oficial del productor y documento de propiedad o posesión legal.
17.- SEXO: Aplica sólo para personas físicas y se refiere al género del productor, se debe indicar M si el productor es Hombre o F si es Mujer.
18.- RFC:
Anotar la clave del Registro Federal de Contribuyentes del productor,
proporcionado por
19.- CURP: El productor persona física, deberá proporcionar su Clave Unica de Registro de Población (CURP); en caso de que no cuente con su CURP y quiera tramitarla, deberá entregar una fotocopia simple del Acta de Nacimiento para el trámite respectivo.
20.- FECHA
NAC. (DD/MM/AAAA): Asentar
21.- EDO.
NAC.: Asentar la clave de
22.- CALLE Y NUMERO: Anotar el nombre completo de la calle y número, del domicilio en que habita el productor persona física o del domicilio fiscal tratándose de persona moral.
23.- ESTADO:
De acuerdo al domicilio anterior, anotar
24.- MUNICIPIO:
Anotar
25.- POBLACION:
Anotar
26.- C.P.: Anotar la clave del Código Postal (CP) que corresponda al domicilio del productor.
27.- EDO. CIVIL: El productor persona física deberá indicar su estado civil de acuerdo a la siguiente clasificación:
Estado Civil |
Clave |
Soltero(a) |
01 |
Casado(a) |
02 |
Viudo(a) |
03 |
Divorciado(a) |
04 |
Unión Libre |
05 |
Concubinato |
06 |
Otro |
07 |
28.- TIPO IDENTIF.- Anotar el tipo de Identificación Oficial presentada por el productor para acreditar su personalidad.
29.- FOLIO.-
Anotar el folio de
30.- FOLIO SOLICITUD: Número de identificación que es asignado por el Sistema Informático de ASERCA.
31.- BENEFICIARIO: Anotar el nombre completo del beneficiario designado por el productor para recibir el apoyo en caso de fallecimiento o imposibilidad física de éste. En caso de no declarar beneficiario, este campo deberá llenarse con la leyenda “sin beneficiario”. Al no designarse beneficiario, el documento de pago del apoyo no se reexpedirá y será cancelado en forma definitiva.
32.- FECHA NAC (DD/MM/AAAA): Anotar la fecha de nacimiento de acuerdo al Día/Mes/Año, del beneficiario designado por el productor. Este dato es obligatorio si se declaró beneficiario.
33.- PARENTESCO: En caso de que el beneficiario tenga algún parentesco con el productor, éste se deberá asentar Ejemplo: Esposa, Hijo, Sobrino, Concubina, etc. Si el beneficiario no tiene parentesco con el productor se deberá anotar en este campo la leyenda “ninguno”.
34.- OTRO NEXO: En caso de que el beneficiario designado por el productor no tenga parentesco alguno con éste, deberá anotarse en este campo el tipo de nexo con el productor Ejemplo: Socio, Amigo, Compadre, etc.
35.- SIEMBRA: Anotar la fecha de inicio y terminación del periodo de siembra, de acuerdo al formato DD/MM/AAAA.
36.- COSECHA: Anotar la fecha de inicio y terminación del periodo de cosecha, de acuerdo al formato DD/MM/AAAA.
37.- COMERCIALIZACION: Anotar la fecha de inicio y terminación en que realizó la comercialización del producto, de acuerdo al formato DD/MM/AA.
38.- APOYO DE $: Monto en pesos del apoyo para el componente, establecido en los Lineamientos específicos correspondientes.
39.- TONS.: En el caso de otorgarse un apoyo por tonelada producida y comercializada, anotar el volumen total para el cual se solicita el apoyo en términos de Peso Neto Analizado, este volumen debe estar amparado en la(s) factura(s) presentadas. En el caso de facturación por medio de una organización, anotar las toneladas que correspondan al productor en específico.
40.- HAS: En el caso de otorgarse el apoyo por superficie para una producción comercializada, anotar las hectáreas para las que se solicita el apoyo.
41.- PESOS: Anotar el importe total en pesos del apoyo solicitado por el productor, el cual, se obtiene de multiplicar el volumen solicitado (39) por el importe por tonelada/hectárea, autorizado para el producto para el cual se solicita el apoyo (38).
42.- PREDIOS (No. Folio): Anotar el Número de Folio del predio o en su caso Registro Alterno.
43.- REINSCRIPCION: Anotar el Número de Reinscripción del predio registrado o Registro Alterno del ciclo agrícola en operación.
44.- TENENCIA REG PROP: Anotar la clave que corresponda al Régimen de Propiedad, conforme a la clasificación que aparece en el siguiente cuadro.
Régimen de propiedad |
Clave |
Pequeña Propiedad |
01 |
Ejido |
02 |
Comunidad Agraria |
03 |
Colonia Agrícola |
04 |
Colonia Ganadera |
05 |
Terrenos Nacionales |
06 |
Terreno Baldío |
07 |
Otros |
08 |
45.- POSESION P/D: Anotar en este campo el tipo de posesión del predio, ya sea propio (P) o posesión derivada (D).
46.- DOCTO ACREDITA: Anotar con qué documento se acredita la posesión propia o derivada, ya sea título de propiedad, contrato de arrendamiento, contrato de comodato, etc.
47.- VIGENCIA.- Anotar la vigencia del documento que acredita la posesión del predio.
48.- MODALIDAD R/T: Se refiere a la modalidad o régimen hídrico del cultivo, debiendo anotar R para riego y T para temporal.
49.- DOCTO ACREDITA: Anotar con qué documento se acredita la modalidad o régimen hídrico.
50.- VIGENCIA DOCUMENTO: Indicar la vigencia del documento que acredita la modalidad o régimen hídrico.
51.- GRUPO/VARIEDAD: Anotar la clave del grupo o variedad del cultivo elegible que el productor manifestó que sembró, de acuerdo a las claves del catálogo de cultivos.
52.- HAS.
SIEMBRA: Se deberá asentar el número de hectáreas que corresponden a la
superficie sembrada. En el caso de ser metros cuadrados se manejará el
equivalente a hectáreas. Ejemplo
53.- HAS COSECHA: Se deberá anotar la superficie cosechada en hectáreas, señalando en caso de fracciones de hectárea hasta tres decimales.
54.- En
el caso de ser miembro y haber comercializado a través de
55.- ACTURA (Folio): Anotar el número de folio de la factura que ampara la compra-venta del producto elegible.
56.- TIPO DE DOCUMENTO: Anotar qué documento que se presenta, sea Factura o Auto factura, como comprobante de la compra-venta del producto elegible.
57.- RFC_FACT.- Anotar el RFC del documento que ampara la compra-venta del producto elegible.
58.- FECHA_FACT.- Anotar la fecha del documento que ampara la compra-venta del producto elegible.
59.- $/UNIT/TON.- Anotar el costo por tonelada registrado en el documento que ampara la compra-venta del producto elegible.
60.- RFC (Comprador): Anotar el Registro Federal de Contribuyentes del comprador (persona física o moral, el cual debe coincidir con el asentado en la factura.
61.- COMPRADOR
(Nombre o Razón Social): Anotar el nombre (s) completo (s), incluyendo
apellidos paterno y materno del comprador cuando sea Persona Física o
62.- GPO/VARIEDAD: Se debe anotar el grupo o variedad del cultivo elegible que se comercializó, de acuerdo a las claves del catálogo de cultivos.
63.- TONS. (P.N.A.): Indicar el volumen total en toneladas del producto comercializado, en términos de Peso Neto Analizado (P.N.A.)
64.- ($) FACTURA: Anotar el monto en pesos en Moneda Nacional con dos decimales, del pago recibido por la comercialización de su cosecha.
65.- RFC BODEGA: Anotar la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la bodega en que se entregó la cosecha.
66.- BODEGA
(Cve/Nombre): Anotar la clave y nombre de
67.- TIPO DE PAGO: Anotar el tipo de pago mediante el que se realizó la liquidación del producto, ya sea a través de cheque, SPEUA (Sucursal), Recibo de liquidación o SPEI (Internet).
68.- FOLIO DE PAGO: Anotar el folio generado por el banco de acuerdo al tipo de pago realizado.
69.- BANCO: Anotar el nombre completo de la institución bancaria en la que se realizó la liquidación del producto.
70.- CONCEPTO: Anotar el concepto con el que registró el banco la liquidación de la cosecha, de acuerdo al tipo de pago realizado.
71.- FOLIO GPO POLIZA: Anotar el número de folio o de operación con el que el banco registró la liquidación de la cosecha.
72.- IMPORTE ($): Anotar el importe en pesos del monto correspondiente a la liquidación de la cosecha.
73.- FECHA DE EMISION: Anotar la fecha de emisión del pago, de acuerdo al siguiente formato Día/Mes/Año.
74.- BENEFICIARIO: Anotar el nombre completo del beneficiario designado por el productor para el pago de la cosecha.
75.- RFC EMISOR: Anotar el Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral, que realizó la liquidación de la cosecha.
76.- NOMBRE EMISOR: Anotar el nombre completo de la persona física o moral, que realizó la liquidación de la cosecha.
77.- Señale si Aplica ( ): Señalar con (X) en caso que el beneficiario del apoyo a la comercialización que otorga ASERCA, solicita que éste se efectúe mediante depósito a su cuenta bancaria (a través de las instituciones bancarias con las que ASERCA opera sus recursos).
78.- BANCO: En caso que el productor reciba el pago del apoyo mediante depósito en cuenta bancaria, se anotará el nombre del Banco en que se efectuará el depósito del apoyo.
79.- PLAZA: Anotar el número de la plaza en que se efectuará el depósito del apoyo.
80.- SUCURSAL: Anotar el número de la sucursal bancaria en que se efectuará el depósito.
81.- No. DE CUENTA: Anotar el número de cuenta en la cual se efectuará el depósito del Apoyo.
82.- No. CLABE: Anotar el número de Clave Bancaria Estandar (CLABE) en la cual se efectuará el depósito del Apoyo.
83.- NOMBRE Y FIRMA DEL PRODUCTOR: Anotar el nombre completo y firma del productor solicitante del apoyo. Cuando el productor firme con su nombre, deberá plasmarlo dos veces.
84.- NOMBRE
Y FIRMA DEL REGIONAL/CADER/VENTANILLA AUTORIZADA: Anotar el nombre completo
y firma del jefe del CADER o de la persona responsable de
Hoja 1 de 3
b) Mecánica de Operación para acceso a
granos forrajeros, almacenaje, fletes y exportación.
b.1) Mecánica de operación específica para
acceso a granos forrajeros elegibles. La población objetivo establecida,
productores pecuarios y fabricantes de alimentos balanceados que realicen
agricultura por contrato con productores agrícolas nacionales de granos
forrajeros, deberán registrar en las oficinas regionales de
b.1.1) Los solicitantes de este tipo de
apoyos deberán presentar en la oficina regional de
b.1.2) Una vez publicados los
Lineamientos Específicos de Operación, la oficina regional de
b.1.3) Los solicitantes de los apoyos,
posteriormente a lo determinado en el inciso anterior, deberán llevar a cabo el
”Trámite de Inscripción (al tipo de apoyo que se solicita)”, mediante la
entrega de , en los tiempos que se señalen en
los Lineamientos Específicos de Operación publicados; proporcionando la
información que se solicita, acompañada de la documentación señalada en el
apartado A de la fracción II.2.1.2 y en los incisos C.2 y/o C.3 del anexo 46 (Requisitos Específicos para el Ordenamiento
de Mercados).
b.2) La mecánica Operativa siguiente es
de carácter general y aplica para el ordenamiento de mercados para acceso a
granos forrajeros, para almacenaje, fletes y exportación, y esquema de comercialización del frijol.
b.2.1) A cada solicitud debidamente
documentada recibida en las oficinas centrales de
b.2.2) En el caso de que las oficinas
centrales de
En
el caso de que no se hayan subsanado las omisiones por los solicitantes, en los
tiempos establecidos,
b.2.3) Los solicitantes ya siendo
beneficiarios de los apoyos, y conforme a los tiempos establecidos en los
Lineamientos específicos de Operación, deberán suscribir
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
Hoja 2 de 3
b.2.4) Posteriormente, los
beneficiarios deben realizar el segundo trámite que se denomina “Trámite de Solicitud
de Pago del apoyo (al tipo de apoyo que se solicita)”, para lo cual deberán
entregar en las oficinas centrales de
b.3) Mecánica de operación para almacenaje
de granos y oleaginosas elegibles. La población objetivo establecida,
productores, organizaciones de productores, consumidores y comercializadores
que retiren del mercado temporalmente los excedentes estacionales de frijol,
trigo, maíz y sorgo, entre otros cultivos elegibles, deberán esperar a que
b.3.1) Una vez publicados los
Lineamientos Específicos de Operación, los solicitantes de los apoyos deberán
llevar a cabo el ”Trámite de Inscripción (para el tipo de apoyo que se
solicite)”, mediante la entrega de
b.3.2) A partir de este punto aplican los numerales del b.2.1 al b.2.4 señalados en el numeral b.2 del anexo 44 (Proceso de Operación para Ordenamiento del Mercado) de este Programa.
b.4) Mecánica de operación para apoyo a
fletes y a la exportación de granos y oleaginosas elegibles. La población
objetivo establecida, organizaciones de productores, consumidores y
comercializadores que coloquen la producción excedentaria estacional y/o con
problemas de comercialización de granos y oleaginosas elegibles en zonas
consumidoras del territorio nacional o en el exterior, deberán esperar a que
b.4.1) Una vez publicados los
Lineamientos Específicos de Operación, los solicitantes de los apoyos deberán
llevar a cabo el ”Trámite de Inscripción (para el tipo de apoyo que se
solicite)” mediante la entrega de
b.4.2) A partir de este punto aplican los numerales del b.2.1 al b.2.4 señalados en el numeral b.2 del anexo 44 (Proceso de Operación para Ordenamiento del Mercado) de este Programa.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
Hoja 3 de 3
b.5) Mecánica Operativa para agricultura
por contrato. La población objetivo establecida, los productores y
consumidores de granos y oleaginosas facultados para comercializar el producto
ya sea por cuenta propia o por cuenta y orden de sus miembros y que suscriban
contratos de compraventa, deberán informar a
b.5.1)
b.5.2) La oficina regional valida y
registra los contratos de compraventa y solicita a la oficina central de
b.5.3) Las oficinas regionales de
b.5.4) La oficina regional de
b.5.5) Al inicio de la cosecha
b.5.6) Los productores y compradores
acuden a la oficina regional de
b.5.7) Para el caso del Apoyo por
Compensación de Bases, a los productores
se les pagará a través de las oficinas regionales; y a los Compradores, a
través de la oficina central de
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
Hoja 1
de 2
D1.- Llenar, firmar y entregar
SOLICITUD DE PAGO DEL APOYO, conforme al anexo 48 y el Formato denominado
“Dictamen Contable del Auditor Externo” (anexo 49) en el que certifica la
revisión de los siguientes documentos relacionados y agrupados por bodega, y
presentados en medio magnético (hoja de cálculo y sistema de captura) y de forma impresa en el formato que se
encuentra disponible en la página de ASERCA www.aserca.gob.mx proporcionado por
1. Relación con el nombre de
cada uno de los productores a quienes se les pagó el producto directamente o a
través de sus organizaciones, que contenga: folio del productor; folio del
predio del PROCAMPO, en caso de no contar con éste, indicar el del Registro
Alterno; folio del comprobante fiscal de la venta del producto que cumpla con
los requisitos fiscales vigentes; volumen en “Peso Neto Analizado”; el folio de
las boletas o “tickets” de báscula de entrada en almacén; precio pagado; el
folio de uno de los siguientes documentos: pólizas de cheque de pago, cheque de
pago, recibos de liquidación o pago electrónico; nombre del banco que los
expidió y fecha de pago al productor.
2.
3. Si el posible beneficiario
compra al productor a través de un tercero, deberá presentar copia simple del
contrato correspondiente (mandato).
4.
5. En el caso de empresas
comercializadoras participantes, además deberán presentar una relación que
contenga el nombre de la empresa a la que se le vendió el producto, domicilio,
número de teléfono -preferentemente-, número y fecha de factura, volumen y
entidad federativa de destino final y uso del grano.
6.
7. Copia simple de los
certificados de depósito en origen o destino acompañado de una relación donde
se indique el folio del documento, la fecha de expedición, vigencia, domicilio
del centro de acopio, razón social del Almacén General de Depósito (AGD) que
los expide y el volumen amparado en “Peso Neto Analizado”.
8.
9. En caso de no contar con
certificados de depósito, podrán solicitar mediante escrito libre, autorización
a
10.
11. Entregar constancia expedida
por el AGD que expidió los certificados de depósito, con cortes al cierre de
cada mes, que avale la existencia del producto.
12.
13. Relación de talones de
embarque por autotransporte y/o de cuenta de gastos de ferrocarril que amparen
el traslado y movilización del grano como la carta porte y guía de ferrocarril,
respectivamente, de bodega de origen a destino o a puerto de embarque o a planta procesadora; excepto cuando el
destino del grano sea para consumo en la misma entidad productora.
14.
15. Relación de boletas o
"tickets" de báscula de entrada en almacén de destino o puerto de
embarque o a planta procesadora; excepto cuando el destino del grano sea para
consumo en la misma entidad productora. En el caso de que no exista báscula en
destino, el peso en la recepción del producto se tomará del peso documentado en
el talón de embarque de origen.
16.
17. Para cabotaje y/o
exportación, deberá presentar una relación auditada que contenga: el número del
conocimiento del embarque (Bill of Lading) expedido a favor del comprador o a
favor de un tercero, previa solicitud mediante escrito libre requiriendo la
autorización de
18.
19. El participante que exporte
los subproductos de granos elegibles directamente o a través de un tercero,
mediante contrato, deberá presentar una relación auditada que contenga nombre
del exportador; nombre o razón social y domicilio de la empresa a la que se le
vendió el subproducto; datos de la factura de venta (número, fecha, volumen y
tipo de subproducto); y datos del pedimento de exportación (número, fecha,
volumen y país de destino).
20.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
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11. En caso de que el grano se movilice vía
cabotaje, entregar copia simple del comprobante de descarga de barco o estado
de hechos en los puertos de destino autorizados en la carta de adhesión,
la relación de talones de embarque por
autotransporte y/o de cuenta de gastos de ferrocarril que amparen el traslado y
movilización del grano como la carta porte y guía de ferrocarril,
respectivamente, del puerto de descarga al almacén de destino y
D.2. En los Esquemas de
Agricultura por Contrato o Compras Anticipadas, los Productores deberán
entregar además de
D.3. Entregar “Escrito bajo
protesta de decir verdad, de que a la fecha de la solicitud de los apoyos se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y que no
tiene créditos fiscales firmes”, de conformidad con lo dispuesto en los
párrafos 5, 6 y 7 del artículo 32-D, del Código Fiscal de
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
C.1.- Llenar, firmar y entregar
C.2.- Para consumidores:
Presentar consumo anual del año inmediato anterior (en toneladas) auditados de
granos y oleaginosas de los productos elegibles para los que solicita el apoyo
conforme al Formato del anexo 50.
C.3.- Para comercializadores:
Presentar venta anual del año inmediato anterior (en toneladas) auditadas de
granos y oleaginosas elegibles, y en su caso de sus derivados, para los que
solicita el apoyo conforme al Formato del anexo 51.
C.4.- Suscribir Carta de
Adhesión con
C.5.- En Agricultura por Contrato,
Compras Anticipadas y Acceso a Granos Forrajeros, además de los incisos
anteriores, deberán registrar los contratos de compraventa a término y/o de
compraventa, los cuales deberán contener como mínimo cláusulas que establezcan:
las condiciones del producto, volumen, calidad y bonificaciones, la fecha y
lugar de entrega del producto, la forma y periodo de pago, el precio o la fórmula
para la determinación del mismo, volumen, centros de acopio (bodega y AGD), así
como las penas convencionales para los casos de incumplimiento de algunas de
las partes y relación de productores que se adhieren al contrato.
C.6. Para el Esquema de comercialización
del frijol, además de entregar el Plan de acopio y comercialización, los
requisitos C.1 y C.3 de este apartado.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
Lugar y Fecha:
_________________________________________
______________________________________________________
Número de Folio:
_______________________________________
Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Unidad Responsable:
Municipio Libre No. 377, piso
10 Ala “B”
Col. Santa Cruz Atoyac
C.P. 03310, Benito Juárez,
México, D.F.
Teléfono: 38 71 74 00 Ext. 50
022
Por
medio del presente y de conformidad con lo señalado en el artículo _______________
de los LINEAMIENTOS Específicos de Operación para (tipo de apoyo que se
solicita) ________________________________________ del ciclo agrícola
___________________________, del (de los) estado(s) de
_____________________________________, publicados en el Diario Oficial de
1. Volumen a comprar _________ Ton. de
(producto, variedad y entidad federativa)___________________.
2. Volumen registrado en la agricultura por
contrato_________ Ton. de (producto, variedad y entidad
federativa)_____________________.
3. Volumen a Exportar por entidad federativa:
_________________________ toneladas.
4. Volumen para almacenaje (producto/variedad
y entidad federativa de origen): ________________ toneladas.
5. Volumen a movilizar vía cabotaje o flete
terrestre: ________________ toneladas.
6. Clave, nombre y domicilio completo de cada
una de las bodegas en origen y, en su caso, de destino con el volumen que se
espera acopiar. ________________________________________________________
7. Programa de exportación y país de destino.
_______________________________________________
8. Programa de embarque vía cabotaje y/o flete
terrestre. ______________________________________
9. Puertos de origen y destino del grano.
___________________________________________________
10. Volumen por entidad federativa de destino y
uso del grano. __________________________________
11. Volumen comprado en el ciclo agrícola
inmediato anterior por entidad federativa. _________________
12. Consumo o ventas anuales en el año inmediato
anterior por entidad federativa. __________________
________________________________________
Nombre
completo, cargo y firma
Anotar Domicilio, Teléfono, Fax y correo electrónico
de
_________________________________________________________________________________________________
Nota: de los 12 puntos
relacionados en el presente formato, sólo se atenderán los referidos en los
correspondientes LINEAMIENTOS específicos de que se trate.
En caso de no ser suficiente
el formato, anexar la información correspondiente.
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
Lugar y Fecha:
___________________________________
________________________________________________
Número de
Folio:________________________________
Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Unidad Responsable:
Municipio Libre No. 377, Piso
8 Ala “B”
Col. Santa Cruz Atoyac
C.P. 03310, Benito Juárez,
México, D.F.
De
conformidad con los “LINEAMIENTOS Específicos de Operación” para (tipo de apoyo
que se solicita) ________________________________________________, del ciclo
agrícola________________________ ________________, del (de los) estado(s)
de_________________________________________________, publicados en el Diario
Oficial de
Para
tal efecto se anexa Dictamen Contable de Auditor Externo, registrado ante
Para
el caso de productores que solicitan el pago del apoyo para Agricultura por
Contrato, sólo se entrega copia de comprobante(s) fiscal(es), autorizados por
Agradeceré
que el monto del apoyo se abone de la siguiente manera:
Depósito
en cuenta:
NOMBRE DEL BANCO:
____________________________________________________
No.
DE CUENTA: _________________________________________________________ (consta de
11 dígitos)
No.
DE SUCURSAL: _______________________________________________________
No.
DE PLAZA: y CIUDAD __________________________________________________
No.
DE CLABE:____________________________________________________________(consta de
18 dígitos)
ESTADO:_________________________________________________________________
Asimismo,
para efecto de las notificaciones que correspondan, se proporciona el correo
electrónico siguiente:________________________________________________________________________________
ATENTAMENTE
REPRESENTANTE
LEGAL
Nombre y firma
________________________________________________________________________
NOTAS: En caso de comprar el
PRODUCTO a través de un tercero presentar copia simple del contrato de mandato
o de compra-venta y de prestación de servicios por cuenta y orden del
comprador.
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
Lugar y Fecha: _________________________________________
____________________________________
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DE
DIRECCION
P R E S E N T E
De acuerdo a su solicitud y en cumplimiento de los
“Lineamientos Específicos de Operación para (tipo de
apoyo)______________________________________________, del ciclo
agrícola________________________________, del (de los) estado(s)
de______________________________________, publicados en el Diario Oficial de
CLAVE DE LA BODEGA |
NOMBRE DE LA BODEGA |
TONELADAS SUJETAS AL APOYO |
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
|
Certifico haber revisado a esta fecha, de acuerdo a las
normas y procedimientos de auditoría establecidos, la documentación que ampara
las compras de (producto) _________en o de(l) (los) Estado(s) de____________,
para lo cual se llevó a cabo el análisis y verificación de la documentación
correspondiente a la compra y liquidación al productor, los certificados de
depósito, el contrato de mandato o de compra-venta y de prestación de servicios
por cuenta y orden del comprador.
Para el caso de los tipos de Apoyos a
Asimismo, se encontró que la documentación cubre los
requisitos legales y que los datos y cifras manifestados en esta declaración
son auténticos. (Anexo hojas de trabajo).
ATENTAMENTE
Auditor Externo
Registrado ante
Nombre y firma
_________________________________________________________________________
NOTAS: Se deberá incluir en
el cuerpo del Dictamen el procedimiento utilizado en la revisión
El Auditor Externo deberá anexar copia de su registro
vigente ante
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
Lugar y Fecha:
_____________________________________
__________________________________________________
El
Auditor Externo registrado ante
Municipio Libre No. 377, piso 10 Ala “B”
Col. Santa Cruz Atoyac
C.P. 03310, Benito Juárez, México, D.F.
El Auditor Externo certificará lo siguiente:
a. La ubicación de las plantas, corrales, granjas, entre otros, según sea el caso.
b.
c. Que se encuentra en operación.
d.
e. Descripción de la maquinaria y equipo para procesar los granos y/o las oleaginosas, en su caso.
f.
g. La capacidad de molienda o procesamiento por turno de ocho horas, así como la capacidad actual utilizada. (Los valores serán expresados en toneladas métricas)
h.
i. Los productos que se obtienen del procesamiento de los granos y/o las oleaginosas; especificando el uso y destino (autoconsumo o comercialización).
j.
k. El consumo mensual por tipo de grano (maíz blanco, maíz amarillo, maíz quebrado, sorgo, trigo, cebada, avena, etc.,) y por origen (nacional o importado) de cualquiera de los siguientes periodos previos al año en cuestión: enero-diciembre o desde el inicio de operación cuando éste sea menor a los periodos anteriormente señalados, o de los últimos doce meses, según corresponda. (Los valores serán expresados en toneladas métricas)
l.
m. Producción mensual de los productos que elabora que coincida con el periodo presentado sobre el consumo mensual por tipo de grano (nacional o importado) y/o de la oleaginosa. (Los valores serán expresados en toneladas métricas)
n.
o. El inventario inicial y final del periodo que coincida con el que se presente sobre el consumo mensual por tipo de grano (nacional o importado) y/o de la oleaginosa. (Los valores serán expresados en toneladas métricas)
p.
El
auditor externo deberá firmar el reporte, e indicar su número de registro
vigente y documento de actualización expedido por
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
B
Lugar y Fecha:
_____________________________________
__________________________________________________
El
Auditor Externo registrado ante
Municipio Libre No. 377, piso 10 Ala “B”
Col. Santa Cruz Atoyac
C.P. 03310, Benito Juárez, México, D.F.
El Auditor Externo certificará lo siguiente:
a. Que se encuentra en operación.
b.
c. La venta mensual por tipo de grano (maíz blanco, maíz amarillo, maíz quebrado, sorgo, trigo, cebada, avena, etc.,) y por origen (nacional o importado) de cualquiera de los siguientes periodos previos al año en cuestión: enero-diciembre o desde el inicio de operación cuando éste sea menor a los periodos anteriormente señalados, o de los últimos doce meses, según corresponda. (Los valores serán expresados en toneladas métricas)
d.
e. El inventario inicial y final del periodo que coincida con el que se presente en su solicitud, sobre la venta mensual por tipo de grano (nacional o importado). (Los valores serán expresados en toneladas métricas)
f.
El
auditor externo deberá firmar el reporte, e indicar su número de registro
vigente y documento de actualización expedido por
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
Hoja 1
de 4
A continuación se describe de manera general la mecánica operativa que se seguirá para la instrumentación de estos apoyos:
c.1) Los interesados de nuevo ingreso a este tipo
de apoyo deberán llenar los formatos de Solicitud de Registro de Inscripción
(Anexo 56) y de Solicitud de Cobertura (Anexo 57), éste aplica para todos los
solicitantes, con la documentación requerida en el apartado A fracción II.2.1.2
y de lo establecido en el apartado E del anexo 55 (Requisitos Adicionales para
Coberturas de Precios) este Programa. Con esta Solicitud de Coberturas, el
productor otorga autorización a
c.2)
c.3) A petición del participante,
c.4)
c.5) La oficina Central de ASERCA realiza la
colocación de contratos, posterior a ello
Al término
de la jornada de operaciones en Bolsa,
c.6) Compras de coberturas; Cambios de Vencimiento, Precio de Ejercicio y Modalidad; Liquidación; Pago de beneficios; y Cesión de Derechos. A continuación se establecen las consideraciones y criterios que se deberán aplicar:
1) Compras de
Coberturas.- En apego a las especificaciones de las bolsas de futuros, el
participante contratará su cobertura en contratos, cuyas conversiones se
señalan en las Tablas de Precios de Coberturas. El participante podrá cubrir
como máximo el número de contratos que resulte de convertir su producción
estimada en el predio o los predios acreditados; estimación que deberá ser
asentada en
1.1) El productor o participante deberá establecer el mes de vencimiento de su cobertura, tomando en cuenta que todas las opciones vencen el mes anterior al de los contratos de futuro del mes seleccionado. El plazo máximo de cobertura para el productor o participante en período de siembra o en su caso de engorda, será de hasta doce meses; y para el productor o participante en período de comercialización será de cuatro meses, sin exceder los vencimientos que se estipulen en las Tablas de Precios de Coberturas. En virtud de que los vencimientos de los contratos de futuros no corresponden a todos los meses del año, el plazo de cobertura se ajustará al vencimiento más cercano del contrato de futuro, considerando la fecha de solicitud de la cobertura.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
Hoja 2
de 4
1.2) Los
interesados pagarán el diferencial que resulte del total de la cobertura menos
el apoyo que
1.3) Cuando la
modalidad de cobertura inscrita así lo contemple, el participante deberá
realizar un depósito por la parte proporcional del costo que le corresponda.
2) Cambios de
Vencimiento, Precio de Ejercicio y Modalidad. En los casos en que lo requiera y
justifique el productor o interesado, previa revisión con
2.1) El mes de vencimiento y/o precio de ejercicio deberá estar contemplado dentro de las Tablas de Precios de Cobertura vigentes para el día del Rolado, tomando en consideración que el resultado de la liquidación del contrato original se destinará para la adquisición del nuevo vencimiento y, de presentarse un diferencial del costo de la prima para el nuevo contrato relevante, éste será cubierto por cuenta y a propio riesgo del productor. En todo caso, considerando el tiempo de la cobertura original y el de la “rolada”, el plazo máximo que el productor puede solicitar es de 12 meses.
2.2) Cualquier
productor que se haya cubierto bajo la modalidad simple, podrá cambiar de
modalidad de cobertura. Invariablemente deberán cumplir con los requisitos
aplicables a esa modalidad, siempre y cuando este cambio se solicite a la
oficina regional en un plazo razonable y que no coincida con el límite de la
liquidación del contrato. En su caso,
2.3) En caso de reasignación de posiciones de cobertura entre modalidades, tipos de cobertura o coberturas previamente colocadas, se seguirá el principio de primeras entradas, primeras salidas.
3) Liquidación.-
El productor podrá liquidar su cobertura en cualquier momento durante la
vigencia del contrato, la cual podrá ser total o parcial de acuerdo con sus
necesidades, presentando ante
En caso de que
Las eventuales recuperaciones y beneficios de
“Este Programa es público, ajeno a cualquier
partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa.”
3.1) Para todas
aquellas operaciones de cobertura que incluyan como requisito la suscripción de
contratos de compra-venta a término entre el comprador y el vendedor, las
partes en forma independiente podrán decidir la liquidación de sus posiciones
anticipadamente, sí así conviene a sus intereses; en este caso,
Para este efecto
4) Pago de beneficios. Se entenderá como beneficio de la operación de cobertura a la compensación monetaria generada por el movimiento de precios en el mercado de futuros; para el caso de opciones “put,” por movimientos a la baja; y en opciones “call”, por movimiento a la alza.
Los eventuales ingresos derivados de las coberturas se
aplicarán en primer término, al reembolso de la aportación realizada por el
productor o interesado y, en segundo término, al de la aportación realizada por
En todas las modalidades de cobertura el monto del
reembolso de la aportación realizada por
4.1) El monto de
dicho reembolso será hasta por el equivalente del 100% (cien por ciento) de la
aportación realizada por
4.2) Para el
caso de la modalidad de cobertura simple, el monto del reembolso deberá ser del
100% (cien por ciento) de la aportación realizada por
4.3) El monto del reembolso correspondiente a las operaciones de coberturas realizadas bajo las modalidades de cobertura para agricultura por contrato, coberturas piloto y emergentes, y coberturas propias, será establecido en cada caso, pudiendo ser nulo o hasta el cien por ciento.
4.4) El pago de beneficios de las coberturas liquidadas se hará al participante considerando el principio de primeras posiciones liquidadas, primeras posiciones pagadas; el cual podrá realizarse en moneda nacional o en dólares americanos, a través de transferencia interbancaria, cheque nominativo u orden de pago girada a favor del interesado.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier
partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa.”
4.5) Cuando el
participante solicite el pago de los beneficios en dólares americanos, deberá
informarlo desde
Para el pago de los beneficios, la ventanilla
correspondiente, tramitará ante la oficina Central de ASERCA mediante el envío de
5) Cesión de
Derechos de los Beneficios de las Coberturas.- El productor podrá ceder los
beneficios que se generen de las coberturas contratadas, siempre y cuando se
presente ante
“Este Programa es público, ajeno a cualquier
partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa.”
E. Para la adquisición de
Coberturas, los solicitantes deberán de presentar lo siguiente: Solicitud de Registro
de Inscripción (Anexo 56); Solicitud de Cobertura (Anexo 57); Solicitud de Liquidación
de Cobertura (Anexo 58); y para el caso de Cesión de Derechos a Terceros,
Contrato de Cesión de Derechos (Anexo 59); conforme a lo siguiente:
E.1.-
Los interesados
de nuevo ingreso en participar en este concepto de apoyo, deberán llenar,
firmar y entregar
a. Demostrar su calidad de productor agrícola a través de la
acreditación de la superficie sembrada mediante registro de PROCAMPO o Registro
Alterno, o con documento que le otorgue la legal posesión o usufructo del
predio exhibiendo el original y proporcionando copia simple de la escritura de
propiedad o Certificado Parcelario, o instrumento legal idóneo que acredite la
posesión derivada con las coordenadas de posicionamiento geográfico del predio,
y otro de los documentos siguientes para cultivos bajo riego: boleta de pago
del agua, permiso de siembra o contrato de seguro.
b. Para el caso de los productores pecuarios, demostrar que son
productores de las especies elegibles mediante acreditación que emita
c. Exhibir original para su cotejo y entregar copia de la(s)
ficha(s) de depósito por el monto correspondiente de acuerdo a la modalidad de
la cobertura inscrita.
d. En coberturas de agricultura por contrato o de compras
anticipadas, adicionalmente registrar en
e. Para el caso de Coberturas Propias de
E.2.-
Para
liquidar la cobertura, el productor o persona moral a través de su
representante legal deberá presentar
E.3.-
En el caso
de agricultura por contrato, el productor o persona moral deberá entregar copia
del comprobante fiscal autorizado por SHCP, que acredite la venta del producto
objeto del apoyo en términos de “Peso Neto Analizado”.
E.4.-
El
beneficiario de la cobertura podrá ceder a terceros los derechos que se generen
por los posibles beneficios de la cobertura, para lo cual deberá presentar ante
E.5.-
Los
productores o interesados podrán solicitar la transferencia o rolado de las
posiciones cubiertas inicialmente a un mes de vencimiento o un precio de
ejercicio o ambos, mediante escrito libre en el que justifique su solicitud y
requiera la autorización de
E.6.-
Entregar
“Escrito bajo protesta de decir verdad, de que a la fecha de la solicitud de
los apoyos se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y que no tiene créditos fiscales firmes”, de conformidad con lo
dispuesto en los párrafos 5, 6 y 7 del artículo 32-D, del Código Fiscal de
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
Declaro bajo protesta de decir
verdad, que soy participante y/o representante legal de la organización y que
los datos asentados en este documento son reales, así también declaro que
conozco las Reglas de Operación que rigen este tipo de apoyos para el Programa
de Atención a Problemas Estructurales (Apoyos Compensatorios) en el componente
Adquisición de Coberturas y me adhiero al mismo por voluntad propia y que actúo
de buena fe haciendo constar que todas las operaciones de cobertura que
solicite y realice, se regirán con apego a los lineamientos de operación y este
Registro de Inscripción
|
|
|
Nombre y firma del
participante o representante legal |
|
Nombre y firma del Director
(Regional o Estatal) |
“Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y
tratados en el Sistema de Datos Personales de los Apoyos para
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
CONTRATO DE CESION DE DERECHOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE COMO
CESIONARIO ___________________________________________________________________________________________________
___________________________
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________ Y, POR
DECLARACIONES
I. DE “EL CESIONARIO”:
1.- Que es (tipo de sociedad)
_________________ constituida de conformidad con las leyes mexicanas, según
consta en la escritura pública número, ______, de fecha _________________,
pasada ante
2.- Que el C.
______________________________, en su carácter de apoderado está facultado para
celebrar el presente contrato, como se acredita con la escritura pública del
poder notarial número ____________, de fecha _________________ otorgada ante la
fe del Lic. ____________________________ Notario Público número _______ de la
ciudad de _____________________________, cuyas facultades no le han sido
modificadas, limitadas, o revocadas a la fecha.
3.- Que su Registro Federal
de Contribuyentes es: ______________________________.
4.- Que señala como domicilio
para los fines y efectos a que haya lugar, derivados del presente contrato, el
ubicado
en:________________________________________________________________________________________________
II. DE “EL PARTICIPANTE”:
1.- Que es participante
agropecuario:
a) Persona física y que
acredita con Registro Federal de Contribuyentes ________________________.
b) Persona moral, constituida
de conformidad con las leyes mexicanas como (Anotar el tipo de sociedad)
___________________________, y que se
acredita con la escritura pública número ___________ de fecha ____________,
otorgada ante la fe del Lic. __________________________ Notario Público número
_________ de la ciudad de__________________________________; con Registro
Federal de Contribuyentes: ____________________; y, que el C.
__________ _____________________
en su carácter de apoderado está facultado para celebrar este contrato, según
se acredita con la escritura pública del poder notarial número________ de fecha
______________ otorgado ante la fe del Lic. ____ ___________________________
Notario Público número _________ de la ciudad
de___________________________________, cuyas facultades no le han sido
modificadas, limitadas, o revocadas a la fecha.
2.- Que es el titular de (cantidad) ________ contratos de cobertura de
precios que corresponden al folio para la comercialización de sus productos
agropecuarios, modalidad de Cobertura ______________, dentro del Programa de
Cobertura de Precios de Productos Agrícolas operado por el Organo
Administrativo Desconcentrado de
3.- Que señala como domicilio
para los fines y efectos derivados del presente Contrato, el ubicado en:
_____________________________________________________________________________________
III. DE “LAS PARTES”:
1.- Que es su voluntad
celebrar el presente contrato de Cesión de Derechos, por lo que de conformidad
proceden a otorgar las siguientes:
CLAUSULAS
Primera.- Convienen “LAS PARTES” en que, con sujeción a la
condición suspensiva de que existan utilidades derivadas de los Contratos de
Cobertura mencionados en
Segunda.- “LAS PARTES” acuerdan que la presente Cesión de
Derechos se realiza con carácter de dudosa.
Tercera.- “EL PARTICIPANTE”
está de acuerdo en que al suscribir y entregar este contrato por conducto de
“EL CESIONARIO” a (SAGARPA) ASERCA, manifiesta su consentimiento para que en
caso de que se generen utilidades a su favor derivadas de sus operaciones de
coberturas a que se refiere la cláusula primera, dichas utilidades se entreguen
a “EL CESIONARIO”.
Cuarta.- En todo lo no previsto en este contrato “LAS PARTES”
convienen en someterse a lo establecido en el Título Segundo, Capítulo I y
Título Tercero, Capítulo I del Libro Cuarto del Código Civil para el Distrito
Federal en Materia Común y para toda
Quinta.- Para la interpretación y cumplimiento del presente
Contrato, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los tribunales
competentes en razón del domicilio de “EL PARTICIPANTE”.
Enteradas “LAS PARTES” del
contenido y alcance legal de todas y cada una de las cláusulas del presente
contrato, lo firman de conformidad en 3 (tres) ejemplares del mismo, en la
ciudad de ______ a los ___ días del mes de ____ de ____.
________________________________________
_____________________________________
POR
“EL CESIONARIO” POR
“EL PARTICIPANTE”
(En su caso, nombre de quien lo representa) (Nombre del participante o de
quien lo represente)
“Este Programa es
público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa.”
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
UNIDAD RESPONSABLE:
OFICIO
NOTIFICACION DE COMPRA DE COBERTURA
FECHA DE
COMPRA: |
|
FECHA DE EXPEDICION: |
|
C: |
|
REP. |
|
PRESENTE
Me permito hacer de su conocimiento que ha sido establecida la cobertura solicitada con el número de Folio de referencia bajo los siguientes datos:
Número de Folio |
|
Número de Cliente |
|
Producto |
|
Esquema |
|
Tipo de Opción |
|
Mes de Vencimiento |
|
Precio de Ejercicio |
|
Prima de Compra |
|
Número de Contratos |
|
|
|||||
Costo por contrato |
|
Dólares |
|||||
Costo Total |
|
Dólares |
|||||
Tipo de Cambio |
|
Pesos por Dólar |
|||||
Costo Total |
|
Pesos |
|||||
Aportación Unidad Responsable |
|
Pesos |
|||||
Depósito del Participante |
|
Pesos |
|||||
Una vez que el interesado haya recibido esta notificación, ya no realizará ningún pago adicional.
A T E N T A M E N T E
UNIDAD RESPONSABLE
C.c.p. Dirección de Mercados
Financieros.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
UNIDAD RESPONSABLE:
OFICIO
NOTIFICACION
DE LIQUIDACION DE COBERTURA
FECHA DE
LIQUIDACION |
|
FECHA DE
EXPEDICION: |
|
C: |
|
REP. |
|
P R E S E N T E
Con relación a
El
valor de las primas de los contratos liquidados son las siguientes:
No. |
Número de contratos |
Prima |
1 |
|
|
2 |
|
|
3 |
|
|
Sin otro particular.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DE
C.c.p. Dirección de Mercados
Financieros.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
FECHA DE
SOLICITUD: |
|
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
UNIDAD
RESPONSABLE:
P R E S E N
T E
Con
relación a
Nombre del beneficiario: |
|
Institución bancaria: |
|
CLABE: |
|
Tipo de moneda: |
|
Sin
otro particular.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE Y
FIRMA DEL
RESPONSABLE
DE
REGIONAL/ESTATAL
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
(PARA EL CASO DE CESION DE DERECHOS A TERCERAS PERSONAS)
FECHA DE SOLICITUD: |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
UNIDAD RESPONSABLE:
P R E S E N T E
Con relación a
Nombre del beneficiario: |
|
Institución bancaria: |
|
CLABE: |
|
Tipo de moneda: |
|
Sin otro particular.
A T E N T A M E N T E
_____________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE
DE
“Este
Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso
para fines distintos a los establecidos en el programa.
|
ANEXO 64. ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE
QUE A |
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
Unidad Administrativa
Responsable: ________________________________________________________________;
Domicilio:___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Lugar
y Fecha________________________________________________
PARA
CONTRIBUYENTE
El
que suscribe (persona física o Representante Legal del contribuyente)
_________________________________
________________________________________________________,
con Registro Federal del Contribuyente ( RFC)
____________________________________________;
con actividad preponderante: (anotar actividad)
______________________________________________________________________________________
____________________________________________;
y domicilio fiscal en: ________________________
______________________________________________________________________________________
_____________________________________________.
Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que a la fecha del presente escrito,
me encuentro al corriente de mis obligaciones fiscales y no tengo créditos
fiscales firmes a mi cargo, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 5,
6 y 7 del artículo 32-D, del Código fiscal de
ATENTAMENTE
________________________________________
Nombre, RFC y firma del Contribuyente o Representante Legal
NO CONTRIBUYENTE
El
que suscribe (persona física)
____________________________________________________________; con actividad
preponderante: (anotar actividad)
_______________________________________________
____________________________________________;
y domicilio en: _____________________________
______________________________________________________________________________________
Manifiesto
bajo protesta de decir verdad, que a la fecha del presente escrito, NO tengo
obligación de inscribirme en el Registro Federal de Contribuyentes, de
conformidad con lo previsto en los párrafos 5 y 6, relacionados con la fracción
III del artículo 32-D, del Código Fiscal de
ATENTAMENTE
_____________________________________________
Nombre y firma
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
|
ANEXO 69. FORMATOS POR ACTIVIDAD PARA EL PROGRAMA DE
ATENCION A CONTINGENCIAS CLIMATOLOGICAS |
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
|
ANEXO 69. FORMATOS POR ACTIVIDAD PARA EL PROGRAMA DE
ATENCION A CONTINGENCIAS CLIMATOLOGICAS |
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
|
ANEXO 70. DEFINICIONES DEL PROGRAMA DE ATENCION A
CONTINGENCIAS CLIMATOLOGICAS |
Contingencia
climatológica.- Es la afectación en los activos productivos provocada por la
ocurrencia, corroborada por
Se considera como recurrente, siempre y cuando la contingencia climatológica se hubiese presentado en cinco o más veces durante los últimos diez años.
Se considera como relevante, la contingencia climatológica que presente afectaciones territoriales importantes y por ende provoquen un daño significativo a la actividad económica de una región.
En el sector agrícola, se considera que una contingencia climatológica cumple con el criterio de relevancia cuando:
■ En los Estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, la superficie afectada por la contingencia climatológica de los municipios involucrados representa el 4% o más de la superficie agrícola total elegible de los municipios afectados.
■ En los Estados de Aguascalientes, Chiapas, Estado de México, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Veracruz y Yucatán, la superficie afectada por la contingencia climatológica de los municipios involucrados representa el 15% o más de la superficie agrícola total elegible de los municipios afectados.
■ En las Entidades Federativas de Colima, Guerrero, Distrito Federal, Hidalgo, Morelos, Oaxaca, Puebla, y Tlaxcala, la superficie afectada por la contingencia climatológica de los municipios involucrados representa el 25% o más de la superficie agrícola total elegible de los municipios afectados.
En el sector pecuario, se considera que una contingencia climatológica cumple con el criterio de relevancia cuando la población ganadera afectada en los municipios involucrados representa el 10% o más del inventario ganadero total de los municipios afectados.
En el sector pesquero, se considera que una contingencia climatológica es relevante cuando cumple con al menos alguna de las siguientes condiciones:
■ La afectación sea superior al 10% de
embarcaciones menores dedicadas a la pesca ribereña en los municipios
involucrados, para lo cual se tomará como base el padrón de permisionarios
actualizado, debiendo el Gobierno de
■ La afectación sea superior al 10% de
embarcaciones menores en cuerpos de agua interiores en los municipios
involucrados, para lo cual se tomará como base el padrón de permisionarios del
cuerpo de agua, debiendo el Gobierno de
En el sector acuícola, se considera que una contingencia climatológica cumple con el criterio de relevancia cuando:
■ La afectación sea superior al 10% de las
hectáreas dedicadas al cultivo de especies acuícolas en un municipio, para lo
cual se tomará como base el padrón de granjas o unidades productivas dedicadas
al cultivo, debiendo el Gobierno de
En el caso de que la entidad federativa solicite el apoyo del Programa para la afectación en diversos sectores, será suficiente que cumpla con el criterio de relevancia en al menos uno de los sectores para que la contingencia climatológica se considere como un fenómeno extremo. Las participaciones deberán determinarse con la mejor información estadística disponible.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
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ANEXO 70. DEFINICIONES DEL PROGRAMA DE ATENCION A
CONTINGENCIAS CLIMATOLOGICAS |
Considerando las características antes definidas, las contingencias climatológicas objeto de atención del Programa son:
a. Sequía atípica e impredecible.- Es un desbalance temporal de la disponibilidad hídrica producido por la naturaleza, consistiendo en precipitaciones persistentes menores que el promedio, de frecuencia, duración y severidad incierta y de ocurrencia atípica e impredecible.
En la actividad pecuaria la sequía daña la capacidad de producción de forrajes en pastizales y agostaderos y ésta puede determinarse cuando la precipitación media dentro del periodo de mayo a noviembre en una cuenca hidrológica sea atípica e impredecible. La época de secas para esta actividad comprende de diciembre a abril del año inmediato posterior, cuando se empieza a resentir la menor capacidad de producción de forrajes en pastizales y agostaderos.
Por su parte, en la agricultura, las bajas precipitaciones afectan a cultivos de ciclo corto; en este caso, la determinación de la sequía estará íntimamente ligada a la etapa fenológica en que se encuentren los cultivos de la cuenca hidrológica en donde se presenten las anomalías de la precipitación, por lo que la disminución en la cantidad de lluvia puede ocurrir en al menos un mes.
Para determinar si la sequía es atípica e impredecible se deberá, con la mejor información cuantitativa y cualitativa disponible, calcular las medias históricas del fenómeno en cuestión para la región de que se trate, así como las desviaciones estándares respectivas, determinándose como indicio de imprevisibilidad, una diferencia mayor a una desviación estándar de los valores medios observados.
No
obstante.
b. Helada atípica, e impredecible.- Ocurre cuando, en una determinada región, se presentan bajas temperaturas iguales o menores al punto de congelación del agua, dando como resultado daños en las plantas, por la formación intracelular de cristales de hielo en los tejidos, marchitez, órganos reproductores deshidratados, granos chupados o su muerte. Para efectos de las presentes Reglas, la helada ocurre cuando los efectos de las bajas temperaturas afectan la etapa fenológica de los cultivos, pastizales y plantaciones en un lapso que les provoque daños irreversibles.
c. Granizada.- Es cuando los granizos
alcanzan el diámetro igual o mayor de
Los
instrumentos usualmente disponibles en México no permiten medir de forma
objetiva el granizo, aunque existen formas de deducir si las condiciones
atmosféricas eran en dicho momento favorables para generar granizadas. Es por
ello que para la evaluación y emisión del dictamen técnico por parte de
d. Nevada, lluvia torrencial, inundación significativa, tornado y ciclón.- Por ser Contingencias Climatológicas que pueden involucrar a diferentes sectores, entre ellos al agropecuario Acuícola y Pesquero, se definirán conforme a lo que se establezca en las Reglas de Operación del FONDEN para el ejercicio fiscal vigente.
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
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ANEXO
74. FORMATO DE SOLICITUD DE APOYO PARA EL PROGRAMA DE FORTALECMIENTO
A |
Fecha |
|
|
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|
C. SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA,
DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
P R E S E N T E
Conforme
al Plan de Trabajo de la organización social que suscribe a través de su
representación legal y que se anexa a la presente, solicitamos formalmente, de
cumplir con los requisitos exigidos en las reglas de operación, el beneficio
del programa de “Fortalecimiento a
I.
DATOS DE
Nombre o denominación social: |
|
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Domicilio: |
|
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Entidad Federativa |
|
Municipio |
|
Localidad |
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|
|
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Fecha de Constitución Legal |
|
CLUNI |
|
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Teléfono (Lada): |
|
Correo Electrónico: |
|
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RFC |
|
Oficina de Administración Local de Recaudación: |
|
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|
|||||||||||||||
|
|||||||||||||||
|
II. DATOS DEL REPRESENTANTE:
Nombre: |
|
|||||||||||
|
||||||||||||
Domicilio: |
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|
||||||||||||
Cargo: |
|
Vigencia: |
|
CURP |
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|||||||
|
|
|
||||||||||
Teléfono (Lada): |
|
Correo Electrónico: |
|
|||||||||
RFC |
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Documento que acredita su representación legal: |
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“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”
III. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA EL
REPRESENTANTE DE
1. En cumplimiento a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa, la organización social que suscribe a través de su representante legal, manifiesta bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
ATENTAMENTE
____________________________________________________
(Nombre y firma del representante legal de la organización social)
“Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.”