ACUERDO POR EL QUE SE DA
A CONOCER LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE LA MUJER EN EL SECTOR AGRARIO
(PROMUSAG 2008)
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto: ACCPMSA8.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SRA.
Fecha de
publicación:
28 de marzo de 2008.
Fecha de
entrada en vigor:
29 de marzo de 2008.
Aclaraciones:
Fecha de publicación: 14 de abril de
2008.
CONSIDERANDO
Que el 31 de diciembre de 2007 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa de la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG), las cuales establecen en su artículo 21 fracción II, la facultad del Comité Técnico del Programa de la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG), para aprobar la convocatoria para otorgar apoyos a proyectos productivos de grupos conformados por mujeres habitantes de núcleos agrarios incluyendo aquellos que se encuentren ubicados en las localidades determinadas en la Estrategia Nacional de Atención a Microrregiones como Centros Estratégicos Comunitarios (Localidades CEC), que la Secretaría de Desarrollo Social considere municipios con menor índice de desarrollo humano y pueblos indígenas, misma que debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
En cumplimiento a lo antes señalado, el 10 de marzo de 2008 el Comité Técnico del Programa de la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG 2008), llevó a cabo su primera sesión ordinaria, en la cual aprobó la convocatoria respectiva e instruyó gestionar su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL
QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE LA MUJER EN EL SECTOR
AGRARIO (PROMUSAG 2008)
PRIMERO.- Se expide la convocatoria del
Programa de la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG), aprobada por su Comité Técnico.
SEGUNDO.- Se dan a conocer los formatos de
solicitud de incorporación al Programa de la Mujer en el Sector Agrario
(PROMUSAG 2008), mismos
que serán de distribución gratuita y libre reproducción, siempre y cuando no se
altere su contenido y podrán obtenerse en la página de la secretaría
(www.sra.gob.mx), como referencia para el momento de realizar la captura de la
solicitud. Se imprimirán en hojas blancas tamaño carta y en cada una de ellas
la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de
este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a
los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa
deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la
autoridad competente".
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
CONVOCATORIA
DEL PROGRAMA DE LA MUJER EN EL SECTOR AGRARIO (PROMUSAG 2008)
En la primera sesión ordinaria del 10 de
marzo de 2008 conforme a lo establecido en el artículo 21 fracción II de las
Reglas de Operación del Programa de la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG
2008) vigentes para el ejercicio fiscal 2008, el Comité Técnico del mismo
aprobó y autorizó los términos, plazos, requisitos, condiciones y la
publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente convocatoria.
Se convoca a las mujeres habitantes de
núcleos agrarios incluyendo aquellos que se encuentren ubicados en las
localidades determinadas en la Estrategia Nacional de Atención a Microrregiones
como Centros Estratégicos Comunitarios (Localidades CEC), que la Secretaría de
Desarrollo Social considere municipios con menor índice de desarrollo humano y
pueblos indígenas, que se constituyan en un grupo con un mínimo de tres y
máximo doce integrantes, adscritas o no a organizaciones de la sociedad civil,
que tengan interés en participar para acceder a los apoyos del Programa de la
Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG) 2008, que estén en condiciones de cumplir
con los requerimientos establecidos en la presente convocatoria y con lo
dispuesto en las reglas de operación del programa, publicadas en el Diario
Oficial de la Federación el día 31 de diciembre de 2007, bajo las siguientes
bases:
1. PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA EL REGISTRO
¡ Los grupos interesados por medio
de sus técnicos certificados, acreditados o en proceso de acreditación por la
Secretaría de la Reforma Agraria deberán registrar su solicitud a través de
cualquier equipo de cómputo con conexión a Internet. En caso de que el
solicitante no cuente con acceso privado, podrá solicitar el apoyo en las mesas
de captura de las Delegaciones Estatales de la Secretaría de la Reforma
Agraria, en las Delegaciones y Residencias de la Procuraduría Agraria o
Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, para lo cual deberán
ingresar a la página de la Secretaría de la Reforma Agraria en la dirección
www.sra.gob.mx, donde estará estará disponible el Sistema Alterno de
Captura (SAC) del día miércoles 16 de abril al día miércoles 30 de abril de
2008.
¡ Al
momento de realizar el registro será necesario que los técnicos de los grupos
solicitantes tengan a la vista la documentación señalada en el artículo 7o. de
las reglas de operación del programa, para la captura de la información
solicitada.
¡ Una
vez que se haya completado la captura de la información el sistema emitirá una
“línea de captura” que señalará el lugar, fecha y hora en la que deberá
presentarse la presidenta del grupo interesado o bien su representante, con la
carta poder que le autorice como tal, en la oficina de la Delegación Estatal de
la Secretaría de la Reforma Agraria correspondiente, para formalizar su
solicitud mediante entrega del original del proyecto productivo, el original de
la “línea de captura” y demás documentación señalada en el numeral 3 de la
presente convocatoria.
¡ Podrán
registrarse todas las solicitudes de los grupos que deseen participar en el
proceso de selección de proyectos productivos susceptibles de ser apoyados por
el programa, únicamente en las fechas señaladas.
¡ La “línea de captura” no implica ningún orden de prelación ni alguna
obligación de pago o apoyo por parte de la Secretaría de la Reforma Agraria.
Sólo representa un instrumento de registro para los grupos solicitantes que
además deberán presentar al momento de formalizar su solicitud ante la
Delegación Estatal de la Secretaría de la Reforma Agraria correspondiente, para
en caso de cumplir con los requisitos se les asigne número de registro.
¡ Los proyectos presentados se someterán a un proceso de selección, en el que, para seguir en las diversas etapas del programa, deberán cubrir los requisitos y condiciones previstas en la normatividad señalada en la presente convocatoria y en las reglas de operación del programa, de conformidad con lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2008, así como, con la ponderación de criterios de focalización, marginación, vulnerabilidad, proyección técnica y sustentable que a continuación se detalla:
Indicador Peso Criterios
Elegibilidad*
Focalización-Marginación 40% Ø Regiones contempladas en la
Estrategia Nacional de Atención a Microrregiones, como centros estratégicos
comunitarios.
Ø Comunidades indígenas.
Ø Condiciones de marginalidad
en la que viven los integrantes de los Grupos.
Ø Comunidades expulsoras de
migrantes.
Vulnerabilidad 20% Ø Integren personas de la
tercera edad y/o discapacitados.
Ø Incorporen jóvenes.
(habitantes de núcleos agrarios entre 18 y 39 años de edad).
Ø Fomenten la equidad de
género.
Proyección técnica y 40% Ø Técnica, económica y financieramente viable y
productivo.
sustentable del proyecto
Ø Promuevan la producción
sustentable, protegiendo el medio ambiente.
Ø Conocimiento técnico.
Ø Resultados en proyectos de años anteriores.
*Este indicador no se pondera, dado que los proyectos deben previamente estar sustentados técnica y documentalmente, con base en los requisitos establecidos en las reglas de operación del programa, de tal forma que si no cumple con la normatividad se descarta inmediatamente para efectos de prioridad en la asignación de recursos financieros del ejercicio 2008.
¡ El otorgamiento de apoyos se realizará conforme a los criterios previstos en las reglas de operación del programa, la calificación del proyecto que emita la Instancia evaluadora y la disponibilidad presupuestal. Asignando un monto de $164’100,000.00 (Ciento sesenta y cuatro millones cien mil pesos 00/100 M.N.) para apoyo de proyectos productivos que se localicen en comunidades indígenas, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo 6 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.
2. DIFUSION Y ASESORIA DEL
PROGRAMA
Las Delegaciones Estatales de la Secretaría
de la Reforma Agraria ubicarán en un lugar visible y de acceso al público, la
lista de requisitos para la recepción de proyectos productivos; asimismo, se
instalará una mesa de atención ciudadana en donde se proporcionará información
general del programa, del proceso a seguir para obtener un apoyo, así como los
formatos que requieran los interesados.
3. REQUISITOS Y
PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACION DEL PROYECTO PRODUCTIVO
Sólo se recibirán los proyectos productivos
que cumplan con la normatividad, el día y hora indicada en la línea de captura.
La presentación de estos requisitos deberá realizarse a través de la presidenta
o representante del grupo, con la carta poder que la autoriza como tal, en la
Delegación Estatal de la Secretaría de la Reforma Agraria correspondiente, con
los siguientes documentos, en el orden que se señala:
¦ Original de la “línea de
captura”, en la que se señale el lugar, la fecha y hora de la presentación.
¦ Formatos de solicitud de
incorporación al programa, debidamente requisitados con letra legible.
¦ Original el proyecto
productivo y copia en archivo digital en disco compacto regrabable (CD-RW).
¦ Copia y original de acta
de asamblea privada del grupo, que contenga el nombre y firma, o en su caso,
con la impresión de huella (s) digital (es) de las integrantes del grupo.
¦ Copia de identificación
oficial y original para su cotejo (credencial de elector con domicilio del
núcleo agrario donde habite o en su caso pasaporte vigente), de cada uno de los
integrantes del grupo y copia de la Clave Unica de Registro de Población
(CURP), en caso de no contar con ella la Delegación Estatal de la Secretaría de
la Reforma Agraria apoyará en su trámite.
¦ Croquis legible de
localización física del lugar en donde se ubicará el proyecto productivo.
¦ Escrito firmado o en su
caso, con la impresión de huella (s) digital (es) de cada uno de las
integrantes del grupo, donde manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que no
han sido sujetos de apoyo por esta secretaría.
En ningún caso se
recibirán las solicitudes que no hayan sido previamente registradas en el
sistema alterno de captura (SAC) y que no cumplan con todos los requisitos de
la presente convocatoria y las reglas de operación.
4. PLAZOS Y TERMINOS PARA LA ATENCION EN
VENTANILLA
Las Delegaciones Estatales de la Secretaría
de la Reforma Agraria en cada una de las entidades federativas, deberán recibir
las solicitudes de incorporación al programa PROMUSAG 2008, debidamente
requisitadas, firmadas, o en su caso, con la impresión de huella (s) digital
(es), acompañadas con la documentación solicitadas, directamente por las
presidentas de los grupos o a través de sus representantes, de conformidad con
la fecha, hora y lugar que estipule la “línea de captura”, a partir del día
lunes 26 de mayo al día viernes 27 de junio de 2008. Las solicitudes
presentadas fuera de los plazos establecidos no serán recibidas, salvo que se
argumente la existencia de causas de fuerza mayor que lo hayan impedido. En
estos casos, el Comité Estatal para el Desarrollo Agrario (CEDA) de cada
entidad federativa, decidirá sobre su aceptación.
Cada Delegación Estatal de la Secretaría de
la Reforma Agraria fungirá como ventanilla única del programa y recibirá todas
las solicitudes de incorporación que se presenten en los tiempos previstos y
cumplan con los requisitos establecidos en las reglas de operación del programa
y de la presente convocatoria.
5. ASIGNACION Y PUBLICACION DE NUMEROS DE REGISTRO
La asignación de números de registro para
continuar en el proceso de selección, validación normativa y evaluación técnica
se realizará una vez que se hayan cubierto con la totalidad de los requisitos
al momento de presentar la solicitud en ventanilla y la Dirección General de
Coordinación de la Secretaría de la Reforma Agraria, a efecto de verificar las
condicionantes de apoyo previstas por las reglas de operación podrán someter a
todas y cada una de las solicitantes al cotejo con los padrones de
beneficiarios de los programas de la coordinación del programa, de ejercicios
fiscales anteriores, a fin de detectar posibles duplicidades de integrantes en
los grupos solicitantes de apoyos.
Cualquier resultado positivo será causal
inmediata de suspensión del trámite y cancelación de la solicitud.
Se publicará el listado de solicitudes presentadas, con número de registro asignado, en el portal de Internet de la secretaría, en la página www.sra.gob.mx.
6. MONTO POR
PROYECTO
Monto
Apoyo de hasta $ 198,000.00 (ciento noventa y
ocho mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto productivo. Los grupos solicitantes
deberán integrarse con al menos tres personas y máximo doce, de conformidad con
lo establecido en el artículo 10o. de las Reglas de Operación del Programa de
la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG 2008), considerando hasta $20,000.00
(veinte mil pesos 00/100 M.N.) por solicitante. El monto solicitado deberá
ajustarse a miles de pesos.
Del apoyo recibido se destinará la cantidad
de $18,000 (dieciocho mil pesos 00/100 M.N.) de los cuales $5,400.00 (cinco mil
cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) corresponderá a la elaboración del proyecto
productivo y $12,600.00 (doce mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) para
asistencia técnica, de conformidad con lo dispuesto en las reglas de operación
del programa.
7. RESTRICCIONES
DEL APOYO
¡ No podrán ser favorecidos los
“grupos” en los que una o más de sus integrantes hayan sido apoyadas por
cualquiera de los programas de apoyo a proyectos productivos de la secretaría,
en los últimos cinco años.
¡ Los “grupos” cuyos proyectos
productivos hayan sido beneficiados por programas de otras dependencias no
podrán ser apoyados por el programa, salvo en el caso de aquellos en que los
recursos sean complementarios al proyecto productivo presentado.
8. CAUSAS DE SUSPENSION DE OTORGAMIENTO DE APOYOS
Se consideran como tales:
¡ La
realización de actos u omisiones que sancionen las leyes penales.
¡ Lo
dispuesto en el numeral 5 de la presente convocatoria.
¡ Que
una o más integrantes de un grupo soliciten apoyo simultáneamente en este y
otros programas de la secretaría.
¡ Que
una o más integrantes de un grupo solicitante haya sido beneficiada por
cualquier otro programa de la secretaría en los últimos cinco años, siempre y
cuando no se señalen como complementarios del proyecto productivo presentado.
¡ Que
una o más integrantes manifieste desconocimiento del proyecto productivo.
¡ Que
exista irregularidad o falsedad en la información proporcionada en cualquier
etapa del programa, y
¡ El
incumplimiento de las obligaciones y restricciones establecidas en las reglas
de operación vigentes y en esta convocatoria.
9. INFORMACION,
QUEJAS Y DENUNCIAS
Para mayor información, los interesados
deberán dirigirse a las Delegaciones Estatales de la Secretaría de la Reforma
Agraria, o bien consultar la página de la secretaría (www.sra.gob.mx) o al
número 01- 800-020-03-277 (sin costo).
Para quejas y denuncias relacionadas con el
programa, favor de dirigirse al Organo Interno de Control en la
"Secretaría de la Reforma Agraria", con domicilio en Azafrán número
219, 6o. piso, colonia Granjas México, código postal 08400, Delegación
Iztacalco, México, D.F., teléfono 01 (55) 58-03-30-55, o en su defecto al
teléfono de larga distancia gratuita 01-800-849-86-12, vía correo electrónico:
uci@sra.gob.mx.
La entrega de recursos de este programa
quedará suspendida en las entidades federativas en que se lleven a cabo
procesos electorales, hasta su conclusión, de acuerdo con las disposiciones que
en materia electoral se establezcan.
Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Comité Técnico del programa, en estricto apego a las reglas de operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de diciembre de 2007.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Los anexos para las solicitudes de apoyo que se adjuntan a la presente convocatoria dejan sin efecto a los presentados en las reglas de operación del 31 de diciembre de 2007.
SEGUNDO.- De conformidad con el Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2008, para efectos operativos se entenderá el contenido del artículo 1, fracción XXIII de las reglas de operación del 31 de diciembre de 2007 como “Delegación Estatal de la Secretaría de la Reforma Agraria”.
TERCERO.- Una vez que se ha entregado el proyecto productivo en la ventanilla, queda estrictamente prohibido realizar cambios y/o modificaciones de: nombre del grupo, de integrantes, del monto solicitado para la inversión, lugar donde se desarrollará el proyecto y del giro del proyecto productivo, toda vez que de éstos depende la ponderación del proyecto y, en su caso, la aprobación de recursos.
CUARTO.- Cualquier otra solicitud de cambio y/o modificación deberá dirigirse por escrito al titular de la Delegación de la Secretaría de la Reforma Agraria que corresponda, quien a su vez deberá someter a la coordinación del programa la aprobación solicitada y en caso de incurrir en los supuestos del numeral ocho de la presente convocatoria podrá cancelarse.
ANEXO A
CEDULA DE SOLICITUD DE APOYO







ANEXO B
GUIA PARA LA ELABORACION DE PERFIL DE
PROYECTO PRODUCTIVO


ANEXO C
SEGUIMIENTO DE LOS PROYECTOS PRODUCTIVOS

CONTRATO DE ASISTENCIA TECNICA


ANEXO E
INFORME DE COMPROBACION DE RECURSOS

