ACUERDO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO POR EL QUE SE CONSTITUYE EL
DISTRITO 42, SE DETERMINA SU COMPETENCIA TERRITORIAL, SE ESTABLECE Y SE FIJA EL
INICIO DE FUNCIONES DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DE ESTE DISTRITO; ASIMISMO SE
MODIFICA LA COMPETENCIA TERRITORIAL DEL DISTRITO 11 CON SEDE PRINCIPAL EN LA
CIUDAD DE GUANAJUATO, GTO
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto: ACTADI42.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: TSA.
Fecha de publicación: 04 de octubre de 1996.
Fecha de entrada en vigor: 04 de octubre de 1996.
Modificaciones:
Fecha de
publicación Fecha de entrada
en vigor
19
de julio de 2018 20 de
julio de 2018
Reformas: Artículos Tercero y Quinto.
Nota
25 de noviembre de 1996: Se deja sin
efecto el punto quinto de este acuerdo, por disposición expresa del artículo
primero del Acuerdo del Tribunal Superior Agrario por el que se determina el
cambio de la sede alterna, en Aguascalientes, Ags., misma que deja de
pertenecer al Distrito 1, con residencia en Zacatecas, Zac., y pasa a serlo del
distirto 11, en Guanajuato, Gto., publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 25 de noviembre de 1996.
CONSIDERANDO
Que de
conformidad con el artículo 5o. de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios,
el territorio de la República se dividirá en Distritos, cuyos límites
territoriales determinará el Tribunal Superior Agrario, pudiendo modificarlos
en cualquier tiempo.
Que en los
términos del artículo 8o. fracciones I y II de la Ley Orgánica, el propio
Tribunal Superior tiene la atribución de fijar el número y límite territorial
de los Distritos en que se divida el territorio de la República, así como la de
establecer el número y sede de los Tribunales Unitarios que existirán en cada
uno de los Distritos.
Que en el
artículo 18 de la misma Ley Orgánica, se establece la competencia de los
Tribunales Unitarios Agrarios para conocer, por razón de territorio de las
controversias que se les planteen con relación a tierras ubicadas dentro de su
jurisdicción.
Que en el
artículo 46 del Reglamento Interior de los Tribunales Unitarios Agrarios, se
previene que el Tribunal Superior Agrario hará la división del país en
Distritos de justicia agraria en los que ejercerán su jurisdicción los
Tribunales Unitarios, tomando en cuenta los volúmenes de trabajo.
Que por acuerdo
del Tribunal Superior Agrario, emitido en sesión celebrada el 8 de mayo de 1992
y publicado en el Diario Oficial de la
Federación del 16 de junio del mismo año, se establecieron Distritos para
la impartición de justicia agraria y se fijó el número y la competencia
territorial de los Tribunales Unitarios Agrarios.
Que analizados
los requerimientos para la impartición de justicia agraria en el Estado de
Querétaro, el Tribunal Superior Agrario estima conveniente, para el adecuado
desarrollo de las funciones jurisdiccionales en esa entidad federativa
constituir el Distrito número 42, así como determinar la competencia
territorial, establecer la sede y fijar el inicio de funciones del Tribunal
Unitario Agrario de este Distrito.
Por las razones
antes expresadas y con fundamento en los preceptos legales citados, se emite el
siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se deja sin efectos los
puntos primero y tercero del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación de 11 de octubre de 1995.
SEGUNDO.- Se constituye el Distrito
número 42 y el Tribunal Unitario Agrario correspondiente.
TERCERO.- Se establece la sede del Tribunal Unitario Agrario del Distrito número 42,
con sede en la ciudad de Santiago de
Querétaro, que comprenderá los siguientes municipios del Estado de Querétaro:
Amealco, Arroyo Seco, Cadereyta de Montes, Colón, Ezequiel Montes, Huimilpan,
Jalpan, Landa de Matamoros, Pedro Escobedo, Peñamiller, Pinal de Amoles,
Querétaro, San Joaquín, San Juan del Río, Tequisquiapan, Tolimán.
CUARTO.- La competencia territorial de este Distrito
comprenderá todos los municipios de esa entidad federativa.
QUINTO.- En consecuencia, la competencia territorial del Tribunal Unitario Agrario
del Distrito 11, con sede en la ciudad de Guanajuato, que
comprenderá los siguientes municipios del Estado de Guanajuato: Abasolo,
Atarjea, Comonfort, Cuerámaro, Doctor Mora, Dolores Hidalgo, Guanajuato,
Huanímaro, Irapuato, Jaral del Progreso, León, Manuel Doblado, Moroleón,
Ocampo, Pénjamo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, San
Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San
Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino
Rosas, Santiago Maravatío, Silao, Tierra Blanca, Uriangato, Valle de Santiago,
Victoria, Villagrán, Xichú, Yuriria.
SEXTO.- El Tribunal Unitario Agrario del Distrito número
42 se crea a partir de la fecha del presente Acuerdo e iniciará sus funciones
el 1o. de noviembre de 1996.
SEPTIMO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el
Periódico Oficial del Estado de Querétaro, así como en un periódico de los de
mayor circulación en esa entidad federativa.