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AVISO DE CANCELACION DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-042-ZOO-1995,
CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES ZOOSANITARIAS PARA LAS INSTALACIONES, EQUIPO
Y OPERACION DE UNIDADES DE REGULARIZACION ZOOSANITARIA PARA GANADO BOVINO,
EQUINO, OVINO Y CAPRINO Y SU CORRESPONDIENTE MODIFICACION, PUBLICADAS EL 7 DE
MARZO DE 1997 Y 6 DE JUNIO DE 2000, RESPECTIVAMENTE
FICHA TECNICA NORLEX
Nombre corto: AVC42ZO5.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SAGARPA.
Fecha de
publicación:
13 de noviembre de 2002.
Fecha de
entrada en vigor:
13 de noviembre de 2002.
CONSIDERANDO
Que con fecha 7 de marzo de 1997 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-042-ZOO-1995, Características y especificaciones zoosanitarias para las instalaciones, equipo y operación de unidades de regularización zoosanitaria para ganado bovino, equino, ovino y caprino, su correspondiente modificación el 6 de junio de 2000.
Que cuando se expidió la Norma, ésta tenía por objeto establecer las características y especificaciones que deben cumplir las Unidades de Regularización Zoosanitaria para ganado bovino, equino, ovino y caprino, destinado a la realización de pruebas de diagnóstico; además de tratamientos y servicios que fueran necesarios, tales como el diagnóstico de tuberculosis bovina, de brucelosis y el control de garrapatas, entre otros, para asegurar la movilización sin riesgo zoosanitario.
Que actualmente en dichas Unidades de Regularización, se ha perdido el objetivo inicial para lo que fueron creadas debido a que hoy en día se utilizan para fines de engorda para el caso de ganado bovino y como centros de recepción y distribución para el resto del país para ganado ovino de importación.
Que en razón de lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas, he tenido a bien expedir la siguiente:
CANCELACION
PRIMERO.- Se cancela la Norma Oficial Mexicana NOM-042-ZOO-1995, Características y especificaciones zoosanitarias para las instalaciones, equipo y operación de unidades de regularización zoosanitaria para ganado bovino, equino, ovino y caprino y su correspondiente Modificación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 7 de marzo de 1997 y 6 de junio de 2000, respectivamente.
SEGUNDO.- Procédase a publicar el presente en el Diario Oficial de la Federación.