NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-CONAGUA-1996, FLUXOMETROS - ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA
FICHA TECNICA
NORLEX
Nombre corto: N005NA96.
Legislación: Federal.
Fuente: D.O.F.
Emite: SEMARNAP.
Fecha de
publicación: 25 de julio de 1997.
Fecha de entrada
en vigor:
25 de enero de 1998
Nota 14 de enero de 2009: Se
modifica la nomenclatura de la presente Norma, las siglas "CNA" se
sustituyen por "CONAGUA", según lo dispuesto en el Acuerdo publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 2009.
Nota
29 de noviembre de 2022:
El presente ordenamiento se
cancela a partir del 27 de
mayo de 2023 por la Norma Oficial
Mexicana NOM-002-CONAGUA-2021, Aparatos y Accesorios de uso Sanitario, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2022.
CONSIDERANDO
Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en
la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de
Proyectos de Normas Oficiales Mexicanas, el C. Presidente del Comité Consultivo
Nacional de Normalización del Sector Agua ordenó la publicación del Proyecto de
Norma Oficial Mexicana NOM-005-CONAGUA-1996, que establece las especificaciones
y métodos de prueba de fluxómetros, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el día 16 de octubre de 1996, a efecto de que los interesados
presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo.
Que durante el plazo de noventa días naturales, contados
a partir de la fecha de publicación de dicho Proyecto de Norma Oficial
Mexicana, los análisis a que se refiere el citado ordenamiento legal,
estuvieron a disposición del público para su consulta.
Que dentro del plazo referido, no se recibieron
comentarios por parte de los interesados al Proyecto de Norma, por lo que las
disposiciones del mismo han resultado procedentes en sus términos.
Que previa aprobación del Comité Consultivo Nacional de
Normalización del Sector Agua, en sesión de fecha 9 de abril de 1997, he tenido
a bien expedir la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-CONAGUA-1996,
"FLUXOMETROS-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA".
CONTENIDO
0.- INTRODUCCION
1.- OBJETIVO
2.- CAMPO DE APLICACION
3.- REFERENCIAS
4.- DEFINICIONES
5.- CLASIFICACION
6.- ESPECIFICACIONES
7.- MUESTREO
8.- METODOS DE PRUEBA
9.- MARCADO Y EMBALAJE
10.- OBSERVANCIA DE ESTA NORMA
11.- BIBLIOGRAFIA
12.- GRADO DE CONCORDANCIA CON NORMAS Y
RECOMENDACIONES
INTERNACIONALES
13.- VIGENCIA
0.- INTRODUCCION
El recurso agua se consideraba ilimitado, en términos de
su cantidad, calidad y bajo costo. En el contexto de espacio y tiempo, el
recurso se ha visto afectado por el incremento en su demanda como resultado del
crecimiento demográfico y económico del desarrollo industrial y la gran
necesidad de incrementar la eficiencia en el uso del agua mediante la
utilización de accesorios de bajo consumo, sin afectar la salud de los usuarios
y el medio ambiente en general.
Por lo anterior, las autoridades gubernamentales y el
sector privado han emprendido la tarea de buscar medidas para reducir el uso
indiscriminado y excesivo del agua.
La reducción del volumen del agua consumido por los
fluxómetros redundará en el ahorro de un volumen de agua importante, que
permitirá el incremento en la oferta de agua a nuevos usuarios o bien, la
preservación de este vital recurso natural.
1.- OBJETIVO
Esta Norma Oficial Mexicana establece las
especificaciones y métodos de prueba que deben cumplir los fluxómetros para
tazas de inodoros y mingitorios con el fin de asegurar el ahorro de agua en su
uso y funcionamiento hidráulico.
2.- CAMPO DE
APLICACION
Esta Norma es aplicable a fluxómetros de diferentes
materiales de manufactura nacional y extranjera que se comercialicen dentro del
territorio nacional. Corresponde a los fabricantes y proveedores de los mismos
el cumplimiento de la presente Norma.
3.- REFERENCIAS
NMX-D-122-1973 Determinación
de las propiedades de resistencia a la
corrosión.-
Método de niebla salina. Publicada en el
Diario
Oficial de la Federación el 7 de enero de 1974.
NMX-Z-012/2-1987 Muestreo
para la inspección por atributos. Parte 2.
Publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 28
de
octubre de 1987.
Las normas de referencia podrán consultarse en el
domicilio del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, sito
en la calle de J. Sánchez Azcona número 1723, piso 7, colonia Del Valle,
Delegación Benito Juárez, código postal 03100, México, D.F.
4.- DEFINICIONES
Para efectos de aplicación de esta Norma se establecen
las definiciones siguientes:
4.1 Accionador
Elemento por el cual se puede efectuar la transición de
movimiento para el sistema de descarga; éstos pueden ser: mecánico manual de
palanca o botón, mecánico de pedal de palanca, mecánico de botón al piso, o
neumáticos eléctricos o electrónicos.
4.2 Ciclo
Periodo entre el accionamiento de apertura del flujo de
agua y el cierre total.
4.3 Corte limpio
Es un desbaste o rebaje sin rebabas ocasionado por una
herramienta de forma.
4.4 Diámetro nominal
Diámetro comercial de las tuberías y accesorios.
4.5 Embolo
Elemento colocado en el interior del fluxómetro cuya
función es regular el flujo de agua.
4.6 Fluxómetro
El fluxómetro es una válvula automática, que dosifica y
controla en una sola operación el agua que requiere el mueble sanitario para
hacer su limpieza.
4.7 Presión estática
Fuerza ejercida por el agua, dentro de la superficie del
espécimen cuando éste está en posición de cerrado; su valor se indica en un
manómetro.
5.- CLASIFICACION
Los fluxómetros se clasifican de acuerdo a la tabla 1.
TABLA 1
CLASIFICACION DE
FLUXOMETROS
TIPO USO ACCIONAMIENTO INTERVALO DE TRABAJO
PRESION
ESTATICA kPa
(kgf/cm²)
1 Para tazas de Mecánico 98 a 294 (1,0 a
3,0)
inodoros
Electrónico 98 a 294 (1,0 a 3,0)
2 Para Mecánico 98 a 294 (1,0 a
3,0)
mingitorios
Electrónico 98 a 294 (1,0 a 3,0)
6.-
ESPECIFICACIONES
Los fabricantes y proveedores de fluxómetros deben
obtener la debida certificación de sus productos, en los términos que estipula
la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de acuerdo con las
especificaciones que a continuación se señalan:
6.1 Elementos externos del fluxómetro
Los fluxómetros no deben tener elementos externos con los
que se pueda variar el gasto, por lo que deben ser calibrados en fábrica. Esto
se verifica de acuerdo a lo indicado en el inciso 8.1.
6.2 Conexiones
Las roscas para conectar el fluxómetro a las tuberías
deben ser compatibles y de corte limpio, siendo el ramal de alimentación de 25
mm (1") de diámetro nominal como mínimo. Esto se verifica de acuerdo al
método de prueba que se establece en el inciso 8.2.
6.3 Resistencia al par de apriete
Durante su instalación el fluxómetro debe resistir un par
de apriete de 129 N-m (13,1 kgf-m) para fluxómetro de
inodoro y 61 N-m (6,2 kgf-m) para fluxómetro de
mingitorio sin sufrir daños; esto se verifica de acuerdo a lo indicado en el
inciso 8.3.
6.4 Resistencia a la presión hidrostática
El fluxómetro no debe presentar fugas ni deformaciones
permanentes cuando le sea aplicada una presión de 588 kPa (6,0 kgf/cm²); esto debe verificarse de acuerdo al método de
prueba establecido en el inciso 8.4.
6.5 Volumen y tiempo de descarga
Los fluxómetros deben cumplir con lo indicado en la tabla
2.
TABLA 2
VOLUMENES Y
TIEMPOS DE DESCARGA
Uso Descarga
(litros) Tiempo máximo
de
descarga(s)
Mínimo Máximo
Para
tazas de
inodoros 5,5 6 7
Para
mingitorios 2 3 4
Esto se verifica de acuerdo a lo indicado en el inciso
8.5.
6.6 Durabilidad
La vida útil de las partes sujetas al desgaste debe ser
de 100,000 ciclos.
Esto se verifica de acuerdo a lo indicado en el inciso
8.6.
6.7 Resistencia a la corrosión
Todas las partes de los fluxómetros incluyendo las de la
conexión, no deben presentar fallas de recubrimiento (burbujas, desprendimiento
y/o corrosión) después de 96 horas en cámara de niebla salina. Esto se verifica
de acuerdo a lo indicado en el inciso 8.7.
7.- MUESTREO
Para fines de certificación oficial para el muestreo, se
utilizará como mínimo el método establecido en la Norma NMX-Z-012/2-1973
"Muestreo para inspección por atributos.- Parte 2: Métodos de muestreo,
tablas y gráficas", empleando el plan de muestre o sencillo para la
inspección normal y tomando en cuenta las especificaciones que establece esta
norma como atributos.
7.1 Tamaño de la muestra
Para determinar el tamaño de la muestra se debe
considerar el total de producción que debe ser equivalente a un día de
producción promedio, calculado con base en el número de productos fabricados
durante los últimos seis meses y los días establecidos específicamente para su
producción; se aplica el nivel de inspección especial S-1 de la tabla del plan
de muestreo sencillo para inspección normal.
7.2 Nivel de calidad aceptable (NCA)
Las especificaciones establecidas en esta Norma se
clasifican de acuerdo a su importancia, en pruebas críticas, mayores y menores,
asignando un nivel de calidad aceptable para cada grupo.
7.2.1 Pruebas críticas
Se aplica un NCA de 2,5% para los parámetros de:
- Conexiones
- Resistencia a la presión hidrostática
- Volumen y tiempo de descarga
7.2.2 Pruebas mayores
Se aplica un NCA de 4% para los parámetros de:
- Resistencia al par de apriete
- Resistencia a la corrosión
7.2.3 Pruebas menores
Se aplica un NCA de 10% para los parámetros de:
- Durabilidad
8.- METODOS DE
PRUEBA
Los métodos de prueba deberán incluir un informe de su
resultado, el cual debe contener los siguientes datos:
- Identificación del fluxómetro probado
- Resultado obtenido de la prueba y comentarios
relevantes
- Referencia del método de prueba
- Nombre y firma del responsable
Todas las muestras deben ser preparadas verificando que
las superficies de las cuerdas estén limpias y bien terminadas, libres de
rebabas y defectos en sus roscas y que las conexiones utilizadas sean
compatibles.
8.1 Elementos externos del fluxómetro
La inspección será visual.
8.2 Conexiones
8.2.1 Material y equipo
- Calibrador maestro de roscas compatibles con la
conexión del fluxómetro (véase figura 1).
8.2.2 Procedimiento
Acoplar el calibrador maestro de roscas (macho) a la
conexión de la unión del fluxómetro, verificando que con apriete manual el
calibrador se rosque hasta la marca señalada en el mismo; si existe variación
con relación a la marca en el número de hilos se debe registrar.
8.2.3 Resultado
La variación contra la marca del calibrador maestro de
roscas no debe ser mayor a un hilo de rosca.
8.3 Resistencia al par de apriete
8.3.1 Material y equipo
- Torquímetro para hacer la prueba con intervalo de 0 a
200 N-m (0 a 20,3 kgf-m)
- Sistema mecánico de fijación
- Aditamento para transmitir el par al cuerpo de
fluxómetro
8.3.2 Procedimiento
Se sujeta el fluxómetro al sistema mecánico de fijación,
se coloca el aditamento y el torquímetro y se aplica un par de apriete de 129
N-m (13,1 kgf-m) para fluxómetro de taza de inodoro y
de 61 N-m (6,2 kgf-m) para fluxómetro de mingitorio.
8.3.3 Resultado
No se deben presentar grietas o cualquier otro defecto en
el cuerpo del fluxómetro.
8.4 Resistencia a la presión hidrostática
8.4.1 Material y equipo
- Dispositivo hidráulico (véase figura 2)
- Conexiones compatibles al fluxómetro
- Manómetro sumergido en glicerina con intervalo de
medición de 0 a 686,4 kPa (0 a 7 kgf/cm²) con
graduación mínima de 19,6 kPa (0,20 kgf/cm²).
- Herramienta de plomería.
8.4.2 Procedimiento
- Instalar el fluxómetro en el dispositivo hidráulico,
verificando que no exista fuga en la rosca de acople.
- Calibrar el dispositivo hidráulico a la presión de
prueba de 588 kPa (6 kgf/cm²) manteniendo la muestra
bajo esta presión durante 60 segundos.
- Verificar visualmente que no existan fugas ni
deformaciones.
8.4.3 Resultado
El fluxómetro no debe presentar fugas o deformaciones en
ninguna de sus partes.
8.5 Volumen y tiempo de descarga
8.5.1 Material y equipo
- Dispositivo hidráulico (véase figura 2)
- Conexiones compatibles al fluxómetro
- Cronómetro
- Manómetro sumergido en glicerina con intervalo de
medición de 0 a 686,4 kPa (0 a 7 kgf/cm²) con
graduación mínima de 19,6 kPa (0,20 kgf/cm²).
- Dispositivo para medir volumen (con graduación en
decilitros)
- Herramienta de plomería
8.5.2 Procedimiento
- Quitar el tubo de descarga del fluxómetro
- Se acopla el fluxómetro al dispositivo hidráulico
- Se acciona tres veces para purgarlo
- Se ajusta la presión de trabajo en su valor mínimo [98
kPa (1,0 kgf/cm²)]
- Se acciona la palanca, botón, pedal o sensor en el
tiempo que dure el ciclo, arrancando simultáneamente el cronómetro y parándolo
cuando haya terminado el ciclo
- El agua descargada debe ser medida en el dispositivo
para medir volumen
- Realizar dos veces más la misma operación y sacar
promedio
- Se realiza la misma operación para la presión de
trabajo en su valor máximo [294 kPa (3,0 kgf/cm²)]
8.5.3 Resultado
Los fluxómetros deben cumplir con lo especificado en la
tabla 2.
8.6 Durabilidad
8.6.1 Aparatos y equipo
- Dispositivo hidráulico (véase figura 2)
- Conexiones compatibles al fluxómetro
- Dispositivo para prueba de ciclos
8.6.2 Procedimiento
- Acoplar el fluxómetro al dispositivo de prueba de
ciclos
- Ajustar la presión a 98 kPa (1,0 kgf/cm²)
- Hacer funcionar el dispositivo hasta llegar a 100,000
ciclos 8.6.3 Resultado
Una vez concluidos los ciclos, realizar la prueba
indicada en el inciso 8.4; al término de ésta el fluxómetro debe operar
perfectamente sin tener fugas de agua.
8.7 Resistencia a la corrosión
8.7.1 Material y equipo
- Cámara de niebla salina
- Soporte de montaje
8.7.2 Procedimiento
Colocar el fluxómetro en el soporte de montaje e introducirlo
en la cámara de niebla salina; hacer funcionar la cámara durante 96 horas,
utilizando como mínimo el método establecido en la Norma NMX-D-122-1987.
Al término de la prueba se debe lavar el fluxómetro con
agua.
8.7.3 Resultado
Si después de la prueba las partes externas del
fluxómetro sujetas a esta especificación no presentan fallas del recubrimiento
(burbujas, desprendimiento) en más de un 10% del área sujeta a examen, el
fluxómetro se considera aceptable.
9.- MARCADO Y
EMBALAJE
9.1 Marcado
Una vez obtenido el certificado de producto, tal como se
señala en el capítulo 6 "Especificaciones", cada fluxómetro debe
llevar en forma permanente, clara y en lugar visible los siguientes datos como
mínimo:
- Nombre o símbolo del fabricante
- "Hecho en México" o país de procedencia
9.2 Envase
Los fluxómetros deben empacarse en cajas de cartón o
similares, bolsas de polietileno u otros materiales, que protejan a los
fluxómetros durante su transporte y almacenamiento, con los siguientes datos impresos
como mínimo:
- Nombre del fabricante
- Presión mínima de trabajo
- Indicación de uso (para inodoros o mingitorio)
- Fecha de fabricación
- Contraseña oficial
9.3 Instructivo
Debe incluirse un instructivo de instalación y
mantenimiento en el que se indiquen gráficamente los nombres de los componentes
del fluxómetro.
El diseño de los fluxómetros debe permitir que la
reposición de las partes sujetas a desgaste pueda realizarse sin desconectar el
fluxómetro de los tubos de alimentación.
10.- OBSERVANCIA
DE ESTA NORMA
La Comisión Nacional del Agua será la encargada de
vigilar el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana en los sitios de
fabricación, y promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de las
entidades federativas y de los municipios, sin afectar sus facultades en la
materia y en el ámbito de sus correspondientes atribuciones, sin perjuicio de
las atribuciones que tiene la Procuraduría Federal del Consumidor para vigilar
la comercialización de los productos, materia de la presente Norma.
El incumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana
será sancionado conforme a lo dispuesto por la Ley de Aguas Nacionales y su
Reglamento, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y demás
ordenamientos jurídicos aplicables.
11.- BIBLIOGRAFIA
NOM-001-EDIF-1994 Norma
Oficial Mexicana que establece las
especificaciones
y métodos de prueba para los
inodoros
de uso sanitario.
NMX-B-010-1986 Industria
siderúrgica-Tubos de acero al carbono sin
costura
o soldados, negros o galvanizados por
inmersión
en caliente, para usos comunes.
NMX-CH-016-1954 Norma
Mexicana de funcionamiento para los
fluxómetros.
USAS B2.1-1968 Pipe
threads-Specifications, dimensions, and gaging
for
taper and straight pipe threads including certain
special
applications.- American Society of Mechanical
Engineers (ASME).
12.- GRADO DE CONCORDANCIA CON NORMAS Y
RECOMENDACIONES INTERNACIONALES
Esta Norma Oficial Mexicana no concuerda con normas internacionales,
por no existir referencia alguna en el momento de su elaboración.
13.- VIGENCIA
La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los
180 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
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